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3. OBJETO Y DESCRIPCIÓN DE LA OBRA. |
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Las presentes Bases Administrativas Generales tienen por objeto regular el llamado a propuesta pública para la
contratación y ejecución de las obras del proyecto, todo lo cual deberá ser ejecutado según el proyecto
confeccionado para estos efectos por el mandante, acorde a lo establecido en las especificaciones técnicas, planos
y demás partidas de la presente licitación.
En cuanto al proyecto “Mejoramiento Plaza Deportiva, Código Bip 40072142-0”, se contempla lo siguiente:
El Proyecto Plan Maestro las Tres Villas Punitaqui, Plaza del Deporte tendrá un piso con un total de 850.32 m2
construidos. Para los trabajos u obras indicadas se utilizarán todos los materiales y/o elementos que sean necesarios
para la perfecta terminación y funcionamiento del recinto, aunque no se encuentren expresamente detallados en los
planos y/o Especificaciones.
Asimismo, los materiales deben considerarse siempre de primera calidad dentro de su especie. Su provisión y
uso se deberán ajustar estrictamente a las normas establecidas para cada uno de ellos y a las especificaciones de
los fabricantes.
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4. PRESUPUESTO. |
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El presupuesto oficial para la ejecución del presente proyecto denominado “Mejoramiento Plaza Deportiva,
Código Bip 40072142-0”, financiado por el Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Coquimbo,
correspondiendo a la suma única y total de $ 177.412.855.- (Ciento setenta y siete millones cuatrocientos doce mil
ochocientos cincuenta y cinco pesos).
La oferta es a precio fijo y no se pagarán mayores obras ejecutadas, si éstas no han sido autorizadas por el Municipio, tampoco se aumentarán los plazos sin su autorización ni se pagarán indemnizaciones de ninguna
naturaleza.
Aquellas ofertas que superen el valor antes indicado serán declaradas inadmisibles.
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5. REQUISITOS PARA PRESENTARSE A LA PROPUESTA. |
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Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras que no registren alguna
de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre
compras públicas, y no tengan algún vínculo de parentescos descritos en la letra b del artículo 54 del DFL 1- 19.653
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575. Asimismo, será requisito para participar
en la presente licitación el haber dado cumplimiento a las normas establecidas en la Ley N° 20.238 que estableció
la exclusión de aquellos oferentes que, al momento de presentación de su oferta, de la formulación de la propuesta
o de la suscripción del contrato hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años anteriores.
Previo a la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá contar con inscripción vigente y estar hábil en el
registro Chile Proveedores de acuerdo al artículo 16, Ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634 sobre
compras públicas. De no poseer dicha inscripción se le dará un plazo de tres días corridos contados desde la
comunicación vía correo electrónico al señalado en su oferta, si no se realiza su inscripción en el plazo señalado se
procederá a desestimar su oferta y re adjudicar la licitación.
Asimismo, será necesario que cuenten con algún tipo de inscripción vigente en registro de contratistas, ya sea,
Registro Municipal, MINVU, MOP y/o SERVIU.
El solo hecho de la presentación de la oferta a través del Portal de Mercado Público, significará la aceptación por
parte del proponente de las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, anexos, y en
general todo documento que lo acompañe.
Los oferentes que registren saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, podrán postular, pero deberán destinar
del pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa o persona natural, según
sea el caso, acreditar de las totalidades de las obligaciones se encuentran liquidas, informando al mandante con a
no más de cinco días de anticipación del vencimiento de la boleta de garantía por fiel y oportuno cumplimiento del
contrato.
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6. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: |
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Con ocasión de la entrada en vigencia de las modificaciones al Reglamento de la Ley de Compras, Decreto
Supremo N° 661 del 12 de diciembre de 2.024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o
jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión,
constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, a través de:
• Un documento público o privado, si se trata de licitación inferior a 1.000 UTM, el que deberá acompañarse a la
época de ofertar. En caso de no acompañarlo se rechazará la propuesta sin derecho a evaluación; no pudiendo
solicitarse su incorporación luego del cierre de recepción de propuestas según lo señalado en la Directiva N°22 de
la DCP.
