Licitación ID: 3997-44-LE26
SERVICIO DE MONITORES PARA TALLERES ADULTOS MAYORES 2026
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Personal técnico temporal 3 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de macramé primer ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas.  

2
Personal técnico temporal 7 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de macramé segundo ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas.  

3
Personal técnico temporal 4 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de tejido en lana con palillos conforme a las bases administrativas y técnicas.  

4
Personal técnico temporal 7 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de bordado en esterilla conforme a las bases administrativas y técnicas.  

5
Personal técnico temporal 4 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de aguja mágica, conforme a bases administrativas y técnicas.  

6
Personal técnico temporal 4 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de bordado en cinta, conforme a bass administrativas y técnicas.  

7
Personal técnico temporal 2 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de bordado en genero con hilo, conforme a bases administrativas y técnicas.  

8
Personal técnico temporal 4 Unidad
Cod: 80111604
Talleres de tejido a crochet, conforme a bases administrativas y técnicas.  

9
Personal técnico temporal 1 Unidad
Cod: 80111604
Taller de folclor, conforme a bases administrativas y técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MONITORES PARA TALLERES ADULTOS MAYORES 2026
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación Pública para contratar servicios de Monitor/a para impartir talleres a 36 Clubes de Adultos Mayores de la comuna Coltauco, tales como macramé, tejido en lana con palillo, bordado en esterilla, aguja mágica, bordado en cinta, bordado en género con hilo, tejido a crochet y folclor. El inicio de dichos talleres serán a partir de julio a noviembre de 2026, todo ello con el propósito de promover el bienestar integral y el buen uso del tiempo libre de las personas mayores de la comuna.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Administración Municipal
R.U.T.:
69.080.700-9
Dirección:
Avda. República de Chile Nº451 Coltauco
Comuna:
Coltauco
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-07-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-06-2026 17:46:27
Fecha inicio de preguntas: 26-06-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 02-07-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-07-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-07-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-07-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2026 17:30:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- i) Formulario N°1 Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono y cuenta de correo electrónico.
2.- ii) Currículum Vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga.
3.- iii) Certificado Antecedentes Fines Particulares actualizado.
Documentos Técnicos
1.- iv) Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente”
 
2.- v) Certificado o cualquier otro documento que acredite o certifique idoneidad o experticia en los temas abordados.
 
Documentos Económicos
1.- vi) Formulario Nº3 “Oferta Econòmica”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integridad iv Programa de integridad: (1%) En concordancia con lo establecido en el punto d) del Dictamen Nº E370752/2023 y el artículo 17º del Reglamento de Compras, del Decreto Nº661, el puntaje máximo lo obtendrá aquel oferente que acredite contar con programa de integridad que sea conocido por su personal; para lo anterior deberá adjuntar dicho programa junto con los verificadores de que éste es conocido por su personal; de no cumplir con lo anterior obtendrá 0 puntos. 1%
2 Precio i Precio: (50%) El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, valor por un (01) taller del servicio a contratar, sin impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula: Precio Mínimo Ofertado X 100 Precio de la Oferta Se aplicará dos decimales, para el cálculo. Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada para adjudicar. De igual manera, se considerará el Formulario Nº3 “Oferta Económica”, documento que deberá ser completado con toda la información allí requerida. Su omisión dará lugar a rechazar la oferta. 50%
3 Experiencia de los Oferentes ii. Experiencia de los oferentes: (40%) Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que en el Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente” indique en qué organismos públicos y/o empresas del sector privado ha prestado servicios similares al consultado en esta Licitación. En el caso de tener contrataciones con el sector privado, deberá ingresar copia escaneada de Facturas y/o contratos notariales en donde conste el servicio prestado. No se contabilizará como experiencia aquellos contratos que no se encuentren notariados. Por otra parte, si el Oferente cuenta con Órdenes de Compra Electrónica, éstas deberán estar en estado “aceptada” o “recepción conforme” y sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal. 40%
4 Cumplimiento de los requisitos iii Cumplimiento de los Requisitos Formales: (9%) Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver tabla), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 9%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en la tabla siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado: Nº Requisitos a cumplir Puntos 1 Ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente” 30 2 Ingreso del Currículum Vitae resumido en Word o PDF 30 3 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó Ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje). 30 4 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 10 TOTAL 100 9%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 15000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: No hay información
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARTA PINO
e-mail de responsable de pago: marta.pino@coltauco.cl
Nombre de responsable de contrato: ALVARO SOTO
e-mail de responsable de contrato: alvaro.soto@coltauco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2283301-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
22.2 De la Subcontratación: Se prohíbe la subcontratación por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

