Licitación ID: 3712-24-LP20
DISEÑO NUEVO CEMENTERIO COMUNA DE LOS VILOS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS, Finanzas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Estudios para localización de proyectos 1 Unidad
Cod: 80101602
DISEÑO NUEVO CEMENTERIO COMUNA DE LOS VILOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DISEÑO NUEVO CEMENTERIO COMUNA DE LOS VILOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Los Vilos requiere contratar los servicios profesionales para la elaboración de los diseños definitivos de arquitectura y especialidades para la ejecución del proyecto “NUEVO CEMENTERIO, COMUNA DE LOS VILOS” El proyecto se ejecutará en un terreno de propiedad municipal, que se encuentra emplazado en el sector ex Inia, ubicado en Panamericana Norte Km 226, Lote B-4, el cual tiene una superficie de 19.833 m2. Se considera el diseño de un nuevo cementerio para la Comuna de Los Vilos, el cual deberá considerar toda la normativa atingente, así como también todas y cada una de las especialidades necesarias para la ejecución de dicho proyecto. El presente documento define los aspectos técnicos y generales para la contratación del Diseño de Arquitectura e Ingenierías del Nuevo Cementerio Municipal de Los Vilos. Por ende, deberá acogerse a los lineamientos conceptuales desarrollados por la SECPLAC de la Municipalidad de Los Vilos, la cual será complementada con los organismos que ésta estime conveniente. El licitante deberá revisar y ajustar, en caso de ser necesario, el programa arquitectónico, itemizado base y especificaciones técnicas, debiendo agregar todas aquellas obras no indicadas en los presentes Términos Técnicos de Referencia, pero que formen parte del diseño propuesto por el consultor, o bien, sean exigidas por leyes, reglamentos o normas vigentes de distintos organismos competentes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS
Unidad de compra:
Finanzas
R.U.T.:
69.041.500-3
Dirección:
Lincoyan N°255
Comuna:
Los Vilos
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-06-2020 14:00:00
Fecha de Publicación: 06-05-2020 12:25:00
Fecha inicio de preguntas: 06-05-2020 14:00:00
Fecha final de preguntas: 11-05-2020 13:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-05-2020 10:52:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-06-2020 14:07:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-06-2020 14:07:00
Fecha de Adjudicación: 07-08-2020 15:43:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 10.2 OFERTA ADMINISTRATIVA La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO N°1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO N°2: Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta 3. FORMULARIO N°3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4° de la ley N°19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. 4. Certificado o Declaración Bancaria, timbrado por el ente emisor, que acredite la capacidad económica del Proponente, con una antigüedad no superior a 30 días contados hacia atrás desde la fecha de apertura de la propuesta. 5. En caso de personas jurídicas, se debe incluir un Certificado que acredite la personería del representante legal, cuya fecha de emisión no deberá ser mayor a 30 días. 6. En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 7. FORMULARIO N° 10: Declaración Jurada Simple correcta elaboración del proyecto. Los Oferentes que tengan los antecedentes legales solicitados en este punto, en el portal Mercado Público, no será obligatoria su presentación en la apertura física, sin embargo, aquellos antecedentes deberán estar vigentes, de la forma y modo requeridos en este punto, al momento de la apertura física, según la Ley de Compras Públicas. Será la Comisión de Apertura quien verificará en el acto de apertura, que esta condición sea cumplida, sin perjuicio de las atribuciones de la Comisión de Evaluación.
Documentos Técnicos
1.- 10.3 OFERTA TÉCNICA La oferta técnica deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO N°4: Nómina de los profesionales y técnicos que tendrán participación en la ejecución del proyecto, cada profesional y técnico deberá acompañar los siguientes documentos: - Currículum Vitae de cada uno de ellos y la correspondiente asignación de responsabilidades según formato formulario anexo 4. - Certificado de Título profesional en fotocopia simple. 2. FORMULARIO N°5: Carta compromiso de todos los profesionales y técnicos que participarán en el equipo. 3. FORMULARIO N°6: Carta Gantt. Calendario de actividades y diagrama de barras (Carta Gantt) o algún otro tipo de programación de las tareas. Debe incluir además el desglose, secuencia y detalle de cada una de las actividades a desarrollar en cada etapa, con la designación de los miembros del equipo profesional que participará en ellas 4. FORMULARIO N°7: Certificados de Acreditación de Experiencia del Oferente; en obras relacionadas a proyectos de Diseños o Mejoramientos de Cementerios. Se aceptará como acreditación de experiencia lo siguiente: a. Certificados emitidos por Instituciones Públicas que actúan como mandante o unidad técnica de un diseño o mejoramiento de cementerio, que indique que se completó satisfactoriamente el diseño encomendado. b. Certificados emitidos por Instituciones Privadas que actúan como mandante de un diseño o mejoramiento de un cementerio, debiendo ser distintas al Oferente, que indique que se completó satisfactoriamente el diseño encomendado. c. Contratos de obras a nombre de la empresa, que acrediten ejecución de un diseño o mejoramiento de cementerio, debidamente singularizado el mandante (nombre, Rut, representante legal, entre otros antecedentes) firmado por ambas partes. Nota: “La Experiencia consultor dice relación a proyectos que sean relacionados al RUT ya sea Persona Natural o Jurídica, que postula al presente proceso. Y no al del equipo consultor”
 
Documentos Económicos
1.- 10.4 OFERTA ECONÓMICA La Oferta económica deberá contener los siguientes documentos: 1. FORMULARIO N°8: Carta Oferta 2. FORMULARIO N°9: Desglose de Honorarios
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de ejecución Revisar formula de calculo en Bases. 25%
2 Precio El monto será el estipulado por cada oferente en el Formulario N°8 (Oferta impuesto incluido). Se evaluará con el 20% la oferta más económica. Las demás se evaluarán con la siguiente fórmula: X3= (20*OM)/OE Dónde: X3 : Puntaje obtenido oferta económica. OM : Oferta más económica ($). OE : Oferta evaluada ($). 20%
