Licitación ID: 3447-52-LP25
Servicios Oftalmologicos DEPSA MAHO
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios oftalmológicos 1 Unidad
Cod: 85121610
Atenciones Oftalmológicas Integrales - VALOR NETO Y/O EXENTO UNITARIO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios Oftalmologicos DEPSA MAHO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Art. 4º La Municipalidad de Alto Hospicio, llama a Licitación Pública a los proveedores del rubro para celebrar contrato de SERVICIOS OFTALMOLÓGICOS PARA EL DEPARTAMENTO DE SALUD DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO, el cual tiene como objetivo el desarrollo de consultas oftalmológicas integrales a los usuarios, por los profesionales pertenecientes a la red de salud yo de UAPO, para la resolución diagnóstica y terapéutica de patologías oftalmológicas, cumpliendo con la atención de la lista de espera vigente. Lo anterior, de acuerdo con las características entregadas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas adjuntas, en virtud de una mejor y eficiente Gestión Municipal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Direccion de Administracion y Finanzas
R.U.T.:
69.265.100-6
Dirección:
Av. Ramón Pérez Opazo N° 3125 Alto Hospicio
Comuna:
Alto Hospicio
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-04-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-03-2025 14:18:17
Fecha inicio de preguntas: 17-03-2025 19:00:00
Fecha final de preguntas: 21-03-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-03-2025 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-04-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-04-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2025 16:00:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- LAS INDICADAS EN EL ART.50° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
Documentos Técnicos
1.- LAS INDICADAS EN EL ART.50° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
 
Documentos Económicos
1.- LAS INDICADAS EN EL ART.50° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA LAS INDICADAS EN EL ART.80° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS. 30%
2 FRECUENCIA DEL SERVICIO (MENSUAL) LAS INDICADAS EN EL ART.80° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS. 20%
3 OFERTA ECONÓMICA LAS INDICADAS EN EL ART.80° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS. 45%
4 PACTO DE INTEGRIDAD LAS INDICADAS EN EL ART.80° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones LAS INDICADAS EN EL ART.38 DE LAS BASES ADMIISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAVID MUÑOZ
e-mail de responsable de pago: d.munoz@mahosalud.cl
Nombre de responsable de contrato: OSVALDO ZENTENO PINTO
e-mail de responsable de contrato: OZENTENO@MAHO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2583306-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Fecha de vencimiento: 10-11-2027
Monto: 9000000 Peso Chileno
Descripción: LAS INDICADAS EN EL ART.159° Y ART.161° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA PROPUESTA N°031/2025, “SERVICIOS OFTALMOLÓGICOS PARA EL DEPSA DE LA MAHO” ID MERCADO PÚBLICO 3447-52-LP25
Forma y oportunidad de restitución: LAS INDICADAS EN EL ART.162° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADJUNTAS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Art. 93º En el evento de que el adjudicatario no acepte la orden de compra derivada de la adjudicación del proceso, no presente la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no suscriba el contrato, se encuentre inhábil para contratar con la administración del estado o se desista de la celebración del contrato, la Municipalidad PODRÁ DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICAR, dentro del plazo de 60 DÍAS CORRIDOS contados desde la publicación de la adjudicación original, al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del municipio, se estime conveniente declarar DESIERTA la licitación.
Resolución de Empates

Art. 85º             Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se aplicará los siguientes criterios de DESEMPATE:

ü  1° por Menor Oferta Económica.

ü  por Mejor Oferta Técnica.

ü  3° por Mayor Frecuencia del Servicio Mensual.

ü  4° Por Pacto de Integridad.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Art. 87º Esta licitación, en consideración con las necesidades de la Municipalidad de Alto Hospicio, SE ADJUDICARÁ a UN ÚNICO OFERENTE que oferte por la TOTALIDAD de los servicios solicitados (de lo contrario serán declaradas inadmisibles), y que obtenga el mejor puntaje obtenido al final de la evaluación, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en Bases Administrativas.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Título XXVIII
Sobre Cumplimiento Obligaciones Laborales y Previsionales


Art. 117º La MAHO, velará porque el proveedor se encuentre al día en el pago de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores. Por esta razón, podrá solicitar al contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, la presentación del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Lo anterior, en virtud de la responsabilidad subsidiaria que tiene la Municipalidad de Alto Hospicio, en las materias antes referidas.


Art. 118º En caso de que el proveedor presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, LOS PRIMEROS PAGOS DEBERÁN SER DESTINADOS A LA CANCELACIÓN DE DICHAS OBLIGACIONES, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las prestaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 


Art. 119º El proveedor se compromete a CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE SUS TRABAJADORES, conforme lo señalado en el Código del Trabajo. En el evento que el Contratista o Subcontratista (si es que hubiere) no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de la obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la MAHO podrá retener de los pagos que se adeuden al contratista, el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista (si es que hubiere), o utilizar las retenciones y/o garantías del Contrato (si es que hubieren), en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas el municipio pagará al trabajador o la Institución Previsional acreedora lo adeudado.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Art. 60º LA COMISIÓN EN LA ETAPA DE APERTURA DECLARARÁ AUTOMÁTICAMENTE INADMISIBLE LA OFERTA quedando excluida del proceso licitatorio, cuando se incurra en los siguientes incumplimientos:


a) La no presentación por parte del proponente en el sistema de información, de algunos de los antecedentes solicitados en el Art. 50° de las bases, considerados como DOCUMENTOS ESENCIALES de la Oferta. Lo anterior, debido a la naturaleza de los documentos, ya que solicitar la rectificación de estos vicios u omisiones puede conferirle al proponente una situación de privilegio y afectaría los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes por tratarse de situaciones mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo anterior se fundamenta que posterior al acta de apertura, las ofertas ingresadas pasan a ser de conocimiento público en la plataforma, por lo que, podría ofertar mejores condiciones en base a los antecedentes ingresados por los otros participantes. 


b) En caso, de no encontrarse en estado hábil durante el proceso en el Registro de Proveedores del Estado.


Art. 61º Sin perjuicio de los anterior, la MAHO se reserva la facultad de admitir en la etapa de apertura, aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones u errores NO ESENCIALES O MERAMENTE FORMALES siempre que no altere el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas de los demás interesados.


Art. 62º Finalmente, sólo en el caso de que para el presente proceso se reciba una (01) sólo oferta por parte de proveedor interesado, la comisión tendrá la facultad de no aplicar lo indicado en el Art. 60°, letra a) de las bases y solicitar al interesado subsane la información faltante u observada, conforme el Art. 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886 aprobado por decreto 661.
Pacto de integridad
Art. 126º Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:


a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.


c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.


d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.


e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.


f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.


g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.


h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


i) El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.