• Una escritura pública ante Notario, si se trata de licitación igual o superior a 1.000 UTM, la que deberá acompañarse como antecedentes para contratar.
Cabe destacar, que la vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Será responsabilidad del proveedor ingresar su oferta a través del sistema de información como unión temporal de
proveedores, a efectos de que la singularizada institución pueda verificar estado de habilidad y pueda ser emitida la
respectiva orden de compra a nombre de la unión temporal. Se deja expresa constancia que en el caso que la oferta
no se encuentre ingresada como unión temporal de proveedores en el sistema de información
www.mercadopublico.cl, será rechazada en el acto de apertura, o en la revisión previa que haga la comisión de
evaluación.
La UTP no puede ocultar información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a alguno de sus
integrantes; en caso de hacerlo, esto se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el
contrato, siendo causal de término anticipado y ejecución de las garantías respectivas; sin perjuicio de hacer
efectivas las responsabilidades penales que pudieran concurrir.
De igual forma será causal de término anticipado la constatación de que los integrantes de la UTP constituyan
esta figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, en caso de verificarse tal situación; se remitirán los
antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Por otro lado, si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más
características objeto de la evaluación de la propuesta, tal circunstancia también será causal de término anticipado
del contrato.
Será obligatorio para los integrantes de la UTP informar inmediatamente sobre el retiro de uno o más de sus
integrantes.
Si el retiro señalado en el párrafo anterior se produce durante el periodo de evaluación de las propuestas, deberá
informar si producto de este retiro seguirá participando de la propuesta con los integrantes que sigan en la UTP o
desistirá de su oferta. Si el oferente que se retira reúne una o más características objeto de evaluación, esto será
causal de inadmisibilidad de la propuesta, sin derecho a evaluación.
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15. GARANTÍAS DE LA PROPUESTA. |
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Los participantes de la presente licitación pública, deberán suscribir los instrumentos de garantía que se detallan
más adelante, por los montos que allí se establecen y con las vigencias pertinentes.
La Municipalidad de Punitaqui no aceptará documentos de garantía tomadas por terceros distintos al oferente o
al adjudicatario, según sea el caso.
Respecto a documentos en garantía de las ofertas o fiel cumplimiento de contrato, específicamente respecto a
pólizas de garantía o certificados de fianza u otros que se otorguen conforme la Ley N° 19.779 sobre “Documentos
Electrónicos”, firma electrónica y certificación de dicha firma, estos deberán ser adjuntados de manera electrónica
en los días y hora estipulados en el cronograma de licitación al siguiente email de la oficina de partes municipal:
oficinadepartes@munipunitaqui.cl.
15.1 Seriedad de la oferta.
De conformidad a lo establecido en el articulo 52 del decreto supremo N°661 del 12 de diciembre del año 2.024
del Ministerio de Hacienda, el cual aprueba el reglamento de la ley N° 19.886 modernizada por la Ley N° 21.634
sobre compras públicas, La presente Entidad licitante no requerirá garantía de seriedad de la oferta.
