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Bases Administrativas y Técnicas |
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BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
1. GENERALIDADES:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, a través de su Departamento de Desarrollo Comunitario (DIDECO), llama a Licitación Pública para contratar el Servicio de Traslado de Niños y Niñas de Jardines Familiares de la Comuna de Coltauco, mediante la contratación de servicios de transporte escolar, bajo la modalidad de servicio medido en kilómetros, destinado a los siguientes establecimientos:
• Jardín Infantil Amanecer de Rinconada de Parral
• Jardín Infantil Cuncunita de Rinconada de Idahue
• Jardín Infantil Los Enanitos de Lo de Cuevas
• Jardín Infantil Nido de Sueños de San Luis
La presente licitación se rige por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento y modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, que moderniza el sistema de compras públicas, fortaleciendo la probidad, transparencia y eficiencia del gasto público.
2. FINANCIAMIENTO:
El financiamiento del servicio será con cargo al presupuesto municipal, conforme al siguiente detalle:
AREA GESTIÓN PROGRAMA SUB-PROGRAMA CÓDIGO CUENTA ITEM
Servicios Comunitarios Jardines Familiares Jardines Familiares Pasajes, Fletes y Bodegajes 215.22.08.007.001.001
El monto total disponible asciende a $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones de pesos) impuestos incluidos.
3. MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y MODIFICACIONES:
Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
4. MANDANTE:
Organismo mandante : I. Municipalidad de Coltauco
RUT. Nº : 69.080.700-9
Dirección : Avda. Arturo Prat Nº66, Coltauco
5. UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), Directora de Desarrollo Comunitario.
6. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de la causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
1. El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2. Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3. No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5. El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6. El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
GRADO
CONSANGUINIDAD GRADO AFINIDAD
TITULAR (Funcionario de planta, contrata u honorarios) CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
1° Padres (padre o madre) 1° Suegros / padres del conviviente civil
Hijos e hijas Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
2° Hermanos y hermanas 2° Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
Abuelos / nietos o nietas Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la Ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Además, conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, deberá tener patente comercial para contratar en el caso de que el proveedor tenga una renta superior a 10 UTA, en caso contrario, el proveedor debe adjuntar declaración jurada (ver punto 13 de las presentes Bases) señalando no estar afecto a patente por renta menor a 10 UTA.
7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO DESCRIPCIÓN
Fecha de Publicación Se publicará a más tardar el quinto día hábil de dictado el decreto que aprueba las bases y autoriza la publicación de éstas.
Fecha Inicio de Preguntas A contar de las 23:59 hrs. de día publicado y estará vigente por 72 hrs. hábiles.
Fecha Final de Preguntas El foro de consultas estará activo durante 72 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.
Fecha Publicación de Respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas Será de 10 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
Fecha de Apertura Electrónica Se podrá realizar transcurrido 24 horas hábiles, contados desde el cierre de las ofertas (siempre y cuando no exista incidente o reclamo ingresado por Oficina de Partes, por intermitencia en la plataforma www.mercadopublico.cl)
Fecha de confirmación de apertura electrónica Se podrá confirmar hasta transcurridas 48 horas hábiles, contados desde la apertura electrónica.
Fecha de convocatoria Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora se reunirá para revisar los antecedentes, en un plazo no superior a 48 horas hábiles, contados desde la notificación del Departamento de Adquisiciones.
Fecha de aprobación del Concejo Municipal El acta de evaluación será informada y sometida a aprobación del concejo, previa visación de la máxima autoridad, ya que el monto del contrato supera las 500 U.T.M.
Fecha de Adjudicación Se procederá a adjudicar pasado 05 días hábiles de la fecha de aprobación del concejo.
8. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, por medio de su Departamento de Desarrollo Comunitario (DIDECO), requiere contratar el servicio de transporte escolar destinado al traslado de niños y niñas pertenecientes a los Jardines Infantiles Familiares de la comuna. La contratación se realizará bajo la modalidad de pago por kilómetros recorridos, considerando un total de 45.000 kilómetros, los cuales se distribuirán en cuatro (4) líneas de compra.