14.3.2  De los empates:

                    En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:

                    1° Precio

                    2° Experiencia del Oferente

                    3º Cumplimiento de Requisitos Formales

                    4° Programa de Integridad

                    5° El oferente que haya ingresado primero su oferta.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

22.3 Mecanismos para solución de consultas y aclaraciones respecto de la adjudicación:

                Cualquier duda o consulta será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado a la comisión evaluadora quienes procederán a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 05 días hábiles.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

14.3.9  Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:

                    En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:

                    -   Formulario N°1 Individualización del Oferente.

                    -   Curriculum Vitae

                    -   Certificado de Antecedentes para fines particulares.

                    Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:

                    -   Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”.

                    -   Certificado de Idenoeidad o similar.

                    -   Formulario Nº3 “Oferta Econòmica”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS “SERVICIO DE MONITORES PARA TALLERES ADULTOS MAYORES 2026” 1. GENERALIDADES: La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación Pública para contratar servicios de Monitor/a para impartir talleres a 36 Clubes de Adultos Mayores de la comuna Coltauco, tales como macramé, tejido en lana con palillo, bordado en esterilla, aguja mágica, bordado en cinta, bordado en género con hilo, tejido a crochet y folclor. El inicio de dichos talleres serán a partir de julio a noviembre de 2026, todo ello con el propósito de promover el bienestar integral y el buen uso del tiempo libre de las personas mayores de la comuna. 2. FINANCIAMIENTO: Dicha contratación será financiada con presupuesto municipal, imputado a la cuenta contable, cuyo monto disponible es de $15.000.000.- (Quince millones de pesos) impuestos incluidos: Área Programa Sub-Programa Nombre Cuenta Ítem Progamas Sociales Adulto Mayor Adulto Mayor Otros 215.22.11.999.001.001 3. MANDANTE: Municipalidad de Coltauco, RUT. N°69.080.700-9, domicilio en Avda. Arturo Prat N°66, Coltauco. 4. UNIDAD TÉCNICA: Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) 5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: Esta licitación corresponde a una adjudicación simple, mayor a 100 UTM y menor a 1000 UTM, por lo que corresponde a la sigla LE, de acuerdo a los valores ofertados en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos. 6. MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y NOTIFICACIONES: Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del portal MercadoPublico y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1 Individualización del Oferente. 7. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR: Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado. Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible. Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl. Para ofertar: 1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003). 2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°. 3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003). 4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211). 5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575). 6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente: GRADO CONSANGUINIDAD GRADO AFINIDAD TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS) CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL 1° Padres (padre o madre) 1° Suegros / padres del conviviente civil Hijos e hijas Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil 2° Hermanos y hermanas 2° Cuñados / hermanos del Conviviente Civil Abuelos / nietos o nietas Abuelos del cónyuge / nietos o nietas Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos. Para contratar: Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial). La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”. 8. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO REQUERIDO: El Oferente que pasará a ser Prestador de Servicios no tendrá calidad de funcionario municipal, además deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco adjudicará a un solo proveedor por línea de Compra, podrá ser en forma parcial o la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases, a partir de julio a Noviembre de 2026, cuyas labores o funciones están definidas en el Punto N°16.6 de las presentes bases. El oferente debe tener en cuenta que cada taller tendrá clases una vez a la semana, con una duración de 1,5 horas cada clase, lo que suma un total de 6 horas mensuales por cada club. El horario será flexible y se coordinará con cada organización una vez que se adjudique el contrato, de