La comisión sólo podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos, o no se encuentren en forma, en relación a los “ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS”, de acuerdo al punto 8.1 de las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá solicitarse información relativa al pacto de integridad, ya que incide en un criterio de evaluación, lo cual contraviene el principio de igualdad entre los oferentes.
Los antecedentes omitidos por el oferente y que fueran requeridos por la comisión, serán aceptados siempre que las certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones imposibles de mutar entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.