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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En el caso de que dos o más oferentes hayan obtenido el mismo puntaje luego de la evaluación, se resolverá de la siguiente manera:
• Primero, se privilegiará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación de la propuesta técnica.
• Segundo, si aún existiera un empate, se resolverá respecto al oferente que presente una menor oferta económica.
• Tercero, si persiste el empate se resolverá con el oferente que presente el menor plazo de ejecución.
• Cuarto, si persiste el empate se resolverá con el oferente que obtenga mejor puntaje en el subfactor experiencia anterior.
• En última instancia, si persiste el empate, se resolverá con el oferente que haya ingresado primero su oferta al portal www.mercadopublico.cl.
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Acceso a la información y publicidad del procedimiento de Licitación |
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En conformidad con lo establecido en la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y su reglamento, todos los antecedentes relativos al presente proceso de licitación, incluyendo las bases, ofertas, actas de evaluación y acto administrativo de adjudicación, serán de acceso público a través del portal www.mercadopublico.cl y la página web de la Municipalidad de Río Bueno. No obstante, cualquier información considerada como confidencial por los oferentes deberá ser expresamente identificada en su propuesta y justificar la solicitud de reserva conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 20.285. La Municipalidad evaluará dichas solicitudes y podrá rechazar aquellas que no cumplan con los criterios legales. En caso de solicitudes de acceso a la información por parte de terceros, la Municipalidad notificará al oferente afectado para que este pueda ejercer su derecho a oponerse, en conformidad con los plazos establecidos en la normativa vigente.
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Cumplimiento Normativa Ambiental |
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El contratista deberá ejecutar la obra cumpliendo con todas las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y su normativa complementaria, incluyendo la obtención de permisos ambientales pertinentes, en caso de ser necesarios. Asimismo, deberá adoptar medidas de mitigación, control y prevención de impactos ambientales que pudieran generarse durante la ejecución de la obra, tales como manejo adecuado de residuos, control de emisiones y ruidos, y resguardo de cuerpos de agua cercanos. El incumplimiento de la normativa ambiental vigente podrá ser considerado como causal de aplicación de sanciones y/o término anticipado del contrato, de acuerdo con la gravedad de la infracción y lo determinado por los organismos fiscalizadores competentes.
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