BASES ADMINISTRATIVAS
1. GENERALIDADES
La Municipalidad
de Laja llama a Licitación Pública,
a través del portal Mercado Público para contratación del "CONVENIO DE SUMINISTRO SERVICIO DE
ESTERILIZACIÓN DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA CON IMPLANTACION DE MICROCHIPS
EN COMUNA DE LAJA".
1.1. Descripción:
Se requiere contratar la realización de esterilización, con
capacidad mínima por jornada(día) de 35 animales. Cabe destacar, que la implantación
de microchip está sujeta a la esterilización de la mascota, en consideración que el propósito principal de esta licitación es la esterilización.
La Municipalidad de Laja requiere
contratar el servicio de proveedores con el objetivo de ejecutar servicio de esterilizaciones de caninos y felinos, machos y hembras, con y sin
dueño o responsable de su cuidado, que habiten en la comuna de Laja, con implantación de microchip (si
corresponde) y la inscripción en registro Nacional de
mascotas.
Lo anterior
se deberá trabajar
de manera conjunta
con la inspección técnica del servicio.
Se realizarán órdenes de compra por la cantidad de servicios
requeridos por la Unidad Técnica, con pago de acuerdo con el valor ofertado y aceptado por la
municipalidad.
1.2. Responsables:
Mandante: I. MUNICIPALIDAD DE LAJA.
Financiamiento: Presupuesto Municipal.
Presupuesto Disponible Total: $10.000.000.- con todo tipo de impuestos,
permisos y derechos incluidos; de
presentar oferta por un monto mayor serán considerados inadmisibles. Los
oferentes deberán utilizar
el total del monto disponible. Al consistir en una iniciativa Municipal, es esencial y absolutamente
gratuito para la comunidad, no puede existir
cobra de ningún
tipo ni exigencias de insumos
o útiles de aseo de ningún tipo, solo
se solicita una manta para el animal y caja de transporte obligatoria en caso
de felinos. Papel toalla, bolsas y o desinfectante son insumos que deberá
proveer el oferente o el equipo que se adjudicó la Licitación, ya que está muy claro
lo que se puede solicitar
en la "Guía de Protocolos Médicos" de la SUBDERE.
Vigencia del convenio
de suministro: 05 de diciembre 2025.
1.3.
Conceptos:
Esterilización: Procedimiento quirúrgico
realizado a caninos y felinos, que
impida de forma permanente la reproducción
en machos y hembras y aparición de celo en hembras.
Esterilización Temprana: Procedimiento
quirúrgico realizado a partir desde
los 2 meses de edad, siempre bajo el
criterio médico veterinario.
Guía
de Protocolos Médicos: Establece exigencias tanto en
los equipos, implementos e insumos utilizados, así como requerimientos de manejos, procedimientos y practicas por parte
de los equipos de trabajo, pueden ser descargados en la plataforma http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/admin/documentos.
Unidad de Compras:
SECPLAN, es la encargada del proceso de licitación y contratación
de los servicios.
Inspección
técnica del Servicio (ITS): Es la encargada de la supervisión del contrato
y la correcta operatividad en la
ejecuci6n de los servicios contratados, quien ejercerá las siguientes
funciones:
·
Supervisar,
coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las bases para el oportuno
cumplimiento del contrato. Lo anterior teniendo al oferente como experto en la
materia, el que podría hacer sugerencias que la ITS podrá o no aceptar.
·
Tendrá las más amplias facultades
para efectuar las observaciones que le merezca el desarrollo del contrato y
exigir subsanarlas de manera inmediata u otorgando un plazo prudencial, siempre
y cuando se justifique.
·
Coordinar las acciones que sean
pertinentes para la operaci6n y cumplimiento del contrato.
·
Dar visto bueno y recepci6n
conforme de los servicios, como también la tramitaci6n de pagos y cobro de
multas u otras sanciones.
·
El oferente deberá mantener
informada a la inspecci6n técnica del servicio, sobre la etapa en que se
encuentra el contrato y de su desarrollo en general.
La Propuesta se realiza mediante la Modalidad a suma
alzada, sin intereses y sin reajustes.
Las cubicaciones son de
responsabilidad exclusiva de cada
oferente.
2.
APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación
se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas y Técnicas, Guía de protocolos médicos,
Anexos, Documento de Consultas y Aclaraciones, si los hubiere, además del contenido de la
Propuesta aceptada.
Una vez adjudicada la Licitaci6n, todos
los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorios y se entenderá que forman parte
de las presentes Bases para los
efectos de su cumplimiento y sanciones por infracci6n.
Supletoriamente se aplicarán
las disposiciones legales
y reglamentarias que sobre la materia
contempla la legislaci6n chilena.
El idioma español regirá para todo el
proceso de Licitación, para todos los documentos asociados. El formato
de los antecedentes o anexos a
subir en el Portal
debe ser en Word, Excel, JPG o PDF, sino cumpliesen
con esto quedaran fuera de bases.
Para efectuar
las ofertas en el portal Chile Compra los proponentes deberán individualizarse automáticamente con su
razón social para el caso de las sociedades; y tratándose de personas naturales
con su nombre complete. Queda expresamente prohibido el uso de diminutives,
seud6nimos o individualizaci6n
numérica.
El proponente debe procurar la presentaci6n de una oferta clara y ordenada. El orden de las ofertas estará
determinado por lo siguiente:
a.
Archives digitales consolidados:
cada documento o antecedente requerido en las presentes bases, independiente
del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archive digital.
b.
Subir archives en el Anexo que
corresponde: los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de
carácter administrative, técnico y
econ6mico.
c.
Nombre de los archivos
digitales: el nombre
que se asigne a cada archive,
debe guardar relaci6n con el contenido del mismo y estar
antecedido por la letra que le
corresponda, en atenci6n al orden que fijan las presentes bases.
d.
No es necesario que los proponentes
ingresen antecedentes adicionales a los requeridos
La omisión, distorsión o alteración de
cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases
administrativas, será causal suficiente para declarar fuera de bases la
propuesta presentada. Los formatos de
los anexos se entregan en formato Word, en caso de que el oferente modifique el formato debe mantener los campos del formato original.
3.
ANTECEDENTES
3.1. Reglamentación.
Como marco legal, para la ejecución del servicio
contratado, se utilizará la legislación vigente mencionada a continuación, así
como todas las normas relacionadas a elles:
a.
Ley N° 20.380 de Protección
Animal.
b.
Ley N° 21.646 Modifica Textos
c.
Ley N° 21.020 sobre Tenencia
Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
d.
Código Sanitario
e.
Reglamento de Control Reproductive
de Animales de Compañía.
f.