15.2. De Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales.
Una vez realizada la adjudicación en el portal ChileCompra, el adjudicado deberá presentar garantía a la vista,
sin días de aviso, con carácter de irrevocable (EJ: boleta de garantía o Vale Vista o certificado de fianza), para
caucionar el fiel cumplimiento del contrato y de las Obligaciones Laborales, y todos los compromisos que
deriven del contrato en un plazo NO SUPERIOR A DIEZ DÍAS CORRIDOS. ESTE DOCUMENTO DEBERA SER
EMITIDO A NOMBRE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUNITAQUI, RUT: 69.040.900-3. Sin perjuicio de lo
anterior, la Municipalidad de Punitaqui podrá ampliar el plazo establecido para la entrega de dicha garantía, previa
solicitud del proveedor, la que deberá ser debidamente fundada y realizada antes del término de los diez días corridos
establecidos. Se solicita presentar esta garantía a la vista por un monto igual al 5% del precio contratado, cuya validez
no sea menor al plazo ofertado más 12 meses. En caso de aumento de obras, ésta garantía deberá ser renovada de
acuerdo al nuevo monto del contrato y en caso de ampliación de plazo, la garantía debe ser reemplazada por otra,
de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 3 meses. Sin embargo, si la garantía considera la ampliación del plazo
y los 12 meses corridos establecidos, no será necesario presentar una nueva boleta. Sólo en la situación de servicios
sin ampliación de plazos el proveedor debe presentar una Boleta adicional por el 5% de dicho aumento. La fecha de
vencimiento expuesta en el portal ChileCompra es sólo referencial, en la emisión de la garantía deberá ceñirse a los
plazos de vigencia estipulados en las bases, debiendo cubrir todo el plazo de ejecución de las obras incluyendo
ampliaciones de plazo si las hubiere, más 3 meses. Si en alguna etapa de la propuesta la garantía no cumple con la
vigencia requerida, el proveedor deberá prorrogarla, siendo requisito la vigencia de ésta durante todo el plazo desde
la firma de contrato más 12 meses, para la aprobación de la recepción.
Esta garantía debe contener la siguiente glosa:
“Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales
Propuesta Pública: “Mejoramiento Plaza Deportiva, Código Bip 40072142-0”.
El instrumento financiero presentado será restituido una vez que se entregue la boleta de correcta ejecución y
buen comportamiento de contrato, ello sin perjuicio de la responsabilidad del contratista señalado en el artículo 2003 del Código Civil. Esta garantía se hará efectiva en los siguientes casos:
a) Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las presentes Bases, contrato y
normativa respectiva, la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se hará efectiva y el contratista perderá
el 100% del valor de ésta.
b) Si existe incumplimiento de pago de las obligaciones laborales y previsionales, en tal caso el mandante
podrá hacer efectiva la boleta y contratista perderá el 100% del valor de ésta.
c) Si existe incumplimiento del plazo contractual ofertado y las multas cursadas no pudieren hacerse efectiva
en el estado de pago pendiente, se dará curso a la boleta perdiendo el contratista el valor correspondiente a las
multas imputadas, asimismo, se dará curso a la boleta de garantía en el caso que las obras presenten un retraso
superior a los 60 días del plazo original pactado, en tal caso el contratista perderá el 100% de su valor sumados a
las multas cursadas que se descontarán del estado de pago pendiente.
En caso de haber aumentos de plazo, ya sea por modificación de especificaciones o por atrasos justificados de
parte del contratista, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberán modificar las fechas de
vencimiento de las Boletas de Garantía en igual cantidad de días del aumento de plazo más tres meses prorrogando
la caución vigente. En caso que exista modificación del contrato y esto implique modificación de los montos de
inversión, la boleta deberá ser modificada En caso de aumento de obras y ampliación de plazo esta garantía deberá
reemplazarse por otra equivalente al 5% del valor total de contrato considerado el incremento y con una vigencia
que considere el plazo total incluido su aumento más tres meses. Sólo cuando haya aumento de obra y no de plazo,
se aceptará una boleta complementaria a la original correspondiente al 5% del aumento. De existir modificación al
contrato ésta se hará a través de Anexo al mismo al cual no se le dará curso si el contratista no presentare las
cauciones solicitadas.
