Licitación ID: 4174-24-LE26
PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DE FIESTAS PATRIAS QUIRIHUE
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Línea N°1  

2
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Línea N°2  

3
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Línea N°3  

4
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Línea N°4  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DE FIESTAS PATRIAS QUIRIHUE
Estado:
Cerrada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la contratación de los servicios de “Producción artística y logística necesarios para la realización de las actividades oficiales de Fiestas Patrias 2026” de la comuna de Quirihue, contemplando la contratación, coordinación, gestión y ejecución de todas las prestaciones necesarias para la correcta presentación de los artistas y agrupaciones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secplan
R.U.T.:
69.140.100-6
Dirección:
Esmeralda 698
Comuna:
Quirihue
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-08-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-07-2026 14:08:35
Fecha inicio de preguntas: 23-07-2026 14:15:00
Fecha final de preguntas: 27-07-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-07-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-08-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-08-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-08-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Anexo N° 1: “Identificación del Oferente”. b) Anexo N° 2: “Declaración Jurada Simple”. c) Patente Municipal Vigente, e) Anexo Nº 4: “Carta de Compromiso del Artista”. f) En caso de Unión Temporal de Proveedores
Documentos Técnicos
1.- a) Anexo N° 5: Resumen experiencia de la empresa. b) Anexo N° 6: Especificaciones Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- a) Anexo N° 7: Oferta Económica,
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (según Bases Administrativas y EE.TT.) 10%
2 CARTA DE COMPROMISO DEL ARTISTA (según Bases Administrativas y EE.TT.) 20%
3 Correcto cumplimiento contractual (según Bases Administrativas y EE.TT.) 5%
4 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
5 Programa de Integridad y Ética Empresarial (según Bases Administrativas y EE.TT.) 5%
6 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (según Bases Administrativas y EE.TT.) 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE.
e-mail de responsable de pago: MUNIQUIRIHUEFINANZAS@YAHOO.ES
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ARTÍCULO 35. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quirihue
Fecha de vencimiento: 20-11-2026
Monto: 5 %
Descripción: ARTÍCULO 16. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Art. 16.1. EXIGIBILIDAD La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será exigible únicamente respecto de las ofertas que resulten adjudicadas en las siguientes líneas: • Línea N°3: Presentación artística "Charros de Luchito y Rafael" o equivalente Técnico. • Línea N°4: Presentación artística "Toly Fu" o equivalente Técnico. Para las Líneas N°1 y N°2 no se exigirá Garantía de Fiel Cumplimiento, atendido el monto de contratación y la naturaleza de las prestaciones.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la Producción Artística y Logística de las Fiestas Patrias 2026 de la Ilustre Municipalidad de Quirihue – Línea N°__."
Forma y oportunidad de restitución: ART. 16.5.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA La garantía será restituida una vez cumplidas íntegramente todas las obligaciones contractuales, aplicadas y pagadas las multas que correspondan, emitida la recepción conforme por la Unidad Técnica y dictado el acto administrativo que apruebe el término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

 

 ARTÍCULO 1.    DESEMPATE

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, entre la calificación más alta obtenida en los criterios de la pauta de evaluación establecidos de acuerdo al siguiente orden descendente:

 

a)       Mayor puntaje en Precio.

b)       Mayor puntaje en Carta de Compromiso del Artista.

c)       Mayor puntaje en Especificaciones Técnicas.

d)       Mayor puntaje en Experiencia de la Empresa.

e)       Mayor puntaje en Correcto Cumplimiento Contractual.

f)        Mayor puntaje en Programa de Integridad.

 

Sí pese a lo anteriormente señalado, no pudiese dirimirse el empate, la Comisión resolverá en uso de sus atribuciones, por la oferta que primero haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl.

 

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

 

 ARTÍCULO 1.    ACLARACIÓN DE OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

La Comisión Evaluadora tendrá la facultad, y no la obligación, de solicitar aclaraciones o antecedentes destinados a subsanar errores u omisiones formales detectados durante la evaluación de las ofertas. La decisión de ejercer dicha facultad será discrecional y se adoptará únicamente cuando se estime necesaria para una adecuada evaluación, sin que su no utilización pueda ser invocada por los oferentes como causal de reclamación o impugnación del procedimiento. Las aclaraciones sólo podrán referirse a aspectos formales de la oferta, siempre que no alteren su contenido esencial, no modifiquen el precio ofertado, no otorguen ventajas respecto de los demás participantes y respeten los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las Bases.

Las solicitudes de aclaración se efectuarán mediante el mecanismo de foro inverso, otorgándose un plazo máximo de 48 horas corridas para responder, contado desde la publicación del respectivo requerimiento en la plataforma Mercado Público.

 

Será de exclusiva responsabilidad del oferente revisar oportunamente las notificaciones efectuadas a través del Sistema de Información.

 

Tratándose de documentos administrativos que se encuentren disponibles y vigentes en el Registro de Proveedores del Estado, su omisión no constituirá causal de inadmisibilidad, siempre que puedan ser obtenidos directamente por la Municipalidad.

 

Las respuestas entregadas por los oferentes pasarán a formar parte integrante de sus respectivas ofertas.

 

No podrán solicitarse ni aceptarse aclaraciones que importen modificar la oferta técnica o económica presentada originalmente.

Pacto de integridad

 

 ARTÍCULO 1.    PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

Por el solo hecho de presentar una oferta, el oferente declara conocer y aceptar íntegramente el presente Pacto de Integridad, comprometiéndose a actuar con estricto apego a los principios de probidad, transparencia, libre competencia, buena fe y legalidad durante todo el procedimiento de contratación y la ejecución del contrato.

En especial, el oferente se obliga a:

a.       No ofrecer, prometer, solicitar ni entregar pagos, regalos, beneficios, favores o cualquier otra ventaja indebida a funcionarios públicos, autoridades, asesores o terceros relacionados con el procedimiento de contratación.

b.       No ejecutar prácticas que alteren o restrinjan la libre competencia, incluyendo acuerdos colusorios, coordinación de ofertas o cualquier otra conducta prohibida por la legislación vigente.

c.       Presentar información veraz, íntegra, actualizada y fidedigna durante todo el procedimiento de contratación.

d.       Cumplir permanentemente con la normativa aplicable en materia de compras públicas, probidad administrativa, libre competencia, integridad y transparencia.

e.       Mantener vigente, durante toda la ejecución del contrato, su Programa de Integridad cuando éste haya sido presentado como parte de la oferta.

f.        Adoptar las medidas necesarias para que sus representantes, trabajadores, asesores, dependientes y eventuales subcontratistas cumplan las obligaciones contenidas en el presente artículo.

g.       Abstenerse de realizar cualquier gestión o comunicación destinada a influir indebidamente en la Comisión Evaluadora, el Inspector Técnico del Contrato, el Alcalde o cualquier funcionario municipal, debiendo canalizar todas las consultas únicamente a través de los mecanismos establecidos en las presentes Bases y en el Sistema de Información de Compras Públicas.

h.       Informar oportunamente cualquier hecho que pudiere constituir conflicto de interés, inhabilidad o situación que afecte la transparencia del procedimiento.

 

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en este artículo podrá constituir causal de inadmisibilidad de la oferta, aplicación de sanciones contractuales o término anticipado del contrato, según corresponda, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que procedan.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.