Reglamento de Control y Prevención
de la Rabia en el Hombre y los Animales.
g.
Reglamento de Productos
Farmacéuticos de uso exclusivamente Veterinario.
h.
Reglamento de Farmacias,
Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos autorizados.
i.
Protocolos Médicos SUBDERE.
Además de lo establecido en las presentes bases, las Bases Técnicas y
las consultas y respuestas que surjan en el periodo correspondiente, en el
portal Mercado Público a través del Foro de la Licitación (Aclaraciones que no
afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
oferentes). Se entenderá incorporadas también en su momento las instrucciones y
correcciones en el proceso de ejecución, que surjan de la Unidad Técnica, en
cuanto no afecten el objeto y calidad de lo contratado. Deberá respetarse toda
normativa vigente y/o nueva al momento de ejecución del servicio contratado en
cualesquiera de sus etapas, sea esta normativa municipal y/o de cualquier
servicio implicado en servicios de esta naturaleza.
3.2. Documentos Adjuntos
Adjunto a estas bases se entrega:
•
Link de Guía de protocolos médicos (http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/).
•
Link de Guía operativa
Plan Atención Veterinaria(http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/)
•
Diseño de Documentaci6n Programa Tenencia Responsable
de Animales de Compañía entregados a oferente adjudicado.
•
Requisitos Esterilización (indicaciones para dueños/tutores/padrinos).
Ø Ficha clínica - identificación Paciente (foliada).
Ø
Consentimiento informado y Declaraci6n Simple y entrega paciente
(con Código de Proyecto y Etiqueta del Microchip).
Ø
Cuidados Procedimiento quirúrgico -
Esterilizacin (indicaciones y cuidados Post operatorios).
Ø Carnet de Salud.
•
Anexos: Guía de Protocolos Médicos SUBDERE, se establecen exigencias tanto en los equipos, implementos e insumos
utilizados, así come requerimientos de manejo, procedimientos y practicas per parte de los equipos de
trabajo, que permitan asegurar el éxito de las jornadas, la calidad, el
bienestar animal, un buen ambiente laboral, un buen trato a los usuarios y la promoción
constante de la Tenencia Responsable de Animales, la que debe ser
utilizada por todos los médicos y equipo que
trabajen en las jornadas.
4. INTERPRETACION DE LOS ANTECEDENTES LICITACIÓN.
Para la interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente orden de
presentación:
a. Documento de Consultas y Aclaraciones.
b. Bases Administrativas.
c. Guía de Protocolos Médicos.
d. Bases Técnicas.
e. Contrato.
5.
DEL SERVICIO
La presente licitación pública contempla
la contratación de servicios para la esterilización quirúrgica de caninos y
felinos, machos y hembras, sanos, con y sin dueño o cuidador responsable, de
mascotas que habiten en la comuna de Laja, con implantación simultanea de microchip. Mediante la Licitación del Servicio en operatives
o jornadas de esterilización en las
localidades del sector urbano y rural de la comuna de Laja determinadas por la
Municipalidad, además de completar los antecedentes necesarios para proceder a
la inscripción en el Registro Nacional de Mascotas y Animales de Compañía, por
parte del oferente.
6.
REQUISITOS DE LOS
PARTICIPANTES.
6.1. PARTICIPANTES
Sin perjuicio de los requisitos establecidos para
contratar, podrán participar personas naturales o jurídicas, así como las
Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras,
legalmente constituidas en Chile, y que no se encuentren afectas a alguna de
las inhabilidades que se señalan a continuación establecidas en la Ley de
Compras N°19.886 y su Reglamento Decreto N°661.
Conforme a los establecido en el artículo 154°, del
Reglamento de la Ley de Compras Públicas, quedarán excluidos de la licitación,
por:
a.
Haber sido condenado por algunos
de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo
del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4°
párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23°
párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código
Tributario.
b.
Haber sido condenado en virtud de
una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de
un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los
organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia
en el cumplimiento de sus obligaciones.
c.
Haber sido condenado por prácticas
antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según
establece la ley.
d.
Haber sido condenado por los
delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del
Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N°
19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones
en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo
contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas
terroristas y fija su penalidad.
e.
Haber sido declarada inelegible
para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras
multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de
Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco
Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo.
f.
Haber informado, según lo
requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras,
antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o
se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la
evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el
proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde
notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo.
g.Haber
sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida
dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija
normas para la defensa de la libre competencia.
h.
Haber sido condenado a la
inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la
ley N° 20.393.
i.
Haber sido condenado por los
Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado,
dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. En el
caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de
sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio,
accionista, miembro o participe con poder para influir en la administración, a
personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
j.
Registrar una o más deudas
tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior
a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que
exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio
sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se
encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia.
k.
Registrar deudas previsionales o
de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
l.
Encontrarse sujeto a liquidación,
por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720.
m.
Haber sido eliminado o suspendido
del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras,
de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del Reglamento de
la Ley de Compras Públicas.
n.
Haber sido condenado por los
Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y
contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada.
Lo dispuesto en los párrafos precedentes deberá ser
acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada,
conforme al Anexo N°2 de las presentes BAE. Lo anterior, sin perjuicio de las
facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier
momento, a través de los medios oficiales.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
6.1.
6.2. RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos
oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción
a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales
establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la
fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4 de la Ley de Compras. Para acreditar el cumplimiento de estos
requisitos, la entidad licitante podrá verificar esta información por medio de
los medios oficiales disponibles para el efecto.
Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra
d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio
de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la
defensa de la libre competencia.
Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser
acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada
según el formato del anexo N°2 (no excluyente) Declaración jurada simple
(inhabilidades por condenas) de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio
de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en
cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Además, los oferentes no podrán encontrarse afectos a
ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el Artículo 35
quáter, de la ley N° 19.886, lo que deberá ser declarado a través del Anexo N°3
Declaración jurada simple (Conflictos de interés).
Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán
ofertar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los
delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de
la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena
de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La
entidad licitante verificará esta información a través del Registro de
proveedores de la Dirección de Compras Públicas, que lleva para tal efecto, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de
activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica. En caso de que el
oferente lo haga bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el
organismo licitante verificara la información a través de dicho registro para
cada uno de los integrantes de esta.
6.3. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Los proveedores podrán asociarse entre sí, como
personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta, con el
fin de completar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas propuestas
y, en dicho caso, deberán formalizar la unión
estableciendo la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la Municipalidad, con una vigencia no inferior
a la vigencia de la contratación, mediante documento público o privado, el que
deberá acompañarse como antecedente para ofertar; en caso que la licitación sea
superior a 1.000 UTM, este deberá ser instrumento público y ser presentado al
momento de ofertar.