15.3. De Correcta Ejecución y de Buen Comportamiento de la Obra.
Previo a la Recepción Provisoria de las Obras, el Contratista deberá entregar junto a la correspondiente factura,
una Boleta de Garantía Bancaria, póliza u otro instrumento financiero de cobro inmediato a la vista correspondiente
al 5% del valor total contratado, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, R.U.T: 69.040.900-3, con la glosa:
“Garantizar la correcta Ejecución y buen comportamiento de la obra: “Mejoramiento Plaza Deportiva, Código
Bip 40072142-0” y con una vigencia de doce meses, tomada a fin de caucionar la correcta ejecución de las obras,
ello sin perjuicio de la responsabilidad del contratista señalada en el artículo 2003 del Código Civil.
a) Esta Boleta de Garantía será devuelta al Contratista una vez realizada la Recepción Definitiva de las Obras.
b) Esta Boleta podrá hacerse efectiva por parte de la Unidad Técnica, si se detectaran fallas en la obra y el
contratista no se hiciere cargo de ellas, o, si a su fecha de vencimiento, no ha sido realizada la Recepción Definitiva
y/o la Boleta no ha sido renovada.
c) Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad que al Contratista corresponda de conformidad a lo dispuesto
por el Código Civil.
d) La garantía será devuelta al proveedor a su solicitud, previa recepción definitiva conforme de la ejecución
de las obras y recibido conforme sin observaciones las mismas.
** Las fechas referentes a garantías publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl son solo referenciales,
para su emisión deberá estarse a los plazos de vigencia exigidos en el Contrato.
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21. DEL CONTRATO. |
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Suscribirán el contrato:
a) El contrato será redactado por la Unidad Jurídica. El proponente adjudicado tendrá el plazo de 10 días hábiles
contados desde la fecha de notificación de la adjudicación para entregar la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento
de Contrato y las obligaciones laborales y presentarse a la suscripción del mismo. La notificación de adjudicación se
efectuará por parte de la Unidad Técnica al oferente adjudicado, a través de algún medio que permita certificar ésta.
b) El precio del contrato corresponderá al sistema de suma alzada sin reajuste, sin intereses de ninguna especie,
el que incluirá el costo de los aportes y/o derechos a los servicios respectivos, pago de honorarios, impuestos,
derechos notariales, gastos generales, utilidades, así como todo gasto adicional o imprevisto que irrogue su
cumplimiento, sea indirecto, directo o a causa de él.
c) Si el adjudicatario desiste y se niega a suscribir el contrato dentro del plazo estipulado, la Unidad Técnica
hará efectiva la Boleta de Garantía de la Seriedad de la Oferta y sin llamar a nueva licitación, podrá proponer
adjudicar a los otros proponentes en el orden en que hubiesen sido evaluados. El monto del cobro de la Boleta de
Garantía por Seriedad de la Oferta quedará a beneficio del Municipio en el caso que el contratista se desista de su
oferta y no suscriba el contrato.
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22. DEL SISTEMA DE PAGO. |
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22.1 Estados de Pagos:
Se adoptará el sistema de Estados de Pago mensuales.
Los estados de pago serán formulados por el contratista y revisados por la Inspección técnica de la Obra, todo
ello en forma mensual, salvo indicación expresa, al contrario, de acuerdo a lo establecido en las bases, a los cuales
se les agregará la respectiva factura el cual se realizará acorde al avance físico mensual de la obra cerrado los días
15 de cada mes, sean éstos hábiles o feriados.
Los Estados de Pago se formularán y pagarán de acuerdo con el desarrollo de las obras y el porcentaje que el
valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato, podrán igualmente en ellos
contemplarse, descuentos y retenciones que mencionen las presentes bases administrativas generales u otros
antecedentes que forman parte del contrato.
Los Estados de Pagos serán considerados como abonos parciales que efectúe el mandante durante el curso de
los trabajos en conformidad a lo dispuesto en estas Bases y tendrán sólo carácter de un anticipo concedido al
Contratista a cuenta del valor de la obra. En ningún caso se estimará este anticipo como la aceptación, por parte de
la Institución, de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el Contratista y a la cual corresponde dicho abono.
