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ENMIENDAS Y ACLARACIONES ANTES DEL CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS. |
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El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez podrá efectuar enmiendas y aclaraciones a las Bases de Licitación, y demás documentos de la propuesta, antes del cierre de la recepción de oferta. La fecha de adjudicación, podrá ser modificada en cualquier momento del proceso de licitación y cuando el CESFAM lo estime conveniente.
Las enmiendas, aclaraciones y/o alcances podrán o no dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el CESFAM.
En el caso que estas enmiendas, aclaraciones y/o alcances a las Bases de Licitación impliquen una modificación a las bases de licitación, éstas deberán formalizarse mediante Resolución.
El CESFAM deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
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CONSULTAS Y RESPUESTAS ANTES DEL CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS. |
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Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Foro de la presente licitación en Sistema de Información www.mercadopublico.cl, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán publicadas en el mismo foro, conforme a las fechas establecidas en el Calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
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Comisión. |
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Para efectos de apertura, evaluación y proposición de adjudicación se designará una comisión, la que estará integrada al menos por 3 funcionarios del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. Los nombres de los integrantes serán definidos por la Unidad Requirente para ser Aprobados por Resolución Exenta.
La Comisión podrá constituirse y deliberar con un mínimo de 3 miembros, además podrá asesorarse para el cumplimiento de sus fines por otros profesionales, que serán requeridos por la Comisión.
Los miembros que participen en los procedimientos de contratación por parte del mandante deberán abstenerse de participar en los procesos en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad en los términos del artículo 64 N°6 de la Ley N° 18.575, presenten conflictos de intereses con los Oferentes, u otra situación reñida con la probidad en relación a ese procedimiento, de conformidad al artículo 6º bis e inciso cuarto del artículo 37 del Reglamento de Compras Públicas. Para tal efecto estos deberán firmar una declaración jurada simple de ausencia de conflicto de intereses.
La comisión levantará Acta de sus actuaciones, las que deberán contener como mínimo lo señalado en el artículo 40º bis del Reglamento de Compras Públicas y la propuesta al Director del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, del oferente que recomienda sea adjudicado, basándose estrictamente en las Bases de licitación y especialmente en los Criterios de Evaluación contenidos en las mismas.
En caso de no ser posible efectuar la adjudicación en la fecha establecida, estará permitido establecer una nueva fecha mediante Resolución fundada.
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Ofertas declaradas inadmisibles. |
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Serán causal de inadmisibilidad de la oferta lo siguiente:
- La no presentación oportuna de los documentos, estipulados en el punto Nº8 de las presentes Bases de Licitación.
- El no cumplimiento en la forma de presentación de la oferta, estipulado en el punto Nº5 de las presentes Bases de Licitación.
- Por no enmarcarse la oferta dentro del presupuesto disponible, estipulado en el punto Nº5 de las presentes Bases de Licitación.
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez se reserva el derecho de rechazar fundadamente ofertas, en caso de que no cumplan con los requisitos estipulados en las Bases, en consideración a los intereses de la Institución o del Fisco, o bien cuando no satisfagan las necesidades o propósitos de esta Licitación.
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Apertura y evaluación. |
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El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente, una vez vencido el plazo para la presentación de las ofertas indicado en el Calendario de la Licitación y a la hora establecida en el Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
En el acto de apertura, el CESFAM revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, conjuntamente con verificar la presentación de todos aquellos documentos exigidos en el Numeral 8. Por lo tanto, en esta etapa se deberán aceptar o rechazar las ofertas, según hayan cumplido con lo indicado precedentemente. Luego de ello, avanzarán al proceso de aplicación de los criterios de evaluación (matriz de evaluación o cuadro comparativo), aquellas ofertas que cumplan con los requerimientos técnicos obligatorias o excluyentes, es decir aquellas propuestas que correspondan estrictamente al bien y/o servicio que se está licitando.
Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, por lo que, una vez iniciado este proceso, no se admitirá propuesta alguna, modificaciones de las presentadas y/o solicitud de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes.
El oferente podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentran en el portal de Chile Proveedores, debiendo efectuar una mención explícita de ello en la presentación del respectivo antecedente.
El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación al acto de apertura y/o evaluación, deberá hacerlo a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo dispuesto en la primera parte del inciso final del artículo 33 del Reglamento.