El servicio será contratado y remunerado de acuerdo con los kilómetros efectivamente ejecutados y debidamente validados por la Inspección Técnica del Servicio (ITS) designada por el municipio. La vigencia del contrato será de 11 meses, con inicio en marzo de 2026 y término en enero de 2027, y su ejecución se llevará a cabo de lunes a viernes, conforme a la planificación y los horarios establecidos para cada línea de compra.
8.1. REQUISITOS GENERALES DEL SERVICIO:
El oferente deberá contar obligatoriamente con:
8.1.1. Vehículo habilitado para transporte escolar, con las siguientes características mínimas:
• Asientos originales de fábrica
• Año de fabricación no inferior a 2014
• Óptimas condiciones mecánicas y estructurales (chasis, carrocería, interior)
• Capacidad mínima de asientos según la línea de compra correspondiente
8.1.2. Chofer con:
• Licencia de conducir vigente y correspondiente al tipo de vehículo
• Conducta intachable y experiencia en transporte escolar
8.1.3. Auxiliar de transporte escolar, obligatorio en todos los trayectos de ida y regreso, responsable del resguardo, seguridad y acompañamiento de los niños y niñas.
8.1.4. Documentación obligatoria vigente:
• Permiso de circulación
• Seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP)
• Revisión Técnica
• Certificado del Ministerio de Transportes que acredite inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares
• Patente municipal vigente o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar
8.2. DISTRIBUCIÓN DEL SERVICIO POR LÍNEAS DE COMPRA:
El total del servicio contratado (45.000 kilómetros) se distribuirá de la siguiente manera:
Línea Jardín Infantil Kilómetros Totales
1 Amanecer de Rinconada de Parral 9.660 km
2 Cuncunita de Rinconada de Idahue 9.660 km
3 Los Enanitos de Lo de Cuevas 9.660 km
4 Nido de Sueños de San Luis 16.020 km
8.3. DESCRIPCIÓN POR LÍNEA DE COMPRA:
Línea de Compra N°1 N°2 N°3 N°4
Jardín Infantil Amanecer Cuncunita Los Enanitos Nido de Sueños
Ubicación Rinconada de Parral Rinconada De Idahue Lo de Cuevas San Luis
Kilómetros 9.660 9.660 9.660 16.020
Capacidad mínima 15 asientos 12 asientos 11 asientos 25 asientos
Tipo de vehículo Furgón escolar Furgón escolar Furgón escolar Furgón escolar
Cantidad de vehículos 1 1 1 2
Requerimientos especiales • Auxiliar de transporte
• 1 silla de auto para párvula con discapacidad • Auxiliar de transporte
• Auxiliar de transporte
• Auxiliar de transporte
Horario ingreso 08:00 horas 08:30 horas 08:00 horas 08:00 horas
Término jornada • 12:30 horas (1) Horario especial de salida para niña con discapacidad (NEE).
• 16:30 horas 13:00 horas 13:30 horas 16:30 horas
Sectores de recorrido • Rinconada de Parral
• Loreto
• Coltauco
• Hijuela del Medio • Coltauco Centro
• San Luis
• Lo Ulloa
• Idahuillo
• Cuesta de Idahue
• Rinconada de Idahue • Loreto
• Vista Hermosa
• Villa Los Bronces
• Lo de Cuevas
• Camino San Pedro
• San Mateo
• San Juan • Cuesta de Idahue
• Camino viejo de Idahue
• Rinconada de Idahue
• Idahuillo
• San luis
• Coltauco
• Lo Ulloa
• Puente Cimbra
• Los Olguín
• Almendro
• El Rosal
• Cancha El Almendro
• El Molino
• Purén
• Loreto
Observaciones para todas las líneas de compra Se podrá requerir más viajes durante el día, lo cual se avisará con un día de anticipación. Esto es por diferentes actividades planificadas en el Jardín.
En caso de reemplazo de chofer y/o vehículo, el adjudicatario deberá informar previamente a DIDECO y presentar toda la documentación exigida por las bases.