acuerdo con las actividades que realice el Club de Adultos Mayores. Además, se espera que el oferente mantenga una conducta intachable durante el desarrollo de las clases y será responsable del traslado hacia y desde el lugar donde se realicen los talleres. Para el desarrollo de los talleres, el oferente debe tener en consideración que las actividades son ejecutadas en distintos lugares, por lo cual debe contar con movilización propia. Una vez sancionadas las presentas Bases, se creará el Formulario de Adquisición, con las siguientes Líneas de Compras: Línea de Compra N° Clasificación ONU. Cant. Unidad de Medida Descripción 1 80111604 Personal Técnico Temporal 3 Unidad Talleres de macramé primer ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas. 2 80111604 Personal Técnico Temporal 7 Unidad Talleres de macramé segundo ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas. 3 80111604 Personal Técnico Temporal 4 Unidad Talleres de tejido en lana con palillos conforme a las bases administrativas y técnicas. 4 80111604 Personal Técnico Temporal 7 Unidad Talleres de bordado en esterilla conforme a las bases administrativas y técnicas. 5 80111604 Personal Técnico Temporal 4 Unidad Talleres de aguja mágica, conforme a bases administrativas y técnicas. 6 80111604 Personal Técnico Temporal 4 Unidad Talleres de bordado en cinta, conforme a bass administrativas y técnicas. 7 80111604 Personal Técnico Temporal 2 Unidad Talleres de bordado en genero con hilo, conforme a bases administrativas y técnicas. 8 80111604 Personal Técnico Temporal 4 Unidad Talleres de tejido a crochet, conforme a bases administrativas y técnicas. 9 80111604 Personal Técnico Temporal 1 Unidad Taller de folclor, conforme a bases administrativas y técnicas. 9. CALENDARIO DE ACTIVIDADES: PROCESO DESCRIPCION Fecha de publicación Se publicarán a más tardar, al quinto día de dictado el Decreto aprobatorio correspondiente. Fecha inicio y término de preguntas A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y el foro estará vigente por 72 horas hábiles. Fecha publicación de respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs. Fecha de cierre de recepción de ofertas Se publicará diez (10) días (como mínimo) contados desde la fecha de publicación, y cerrará en día hábil, a las 15:00 hrs. Fecha de apertura electrónica Será al minuto siguiente del cierre de las ofertas. Fecha de confirmación de apertura electrónica Será en el plazo dispuesto en el formulario de adquisición, considerando que el sistema lo realiza de manera automática. Fecha de convocatoria Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora se reunirá para revisar los antecedentes, en un plazo no superior a 48 horas hábiles, contados desde la notificación del Departamento de Adquisiciones. Fecha de adjudicación Se procederá a adjudicar hasta pasado 05 días hábiles, contados desde de la fecha de apertura de la licitación. Fecha suscripción de contrato No se considera, conforme al Artículo 117° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024). 10. GARANTÍA DEL CONTRATO: No se considera. 11. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas se deberán presentar solamente a través del formulario de presentación de ofertas que incluye el sistema de información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los formularios indicados en las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Sin embargo, conforme al Artículo 115° de Decreto Supremo N°661/2024, las entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En lo referido al numeral 3°, señala que cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por la Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. El Oferente deberá ingresar debidamente llenado los siguientes antecedentes, conforme a Formularios proporcionado en la presente Licitación: Documentos Administrativos: i) Formulario N°1 Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono y cuenta de correo electrónico. ii) Currículum Vitae resumido en Word o PDF de fácil descarga. iii) Certificado Antecedentes Fines Particulares actualizado. En caso de haber omitido el ingreso de alguno de los documentos antes señalados, se otorga un plazo de 48 horas para ingresarlo. Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Documentos Técnicos: iv) Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente” v) Certificado o cualquier otro documento que acredite o certifique idoneidad o experticia en los temas abordados. Documentos Econòmicos: vi) Formulario Nº3 “Oferta Econòmica” En caso de que el o los documento (s) ingresado (s), no pueda (n) ser abiertos o guardados, se procederá a solicitar mediante foro inverso que repitan el proceso, sin embargo, su puntaje bajará por no dar cumplimiento a lo indicado en los presentes Bases Administrativas y Técnicas. Los documentos solicitados se entregarán en formato digital con letra clara y fácilmente legible. Las medidas se expresarán en las unidades que correspondan, según partida y los valores en pesos chilenos. Los nombres que se asignen o den a los archivos, deberán hacer mención a su contenido. De preferencia subir archivos en formato en Word, escaneados, PDF y/o jpg. 12. VIGENCIA DE LAS OFERTAS: Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema. 13. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA: La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario con clave del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere. Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°11 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, que rigen para esta Licitación. No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto. 14. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL: Respecto de la evaluación de las ofertas, se considera los siguientes aspectos: 14.1 De la Comisión Evaluadora: Se designará a dos funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Municipal para realizar la evaluación de las ofertas, quien tendrá las siguientes atribuciones: i) Realizar la evaluación de las ofertas, dentro del plazo que exija las bases, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos exigidos en la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes. ii) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación. iii) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas. iv) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia. v) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl. vi) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada. vii) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos. viii) Serán responsables de avisar oportunamente por canales oficiales, si requieren de más plazo para la revisión de las ofertas, argumentado el motivo de tal decisión. 14.2 De los Criterios de Evaluación: En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales. La Comisión aplicará la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar unas nomina en que se consignaran las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje. Se establecerá pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones, para los oferentes son: Nº Criterio de Evaluación Rangos 1 Precio 50% Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100 2 Experiencia del Oferente 40% + de 12 órdenes de compra/facturas/contratos notariales asociados a servicios similares en estado aceptada o conforme = 100 puntos Entre 6 a 11 órdenes de compra/facturas/contratos notariales asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme = 60 puntos Entre 1 a 5 órdenes de compra/facturas/contratos notariales asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme = 30 puntos No presenta órdenes de compra/facturas/contratos notariales de servicio similares (en el caso de ingreso de contratos no notariales, se evaluará con 0 puntos) = 0 puntos 3 Cumplimiento de los Requisitos Formales 9% Si cumple con todos los requisitos = 100 puntos Si obtiene entre 70 y 99 puntos = 80 puntos Si obtiene entre 40 y 69 puntos = 50 puntos Si obtiene menos 10 a 39 puntos = 20 puntos Si obtiene menos de 9 puntos = 0 puntos 4 Programa de integridad (1%) Cuenta con programa de integridad conocido por su personal. = 100 puntos No cuenta con programa de integridad = 0 punto i Precio: (50%) El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, valor por un (01) taller del servicio a contratar, sin impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula: Precio Mínimo Ofertado X 100 Precio de la Oferta Se aplicará dos decimales, para el cálculo. Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada para adjudicar. De igual manera, se considerará el Formulario Nº3 “Oferta Económica”, documento que deberá ser completado con toda la información allí requerida. Su omisión dará lugar a rechazar la oferta. ii. Experiencia de los oferentes: (40%) Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que en el Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente” indique en qué organismos públicos y/o empresas del sector privado ha prestado servicios similares al consultado en esta Licitación. En el caso de tener contrataciones con el sector privado, deberá ingresar copia escaneada de Facturas y/o contratos notariales en donde conste el servicio prestado. No se contabilizará como experiencia aquellos contratos que no se encuentren notariados. Por otra parte, si el Oferente cuenta con Órdenes de Compra Electrónica, éstas deberán estar en estado “aceptada” o “recepción conforme” y sólo bastará que las mencione, ya que se verificarán directamente en el portal. iii Cumplimiento de los Requisitos Formales: (9%) Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver tabla), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 9%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en la tabla siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado: Nº Requisitos a cumplir Puntos 1 Ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente” 30 2 Ingreso del Currículum Vitae resumido en Word o PDF 30 3 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó Ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje). 