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Resolución de Empates |
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En caso de empate en el puntaje final de las ofertas, se adjudicará al oferente que tenga un mayor puntaje en el Factor Precio. De persistir el empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje en factor plazo de entrega, si aún continua se adjudicara al proveedor que obtenga mayor puntaje en el factor soporte técnico. Si utilizados todos los mecanismos de desempate éste continúa, se adjudicará a aquel que aparezca en el sistema con la primera oferta presentada.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Una vez cerrada la licitación, no se recibirán más ofertas.
Al término de la recepción de las ofertas, se realizará el acto de apertura a través de www.mercadopublico.cl. En una sola etapa.
Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
a. Toda propuesta que no contenga todos los antecedentes solicitados en las Bases, “Documentos Anexos” y “Propuesta”.
b. Toda oferta que no haya remitido la totalidad de los antecedentes solicitados por el mandante o licitante.
c. Toda propuesta que no cumpla con los requerimientos establecidos en las Bases administrativas y técnicas.
d. Toda oferta que no haya presentado el listado completo, es decir que haya dejado algún insumo o reactivo sin valorizar o equipo requerido sin ofertar.
En el acto de apertura, cuyo resultado se verá reflejado en el acta correspondiente, se procederá a la revisión y análisis de los documentos exigidos en las bases de la licitación para determinar si las ofertas se aceptan o se rechazan de acuerdo al mérito de sus antecedentes.
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EVALUACIÓN |
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La evaluación consistirá en someter las ofertas aceptadas a la aplicación objetiva de la matriz de evaluación, cuyo resultado se establecerá en el acta de evaluación que propondrá al Director cuál es la oferta que debería resultar adjudicada en virtud del resultado final.
El sistema de evaluación de las propuestas comprenderá la revisión, comparación y análisis de las ofertas recibidas. La apertura consistirá en la verificación de que los documentos anexos cumplan con los requerimientos de las Bases administrativas y técnicas y que la oferta económica considere la totalidad de lo licitado.
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SOBRE LA ADJUDICACIÓN |
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13.1 Esta instalación de salud, aceptará la propuesta más ventajosa y no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor precio.
13.2 El CCM “Valdivia”, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas, no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto y sin derecho a indemnización de ningún tipo para quienes no resulten adjudicadas.
13.3 Realizado el análisis de las ofertas y sus antecedentes, se procederá a su adjudicación, mediante la respectiva resolución, la que será notificada al proponente adjudicado a través del sitio web www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de utilizar medios para efectuar esta notificación en los casos previstos por la ley.
13.4 Adjudicada la propuesta el adjudicatario no podrá ceder ni transferir a terceros los derechos y obligaciones que de ella emanen.
13.5 Se faculta a la Instalación a modificar los plazos de adjudicación en casos necesarios con el fin de no afectar los derechos de oferentes ni del CCM “Valdivia”, explicando las razones del cambio, previa Resolución del Director de la Instalación.
13.6 El porcentaje mínimo que debe obtener el oferente que se adjudique la presente licitación no puede ser menor a 60 puntos equivalentes al 60%. Si el oferente ganador obtiene menos de ese porcentaje, la licitación se declarará desierta por no cumplir con los mínimos exigidos para satisfacer las necesidades del CCM Valdivia.
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CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
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En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación (mpulquillancat@cosale.cl) en un plazo de hasta 24 horas corridas contado desde la fecha de adjudicación. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al participante que realizó la consulta y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
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READJUDICACIÓN |
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El Centro Clínico Militar “Valdivia”, readjudicará la presente licitación dentro de 60 días corridos (plazo en que deberán estar vigentes las ofertas) contados desde la Resolución de Adjudicación, si concurre alguna de las causales que se señalan:
a. Por desistimiento de oferta del proveedor adjudicado.
b. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
c. Si el proveedor desiste de entregar el equipo en comodato.
d. Si el equipo no es compatible con las tarjetas o códigos que impida realizar el examen.
En todos los casos señalados anteriormente no operará indemnización alguna para el adjudicatario.
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FACTURACIÓN Y PAGO |
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16.1 Las facturas deberán ser emitidas en relación a las órdenes de compra que ésta Instalación de Salud genere a través del portal de Chilecompra y de acuerdo a los siguientes antecedentes:
Razón Social : Centro Clínico Militar “Valdivia”
R.U.T. : 65.273.020-5
Giro : ACTIVIDADES DE CENTROS DE SALUD MUNICIPALIZADOS.