El prestador de servicio no tendrá calidad de funcionario municipal, siendo responsable de cualquier infracción, accidente o panne que se produzca durante la ejecución del contrato.
9. FORMULARIO DE ADQUISICIÓN:
Una vez sancionadas las presentes Bases, el Departamento de Compras de Administración Municipal, creará el Formulario de Adquisición, con las siguientes Líneas de Compras:
Nº Clasificación ONU Cant. Unidad de Medida Descripción Producto o Servicio a contratar
1 78111808 9.660 Km Traslado niños y niñas Jardín Infantil Amanecer, sector Rinconada de Parral.
1 Furgón capacidad 15 pasajeros. Arriendo de Vehículo
2 78111808 9.660 Km Traslado niños y niñas Jardín Infantil Cuncunita, Sector Rinconada de Idahue.
1 Furgón capacidad 12 pasajeros. Arriendo de Vehículo
3 78111808 9.660 Km Traslado niños y niñas Jardín Infantil Los Enanitos, sector Lo de Cuevas.
1 Furgón capacidad 11 pasajeros. Arriendo de Vehículo
4 78111808 16.020 Km Traslado niños y niñas Jardín Infantil Nido de Sueños, Sector San Luis.
2 Furgones c/u con capacidad 25 pasajeros. Arriendo de Vehículo
10. REAJUSTES:
No se considera.
11. DE LA AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO:
Oferente podrá realizar más viajes durante el día, los cuales se avisarán con 1 día de anticipación. Esto es por diferentes actividades planificadas en el Jardín.
Los viajes adicionales solicitados por actividades extraordinarias serán imputados al total de kilómetros contratados, previa autorización escrita del Municipio.
12. GARANTÍAS DEL CONTRATO:
No se considera.
13. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los anexos indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Sin embargo, conforme al Artículo 115° de Decreto Supremo N°661/2024, las entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En lo referido al numeral 3°, señala que cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por la Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Del momento en que el oferente ingrese una oferta en el sistema, es que ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y las acepta en su totalidad.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor en formato pdf.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la licitación denominada “TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”, debidamente llenado los siguientes antecedentes:
a) Documentos Administrativos
El oferente deberá completar e ingresar en “Documentos Administrativos” los siguientes documentos:
a.1. Formulario N°1-A Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono (de la empresa y su representante). En el caso de que el proponente sea persona jurídica deberá acompañar copia autorizada legalmente de su escritura de constitución y certificado de vivencia en el registro de comercio y sus modificaciones, autorizada ante notario y con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la propuesta.
Si estos antecedentes están presentes en el registro de proveedores, bastará con que el oferente adjunte un “pantallazo” del portal. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corroborar y solicitar información complementaria pertinente, para la validez de tales antecedentes.
En el caso de presentar una UTP, se incluye Formulario N°1-B Identificación del Oferente, debiendo además adjunta documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar como UTP, si corresponde (Formulario N°1-C Constitución de UTP).
a.2. Formulario N°2: Experiencia del Oferente conforme a formato adjunto.
a.3 Patente municipal vigente y correspondiente al giro consultado. El oferente deberá acompañar copia de la patente municipal vigente junto con su oferta o dentro del plazo establecido para el proceso de aclaraciones a la oferta de la licitación. La omisión de este antecedente, o su presentación fuera de plazo, implicará el incumplimiento del requisito, declarando la oferta inadmisible.
En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá presentar, en forma individual, los antecedentes exigidos. El oferente que resulte adjudicado deberá mantener vigente la patente municipal durante toda la vigencia del contrato.