3 Experiencia Revisar formula de calculo en Bases 35%
4 Capacidad Económica La capacidad económica será evaluada de acuerdo al documento solicitado en el numeral 4 del artículo 11.2. El puntaje de cada oferente en el factor de Capacidad Económica, se asignará de acuerdo a los siguientes criterios: i. 100 puntos: a los oferentes que acrediten capacidad económica de un 50% o más, en relación al monto total del proyecto. (Cap. económica ≥ Monto del proyecto x 0,5). ii. 60 puntos: a los oferentes que acrediten capacidad económica entre un 30% y un 49%, en relación al monto total del proyecto. (Monto del proyecto x 0,3 ≤ Cap. económica ≤ Monto del proyecto x 0,49). iii. 30 puntos: a los oferentes que acrediten capacidad económica entre un 10% y un 29%, en relación al monto total del proyecto. (Monto del proyecto x 0,1 ≤ Cap. económica ≤ Monto del proyecto x 0,29). iv. 0 puntos: a los oferentes que acrediten capacidad económica menor al 10% en relación al monto total del proyecto. (Cap. económica < Monto del proyecto x 0,10). X4= 15% * Puntaje según crite 15%
5 Cumplimiento de Requisitos formales Se calificará de la siguiente manera: i. 100 Puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas, y según la forma solicitada, sin que se le otorgue plazo, para enmendar errores u omisiones formales. ii. 50 Puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas y se le otorga plazo para corregir, de acuerdo a las facultades contenidas en las Bases de Licitación. iii. 0 Puntos: El oferente no presenta documentos y/o no corrige, complementa y/o aclara errores u omisiones solicitados, de acuerdo a las facultades contenidas en las Bases de Licitación. X5= 5% * Puntaje según criterio. Dónde: X5: Puntaje de certificación. Puntaje según criterio: según la evaluación anterior. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipalidad de Los Vilos
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se establece que, el precio ofertado deberá incluir todos los gastos que requiera la ejecución del contrato o que se deriven del mismo, incluso los derechos e impuestos correspondientes. El proponente deberá entregar su oferta por el total de los insumos.
Tiempo del Contrato 180 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: César León Trigo
e-mail de responsable de pago: cleont@munilosvilos.cl
Nombre de responsable de contrato: SECPLAC
e-mail de responsable de contrato: alejandro.fuentes@munilosvilos.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-53-2353080-Anexo457
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS
Fecha de vencimiento: 09-11-2020
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: c) La boleta de Seriedad de la Oferta, se podrá entregar de manera electrónica hasta el último día hábil correspondiente a la fecha de cierre de la licitación, deberá ser enviada electrónicamente al correo de oficina de parte y deberá ser ingresado en el portal de mercado público y enviada al correo electrónico oficinadepartes@munilosvilos.cl hasta el último día hábil correspondiente a la fecha de cierre de la licitación, hasta las 14:00 horas. (carácter obligatorio, de no ser así quedará automáticamente fuera de bases) *Debido a la contingencia COVID-19, solo se aceptaran documentos electrónicos enviados digitalizados, al correo señalado en la letra de c) de este punto.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la Oferta Diseño Nuevo Cementerio comuna de Los Vilos ID N°3712-XX-XX20”.
Forma y oportunidad de restitución: e) La garantía de “seriedad de la oferta” será de vuelta por la Municipalidad de Los Vilos a todos los proponentes menos al primer lugar, una vez transcurridos al menos 10 días desde publicado el decreto que aprueba el contrato resultante del presente proceso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS
Fecha de vencimiento: 20-05-2021
Monto: 5 %
Descripción: El Consultor será responsable de mantener vigente la garantía de “fiel cumplimiento de contrato”; si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las consultorías o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia, deberá ser renovada en un plazo no menor a 10 días hábiles antes de su vencimiento, de lo contrario la Unidad Técnica quedará facultada para dar término al contrato y hacer el cobro de la garantía.
Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato Diseño Nuevo Cementerio comuna de Los Vilos ID N° 3712-XX-XX20”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de “fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución” se devolverá al Consultor a su solicitud, una vez que se haya dado término a la ejecución de la misma, la que será devuelta una vez obtenida todas las aprobaciones, de las instituciones a fin, referentes al diseño de la iniciativa.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Requisitos de participación
Podrán participar en la Licitación los Consultores, sean personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores (UTP) que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. Además, el oferente debe estar inscrito en el Portal www.mercadopublico.cl (Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios) y en el Registro Nacional de Proveedores del Estado de Chile, en adelante www.chileproveedores.cl, al momento de suscribirse el Contrato. El oferente que no esté inscrito en este último registro estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 10 días corridos desde la adjudicación. Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4° de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. No podrán participar en la adquisición y propuestas de la Municipalidad de Los Vilos, oferentes que tengan las calidades descritas en la letra “b” del articulo N°54 de la Ley N°18.575, de las “Bases Generales de Administración del Estado”, es decir, personas naturales que posean la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad respecto de algún funcionario de la Municipalidad de Los Vilos, de grado superior o equivalente a jefatura, o sus autoridades, sea este el Alcalde o sus Concejales, de conformidad a la prohibición establecida en el artículo 13° de la Ley N°20.088”. No podrán participar sociedades de personas de las que formen parte funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra “b” del articulo N°54 de la Ley N°18.575, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de las sociedades antedichas.