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Solicitud de aclaraciones y antecedentes. |
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La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Esta solicitud se efectuará a través del Foro de la presente licitación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y estos dispondrán de 48 horas, a partir de la hora y día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes mencionado. De no presentar la documentación solicitada en esta segunda instancia o no presentarla en los plazos o términos señalados, se rechazará o declarará inadmisible la oferta, mediante el acto administrativo correspondiente. Todo lo anterior, de acuerdo al Artículo 9º de la Ley de Compras y al Artículo 40 del Reglamento. La utilización de esta facultad influirá en la evaluación de la propuesta.
El requerir información de acuerdo a lo solicitado precedentemente afectará la evaluación del oferente en el criterio de Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Resolución de Empates |
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Si existe un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando la oferta con el mayor puntaje en el criterio Propuesta Económica.
Si luego de ello persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando la oferta con mayor puntaje en el criterio de Evaluación Técnica.
Si aún así persiste el empate, se resolverá adjudicando la oferta con mayor puntaje en el criterio Experiencia de la Empresa en el Rubro.
De persistir el empate, se resolverá adjudicando la oferta con mayor puntaje en el criterio requisitos formales.
Si se mantuviere el empate, se resolverá adjudicando la oferta que ingresó primero.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La Comisión emitirá un Acta de Evaluación y presentará la propuesta de adjudicación, la que se remitirán al Director del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez o quien tenga delegada tal facultad, para que éste ratifique, modifique o rechace dicha proposición. La modificación o el rechazo deberán ser fundados en el marco de las presentes Bases.
Aprobada la proposición de la Comisión Evaluadora por el Director del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez o quién tenga delegada tal facultad, se dictará la Resolución de Adjudicación que corresponda, la cual una vez que haya concluido su tramitación, se publicará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada al adjudicatario transcurrido 24 horas desde la publicación en el Portal.
En caso de no ser posible efectuar la adjudicación en la fecha establecida, estará permitido establecer una nueva fecha, la que se formalizará mediante Resolución Fundada.
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Readjudicación |
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La presente licitación quedará sujeta a la posibilidad de re-adjudicar, en caso de que el proveedor adjudicado presente algún problema con las Bases de Licitación, o con su Oferta, o se niegue a aceptar la orden de compra infundadamente, o no suscriba el contrato respectivo o el acta de entrega del estudio en el plazo señalado, según sea el caso.
La declaración de re-adjudicación del Servicio será al proponente mejor evaluado que sigue al adjudicatario, o en caso de ser necesario, se realizará una nueva licitación.
Además de lo anterior, se notificará a la Dirección de Compras Públicas sobre el incumplimiento de contrato por parte del adjudicatario que genera la re-adjudicación, para todos los efectos legales que procedan.
Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá:
- Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presentan proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
- Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad.
- Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al Artículo 9, Inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación.
Adjudicada la propuesta, no podrá el oferente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
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Validez de la oferta. |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Consultas sobre la adjudicación. |
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Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica carlos.cofre@saludaysen.cl
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La Orden de Compra |
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La Orden de Compra se emitirá a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, por el monto total adjudicado (incluidos impuestos), y será enviada al oferente adjudicado.
Una vez enviada la Orden de Compra por parte del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, el proveedor debe realizar la aceptación de la misma en el mencionado portal.
El oferente adjudicado tendrá un plazo máximo de 48 horas cronológicas para aceptar la orden de compra y se entenderá como rechazo que el proveedor no la haya aceptado transcurrido dicho plazo.
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Contrato. |
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Regirán la relación contractual entre las partes, todos los documentos que forman parte del llamado a licitación pública hasta la emisión de la orden de compra; considerándose especialmente las BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ANEXOS Y LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE “ SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN PARA EL CESFAM DR. ALEJANDRO GUTIERREZ Y SUS DEPENDENCIAS”, y los documentos que a título de informes, facturas, boletas y observaciones o alcances se emitan durante la vigencia de la relación contractual.
El contrato a que se refieren estas bases no contempla reajuste ni intereses, se formalizará una vez el proveedor haya firmado el contrato y posteriormente se enviará la Orden de Compra, la cual debe ser aceptada por parte del proveedor en el sistema de información www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a 48 hrs.