Se hace presente que la Unión Temporal de
Proveedores, debe estar integrada por una o más empresas de menor tamaño,
conforme a lo establecido en el artículo 178° del Reglamento de la Ley de
Compras Públicas. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedor
que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Todo lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 180° y
siguientes, del párrafo 2 capítulo XIII, del Reglamento de la Ley de Compras
Públicas, y articulo 51 y siguientes de la Ley de Compras Púbicas.
Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias
personas naturales y/o jurídicas deberán individualizar a cada una de ellas,
indicando expresamente que actúan de la forma señalada e indicar el nombre del
representante o apoderado común con poderes suficientes.
Como consecuencia de la unión temporal de proveedores, la Municipalidad
podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento
total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea naturaleza. De igual
forma, el pago efectuado por la Municipalidad a cualquiera de sus integrantes,
salvo que los miembros de la unión establezcan a cuál de ellos ha de
realizarse, será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la
parte en que hubiere sido satisfecha. Quienes participen de manera conjunta
deberán presentar una única propuesta que comprenda todos los antecedentes
requeridos en estas bases para las ofertas técnica y económica,
respectivamente.
6.3.1 DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP,
será el representante de esta, indicado en el documento de su constitución,
quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que
generen la ejecución contractual.
6.3.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL
CONTRATO: Son
causales de término anticipado del contrato las siguientes:
a.
La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha
figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal
circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional
Económica.
b.
Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal no cuente
con la autorización previa y expresa del órgano contratante, Artículo Nº183,
numeral 1 del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.
c.
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a
cualquiera de sus miembros.
d.
Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que
la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en
los mismos términos adjudicados.
e.
Disolución de la UTP.
6.4.
REQUISITOS PARA
CONTRATAR CON EL MUNICIPIO
Las personas que, al momento de presentar sus ofertas, hayan sido
condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Quedarán
también excluidos los oferentes que se encuentren en la situación descrita en
el inciso sexto del artículo 4° de la Ley 19.886. Para acreditar lo anterior
los postulantes deberán presentar declaración jurada simple firmada por el
representante legal que indique tal circunstancia.
Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio o
que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra
b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
En caso de que el oferente lo haga bajo la figura de Unión Temporal de
Proveedores (UTP), el organismo licitante verificara la información a través de
dicho registro para cada uno de los integrantes de esta.
7.
VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola
presentación de su oferta quedan
obligados al mantenimiento de la misma durante
un plazo de al menos
90 (noventa) días corridos contados
desde la fecha de
Apertura de la Propuesta.
Las ofertas
se formularán en pesos y su valor
incluye todo gasto que irrogue
el cumplimiento del Contrato,
sea directo, indirecto o a causa de él.
8.
SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar
su oferta, está en conocimiento de todo el estudio
de las bases de licitación, guía médica, bases técnicas, conocimiento de la Comuna,
riesgos, contingencias y demás factores
de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases.
9.
INSTRUCCIONES PARA LA
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, dentro
del plazo de recepción de estas, establecido en el cronograma de la licitación.
Los oferentes podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de
ellas debe cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de
condiciones.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta
técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos de
estas bases.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en
esos puntos será condición suficiente para no considerar la propuesta en el
proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar
errores u omisiones o de emplear otros mecanismos, en los términos que se
establecen más adelante en las presentes bases administrativas sólo para los
casos que se señalan.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal
efecto en los anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se
encontrarán disponibles en formato editable en el Portal. En caso de que el
oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos
adicionales. Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos
que no sean los anexos puestos a su disposición, siempre que contengan a lo
menos la misma información solicitada.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación
implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y
técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin
ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que
deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública
mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías
que informe dicho servicio dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la
recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días
hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad,
para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Las únicas ofertas válidas serán las
presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se
solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio
distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la
indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del
reglamento de la Ley de Compras. Será exclusiva responsabilidad de los
oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y
adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de
su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido
realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y
anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes
bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente
los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de
que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se
produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se
entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su
resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos,
cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante
de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través
del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de
ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes
de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya
enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya
realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo comprobante.
9.1.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
EN EL PORTAL
Los anexos enunciados a continuación deben ser ingresados a
través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
|
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
SEGÚN FORMATO
|
|
1
|
Identificación del Oferente
|
Anexo
N° 1
Los
oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia
escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución, su
inscripción en el registro de comercio correspondiente, y certificado de
vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días.
Los
oferentes que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores en
Mercado Público no deberán acompañar estos documentos si ellos, u otros
similares se encuentran disponibles en dicho registro a la fecha de apertura
de las ofertas.
|
|
2
|
Declaración Jurada Simple
|
Anexo N° 2 (Declaración Jurada Simple para
Ofertar)
|
|
3
|
Declaración Jurada Simple
|
Anexo N° 3 (Conflictos de interés)
|
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el
representante legal de la persona jurídica o representante de la UTP, según
corresponda.
En el caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedentes de
carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo de 48 horas contados
desde el requerimiento de la municipalidad a través del portal chile
proveedores, se exceptúan de esta opción la entrega de ofertas técnicas y
económicas, las cuales deberán ser entregadas antes del cierre de la licitación.
9.2.
OFERTA TÉCNICA EN EL PORTAL
Los anexos enunciados a continuación deben ser ingresado a
través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.
a)
Organigrama del equipo de trabajo; (equipo mínimo de 4 personas; entre 1 médico veterinario, 2 ayudantes
y 1 administrativo), según numeral 5 de las bases técnicas de la presente
licitación, con detalle de las principales funciones asignadas y los cargos
según el personal que propone.
b)
Identificación y curriculum
vitae del equipo Médico Veterinario (de cada médico
veterinario propuesto en la oferta), según formato adjunto, Anexo N° 4, además
debe acompañar copia simple de certificado de título, con posterior
autentificación una vez adjudicado el contrato.
c)
Documentos para acreditar
experiencia del oferente o integrante de la UTP, mediante certificados de
ejecución de servicios de esterilización con implementación de microchip,
correspondiente a contratos con entidades públicas. Se validarán servicios
ejecutados en los últimos cinco años, con detalle de las intervenciones
ejecutadas.
d)
Propuesta logística de trabajo, donde se detalle el procedimiento completo del servicio veterinario,
desde su llegada al punto de ejecución (sede social u otro recinto), hasta la
salida de este.
e)
Carta de compromiso firmada y
timbrada por el oferente en la cual se certifica que
contará con equipamiento e insumos solicitados en las presentes bases, según
formato, anexo N°4.
f) Carta de compromiso firmada y timbrada por
cada Médico Veterinario;
integrantes del equipo propuesto que certifique su participación en el presente
proceso licitatorio, según formato, Anexo N°5.
