Licitación ID: 3751-11-LP26
“PLATAFORMA DE GESTIÓN ESCOLAR”
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PITRUFQUEN
Fecha de Cierre: 13-05-2026 14:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 99
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 20 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Software de interconectividad de plataformas 1 Unidad
Cod: 43232915
“PLATAFORMA DE GESTIÓN ESCOLAR”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
“PLATAFORMA DE GESTIÓN ESCOLAR”
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto contar con una “PLATAFORMA DE GESTIÓN ESCOLAR” DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL, de acuerdo con los requerimientos que se detallan en las bases técnicas. El objetivo central busca elevar el nivel académico y no solo digitalizar la administración. Mejorar la toma decisiones pedagógicas y reducir la carga administrativa de sus docentes. • Enfoque Pedagógico.  Planificación alineada al currículum  Banco de recursos: para crear evaluaciones.  Metodologías modernas: Facilitar la implementación de DUA Diseño Universal para el Aprendizaje, Aula Invertida y ABP Aprendizaje Basado en Proyectos.  Libro de Clases Digital: Cumple con todas las normativas legales del MINEDUC permitiendo firmar digitalmente.  Crea evaluaciones Las evaluaciones digitales.  Reportes instantáneos: Genera informes de cobertura curricular y rendimiento por alumno o curso. • Comunicación Efectiva con la Familia  Asistencia si el hijo no llegó a clase, el padre lo sabe de inmediato.  Calificaciones y anotaciones positivas y negativas.  Tareas y comunicaciones oficiales del colegio. Teniendo la finalidad de mejorar la calidad del aprendizaje y la comunicación con el entorno del estudiante, bajando así drásticamente los niveles de incertidumbre y mejorar la participación de los apoderados en el proceso educativo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dpto.Educación Municipal
R.U.T.:
69.191.300-7
Dirección:
Francisco Bilbao 517, Departamento de Educación de Pitrufquen
Comuna:
Pitrufquén
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-05-2026 14:00:00
Fecha de Publicación: 23-04-2026 16:26:41
Fecha inicio de preguntas: 23-04-2026 19:10:00
Fecha final de preguntas: 26-04-2026 19:10:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-04-2026 19:10:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-05-2026 14:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-05-2026 14:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-06-2026 10:06:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 16 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1
2.- Anexo N°2
3.- Anexo N°3
4.- Anexo N°5
5.- Anexo N°8
6.- Anexo N°9
7.- Anexo N°10
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°6
 
2.- Anexo N°7
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= (Precio mínimo ofertado /Precio Ofertado) X 45 45%
2 Implementación en establecimiento educacional El presente criterio de evaluación se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla. El envío de información por parte del establecimiento educacional será descargar desde el SIGE, en formato Excel o CSV o PDF, esta información por ser de carácter sensibles el adjudicatario no pude utilizarla para otro fin que sea la utilización del software de gestión escolar. Implementación de la plataforma en el establecimiento educacional, creando perfiles de usuario Puntaje 1 día hábil una vez enviada la información por parte del Establecimiento educacional 25 puntos 2 días hábiles una vez enviada la información por parte del Establecimiento educacional 10 puntos 3 a 10 días hábiles una vez enviada la información por parte del Establecimiento educacional 1 punto Mas de 11 días hábiles en adelante fuera de bases 25%
3 Cumplimiento de los requisitos Detalle Puntaje Oferente cumple 100% con entrega de la documentación requerida. 10 Oferente NO cumple 100% con la entrega de la documentación, pero los salvaguardas en foro inverso 8 Oferente NO cumple 100% con la entrega de la documentación y NO los salvaguarda en foro inverso. Oferta inadmisible 10%
4 Tamaño de la empresa 5 puntos D. Tamaño de la empresa 5 puntos Ley 20.416 que fija normas especiales para las Empresas de Menor Tamaño (EMT) Para efectos de esta ley, se entiende como empresas de menor tamaño a las microempresas, pequeñas y medianas empresas. Tamaño de la Empresa Empresas de menor Tamaño (Micro Pequeña y mediana empresa) 5 puntos Gran empresa 3 puntos 5%
5 E. Programa de integridad (5 puntos máximos) Corresponde a la verificación de las normas referidas en el numeral 28 de las presentes Bases (Pacto de integridad), las cuales buscan que quiénes contraten con la Administración del estado, demuestren que han tenido un comportamiento integro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para los proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal, luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad en el ejercicio de sus funciones. En consideración a lo anterior, procede que los oferentes acrediten mediante una Declaración Jurada Simple, si sus trabajadores cuentan con programa de integridad que sean conocidos por su personal, el puntaje se asignara de acuerdo a la siguiente tabla. Deberá completar anexo de las presentes Bases, donde, acredite lo señalado, además, para obtener el máximo puntaje y ser reconocido su Programa de Integridad deberá adjuntar a sus postulaciones 5%
6 Proveedor Local (territorialidad) 10 puntos El criterio de territorialidad en compras públicas busca priorizar proveedores locales, especialmente en licitaciones bajo 500 UTM, incentivando el desarrollo económico regional. Se define en las bases técnicas y administrativas, permitiendo otorgar puntajes preferentes a empresas locales, fundamentado en la descentralización y modernización de la ley de compras públicas en Chile. Definición de Proveedor Local: La normativa facilita que organismos públicos con presencia regional seleccionen a proveedores domiciliados en dicha zona. Para este caso se entiende el proveedor local aquel que tenga domicilio comercial en la Región de la Araucanía, lol cual será verificado con anexo y la ficha del proveedor Detalle Puntaje Oferente con domicilio comercial en la Región de la Araucanía. (se verifica a través de la ficha del proveedor y el anexo N°1 identificación del oferente) además, deberá adjuntar patente comercial. 10 Oferente con domicilio comercial fuera de la Región de la Araucanía. (se 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Subvencion Escolar Preferencial
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Facturacion mensual
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carlos Minder Ropudergue
e-mail de responsable de pago: jefefinanzas@edupitrufquen.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Pitrufquen
Fecha de vencimiento: 23-07-2027
Monto: 3 %
Descripción: De conformidad con el Artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto 661), se aceptarán: • Boleta Bancaria de Garantía. • Vale Vista o Depósito a la Vista. • Póliza de Seguro de Garantía (con cláusula de inalterabilidad). • Certificado de Fianza. • Otros instrumentos electrónicos que cumplan con la normativa vigente.
Glosa: El documento deberá emitirse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pitrufquén (RUT 69.191.300-7) e incluir obligatoriamente: • Nombre y RUT del oferente. • Número de la licitación (ID de Mercado Público). • Teléfono y correo electrónico de contacto. • Glosa: "Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Plataforma de Gestión Escolar, multas y obligaciones laborales".
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el periodo de resguardo (60 días postérmino), el proveedor deberá solicitar la devolución por escrito vía Oficina de Partes del DAEM o mediante correo electrónico oficial. La Municipalidad procederá a la restitución siempre que no existan multas o deudas laborales pendientes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar la propuesta al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante la resolución correspondiente publicada en el Portal Mercado Público. Esta facultad se ejercerá en los términos señalados en el artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886 Decreto 661 de Hacienda, 2024, especialmente en los siguientes casos: • Si el adjudicatario se desiste de su oferta. • Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no acepta la Orden de Compra en los plazos legales. • Si el adjudicatario no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la formalización del vínculo. Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores UTP: Todos los integrantes de la UTP deberán encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores y cumplir con las exigencias de los artículos 141 y del 180 al 184 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En caso de retiro de alguno de sus miembros, la UTP deberá continuar funcionando con al menos dos integrantes. No obstante, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación al siguiente oferente mejor evaluado si: La UTP no cumple con el mínimo de dos integrantes mencionado. El integrante que se retira es aquel que aportaba las características o capacidades técnicas que fueron objeto de evaluación en la oferta. De todas estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo elaborado por la Comisión Evaluadora.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que resultaren con igual puntaje final, se realizará el desempate quien hubiese obtenido el mayor puntaje siguiendo los siguientes criterios.

