En cumplimiento de lo dispuesto en el dictamen N°E370752/2023, de la Contraloría General de la República, el Proveedor declara que, por el solo hecho de suscribir este contrato, acepta expresamente el presente pacto de integridad obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él. Especialmente, el proveedor asume los siguientes compromisos:
1. El Proveedor se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el Proveedor se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El Proveedor se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con el presente contrato, lo que incluye las etapas pre y post contractuales, así como los procedimientos de aplicación de medidas derivadas de incumplimientos contractuales que eventualmente se incoaren.
3. El Proveedor se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en la ejecución del presente contrato, así como en sus etapas pre y post contractuales.
4. El Proveedor manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en el presente contrato.
5. El Proveedor se obliga a adoptar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto del presente contrato, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.”