Unión temporal de Porveedores
Si dos o más proveedores deciden unir esfuerzos para participar conjuntamente en el proceso de Licitación, deberán celebrar entre ellos un contrato denominado Unión Temporal de Proveedores (en adelante “UTP”), en los términos del artículo 67 bis del Reglamento de la ley Nº 19.886 y en tal caso, se observarán las siguientes reglas: 3.1.1. Si el monto estimado de la contratación según la Municipalidad es inferior a 1.000 UTM, en su valor al mes de presentación de las ofertas, la UTP podrá celebrarse por escritura pública o privada. Si dicho monto fuera igual o superior a 1.000 UTM, la UTP deberá obligatoriamente celebrarse mediante escritura pública. 3.1.2 En cualquier caso, la escritura de constitución de la UTP deberá contener a lo menos las siguientes estipulaciones: a) El nombre completo de la licitación para la cual se constituye y su ID de Mercado Público. b) El plazo de duración de la UTP, que deberá ser como mínimo el plazo ofertado para el respectivo contrato más la vigencia de las garantías de fiel cumplimiento contractual y de correcta ejecución, si las hubiera. Si el contrato fuese ampliado en su plazo, la duración de la UTP deberá ampliarse en los mismos términos de ser necesario, antes de procederse a formalizar la ampliación de plazo contractual. Para estos efectos, la solicitud de ampliación del plazo del contrato deberá ser efectuada con la antelación suficiente. c) Deberá establecer expresamente responsabilidad solidaria entre todos sus integrantes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Municipalidad derivadas de la licitación y del contrato que de ella emane. d) Deberá designarse un representante o apoderado común de los integrantes de la UTP expresándose las facultades que se le otorgan, entre ellas, la de participar en todo el procedimiento licitatorio a nombre de aquellos, desde la presentación de la oferta, firma del contrato, eventuales modificaciones y en general ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que en tanto integrantes de la UTP, les correspondan en sus relaciones con la Municipalidad. e) Indicar cuál de sus integrantes emitirá las facturas respectivas, las que deberán ser entregadas y tramitadas por el apoderado junto con el respectivo estado de pago. La Municipalidad pagará dichas facturas a su emisor, entendiéndose para todos los efectos que el pago se ha hecho a la UTP. 3.1.3 La escritura de constitución de la UTP deberá ingresarse como anexo administrativo junto con la respectiva oferta. 3.1.4 Los documentos de garantía necesarios, tanto de seriedad de la oferta, fiel cumplimiento del contrato, correcta ejecución u otros, podrán ser tomados u otorgados por cualquiera de los integrantes de la UTP, debiendo expresar en el documento respectivo, la glosa en que se exprese el nombre de la licitación, su ID de Mercado Público y el concepto garantizado (esto es: seriedad de la oferta, fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, buena ejecución de la obra,etc.). 3.1.5 Para los efectos de la evaluación de la experiencia del oferente, si procediera, la UTP podrá presentar los antecedentes de todos sus integrantes, o sólo de uno o de algunos de ellos, considerándose aquellos cuya experiencia corresponda al rubro o área materia de la licitación. 3.1.6 Para acreditar capacidad o solvencia económica, la UTP puede presentar los antecedentes de todos o solo de alguno(s) de sus integrantes, según lo estimaren pertinente. 3.1.7 Todos los integrantes de la UTP deberán ser hábiles para participar en el proceso de licitación y contratar con el Estado. La inhabilidad de cualquiera de ellos afectará también a la UTP, en cuyo caso el inhábil deberá decidir si se retira de la UTP, para que ésta continúe su participación en el proceso. Cada integrante de la UTP deberá suscribir la respectiva declaración jurada y las demás que correspondieren respecto de hechos o circunstancias relativas a los integrantes de la UTP. Para suscribir el contrato, en su caso, cada integrante de la UTP, deberá encontrarse inscrito en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado. 3.1.8 Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores que se desempeñarán en la ejecución del contrato, el apoderado de la UTP deberá entregar a la Municipalidad la nómina de todos los trabajadores de cada uno de los integrantes de la UTP que se desempeñarán en el contrato, sea cual sea su calidad y tendrá que acreditar, previo a cursarse todo estado de pago, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan –en su caso- a cada integrantes de la UTP, en la forma establecida en las Bases. 3.1.9 Sin perjuicio de las causales generales de terminación anticipada del contrato contempladas en las Bases y/o en la legislación vigente, tratándose especialmente de un contratista UTP, y sin que esta enumeración sea taxativa, serán causales especiales de término anticipado las siguientes: a) Si se comprueba que la UTP ha ocultado información relevante que afecte a cualquiera de sus miembros para contratar con el Estado; b) La inhabilidad sobreviniente o el retiro de la UTP de uno o más de sus integrantes, en la medida que los otros no puedan seguir ejecutando el contrato por si solos, según informe fundado de la Unidad Técnica Municipal, o que el o los integrantes retirados sean de aquellos cuyas características decidieron la adjudicación del contrato en favor de la UTP. En todo caso, la UTP no podrá continuar sin un mínimo de dos integrantes; c) Resciliación o resolución de la UTP. d) Imposibilidad de funcionamiento de la UTP, por causa no imputable a alguno de sus integrantes. 3.1.10 Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la Municipalidad, presentándole el respectivo instrumento modificatorio, el que debe reunir las mismas formalidades legales que el de constitución de la UTP. Si la modificación, a criterio de la Municipalidad, afecta o impide de manera sustancial el cabal cumplimiento del contrato, como por ejemplo, si aquélla consiste en el retiro de uno o más integrantes cuyas características decidieron la adjudicación, ello podrá constituir causal de término anticipado del contrato.
