Licitación ID: 3822-1-LP25
TRANSPORTE ESC. LICEO DS GUILLERMO MARÍA E AURO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Unidad
Cod: 78111802
SERVICIO TRANSPORTE ESCOLAR LICEO DARIO SALAS,ESCUELA GUILLERMO BAÑADOS,ESCUELA ESPECIAL MARÍA ESPÍNOLA Y ESCUELA AURORA VELASCO PÉREZ DE SANTA MARÍA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TRANSPORTE ESC. LICEO DS GUILLERMO MARÍA E AURO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Ilustre Municipalidad de Santa María, a través de su Departamento de Educación tiene por objetivo contratar los servicios de transporte escolar de los Establecimientos Educacionales Municipalizados; Liceo Darío Salas, Escuela Guillermo Bañados, Escuela Especial María Espínola y Escuela Aurora Velasco Pérez hacia sus hogares de lunes a viernes por el año escolar 2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento Educacion Municipal
R.U.T.:
69.051.000-6
Dirección:
CALLE O´HIGGINS 843, SANTA MARIA
Comuna:
Santa María
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-02-2025 10:00:00
Fecha de Publicación: 30-01-2025 16:28:00
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2025 18:30:00
Fecha final de preguntas: 05-02-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-02-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-02-2025 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2025 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-03-2025 17:32:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO DEL (DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN) ubicado en O’Higgins N.º843 03-02-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS.
Documentos Técnicos
1.- SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS.
 