Para el pago de los Estados de Pagos, se deberá acompañar Certificado de la Inspección del Trabajo. Este
Certificado, se exigirá a partir del segundo estado de pago. Para el primer estado de pago, solo se exigirá adjuntar
la copia de los contratos de los trabajadores contratados para la faena.
Los Estados de Pago serán confeccionados con la documentación especialmente preparada por la Dirección de
Obras Municipales para esos efectos, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas, presupuestos detallados y
otros antecedentes que se consideren en el Contrato de Obra.
Los primeros días de cada mes, se solicitará al contratista la programación financiera de las obras, a fin de
requerir los recursos respectivos. En caso de avance real mayor que el programado, el Mandante no se obliga a
pagar, sino en relación con el Programa de Avance Porcentual Financiero Bruto Programado, de la obra.
La Inspección Técnica de la Obra (I.T.O) no podrá autorizar la inclusión en un Estado de Pago de materiales en
proceso de elaboración o en bodega, que no estén incorporados a la obra.
Los Estados de Pago se deberán confeccionar de acuerdo con los estados de avance que tome la Inspección
Técnica de la Obra. Los estados de avance se establecerán de acuerdo con las incidencias por partidas que fije la
Unidad Técnica.
La fuente de financiamiento del presente proyecto es proveniente del Servicio de Vivienda y Urbanización Región
de Coquimbo, la factura deberá ser emitida a nombre de la I. Municipalidad de Punitaqui.
Los Estados de Pagos se presentarán a la Inspección Técnica de la Obra (ITO) de la Unidad Técnica cuando
efectivamente se haya ejecutado la cantidad de la obra que especifica cada Estado de Pago adjuntando los
siguientes documentos:
a) Carta dirigida al mandante en la que conste la fecha de cobro del estado de pago y documentos que adjunta.
b) Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite que el contratista ha dado cumplimiento a las
obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, conforme a lo señalado en la ley N°18.620 del Ministerio
del Trabajo y Previsión social, que aprueba el código del trabajo.
c) Certificado (s) de ensayo(s) de materiales si corresponde.
d) Certificaciones de calidad de materiales y/o partidas del proyecto, que hayan sido solicitados por la inspección
técnica de obras (ITO).
e) Formato de control y estado de avance firmado y timbrado por la I.T.O. el que deberá incluir, en porcentaje,
el avance ofertado y efectivo de la obra y el avance del contrato expresado en días corridos desde la firma de éste.
f) Formato estado de pago en triplicado firmado y timbrado por el I.T.O y el contratista.
g) Factura Individual por cada estado de pago (fotocopia), adjuntando además la respectiva copia cedible o
copia del contrato de factoring.
h) Copia legalizada de contratos y finiquitos de trabajadores, cuando corresponda.
i) 2 Set de 10 de fotografías nítidas a color de 10X15 cm del avance de las obras.
j) Set de fotografías en formato digital (Mínimo 10 imágenes).
k) En el primer estado de pago, adjuntar copia de las solicitudes ingresadas a otros servicios públicos, según la
naturaleza del proyecto (Ejemplo, seremi salud, permiso edificación (dom).
22.2Tratándose del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar además lo siguiente:
a) Acta Entrega Terreno.
b) Pólizas de Seguro según se señala en las Bases.
c) Copia de Boleta de garantía por fiel cumplimiento de contrato.
d) Listado y contrato de trabajadores que se desempeñarán en la Obra.
e) Fotografía nítida del letrero de obras instalado. Ésta deberá ser incluida, de lo contrario no se
procederá a realizar el pago correspondiente.
22.3 Tratándose del último Estado de Pago, se deberá acompañar lo indicado anteriormente y además lo
siguiente:
1) Un ejemplar del Acta de Recepción Provisoria, sin observaciones.
2) Boleta de Garantía por Correcta Ejecución y Buen Comportamiento de la Obra.
