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6.- DE LA PARTICIPACIÓN. |
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6.1 Requisitos del oferente.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales y jurídicas del giro, quienes cumpliendo con los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la forma exigida. Sin embargo, no podrán adjudicarse la propuesta quienes están inhabilitados de inscribirse en dicho registro, en virtud de lo dispuesto en el artículo N°154 del Reglamento de la Ley N°19.886, modernizada por la ley N°21.634, de Bases sobre Contra-tos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, reglamento aprobado por el D.S. N.º 661 del Ministe-rio de Hacienda, de 12 de diciembre de 2024.
Los oferentes que tengan calidad de personas naturales, podrán actuar personalmente conforme a lo pres-crito en el Decreto N°661 del 12 de diciembre 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento para aplicación de la ley N°19.886, modernizada por la ley N°21.634.
Los oferentes que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, podrán postular, pero deberán destinar del pago producto del contrato licitado al pago de dichos saldos, debiendo la empresa o persona natu-ral, según sea el caso, acreditar que las totalidades de las obligaciones se encuentren liquidas, informando al mandante con a lo menos de cinco días de anticipación del vencimiento de la boleta de garantía por fiel y opor-tuno cumplimiento del encargo.
6.2 Inscripción de proveedores.
Los organismos públicos afectos a la ley de Compras Públicas, como el caso de los municipios deben exigir a los proveedores que se encuentren inscritos en la plataforma Registro Proveedores al momento de suscribir el contrato para poder contratarlos. Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos, se otor-gara un plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha de notificación del decreto que adjudica la licitación a través del sistema de información, para que cumpla con dicho requisito.
6.3 Inhabilidades.
Por aplicación del artículo 4° de la Ley N°19.886, modernizada por la Ley 21.634 sobre compras públicas, no podrán participar en esta licitación, aquellos oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el estado por los siguientes motivos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la formalización de la adjudicación, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursables establecidos en el código penal.
b) El Alcalde de la comuna de Punitaqui, Concejales, así como los funcionarios directivos de la Ilustre Muni-cipalidad de Punitaqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del ar-tículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del estado, ni sociedades de personas de las que aquellos o éstas forman parte, ni sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en las que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, tampoco gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
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8.- PRESUPUESTO |
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El presupuesto disponible para la contratación del Servicio de topografía, será informado a través del Portal Mercado Público, el cual corresponde a $12.000.000 (doce millones de pesos), impuesto incluído.
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9.- ADJUDICACIÓN |
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La Ilustre Municipalidad de Punitaqui adjudicará la propuesta que cumpla con el total de los requerimientos técnicos detallados del bien a adquirir y se reserva el derecho a rechazar alguna o todas las ofertas si no las estimare convenientes para sus objetivos, así como el derecho a adjudicar la propuesta a cualquiera de los ofe-rentes, aunque no sea la propuesta más baja en precio, si conviene al municipio, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las Bases administrativas generales, bases técnicas y/o requerimientos técnicos. La adjudicación se aprobará mediante decreto alcaldicio y será informada a través del portal www.mercadopublico.cl. En el mismo acto de la adjudicación, será generada y enviada la orden de compra por los servicios al oferente adjudicado.
Una vez revisadas y debidamente ponderadas las ofertas y antecedentes presentados por los proveedores, la Comisión de Evaluación procederá a elaborar un informe respecto de las ofertas presentadas sugiriendo la adjudicación de la oferta que presente las mejores condiciones de cumplimiento con relación a las bases y todo documento que forma parte integra del proceso. Este informe debe remitirse al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui. El Alcalde puede optar por una oferta de mayor valor, siempre que este cumpla de mejor forma con los objetivos y fines del servicio y obtenga el mayor puntaje. El decreto que acepta la propuesta se notificará a todos los oferentes, por intermedio del sistema ChileCompra. La notificación se entenderá realizada luego de 24 horas desde que la unidad respectiva publique en el sistema de información el decreto correspondiente.
En el caso de la fecha establecida para la adjudicación no pueda cumplirse, se podrá modificar la fecha de adjudicación en la ID de esta licitación sin necesidad de emitir un nuevo decreto, sino indicando en el portal las razones de su incumplimiento.
La fecha de adjudicación será el día indicando en el portal web, sin perjuicio de ello y de acuerdo con lo es-tablecido en el artículo N°58 del reglamento de la Ley de Compras Públicas, dicho plazo podría variar por las siguientes razones:
a) No se logró conformar la comisión evaluadora dentro de la fecha correspondiente.
b) Retraso de la firma del decreto de adjudicación por compromisos del Alcalde y/o Secretario Municipal o sus subrogancias.
c) Por motivo de fuerza mayor, emergencia y otros imprevistos debidamente calificados.
d) Por reasignación del ítem o del presupuesto asignado.