30 4 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 10 TOTAL 100 iv Programa de integridad: (1%) En concordancia con lo establecido en el punto d) del Dictamen Nº E370752/2023 y el artículo 17º del Reglamento de Compras, del Decreto Nº661, el puntaje máximo lo obtendrá aquel oferente que acredite contar con programa de integridad que sea conocido por su personal; para lo anterior deberá adjuntar dicho programa junto con los verificadores de que éste es conocido por su personal; de no cumplir con lo anterior obtendrá 0 puntos. 14.3 Otros aspectos de la evaluación: 14.3.1 De las consultas (foro inverso): La Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder. 14.3.2 De los empates: En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta: 1° Precio 2° Experiencia del Oferente 3º Cumplimiento de Requisitos Formales 4° Programa de Integridad 5° El oferente que haya ingresado primero su oferta. 14.3.3 Del puntaje mínimo para adjudicar: Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes sea igual o superior a 70 puntos. 14.3.4 De la autenticidad de la información: La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas. 14.3.5 Número de ofertas: Se aceptará únicamente una propuesta por oferente. Si un oferente presenta más de una oferta, se considerará aquella que resulte más conveniente a los intereses de la Municipalidad, es decir, aquella que obtenga mayor puntaje en la evaluación respectiva, y el resto de las ofertas presentadas por el oferente serán declaradas inadmisibles. 14.3.6 De presentarse una sola oferta: Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la comisión de evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. 14.3.7 Del contacto entre la municipalidad y los oferentes: Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 14.3.8 Documentos extras: Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humano, aquellas ofertas donde el oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, estos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos, por no respetar esta medida. Este descuento ser realizará del puntaje total obtenido de todos los criterios. 14.3.9 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes: En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente: - Formulario N°1 Individualización del Oferente. - Curriculum Vitae - Certificado de Antecedentes para fines particulares. Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos: - Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”. - Certificado de Idenoeidad o similar. - Formulario Nº3 “Oferta Econòmica”. 15. REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN: En el caso de que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, se podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 16. OFERTAS TEMERARIAS: La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. 17. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP): De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda. Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores. Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere. Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases. Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta. 18. DE LA ADJUDICACIÓN Y/O DESERCIÓN: El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, en forma parcial o la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases. Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde o a quien delegue esta función, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas. Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no presenta la patente municipal vigente o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado. Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma. 19. DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: No se contempla. Conforme al Artículo Nº117 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, se formalizará a través de la orden de compra electrónica y las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio. Dicha orden será enviada al proveedor adjudicado, transcurrido 24 horas contadas desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y tendrá 24 horas hábiles para revisar y aceptarla. En caso de no aceptar, deberá indicar los motivos de tal rechazo y se procederá a adjudicar al segundo en la terna, realizando todos los trámites administrativos que correspondan. 19.1 Anticipo: No se contempla. 19.2 Del pago del Contrato: El adjudicatario o Prestador de Servicios, podrá presentar a través del correo electrónico oficinadepartes@coltauco.cl, con especial atención al departamento requirente, su correspondiente documento tributario, el cual deberá contener de forma clara y precisa la Orden de Compra Electrónica e indicar que número de estado de pago o avance. Para el caso de Boleta de Honorarios, deberá emitirla cuando el Supervisor Técnico se lo indique, teniendo presente que el programa de contabilidad municipal obliga a pagar las boletas de servicios el mismo mes en que se emiten, por tanto, se devolverán aquellas boletas que sean presentadas en forma posterior a fecha que señale el Supervisor Técnico del Contrato. 