Regirán la relación contractual entre las partes y todos los documentos que forman parte del llamado a licitación pública, especialmente las BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION, ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS de la licitación para “SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN PARA EL CESFAM DR. ALEJANDRO GUTIERREZ Y SUS DEPENDENCIAS” y los documentos que a título de informes, facturas y observaciones o alcances se emitan durante la vigencia de la relación contractual
En el evento que el adjudicatario no cumpla con lo anterior, el Mandante podrá proceder a re-adjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado.
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases de Licitación, preguntas y respuestas del proceso licitatorio y la oferta del adjudicatario, se entenderán incorporadas, sin necesidad de mención expresa en los contratos que se realicen con el adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven.
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Vigencia del Contrato. |
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Se establece la necesidad de contratar los Servicios por 09 meses a partir de fecha registrada en el contrato respectivo.
Sin perjuicio de la total tramitación del acto administrativo que apruebe su adjudicación y posterior aceptación de Orden de Compra, éste tendrá una vigencia de 12 meses. Y podrá, según evaluación favorable del Supervisor del contrato, renovar la vigencia de éste, por única vez y hasta por igual período de tiempo contratado inicialmente, siempre y cuando el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez lo requiera y tenga disponibilidad presupuestaria.
Se deja establecido que existe un periodo inicial de prueba de 3 meses, donde de acuerdo a evaluación del encargado de Contrato (jefe de la Unidad de Operaciones del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez), se podrá dar término o continuidad a este.
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Gestor del contrato |
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El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez define una contraparte Técnica para la supervisión y coordinación de la respectiva Consultoría, nombrando como Supervisor al Jefe de la Unidad de Operaciones don Paolo Gallardo o quien la subrogue o sea designado al efecto, correo electrónico: mantención.cag@saludaysen.cl, quien ejercerá las siguientes funciones:
- Informar/notificar a abastecimiento por correo electrónico en caso de incumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento de lo contratado.
- Coordinar con la oficina de personal el enrolamiento de los auxiliares de aseo y/o su reemplazo.
- Dar visto bueno y recepción conforme del Servicio a través del registro o planilla de asistencia, cotejado con el libro de la empresa para posterior a ello proceder al pago mensual de la contratación, revisando si existieran días faltantes, atrasos en los horarios de entrada, salida antes de los auxiliares, entre otros.
- Recepcionar y revisar carpeta de cada uno de los auxiliares de aseo, que contenga sus cotizaciones, liquidaciones de pago y certificado de antecedentes al día.
El Gestor de contrato, podrá exigir al proveedor adjudicado el cambio de personal de aseo si hay descontento o reclamos respecto a su actitud, desempeño, presentación personal, o si se detecta consumo de sustancias ilícitas o de alcohol, u otra situación similar que lo amerite.
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Supervisión del contrato. |
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La empresa de aseo deberá contar con un (1) supervisor ubicable, de lunes a sábado, con el fin de coordinar el servicio de limpieza y desinfección quién deberá presentarse 02 veces por semana en El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez y/o las dependencias donde se este realizando el servicio. El supervisor deberá ser una persona distinta a aquellos/as auxiliares que ejecutan el servicio. Lo anterior sin perjuicio de que uno o varios operadores puedan ejercer la coordinación en terreno en forma rutinaria. El Proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá entregar los datos de contacto del supervisor.
El supervisor tendrá que coordinar directamente con el gestor de contrato y ejercerá las siguientes funciones:
- Llevar la planilla/registro de asistencia propio de los auxiliares de aseo, revisando si existieran días faltantes, atrasos en los horarios de entrada, salida antes de los auxiliares, entre otros e informarlo al Gestor de contrato.
- Efectuar inspecciones 02 veces por semana en terreno a distintas horas y llevar un registro de ello.
- Verificar en terreno el correcto desarrollo y cumplimiento de los horarios, normas e instrucciones impartidas, dejando constancia en el libro de novedades que se disponga para estos efectos.
- Registrarse en el libro de asistencia o libro de novedades cada vez que se realice la visita.
- El supervisor será el encargado de solucionar problemas cotidianos, atender consultas o cualquier otra materia concerniente al servicio contratado.
- El supervisor deberá estar investido de las atribuciones de sanción, potestad de mando y de dirección frente al personal que preste los servicios y será quien representará al personal frente a situaciones de reclamo.
