|
Bases Administrativas y Tecnicas |
|
S Y TECNICAS
“Arriendo de Excavadora para la Limpieza y Mantención
Estero Puren-Idahue”
1. GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para contratar los servicios de “Arriendo de 2 Excavadoras para la Limpieza y Mantención Estero Puren-Idahue”, conforme a las presentes bases, formularios y Declaración Jurada Simple de Requisitos para Ofertar, cuyo objetivo principal es la limpieza y mantención en 11 diferentes sectores del estero Purén-Idahue, equivalentes a 5.305 mts de extensión, y cuyos trabajos deben realizarse una vez se adjudique y la Orden de compra respectiva sea enviada, según informe emanado por la Unidad Técnica de la Dirección de Obras Municipales.
2. FINANCIAMIENTO:
Los servicios contratados serán con cargo al Presupuesto Municipal, Cuenta Contable: 215.22.09.005.001.001, denominada: “Arriendo de Máquinas y Equipos”, Área de Gestión: Servicios Comunitarios, Programa: Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres, Subprograma: Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres. Presupuesto disponible de $18.000.000.-
3. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco.
4. UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Seguridad Pública.
5. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Requisitos para ofertar:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
GRADO
CONSANGUINIDAD GRADO AFINIDAD
TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS) CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
1° Padres (padre o madre) 1° Suegros / padres del conviviente civil
Hijos e hijas Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
2° Hermanos y hermanas 2° Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
Abuelos / nietos o nietas Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Requisitos para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada Simple de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
6. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO DESCRIPCION
Fecha de Publicación Se publicará a más tardar al quinto día hábil, de dictado el decreto que aprueba las bases y autoriza la publicación.
Fecha Inicio de Preguntas A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
Fecha Final de Preguntas El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles desde el inicio de las preguntas.
Fecha Publicación de Respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas Será de 05 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
Fecha de Apertura Electrónica Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
Fecha de Adjudicación Se procederá a adjudicar pasado 5 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
Fecha suscripción del contrato No se considera, conforme al Artículo 117° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024).
Fecha inicio de los servicios Podrá iniciar los servicios transcurridos 24 horas hábiles, luego de aceptar la orden de compra electrónica.
7. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:
Los oferentes deberán tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, en adelante la Municipalidad, adjudicará a un solo proveedor la línea de compra, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases. El servicio requerido será coordinado por la Dirección de Seguridad Pública.
El oferente adjudicado, que pasará a ser prestador de servicios, no tendrá calidad de funcionario municipal y deberá mantener una conducta intachable tanto al público externo como el interno, siendo de su responsabilidad el traslado a los recintos en donde debe cumplir con los trabajos encomendados, para la mantención y limpieza de estero Purén- Idahue de Coltauco, según el informe entregado por la Unidad Técnica de la Dirección de Obras Municipales.
Lo requerido es lo siguiente:
• Se requiere arriendo de 2 (dos) excavadoras para limpieza y mantención Estero Puren-Idahue, correspondiente a un total de 5.305 mts lineales. Se debe considerar operador, traslado y combustible, además de considerar disponibilidad inmediata los días y horarios que serán coordinados por la Unidad Técnica de la Dirección de Obras Municipales, una vez enviada la Orden de Compra respectiva.
• Características de las excavadoras:
- Capacidad 13 Toneladas o superior.
- Oruga metálica o de gomas
- Radio de Giro O°
• Se adjunta:
- Tabla o nómina de trabajos a realizar
- Informe de la Unidad de Inspección Técnica de la Dirección de Obras Municipales con el detalle de los sectores a intervenir.
El proveedor adjudicado deberá tomar las medidas pertinentes para no realizar daño o roturas en pavimentos, cañerías, cableado (si lo hubiere), obstrucción de caminos secundarios, acequias o tomas de agua con sedimento, etc, durante la ejecución de los servicios.
Se creará el formulario de adquisición por parte del operador del sistema correspondiente a la dirección / departamento / oficina requirente, conforme a lo siguiente:
Línea de Compra N° Clasificación ONU.