19.3 Término anticipado del Contrato: La Municipalidad podrá dar término anticipado administrativamente al contrato y sin forma de juicio, y puesta en conocimiento al Adjudicatario o Prestador de Servicios, aduciendo las siguientes causales: i) Si a juicio del Inspector Técnico no se está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a la calidad y oportunidad del servicio, establecidas en el Contrato. ii) En caso de muerte del Oferente. iii) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada. iv) Si el Oferente Adjudicado fuese condenado a pena aflictiva. v) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes. vi) Si el Servicio se paraliza o no se presta en el horario y el día señalado, en más de 3 ocasiones (Seguidas o alternadas) dentro del mes sin causa justificada. vii) Por atrasos y/o inasistencia reiterativos, seguida o alternadas e injustificadas por más de 5 ocasiones. En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos. 19.4 Procedimiento de término anticipado del contrato: El Supervisor Técnico notificará al adjudicatario o prestador de servicios, a través de correo electrónico (Ley N°21.180/2019 Transformación digital del Estado) o carta certificada (Ley N°19.880/2003 Procedimientos Administrativos que rigen para los actos de los órganos de la administración del Estado) mediante Oficio que consten los hechos y circunstancia que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello. El adjudicatario o prestador de servicios dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta la Municipalidad. Si el adjudicatario o prestador de servicios no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrá por acreditada la causal de término anticipado dictándose el decreto por parte de la autoridad correspondiente. Si se han presentado descargos oportunamente, la autoridad pertinente dispondrá de 10 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto se dictará el correspondiente acto administrativo. El adjudicatario o prestador de servicios podrá presentar recurso de reposición ante la autoridad, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación del Decreto que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente o se rechaza. Si el adjudicatario o prestador de servicios no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término de contrato quedará firme. 19.5 De la Supervisión Técnica del Contrato: La supervisión técnica del contrato será realizada por el Encargado de la Oficina de Adulto Mayor, o quien subrogue, quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto de que se ejecute a cabalidad los operativos, salvo que en las Bases técnicas indiquen otra situación. 19.6 De las sanciones, multas y aplicación: La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá del documento tributario: Nº MOTIVO % OBSERVACIÓN 1 Por inasistencia injustificada o atrasos 5 Por atraso y/o ausencia injustificada, hasta un máximo de 03 ocasiones, pasado lo cual se pondrá término al Contrato. 2 Por no entrega de informes o registros 5 Retención temporal del pago de la boleta de honorarios hasta que el monitor rinda la bitácora del taller, las listas de asistencia o el informe técnico requerido. 3 Por pérdida o daño de materiales 5 Obligación de reponer a su costo los insumos y/o herramientas dañadas por negligencia, o el descuento directo de su pago para la compra de estos insumos. 4 Por maltrato o faltas a la convivencia 5 Suspensión inmediata de las clases para realizar una investigación y la posterior desvinculación definitiva. A continuación, se establece como será el procedimiento para aplicar las multas: 1. Notificación del incumplimiento: Una vez verificados los hechos constitutivos de infracción, la contraparte técnica notificará inmediatamente al proveedor mediante el correo electrónico registrado en Formulario N°1 “Individualización del Oferente”, que debe coincider con el informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando con precisión los hechos que motivan la medida, el monto de la multa y todos los antecedentes que la fundamentan. Esta notificación será válida con el solo envío del correo electrónico, sin perjuicio de que pueda utilizarse también notificación personal o carta certificada. 2. Presentación de descargos: Desde la fecha de notificación, el proveedor contratará con un plazo de 5 días hábiles para presentar descargos por escrito al Alcalde, con copia a la Unidad Técnica y a la Dirección de Asesoría Jurídica, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. 3. Resolución de descargos: Si el proveedor no presenta descargos dentro del plazo, la Municipalidad aplicará la multa mediante una resolución fundada. En caso de presentarse descargos dentro del plazo establecido, la Municipalidad contará con un plazo de hasta 20 días hábiles para emitir un pronunciamiento, previa evaluación de la Unidad Técnica y de la Dirección de Asesoría Jurídica. La resolución será emitida por el Alcalde y deberá notificarse al proveedor mediante correo electrónico. Si transcurrido el plazo no existe pronunciamiento, se entenderá que el recurso no fue acogido. 