En el caso que sea necesario ampliar el plazo de adjudicación, esta será realizada e informada en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo las razones del incumplimiento.
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10.- PLAZOS PARA LA PROVISIÓN DEL SERVICIO |
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El proponente deberá indicar el tiempo de ejecución, entrega de planos y demás archivos según corres-ponda, el cual no deberá ser superior a 70 días corridos, cuyo plazo comenzará a correr desde el día siguien-te a la fecha de aceptación de la orden de compra.
A su vez es IMPORTANTE: Si un oferente, presenta en su oferta un plazo menor al 70% de los días estipulados en la licitación, quedará automáticamente fuera de bases sin más trámite, por considerar-se su oferta peligrosa.
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15.- VISITA A TERRENO. |
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El terreno donde se emplazará el proyecto deberá ser visitado por los proveedores interesados y para tal efecto se fija como fecha de visita el tercer día hábil, una vez publicada la licitación en el portal Mercado Público, se considera como primer día hábil, el siguiente a la publicación, la convocatoria se realizará a las 10:00 Horas., previa reunión y presentación en la oficina de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad, ubicada en calle Caupolicán N° 1147, Punitaqui. El proponente que no concurra a la visita en la fecha y hora fijada, no podrá participar de la presente propuesta, dado que la visita es un requisito habilitante a fin de participar de la licitación. Se hace presente que los ofertante deben tomar las providencias necesarias a fin de cumplir con la hora fijada para la visita.
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17.- CONTRATO U ORDEN DE COMPRA. |
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El contrato se formalizará mediante la emisión y aceptación de la Orden de Compra, y el plazo de ejecución comienza a regir desde el momento a la aceptación de la misma. Si por cualquier causa que no sea imputable a la Municipalidad, no es aceptada esta misma dentro de un plazo de 3 días corridos, se entenderá desistimiento de la oferta pudiendo la Municipalidad hacer efectiva la garantía y adjudicar al siguiente proveedor mejor eva-luado. Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema, de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Por ser una contratación estándar de simple y objetiva especificación, el vínculo entre las partes se formaliza-rá mediante la emisión de orden de compra por parte de la Municipalidad y la aceptación por parte del provee-dor, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. La contratación no irroga mayor complejidad en los aspectos técnicos considerados por el requerimiento, ni respec-to a los tiempos de ejecución.
Para efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral N°10 del artículo 41, del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, el proveedor adjudicado deberá presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales extendido por la Dirección del Trabajo, para verificar si registra saldos insolutos de remuneracio-nes o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últi-mos dos años. Dicho antecedente debe ser presentado ante la Secretaria Comunal de Planificación junto con la Garantía de Fiel Cumplimiento del encargo y correcta ejecución del servicio.
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19.- DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO |
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Tanto la I. Municipalidad de Punitaqui como el proveedor adjudicado se obligan a mantener vigente el contrato por un periodo de 24 meses una vez aceptada la orden de compra, sin embargo la Municipalidad se reserva el derecho de ponerle término anticipado al contrato, en la eventualidad que no se cumplan las condi-ciones establecidas y ofertadas por el proveedor del servicio, sin el pago de indemnización de perjuicios en favor del adjudicatario.
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20.- MULTAS |
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En la eventualidad que transcurra el plazo indicado en la cláusula 10 de las presentes Bases para pro-veer la entrega de los bienes y el servicio a la Municipalidad sin que se cumpliere, el proveedor pagará una multa de 1 UTM por día de atraso.
En la eventualidad de fallas en los equipos o problemas de plataforma del proveedor, el servicio debe ser restituido en un plazo inferior a las 24 horas, en caso contrario se aplicará una multa de 0,5 UTM.
En la eventualidad de no cumplir en el tiempo estipulado lo solicitado en el punto N°13 de las presentes ba-ses se le aplicará una multa de 0,5 UTM por día de atraso.
En caso que las multas superen el 30% del monto total del contrato dentro del periodo de seis meses, se procederá al término anticipado del contrato.
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21.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DE INCUMPLIMIENTOS. |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la contraparte técnica notificará inmediatamente de ello al proveedor, personalmente por correo electróni-co o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de un Decreto Alcaldicio fundado.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la autoridad tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto fundado, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. El indicado acto deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o correo electrónico o mediante carta certificada.
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto fundado singu-larizado en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, mediante recurso de reposición ante jefe superior del servicio, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o re-emplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso.
El acto que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Se hace presente que toda comunicación entre la Municipalidad y el contratista se hará mediante correo electró-nico
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