En el evento de que el oferente no se encuentre afecto al pago de patente municipal por contar con una renta inferior a 10 UTA, deberá presentar la Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar, según sea persona natural o jurídica, conforme al formato adjunto.
a.4. Programa de Integridad y Ética Empresarial: En el caso de aquellos oferentes que dispongan de un Programa de Integridad formalizado y conocido por su personal, se requerirá la presentación del documento que respaldo dicho programa, ajustándose al Formulario Nª3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. Además deberán incluir la documentación detallada en el criterio de evaluación “Programa de Integridad” de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
a.5 Declaración Jurada Simple Inhabilidades por condenas. El Oferente deberá completar dicha declaración conforme a formulario adjunto e ingresarlo en los documentos administrativos de la presente licitación.
a.6 Declaración Jurada Simple Deudas Vigentes con Trabajadores. El oferente deberá completar dicha declaración conforme a formulario adjunto e ingresarlo en los documentos administrativos de la presente licitación.
b) Documentos Técnicos
El oferente deberá completar y/o ingresar en “Documentos Técnicos” los siguientes documentos vigentes:
b.1. Currículum Vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga.
b.2. Copia de revisión técnica.
b.3. Copia de permiso de circulación.
b.4. Copia de seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP).
b.5. Copia de cédula de identidad vigente de chofer.
b.6. Copia de cédula de identidad vigente de auxiliar
b.7. Copia de licencia de conducir de chofer que corresponda al tipo de vehículo.
b.8. Copia de Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
b.9. Demostrar capacidad de asientos según línea de compra a la cual oferta.
b.10. Año de fabricación mínimo 2014
Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
Si al momento de la apertura, el oferente no ha ingresado alguno de los documentos técnicos señalados, se rechazará la oferta y no continuará en proceso de evaluación.
En caso de que el o los documento (s) ingresado (s), no pueda (n) ser abiertos o guardados, se procederá a solicitar mediante foro inverso que repitan el proceso, sin embargo, su puntaje bajará por no dar cumplimiento a lo indicado en los presentes Bases Administrativas y Técnicas.
14. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario con clave del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°13 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.
No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación de:
• Formulario Nº1-A “Individualización del Oferente”,
• Formulario N°1-B “Identificación de la UTP” (cuando corresponda),
• Formulario N°1-C Constitución de UTP (cuando corresponda),
• Patente municipal vigente y correspondiente al giro consultado o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar, según sea persona natural o jurídica.
Se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto e inadmisible en el caso de la patente municipal o Declaración Jurada de Patente Comercial para contratar.
15. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
15.1. De la Comisión Evaluadora:
Se designarán tres funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Alcaldicio para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
(a) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
(b) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
(c) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
(d) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
(e) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
(f) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada.
(g) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
(h) Serán responsables de avisar oportunamente por canales oficiales, si requieren de más plazo para la revisión de las ofertas, argumentando el motivo de tal decisión.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
15.2. De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, los Funcionarios Evaluadores procederán a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales.
Los funcionarios evaluadores aplicarán la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar una nómina en que se consignarán las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje.
Se establecerá una pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones serán:
Nº Criterio de Evaluación Ponderador
1 Experiencia del Oferente 40%
2 Requisitos Técnicos 30%
3 Precio 20%
4 Cumplimiento de Requisitos Formales 9%
5 Programa de Integridad y Ética Empresarial 1%
TOTAL 100%
15.2.1. Experiencia del Oferente: (40%)
Se evaluará con mayor puntaje a aquel oferente que indique mayor experiencia en servicios similares al consultado en esta licitación y que adjunte respaldo de las mismas durante los (3) tres últimos años.
Se priorizará experiencia prestada en otras entidades públicas y/o privadas, conforme a Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”, adjunto. A continuación, se indican los documentos que validan experiencia:
a) Organismo Público: Para certificar los servicios consultados, Municipalidades u Otros Organismos Públicos, se exigirá el Número de la Orden de Compra Electrónica (o contrato) con su respectiva “Aceptada” o “Recepción Conforme”. Sólo bastará que las indique en el Formulario N°2, ya que se verificarán directamente en el portal.
b) Sector Privado: Para certificar servicios consultados deberá ingresar copia escaneada de: Facturas (emitidas por el SII), contratos con su respectiva Carta de Satisfacción. En caso de contar con el finiquito, también lo puede adjuntar, siempre y cuando corresponda al contrato.
El oferente que no adjunte el o los documentos que validen la experiencia, se les asignará un puntaje equivalente a 0 (cero) puntos.