9.3.
OFERTA ECÓNOMICA EN EL
PORTAL
Se deberá ingresar en el Portal Mercado Publico, en el ítem
a ofertar. El oferente deberá subir una oferta con el valor neto por
servicio(unitario) de esterilizaci6n, según formato del Portal Mercado Publico.
Además, debe anexar Oferta Económica según formato (Anexo
N° 6).
10.
DE LAS CONSULTAS, CLARACIONES Y MODIFICACION DE BASES Y
PLAZOS DE LICITACIÓN.
Las Consultas se recibirán el día definido en el Cronograma de
Licitación en sistema de compras públicas. No se aceptará ni responderá ningún
tipo de consulta telefónica, vía fax u otro mecanismo informal.
La Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las
consultas recibidas mediante el portal, el día definido en el Cronograma de
Licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de
propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferente
a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del
reglamento de compras la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y
el período de evaluación. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de
los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al
resto de los proponentes a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl.
De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al
efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
En conformidad a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento de la Ley
N°19.886, el municipio podrá realizar modificaciones a las presentes bases de
licitación, como así también a las especificaciones técnicas y anexos, hasta
antes del cierre de la presentación de ofertas, lo que será aprobado mediante
el respectivo Decreto Alcaldicio, el que deberá ser publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. Y en caso de ser necesario, deberán otorgar un plazo
prudencial para que los participantes puedan estudiar los antecedentes y
adecuar sus propuestas.
11. DE LA RECEPCIÓN DE LAS
OFERTAS
Se
realizará como máximo en la forma, fecha y horario establecidos en estas Bases
y en el Cronograma de Licitación. A menos que se produzca la situación definida
en el último párrafo del numeral 10.
12.
DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora
señalado en el Cronograma de Licitación.
Con
posterioridad a la apertura de los antecedentes administrativos se abrirá la
oferta económica del portal Mercado Público.
La
facultad de declarar fuera de bases en caso de que el incumplimiento referido
se detecte en el proceso de apertura electrónica o con posterioridad a la
apertura durante el estudio y análisis detallado de las propuestas presentadas,
cuando se incurra en alguno de los incumplimientos; la no presentación de
antecedentes técnicos y económicos, o que estos no cumplan requisitos señalados
en las Bases.
Los proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, según
lo indicado en los criterios de evaluación. Sin embargo, la no presentación dentro del plazo
fatal se declarará fuera de bases la oferta.
Si en la apertura de los antecedentes,
faltan documentos que forman parte de los antecedentes técnicos o económicos o
estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente, en tales situaciones
el proponente será declarado fuera de Bases, y no se
evaluará, su Propuesta Económica.
Con posterioridad a la apertura de los antecedentes
administrativos se abrirá la oferta econ6mica del portal Mercado Publico.
La facultad
de declarar fuera de bases corresponderá a la Comisión de Evaluación, en caso de que el incumplimiento referido se detecte en el proceso
de apertura electr6nica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y
análisis detallado de las propuestas presentadas, cuando se incurra en alguno
de los incumplimientos; la no presentación de antecedentes técnicos y
económicos, o que estos no cumplan requisitos señalados en las Bases.
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10.
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13.
DE LA EVALUACIÓN DE LAS
OFERTAS
La municipalidad designara una Comisión para la evaluación de ofertas,
a través de Decreto Alcaldicio, la que estará conformada por al menos tres
funcionarios, dos funcionarios de DIMAAO y uno de la unidad de compras, quienes
verificaran en detalle que las ofertas cumplan las Bases de Licitación.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las
ofertas recibidas, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha
de apertura de la propuesta.
Las Pautas de Evaluación que se considerarán en esta licitación serán:
|
FACTORES QUE EVALUAR
|
PORDERACIÓN (%)
|
|
Experiencia del oferente
|
40 %
|
|
Número de intervenciones ofertadas
|
45 %
|
|
Localidad del equipo y respuesta clínica
|
10 %
|
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
5 %
|
EXPERIENCIA
Solo se considera la experiencia del
oferente, o de los integrantes de la UTP, en caso de que aplique. Se validarán
mediante certificados de ejecución de servicios de esterilización de canines y
de felinos con implantación de microchip, correspondientes a contratos con
entidades públicas. Se validarán
servicios ejecutados en los últimos
cinco años, con el detalle de intervenciones ejecutadas.
La experiencia
de la UTP, será considerada como el promedio de experiencias que presenten cada uno de sus miembros.
|
EXPERIENCIA
|
|
Oferente acredita la realización intervenciones en tramo:
|
PUNTOS
|
|
15.000 o más intervenciones
|
100
|
|
Entre 10.000 y 14.999 intervenciones
|
75
|
|
Entre 5.000 y 9.999 intervenciones
|
50
|
|
Entre 2.500 y 4.999 intervenciones
|
25
|
|
Entre 1.000
y 2.499 intervenciones
|
10
|
|
Menos de 1.000 intervenciones
|
0
|
NUMERO DE INTERVENCIONES
|
NUMERO DE INTERVENCIONES OFERTADAS
|
PUNTOS
|
|
350 o más intervenciones
|
100
|
|
Entre 320 y 349
intervenciones
|
75
|
|
Entre 300 y 319
intervenciones
|
50
|
|
Menos de 300
intervenciones
|
0
|
LOCALIDAD EL EQUIPO Y RESPUESTA CLINICA
Disponibilidad de
atención presencial de profesional médico veterinario, en caso de presentarse
problemas post-quirúrgicos durante los 5 días posteriores a la intervención.
|
LOCALIDAD
Y RESPUESTA CLINICA
|
PUNTOS
|
|
Atención
profesional en La Comuna
|
100
|
|
Atención
profesional en La Provincia
|
75
|
|
Atención
profesional en La Región
|
50
|
|
Atención
profesional en Regiones Aledañas
|
0
|
CUMPLIMIENTO DE REQUICITOS
FORMALES
Solo se consideran los antecedentes administrativos;
|
NUMERO DE INTERVENCIONES OFERTADAS
|
PUNTOS
|
|
Presentación completa de
los requisitos formales.
|
100
|
|
Oferente
completa antecedentes administrativos emitidos durante las 48 horas desde la
solicitud realizada por el foro inverso del portal
|
50
|
|
Oferente
no completa los antecedentes administrativos omitidos, solicitados por el
foro inverso del portal, se desestimará la oferta
|
|
En el caso de existir igualdad en la
ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:
a) Número de
intervenciones ofertadas.
b) Experiencia.
c) Localidad del equipo
y respuesta clínica
d) Cumplimiento de los
requisitos formales
La comisión podrá
solicitar a las oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales,
detectadas durante la evaluaci6n, que salven dichos errores, dentro del marco
establecido en el artículo 40° del reglamento de la Ley 19.886, de Compras
Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situaci6n de privilegio
respecto de las demás competidores.