Cant. Unidad de Medida Descripción
1 22101509 Retroexcavadoras 2 Unid. Servicios de Mantención y limpieza de estero Purén- Idahue de Coltauco, conforme a Bases Administrativas y Técnicas, Formularios y Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
8. GARANTÍAS DEL CONTRATO:
No se considera.
9. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas se deberán presentar solamente a través del formulario de presentación de ofertas que incluye el sistema de información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los formularios indicados en las presentes bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Sin embargo, conforme al Artículo 115° de Decreto Supremo N°661/2024, las entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En lo referido al numeral 3°, señala que cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por la Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato pdf.
El Oferente deberá ingresar documentos, los cuales se mencionan a continuación:
Anexo Administrativo:
12) Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, conforme a formato adjunto en las presentes bases, el oferente deberá completar con toda la información requerida.
ii) Patente Municipal Vigente y al día, para comerciantes o empresas con establecimiento comercial.
Anexo Técnico:
iii) Formulario N°2 “Experiencia en el Rubro”, conforme a formato adjunto, deberá ser completado con la información requerida, de fácil descarga, con sus respectivos respaldos, en lo posible agrupados en un solo documento contenedor de formato PDF.
iv) Requisito Técnico Conforme a las Bases Administrativas y Técnicas en su punto 12.2, el oferente deberá ingresar un archivo de fácil descarga con el completo detalle del producto o servicio ofrecido (ficha, características, nombres, fotografías).
Anexo Económico:
v) Formulario N°3 “Oferta Económica”, conforme a formato adjunto, deberá ser completado con la información requerida, de fácil descarga (puede ser en Word, escaneado o PDF).
En caso de haber omitido el ingreso del Formulario N°1 Individualización del Oferente, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión, descontándose el puntaje que corresponda.
En aquellos casos, en que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informara a través de foro inverso de la plataforma www.mercadopublico.cl a los oferentes que hubiesen incurrido en dicha situación, descontándose en cumplimiento de los requisitos formales. Mientras transcurre este plazo, la confirmación de la apertura electrónica, quedará pendiente hasta haber resuelto el inconveniente.
Los documentos solicitados se entregarán en formato digital con letra clara y fácilmente legible. Las medidas se expresarán en las unidades que correspondan, según partida y los valores en pesos chilenos. Los nombres que se asignen o den a los archivos, deberán hacer mención a su contenido. De preferencia subir archivos en formato en Word, escaneados, PDF y/o jpg.
10. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la web www.mercadopublico.cl en una etapa y será el operador del sistema del departamento requirente el encargado de realizarla, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto Nº9 “Instrucciones para la presentación de Ofertas” de las presentes Bases Administrativas y Técnicas denominadas “Arriendo de Excavadora Limpieza y Mantención Estero Puren-Idahue” que rigen esta Licitación.
11. DE LA COMISION EVALUADORA O FUNCIONARIO EVALUADOR:
La Municipalidad a través de la Comisión Evaluadora conformada por 3 funcionarios, que serán sancionados por Decreto para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
12) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
b) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
c) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
d) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
e) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
f) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
12. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales:
N° Criterio
de Evaluación Rangos
1 Oferta económica 30% Precio Mínimo Ofertado X 100
Precio de la Oferta
2 Plazo de Ejecución
30% Plazo de Ejecución entre 5 a 10 días hábiles. = 100 puntos
Plazo de Ejecución entre 11 a 15 días hábiles. = 50 puntos
Plazo de Ejecución entre 15 o más días hábiles. = 25 puntos
No Indica Plazo de Ejecución. = 0puntos
3 Requisito Técnico
20% Cumple con características solicitadas. = 100 puntos
No cumple con características solicitadas. = Inadmisible
4 Experiencia en el Rubro 10% Mayor experiencia = 100 puntos
2da mayor experiencia = 80 puntos
3ra mayor experiencia = 60 puntos
4ta mayor experiencia = 40 puntos
5ta y demás = 20 puntos
No informa o no cuenta con experiencia = 0 puntos
5 Cumplimiento de los requisitos formales 5% Si cumple con todos los requisitos. = 100 puntos
Si obtiene entre 70 y 99 puntos. = 80 puntos
Si obtiene entre 40 y 69 puntos. = 60 puntos
Si obtiene entre 10 y 39 puntos. = 20 puntos
Si obtiene menos de 9 puntos. = 0 puntos
6 Programa de Integridad 5% Cuenta con programa de integridad y es aplicado por los trabajadores = 100 puntos
Cuenta con programa de integridad = 50 puntos
No presenta programa de integridad = 0 punto
12.1 OFERTA ECONOMICA (30%):
El proponente deberá indicar separadamente el valor neto, el impuesto respectivo y valor total ofertado (Valor bruto) en el Formulario N°3 “Oferta Económica”. Dicho formulario deberá ser ingresado en anexos económicos.
El oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, el valor total de los servicios a contratar, sin impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará según la siguiente fórmula, considerando 2 decimales.
Precio Mínimo Ofertado X 100
Precio de la Oferta
Si al momento de la evaluación, se detecta que el valor de la oferta no se ajusta al presupuesto disponible, ésta no será considerada para adjudicar.
Si las ofertas presentan inconsistencia entre precio ingresado en el portal www.mercadopublico.cl y formulario Nº3 “Oferta Económica”, esta será marginada del proceso.
12.2 PLAZO DE EJECUCION (30%):
Este criterio se refiere al tiempo comprometido para la entrega del servicio. El oferente deberá informar este plazo en el Formulario N°3: “Oferta económica”, incluido en las presentes bases.
El proveedor deberá especificar claramente el plazo de entrega en dicho formulario. Se evaluará con mayor puntaje el menor plazo de entrega y con menor puntaje aquellos plazos más extensos.
Las ofertas que no indiquen el plazo de entrega obtendrán 0 puntos en este criterio.
12.3 REQUISITO TECNICO (20%):
El Oferente deberá presentar e ingresar completo Requisito Técnico con el detalle del servicio ofrecido (ficha, características, nombres, fotografías), según lo establecido en punto Nº7 “Características del Servicio requerido”, en un archivo de fácil descarga. Los proveedores deben recordar que lo ofrecido en su propuesta es lo que efectivamente debe ser entregado.
12.4 EXPERIENCIA EN EL RUBRO (10%):
Se evaluará con mayor puntaje a aquel oferente que indique mayor experiencia en trabajos similares al consultado en las presentes bases, durante los últimos 3 (tres) años, como así mismo ser verificará el inicio de actividades a través de la página de www.sii.cl.
Se priorizará experiencia prestada en entidades públicas y/o privadas, conforme a Formulario N°2 “Experiencia en el Rubro”, adjunto. En dicho formulario el Oferente deberá señalar el número de la orden de compra electrónica, o bien, contratos, conforme a lo siguiente:
a) Organismos Públicos: Para certificar los servicios consultados, Municipalidades u otros Organismos Públicos, se exigirá el Número de la Orden de Compra Electrónica (o contrato) con su respectiva “Recepción Conforme” o “Aceptada” en el caso de orden de compra”.
b) Sector Privado: Para certificar servicios consultados se exigirá el contrato y su respectiva Carta de Satisfacción.
El oferente que no adjunte el o los documentos que validen la experiencia, se les asignará un puntaje equivalente a 0 (cero) puntos.
El oferente que ingrese otro tipo de documentos que no sea el solicitado, en los párrafos anteriores del punto experiencia en el rubro, se les descontara 05 puntos del total obtenido, conforme a lo dispuesto en el Punto 13.8 “Documentos extras”, de las presentes bases.
