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RESOLUCION DE EMPATES |
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En el caso de empate en el puntaje final entre dos o más oferentes, se elegirá la oferta más
conveniente de acuerdo con el siguiente orden:
1. Quien tenga mayor puntuación en el criterio de oferta precio si continúa el empate;
2. De mantenerse el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el puntaje más alto
en el criterio “Experiencia en Obras Similares”.
3. Si el empate aún persiste, si persiste el empate, se dará prioridad a la oferta que obtenga el
mejor puntaje en la categoría “Cumplimiento Presentación de Ofertas”.
4. Si el empate aún persiste, se dará prioridad a la oferta que obtenga el mejor puntaje en la
categoría “Política de Integridad y ética empresarial”.
5. . Finalmente se resolverá quien haya ofertado primero en el Portal, lo que se verificará
mediante la emisión del respectivo certificado del Mercado Público.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas de adjudicación deberán realizarse a: secplan@salamanca.cl
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ACREDITACIÓN DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
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El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro
y oportuno de las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación
complementaria de dicho cuerpo legal, leyes sociales, de previsión, de seguros, de
enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus
trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra
saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores en los últimos
dos años, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los Subcontratistas con sus
trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante, un certificado que acredite el monto
y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección
del Trabajo respectiva. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador,
su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y
tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria
derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del
mismo Código.
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ONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. |
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El contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca de la
Municipalidad de Salamanca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines
ajenos al mismo, y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar,
difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar
dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del
contrato o después de su finalización.
Esta prohibición afecta tanto al contratista, a su personal directo e indirecto y a todos aquéllos
que se encuentre ligados a él en virtud del contrato con el municipio.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Municipalidad de Salamanca podrá terminar
anticipadamente el contrato, encontrándose facultada para cobrar la garantía de fiel
cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones judiciales que corresponda.
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SEGUROS Y DAÑOS A TERCEROS |
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Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra se cause a terceros,
será de exclusiva responsabilidad del Contratista. Este deberá tomar todas las medidas
precautorias necesarias con anticipación.
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PÉRDIDAS CAUSADAS POR INCENDIOS U OTROS ACCIDENTES. |
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Las pérdidas causadas por incendio, accidentes, robo u otro delito, serán de cargo exclusivo del
contratista.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá responder por el costo de los perjuicios no
cubiertos por cualquier causa por el seguro eventualmente contratado.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas de adjudicación deberán realizarse a: secplan@salamanca.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Documentos adicionales para el PRIMER ESTADO DE PAGO:
a) Acta de Entrega de Terreno.
b) Decreto que aprueba contrato y el contrato.
c) Orden de Compra
d) Carta Gantt.
e) Copia del comprobante de ingreso de carpetas para la aprobación de los proyectos que
sean requeridos para esta obra, sanitarios, eléctricos u otros, si así fuera el caso.
f) Copias de permisos que sean requeridos ante las instituciones correspondientes para
hacer uso de las instalaciones existentes, medidores y otros, según sea el caso y de
proceder.
g) Evidencia de la instalación del Letrero de Obras (fotografías en un pendrive mínimo 5)
que muestren claramente la ubicación y cumplimiento de los requisitos establecidos
en el punto 21.1 de las bases administrativas. Si corresponde.
h) Nómina de trabajadores y sus respectivos contratos de trabajo y/o modificaciones de
contrato que los asigne a la obra. Además, deberá acompañar anexos de contrato, en
el caso de los trabajadores cuyo contrato contemple movilidad en la ejecución de
labores. Tanto el jefe de obra como el prevencionista de riesgo en la nómina deben
coincidir con los nombres entregados en la oferta y al momento de firma de Acta de
Entrega de Terreno.
i) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley
Subcontratación) de la empresa contratista, que acredite que no tiene deudas laborales
o previsionales con los trabajadores contratados, adjuntando la nómina de
trabajadores correspondiente al mes anterior al inicio de los servicios.
j) Recepción conforme de parte de cada trabajador de la obra, de los elementos de
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protección personal y sanitaria.
Documentos adicionales para el ÚLTIMO ESTADO DE PAGO:
Para la tramitación del último estado de pago, cuyo monto no podrá ser inferior al 10% del valor total del
contrato, el Contratista deberá acompañar además de la factura, los siguientes antecedentes:
a) Acta de Recepción Provisoria suscrita por la Comisión de Recepción Provisoria
debidamente aprobada por Decreto Alcaldicio.
b) Nómina de trabajadores y sus respectivos finiquitos de trabajo y/o modificaciones de
contrato del mes que prestaron el servicio. Para el caso de los trabajadores que se
mantengan trabajando con el Contratista, un Certificado suscrito por él y el empleador
que así lo manifieste.
c) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (Ley
Subcontratación) de la empresa contratista, que acredite que no tiene deudas laborales
o previsionales con los trabajadores contratados, adjuntando la nómina de
trabajadores, correspondiente al mes anterior de la facturación. Este certificado debe
ser entregado mensualmente, se curse o no el estado de pago correspondiente.
d) Documentos de las cotizaciones previsionales pagadas ante las instituciones
establecidas por la Ley (AFP, IPS, Mutual de Seguridad, Cajas de Compensación).
e) Solo en caso de proceder, Contrato de cesión de crédito con el factoring. Acta de
Conformidad del Inspector Técnico que dé cuenta del cumplimiento correcto del
contrato, en los términos establecidos en las bases de licitación.
f) Documentación técnica que proceda, indicados por el ITO.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período
de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se
exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo
dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren
en "trámite" o "no vigentes".
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal 48 horas,
contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a
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través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar
oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los
respectivos oferentes.
Se considerará el criterio de evaluación "Cumplimiento de requisitos formales" como uno de los
criterios a utilizar en la evaluación de las ofertas, esto de conformidad con el artículo 56 del
Reglamento de Compras Públicas. No aplica para requisitos esenciales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en
su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del
Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en
los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos
efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos
Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la
misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos
o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier
de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
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presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de esta.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o
los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen
y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Sin perjuicio de lo señalado, el oferente que resulte adjudicado y sus trabajadores, deberán
observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a
los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a
aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título
III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado.
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