3) Certificado de Dirección Provincial del Trabajo, referente a la obra, sin observaciones, respecto de los
trabajadores que participaron en la ejecución de la obra.
4) Registro fotográfico de la Obra Terminada.
Se deja establecido que conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al
contratista un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y
previsionales emitido por la inspección del trabajo respectiva. Asimismo, se exigirá la referida documentación
respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer
efectivos los derechos que le asisten a la Municipalidad de ser informado y de retención consagrados en el inciso 2º
y 3º de la aludida normativa legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones
laborales y previsionales a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
Si el contratista no acredita a la fecha de presentación del estado de pago respectivo el pago de las
remuneraciones y leyes sociales de los trabajadores de la obra, no se cursará dicho estado de pago.
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24. PLAZOS. |
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El plazo efectivo para ejecución de las obras será el ofrecido por el oferente en su propuesta y en días corridos,
el cual regirá a contar de la entrega del terreno por parte de la Unidad Técnica y será de 180 días corridos. El oferente
no podrá superar el plazo antes indicado de lo contrario su oferta será declarada inadmisible. A su vez es
IMPORTANTE: Si un oferente presenta en su oferta un plazo menor al 70% de los días estipulados en la
licitación, quedará automáticamente fuera de bases sin más trámite, por considerarse su oferta peligrosa.
La Unidad Técnica podrá acoger solicitudes de aumento de plazo debidamente fundamentadas, pero tales
aumentos no darán derecho al pago de gastos generales, salvo casos muy justificados y con expresa aceptación
del Mandante. En caso que se autorice aumento de plazo el contratista deberá reemplazar la boleta bancaria de la
obra por otra equivalente, todo acorde a lo indicado en el punto 15.2 de las presentes bases
Cabe señalar que los proveedores deberán aceptar o rechazar las órdenes de compra recibidas por el Sistema,
de acuerdo al contenido de las mismas. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos
públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde
dicha solicitud.
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26. MULTAS. |
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26.1Por atraso en el término de la Obra.
a) Por cada día de atraso, respecto del plazo ofertado de término de la obra, el contratista deberá pagar una
multa del 0,002% del valor total contratado, igual multa se cursará en caso de retraso en el término administrativo
del proyecto. Esta multa se cursará con un máximo de 60 días, sin perjuicio de la facultad administrativa del
mandante de dar término unilateral al contrato por incumplimiento de las obligaciones del contrato acorde a las
presentes bases. En caso de declarar término anticipado del contrato por dicha causal junto con el cobro de las
multas pendientes se dará curso sin más trámite al cobro de las cauciones que resguardan el contrato.
b) Esta multa será aplicada por la Unidad Técnica por vía administrativa y se descontará del último Estado de
Pago de ser insuficientes se deducirá de las retenciones o, en su defecto, de las Garantías.
c) Para efectos del cálculo de días sujetos a multas, se considerará como atraso la diferencia existente entre el
plazo efectivo de ejecución de la obra, y el ofertado cómo término de la obra más las ampliaciones que se otorgaran.
d) Si para superar las observaciones indicadas en el 25 letra c y 26.1 de estas Bases, el contratista requiere de
un plazo que excede el plazo ofertado de término de la obra, más las ampliaciones de plazo autorizadas, este plazo
será considerado como atraso para los efectos señalados en el punto 25 letra a.
26.2 Por no instalación del letrero de obras.
Se aplicará una multa de 0,5 U.T.M diaria, por la no instalación del letrero de obra, cuyo plazo máximo de instalación
será de 15 días corridos contados desde la fecha de entrega de terreno.
26.3 Por incumplimiento de instrucciones de la I.T.O
El contratista deberá someterse a las instrucciones de la inspección técnica de obras, las que se impartirán
siempre por escrito según lo establecido en las presentes Bases conforme a los términos y condiciones del contrato.