La evaluación
establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las
ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado
los factores de evaluación con las correspondientes puntajes y ponderaciones.
Luego la comisión informara la evaluación de las propuestas al Administrador
Municipal.
La comisión podrá
dejar fuera de Bases a las oferentes que presenten inconsistencias en sus
antecedentes o que al revisar la documentaci6n se observen anomalías,
falsificaciones o adulteraciones de estos.
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10.
11.
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13.
14.
DE LA FACULTAD DE READJUDICAR
La Comisión de Evaluación, presentara al Administrador Municipal un
acta de evaluación, la propuesta más ventajosa para el servicio.
El Municipio adjudicara la Licitación mediante Decreto Alcaldicio
aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según
las criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y
ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisi6n Evaluadora. La
adjudicaci6n se comunicará mediante la publicación del Decreto Alcaldicio
respective en el sitio www.mercadopublico.cl
Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, el Municipio podrá
declarar las ofertas inadmisibles cuando estas no cumplan las requisitos
establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando
no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus
intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta
económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos las requisitos
señalados en estas bases.
El Municipio podrá en caso de que el adjudicatario se rehúse a
suscribir el contrato, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo
con la evaluación de las ofertas y así sucesivamente hasta que no existan
proponentes a las cuales adjudicar dentro del plazo de sesenta días corridos
contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases
establezcan algo distinto. En el caso de que no exista una segunda opción se
procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a
indemnización de ninguna naturaleza.
15.
DE LA FACULTAD DE
READJUDICAR
En las siguientes casos:
a.
Si el adjudicatario
no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato y no suscribe el contrato en el plaza
estipulado, par causas atribuibles al adjudicatario.
b.
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
c.
Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en las términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no
proporciona las documentos que le sean requeridos para verificar dicha
condici6n.
d.
Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro
Electr6nico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plaza de 10 días hábiles contados desde la adjudicación.
Fecha de Adjudicación: En caso
de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicaci6n en el portal www.mercadopublico.cl, la Municipalidad
publicara una nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso.
16.
DEL CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación el contrato se formalizará mediante la
suscripción de un contrato simple entre las partes. El adjudicatario dispondrá
de 5 días hábiles para la firma del contrato desde la notificación de la
resolución de adjudicación, previa presentación de la garantía que cauciona el
fiel cumplimiento del contrato trámite en oficina de DIMAAO.
Todos los gastos que se originen para la presentación de la Propuesta
serán exclusivamente de cargo del adjudicatario.
A medida que la ITS levante requerimientos de esterilizaciones al
proveedor, se emitirá la emisión de la orden de compra correspondiente, la cual
el proveedor deberá aceptar por el portal mercado público para lo cual
dispondrá de 5 días hábiles para aceptar OC y esta orden aceptada debe adjuntar
en el cobro del servicio respectivo.
Si el adjudicatario no formaliza la contratación en el plazo señalado,
la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación y se
adjudicará al proveedor que resultare segundo en la evaluación y así
sucesivamente. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a
realizar un nuevo proceso de Licitación. No obstante, Io anterior y si el
oferente adjudicado en forma escrita argumentara y justificará razones por las
que no pudiera cumplir con estos plazos, se informará a la Autoridad para
Resolución final.
Para todos los efectos legales emanados del contrato, las partes fijan
su domicilio en la ciudad de Laja.
17.
LOS SUBCONTRATOS Y TRASPASO
DE CONTRATO
No se permite.
18.
DE LAS GARANTIAS
Las garantías serán verificadas su
autenticidad mediante consulta a las entidades que las emitan. Se aceptarán
garantías tomadas por terceros a nombre del oferente.
El oferente deberá indicar contacto del
ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de las
garantías indicadas.
18.1.
GARANTIAS DE FIEL
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, consiste una
Boleta de Garantía a la Vista o Vale Vista, pagadera en la provincia de Bio Bío
por el oferente, a favor de la Municipalidad de Laja, RUT 69.170.300-2, o
cualquier instrumento pagadero a la vista y de carácter irrevocable que asegure
el cobro de la a caución de manera rápida y efectiva con el objeto de asegurar
el fiel contrato, la que será presentada para los trámites del contrato (Orden
de Compra).
Esta garantía debe ser emitida por un monto no inferior al 10
% del monto total del contrato y deberá tener vigencia igual o superior al
periodo de ejecución, más de 3 meses. Y en caso de aumento deberá presentar
otro documento en el mismo porcentaje es decir el 10% del monto del monto del
contrato.
La garantía será devuelta al adjudicatario a petición
escrita una vez que se cuente con recepción del servicio y aprobada por decreto
alcaldicio.
La glosa en el caso de presentar Boleta de garantía deberá indicar
expresamente: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato “CONVENIO DE
SUMINSTRO SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA CON
IMPLANTACIÓN DE MICROCHIPS EN COMUNA DE LAJA ".
En caso de presentar vale vista deberá venir adosado a hoja con glosa
Empresa y firma del oferente.
Retiro de Documentos de Garantía
Para solicitar devolución de documentos de garantía el
interesado deberá realizar petición escrita.
Luego para retirar el documento en el municipio deberá
acreditar con presentación cédula de identidad en caso de ser persona natural.
En caso de tratarse de persona jurídica deberá presentar un poder notarial de
representante de sociedad para retirar documento cuando el monto sea superior a
$ 201.000.
Cuando sea
un monto igual o inferior a $201.000 se requerirá un poder simple.
19.
DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo de ejecución del Servicio será el día 05.12.2025.
El cumplimiento será fiscalizado por la ITS designada para velar por la
correcta ejecución de los servicios contratados, así como también por los
plazos estipulados.
Las jornadas de esterilizaciones que requiera el municipio podrán ser
efectuadas de lunes a domingo.
El proveedor deberá presentar un informe de actividades el que será
visado por la ITS. Esta también visará el informe final.
20.
