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CRITERIO DE DESEMPATE |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente un menor
precio será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo criterio de
desempate corresponderá a la calidad técnica y en tercer criterio requerimiento plazo de entrega Si
aún persiste definirá quien ingresó primero su oferta en el portal.
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ADJUDICACION |
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De La Adjudicación de la Propuesta.
a) La propuesta se entenderá adjudicada mediante Decreto Alcaldicio, respecto de la propuesta
de adjudicación. Con relación al análisis de evaluación de los oferentes, la propuesta será
adjudicada a aquella oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado.
b) El Mandante podrá rechazar todas o algunas de las ofertas con expresión fundada de causa y
sin que los proponentes puedan pretender indemnización alguna por este hecho. En el caso
que rechace todas las ofertas, se procederá a declarar desierta la propuesta respectiva, lo que
será comunicado a los oferentes. En este caso y si correspondiera, se efectuará una nueva
propuesta.
c) En el caso que no se hayan presentado ofertas, la propuesta será declarada desierta. En tal
evento, se efectuará una nueva licitación conforme a lo dispuesto en estas Bases.
d) Una vez que se conozca la resolución, el resultado de la propuesta se comunicará por el
portal www.mercadopublico.cl .
e) El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles para aceptar la orden de compra,
una vez concluido ese plazo se entenderá que el proveedor rechaza la compra, por lo que se
procederá a la re adjudicación de la licitación.
f) Una vez resuelta la adjudicación, las empresas proponentes que hayan participado en el
proceso de licitación de la propuesta se encontrarán inhabilitadas para ejercer funciones de
Asesoría e Inspección Técnica de la obra en cuestión.
g) Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases licitación, la unidad
requirente deberá solicitar a adquisiciones un informe de las razones que justifican el
incumplimiento del plazo para adjudicar y que estos indiquen un nuevo plazo para la
adjudicación. De esta manera, se formaliza por resolución fundada
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ORDEN DE COMPRA |
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Emitida la Orden de Compra, el adjudicatario deberá aceptarla a través del portal Mercado Público
dentro del plazo máximo de 48 horas. El incumplimiento de esta obligación facultará a la Municipalidad
para dejar sin efecto la adjudicación, informar a la Dirección de Compras y Contratación Pública para la
aplicación de las sanciones correspondientes, y, eventualmente, re adjudicar el contrato al oferente
que, según el Acta de Evaluación, haya obtenido la segunda mejor calificación en los aspectos
administrativos, técnicos y económicos.
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READJUDICACION |
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La Municipalidad de San Esteban podrá dejar sin efecto la adjudicación y re adjudicar la licitación al
oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
• Desistimiento de la oferta por parte del proveedor adjudicado.
• No aceptación de la Orden de Compra en el portal Mercado Público dentro del plazo máximo
de 48 horas establecido en las bases.
• Rechazo de la Orden de Compra enviada a través del portal Mercado Público.
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DEL CONTRATO |
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No se suscribirá contrato formal; el servicio se entenderá perfeccionado mediante la emisión de la
respectiva Orden de Compra. En caso de que el oferente adjudicado desista, rechace la Orden de
Compra o no la acepte dentro del plazo establecido, la adjudicación quedará sin efecto, informándose
de inmediato dicha circunstancia en el portal www.mercadopublico.cl.
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DEL PRECIO DEL SERVICIO |
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Será el que se indique en el Decreto de Adjudicación, producto de la oferta seleccionada. Será en pesos
chilenos, sin reajuste ni intereses, e incluirá todos los gastos que genere el proyecto.
El proveedor solo podrá facturar los bienes/servicios efectivamente entregados y recibidos conforme
por Municipio, una vez que el Inspector Técnico de servicio de la Ilustre Municipalidad de San Esteban
autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los servicios. La Ilustre Municipalidad
rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los
servicios y la autorización expresa de facturar por parte de este.
La Municipalidad de San Esteban pagará cada uno de los servicios contratados, un pago único. Dentro
de los 30 días siguientes, después de haber recibido la factura respectiva de la ejecución del bien o
servicio.
Para que el pago se haga efectivo, el proveedor deberá previamente entregar la siguiente
documentación:
➢ Certificado de Recepción Conforme, del servicio/bien emitido por la Inspección Técnica del
Servicio: Acta de recepción conforme se consignará los servicios o bienes prestados.
➢ Comprobante del pago de multas, si las hubiere, o certificado del Inspector técnico de no
haberse cursado.
➢ Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: conforme a lo
dispuesto por la Ley N°20.123, de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo a
la fecha de presentación de la factura (Formulario F30). El Presente certificado deberá
tener un plazo de vigencia de no más de 30 días a la fecha de presentación de la factura.
➢ Orden de compra aceptada.
➢ Factura extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de San Esteban.
➢ Dirección: Avda. 26 de Diciembre N°654, San Esteban.
➢ Rut: 69.051.400-1
La municipalidad realizara el pago respectivo mediante transferencia bancaria. El pago se efectuará
dentro de los 30 días corridos siguiente a la recepción de la factura.