Dirección : Orostegui N°1650
Fono : 63-2247324
Ciudad : Valdivia
16.2 El CCM no pagará intereses, reajustes ni indemnizaciones de ningún tipo ante eventuales atrasos en el pago que supere los 30 días corridos.
16.3 Factoring: en caso de realizar los pagos por factoring debe respetar lo dispuesto por el Art.127 del Reglto., de la ley 19.886. El Oferente que se adjudique la presente licitación deberá avisar antes de la completa tramitación del pago, de lo contrario el pago lo recibirá el adjudicatario y no el factor, además no deben existir obligaciones ni multas pendientes entre las partes.
16.4 No se podrá emitir orden de compra alguna mientras no se hayan instalado el equipo en comodato conectados al Lis del Laboratorio clínico.
16.5 La cancelación de la factura será dentro del plazo de 30 días corridos, previa aceptación de la orden de compra emitida a través del portal de Chilecompra y de la recepción conforme de los productos y recepción de la factura correspondiente. La forma de pago será mediante cuenta corriente, informada oportunamente por el proveedor adjudicado al encargado de pagos Sr. Ricardo San Martin Troncoso., teléfono 063-2247325, correo contabilidadccmv@cosale.cl
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MULTAS |
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El Centro Clínico Militar Valdivia podrá cobrar multa o multas al adjudicatario en caso de atraso/s en la entrega de insumos, de conformidad a los criterios que a continuación se detallan:
Se aplicará una multa del 2% por día de retraso del monto de él o los productos establecidos en la orden de compra respectiva cuya entrega se encuentre en mora con tope de 15 días. Pasado ese plazo el CCM “Valdivia”, podrá terminar anticipadamente el contrato.
17.1 Aplicación de Multa
Una vez detectado el incumplimiento, el CCM, notificará al adjudicatario, por carta certificada, indicando el incumplimiento y el monto total de la multa. Se entenderá recibida tres días hábiles posteriores a su recepción en Correos de Chile o la empresa de correos correspondiente. Una vez recibida la notificación el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Una vez vencido el plazo, el CCM “Valdivia” responderá los descargos del adjudicatario dentro de los plazos legales y si corresponde, mediante resolución fundada procederá a aplicar la multa.
17.2 Cobro de Multa
El monto de la multa se deberá efectuar mediante transferencia electrónica, depósito o cheque, a nombre del CENTRO CLÍNICO MILITAR VALDIVIA, RUT N°65.273.020-5 a la Cta. Cte. Banco Estado N°72109001776 en un plazo de 10 días hábiles contados desde que la resolución de cobro de la multa sea firmada. El pago deberá ser informado al correo electrónico mpulquillancat@divsal.cl, adjuntando el respectivo comprobante de pago (La multa en ningún caso debe contemplar Impuesto al Valor Agregado. IVA).
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SOBRE EL CONTRATO |
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El contrato se deberá firmar dentro del plazo de 30 días corridos, una vez adjudicada la Licitación.
18.2 El contrato de suministro con equipo automatizado en comodato para el Laboratorio Clínico del CCM “Valdivia”, tendrá una duración hasta el 21NOV2027 y comenzará a regir desde la completa tramitación de la Resolución que aprueba el contrato pero no antes del 21 de Noviembre del 2025. Siempre las Instalaciones de Salud podrán dar término al contrato por razones presupuestarias, considerando que los recursos autogenerados anuales no pueden comprometerse, por lo que el presente contrato está sujeto a la disponibilidad presupuestaria anual de las Instalaciones de Salud, para la continuidad del servicio contratado.
18.3 Las Bases administrativas, técnicas, oferta adjudicada, preguntas, respuestas y otros anexos, pasarán a formar parte del contrato.
18.4 El CCM “Valdivia” responderá hasta de culpa leve por el equipamiento entregado en comodato.
18.5 El CCM “Valdivia”, no está obligado a gastar todo el presupuesto estimado, pues dependerá de la necesidad y requerimientos del Laboratorio Clínico.