Normativa de la licitación
El diseño deberá ejecutarse en estricto cumplimiento a toda la normativa vigente sobre la materia, con especial a lo señalado en los siguientes cuerpos legales y documentos, según el orden de precedencia: a. El Contrato resultante de la Licitación b. Las presentes Bases Administrativas. c. Los Términos de Referencia. d. Las Respuestas y las aclaraciones de la presente licitación. e. Ley N°18.695. f. Otros Antecedentes Relacionados. Todas y cada una de las especialidades incluidas para el diseño deberán atender la normativa o referencia que les corresponda:  DFL N° 725/1968 “Código Sanitario”.  DS N° 357/1970 “Reglamento General de Cementerios”.  DS N° 594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.  Ley 19.300 Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.  DS N° 144/61 Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.  Bases Administrativas Generales para contratos de Diseño de Obras.  Enmarcarse en los presentes Términos de Referencia.  Cumplir con las exigencias de las Bases Administrativas generales.  Guía de consulta Accesibilidad Universal, MINVU.  Acatar las normas de diseño y construcción chilenas y extranjeras vigentes y/o las que el Consultor sugiera (previa consulta y aprobación de la Municipalidad de Los Vilos)  Observar las aclaraciones indicadas en la Serie de Preguntas y Respuestas, y toda la documentación adicional que entregue la Municipalidad de Los Vilos en el período de análisis de los antecedentes por parte de los interesados.  Ley General de Urbanismo y Construcciones.  Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.  Plan Regulador Comunal de la Comuna de Los Vilos vigente.  Reglamento de instalaciones de Alcantarillado y Agua Potable (R.I.D.A.A.)  Normativas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles  Normas relativas a seguridad general.  Normativas de Higiene Ambiental, Servicio de Salud Coquimbo.  Normativas sobre la discapacidad.  Se regirá por el Sistema Técnico de Unidades Métricas.  El idioma oficial a utilizar será el español. Todos los antecedentes aplicables a la presente licitación y en particular, todo reglamento, ordenanza y norma que rigen la contratación del servicio; se entenderán plenamente conocidas por parte de los oferentes o adjudicatario y formarán parte del presente certamen.
Financiamiento y Plazo
La licitación se financiará con recursos de la I. Municipalidad de Los Vilos, correspondiente al año 2020. El monto total disponible para la ejecución de las obras es de $77.000.000.- (Setenta y siete millones de pesos), impuestos incluidos. Se establece que, el precio ofertado deberá incluir todos los gastos que requiera la ejecución del contrato o que se deriven del mismo, incluso los derechos e impuestos correspondientes. El proponente deberá entregar su oferta por el total de los insumos descritos en los términos de referencia. El contrato será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses. Todas aquellas ofertas que excedan dicho monto, quedarán excluidas inmediatamente de toda evaluación. Se considera un plazo máximo de ejecución de 180 días corridos, contados a partir del día que sea publicado, en la página www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba el contrato resultante del proceso de licitación
Aclaración de antecedentes
El calendario de preguntas y respuestas se regirá por lo señalado en el portal de mercado público al momento de subir la licitación de dicha plataforma, estos plazos se entenderán como referenciales, pudiendo variar algunos. El Municipio dará respuesta a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las Bases, sin perjuicio de otras aclaraciones y/o modificaciones a las Bases de Licitación que estime necesario hacer en la misma oportunidad. Consultas y notas aclaratorias pasaran a ser parte de estas bases y especificaciones. A contar de la fecha y hora estipulada en el portal Mercado Público, para la publicación de las Aclaraciones y Respuestas a las Consultas en el Portal se presumirá el conocimiento del documento por parte de todos los participantes. No se admitirán posteriores reclamos sobre el desconocimiento de estos documentos por parte de los mismos, aun cuando estos no hayan realizado consultas. Para aquellas consultas generadas posterior a la adjudicación, los oferentes podrán realizarlas a través del portal, mediante una opción especialmente habilitada para el efecto. Las respuestas serán publicadas una vez que termine el proceso extraordinario de consultas, lo que será informado a través de la plataforma de mercado público. Para aquellas consultas generadas posterior a la adjudicación, los oferentes podrán realizarlas al correo electrónico massiel.quiroz@munilosvilos.cl
Apertura
11.1 DEL ACTO DE APERTURA El acto de apertura electrónica de las propuestas se llevará a efecto el día indicado en el calendario del Portal de Mercado Público. Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes. Serán aceptadas en la etapa de apertura, las ofertas que presenten en el portal www.mercadopublico.cl , las Carpetas Administrativa, Técnica y Económica, sin verificar el contenido de las mismas, proceso que efectuará la Comisión Evaluadora al inicio del proceso de evaluación. El acta de apertura electrónica será la que automáticamente emita el portal. 11.2 COMISIÓN DE APERTURA Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Para efectos de la apertura y evaluación de las propuestas se constituirá una Comisión de tres profesionales, más un Ministro de Fe, que serán designados por la Unidad Técnica mediante Decreto Alcaldicio, cuya función será conducir el proceso de licitación, conforme a las presentes bases. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios o quienes se encuentren ejerciendo su función: - Secretario Comunal de Planificación o subrogante - Director de Obras o subrogante - Profesional Secplac o Profesional Prestador de Servicios Secplac - Secretario Municipal o subrogante, quien actuará como Ministro de Fe. Conforme a la naturaleza de la licitación y si así se estimare necesario, el alcalde podrá designar otros funcionarios para integrar la Comisión. La Comisión tomará sus acuerdos por mayoría de sus integrantes, dejándose constancia de los votos disidentes y sus fundamentos en el acta de evaluación. La Comisión procederá a revisar la garantía de Seriedad de la Oferta, por cada uno de los oferentes que se presentaren a la licitación y que hayan dado cumplimiento a lo dispuesto en el punto 10.2. Si este documento cumple con lo exigido en las presentes bases, se procederá en su oportunidad por la Comisión de Evaluación, a revisar los antecedentes administrativos ingresados en el portal www.mercadopublico.cl.