DEL PAGO
El pago se realizará en estados de avance por la cantidad de servicios
requeridos por la inspección del servicio, previa autorización y recepción
conforme de la ITS, quien solo autorizará el pago luego de la aprobación de
todos los respaldos escritos exigidos, recepción municipal de los documentos de
respaldo originales (fichas médicas y de
identificación de pacientes), contra la
entrega de informes y factura, debidamente recibida y visada por la ITS,
extendida a nombre de la Municipalidad de Laja, Rut 69.170.300-2, domiciliada
en Balmaceda N° 292, y deberá ser recibida en la Dirección de Medio Ambiente,
aseo y Ornato, de acuerdo a avances conforme a las esterilizaciones con
implantación de microchip realizadas en el periodo.
Dicho pago será realizado mediante transferencia electrónica bancaria,
para Io que el proveedor deberá informar, junto con la entrega de la factura,
el número de la cuenta bancaria y demás antecedentes, a la que se debe realizar
la respectiva transferencia bancaria del pago.
En el caso que se produzca la muerte de un animal entre el día de la
cirugía y los 10 días de post operatorio, ésta no será pagada por el
Contratante hasta aclarar la situación.
20.1.
Para el pago de las cuotas
se requerirá de los siguientes documentos.
a)
Carta solicitud de Proveedor.
b)
Estado de avance, o estado de pago
único o por avance del servicio, según corresponda.
c)
Factura electrónica a nombre de la
Municipalidad de Laja.
d)
Informe de esterilizaciones
realizadas durante el periodo visado por la Unidad Técnica.
e)
Certificado de cumplimiento de
Obligaciones Laborales y previsionales respecto de los integrantes del equipo
que se ha desempeñado en el proyecto, si procediere.
f)
Fotocopia de la Declaración
Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos Formulario 29, cuando proceda.
g)
Fotocopia de la (s) boletas de
honorarios de los integrantes del equipo de trabajo, firmado por la empresa
(Oferente), cuando proceda.
h)
Nómina de los trabajadores o
equipo de trabajo, según corresponda.
i)
Entrega de la documentación
escrita de las intervenciones ejecutadas (registro de consentimiento e
información ficha clínica), visada por la Unidad Técnica.
j)
Base de datos, de intervenciones a
cobrar en periodo, digital y física.
k)
Fotografías de cada una de las
jornadas realizadas. Se solicita, que las fotos se envíen, además, por correo
electrónico a la Unidad Técnica.
l)
Haber entregado a la Unidad
Técnica, en el plazo de tres días hábiles desde la ejecución de cada operativo,
el listado de mascotas intervenidas y registro auditable de inscripción, en el
Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía:
Ficha Clínica, Formulario Esterilización Consentimiento informado y Declaración
Simple.
m)
Durante el transcurso de todo el
contrato el oferente adjudicado deberá mantener actualizada la página
http://ptrac.subdereenlinea.gov.cl/ con las fichas de los operativos (ficha de
Identificación del paciente) realizados a la fecha de cada pago, será requisito
para su cancelación. La que será verificada por la Unidad Técnica de
Inspección.
n)
Certificado de Conformidad de la
Unidad Técnica de los trabajos ejecutados.
Será responsabilidad del proveedor el pago total
de imposiciones de su personal, la retención y pago
de impuestos y, en general, el cumplimiento de las Leyes Laborales, Sociales y
Tributarias, según corresponda.
En caso de que la certificación
(Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, F30-1) señale el no pago de las cotizaciones previsionales de algún trabajador, la Municipalidad de Laja podrá
retener el pago de las obligaciones que tenga a favor del proveedor o pagar por
subrogación a la institución previsional o al trabajador.
La Municipalidad tendrá derecho a que la Inspección del Trabajo
respectiva Ie informe respecto de las eventuales infracciones que pudiera cometer el proveedor. Todo esto en conformidad a lo establecido por el Código del Trabajo, “Del Trabajo en
Régimen de Subcontratación y del Trabajo en Empresas de Servicios
Transitorios”.
Cabe reiterar
que la cancelación se realizará conforme la entrega
de todos y cada uno de los recién indicados documentos.
Se entenderá por prestaciones conformes aquellas que se encuentren aprobadas
informe favorable de la Unidad
Técnica.
En el
caso de faltar algún antecedente o efectuarse alguna observación, deberá
subsanar la observación o acompañar el antecedente en su caso.
Luego, el proveedor podrá presentar la boleta de honorarios o factura (según
corresponda), por el monto equivalente al número de esterilizaciones realizadas y
aprobadas.
20.2.
Para el pago final, será
necesario presentar los siguientes documentos
Además de la documentación
requerida para el estado de Pago:
a)
Acta de Recepción Definitiva del Servicio, aprobada
a través de Decreto Alcaldicio.
b)
El documento de cobro deberá ser dirigido a:
Nombre: Municipalidad de Laja R.U.T.: N 69.170.300-2
Dirección:
Balmaceda N°292, Laja.
c)
Haber entregado a la ITS, en el plazo establecido,
la ejecución de cada operativo, el listado de mascotas intervenidas y planilla
de inscripción en el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y
Animales de Compañía; Ficha Clínica, Formulario Esterilización Consentimiento
informado y Declaración Simple.
20.3.
Factorización del pago
El proveedor tendrá la obligación de informar oportunamente
a la ITS en caso de factorizar documentos de cobro. Tal notificación será a
través de carta formal ingresada por Oficina de Partes indicando que procederá
a factorizar, en que deberá detallar Io siguiente; El número de la factura,
nombre del contrato, numero de la Licitación Pública, numero del Estado de
Pago.
La Municipalidad se reserva el derecho a no cancelar
mientras no esté cotejada la información correspondiente. Sera la Unidad
Técnica, quien dé el pase para factorizar e informará de esto a la Dirección de
Administración y Finanzas.
No será autorizada la factorización del documento de cobro,
si Ie afecta una multa.
21.
RETENCIONES Y ANTICIPOS
No se considera.
22. AUMENTO Y/O DISMINUCION DE SERVICIO Y PLAZOS
En caso de disponibilidad presupuestaria se podrá gestionar aumento del
servicio hasta el 30% del monto total del monto contratado, estableciendo el
plazo de ejecución adicional para su realización.
El proveedor podrá solicitar aumento de plazo, si fuera necesario, todo
esto en común acuerdo con la inspección, si hubiere causales, para ello (según
corresponda) y aprobación de la ITS.
Si el proveedor estimara tener derecho a un aumento de plazo
contractual, deberá solicitarlo por escrito fundadamente a la Municipalidad,
con una antelación mínima de 10 días antes de que se cumpla el plazo
contractual, si la petición fuere procedente, el Mandante dictará un Decreto
Alcaldicio autorizando la ampliación del plazo contractual.
En caso de autorizarse la ampliación del plazo, la garantía deberá ser
reemplazada por otra, de acuerdo al nuevo plazo contractual, según documento
entregado.