18.6 La empresa adjudicada podrá cambiar o renovar el equipamiento previo acuerdo con el CCM “Valdivia”, especialmente en caso de modernización; y deberá cambiarlos en caso de que pese a las mantenciones y reparaciones efectuadas, el equipo falle constantemente o represente un problema para la Instalación de Salud.
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES |
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Del adjudicatario
a. Entregar todos los productos o insumos solicitados dentro del plazo ofertado y adjudicado.
b. No exigir montos mínimos de facturación para aceptar las órdenes de compra y enviar los productos.
c. Cumplir con las características del equipo entregado en comodato ya que se adjudicó en virtud de ellas.
d. Los costos por envío y cambio o renovación de productos son por parte del proveedor.
e. Capacitar a las tres funcionarias del Laboratorio Clínico, en el uso del equipo entregado en comodato.
f. Aceptar las órdenes de compra emitidas por el CCM “Valdivia”.
g. Mantener el equipo conectado al LIS del laboratorio del CCMV.
h. Nombrar un coordinador por parte de la empresa para que la represente y sea el nexo entre ésta y el “CCMV”.
i. El flete por el traslado de productos y equipos y gastos asociados a las mantenciones serán con cargo al proveedor.
j. Será obligación mantener el valor de los insumos por todo el tiempo que dure el contrato.
k. Todos los establecidos en las bases y en la oferta del adjudicatario.
l. Realizar la capacitación a las tres funcionarias del laboratorio Clínico del Centro Clínico Militar Valdivia, del funcionamiento del equipo instalado.
19.2 Del Licitante
a. Pagar de manera oportuna los productos y/o servicios adquiridos.
b. Tener permanentemente y mantener en estado de servir todas las conexiones y servicios complementarios necesarios para el funcionamiento de los equipos entregados en comodato.
c. Cuidar y mantener en buen estado los equipos entregados en comodato y usarlos de acuerdo a su naturaleza, firmar acta de recepción y devolución o entrega de los equipos anotando detalladamente el estado en que se encuentran.
d. Restituir y entregar en buen estado el equipo entregado en comodato una vez que finalice el contrato. Para ello el CCM “Valdivia”, tendrá un plazo de cinco días hábiles para entregarlo.
e. Recepcionar y entregar el equipo mediante el acta correspondiente.
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TÉRMINO NORMAL DEL CONTRATO |
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El contrato terminará por la llegada del plazo establecido en las presentes bases para su término.
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CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El Centro Clínico Militar “Valdivia”, podrá terminar anticipadamente el contrato, sin forma de juicio, en los siguientes casos:
21.1 Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
21.2 Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
21.3 Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
21.4 Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
21.5 Por razones institucionales justificadas, falta de presupuesto, órdenes superiores.
21.6 Por cobrar por el envío de los insumos o reactivos.
21.7 Por cobros por el equipo entregado en comodato.
21.8 Por cobros por las mantenciones del equipo entregado en comodato.
21.9 Por no prestar asesoría o asistencia técnica de acuerdo a lo ofertado y adjudicado.
21.10 No funcionamiento del Equipo entregado en comodato.
21.11 Cualquier incumplimiento que provoque un desmedro o daño pecuniario al CCM “Valdivia”.
Producida cualquiera de las situaciones señaladas, la Resolución del Director del Centro Clínico Militar “Valdivia” de poner término anticipado al contrato se notificará por carta certificada al contratista.
El Centro Clínico, no pagará indemnización alguna al adjudicatario por término anticipado o modificación del contrato.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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El CCM “Valdivia”, podrá modificar de mutuo acuerdo el contrato a través de anexos ampliándolo o disminuyéndolo en cuanto a los requerimientos o agregando cláusulas en relación a las materias y objeto del presente contrato como plazos, valores (disminución), insumos, cantidades y reactivos, cambio de equipo entregado en comodato, aumento de presupuesto. El monto del contrato no podrá aumentarse más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTO |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de la sanción contemplada en las presentes bases, ya sea cobro de multa, cobro de garantía de fiel cumplimiento de término anticipado de contrato, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado
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LUGAR Y DÍAS DE ENTREGA |
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El Proveedor adjudicado deberá hacer entrega de los productos y deberá instalar el equipo en comodato en dependencias del Laboratorio Clínico del Centro Clínico Militar “Valdivia”, ubicado en calle Orostegui N° 1650, de la ciudad de Valdivia previa coordinación con la encargada del Laboratorio Clínico del Centro Clínico. Por el tipo de productos de que se trata (refrigerados), éstos deberán ser enviados de lunes a jueves entre las 08:00 AM y las 17:00 PM. (solo para estos efectos se considerarán días hábiles los no feriados de lunes a jueves).