Causales de Rechazo de las ofertas
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes: a. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta no ha sido ingresada de manera digital a través del correo de Oficina de Partes en la fecha y hora establecido (hasta el último día hábil correspondiente a la fecha de cierre de la licitación, hasta las 14:00 hr) o habiendo sido ingresada no cumple respecto al monto y forma en que debe ser emitida, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.2 de las presentes Bases Administrativas. b. Si la oferta supera el monto total disponible. c. Si la oferta supera el plazo máximo de ejecución de las obras, señalado en el artículo 6° de las presentes bases d. Propuesta fuera de plazo. e. Si el proponente no subió algún antecedente solicitado en el Portal Mercado Público. f. Cualquier otra causal que sea señalada expresamente en las presentes Bases Administrativas.
Proceso de Evaluación
La Comisión realizará su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en este capítulo y demás normas de estas Bases. La Comisión tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión. Posteriormente, la Comisión procederá a preseleccionar la o las propuestas más convenientes, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en el punto 14.2 de las bases de licitación y realizará la validación aritmética de las mismas y seleccionará la propuesta más conveniente, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación al Alcalde, para la ejecución del presente proyecto a ejecutar, correspondiente al diseño del Nuevo Cementerio para la Comuna de Los Vilos. La comisión dentro sus facultades, podrá solicitar aclaraciones de documentos mediante el Portal www.mercadopublico.cl. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferente del proceso de licitación.
Selección del Adjudicatario
El proceso de evaluación se realizará de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes Bases y estará a cargo de la Comisión. La Comisión dispondrá del tiempo necesario para estudiar los antecedentes de las Ofertas, elaborar la respectiva Acta de Evaluación con un Cuadro Comparativo de las ofertas, que establezca el orden de prelación entre los seleccionados, proponiendo la oferta con mayor puntaje para que proceda a la adjudicación de la licitación o aquélla que fundadamente resulte más conveniente a los intereses del municipio. En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, La Unidad Técnica, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Precio”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de Ejecución”. Cuando en una propuesta se presente una (01) sola oferta, la Comisión procederá a realizar su evaluación, pudiendo proponer su adjudicación solo en el evento que ésta obtenga el puntaje habilitante igual o superior a 60, salvo razones fundadas que ameritasen una decisión diferente. Los documentos serán sometidos a la consideración del Alcalde, junto con la proposición de adjudicación. La Municipalidad se reserva el derecho de proponer el rechazo todas las ofertas o dejar sin efecto el llamado a propuesta, sin tener por ello que indemnizar a los proponentes, sólo comunicando a estos los hechos que motivan su decisión. La Municipalidad podrá rechazar alguna, o todas las ofertas, que no aseguraren el cumplimiento, en tiempo y forma, del objetivo de la licitación o de las necesidades sociales que con ella se pretende satisfacer, lo cual será explicitado a través de una Decreto Alcaldicio.
De la adjudicación
La Municipalidad de Los Vilos, adjudicará mediante Decreto Alcaldicio la propuesta aprobada por el mandante, la cual le será notificada al proveedor adjudicado a través del Portal. Si el Adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de firmar el contrato, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 10 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario se hará efectiva la garantía de “Seriedad de la oferta” y se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. En el evento de ser adjudicado, se procederá a la firma del contrato emitiendo el Decreto que lo aprueba y se formalizará con la emisión de una Orden de Compra electrónica, la cual deberá aceptar o rechazar el adjudicatario, en un plazo no superior a 5 días hábiles. La omisión de este trámite se entiende como rechazo, procediéndose a cobrar la garantía.
Del contrato
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Vilos y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Consultoría de diseño se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional. El precio del contrato comprende el total de las consultorías cuya ejecución se encomienda, asumiendo el Consultor todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquier sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costos de las garantías y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. El Adjudicatario, previo a la firma del contrato, deberá entregar a la Municipalida: - Garantía de “Fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución” de acuerdo a lo solicitado en el Artículo 9.3. - El plazo para la firma del contrato será de 10 a 15 días hábiles desde el decreto de adjudicación Una vez firmado el contrato, se dictará el Decreto Alcaldicio que lo aprueba. Posterior ha ocurrido lo anterior, será emitida la Orden de Compra. El Contrato contendrá la aceptación de la propuesta y el compromiso por parte del Consultor de ejecutar el diseño que son materia del Contrato, de conformidad a las Bases Administrativas, Términos de referencia, Serie de Preguntas y Respuestas, Aclaraciones, y cualquier otra exigencia establecida en las presentes Bases, documentos y antecedentes que se entienden, para todos los efectos, forman parte integrante del Contrato. El contrato será redactado por la Unidad Técnica tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación, los Términos de Referencia y la oferta adjudicada. Los plazos establecidos en el contrato comenzarán a correr a partir del día hábil siguiente a la fecha consignada por parte de la Unidad Técnica al proponente adjudicado. Si por causa imputable al Adjudicatario, tales como desistimiento o negativa a firmar el contrato, este no se suscribiera dentro del plazo indicado precedentemente, se hará efectiva la garantía de seriedad que caucionó su oferta, pudiendo el Mandante readjudicar la propuesta al segundo lugar (siempre y cuando supere la nota mínima requerida, según lo estipulado en el punto 14.3) o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan. El adjudicatario que no haga entrega dentro del plazo fijado para la celebración del contrato, de los documentos y garantías solicitadas en el presente numeral para la suscripción del contrato, se entenderá por desistido.