El incumplimiento de cada instrucción impartida por la I.T.O será sancionada con una multa diaria de 1 UTM, por
el período que se mantenga la transgresión a dichos preceptos las que serán deducidas del siguiente estado de
pago.
El contratista podrá apelar ante la Unidad Técnica dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en la que
la Inspección Técnica de Obra haya formulado una instrucción. La Unidad Técnica resolverá en un plazo no superior
a 5 días hábiles desde su recepción en la Secretaría Comunal de Planificación, considerando para evaluar la
gravedad del hecho, la eventual reiteración de éste y el grado en que afecte aspectos esenciales de la obra.
Si el contratista no apelara o si su apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida, el
Mandante o la Unidad Técnica podrán previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago o, según
la gravedad del caso y previa notificación al contratista, poner término anticipado al contrato de ejecución de obras,
por causas imputables a éste.
26.4 Multas Por No Cumplimiento En La Contratación De Mano De Obra Local:
Tomando en consideración el desarrollo económico y social de la comuna de Punitaqui, y atendiendo al interés
público comprometido en la ejecución del presente contrato, el adjudicatario deberá priorizar la contratación de mano
de obra residente en la comuna de Punitaqui, procurando favorecer la empleabilidad local durante la ejecución de
las obras que establecen las presentes bases
El municipio, a través de la Inspección Técnica de la Obra, podrá verificar el cumplimiento de del principio
mencionado en el apartado precedente, tanto mediante fiscalizaciones en terreno como en el proceso de revisión de
los estados de pago, para lo cual el contratista deberá acompañar la nómina de trabajadores y la documentación
laboral y previsional correspondiente, que permita verificar el domicilio declarado por cada uno de ellos. Lo anterior,
en concordancia con lo mencionado en el punto N°22 de las presentes bases.
En caso de constatarse la existencia de trabajadores cuyo domicilio se encuentre fuera de la comuna de
Punitaqui, este municipio podrá iniciar el correspondiente procedimiento administrativo de aplicación de multa,
otorgando previamente al proveedor la posibilidad de formular los descargos y antecedentes que estime pertinentes
y sean objetivos para la justificación de dicha situación en el plazo de 5 días desde notificada la multa.
Concluido el procedimiento administrativo respectivo, y en caso de rechazarse los descargos presentados (si los
hubiere), podrá aplicarse una multa de 0,2 UTM por cada trabajador que no haya sido posible acreditar su domicilio
en la comuna de Punitaqui, la cual será determinada mediante resolución fundada y aplicada conforme a los
principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso, siendo descontada del estado de pago correspondiente
o, en su defecto, de las retenciones o garantías vigentes, si el incumpliendo persiste, según lo establecido en las
presentes Bases en el punto 26.4.
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32. VISITA A TERRENO. |
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Se realizará una visita a terreno de carácter obligatoria. En cumplimiento a lo dispuesto en el Instructivo N°6/2024
del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, se establece el siguiente Programa de Visitas a Terreno, de
carácter obligatorio, para el proceso de licitación del proyecto “Mejoramiento Plaza Deportiva, Código Bip 40072142-
0”.
1. La visita a terreno tiene por finalidad permitir a cada oferente conocer las condiciones físicas, topográficas y
logísticas del sector donde se ejecutará la obra, asegurando igualdad de condiciones, transparencia, trazabilidad y
el cumplimiento de las medidas precompetitivas establecidas por el TDLC.
2. Las visitas se realizarán de manera individual para cada oferente, evitando la presencia simultánea de distintas
empresas. La Municipalidad no sostendrá contacto directo previo con las empresas fuera de la plataforma de
compras públicas, salvo las jornadas de agendamiento. Las jornadas de agendamiento se considerará Hito Oficial
del proceso licitatorio. En caso de que el representante legal de la empresa no pueda asistir a la jornada de
agendamiento o a la visita a terreno, podrá hacerlo otra persona debidamente autorizada mediante poder simple
otorgado por el representante legal, el cual deberá ser presentado en el momento de la acreditación.