12.5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%:
Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 5%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
N° Requisitos a Cumplir Puntaje
1 Ingreso de formulario N°1 “Individualización del Oferente” 25
2 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas con la información solicitada. (si ingresa documentos extras no solicitados, o bien falto ingresar alguno, o el documento no contiene la información requerida, no se asignará puntaje). 15
3 Que oferte en el portal www.mercadopublico.cl por el valor neto y por lo señalado en las bases. 15
4 Que respete los formatos proporcionados en la presente licitación, llenado correctamente, sin cambiar su estructura. 15
5 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 15
6 Que el nombre asignado al archivo, esté acordes con el contenido de éste. 15
Puntaje Total 100
12.5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD (5%):
De acuerdo al Artículo 17° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024), … “los oferentes que contraten con las entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, conforme a Formulario N°4 “Programa de Integridad y Ética Empresarial”, adjunto. Por tanto, se asignará el puntaje máximo a aquel oferente que acredite contar con programas de integridad que sean conocidos por su personal. De no contar con el programa obtendrá 0 puntos.
13.- OTROS ASPECTOS DE LA EVALUACION:
13.1 DE LAS CONSULTAS (FORO INVERSO):
La Comisión Evaluadora o funcionario evaluador, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
13.2 DE LOS EMPATES:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Oferta económica.
2° Plazo de Ejecución.
3° Requisito Técnico.
4° Experiencia en el rubro.
5° Cumplimiento de Requisitos Formales.
6° Programa de Integridad.
13.3 DEL PUNTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes sea igual o superior a 70 puntos.
13.4 DE LA AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
13.5 NÚMERO DE OFERTAS:
Se aceptará únicamente una propuesta por oferente. Si un oferente presenta más de una oferta, se considerará aquella que resulte más conveniente a los intereses de la Municipalidad, es decir, aquella que obtenga mayor puntaje en la evaluación respectiva, y el resto de las ofertas presentadas por el oferente serán declaradas inadmisibles.
13.6 DE PRESENTARSE UNA SOLA OFERTA:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la comisión de evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo.
13.7 DEL CONTACTO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LOS OFERENTES:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes…”.
13.8 DOCUMENTOS EXTRAS:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humano, aquellas ofertas donde el oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, estos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
13.9 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario N°1 Individualización del Oferente, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente.
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
1.- Propuesta Técnica (punto 12.3 requisito técnico).
2.- Formulario N°2 “Experiencia en el Rubro”.
3.- Formulario N°3 “Oferta Económica”.
13.10 REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN:
En el caso de que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, se podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
13.11 OFERTAS TEMERARIAS:
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato.
16.11 DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
14. DE LA ADJUDICACIÓN Y/O DESERCIÓN:
Se adjudicará a un solo oferente la totalidad de la licitación.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no se encuentra hábil en el registro de proveedores, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo 58° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024), indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
16. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº117 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, se formalizará a través de la orden de compra electrónica y las presentes Bases Administrativas y Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
Dicha orden será enviada al proveedor adjudicado, transcurrido 24 horas contadas desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y tendrá 24 horas hábiles para revisar y aceptarla. En caso de no aceptar, deberá indicar los motivos de tal rechazo y se procederá a adjudicar al segundo en la terna, realizando todos los trámites administrativos que correspondan.
La orden de compra electrónica debe estar previamente “aceptada”, antes de emitir documento tributario (factura / boleta de hononarios).
El inicio de los servicios será al día hábil siguiente de haber aceptado la orden de compra.
16.1 ANTICIPO:
No se contempla.
16.2 DEL PAGO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS:
El pago será una vez realizado los servicios y será contra factura a 30 días. Dicha factura podrá ser enviada al correo electrónico facturas@coltauco.cl, con copia al Supervisor Técnico del Contrato, quien deberá emitir recepción conforme de los servicios contratados.