4. Reposición y apelación: El proveedor podrá impugnar la resolución mediante recurso de reposición, presentado por escrito dentro de los mismos 5 días hábiles desde la notificación de la sanción, dirigido al Alcalde con copia a la Unidad Técnica y a la Dirección de Asesoría Jurídica. El Alcalde deberá resolver este recurso dentro del plazo de 20 días hábiles, tras recibir el informe técnico y jurídico correspondiente. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Las resoluciones que impongan sanciones también podrán ser impugnadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°19.880, en lo que sea aplicable. 19.7 De las labores a desarrollar: Para todos los talleres, considerando que son 36 Clubes de Adulto Mayor, dispuestos en toda la comuna (desde el sector de Lo de Cuevas hasta Cuesta de Idahue y todos su alrededores), el monitor adjudicado debe contar con movilización propia, que le permita llegar a tiempo. Cada clase es 1.5 horas semanal, salvo la clase de folclor que se estima en 2 horas. En todo los talleres, el monitor deberá: a) Registrar y llevar al día la Lista de Asistencia de Usuarios. b) Informe final de trabajo realizado durante el tiempo de intervención. c) Una vez finalizada la ejecución de los talleres en cada Club, se realizará una muestra de los logros conseguidos con cada club, la que deberá ser previamente coordinada con la Dirección de Desarrollo Comunitario. d) La continuidad del taller, estará sujeto de acuerdo a la asistencia por clases, la que será registrada (firma o huella dactilar) por cada participante y validada por el Presidente (a) del Club. Esta información será oportunamente remitida a la Dirección de Desarrollo Comunitario. e) Será de responsabilidad del Municipio la entrega de insumos y/o materiales, así como herramientas, a través del Supervisor Técnico, con los resguardos administrativos correspondiente, dejando constancia y observaciones al respecto f) El Prestador de Servicios será responsable del correcto uso y destino de los insumos, materiales y herramientas. En caso de pérdida, extravío o robo, será de su costo reponerlos. g) El Oferente que pasará a ser Prestador de Servicios no tendrá calidad de funcionario municipal, por lo que deberá ser puntal y tener un comportamiento intachable frente a los Adultos Mayores y el Supervisor Técnico. 19.8 Modificación al Contrato: La Municipalidad podrá modificar el contrato durante su ejecución, mediante acto administrativo fundado, cuando concurran circunstancias imprevistas al momento de la contratación, no imputables al adjudicatario, que afecten el normal desarrollo del servicio. Dichas modificaciones deberán tener por objeto asegurar la correcta ejecución del contrato y podrán considerar ajustes en la programación de las jornadas, plazos de ejecución u otros aspectos operativos, sin alterar la naturaleza ni el objeto del contrato. En ningún caso estas modificaciones podrán implicar un aumento del monto total del contrato que exceda los límites establecidos por la normativa vigente, debiendo contar, en todo caso, con la respectiva disponibilidad presupuestaria. Toda modificación deberá ser previamente validada por la contraparte técnica y podrían atender las siguientes circunstancias: - Condiciones climáticas que impiden jornadas. - Baja asistencia por factores externos (no atribuibles al proveedor). - Problemas sanitarios o exigencias de la autoridad sanitaria. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. 19.9 Pago de cotizaciones: Según la Ley N°20.255 “Reforma Previsional y la Ley N°20.894, que prorroga la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes, el oferente declara estar en conocimientos de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones, seguro de accidente y que no es responsabilidad de la Municipalidad de Coltauco efectuar descuentos por estos conceptos. Respecto de la responsabilidad del Contratista con respecto a los trabajadores, es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación de la ITS, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad. Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la Contratista o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo. Será de cargo exclusivo de la Contratista cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al Contratista, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la Municipalidad adeude al Contratista y que se deriven de la ejecución del presente contrato. La Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el Contratista deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la Contratista que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato. Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral Vigente. 