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8. DE LA PARTICIPACIÓN. |
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8.1 Requisitos del oferente.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales y jurídicas del giro, inscritos en el portal Registro Proveedores, hábiles para contratar con el Estado, quienes, cumpliendo con los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la forma exigida. Sin embargo, no podrán adjudicarse la propuesta quienes están inhabilitados de inscribirse en dicho registro, en virtud de lo dispuesto en el artículo N°154 del Reglamento de la Ley N°19.886, modernizada por la ley N°21.634, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, reglamento aprobado por el D.S. N.º 661 del Ministerio de Hacienda, de 12 de diciembre de 2024. En especial, no se admitirá ofertas de personas imposibilitadas legalmente para contratar con la Municipalidad de Punitaqui.
Los oferentes que tengan calidad de personas naturales, podrán actuar personalmente conforme a lo prescrito en el Decreto N°661 del 12 de diciembre 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento para aplicación de la ley N°19.886, modernizada por la ley N°21.634.
Los oferentes que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, podrán postular, pero deberán destinar del pago producto del contrato licitado al pago de dichos saldos, debiendo la empresa o persona natural, según sea el caso, acreditar que las totalidades de las obligaciones se encuentren liquidas, informando al mandante con a lo menos de cinco días de anticipación del vencimiento de la boleta de garantía por fiel y oportuno cumplimiento del encargo.
8.2 Inscripción de proveedores.
Los organismos públicos afectos a la ley de Compras Públicas, como el caso de los municipios deben exigir a los proveedores que se encuentren inscritos en la plataforma Registro Proveedores al momento de suscribir el contrato para poder contratarlos. Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos, se otorgara un plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación del decreto que adjudica la licitación a través del sistema de información, para que cumpla con dicho requisito.
8.3 Inhabilidades.
Por aplicación del artículo 4° de la Ley N°19.886, modernizada por la Ley 21.634 sobre compras públicas, no podrán participar en esta licitación, aquellos oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el estado por los siguientes motivos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la formalización de la adjudicación, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursables establecidos en el código penal.
b) El Alcalde de la comuna de Punitaqui, Concejales, así como los funcionarios directivos de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del estado, ni sociedades de personas de las que aquellos o éstas forman parte, ni sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en las que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, tampoco gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
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14. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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Para participar de la presente licitación se debe presentar toda aquella documentación solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl. Por tanto, su no presentación impedirá que la comisión evalúe la oferta presentada, quedando esto fuera de bases.
La propuesta se dividirá en tres partes: Documentos Administrativos, Antecedentes Técnicos y Documentos de la Oferta Económica, los que en su totalidad deberán ingresarse en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). La presentación de todos los antecedentes ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS solicitados se deberán presentar solamente a través del formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Adjuntando todos los Anexos indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta en sus documentos administrativos, técnicos y económicos a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.
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20. ADJUDICACIÓN. |
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La Ilustre Municipalidad de Punitaqui adjudicará la propuesta que cumpla con el total de los requerimientos técnicos detallados del bien a adquirir y se reserva el derecho a rechazar alguna o todas las ofertas si no las estimare convenientes para sus objetivos, así como el derecho a adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes, aunque no sea la propuesta más baja en precio, si conviene al municipio, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las Bases administrativas generales, bases técnicas y/o requerimientos técnicos. La adjudicación se aprobará mediante decreto alcaldicio y será informada a través del portal www.mercadopublico.cl. En el mismo acto de la adjudicación, será generada y enviada la orden de compra por los servicios al oferente adjudicado.
Una vez revisadas y debidamente ponderadas las ofertas y antecedentes presentados por los proveedores, la Comisión de Evaluación procederá a elaborar un informe respecto de las ofertas presentadas sugiriendo la adjudicación de la oferta que presente las mejores condiciones de cumplimiento con relación a las bases y todo documento que forma parte integra del proceso. Este informe debe remitirse al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui. El Alcalde puede optar por una oferta de mayor valor, siempre que este cumpla de mejor forma con los objetivos y fines del servicio y obtenga el mayor puntaje. El decreto que acepta la propuesta se notificará a todos los oferentes, por intermedio del sistema ChileCompra. La notificación se entenderá realizada luego de 24 horas desde que la unidad respectiva publique en el sistema de información el decreto correspondiente.
Si por causa imputable al adjudicatario no finaliza los trabajos solicitados indicados en su oferta, se hará efectiva la garantía por fiel cumplimiento del encargo y la Municipalidad de Punitaqui podrá poner término a la propuesta mediante decreto alcaldicio, pudiendo llamarse a una nueva propuesta pública, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan entre los oferentes que ocupen las siguientes mejores.
En el caso de la fecha establecida para la adjudicación no pueda cumplirse, se podrá modificar la fecha de adjudicación en la ID de esta licitación sin necesidad de emitir un nuevo decreto, sino indicando en el portal las razones de su incumplimiento.