16.3 DE LAS MULTAS:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la correspondiente factura o boleta de honorarios, por tanto, en el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
a) Atraso en la entrega de los servicios:
La Municipalidad aplicará una multa del 5% del total adjudicado por cada día de atraso en la entrega o ejecución de los servicios contratados, con un tope de hasta 5 días.
b) Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas:
La Municipalidad de Coltauco, está facultada para el cobro de una multa del 5% del total adjudicado, por cada incumplimiento en las especificaciones técnicas de los servicios determinados en las presentes bases y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación, con un tope de hasta el 20% del valor total del contrato, lo que dará lugar a término anticipado de este.
El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente del servicio como corresponde, a sus expensas, en un plazo no superior a 2 días corridos, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los servicios.
c) Atraso en la entrega de los servicios luego de solicitada su corrección:
La Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro una multa del 1% del total adjudicado. por 1 dia de atraso en la nueva entrega de prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles) contados desde la fecha de notificación del rechazo de los servicios, con un tope de 5 días
Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (I.V.A incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, la Municipalidad de Coltauco podrá poner término anticipado a la contratación.
16.4. RECURSO DE REPOSICIÓN:
La Municipalidad podrá aplicar multas en forma administrativa. El Oferente podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
El Decreto que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco.
16.5 TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
La Municipalidad podrá dar término anticipado administrativamente al contrato y sin forma de juicio, y puesta en conocimiento al Prestador de Servicios, aduciendo las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
c) Si el Prestador de Servicios fuese condenado a pena aflictiva.
d) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Prestador de Servicios. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
e) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
f) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Prestador de Servicios, sin cargo para ambas partes.
g) Por paralización del servicio por más de 05 días corridos, sin causa justificada.
h) Por multas reiteradas que superen el 20% del monto total contratado o multas sucesivas, que afectan el normal desarrollo del contrato (más de 5 multas sucesivas o alternadas dentro del mes)
i) En el caso de que el Prestador de Servicios sea una Unión Temporal de Proveedores y se presente la siguiente situación:
i) cuando uno de los miembros de la UTP se retira de ésta, será, y dicho integrante hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
ii) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
iii) Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la media que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
iv) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
16.6 PROCEDIMIENTO DE TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
El Supervisor Técnico notificará al Prestador de Servicios, a través de correo electrónico (Ley N°21.180/2019 Transformación digital del Estado) o carta certificada (Ley N°19.880/2003 Procedimientos Administrativos que rigen para los actos de los órganos de la administración del Estado) mediante Oficio que consten los hechos y circunstancia que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
El Prestador de Servicios dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta la Municipalidad.
Si el Prestador de Servicios no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrá por acreditada la causal de término anticipado dictándose el decreto por parte de la autoridad correspondiente.
Si se han presentado descargos oportunamente, la autoridad pertinente dispondrá de 10 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto se dictará el correspondiente acto administrativo.
El Prestador de Servicios podrá presentar recurso de reposición ante la autoridad, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación del Decreto que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente o se rechaza. Si el Prestador de Servicios no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término de contrato quedará firme.
16.7 PRORROGA DEL CONTRATO:
Se podrá prorrogar hasta en un 30% del monto total contratado, sin que esto afecte los elementos esenciales del contrato y dicha prórroga no podrá extenderse por más de 2 meses. Para ello, debe existir disponibilidad presupuestaria y acuerdo entre las partes, teniendo presente que el Prestador de Servicios ha cumplido a cabalidad su contrato sin observaciones, reajustándose conforme al reajuste que tenga el sector público a fin de año.
Para ello se emitirá una nueva orden de compra electrónica, tomando todas las medidas administrativas del caso, debiendo el Oferente estar hábil y con su Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar al día.
