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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
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ARTÍCULO 16°: MULTAS
Sin perjuicio de las causales de término anticipado de contrato señaladas en el artículo siguiente, la I. Municipalidad de Cisnes podrá aplicar multas al adjudicatario por incumplimientos específicos que afecten la correcta ejecución del servicio, sin llegar a configurar una causal de término.
Las siguientes situaciones constituirán faltas sancionables, aplicándose la multa correspondiente en relación al valor total del contrato:
Incumplimiento Multa
Línea N°1: atraso en la entrega total de los materiales respecto del plazo ofertado 0,5% del valor neto adjudicado en la Línea N°1 por cada día corrido de atraso
Línea N°2: atraso injustificado en el inicio o término de los trabajos 0,5% del valor neto adjudicado en la Línea N°2 por cada día corrido de atraso
Línea N°2: incumplimiento en el uso de EPP o señalización de seguridad 2% del valor neto adjudicado en la Línea N°2 por cada evento constatado
Línea N°2: atraso en la entrega de informes o registros técnicos 0,2% del valor neto adjudicado en la Línea N°2 por cada día corrido de atraso
Línea N°2: punto instalado que no se encuentre operativo y no sea subsanado dentro del plazo otorgado 0,5% del valor neto adjudicado en la Línea N°2 por cada punto observado
Aplicación de multas:
Las multas serán determinadas mediante resolución fundada del Inspector Técnico del Servicio, previa solicitud de descargos al adjudicatario dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación del hecho. La resolución será notificada por escrito y por correo electrónico, y el monto será descontado del pago mensual correspondiente.
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