Documentos Económicos
1.- SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS. 25%
2 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS. 30%
3 Experiencia de los Oferentes SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS. 20%
4 DIRECCIÓN COMERCIAL DEL OFERENTE SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS. 5%
5 OFERTA TÉCNICA DEL VEHICULO SEGÚN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTOS. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: JEC - SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: PEDRO SILVA VALDEBENITO
e-mail de responsable de pago: FINANZAS2@DAEMSM.CL
Nombre de responsable de contrato: ALFONSO ROSAS VARAS
e-mail de responsable de contrato: ADQUISICIONES@DAEMSM.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2595355-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
25. SUBCONTRATACIÓN.  El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. En aquellos contratos de carácter secreto o res
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA
Fecha de vencimiento: 31-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: 16.2. Garantía de fiel cumplimiento de contrato: La garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, debiendo tratarse de aquellas que permitan su cobro de manera rápida y efectiva, tales como boletas de garantía, vale vista o certificados de fianza. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. La garantía será equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor adjudicado por Línea. Deberá ser emitida en pesos chilenos, extendida, a nombre de l. Municipalidad de Santa María, R.U.T. 69.051.000-6, con domicilio en O´Higgins Nº843, comuna de Santa María, con una vigencia mínima de diez meses, contados desde la firma de contrato más 30 días corridos, indicando en la glosa “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato del Servicio de Transporte Escolar del o los Establecimientos Educacionales que se Adjudique y La Línea(s) N.º__, comuna de Santa María”. Además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, cuando sea entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), para su posterior remisión a Tesorería Municipal donde quedará bajo su custodia y verificación. Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, perdiendo el adjudicatario el 100% del monto de la garantía, quedando está a beneficio de quien esté extendida. EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO SE VA MEDIR EN LA SIGUIENTE TABLA: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% POR LÍNEA, DÍA, IDA Y RETORNO VALOR ADJUDICADO POR LOS DÍAS DEL RECORRIDO MENSUAL VALOR MENSUAL DE MARZO 2025 A DICIEMBRE 2025 Monto por el 5% EJEMPLO: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% $100.000 VALOR REFERENCIAL $100.000 * 20 = $2.000.000 $2.000.000 * 10 MESES = $20.000.000 $20.000.000 * 5% = $1.000.000 La garantía se hará efectiva para: • Proceder al pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. • Garantizar el cumplimiento íntegro de la ejecución de todos los ítems de la oferta económica Anexo Nº3. • Garantizar los mayores costos, cuando exista abandono del Servicio o término anticipado del contrato, aun cuando estás hayan sido pagadas al contratista. Esta garantía deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato, con un inicio de vigencia igual a la fecha de la firma del contrato, más 60 días hábiles después del término del servicio estipulado en el contrato. Al momento de la Suscripción del Contrato el oferente deberá entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, y después de dos días hábiles de recibida la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por la Tesorería Municipal, será devuelta al contratista la boleta de Seriedad de la Oferta. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será este, responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. No se aceptarán garantías tomadas por terceros. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común, con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. En caso de existir aumento de plazo o congelamiento de plazo, modificaciones de contrato la garantía del fiel cumplimiento del contrato deberá reemplazarse o renovarse contemplándose la nueva fecha de término del contrato aumentado en 60 días hábiles, o el nuevo valor del contrato. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva Garantía de fiel cumplimiento de contrato actualizada, hasta un día hábil posterior a la emisión el Decreto Alcaldicio para el aumento de plazo o reanudación del plazo o modificación de contrato. Esta Garantía debe ser entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, en conjunto con el contrato firmado por ambas partes ante notario. El documento en garantía solo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda, o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. Debe existir tal demanda o acción legal, la municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. Las garantías que se estimen necesarias para asegurar la seriedad de las ofertas, el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores y el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, deberán ser fijadas en un monto tal que, sin desmedrar su finalidad, no desincentiven la participación de oferentes al llamado de licitación o propuesta. Los jefes de servicio serán directamente responsables de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los proveedores. No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros.
Glosa: 16.2. Garantía de fiel cumplimiento de contrato: La garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, debiendo tratarse de aquellas que permitan su cobro de manera rápida y efectiva, tales como boletas de garantía, vale vista o certificados de fianza. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. La garantía será equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor adjudicado por Línea. Deberá ser emitida en pesos chilenos, extendida, a nombre de l. Municipalidad de Santa María, R.U.T. 69.051.000-6, con domicilio en O´Higgins Nº843, comuna de Santa María, con una vigencia mínima de diez meses, contados desde la firma de contrato más 30 días corridos, indicando en la glosa “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato del Servicio de Transporte Escolar del o los Establecimientos Educacionales que se Adjudique y La Línea(s) N.º__, comuna de Santa María”. Además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, cuando sea entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), para su posterior remisión a Tesorería Municipal donde quedará bajo su custodia y verificación. Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, perdiendo el adjudicatario el 100% del monto de la garantía, quedando está a beneficio de quien esté extendida. EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO SE VA MEDIR EN LA SIGUIENTE TABLA: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% POR LÍNEA, DÍA, IDA Y RETORNO VALOR ADJUDICADO POR LOS DÍAS DEL RECORRIDO MENSUAL VALOR MENSUAL DE MARZO 2025 A DICIEMBRE 2025 Monto por el 5% EJEMPLO: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% $100.000 VALOR REFERENCIAL $100.000 * 20 = $2.000.000 $2.000.000 * 10 MESES = $20.000.000 $20.000.000 * 5% = $1.000.000 La garantía se hará efectiva para: • Proceder al pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. • Garantizar el cumplimiento íntegro de la ejecución de todos los ítems de la oferta económica Anexo Nº3. • Garantizar los mayores costos, cuando exista abandono del Servicio o término anticipado del contrato, aun cuando estás hayan sido pagadas al contratista. Esta garantía deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato, con un inicio de vigencia igual a la fecha de la firma del contrato, más 60 días hábiles después del término del servicio estipulado en el contrato. Al momento de la Suscripción del Contrato el oferente deberá entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, y después de dos días hábiles de recibida la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por la Tesorería Municipal, será devuelta al contratista la boleta de Seriedad de la Oferta. