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Adjudicación, readjudicación y declaración de desierta |
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La adjudicación se efectuará mediante acto administrativo fundado, al oferente cuya oferta sea admisible y obtenga el mayor puntaje final, siempre que resulte conveniente al interés municipal. El acto de adjudicación deberá publicarse en Mercado Público junto con el informe de evaluación, cuadro comparativo y antecedentes que fundamenten la decisión.
La Municipalidad podrá declarar inadmisibles las ofertas que no se ajusten a las bases, la ley o el reglamento, y declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes al interés municipal. En ambos casos, la decisión deberá fundarse y publicarse en el Sistema.
Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra dentro de 48 horas, no entrega la garantía de fiel cumplimiento cuando corresponda, no acredita habilidad para contratar, se desiste o incurre en causal que impida contratar, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo reglamentario, siempre que su oferta sea admisible y conveniente al interés municipal
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. Formalización mediante Orden de Compra |
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La contratación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra en Mercado Público y su aceptación por el proveedor adjudicado. La Orden de Compra, las presentes bases, sus anexos, las aclaraciones, la oferta adjudicada, el acto de adjudicación y la garantía de fiel cumplimiento, si correspondiere, integrarán el marco contractual.
La aceptación de la Orden de Compra obligará al proveedor al cumplimiento íntegro de precio, cantidad, calidad, plazo, logística, garantías, multas y demás condiciones establecidas en estas bases. La Municipalidad podrá solicitar el rechazo de una Orden de Compra no aceptada, conforme a la normativa aplicable.
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Garantía de fiel y oportuno cumplimiento |
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No se exigirá garantía de seriedad de la oferta, por no configurarse los supuestos legales y reglamentarios para imponerla en este procedimiento.
Sí se exigirá garantía de fiel y oportuno cumplimiento equivalente al 5% del precio final neto adjudicado. La exigencia se funda en el riesgo objetivo de ejecución asociado a la adjudicación única, la entrega en tres localidades rurales, las condiciones climáticas y logísticas de la comuna, la necesidad de continuidad del programa durante el invierno, la eventual afectación de beneficiarios si el proveedor incumple, y la conveniencia de asegurar el cobro de multas y reposiciones.
• Instrumento: cualquier caución o garantía pagadera a la vista, irrevocable y a primer requerimiento, física o electrónica, que asegure cobro rápido y efectivo. No se restringirá a un instrumento específico.
• Monto: 5% del precio final neto adjudicado.
• Vigencia: plazo de entrega ofertado más 60 días hábiles posteriores a la recepción conforme total, o el plazo mayor que indique el instrumento.
• Entrega: dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación y siempre antes de la aceptación de la Orden de Compra o formalización efectiva, según instruya la Municipalidad.
• Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación pública Adquisición y entrega de alimento forrajero para la ejecución del Programa Alimento Forrajero Comuna de Lago Verde 2026”.
• Devolución: una vez cumplidas todas las obligaciones contractuales, emitida la recepción conforme total, pagadas o descartadas multas y vencido el plazo de vigencia exigido, previa solicitud del proveedor.
Con cargo a esta garantía podrán hacerse efectivas las multas aplicadas, reposiciones incumplidas, gastos por incumplimiento y demás medidas contractuales establecidas en estas bases, sin perjuicio de otras acciones legales que procedan.
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Pago |
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El pago se efectuará dentro de 30 días corridos contados desde la recepción de la factura válidamente emitida, siempre que exista recepción conforme total y registro de la entrega y recepción en Mercado Público, conforme al artículo 133 del DS N° 661/2024. La factura deberá emitirse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Lago Verde, RUT N° 69.253.000-4, domicilio Cacique Blanco N° 131, comuna de Lago Verde, Región de Aysén, y al correo de recepción electrónica que informe la Municipalidad.