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FACTORING |
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Se hace presente que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 N°2 de la Ley 19.983, el plazo para el
reclamo de las facturas presentadas es de 8 días corridos tanto si se presentan a cobro por el mismo
proveedor o por terceros a quienes se las haya cedido.
Por su parte, el proveedor deberá informar que haga de las facturas relacionadas al presente contrato,
y conservará la responsabilidad frente al municipio en caso de que se cobren facturas que no hayan
sido aprobadas previamente por la unidad técnica respectiva.
En el caso de celebrar un contrato de Factoring, éste deberá notificar por escrito cualquier cesión a la
Municipalidad de las facturas relacionadas al presente contrato a través de la Unidad Técnica, dentro
de las 48 horas siguientes a su celebración.
Asimismo, la empresa de Factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de
notificación a este Municipio, vía correo electrónica al Departamento de Contabilidad:
rendiciones.contabilidad@munisanesteban.cl y Unidad Técnica, a fin de hacer efectivo el cobro de la
respectiva factura. El municipio no se obliga al pago del Factoring en caso de existir obligaciones y/o
multas pendientes del Contratista.
En ningún caso, la notificación del Factoring puede hacerse llegar al Municipio (Departamento de
Contabilidad) y Unidad Técnica, en fecha posterior a la solicitud de pago (estado de pago) que
corresponde a la factura cedida.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato terminará anticipadamente en los siguientes casos:
Por causa de la Municipalidad: Se podrá disponer el término del contrato, mediante el Decreto
Alcaldicio correspondiente, cuando así lo aconsejen las necesidades de la Municipalidad, por razones
presupuestarias o por exigirlo el interés público. El aviso deberá ser efectuado por escrito al proveedor
con una anticipación de 10 días corridos a que se produzca el término del contrato.
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la
relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si
concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre
en mora de cumplir sus obligaciones.
3. Se considerará incumplimiento grave por parte del proveedor la falta de entrega de
cualquiera de los alimentos, bebestibles o adicionales ofertados, así como también la no
disponibilidad del salón o de los productos comprometidos en la propuesta. En tal caso, el
Inspector Técnico del contrato deberá informar formalmente sobre la falta cometida para
los efectos correspondientes.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados. En tal
caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se
hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a
motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas
establecidas en el artículo 135 del reglamento de la ley de compras.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los
contratantes.
8. Si se disuelve la empresa adjudicada.
9. Por incumplimiento grave, o reiterado de medidas de seguridad y salud, en favor de sus
trabajadores y/usuarios del servicio.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de
fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las
medidas derivadas de incumplimientos.
Término anticipado a un contrato por cualquiera de las causa señaladas se mantendrán las garantías y
retenciones del contrato las que servirán para responder del mayor precio que pueda constar la
contratación del servicio para un nuevo contrato, o cualquier otro gasto o perjuicio que resulte para la
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MULTAS |
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Entrega de producto diferente en
calidad de las especificaciones
técnicas.
5 U.T.M por características diferentes
a la ofertada
✓ No entrega en el tiempo indicado 5 U.T.M por cada ITEM.
✓ No notificar factoring 3 UTM
✓ No Instala ni traslada el Modulo 10 UTM
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APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS |
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De la Apertura de las ofertas
Un funcionario de la Unidad de Adquisiciones de la Ilustre Municipalidad de San Esteban será
responsable de realizar la apertura de las ofertas recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl.
La apertura, aceptación o rechazo de las ofertas se efectuará de forma electrónica, en la fecha y horario
indicados en el calendario del proceso, utilizando el formulario electrónico correspondiente.
El proveedor deberá suscribir una Declaración Jurada con firma electrónica simple del Portal
www.mercadopublico.cl para dar cumplimiento a la ley n°19.886 de compras públicas que en sus
artículos 35 quáter y 35 septies aumenta los estándares asociados a conflictos de interés entre
compradores y proveedores del Estado y las inhabilidades de los proveedores para contratar con el
Estado se actualizó en la plataforma www.mercadopublico.cl la Declaración Jurada para ofertar que
suscriben electrónicamente los proveedores al participar en un proceso de compra pública, por lo que
el anexo Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador y delitos
concursales, Declaración jurada simple del oferente, inhabilidades por parentesco, pueden ser firmadas
por este medio.
Se verificará que todos los oferentes cuenten con inscripción vigente y hábil en el Registro de
Proveedores del Estado.
Solo se aceptarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad, los cuales serán
revisados durante el Examen de Admisibilidad en la apertura. Para ello, el oferente deberá haber
ingresado en el portal la siguiente documentación indispensable para su admisibilidad adjuntando y
respetando los formularios incluidos en el siguiente detalle:
• Anexo N°1 Individualización del Oferente (respetar formato)
• Declaración Jurada con firma electrónica (portal)
• Anexo N°2 Programa de Integridad
• Anexo N°3 Requerimientos técnicos
• Anexo N°4 Oferta Económica
• Anexo N°5 Plazo de Entreg
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