  1. Oferta Económica.
  2. Implementación de la plataforma en el establecimiento educacional, creando perfiles de usuario.
  3. Cumplimiento Requisitos formales.
  4. Criterio de proveedor local (territorialidad).
  5. Tamaño de la Empresa.

f.Programa de integridad.

  1. Si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

  Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl de la resolución adjudicataria.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (según corresponda por el periodo facturado).
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una  vez  realizada la apertura electrónica de las ofertas, La Municipalidad de Pitrufquén podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de los certificados o documentos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos  errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo máximo de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la Municipalidad de Pitrufquén, la que se informará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Transcurrido el plazo señalado, sin recibir respuesta, la respectiva oferta se considerará inadmisible, quedando excluida del proceso de evaluación.

La presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido o que presentan errores deberán tener fecha de emisión anterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Pacto de integridad

De conformidad con el Artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto 661, 2024), el oferente, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta el presente Pacto de Integridad, obligándose a acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial efectivos.

  1. Compromisos del Oferente

El adjudicatario asume expresamente los siguientes compromisos de probidad:

  • a. Derechos Fundamentales y Humanos: Respetar los derechos constitucionales de sus trabajadores (Art. 19 CPR) y actuar bajo los Principios Rectores de Derechos Humanos, evitando cualquier efecto adverso en sus actividades.
  • b. Anticorrupción: No ofrecer, conceder ni intentar sobornos, regalos, premios o dádivas a funcionarios municipales ni a terceros que puedan influir en el proceso de licitación o ejecución del servicio.
  • c. Libre Competencia: Abstenerse de realizar acuerdos colusivos, negociaciones o conductas que afecten la libre competencia en el mercado de software educativo.
  • d. Transparencia y Legalidad: Ajustar su actuar a los principios de probidad y transparencia, garantizando que la información presentada en su oferta es fidedigna, seria y ajustada a la realidad técnica y económica.
  • e. Responsabilidad Extendida: Tomar todas las medidas necesarias para que estos compromisos sean cumplidos cabalmente por sus empleados, asesores, agentes y subcontratistas.
  1. Criterio de Evaluación

En cumplimiento del mandato legal, la existencia y acreditación de estos Programas de Integridad será considerada como un criterio de evaluación dentro de las presentes bases, asignando puntaje a aquellos proveedores que demuestren contar con políticas de cumplimiento debidamente implementadas.

  1. Consecuencias del Incumplimiento

La infracción comprobada de cualquiera de las estipulaciones de este Pacto de Integridad, ya sea durante el proceso de licitación o en la ejecución del contrato, facultará a la Municipalidad de Pitrufquén para:

  1. Declarar inadmisible la oferta.
  2. Poner término anticipado al contrato de forma unilateral.
  3. Hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
  4. Informar el incumplimiento a la Dirección de Compras Públicas para los registros de inhabilidad correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.