En la eventualidad de existir un acontecimiento a circunstancia de
fuerza mayor o caso fortuito, que hagan imposible continuar con el desarrollo
del servicio, el proveedor deberá formalizar por escrito ante la Unidad Técnica
de esta situación, al menos con 5 días desde producido el evento o
acontecimiento. Si la petición fuere procedente, la Municipalidad dictará un
Decreto Alcaldicio donde autoriza la paralización del plazo del contrato.
Se entenderá como fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las
siguientes circunstancias:
a) Que se produzca el atraso en forma
independiente de la voluntad del proveedor.
b) Que el hecho sea imprevisible, inesperado o
sorpresivo.
c) Que el hecho sea insuperable.
d) Que se produzca la imposibilidad de ejecutar
la obligación.
e) Otra situación, que será calificada por el
Municipio.
f) No tener inscritas, la totalidad de las
mascotas intervenidas en el Registro Nacional Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
En el presente caso, el proveedor deberá mantener vigente la garantía
durante este periodo, y deberá reemplazar el documento de garantía al momento
de la reactivación del plazo, teniendo presente el nuevo plazo contractual y en
las mismas condiciones que la mencionada originalmente.
23.
CONOCIMIENTO DE LAS BASES
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Bases y
antecedentes, además de la geografía de la comuna y vialidad de la zona y por
el hecho de participar en la licitación, se entenderá que acepta expresamente
su contenido y decisión de la Municipalidad en la adjudicación, siendo en todo
caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico.
24.
TERMINO ANTICIPADO DEL
CONTRATO
La Municipalidad podrá poner término
anticipado o modificar el contrato, sin indemnización de perjuicios, por
cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras
Públicas en relación con el artículo 77 de su Reglamento, a saber:
1)
Por resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas para el proveedor, entendiendo por ello:
•
El retardo superior a 15 días en prestación del
servicio o ejecución de una actividad o aplicación de multas en 4 ocasiones.
•
Si el proveedor no procedió en los animales
intervenidos a la extracción de los órganos reproductivos, ovario histerectomía
en hembras y orquiectomia en machos.
•
Si el proveedor no realizó el implante del
respectivo microchip en la mascota intervenida, a menos que la mascota tenga
microchip vigente.
•
Si el proveedor no marcó e identificó a los animales
intervenidos.
•
Si el proveedor realizó cobro de algún servicio a
los usuarios o prestó servicios adicionales a los contemplados en el contrato,
cobrando este último a los usuarios.
•
Si se sorprende que la realización de los
procedimientos quirúrgicos no fue efectuada por el o los profesionales
inscritos en la oferta o los suplentes aprobados por la Unidad Técnica.
•
La utilización en la ejecución del encargo de
materiales o insumos defectuosos o de calidad inferior y/o insumos
insuficientes a la especificada en las Bases y requeridos por el Proyecto.
•
Si el proveedor no reporta los animales fallecidos.
•
Si el fallecimiento de pacientes sobrepasa el 2% por
operativo.
•
En general, no ceñirse a las indicaciones técnicas.
•
Incumplimiento reiterado de las instrucciones
impartidas por la Unidad Técnica.
•
No entregar los documentos de garantía cuando
corresponda.
3)
El estado de notoria insolvencia del proveedor, a
menos que mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4)
Por exigirlo el interés público o la
seguridad nacional.
5)
Por caso fortuito o fuerza mayor,
debidamente calificado por la Municipalidad.
25.
OBLIGACIONES DEL OFERENTE
a.
El proveedor será el único
responsable de la licitación frente a la Municipalidad y terceros. Todo daño o
perjuicio de cualquier naturaleza no atribuible a un fenómeno natural,
que, con motivo de la ejecución del servicio contratado, se ocasione a/o en
bienes nacionales de uso público, mobiliario o bienes de terceros,
que deteriore o destruya los elementos materiales del servicio u ocasione
pérdida de materiales de la infraestructura facilitada, será de exclusiva
responsabilidad del proveedor, debiendo repararlos a su costo.
b.
El proveedor debe cumplir con todas
las disposiciones pertinentes de la Ley N°16.744, sobre accidentes del trabajo
y enfermedades profesionales, aparte de las disposiciones del artículo
66 bis, que se indica y además deberá
cumplir con la normativa
vigente relativa a la Ley N”
20.123 y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el
funcionamiento de empresas de servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo
de Servicios Transitorios.
c.
Ejecutar el servicio solicitado conforme a las presentes
bases administrativas, términos de referencia, normas legales e Instrucciones
de la Unidad Técnica.
d.
En conjunto con el contratante (representado en este caso por
la Unidad Técnica) se deberán agendar y concretar al menos 2 reuniones de
coordinación y evaluación de los operativos a ejecutar y ejecutados, esto
deberá realizarse antes del primer operativo agendado (1° reunión) y luego de
terminado el 50% de las cirugías contratadas (2° reunión). Lo anterior con la
finalidad de prever imprevistos y subsanar posibles deficiencias y/o
descoordinaciones.
e.
Cumplir con las jornadas de esterilización acordadas entre
las partes.
f.
La presentación oportuna y completa
de la documentación para el pago del servicio.
g.
Otras obligaciones del contratista:
-
Sera obligación del contratista
responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o
extemporánea ejecución del servicio.
-
Cualquier efecto negativo en la
salud de los animales intervenidos, que pueda surgir como resultado de la
intervención quirúrgica, tales como muerte, complicaciones post operatorias,
estrangulación, laceraciones, sangrados u otras lesiones que pongan en peligro,
tanto la salud pública, como la del propio animal, y que sean atribuibles al
adjudicatario, serán de su exclusiva responsabilidad.
-
El contratista está obligado,
especialmente, a dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y
previsionales con sus trabajadores.
26.
OBLIGACIÓN DE REPOSICIÓN O CAMBIO DE INSUMOS O MATERIALES
La Inspección Municipal
podrá rechazar y ordenar el retiro de todo aquello que no sea de calidad y
especificaciones requeridas de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, Bases
y Guía de protocolos Médicos.
Estas órdenes deberán
cursarse por escrito al Proveedor, quien deberá proceder de inmediato a
ajustarse a los términos del Contrato sin que medie un mayor plazo para la
ejecución, como tampoco un mayor precio.