3. Se informará en el cronograma adjunto en los antecedentes de la licitación la fecha y horario en que se
desarrollarán las jornadas de agendamiento.
Asistencia Presencial: Las empresas interesadas deberán concurrir en la fecha y hora confirmada posterior a su
agendamiento.
Registro y Asignación: El funcionario municipal designado inscribirá a la empresa en el acta habilitada, indicando
nombre, RUT, representante y RUT, y asignará fecha y hora específicas para la visita individual.
Acta de Asignación de Visita: El representante de la empresa (o la persona autorizada con poder simple) y el
funcionario municipal firmarán el acta, entregándose copia a la empresa (la cual deberá estar adjunta en su oferta)
y quedando la original en poder del municipio.
No se aceptarán solicitudes posteriores ni reprogramaciones fuera del calendario oficial.
4. Ejecución de la Visita Punto de Encuentro: Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en el 2do piso de la Municipalidad de Punitaqui (Edificio Consistorial), según horario entregado en jornada de agendamiento.
Responsabilidad de Movilización: Cada empresa deberá llegar por sus propios medios y asumir los costos y
riesgos asociados.
El funcionario municipal a cargo de la visita deberá consignar en el Acta de Visita a Terreno Obligatoria la hora
efectiva de inicio de esta.
El funcionario a cargo tendrá facultades para declarar ausente a todo proveedor que, habiendo suscrito el acta
de visita, se retire antes de que esta finalice.
Al término de la visita, se firmará el acta por ambas partes, entregando copia a la empresa y archivando la original
en el expediente municipal.
5. La participación en las jornadas de agendamiento es requisito indispensable para la asignación de hora de
visita.
La asistencia a la visita a terreno, en la fecha y hora asignadas, es requisito obligatorio para la presentación de
oferta.
La no asistencia a cualquiera de estas etapas inhabilitará la presentación de oferta.
Serán rechazadas en el acto de apertura o en la revisión previa a la evaluación que realice la comisión evaluadora
aquellas propuestas presentadas por oferentes, que no conste hayan suscrito la referida Acta de Visita a Terreno, la
cual será debidamente publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl
1) PROCEDIMIENTO DE AGENDAMIENTO (tercer día hábil, una vez publicada la licitación en el portal Mercado
Público, se considera como primer día hábil, el siguiente a la publicación).
• Canal exclusivo: correo electrónico a secplan@munipunitaqui.cl
• Asunto: “Agendamiento visita – ID XXXX-XX-XXXX”
• Contenido mínimo: razón social y RUT del oferente; nombre, cargo y teléfono de la persona responsable;
número de asistentes (máx. 2 por empresa); día preferente y hasta tres alternativas de bloque horario (ver punto 2)
• Criterio de asignación: en estricto orden de ingreso del correo dentro del horario indicado.
• Secuencia de llenado: al completar los bloques del lunes 6 de octubre, se continuará con los del martes 7 de
octubre.
• Confirmación: la Municipalidad enviará correo de confirmación con el bloque asignado y punto de encuentro.
2) DÍAS Y BLOQUES DE VISITA:Las visitas se efectuarán en las fechas indicadas en el anexo que se acompañará
como adjunto a la presente licitación, el cual será publicado en el portal Mercado Público.
3) CONSIDERACIONES
• Inicialmente se asignará un (1) bloque por empresa. Si quedaran cupos, se evaluará reasignación.
• En caso de alta demanda, se habilitarán fechas adicionales de visita, lo que se informará mediante nueva
aclaración en el portal.
• Esta aclaración no modifica las demás fechas o requisitos del proceso establecidos en las Bases.
Se solicitará que la persona que concurra a dicha visita de terreno, sea profesional del área de la construcción,
ya sea, Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor o Constructor Civil (Estos profesionales deben contar con
un poder notarial en el que se indica que es asignado para dicha visita).
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