- Realizar todas las anotaciones que estime conveniente en el libro de novedades, donde se dejarán por escrito cualquier situación fuera de lo normal de un día de trabajo y las visitas realizadas por el supervisor
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multas |
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El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez cobrara multas al prestador en caso de que este incurra en incumplimiento de lo señalado en estas Bases y/o contrato relativo al servicio requerido. El jefe de la unidad de Operaciones será el encargado de ejercer el control del contrato, visara las facturas del servicio de limpieza y desinfección y dará cuenta del cumplimiento del servicio o resultado, calidad y plazo de entrega, o de los incumplimientos en que haya incurrido el proveedor respecto a objetivos o plazos definidos, caso en cual propondrá la aplicación de multas pertinentes.
En el caso en que hubiera incumplimientos y sea motivo para cursar multas se deberá informar a la Unidad de Abastecimiento del CESFAM a través de un informe, detallando lo sucedido. Las multas podrán ser aplicadas en forma independiente o de manera conjunta.
Las multas podrán ser aplicadas en forma independiente o de manera conjunta, en los siguientes casos:
14.8.1. Multas leves:
Las multas leves se cobrarán un equivalente a 1 UTM por cada incumplimiento y estas deberán ser descontadas de la facturación mensual en el mes que se infringió el incumplimiento del contrato y que se indican a continuación:
- Incumplimiento en la asignación de personal, entendiéndose como tal la ausencia del auxiliar de limpieza y desinfección en tres (3) ocasiones, sin que se haya informado con al menos 24 horas de anticipación al gestor del contrato ni gestionado un reemplazo.
- Trato incorrecto o deficiente a los funcionarios por parte de el o los auxiliares de limpieza y desinfección, debidamente comprobado, por el cual se hará un informe por escrito dirigido al Depto. Administración y Finanzas, representado por el Jefe de la Unidad.
- Atraso reiterado en los horarios de entrada y/o salida. Se entenderá como reiteradas veces, tres (3) ocasiones
- Rehusar el cumplimiento de funciones como auxiliares de limpieza y desinfección, establecidas en las Bases de Licitación.
- Presentación de un auxiliar de limpieza y desinfección sin uniforme o sin delantal.
14.8.2. Multas graves:
Las multas graves se cobrarán un equivalente a 3 UTM por cada incumplimiento y estas deberán ser descontadas de la facturación mensual en el mes que se infringió el incumplimiento del contrato y que se indican a continuación:
- El auxiliar de aseo llegue a cumplir sus funciones en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, o se desempeñe en dichos estados durante la jornada de trabajo.
- Acumulación de 3 multas leves.
- La no entrega de la carpeta de cada uno de los auxiliares de aseo y que contenga el no pago de sus cotizaciones.
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato; superado ese límite, se configurará una causal de término anticipado del contrato.
En caso de aplicar alguna sanción, por los motivos descritos en el punto anterior, se concederá un plazo de 5 días hábiles, a fin de que este manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento.
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Facturación y pago. |
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El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez pagará al adjudicatario en 12 cuotas, proporcionales a los días de servicios prestados.
La Factura deberá emitirse a nombre del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez,
Rut Nº 61.974.500-0, dirección calle Bilbao esquina Mackenna s/n, Coyhaique y esta debe contener el número de la orden de compra a la que corresponde la factura en el recuadro de referencia/campo 801
Cabe señalar que, respecto al devengo y pago oportuno de Facturas, se debe tener presente lo siguiente:
- El proveedor deberá aceptar la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl.
- El proveedor deberá emitir la factura electrónica una vez que el bien o servicio esté recepcionado conforme, por parte del gestor de contrato o su subrogancia del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez.
- El gestor del contrato, cuando haya recepcionado el bien o servicio, tendrá un plazo no superior a 180 horas para hacer llegar el certificado de recepción conforme según formatos y procedimientos establecidos. La boleta o factura emitida que no cuenten con este respaldo será rechazada a través de la página del Servicio de Impuestos Internos.
- El pago de la factura se efectuará en un plazo no superior a 30 días, desde la fecha de emisión del documento, previa recepción conforme de los servicios, se realizará en moneda nacional (pesos chilenos) y se entenderá mediante transferencia electrónica o cheque; a través de Tesorería General de la República o el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, según instrucciones vigentes. El proveedor deberá indicar el número y datos pertinentes, cuenta bancaria en el Anexo Nº1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE”.
