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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente
que hubiese obtenido el mayor puntaje de acuerdo a los siguientes criterios:
1.- De producirse un empate en la puntuación final de dos o más proveedores se desempatará
utilizando la puntuación final del criterio de evaluación que posea la mayor ponderación en la pauta
de evaluación (Formato de resultados).
2.- De producirse un nuevo empate en este criterio, se resolverá utilizando la puntuación final del
Plazo de entrega de resultados.
3.- De producirse un nuevo empate en este criterio, se resolverá utilizando la puntuación final del
criterio Cercanía del lugar donde se realizará la prestación.
4.- De continuar el empate se procederá de la misma forma señalada en el número anterior
utilizando la puntuación final de los criterios evaluados de manera decreciente según la ponderación
establecida en la pauta de evaluación para cada uno de ellos.
5.- Con todo, en el evento de ya no existir más criterios para ser utilizados como método de
desempate, la oferta ganadora se definirá considerando aquella oferta que fue ingresada en orden
de postulación, vale decir, la primera oferta recibida en relación al día, hora, minuto y segundo,
mediante el portal mercado público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La municipalidad publicara el Sistema de Información los resultados de sus procesos de licitación o
contratación. Asimismo, publicara la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la
declaración de desierto del proceso.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de licitación, la
Municipalidad informara en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento
del plazo para adjudicar e indicara un nuevo plazo para la adjudicación.
Se adjudicará al oferente que obtenga el primer lugar en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de un decreto Alcaldicio, el cual será publicado en
www.mercadopublico.cl , una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Una vez adjudicada la licitación, se podrá emitir la orden de compra respectiva por el sistema de
información, por consiguiente, a partir de esta orden de compra se generará, a su vez, las notas de
pedido, aplicando entrega parcial de los servicios.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de
licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar todala información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código
del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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