La fecha de adjudicación será el día indicando en el portal web, sin perjuicio de ello y de acuerdo con lo establecido en el artículo N°58 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, dicho plazo podría variar por las siguientes razones:
a) No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
b) Retraso de la firma del decreto de adjudicación por compromisos del Alcalde y/o Secretario Municipal o sus subrogancias.
c) Por motivo de fuerza mayor, emergencia y otros imprevistos debidamente calificados.
d) Por reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En el caso que sea necesario ampliar el plazo de adjudicación, esta será realizada e informada en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo las razones del incumplimiento.
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21. CONTRATO U ORDEN DE COMPRA. |
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El contrato se formalizará mediante la emisión y aceptación de la Orden de Compra, y el plazo de ejecución comienza a regir desde el momento a la aceptación de la misma. Si por cualquier causa que no sea imputable a la Municipalidad, no es aceptada esta misma dentro de un plazo de 3 días corridos, se entenderá desistimiento de la oferta pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía y adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Por ser una contratación estándar de simple y objetiva especificación, el vínculo entre las partes se formalizará mediante la emisión de orden de compra por parte de la Municipalidad y la aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. La contratación no irroga mayor complejidad en los aspectos técnicos considerados por el requerimiento, ni respecto a los tiempos de ejecución.
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22. PRESUPUESTO. |
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El presupuesto disponible para la adquisición de los estanques de agua de 1.000 y 2.000 litros, se fijará en pesos chilenos y será informado a través del Portal Mercado Público. El valor para esta propuesta es: MONTO DISPONIBLE $27.489.000.- IVA incluido.
Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compras recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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23. PLAZO. |
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El plazo máximo para la entrega de los 335 estanques será ofrecido por el proveedor en su propuesta y en días corridos, el cual regirá a contar de la aceptación de la orden de compra, y no podrá exceder los 20 días corridos. EN CASO DE OFERTAR UN PLAZO MAYOR A LA OFERTA SERÁ RECHAZADA.
Debiendo ser entregado por el proveedor en dependencias del Mandante y sin costo adicional asociado.
Los Proveedores serán responsables de evaluar y ponderar todas las condiciones a fin de cumplir con los plazos ofertados. Se hace presente a cada oferente que en ningún caso habrá aumento de plazo para la entrega de los estanques licitados, su incumplimiento habilitará al mandante para cursar las multas respectivas.
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25. CONDICIONES DE LA COMPRA, PLAZOS Y SISTEMA DE PAGO. |
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El pago del bien a adquirir a través de la presente propuesta pública se realizará de la siguiente manera:
• Se pagará el 100% del valor contratado, toda vez que la Unidad Técnica, que para estos efectos recae en la Municipalidad de Punitaqui, haya recepcionado conforme los 285 estanques de acumulación de agua de 1.000 litros y los 50 estanques de acumulación de agua de 2.000 litros.
• El proveedor debe presentar a la Municipalidad de Punitaqui una factura emitida a nombre del I. Municipalidad de Punitaqui, RUT N°: 69.040.900-3, Giro: Administración Pública, Dirección: Caupolicán 1.147, Punitaqui.
• Los proponentes deberán considerar en los valores de sus ofertas los intereses y ajustes pertinentes. En todo caso, la oferta se presentará en pesos chilenos por un monto total y único a suma alzada.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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29.1. Resciliación.
Corresponderá resciliar el contrato cuando, de común acuerdo, la Unidad Técnica, previa conformidad del Mandante, y el Contratista decidan ponerle término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte, y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo.
29.2 Resolución del Contrato.
El contrato quedará resuelto por disposición de la Unidad Técnica si ocurriera cualquiera de los siguientes eventos:
a. Si el proveedor es declarado imputado por delito que merezca pena aflictiva.
b. Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia del proveedor, se presumirá la notoria insolvencia en caso que existan pagos laborales y de imposiciones atrasadas.
c. Si el proveedor, por causa que le sea imputable, no inicia la entrega del bien dentro del plazo de veinte días corridos a contar de la fecha de aceptación de la orden de compra.
d. Si no se acatan las órdenes e instrucciones que imparta la Inspección Técnica.
e. Por modificación o alteración del servicio sin la debida autorización.
f. Por traspaso, a cualquier título, del servicio y por subcontratación o más allá de lo establecido en las Bases.
En general, el contrato quedará resuelto si el proveedor no ha dado cumplimiento a las bases de la licitación, contrato y demás causales establecidas en la ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N° 661, de 2.024, del Ministerio de Hacienda. En cualquiera de estos eventos el contratista perderá, como sanción, tan pronto como se ponga término anticipado al contrato, el monto de las garantías, el cual se especifica en las Bases Administrativas Generales. Si se ha ejecutado más del 30% del contrato al momento de la resciliación o resolución, se considerará como un término anticipado.
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30. RECEPCIÓN. |
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La recepción del bien a adquirir, se efectuará en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, específicamente con don Pablo Yutronic Gómez, Encargado de la Unidad de Gestión, Riesgos y Desastres, al email pyutronic@munipunitaqui.cl . La correspondiente inspección y fiscalización del bien a adquirir será realizada por el funcionario responsable de esta adquisición, correspondiendo en esta oportunidad al encargado de la unidad de gestión, riesgos y desastres o quien lo subrogue, quien en virtud de su evaluación procederá a realizar la emisión del certificado de recepción de lo requerido.
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