Lo anterior, sin perjuicio de estarse a nuevas instrucciones en la medida que quede sin efecto lo instruido por la Dirección de Presupuestos a través de Oficio Circular N°14 del 08.03.2023, que suspende el pago centralizado a través de la Plataforma de Pago Automatizado (PPA), función que era gestionada a través de la Tesorería General de la República.
- Se requiere al proveedor indicar, en su factura, "condición de pago crédito", toda vez que, si indica "condición pago contado" o "condición de pago efectivo", el Sistema de Gestión de Documento Tributario Electrónico, SGDTE, lo asume como cancelado y no procesa el pago.
- En caso de errores en la emisión de la factura, esta será reclamada dentro del plazo de 192 horas y se solicitará al proveedor la respectiva Nota de Crédito y refacturación del documento.
- En el caso de que el inicio o término de los servicios fuesen durante el transcurso del mes, sólo se realizará el pago por los días que se prestaron los servicios.
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Discrepancias |
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Ante discrepancias entre lo indicado en las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos o cualquier otro documento que regule el proceso licitatorio) y lo indicado en la Ficha de Licitación del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, prevalecerá lo señalado en las Bases de Licitación.
Ante discrepancias entre las Bases, oferta y/o el contrato, prevalecerá la oferta en todas aquellas situaciones en que ésta establezca condiciones, plazos, montos o valores, o modos más ventajosos para el CESFAM De otra forma prevalecerán las Bases.
Ante discrepancias entre las Bases y el Contrato, prevalecen las Bases, siempre que la discrepancia no diga relación o sea producida con ocasión de la oferta, pues en dicho caso prevalecerá el contrato.
Ante discrepancias entre el Anexo económico presentado por el oferente y lo ofertado en el Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl, prevalecerá lo ofertado a través del Sistema de Informaciones, que será lo indicado en el comprobante de oferta de la licitación.
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Cláusula de Confidencialidad |
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El adjudicatario estará obligado a guardar secreto respecto de las actividades desarrolladas en el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, tanto durante la vigencia del Contrato como una vez extinguido éste. En consecuencia, no divulgará ni dará a conocer a nadie, ni utilizará en beneficio propio o de terceros los datos sensibles de pacientes y usuarios de los sistemas informáticos del CESFAM, que por razones de sus servicios hayan llegado a su conocimiento, ni respecto de los proyectos en desarrollo o en planificación, así como también respecto de los modelos, sistemas o directrices utilizados o de propiedad de la misma, salvo que mediante autorización expresa, específica, escrita, firmada y timbrada de la Dirección del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez.
Todos los registros, documentos, informes y archivos tanto físicos como electrónicos, que estén en poder del prestador, o que hayan sido elaborados por éste con relación a sus funciones, serán de propiedad del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, siendo obligación del adjudicatario hacer entrega de la totalidad de los mismos en la fecha de extinción del Contrato.
El Adjudicatario reconoce que algunas funciones de su trabajo se basan en la creación de elementos susceptibles de ser objeto de propiedad intelectual y/o industrial. En este sentido, los resultados del trabajo de éste forman parte de una obra colectiva, cuya titularidad pertenece única y exclusivamente al CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. Por ello, el Adjudicatario cede expresamente en exclusiva y con facultad de cesión a terceros los derechos de explotación en cualquier forma y en toda su extensión de los resultados de su trabajo, ya sean derechos de propiedad intelectual, incluyendo cualquier componente original del mismo, que desarrolle para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez y, en especial, le cede los derechos de reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y cualesquiera otros derechos necesarios para la comercialización y/o explotación total o parcial, incluido merchandising de todas sus labores.
En virtud del derecho de transformación cedido, el adjudicatario autoriza a que el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez realice, directa o indirectamente las modificaciones pertinentes de los resultados de su trabajo.
Los derechos cedidos incluyen también los industriales y abarcan las solicitudes de protección de propiedad industrial que el Cesfam estime oportunas realizar, comprometiéndose el Adjudicatario a colaborar con el Cesfam para la efectiva realización de las mismas y la obtención de registros oportunos.
Estas cesiones se pactan por el máximo plazo de tiempo que le reconoce la Ley al autor sobre sus creaciones, e incluye la cesión de derechos del adjudicatario al CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, para cualquier acto de explotación por cualquier medio, formato, soporte o medio de difusión, divulgación o comunicación pública.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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