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ENCARGADA DE CONTRATO |
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No podrá existir ningún contacto mientras dure el proceso de licitación, salvo por el medio descrito en las presentes bases.
El encargado del contrato será:
PAC. Paola Boettcher Maldonado
Fono: 063-2247346
Email: labvaldivia@cosale.cl
Responsabilidades del encargado de contrato:
1. Controlar vigencia (fecha de inicio y término) solicitud o renovación del servicio según corresponda.
2. Mantener calendario actualizado de los respectivos servicios que el proveedor adjudicado debe realizar.
3. Mantener los libros con fecha de visitas, servicio realizado y firmas de la empresa.
4. Responsable de control y cumplimiento del contrato celebrado.
5. Mantener informado al escalón superior del funcionamiento y cumplimiento de la empresa (si cumple o no con lo convenido)
6. Proponer proyectos párrafos con las disposiciones para realizar los servicios.
7. Solicitar a la empresa el certificado de valorización correspondiente al equipo analizador.
8. Una vez terminado el contrato realizar acta correspondiente a la entrega del equipo.
9. El encargado de contrato deberá comunicar al Director del Centro Clínico Militar el incumplimiento de contrato y solicitar la autorización para el cobro de garantía.
Encargado de la solicitud de insumos:
SG2° Sergio Bahamondez Valenzuela Cargo: Encargado de botiquín farmacéutico
Email: botiquinccmv@cosale.cl
Responsabilidades del encargo de la solicitud de insumos.
1. Realizar la solicitud de compra de insumos a la CGA.
2. Controlar el cumplimiento de los plazos de entrega adjudicados de los insumos solicitados
3. En caso de atraso en la entrega de insumos se deberá dar aviso al encargado de contrato para solicitar el cobro de multa.
4. Realizar documentación informando los incumplimientos de contrato al Encargado de contrato.
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COORDINACIÓN. |
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La empresa adjudicada designará un ejecutivo, que actuará como representante ante el CCM “Valdivia”, para los efectos de la administración y coordinación de la presente licitación.
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SANEAMIENTO DE VICIOS Y EVICCIÓN |
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La persona jurídica o empresa que celebre contrato de compra-venta con el CCM “Valdivia”, se hará responsable del saneamiento de la evicción y de los vicios redhibitorios en conformidad a la ley, sin perjuicio de las garantías establecidas en estas bases y de las demás acciones que pudiese ejercer el CCMV para la indemnización de perjuicios y debido resguardo de sus intereses.
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CESIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN |
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El adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en las bases, salvo que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanan de los contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
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DECLARACIÓN ESENCIAL |
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El (los) representante(s) de cada proponente declara(n) y asegura(n), documentada y legalmente, que su representada es una empresa legalmente constituida o reconocida y vigente en Chile. Además, declara(n) que el oferente ha leído íntegramente las bases de licitación, las ha entendido y se somete a ellas. La presente declaración se entenderá aceptada con la sola presentación de la propuesta.
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SUBCONTRATACIÓN |
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La subcontratación está permitida en los términos del artículo 128 del Reglamento de la Ley 19.886, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado
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COMPETENCIA DE TRIBUNALES |
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Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia y se someten a la jurisdicción de sus tribunales.
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VÍNCULOS DE DEPENDENCIA Y LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD |
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Se deja constancia que el contrato que se suscribirá será de compraventa de bienes y no un contrato de trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el CCM “Valdivia” y el personal de la empresa adjudicataria. Por lo tanto, para todos los efectos legales, la empresa tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores, liberando de toda responsabilidad al Centro Clínico Militar “Valdivia”, frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de accidentes de cualquier especie, cuasidelitos, demandas laborales o civiles, demandas por errores u omisiones culpables o dolosas, u otras referidas al no pago de remuneraciones y obligaciones de carácter previsional de los trabajadores a su cargo y en general de cualquier otra obligación que el Proveedor haya asumido con terceros en relación a los bienes licitados
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