Vigencia
El contrato entrará en vigencia desde la fecha en que se notifique al oferente adjudicado que el Decreto Alcaldicio que lo aprueba ha sido totalmente tramitado. La notificación se hará mediante el portal www.mercadopublico.cl, carta certificada o correo electrónico. En el caso que se notifique por carta certificada se entenderá practicada una vez transcurridos a lo menos 3 días desde su envío, así mismo el correo electrónico.
De las modificaciones del contrato
La Modificación de los contratos sólo podrá realizarse en el evento de presentarse situaciones no previstas, que hagan ineludible la modificación de los mismos. Solicitar, en forma previa a la ejecución de alguna modificación al proyecto o al respectivo contrato la aprobación del Secplac de la Municipalidad de Los Vilos, el cual estará facultado para aprobarla o rechazarla según los antecedentes fundantes de la modificación, lo que bajo ningún caso podrá ser un aumento del presupuesto en el diseño, ya que el presente proyecto se requiere a Suma Alzada. 17.1 MODIFICACIÓN DE PLAZO El plazo establecido para la ejecución del contrato, podrá ser modificado solo en un 30% respecto al plazo ofertado por el proveedor; siempre y cuando se den las siguientes situaciones: a. Aumento o Disminución del plazo por modificación del programa de ejecución de diseño ordenado por la Municipalidad de Los Vilos o Unidad Técnica. Si por aplicación de instrucciones de la Unidad Técnica, que no originen aumentos, disminuciones u obras extraordinarias, se modifica el programa de ejecución de obra aprobado, el Consultor tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución del plazo correspondiente. b. Aumento de plazo solicitado por el Consultor basado en la ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Secplac de la Municipalidad de Los Vilos. Este aumento no dará origen al pago de gastos generales ni indemnizaciones de ningún tipo. La solicitud de aumento de plazo del Consultor debe ser entregada en un plazo no superior a 10 días de ocurridos los hechos que los ocasionan. La Unidad Técnica revisará los antecedentes y aprobará o rechazará la solicitud del Consultor. La modificación del plazo originará una modificación del contrato entre las partes el que será aprobado por Decreto Alcaldicio y tramitado en un plazo no superior al vencimiento del contrato.
Del Consultor
18.1 OBLIGACIONES DEL CONSULTOR El Consultor deberá efectuar las labores técnicas y administrativas que se indican en los Términos de Referencia. Todos los informes que elabore el Consultor deberán presentarse, escritos computacionalmente, los que deberán presentarse ordenadamente en carpeta con acoclip o en formato digital , planos archivados en forma independiente, dentro del plazo fijado para cada uno de ellos y según distribución indicada en los Términos de Referencia. El consultor deberá considerar en el diseño del proyecto el concepto de accesibilidad universal, aplicando los conceptos, formas y materialidades indicadas en el manual de diseño universal, el cual se encuentra en la página del MINVU, además de considerar parámetros de construcción sustentable en las categorías de agua, energía, ecología y biodiversidad, confort y seguridad, vida sana y bienestar, indicados en el manual de elementos urbanos sustentables, el cual se encuentra en la página del MINVU. (http://csustentable.minvu.cl/estandares-cs) El consultor deberá asistir a todas las reuniones de coordinación a que cite el mandante del Estudio. Debe coordinar cada estudio específico, con el proyecto requerido en el estudio, logrando la coherencia de una propuesta integral para el sitio (arquitectura, especialidades, mobiliario, iluminación, señalética, entre otros.). Debe coordinar y obtener todas las aprobaciones que requiera el estudio, específicamente en lo correspondiente a los proyectos requeridos, gestionando el ingreso a las diferentes entidades competentes y subsanando observaciones si así lo requiere el proyecto. Todos los gastos que generen estas tramitaciones serán de cargo del consultor. El Consultor debe presentar todos los certificados requeridos en los términos de referencia adjuntos a la licitación. 18.2 DERECHOS SOBRE EL ESTUDIO El Consultor cederá al Municipio todos sus derechos respecto del estudio que realice, mediante los mecanismos que la comisión revisora estime necesarios. En las reproducciones que el Municipio efectúe del estudio contratado, se indicará el nombre del equipo profesional que lo realizó. El Consultor sólo podrá reproducir el estudio, en forma total o parcial, sólo con la autorización previa del Municipio. 18.3 OBLIGACIONES LEGALES El Consultor queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial las normas relativas a Seguridad Social. ARTÍCULO 19. PLAZOS
Plazos