No procederá el pago de productos no entregados, defectuosos, rechazados, vencidos, con envase dañado, sin documentación suficiente o que no cumplan las especificaciones técnicas mínimas. Si se detectan diferencias de cantidad o calidad, la Municipalidad podrá suspender el pago total o parcial hasta la reposición o regularización correspondiente.
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Multas, reposición y procedimiento de aplicación |
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En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá aplicar las siguientes multas, sin perjuicio de exigir reposición, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente la contratación o ejercer otras acciones que correspondan. El total acumulado de multas no podrá exceder el 30% del precio total neto adjudicado
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. Término anticipado y otras medidas |
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La Municipalidad podrá poner término anticipado a la contratación, mediante acto administrativo fundado y publicado en Mercado Público, en los siguientes casos:
• No aceptación o rechazo de la Orden de Compra por parte del adjudicatario.
• No entrega de la garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo establecido, si se exige.
• Atraso superior a 10 días hábiles o incumplimiento grave del plazo comprometido.
• Entrega de productos no conformes y no reposición dentro del plazo otorgado.
• Superación del tope máximo de multas.
• Falsedad o inexactitud esencial de antecedentes de la oferta.
• Inhabilidad legal sobreviniente para contratar con órganos del Estado.
• Cesión no autorizada de la Orden de Compra o de obligaciones esenciales.
• Caso fortuito, fuerza mayor o razones de interés público debidamente fundadas que hagan imposible o inconveniente la continuidad, conforme a derecho.
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. Modificaciones contractuales |
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Cualquier modificación a la Orden de Compra o a las obligaciones contractuales deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado, publicarse en Mercado Público y respetar los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, equilibrio contractual, disponibilidad presupuestaria y no alteración de elementos esenciales. Solo podrán efectuarse modificaciones previstas en estas bases o aquellas autorizadas por la Ley N° 19.886 y el DS N° 661/2024, especialmente por razones de interés público o caso fortuito/fuerza mayor debidamente calificados.
En ningún caso podrá modificarse la contratación para sustituir el objeto por otro distinto, beneficiar indebidamente al proveedor, afectar la igualdad de los oferentes o superar los límites legales aplicables.
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. Prohibición de cesión y subcontratación |
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El proveedor no podrá ceder la Orden de Compra ni transferir a terceros las obligaciones esenciales de suministro sin autorización previa y escrita de la Municipalidad. La contratación de transporte, carga o descarga por parte del proveedor será de su exclusiva responsabilidad y no alterará su calidad de único obligado frente a la Municipalidad. El proveedor responderá por hechos u omisiones de sus dependientes, contratistas o subcontratistas logísticos.
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Protección de datos y uso de información |
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La información de beneficiarios del programa no será entregada al proveedor salvo que resulte estrictamente necesaria para coordinar entregas y exista instrucción formal de la Municipalidad. En tal caso, el proveedor deberá usarla exclusivamente para la finalidad contractual, mantener reserva y cumplir las normas de protección de datos personales aplicables.
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Interpretación, prelación y expediente de contratación |
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Las presentes bases, sus anexos, aclaraciones, respuestas, modificaciones, la oferta adjudicada, el acto de adjudicación y la Orden de Compra aceptada integran el expediente contractual. En caso de contradicción, prevalecerá el acto administrativo aprobatorio y sus modificaciones; luego las bases y aclaraciones; posteriormente la oferta adjudicada en cuanto sea compatible; y finalmente los demás antecedentes administrativos.
La Municipalidad deberá mantener en el expediente de compra, físico o digital, a lo menos: requerimiento de compra; análisis de necesidad; certificado presupuestario; revisión de Convenio Marco; acto aprobatorio de bases; publicación; consultas y respuestas; ofertas; acta de apertura; acto de designación de comisión; declaraciones de conflictos; informe de evaluación; acto de adjudicación; Orden de Compra; garantía; guías de despacho; actas de recepción; factura; comprobantes de pago; y antecedentes de multas o medidas si existieren.
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