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2.2 Documentos TÉCNICOS en Soporte Digital.
2.2.1 Anexo 6, Experiencia del Oferente. El oferente deberá indicar Sólo experiencia en implementación, arriendo, desarrollo o prestación de servicios de plataformas digitales, sistemas informáticos, intranets, agendas en línea, software como servicio (SaaS) o servicios de similares características al licitado, prestados a entidades públicas o privadas, comenzados desde enero de 2020 hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Para estos efectos, se aceptarán experiencias finalizadas o que se encuentren actualmente en ejecución. En el caso de experiencias en ejecución, éstas deberán contar con una antigüedad mínima de 1 año, contado desde la fecha de inicio de la prestación del servicio hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas, debiendo acreditarse mediante antecedentes suficientes que permitan verificar su efectiva prestación.
Sólo serán evaluadas las experiencias acreditadas mediante:
a) Órdenes de Compra aceptadas o con recepción conforme en Mercado Público; y/o
b) Certificados emitidos por el Mandante (a quien se le prestó el servicio), suscritos por Jefe Superior del Servicio, Directores, Jefes de Departamento correspondientes y/o ITS, tratándose de entidades públicas; o por Gerentes y/o Jefes de Área correspondiente, tratándose de privados (*).
Las certificaciones DEBERÁN señalar como mínimo:
• Que corresponden a implementación, arriendo, desarrollo o prestación de servicios de plataformas digitales, sistemas informáticos, intranets, agendas en línea, software como servicio (SaaS) o servicios similares características al licitado.
• Fecha de inicio de prestación del servicio, para corroborar que el servicio se comenzó a prestar desde enero de 2020 hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas.
• En caso de tratarse de servicios en ejecución, deberá permitir verificar que la prestación cuenta con una antigüedad mínima de 1 año, contado desde su fecha de inicio hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas.
• Mandante del servicio (*).
• Nombre y cargo de quien suscribe el documento.
No serán evaluadas:
• Experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente.
• Experiencias en ejecución que no acrediten una antigüedad mínima de 1 año, contado desde la fecha de inicio de la prestación del servicio hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas.
• Experiencias en que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente.
• Otros documentos de certificación tales como; contratos, facturas u otros documentos no idóneos.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 180 del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases.
Para efectos de la evaluación de la experiencia, se considerará la cantidad de certificaciones y/o Órdenes de Compra a través de Mercado Público de servicios iguales y/o similares, de conformidad a lo indicado en el presente anexo y que se encuentren debidamente certificados.
Solamente se evaluarán las experiencias debidamente respaldadas que cumplan con lo mínimo solicitado, hasta alcanzar el puntaje máximo para el presente criterio.
En caso de no tener experiencia o no presentarla según lo indicado en el presente anexo, el oferente será evaluado con puntaje 0.
2.2.2 Anexo 7, Oferta Técnica. El oferente deberá completar el Anexo 7, declarando, para cada una de las dos líneas del servicio, el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en las Bases Técnicas N°2 “Agenda Municipal en Línea” y N°3 “Servicio Intranet Municipalidad de Cabrero” respectivamente.
Para cada requerimiento técnico, el oferente deberá señalar, a lo menos, si cumple o no cumple el requerimiento y describir la forma en que la solución ofertada da cumplimiento a lo solicitado. Asimismo, podrá indicar o acompañar antecedentes que permitan respaldar o facilitar la verificación de lo declarado, tales como manuales técnicos, manuales de usuario, fichas funcionales, documentación de arquitectura, capturas de pantalla, videos demostrativos, certificaciones u otros documentos pertinentes.
Del mismo modo, cuando corresponda, el oferente podrá señalar la referencia a la funcionalidad, módulo o sección de la Plataforma Demostrativa informada en el Anexo 8, con el objeto de facilitar la revisión por parte de la Comisión Evaluadora.
Asimismo, el oferente deberá declarar en el Anexo 7 el plazo de implementación ofertado, expresado en días hábiles, contado desde la aceptación de la Orden de Compra y hasta la puesta en producción de ambas líneas de servicio, esto es, Línea N°1 “Servicio Intranet Municipal” y Línea N°2 “Servicio Agenda Municipal en Línea”. Dicho plazo no podrá exceder los 15 días hábiles, conforme a lo establecido en el punto 8.3 de las presentes Bases. Toda oferta que supere dicho plazo será declarada Fuera de Bases.
Para efectos de evaluación, los requerimientos técnicos se entenderán clasificados en esenciales y accesorios:
a) Requerimientos Esenciales: Corresponden a las funcionalidades mínimas y condiciones obligatorias asociadas a la operación del sistema, seguridad, administración, usuarios, trazabilidad, soporte, disponibilidad, respaldo, continuidad operativa, protección de datos y demás aspectos definidos en las Bases Técnicas. Su incumplimiento, o la imposibilidad de verificar razonablemente su cumplimiento mediante la oferta presentada y la Plataforma Demostrativa, dará lugar a la Inadmisibilidad de la oferta.
b) Requerimientos Accesorios: Corresponden a funcionalidades complementarias, mejoras operativas o elementos adicionales que no sustituyen los requisitos mínimos exigidos. Su cumplimiento parcial será admisible, pero estará sujeto al puntaje del criterio “Oferta Técnica”, conforme a lo establecido en el punto 4.2 de las presentes Bases.