19.1 PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo total para el desarrollo del diseño del Proyecto y los plazos parciales que se indican, son los máximos establecidos por el Municipio. El plazo máximo para la elaboración del proyecto será de 180 días corridos, Dicho plazo no considerará los plazos que la Unidad Técnica deberá emplear para la revisión de las diferentes etapas, las que se considerarán como tiempos muertos. En relación al proceso de revisión, aprobación o rechazo de un informe correspondiente a una etapa se debe tener en cuenta lo siguiente: Si el informe ingresado, correspondiente a una etapa, cumple con los requisitos establecidos en el contrato, éste será aprobado, lo que se comunicará mediante oficio ordinario al consultor y/o correo electrónico, junto con aprobar los pagos asociados y señalar la fecha de entrega del siguiente informe, cuando corresponda. Si el informe no cumple con los requisitos establecidos en el contrato con motivo que ingresa incompleto, este será rechazado y comunicado al consultor mediante oficio ordinario y/o correo electrónico. Esta entrega se considerará no válida, por lo tanto, no interrumpirá el plazo de la entrega respectiva, este plazo finalizará solo cuando la entrega del informe sea completa. En caso que la entrega del informe completo supere los plazos establecidos para el desarrollo de la etapa respectiva, fijado por el Consultor en la Propuesta, se cursará la multa. Si el informe no cumple con los requisitos establecidos en el contrato con motivo que la Contraparte Técnica del estudio encuentra observaciones, éste no será aprobado, comunicando, mediante correo tradicional o electrónico al consultor, las observaciones que deban ser subsanadas para dar lugar a su aprobación. El plazo para subsanar las observaciones empezará a contar inmediatamente desde la fecha de notificación, ya sea esta por correo tradicional o electrónico. Si un informe en su segunda entrega, no es aprobado por no dar cumplimiento al total de las observaciones formuladas por la contraparte técnica del estudio, junto con la correspondiente comunicación, se cursará la multa por cada día que transcurra hasta la entrega del informe corregido por el Consultor del presente capítulo. Si un informe es rechazado o no cuenta con aprobación por tercera vez, se considerará este hecho como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y se podrá dar término anticipado a éste y además cobrar las multas establecidas. Sin perjuicio de lo anterior esta Municipalidad podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Cuando los plazos venzan en día Sábado, Domingo o festivo, se entenderá que su vigencia se hará efectiva el día siguiente hábil. 19.2 ATRASOS Los atrasos deberán ser puestos en conocimiento del Municipio antes que graviten en forma negativa respecto del plazo de desarrollo del proyecto. Cualquier solicitud de aumento de plazo final deberá ser formalizada por escrito al Secplac de la Municipalidad, quien se encargará de evaluar dicha solicitud y otorgar aprobación o rechazo; se notificará al consultor a través de correo tradicional o electrónico y se emitirá un informe con la justificación del acto.
Plazo y PAGO
20.1 FORMA DE PAGO Los honorarios se pagarán mediante estado de pago contra presentación de boleta de honorarios o factura por el Consultor adjudicado, incluyendo la retención legal o impuesto correspondiente. El último estado de pago se cursará al término del contrato, con la presentación de todos los antecedentes del estudio en original y copias debidamente corregidos de acuerdo a lo indicado en las presentes bases. Será responsabilidad del Consultor efectuar el pago de sus imposiciones AFP y Salud según lo dispuesto en la Ley N°20.255. 20.2 SISTEMA DE PAGO Para cursar cada estado de pago, el consultor deberá hacer entrega de los siguientes documentos, que deberán ser ingresados de acuerdo a las exigencias que siguen y según lo solicitado en los términos de referencia. 1. ESTADO DE PAGO N° 1, correspondiente al 15%. - Levantamiento topográfico geo-referenciado (destinado a verificar que la pendiente del terreno no exceda el 20% D.S N°357/70 Art. 16 y 17). - Estudio Estratigráfico del suelo hasta una profundidad mínima de 28 metros. - Mecánica de suelos, con muestras representativas según dimensiones del terreno. - Plan de participación ciudadana, con la identificación de las organizaciones sociales u otros actores, mecanismos de consulta la comunidad y calendarización estimativa. - Certificados y factibilidades de: agua potable, alcantarillado, electricidad, gas, de línea, de informaciones previas, de número, de afectación y de avalúo fiscal. - Certificado de dominio vigente. - Plano de emplazamiento general y plano de planta local. 2. ESTADO DE PAGO N° 2, correspondiente al 15%. - Programa Arquitectónico. - Ingreso de Anteproyecto de Arquitectura a la DOM. - Maquetas 3D. - Presupuesto estimativo. - Cálculo de costos estimados de mantenimiento y operación del proyecto. - Propuesta para parcializar el proyecto en etapas, para llevar a cabo la ejecución de Obras Civiles. - Implementación del Plan de Participación Ciudadana, con el registro de todas las intervenciones realizadas (listado de asistencia y fotografías). 3. ESTADO DE PAGO N° 3, correspondiente al 40%. - Aprobación del anteproyecto de Arquitectura por parte de la DOM. - Maqueta 3D - Proyecto de Arquitectura y Proyecto de Cálculo de Estructuras. - Proyecto de Electricidad ingresado a la SEC. - Proyecto de Alcantarillado y Agua Potable. En caso de no existir factibilidad, se deberá presentar el proyecto de Agua potable y alcantarillado particular al Servicio de Salud. - Proyecto de Gas ingresado a la SEC. - Proyecto de Accesibilidad Universal. - Proyecto de Incendios y vías de evacuación. - Proyecto de accesibilidad universal. - Proyecto de Pavimentación y aguas lluvias ingresado a SERVIU. - Proyecto de Señaléticas, paisajismo y riego. - Informe favorable de revisores de arquitectura, cálculo de estructuras y electricidad. - Especificaciones técnicas generales y por espacialidad. - Presupuestos de obras civiles, debe incluir gastos generales, utilidades e IVA. Los Gastos Generales deben estar desagregados. Además, se deberá adjuntar análisis de precios unitarios por partida. - Listado de equipos, equipamientos y mobiliario del proyecto, considerando al menos 3 cotizaciones distintas por cada equipo y equipamiento, especificaciones técnicas, mantención y vida útil de cada uno. - Costos de operación y mantenimiento final del Cementerio Municipal. Se deberá adjuntar una planilla detallada de costos operacionales mensual y anual, además de los costos de mantención indicando la prioridad con la que se realizará. - Programación y Carta Gantt de la Obra. - Modelo de Gestión final. - Conclusiones del proceso de participación ciudadana. 