16.8 MODIFICACION AL CONTRATO:
Como el objetivo de las presentes bases es contratar trabajos preventivos, a fin de evitar destrozos y/o deterioros en los bienes inmuebles de la Municipalidad Coltauco, el contrato podría sufrir modificaciones por razones de fuerza mayor, tales como incendios, inundaciones, terremotos, que alteren total o parcialmente los recintos a intervenir. En todo caso, si ello ocurre, será el Supervisor Técnico o quien lo subrogue el encargado de establecer el grado de daño y solicitará readecuación del Plan de Trabajo a fin de colaborar en las posibles emergencias que dichos inmuebles podrían sufrir durante los meses de junio a septiembre del presente año, todo ello sin alterar la esencia del contrato y respetando el equilibrio financiero. En todo caso, si resultado de las readecuaciones al Plan de Trabajo, requieran de un aumento en el monto, éste no podría superar el 30% del valor total contratado.
16.9 PAGO DE COTIZACIONES:
Según la Ley N°20.255 “Reforma Previsional y la Ley N°20.894, que prorroga la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes. El oferente declara estar en conocimientos de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones, seguro de accidente y que no es responsabilidad de la Municipalidad de Coltauco efectuar descuentos por estos conceptos.
Respecto de la responsabilidad del Contratista con respecto a los trabajadores, es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación de la ITS, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad.
Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la CONTRATISTA o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
Será de cargo exclusivo de la CONTRATISTA cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la I. Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al CONTRATISTA, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la I. Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la I. Municipalidad adeude al CONTRATISTA y que se deriven de la ejecución del presente contrato.
La I. Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el CONTRATISTA deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la CONTRATISTA que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato.
Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral.
16.10 DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO:
La supervisión técnica del contrato será realizada por el Inspector Técnico de la Dirección de Obras Municipales o quien le subrogue, quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto de que se ejecute a cabalidad el Plan de trabajo, salvo que en las Bases administrativas y técnicas indiquen otra situación.
17. OTRAS CONSIDERACIONES:
17.1 DE LA PUBLICIDAD OFERTAS TÉCNICAS:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
17.2 DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Se prohíbe la subcontratación por tratarse de servicios, donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente.
17.3 MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN:
Cualquier duda o consulta respecto de la adjudicación, será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado al funcionario evaluador el cual procederá a aclarar y responder dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
17.4 PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
17.5 VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días corridos.
17.6 DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE:
Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Coltauco y prorrogan la competencia antes los Tribunales de Justicia correspondientes.
17.7 MODIFICACIÓN A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes de cierre de recepción de las ofertas (Articulo 40° del Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024), otorgando un plazo prudencial para los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
18. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADO EN LAS PRESENTES BASES
La presente licitación y el contrato que de ella se derive se regirán por la normativa vigente en la República de Chile, en especial por las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886/2003 y su reglamento aprobado mediante Decreto N°661/2024del Ministerio de Hacienda. Asimismo, serán aplicables las disposiciones de la Decreto Ley N°3.063, debiendo el adjudicatario contar con patente municipal vigente para el desarrollo de la actividad correspondiente.
El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa sanitaria vigente aplicable a la elaboración, almacenamiento, transporte y distribución de alimentos, especialmente lo dispuesto en el Decreto Supremo N°977 de 1996 del Ministerio de Salud, así como a las instrucciones impartidas por la autoridad sanitaria competente.
Asimismo, serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, en materia de obligaciones laborales, y en la normativa previsional y tributaria vigente, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario su cumplimiento respecto del personal que emplee para la ejecución del contrato.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las exigencias legales relativas a la calidad e inocuidad de los productos alimenticios, incluyendo condiciones de rotulación, fechas de vencimiento, almacenamiento y transporte.
Cualquier otra normativa que resulte aplicable al objeto de la contratación se entenderá incorporada al contrato, aun cuando no se encuentre expresamente señalada en las presentes bases.
19. DE LA NORMATIVA QUE RIGE PARA ESTA LICITACIÓN:
La presente licitación y el contrato que de ella se derive se regirán por la normativa vigente en la República de Chile, en especial por las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886 y el Reglamento de Compras, Decreto N°661/2024, las disposiciones de la Ley N°21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía y toda la normativa sanitaria vigente relacionada con procedimientos veterinarios, bienestar animal y control de población canina y felina, incluyendo las instrucciones emanadas de la autoridad sanitaria competente.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las exigencias legales y reglamentarias para el ejercicio de la actividad, debiendo contar, entre otros, con patente municipal vigente conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N°3.063, así como con las autorizaciones sanitarias correspondientes cuando proceda.