El oferente que ingrese otro tipo de documentos que no sea el solicitado, en los párrafos anteriores del punto experiencia del oferente, se les descontará 05 puntos del total obtenido en el criterio de evaluación “Experiencia del Oferente”. Si no tuviese experiencia de igual deberá ingresar el Formulario N°2, para no considerarlo como omisión, ya que la no presentación de dicho documento, dará lugar a marginar la oferta.
Para evaluar y calcular el puntaje de este criterio, la Comisión Evaluadora considerará los siguientes aspectos:
Experiencia del Oferente 40% Contratos similares al consultado 30% 7 o más órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares en estado aceptada o conforme = 100 puntos
Entre 4 a 6 órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme = 70 puntos
Entre 1 a 3 órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme = 50 puntos
Sin experiencia, no presenta documentación, o la presentada no acredita experiencia comprobable = 0 puntos
Experiencia en el rubro 10% + de 3,1 años = 100 puntos
Entre 2 a 3 años = 80 puntos
Entre 1,1 a 2 años = 60 puntos
Entre 0 a 1 años = 20 puntos
No tiene o no informa = 0 puntos
15.2.2. Requisitos Técnicos: (30%)
El Oferente deberá cumplir con los siguientes Requisitos Técnicos, para ello deberá ingresar en la plataforma los siguientes antecedentes escaneados en “Documentos Técnicos”:
N° REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE PUNTOS
SI NO
1 Ingreso de currículum vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga 10
2 Ingreso de copia de revisión técnica vigente 10
3 Ingreso de permiso de circulación vigente 10
4 Ingreso de seguro obligatorio vigente (SOAP) 10
5 Copia de cédula de identidad vigente de chofer. 10
6 Copia de cédula de identidad vigente de auxiliar 10
7 Copia de licencia de conducir de chofer que corresponda al tipo de vehículo. 10
8 Copia de Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares. 10
9 Demostrar capacidad de asientos según línea de compra a la cual oferta. 10
10 Año de fabricación mínimo 2014 10
TOTAL 100
15.2.3. Precio: (20%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, el valor de un kilómetro neto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado.
Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:
Precio Mínimo Ofertado X 100
Precio de la Oferta
Se aplicará dos decimales, para el cálculo.
Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada para adjudicar.
15.2.4. Cumplimiento de los Requisitos Formales: (9%)
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver tabla), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 9%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en la tabla siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
Nº Requisitos a cumplir Puntos
1 Ingreso del Formulario N°1-A “Individualización del Oferente” (Formulario N°1-B y Formulario N°1-C cuando corresponda) 25
2 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje). 25
3 Que los formatos sean los proporcionados en la presente Licitación, correctamente llenados sin cambiar su estructura. 25
4 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 25
TOTAL 100
15.2.5. Programa de integridad (1%)
De acuerdo al Artículo 17° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024), “los oferentes que contraten con las entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocido y aplicados por su personal…”.
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Formulario N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial, debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Además, deberán incluir evidencia que acredite que sus trabajadores están al tanto del contenido y las directrices del mismo. Como evidencia se aceptará, por ejemplo, firmas de los empleados confirmando la recepción o comunicaciones internas (correos electrónicos) donde se haga referencia a las políticas incluidas en el programa.
Este documento no será solicitado a través de “aclaraciones a la oferta de la licitación”.
En caso de UTP, deberá presentar estos antecedentes por cada uno de sus integrantes.
Para evaluar y calcular el puntaje de este criterio, la Comisión Evaluadora considerará los siguientes aspectos:
Programa de integridad 1% Cuenta con programa de integridad e ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal. = 100 puntos
Cuenta con programa de integridad, no ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal = 50 puntos
No tiene o no ingresa programa de integridad = 0 punto
15.3. Otros aspectos de la evaluación:
a) De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora o Funcionarios evaluadores, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
b) De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Experiencia del Oferente.
2° Requisitos Técnicos.
3° Precio.
4° Cumplimiento de los Requisitos Formales.
5° Programa de Integridad y Ética Empresarial.