4. ESTADO DE PAGO N° 4, correspondiente al 30%. - Permiso de edificación del proyecto. - Aprobación del Servicio de Salud para la aprobación del proyecto. - Aprobación del SEIA, o su pronunciamiento en caso de no corresponder el ingreso a dicho organismo. - Proyecto de pavimentación aprobado por SERVIU, en caso que corresponda. - Proyecto de Electricidad y Gas, aprobados por la SEC. - Proyecto de Alcantarillado y Agua Potable, aprobados por los organismos pertinentes. - Costos de operación y mantenimiento final del Cementerio Municipal. aprobado por el Concejo Municipal de la Ilustre Municipalidad de Los Vilos, previo V°B° de la contraparte técnica - Todo otro permiso que se requiera para la ejecución del proyecto. El formato de entrega para cada etapa deberá ser tamaño carta, letra Century Gothic N°11, por cada tipo de documento se deberá considerar funda plástica, en archivador del mismo formato, con viñeta en tapa y lomo además de respaldo digital en CD. En cuanto a la planimetría, el consultor deberá en lo posible, adoptar una dimensión única de lámina en cada uno de sus planos, la cual regirá para todas las entregas y todos los proyectos. El formato deberá ser doblado tamaño carta, por cada plano se deberá considerar funda plástica y un archivador del mismo formato, con viñeta en tapa y lomo, además de respaldo digital. La Unidad Técnica estará compuesta por una Comisión Revisora, la que será establecida mediante Decreto Alcaldicio al momento de la adjudicación del servicio. Para el pago de cada etapa, el consultor adjudicado ingresará a través de la Oficina de Partes los antecedentes que respaldan el trabajo realizado y asociado a cada etapa, acompañado de una carta mediante el cual se presenta dicha entrega. La Unidad Técnica revisará los antecedentes y emitirá Informe con el visto bueno, o bien, realizará observaciones, las que deberán ser subsanadas por el consultor previo al pago de los servicios, toda vez que dicho pago será efectuado únicamente con el Informe favorable de la Unidad Técnica. Esto implica que luego de obtener el visto bueno de la Unidad Técnica se deberá emitir la factura, para proceder al pago. Es importante mencionar que el cuarto Estado de Pago está sujeto a los tiempos que las distintas instituciones tomen para la aprobación de los proyectos, por ende, serán considerados como tiempos muertos y no se asociarán a infracciones que sean objeto de multas, siempre y cuando quede de manifiesto que dichos tiempos son de absoluta responsabilidad de dichas instituciones, y no del contratista. Para ello se deberá presentar a la unidad técnica el ingreso (carta, oficio firmado por el servicio en que se realizó el ingreso) para la obtención de las distintas certificaciones y/o aprobaciones. 20.3 PLAZO DE PAGO Previamente a la emisión de la factura, el consultor, deberá esperar el informe de la Unidad Técnica con el V°B° de los documentos señalados para cada estado de pago. La Municipalidad de los Vilos pagará los estados de pago dentro de los 30 días siguientes a la emisión de la factura por parte del consultor. El Consultor deberá entregar los antecedentes que permitan al Mandante, efectuar los pagos por vía electrónica, completando el formulario que para estos efectos disponga. 20.4 DESCUENTOS Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato.
De las multas
Por cada día de retraso en que incurra el Consultor en la entrega de los informes correspondientes a las etapas del diseño, o en la entrega de las correcciones que a dichos informes haga la Municipalidad y/o que no se hayan subsanado, o en ambas situaciones, y que no sea imputable a fuerza mayor o caso fortuito, el Municipio, cobrará con cargo al estado de pago, una multa de 1% diario del monto de la respectiva etapa del estudio, con un tope máximo de 200 U.F. El valor U.F. aplicable, será la correspondiente al día primero del mes en que se verificó la falta. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el Consultor ante el Secplac de la Municipalidad. La multa será aplicada mediante Decreto Alcaldicio, el que será notificado al Consultor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. Las multas serán aplicadas por el Mandante y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa. Si esto no es posible deberán ser canceladas por la Empresa con cheque nominativo a nombre del Mandante o se hará efectivo el cobro de la garantía por fiel cumplimiento y/o retenciones existentes. El atraso injustificado o imputable al oferente adjudicado en más de 20 días corridos para la entrega conforme de una etapa o para efectuar las correcciones, facultará al Municipio, previo informe de la contraparte técnica, para poner término anticipado al contrato y para hacer efectivo el Documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del mismo.
Operación con Factoring
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de las obras y en la eventualidad que el Consultor ceda el crédito a un factoring, ésta deberá comunicar dicha situación en forma expresa, en un plazo de 5 días a la Unidad Técnica, previa presentación de los documentos correspondientes al estado de pago, conociendo la cesión del crédito.