19.10 Plazo de ejecución e inicio de los servicios: El plazo de ejecución de los servicios será hasta el 30 de Noviembre de 2026. El inicio de la prestación de servicios será una vez aceptada la orden de compra. Sin embargo, en el caso de que el proceso de licitación presente retraso, tales como intermitencias en la plataforma de www.mercadopublico.cl, o bien incidentes (eventos inesperados) que requieran de una revisión más exhaustiva, debiéndose tomar más tiempo de lo planificado, la máxima autoridad podrá ordenar, que por razones de buen servicio municipal, los servicios inicien al momento de la adjudicación, a fin de poder responder de mejor manera a los requerimientos de la Municipalidad y cumplir con el principio de estricta sujeción a las bases. 20. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS: La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024). 21. VIGENCIA DE LAS OFERTAS: Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos. 22. OTRAS CONSIDERACIONES: 22.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas: Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio. 22.2 De la Subcontratación: Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente). 22.3 Mecanismos para solución de consultas y aclaraciones respecto de la adjudicación: Cualquier duda o consulta será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado a la comisión evaluadora quienes procederán a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 05 días hábiles. 22.4 Pacto de Integridad: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 23. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Coltauco y prorrogan la competencia antes los Tribunales de Justicia correspondientes. 24. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN ESTA LICITACIÓN: - Formulario N°1 Individualización del Oferente - Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente”. - Formulario N°3 “Oferta Económica”. DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES GCV/cgf.   FORMULARIO N°1 INDIVIDUALIZACION DEL OFERENTE “SERVICIO DE MONITORES PARA TALLERES ADULTOS MAYORES 2026” NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE R.U.T. N° DOMICILIO TELEFONO CELULAR DATOS BANCARIOS E-MAIL CIUDAD, DE DEL 2026 NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas. La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.   FORMULARIO Nº2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE SERVICIO DE MONITORES PARA TALLERES ADULTOS MAYORES 2026 NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE R.U.T. N° DOMICILIO FONO CELULAR E-MAIL Nº Organismo Público y/o Sector Privado OC / Facturas / Contratos Notariales Fecha Cantidad de Talleres Realizados COLTAUCO, DE DEL 2026 NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, éstos pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato pdf.   FORMULARIO N°3 OFERTA ECONOMICA NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE : R.U.T. N° : DOMICILIO : TELEFONO : CELULAR : Previo estudio de todos los antecedentes de la licitación, declaro conocer las obligaciones de la misma y las tareas que en ella se comprenden, las que serán ejecutadas en conformidad con las disposiciones mencionadas en las Bases Administrativas y Técnicas, cuyo texto declaro conocer ampliamente. ITEM CONCEPTO CANT. VALOR UNITARIO VALOR TOTAL 1 Talleres de macramé primer ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas. 3 $ $ 2 Talleres de macramé segundo ciclo, conforme a las bases administrativas y técnicas. 7 $ $ 3 Talleres de tejido en lana con palillos conforme a las bases administrativas y técnicas. 4 $ $ 4 Talleres de bordado en esterilla conforme a las bases administrativas y técnicas. 7 $ $ 5 Talleres de aguja mágica, conforme a bases administrativas y técnicas. 4 $ $ 6 Talleres de bordado en cinta, conforme a bass administrativas y técnicas. 4 $ $ 7 Talleres de bordado en genero con hilo, conforme a bases administrativas y técnicas. 2 $ $ 8 Talleres de tejido a crochet, conforme a bases administrativas y técnicas. 4 $ $ 9 Taller de folclor, conforme a bases administrativas y técnicas. 1 $ $ SUB TOTAL $ IMPUESTO___% $ TOTAL $ (Nota: Sòlo rellene en las líneas de compra que está participando). INDICAR QUE DOCUMENTO TRIBUTARIO UTILIZARÁ: FACTURA BOLETA DE HONORARIOS Marcar con una X FIRMA DEL OFERENTE Coltauco, de del 2026 Nota: Este documento debe ser firmado e ingresado en los anexos económicos de la licitación pública correspondiente a través del sitio web www.mercadopublico.cl  FORMATO REFERENCIAL (SOLO PARA CONOCIMIENTO) DECLARACION JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR (Identificación del declarante) Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que: • No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. • Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. • No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. • No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). • No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). • Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. • Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. • Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. • No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”. Firmado con/sin Clave Única Fecha: (FORMATO REFERENCIAL, SOLO PARA CONOCIMIENTO)
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.