6° El oferente que haya ingresado primero su oferta.
c) Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta que cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.
d) De los antecedentes omitidos:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:
• Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
• Formulario N°1-B Identificación de la Unión Temporal de Proveedores,
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
• Patente municipal vigente o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar (en el caso de que se haya solicitado a través de aclaraciones a la oferta de la licitación)
• Formulario N°2 Experiencia del Oferente.
• Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP (si hubiere)
• Constitución de UTP (si hubiere).
• Currículum Vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga.
• Copia de revisión técnica.
• Copia de permiso de circulación.
• Copia de seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP).
• Copia de cédula de identidad vigente de chofer.
• Copia de cédula de identidad vigente de auxiliar
• Copia de licencia de conducir de chofer que corresponda al tipo de vehículo.
• Copia de Inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
e) De los antecedentes o documentos extra no exigidos en las bases:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
f) De presentarse ofertas riesgosas o temerarias:
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
En función del número de oferentes participantes en el proceso de contratación, se aplicarán los siguientes parámetros para detectar una oferta temeraria:
1. Si solo hay un oferente en el proceso de contratación pública, se considera baja temeraria si la oferta es inferior en más de 25% al presupuesto base establecido.
2. Con dos oferentes participando, la baja temeraria se detecta si la oferta es inferior en más de 20% a la otra oferta presentada.
3. Cuando tres oferentes participan, se considera baja temeraria cualquier oferta que sea inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
4. En licitaciones con cuatro o más participantes, una oferta se considera temeraria si es inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
g) De presentarse solo una oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 21.634.
La Municipalidad declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.
h) De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
i) Del contacto entre el Municipio y los Proveedores:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes…”.
16. DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, en forma parcial o la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
17. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº117 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, se formalizará a través de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas y Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
17.1. Anticipo:
No se contempla.
17.2. Del pago de la Orden de Compra:
La cancelación o pago de los servicios contratados se realizarán por Estados de Avance contra Factura a 30 días, previo avance de los servicios, con un informe favorable de la DIDECO, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas. El oferente deberá presentar su factura dentro de los primero 5 días hábiles siguientes del mes que haya prestado el servicio, en la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Coltauco, Avda. Arturo Prat N°66, comuna de Coltauco. O bien enviarla a nombre del funcionario requirente con copia al correo electrónico facturas@coltauco.cl.
La Directora de Desarrollo Comunitario junto a las Directoras de los Jardines infantiles, según corresponda adjuntará el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas en un plazo no superior a 24 horas.
17.3. Término anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Incumplimiento del contrato: Si a juicio del Inspector Técnico no se está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a la calidad y oportunidad del servicio, establecidas en el Contrato.
b) En caso de muerte del Oferente.
c) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
d) Si el Oferente Adjudicado fuese condenado a pena aflictiva.
e) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes.
f) Si el Servicio se paraliza o no se presta en el horario y el día señalado, en más de 3 ocasiones (Seguidas o alternadas) dentro del mes.
g) Por atrasos y/o inasistencia reiterativos, seguida o alternadas e injustificadas por más de 3 ocasiones, como así mismo el cambio de vehículo ofrecido en licitación.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
17.4. De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión técnica será efectuada por la Directora de Desarrollo Comunitario o quien le subrogue.
17.5. De las multas:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la Factura:
- Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por atraso y/o ausencias injustificadas, seguidas o alternadas en más de 3 ocasiones.
- Se aplicara una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por incumplimiento del vehículo ofrecido. De ser reiterativa esta multa (más de 3 ocasiones) se podrá dar término anticipado al contrato.
- Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por cambio de chofer sin previo aviso.
Recurso de reposición:
La Municipalidad podrá aplicar multas en forma administrativa. El Oferente podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco.
17.6. Prórroga del Contrato:
Si existe disponibilidad presupuestaria y acuerdo entre la partes, teniendo presente que el Prestador de Servicios ha cumplido a cabalidad su contrato sin observaciones, podrá ser prorrogado por una sola vez, con un plazo máximo de 2 meses, reajustándose de acuerdo a IPC, en caso de que éste último sea negativo, el valor se mantendrá, salvo que en las Bases dispongan de otra situación.