27. REMOCIÓN
Y/O SUSTITUCIÓN DEL PERSONAL
Salvo que la Unidad
Técnica autorice por escrito lo contrario, el Proveedor no podrá efectuar
cambio de los profesionales propuestos. Si por cualquier motivo, no imputable
al proveedor, como jubilación, muerte, incapacidad médica, entre otros, fuera
necesario sustituir a un profesional, el proveedor deberá reemplazarlo con otra
persona con calificaciones similares a las del reemplazado, situación que
deberá, en todo caso, contar con la aprobación de la ITS. El Proveedor estará
obligado a presentar el Curriculum Vitae y fotocopia del certificado de título
del nuevo profesional antes de que participe directamente en las cirugías,
siendo indispensable la autorización anteriormente descrita (aprobación
escrita). La ITS podrá rechazar la persona suplente si considera que ésta no
cumple requisitos.
Si la ITS toma
conocimiento de que algún profesional ha cometido un acto, considerado como
constitutivo de mala conducta o ha sido acusado de haber cometido un acto
criminal, o tiene motivos razonables para estar insatisfecho con su desempeño,
podrá solicitar su remoción mediante solicitud por escrito, con expresión de
causa, debiendo el Proveedor reemplazarlo por otra persona cuyas calificaciones
y experiencia sean aceptables para la ITS.
El Proveedor no
podrá reclamar costos adicionales o incidentales originados por la remoción y/o
reemplazo del profesional.
28.
DE LAS MULTAS
a)
Por incumplimiento injustificado
de las jornadas requeridas por la ITS y aceptada por el proveedor, importará
una multa de 1/1000 del monto neto contratado (considerando los aumentos y/o
disminuciones), es decir, excluido el Impuesto al Valor Agregado, por día de
atraso, con un tope máximo de 3 eventos que se incurran con esta causal.
b)
En caso de que falten insumos o
papelería durante la realización de un operativo, se aplicará una multa de 1
UTM por jornada. Con un tope máximo de 3 eventos que se incurran con esta
causal.
c)
Por el incumplimiento de los
Términos de Referencia o de las Guías de Protocolos Médicos o Guía Operativa,
en las Jornadas de Esterilización, se aplicará una multa de 2 UTM por evento.
Con un tope máximo de 3 eventos que se incurran con esta causal.
d)
La aplicación de las multas se
hará sin forma de juicio y será deducido de los estados de pagos más próximos,
por vía administrativa.
e)
Por cada infracción o aplicación
de multa que se registre en la entrega del servicio contratado la Unida Técnica
deberá general un informe en que se detalle dicha infracción.
f)
El oferente adjudicado que
renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente será sancionado
con hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por simple
resolución administrativa.
g)
Sera labor de ITS informar al
oferente de las Multas a las cuales se encuentre afecto el proveedor, pudiendo
darse las siguientes situaciones:
a.
Si la ITS considerara aplicar
multas durante la ejecución del servicio, estas deberán descontarse del estado
de pago más inmediato.
b.
Se procederá a dar término del
servicio, después de haber aplicado multas en tres (3) ocasiones, por
incumplimiento del contrato.
c.
Los plazos del oferente se
contabilizarán desde que ingresa las cartas por Oficina de Partes del Municipio
y los plazos del ITS se contabilizaran desde que ingresan a la respectiva
Unidad Municipal.
Nota: La UTM aplicable será la correspondiente al mes en que se
verificó la falta.
29.
DE LA UNIDAD TECNICA Y DEL
ACTA DE INICIO
Se entiende por inspección técnica del servicio ITS al funcionario
designado por decreto Alcaldicio y quien asume el derecho y la obligación de
fiscalizar el cumplimiento del servicio.
a)
El proveedor suministrará un libro
foliado, autocopiativo y con hojas en triplicado, el cual deberá estar presente
en el lugar de la ejecución de las esterilizaciones y el desarrollo de todas
las actividades encomendadas, bajo custodia y responsabilidad del oferente, en
el cual se dejará constancia, entre otras cosas, de:
b)
Las ordenes de la ITS, dentro de
los términos del contrato, que se impartan al proveedor y en general al equipo
que ejecuta el contrato. El Adjudicatario deberá someterse a las instrucciones
o resoluciones que imparta por escrito la Unidad Técnica, conforme a los
términos y condiciones de las Bases.
c)
Las observaciones que se hagan
acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.
d)
Cualquier comunicación de orden
técnico que deba realizarse entre el proveedor y la ITS.
e)
Dicho libro, deberá entregarse al
momento de la firma del acta de inicio del servicio.
f)
El incumplimiento de una orden
dará lugar a aplicar las sanciones indicadas en estas Bases.
g)
El control que ejerza la
Municipalidad por medio de la Inspección Técnica del Servicio, no libera al
Proveedor de la responsabilidad técnica que Ie cabe. La responsabilidad por la
calidad del servicio será exclusivamente del Proveedor.
30.
CONFIDENCIALIDAD Y
PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS Y PRODUCTOS
Todos los documentos, informes, planillas y productos presentados por
el proveedor adjudicatario pasaran a ser de propiedad de la Municipalidad de
Laja.
El Proveedor podrá conservar una copia de los documentos generados, no
obstante, no podrá utilizarlos de modo alguno para ninguna finalidad sin
autorización previa, por escrito, del Municipio.
31.
RESPONSABILIDAD DEL
CONTRATANTE Y DE LA MUNICIPALIDAD
La Municipalidad de Laja queda liberada de toda responsabilidad por
cualquier tipo de daños imputables al adjudicatario, sean materiales,
personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del
Contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o
previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva
responsabilidad del adjudicatario. Los proveedores responden de toda
indemnización que deba efectivamente pagar la Municipalidad, quien podrá tomar,
si lo desea, una Póliza de Seguro, que cubra en parte o la totalidad de la
posible indemnización.
32.
RECEPCIÓN CONFORME O
DEFINITIVA
Una vez cumplidas todas las jornadas establecidas y las
esterilizaciones contratadas, el oferente solicitará por escrito la Recepción
del Servicio, solicitud que deberá ingresar en la oficina de Partes de la
Municipalidad de Laja.
La Unidad Técnica verificará el Fiel Cumplimiento del Contrato y demás
antecedentes de la licitación.
Una vez verificado por la Unidad Técnica el cabal cumplimiento del
contrato, ésta dará curso a la recepción y levantará un Acta de Recepción
Definitiva, sancionada a través de Decreto Alcaldicio, lo que habilitará al
proveedor para la tramitación del último estado de pago.
Se consignará como fecha de término del servicio, la fecha que haya
indicado la Unidad Técnica.
33.
OTROS
Cualquier otro aspecto no considerado en estas bases se resolverá en
común acuerdo de las partes.
RENÉ VIDAL LLANOS
DIRECTOR DIMAAO
MARÍA A. FAÚNDEZ ROJAS
PROFESIONAL DE MEDIO AMBIENTE.
Laja, abril 2025.