ARTÍCULO 10. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES
Los interesados podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases,
las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro
del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación de las presentes Bases. No
serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al
señalado.
La Municipalidad realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del
Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma.
La llustre Municipalidad de Quirihue, PODRÁ MODIFICAR LA FECHA DE ADJUDICACIÓN informada
en el Portal www.mercadopublico.cl, indicando las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo
comprometido y fijando la nueva fecha de adjudicación en el Sistema.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Municipalidad podrá modificar las
presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que
regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan
conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior, sin perjuicio de que la
realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de
Información sitio htp://www.mercadopublico.cl.
Las palabras y conceptos utilizados en estas Bases deberán entenderse en su sentido natural y obvio,
salvo que concurra a su respecto alguna definición legal, técnica o especial, particularmente si, se
encuentran definidas en el Reglamento de la Ley N°19.886 aprobado por DS. N°661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda.
Durante el desarrollo de la Visita Técnica no se efectuarán interpretaciones de las Bases, respuestas
técnicas ni compromisos por parte de los funcionarios municipales, debiendo toda aclaración formal
canalizarse exclusivamente mediante el procedimiento señalado en el presente artículo.