Para ello se emitirá una nueva orden de compra electrónica, tomando todas las medidas administrativas del caso, debiendo el Oferente estar hábil y con su Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar al día.
18. DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA:
Posterior a la adjudicación en el portal y luego de transcurrido el plazo de 24 horas, se verificará la habilidad del Oferente y se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica, la que deberá ser aceptada por el Proveedor, dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
En caso de que transcurrido el plazo de 48 horas hábiles, el proveedor no haya aceptado la Orden de Compra Electrónica, se podrá solicitar la cancelación y adjudicar al segundo mejor, según indique el Acta de Evaluación, tomando los resguardos administrativos correspondientes.
La Orden de compra electrónica debe ser aceptada, antes de emitir factura.
19. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
20. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema.
21. OTRAS CONSIDERACIONES:
21.1. De la Subcontratación:
No se prohíbe. En caso de subcontratación total o parcial del servicio, el oferente deberá adjuntar un contrato notarial que formalice dicha subcontratación, manteniendo plena responsabilidad ante el mandante.
21.2. De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
21.3. Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
21.4. De la Unión Temporal de Proveedores:
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
21.5. De lo establecido en el artículo 35 Quater de la Ley 19.886:
Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19.886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley N° 21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente:
Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
21.6. Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
22. DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración.
Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
23. DE LOS FORMULARIOS:
Formulario N°1-A Individualización del Oferente
Formulario N°1-B Identificación de UTP
Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP
Formulario N°2 Experiencia del Oferente
Formulario Nª3 Programa de Integridad y Ética Empresarial
Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar
Declaración Jurada Simple Inhabilidades por condenas
Declaración Jurada Simple Deudas Vigentes con Trabajadores
JEFE UNIDAD DE COMPRAS
PMO/ipc
FORMULARIO N°1-A
INDIVIDUALIZACION DEL OFERENTE
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
DATOS BANCARIOS
E-MAIL
CIUDAD, DE DEL 2026
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
FORMULARIO Nº1-B
IDENTIFICACION DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
NOMBRE LICITACIÓN PÚBLICA
ID N° DE MERCADOPUBLICO
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT. N° OFERENTE
IDENTIFICACIÓN REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
NOMBRE Y APELLIDOS
CEDULA DE IDENTIDAD N°
TELEFONO FIJO
TELEFONO CELULAR
E-MAIL
IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
ASOCIADOS PERSONA NATURAL
NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA DE IDENTIDAD N°
IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
ASOCIADOS PERSONA JURIDICA
NOMBRES PERSONAS JURIDICA RUT. N° PERSONA JURIDICA IDENTIFICACION DE SOCIOS O ACCIONISTA DE LA PERSONA JURIDICA
NOMBRE CEDULA DE IDENTIDAD O RUT. N°
COLTAUCO, DE DEL 2026
NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
NOTA: Si el oferente es Unión Temporal de Proveedores adjuntar el presente formato.
FORMULARIO Nº1-C
CONSTITUCION DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
ENTRE
XXXX
Y
XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
ID 3997-xx-LE26
Comparecencia personas naturales
Comparecencia personas jurídicas
Los comparecientes, todos mayores de edad, declaran que a sus representadas, oferentes en la presente licitación, son empresas de menor tamaño y no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la administración contenidas en los artículos 4 y 35 quáter de la Ley N°19.886, ni ninguna de las causales de inhabilidad para integrar el Registro de Proveedores del Estado definidas en el artículo 154 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, y exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “Concesión de aparcadero municipal, comuna de Coltauco, ID Nº3997-89–LP25, publicado por la Municipalidad de Coltauco, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 180 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Coltauco podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Coltauco a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Coltauco, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
Además, deberán tratarse de exclusivamente de empresas de menor tamaño, en caso contrario, no podrán integrar la UTP, conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar
el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo en el artículo 181 del Decreto Supremo
N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº19.886, los integrantes de la
Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante
para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la prórroga del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la
solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el ubicado en ________________________________________________________3.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común
de ésta, a don(ña) __________________________4, el (la) cual está facultado (a) para5:
a)_________________, b)_____________________(….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don(ña)6____________________________ con las mismas facultades.
