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Resolución de Empates |
19.- Resolución de empate.
En caso de presentarse empate entre dos o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al
oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”.
Si aun continua con el empate entre dos o más oferentes, ello se resolverá adjudicando al
oferente que hubiera obtenido el mayor puntaje en el criterio “experiencia del oferente”.
De mantenerse el empate, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiera obtenido el
mayor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos”.
De persistir con el empate, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiera obtenido el
mayor puntaje en el criterio “presencia regional”.
De persistir con el empate, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiera obtenido el
mayor puntaje en el criterio “pacto de integridad”.
De persistir con el empate, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiera obtenido el
mayor puntaje en el criterio “comportamiento contractual”.
Si aun continua el empate este se resolverá considerando la primera oferta que haya sido
ingresada al sistema (fecha y hora).
La comisión evaluadora deberá emitir un acta proponiendo a la autoridad comunal adjudicar
al (los) oferente (s) evaluado (s) y que cumpla con todos los requerimientos administrativos
solicitados. Documentos que deberá ser aprobado por Decreto Alcaldicio.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
15. Aclaraciones.
La unidad técnica, recibirá consultas y solicitud de aclaraciones a las bases Administrativas
y antecedentes de la licitación que los participantes estimen del caso efectuar, en la fecha y
hora señalada, a través del portal www.mercadopublico.cl. Y solo serán consideradas
aquellas que solo se realicen a través del foro de www.mercadopublico.cl, es decir, no se
admitirán consultas o aclaraciones por otro medio.
El efectivo ingreso de las consultas a la licitación en el portal señalado será de
responsabilidad exclusiva del participante. No se dará respuesta a consultas verbales o
efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Las respuestas a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las Bases, sin
perjuicio de otras aclaraciones a las Bases Administrativas y sus antecedentes que la
Unidad Técnica estime necesario hacer en la misma oportunidad, estarán a disposición de
los participantes en el portal www.mercadopublico.cl, desde la fecha y hora que se
establezca en dicho portal.
El conocimiento las aclaraciones se presumirá a contar de las 24 horas de publicadas las
respuestas a las consultas y/o aclaraciones. En consecuencia, no se admitirá reclamo
alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante
que no haya revisado las respuestas en la página www.mercadopublico.cl. De acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones precedentes, será inadmisible y se rechazará cualquier
reclamo posterior fundado en errores en la presentación de propuesta derivados de una
errónea interpretación de disposiciones contenidas en las Bases Administrativas, en falta de
claridad o coherencia, en imprecisión, falta de disposición o contradicción en éstas y/o en los
documentos que las integran, que no hubiere sido materia de consulta, observaciones o
solicitud de aclaración en el período fijado al efecto en las Bases, así como aquellos fundados
en calificaciones, juicios de conveniencia o comparativos de normas y exigencias
establecidas expresamente en las Bases Administrativas, rigiendo plenamente el principio de
estricta sujeción a las Bases e igualdad de los oferentes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
La empresa adjudicada deberá acreditar, mediante certificados vigentes de la Dirección del
Trabajo y de las instituciones previsionales correspondientes (AFP, Fonasa, AFC y
mutualidades), el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. En caso de
mantener pago del contrato deberán destinarse a su regularización, conforme a lo
dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Dichas obligaciones deberán quedar
completamente pagadas a más tardar a la mitad del período de ejecución del contrato, con
un máximo de seis meses, pudiendo la Municipalidad poner término anticipado en caso de
incumplimiento.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores u omisiones de
carácter formal, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, debiendo
informarse dicha solicitud al resto de los participantes a través del Sistema de Información
www.mercadopublico.cl. En este sentido, la Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertas, o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento de
dicho plazo y el período de evaluación.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras
Públicas (Decreto Supremo N° 250 y sus modificaciones), en particular a los criterios
establecidos en el Decreto Supremo N° 661, la facultad de subsanar errores u omisiones
formales no será aplicable respecto de la Oferta Económica cuando ello implique alterar el
precio ofertado o cualquiera de los elementos esenciales de la propuesta, en resguardo del
principio de intangibilidad de la oferta.
Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá aplicar, cuando corresponda, lo señalado en los
dictámenes emanados de la Contraloría General de la República sobre la materia.
El plazo otorgado para la corrección de estas omisiones, en caso de que la Comisión no
establezca uno distinto, será de hasta 24 horas corridas, contadas desde la solicitud
efectuada a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro del cual los oferentes deberán
adjuntar los antecedentes requeridos.
Aquellos oferentes que, vencido el plazo señalado, no hayan presentado la totalidad de los
antecedentes mínimos exigidos, los hayan presentado con errores, o no hayan subsanado
las observaciones formuladas por la Comisión Evaluadora, serán declarados inadmisibles.
Lo anterior no será aplicable en ningún caso a las ofertas que incumplan los siguientes
requisitos esenciales:
a) Que la Oferta Económica se encuentre ingresada en el portal www.mercadopublico.cl
dentro del plazo de cierre, completa y sin errores. En caso contrario, la oferta será declarada
inadmisible.
b) Que la Oferta Técnica se encuentre ingresada en el portal www.mercadopublico.cl dentro
del plazo de cierre, en la forma exigida en las presentes bases y sin errores sustanciales. En
caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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