La sola declaración de cumplimiento en el Anexo 7 no bastará para efectos de evaluación. Lo declarado deberá ser consistente con la solución ofertada y deberá poder ser verificado razonablemente por la Comisión Evaluadora mediante la Plataforma Demostrativa informada en el Anexo 8 y/o los antecedentes que el oferente haya acompañado para dichos efectos.
El oferente que no presente el Anexo 7, lo presente incompleto en aspectos esenciales, o declare el cumplimiento de requerimientos técnicos esenciales que no puedan ser verificados razonablemente conforme a la oferta presentada y la Plataforma Demostrativa, será declarado Fuera de Bases.
Sin perjuicio de la información que el oferente declare en el Anexo 7, las condiciones relativas a soporte técnico, disponibilidad, SLA, respaldos, continuidad operativa, seguridad de la información, protección de datos personales, reportes mensuales, capacitación, manuales, documentación técnica, cierre del servicio, exportación y entrega de información se entenderán reguladas por las Bases Técnicas N°2 y N°3, por las condiciones técnicas transversales aplicables al servicio y por las Bases Administrativas.
El Anexo 7 tendrá por finalidad declarar y facilitar la verificación del cumplimiento técnico de la solución ofertada, sin sustituir ni restringir las obligaciones técnicas y contractuales establecidas en las Bases Técnicas y Bases Administrativas.
2.2.3 Anexo 8, Acreditación Técnica mediante Plataforma Demostrativa. El oferente deberá completar el Anexo 8, con el objeto de permitir a la Comisión Evaluadora revisar y verificar las funcionalidades declaradas en el Anexo 7.
Para estos efectos, el oferente deberá informar obligatoriamente:
a) URL o link de acceso a una Plataforma Demostrativa funcional, que permita revisar la solución ofertada para la Línea N°1 “Servicio Intranet Municipal” y la Línea N°2 “Servicio Agenda Municipal en Línea”. Podrá informarse una URL conjunta o dos URL distintas, una por cada línea de servicio, las que deberán mantenerse operativas durante la totalidad del período de evaluación de las ofertas.
b) Credenciales de acceso válidas y operativas, con perfil de administrador y usuario final, que permitan a la Comisión Evaluadora revisar las funcionalidades declaradas por el oferente en el Anexo 7.
Adicionalmente, el oferente podrá acompañar material demostrativo complementario que facilite la revisión de la solución ofertada, tales como capturas de pantalla, videos demostrativos en formato MP4, AVI o equivalente, manuales de usuario, manuales de administración, documentación técnica, fichas funcionales, antecedentes de arquitectura, seguridad, disponibilidad, respaldo u otros documentos pertinentes.
La Comisión Evaluadora podrá ingresar a la Plataforma Demostrativa durante el período de evaluación, utilizando las credenciales proporcionadas por el oferente, con el objeto de verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos declarados.
El oferente que no presente el Anexo 8, no informe URL de acceso, no entregue credenciales operativas, o cuya Plataforma Demostrativa no permita verificar razonablemente el cumplimiento de los requerimientos técnicos esenciales declarados en el Anexo 7, será declarado Fuera de Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que durante la evaluación se advierta una dificultad de acceso, enlace temporalmente inoperativo, error de credenciales u otra incidencia técnica u operativa que impida la revisión de la Plataforma Demostrativa oportunamente informada, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al oferente, mediante foro inverso, la corrección correspondiente dentro del plazo máximo de 48 horas, la cual sólo podrá referirse a la URL de acceso y/o credenciales previamente informadas, sin que ello pueda importar la modificación de la oferta técnica, la incorporación de una nueva solución, la sustitución de la plataforma demostrativa originalmente presentada, ni conferir una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. Vencido dicho plazo sin respuesta suficiente o sin solución efectiva, la oferta será declarada Fuera de Bases.
OBSERVACIÓN:
Publicidad restringida de la plataforma demostrativa y antecedentes técnicos asociados.
Atendida la naturaleza de la presente licitación, en que los oferentes deberán informar una plataforma web demostrativa mediante URL, usuario y clave de acceso, conforme al Anexo 8, dichos antecedentes serán utilizados exclusivamente por la Comisión Evaluadora, y por quienes presten apoyo técnico cuando corresponda, con el único objeto de revisar y verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las Bases Técnicas, Bases Administrativas y anexos de postulación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 N°5 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, la Municipalidad podrá eximir de publicidad las ofertas técnicas en el Sistema de Información cuando su divulgación pudiere afectar derechos comerciales de los oferentes o secretos de carácter industrial. En razón de lo anterior, el acceso a la plataforma demostrativa, sus credenciales de ingreso y los antecedentes técnicos asociados a la solución ofertada tendrán carácter restringido, por cuanto su publicidad podría afectar derechos comerciales, técnicos o de propiedad intelectual de los oferentes.
El acceso otorgado a la plataforma demostrativa tendrá por finalidad exclusiva permitir la evaluación técnica de la oferta, no constituyendo cesión, licencia, autorización de uso permanente ni transferencia de derechos en favor de la Municipalidad.
Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá la publicidad del informe de evaluación, puntajes asignados, fundamentos, cuadros comparativos, actos administrativos, resolución de adjudicación o deserción y demás antecedentes necesarios para resguardar la transparencia y trazabilidad del procedimiento licitatorio.
OBSERVACIONES TÉCNICAS:
(**) Los oferentes que no ingresen en su oferta; Anexo 6 y/o Anexo 7 y/o Anexo 8, serán consideradas FUERA DE BASES.
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