SÉPTIMA: PERSONERÍAS: La personería de don(ña) ________7 para actuar en representación de la ________________8, consta en escritura pública de fecha _____________9, otorgada ante don(ña) ________________10 Notario Público11 de la ______________12, La personería de don(ña) ____________ para actuar en representación de la ___________________, consta en escritura pública de fecha____________________________ otorgada ante don(ña) _______________ Notario Público de la ____________________, que no se inserta por ser conocida de las partes.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Coltauco, ____de ________________de 2026
1 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
2 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante
3 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
4 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
5 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
6 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
7 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
8 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
10 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
11 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
12 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
E-MAIL
Nº Organismo Público y/o Sector Privado Orden de Compra Electrónica / Facturas / Contratos Notariales Fecha
Coltauco, _________de_____________del 2026
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
En el caso de que el Oferente no tenga órdenes de compra electrónicas en el portal asociadas, podrá también adjuntar archivos o documentos escaneados, tales como contratos o cartas de referencia las cuales indiquen en qué otras entidades ha prestado este tipo de servicios. (En todos los casos, siempre deberá llenar este formulario, tenga o no tenga órdenes de compra asociadas).
FORMULARIO Nª3
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ETICA EMPRESARIAL
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
E-MAIL
En relación a los Programas de Integridad y Ética Empresarial, el oferente declara que su empresa:
Marcar (x) la alternativa que corresponda
Si cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
No cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
NOMBRE, RUT Y FIRMA NOMBRE, RUT Y FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL JEFE O ENCARGADO DE PERSONAL
COLTAUCO, DE DEL 2026
Nota 1°: Este formato deberá ser firmado por el representante legal de la empresa.
Nota 2°: En caso que la empresa cuente en su orgánica con área de personal, este formato también deberá ser firmado por la jefatura o el encargado correspondiente.
Nota 3°: Aquellos oferentes que participen en calidad de uniones temporales de proveedores, cada uno de los asociados de la UTP deberán presentar este formato y firmarlo de acuerdo a lo indicado anteriormente
Nota 4°: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Nota 5°: Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACIÓN JURADA DE PATENTE COMERCIAL PARA CONTRATAR
Persona Jurídica
El firmante, en su calidad de representante legal del proveedor, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declara bajo juramento que:
- Conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, no se encuentra afecto a patente comercial para contratar dado que la renta del ejercicio anterior es inferior a 10 UTA.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
,
__________________________
NOTA:
Todos los datos solicitados entre deben ser completados por el proveedor.
DECLARACIÓN JURADA DE PATENTE COMERCIAL PARA CONTRATAR
Persona Natural
El firmante, en su calidad de proveedor, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declara bajo juramento que:
- Conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, no se encuentra afecto a patente comercial para contratar dado que la renta del ejercicio anterior es inferior a 10 UTA.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
,
__________________________
NOTA:
Todos los datos solicitados entre deben ser completados por el proveedor.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
INHABILIDADES POR CONDENAS
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
E-MAIL
En relación a las inhabilidades por condena, el Oferente declara bajo juramento que:
- No he sido o mi representada no ha sido condenada por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.
- Asimismo, declaro que no he sido o mi representada no ha sido sancionada por el Tribunal de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Por último, declaro que, si mi representada fuera una persona jurídica, no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
COLTAUCO, DE DEL 2026
NOTA: Este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la UTP.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
DEUDAS VIGENTE CON TRABAJADORES
“TRASLADO JARDINES FAMILIARES COLTAUCO 2026”
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
E-MAIL
DECLARO LO SIGUIENTE:
(En el espacio en blanco, favor indicar “si” o “no”, según corresponda):
“______ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
CIUDAD, DE DEL 2026
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
• No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
• Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
• No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
• No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
• No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
• Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
• Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
• No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha:
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