Del mismo modo, deberá dar cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales y tributarias vigentes, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de dichas normativas respecto de su personal.
Cualquier otra normativa que resulte aplicable al objeto de la contratación se entenderá incorporada al contrato, aun cuando no se encuentre expresamente señalada en las presentes bases.
20. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADO EN LAS PRESENTES BASES:
- Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”.
- Formulario Nº2 “Experiencia en el Rubro”.
- Formulario N°3 “Oferta Económica”.
- Formulario Nª4 “Programa de Integridad y Etica Empresarial”
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
GCV/lgc.
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL :
R.U.T. N° :
REPRESENTANTE LEGAL :
R.U.T. N° :
DOMICILIO :
TELEFONO :
CELULAR :
DATOS BANCARIOS :
E-MAIL o CORREO ELECTRONICO :
COLTAUCO, DE DEL 2026
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas.
La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.
FORMULARIO N°2
EXPERIENCIA EN EL RUBRO
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL :
R.U.T. N° :
REPRESENTANTE LEGAL :
R.U.T. N° :
DOMICILIO :
TELEFONO :
CELULAR :
Nº ENTIDAD PUBLICA
O
RAZON SOCIAL RUT. N° CONTRATO / NUMERO ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA FECHA contrato / Orden de Compra LABORES REALIZADAS
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Coltauco, de del 2026
NOTA: Este formulario deberá incluirse en anexos técnicos de la licitación pública correspondiente, en www.mercadopublico.cl.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, éstos pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato pdf.
FORMULARIO N°3
OFERTA ECONOMICA
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL :
R.U.T. N° :
REPRESENTANTE LEGAL :
R.U.T. N° :
DOMICILIO :
TELEFONO :
CELULAR :
Previo estudio de todos los antecedentes de la licitación, declaro conocer las obligaciones de la misma y las tareas que en ella se comprenden, las que serán ejecutadas en conformidad con las disposiciones mencionadas en las Bases Administrativas y Técnicas, cuyo texto declaro conocer ampliamente.
ITEM CONCEPTO VALOR UNITARIO
Mt/Lineal VALOR TOTAL
1
Limpieza y Mantención Estero Puren-Idahue
$
5.305 MT/lineal
$
SUB TOTAL $
IMP. 19% IVA $
TOTAL $
PLAZO DE EJECUCION: DIAS HÁBILES (desde emisión de OC)
FIRMA DEL OFERENTE
Coltauco, de del 2026
Nota: Este documento debe ser firmado e ingresado en los anexos económicos de la licitación pública correspondiente a través del sitio web www.mercadopublico.cl
FORMULARIO Nª4
“PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ETICA EMPRESARIAL”
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
E-MAIL
En relación a los Programas de Integridad y Ética Empresarial, el oferente declara que su empresa:
Marcar (x) la alternativa que corresponda
Si cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
No cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
NOMBRE, RUT Y FIRMA NOMBRE, RUT Y FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL JEFE O ENCARGADO DE PERSONAL
COLTAUCO, DE DEL 2026
Nota 1°: Este formato deberá ser firmado por el representante legal de la empresa.
Nota 2°: En caso que la empresa cuente en su orgánica con área de personal, este formato también deberá ser firmado por la jefatura o el encargado correspondiente.
Nota 3°: Aquellos oferentes que participen en calidad de uniones temporales de proveedores, cada uno de los asociados de la UTP deberán presentar este formato y firmarlo de acuerdo a lo indicado anteriormente
Nota 4°: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Nota 5°: Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACION JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
• No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
• Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
• No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
• No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
• No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
• Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
• Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
• Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
• No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha:
RECUERDE QUE ESTE FORMATO ES SOLO DE CARÁCTER REFERENCIAL
|
|
|