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será este, responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. No se aceptarán garantías tomadas por terceros. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común, con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. En caso de existir aumento de plazo o congelamiento de plazo, modificaciones de contrato la garantía del fiel cumplimiento del contrato deberá reemplazarse o renovarse contemplándose la nueva fecha de término del contrato aumentado en 60 días hábiles, o el nuevo valor del contrato. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva Garantía de fiel cumplimiento de contrato actualizada, hasta un día hábil posterior a la emisión el Decreto Alcaldicio para el aumento de plazo o reanudación del plazo o modificación de contrato. Esta Garantía debe ser entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, en conjunto con el contrato firmado por ambas partes ante notario. El documento en garantía solo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda, o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. Debe existir tal demanda o acción legal, la municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. Las garantías que se estimen necesarias para asegurar la seriedad de las ofertas, el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores y el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, deberán ser fijadas en un monto tal que, sin desmedrar su finalidad, no desincentiven la participación de oferentes al llamado de licitación o propuesta. Los jefes de servicio serán directamente responsables de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los proveedores. No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros.
Forma y oportunidad de restitución: 16.2. Garantía de fiel cumplimiento de contrato: La garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, debiendo tratarse de aquellas que permitan su cobro de manera rápida y efectiva, tales como boletas de garantía, vale vista o certificados de fianza. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. Tratándose de la prestación de servicios, las garantías de cumplimiento del contrato deberán asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerán vigentes hasta sesenta días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. La garantía será equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor adjudicado por Línea. Deberá ser emitida en pesos chilenos, extendida, a nombre de l. Municipalidad de Santa María, R.U.T. 69.051.000-6, con domicilio en O´Higgins Nº843, comuna de Santa María, con una vigencia mínima de diez meses, contados desde la firma de contrato más 30 días corridos, indicando en la glosa “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato del Servicio de Transporte Escolar del o los Establecimientos Educacionales que se Adjudique y La Línea(s) N.º__, comuna de Santa María”. Además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, cuando sea entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), para su posterior remisión a Tesorería Municipal donde quedará bajo su custodia y verificación. Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, perdiendo el adjudicatario el 100% del monto de la garantía, quedando está a beneficio de quien esté extendida. EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO SE VA MEDIR EN LA SIGUIENTE TABLA: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% POR LÍNEA, DÍA, IDA Y RETORNO VALOR ADJUDICADO POR LOS DÍAS DEL RECORRIDO MENSUAL VALOR MENSUAL DE MARZO 2025 A DICIEMBRE 2025 Monto por el 5% EJEMPLO: PORCENTAJE DE GARANTÍA VALOR ADJUDICADO VALOR MENSUAL VALOR MONTO TOTAL VALOR TOTAL POR El 5% 5% $100.000 VALOR REFERENCIAL $100.000 * 20 = $2.000.000 $2.000.000 * 10 MESES = $20.000.000 $20.000.000 * 5% = $1.000.000 La garantía se hará efectiva para: • Proceder al pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. • Garantizar el cumplimiento íntegro de la ejecución de todos los ítems de la oferta económica Anexo Nº3. • Garantizar los mayores costos, cuando exista abandono del Servicio o término anticipado del contrato, aun cuando estás hayan sido pagadas al contratista. Esta garantía deberá ser entregada al momento de la suscripción del contrato, con un inicio de vigencia igual a la fecha de la firma del contrato, más 60 días hábiles después del término del servicio estipulado en el contrato. Al momento de la Suscripción del Contrato el oferente deberá entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, y después de dos días hábiles de recibida la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por la Tesorería Municipal, será devuelta al contratista la boleta de Seriedad de la Oferta. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será este, responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. No se aceptarán garantías tomadas por terceros. Para las uniones temporales de proveedores, el tomador o afianzado de la “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” deberá ser aquel proveedor, que esta nombrado representante o apoderado común, con poderes suficientes en la escritura pública de la unión temporal de proveedores. En caso de existir aumento de plazo o congelamiento de plazo, modificaciones de contrato la garantía del fiel cumplimiento del contrato deberá reemplazarse o renovarse contemplándose la nueva fecha de término del contrato aumentado en 60 días hábiles, o el nuevo valor del contrato. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva Garantía de fiel cumplimiento de contrato actualizada, hasta un día hábil posterior a la emisión el Decreto Alcaldicio para el aumento de plazo o reanudación del plazo o modificación de contrato. Esta Garantía debe ser entregada en formato físico ingresada por oficina del Departamento de Educación (DAEM), además, deberá anexar junto a la boleta los datos de: nombre, fono y correo electrónico del ejecutivo bancario para solicitar la validación de esta garantía por la Unidad Técnica del Daem, en conjunto con el contrato firmado por ambas partes ante notario. El documento en garantía solo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda, o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. Debe existir tal demanda o acción legal, la municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. Las garantías que se estimen necesarias para asegurar la seriedad de las ofertas, el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores y el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, deberán ser fijadas en un monto tal que, sin desmedrar su finalidad, no desincentiven la participación de oferentes al llamado de licitación o propuesta. Los jefes de servicio serán directamente responsables de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas. Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los proveedores. No obstante, atendidas las características del contrato, cuando se considere, fundadamente, que se contemplan suficientes mecanismos para resguardar el cumplimiento contractual, la Entidad licitante podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía de cumplimiento del contrato, en los siguientes casos: a) Contratos cuyo objeto sea el suministro de bienes consumibles cuyo consumo se produjese íntegramente antes del pago del precio; b) Contratos que tengan por objeto la prestación de servicios sociales o la inclusión de personas o grupos subrepresentados en la economía; y, c) Contratos que se refieran a aspectos claves y estratégicos que busquen satisfacer el interés público o la seguridad nacional, tales como la protección de la salud pública o la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los Tribunales Internacionales y Extranjeros.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

18.       DESEMPATE DE OFERTAS

En el evento que uno o más oferentes, luego del proceso de evaluación, lograsen igual puntuación final, se priorizará al proponente que tenga mayor puntuación en el siguiente orden:

.- Cumplimiento de Antecedentes.

.- Oferta Económica.

.- Experiencia del Oferente en Transportes.

.-Oferta Técnica del Vehículo.

.- Dirección Comercial.

Si aún subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Públicas en el portal www.mercadopublico.cl

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.