En todo caso, la Unidad de Compra, podrá
solicitar a los oferentes, que salven errores u omisiones formales en la medida
que las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto
es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes a través de correo electrónico. Sin
perjuicio de lo anterior, no se considerará como un error formal, aquellos errores
recaídos sobre el precio de la oferta.
Asimismo, la Unidad de Compra, podrá permitir
la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no
mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
Para la corrección de estos errores u
omisiones, los proponentes tendrán un plazo de 26 horas, (de lunes a viernes,
excepto festivo), contados desde el requerimiento, el que se informará a través
del Sistema de Información.
De conformidad a los criterios de evaluación,
se asignará menor puntaje a las ofertas que rectifiquen los errores u omisiones
y/o acompañen los antecedentes omitidos, dentro del plazo referido. En caso de
no rectificar los errores u omisiones formales, o no acompañar las
certificaciones o antecedentes requeridos, dentro de plazo, la oferta será
declarada inadmisible, en caso de corresponder.