2.4.Los oferentes deberán indicar si poseen o no “programa de integridad y ética empresarial” pudiendo presentar el Anexo relativo al cumplimiento de dicho programa, en el que indique si posee o no “programas de integridad y ética empresarial” en sus respectivas empresas y en caso de poseer certifiquen la existencia de este, asegurando, además, que estos programas son conocidos y aplicados por su personal (deberá adjuntar Programa y cualquier tipo de documentación que respalde lo indicado en el Anexo).
Aquellos oferentes que solo presenten la Anexo descrito anteriormente, pero no adjunten la documentación respaldatoria, se solicitará por medio del Sistema de Información en los términos del numeral V. de la Admisibilidad de las Ofertas, numero 3. Errores u omisiones formales en las ofertas descontando el puntaje correspondiente a ese criterio, debiendo adjuntar lo solicitado para continuar siendo evaluado.
Y en caso contrario, de no haber presentado lo requerido en el “Anexo relativo al cumplimiento de programa de integridad” no se le asignará dicho puntaje. Lo mismo ocurrirá con aquellos proveedores que no respondieron el “foro inverso” con la documentación solicitada mediante la “aclaración de ofertas”.
Lo anterior, en concordancia al Artículo 17 del Decreto Nro. 661/2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, que tiene relación con los Programas de integridad por parte de los proveedores