Licitación ID: 4174-26-LE26
ASCENSOR DEL MERCADO MUNICIPAL DE QUIRIHUE
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de mantenimiento de ascensores 1 Global
Cod: 72101506
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REPARACIÓN, PUESTA EN SERVICIO, CERTIFICACIÓN Y MANTENCIÓN DEL ASCENSOR DEL MERCADO MUNICIPAL DE QUIRIHUE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ASCENSOR DEL MERCADO MUNICIPAL DE QUIRIHUE
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Ilustre Municipalidad de Quirihue, requiere contratar el servicio denominado CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REPARACIÓN, PUESTA EN SERVICIO, CERTIFICACIÓN Y MANTENCIÓN DEL ASCENSOR DEL MERCADO MUNICIPAL DE QUIRIHUE, con el objeto de restablecer el correcto funcionamiento del ascensor instalado en el Mercado Municipal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secplan
R.U.T.:
69.140.100-6
Dirección:
Esmeralda 698
Comuna:
Quirihue
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-08-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-07-2026 23:40:50
Fecha inicio de preguntas: 27-07-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 30-07-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-08-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-08-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-08-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-08-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 07-08-2026
Fecha estimada de firma de contrato 31-08-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Anexo N° 1: “Identificación del Oferente”. b) Anexo N° 2: “Declaración Jurada Simple”. c) Patente Municipal Vigente d) Anexo No 3: “Programa de Integridad”. e) ANEXO Unión Temporal de Proveedores
Documentos Técnicos
1.- a) Anexo N° 4: Resumen experiencia de la empresa. b) Anexo N° 5: Propuesta Técnica (elaboración propia del oferente). c) Certificado MINVU, de Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores (Vigente)
 
Documentos Económicos
1.- a) Anexo N° 6: Formato de Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO (según Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas) 5%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
3 PROPUESTA TÉCNICA (según Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas) 30%
4 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (según Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas) 20%
5 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD (según Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUIRIHUE.
e-mail de responsable de pago: MUNIQUIRIHUEFINANZAS@YAHOO.ES
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ARTÍCULO 35. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN El adjudicatario no podrá ceder ni transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivados del contrato, salvo en los casos expresamente autorizados por la legislación vigente, de conform
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quirihue
Fecha de vencimiento: 15-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario debe garantizar el fiel cumplimiento del Contrato al momento de la suscripción del mismo, mediante la emisión y entrega de una garantía, en favor de la I. Municipalidad de Quirihue, RUT 69.140.100-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, expresada en pesos chilenos, que será devuelta una vez sancionada mediante resolución fundada, terminado el plazo de ejecución del contrato o consumo total del presupuesto establecido en el contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REPARACIÓN, PUESTA EN SERVICIO, CERTIFICACIÓN Y MANTENCIÓN DEL ASCENSOR DEL MERCADO MUNICIPAL DE QUIRIHUE”.
Forma y oportunidad de restitución: ART. 16.6.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA La garantía será devuelta una vez terminado el contrato y cumplidas íntegramente las obligaciones del proveedor, previa certificación conforme de la unidad técnica, y mediante acto administrativo correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
BASES ADMINISTRATIVAS. ARTÍCULO 28. RE ADJUDICACIÓN La Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar la respectiva línea al oferente que hubiere obtenido el siguiente mayor puntaje, siempre que su oferta continúe siendo conveniente para los intereses municipales, cuando el adjudicatario incurra en cualquiera de las siguientes circunstancias: a Renuncie expresa o tácitamente a la adjudicación. b No suscriba el contrato dentro del plazo establecido en las presentes Bases. c No entregue oportunamente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, cuando ésta sea exigible. d No presente los antecedentes legales o administrativos necesarios para contratar. e Pierda su condición de proveedor hábil en el Registro de Proveedores del Estado antes de la suscripción del contrato. f Se verifique con posterioridad a la adjudicación la existencia de alguna causal de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado. g No mantenga vigente la representación o autorización del artista comprometido en su oferta, o ésta sea revocada antes de la ejecución del respectivo espectáculo. La readjudicación procederá de acuerdo al Art. 58 del D.S. N° 6612024 del Ministerio de Hacienda, respetando estrictamente el orden de prelación obtenido en la evaluación de las ofertas. En caso de que ninguno de los oferentes restantes resulte conveniente para los intereses municipales, la Municipalidad podrá declarar desierta la respectiva línea mediante Decreto Alcaldicio fundado. La resolución que disponga la readjudicación será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas, entendiéndose notificada a todos los participantes desde su publicación.
Resolución de Empates

ARTÍCULO 24. DESEMPATE

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, entre la calificación más alta obtenida en los criterios de la pauta de evaluación establecidos de acuerdo al siguiente orden descendente:

  1. Mayor Puntaje Obtenido en Preciо.

  2. Mayor Puntaje Obtenido en Propuesta Técnica.

  3. Mayor Puntaje Obtenido en Experiencia de la Empresa.

  4. Mayor Puntaje Obtenido en Cumplimiento Programa de Integridad.

  5. Mayor Puntaje Obtenido en Plazo de Ejecución.

Sí pese a lo anteriormente señalado, no pudiese dirimirse el empate, la Comisión resolverá en uso de sus atribuciones, por la oferta que primero haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

ARTÍCULO 10. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los interesados podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

La Municipalidad realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma.

La llustre Municipalidad de Quirihue, PODRÁ MODIFICAR LA FECHA DE ADJUDICACIÓN informada en el Portal www.mercadopublico.cl, indicando las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo comprometido y fijando la nueva fecha de adjudicación en el Sistema.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Municipalidad podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior, sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información sitio htp://www.mercadopublico.cl.

Las palabras y conceptos utilizados en estas Bases deberán entenderse en su sentido natural y obvio, salvo que concurra a su respecto alguna definición legal, técnica o especial, particularmente si, se encuentran definidas en el Reglamento de la Ley N°19.886 aprobado por DS. N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Durante el desarrollo de la Visita Técnica no se efectuarán interpretaciones de las Bases, respuestas técnicas ni compromisos por parte de los funcionarios municipales, debiendo toda aclaración formal canalizarse exclusivamente mediante el procedimiento señalado en el presente artículo.

Pacto de integridad

ARTÍCULO 45. PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

El Por el solo hecho de presentar una oferta, el oferente declara conocer y aceptar íntegramente los principios de probidad, transparencia, libre competencia, buena fe, igualdad entre los oferentes y legalidad que rigen el Sistema de Compras Públicas, comprometiéndose a observarlos durante todo el procedimiento de contratación y, en caso de resultar adjudicado, durante toda la ejecución del contrato.

Asimismo, el oferente declara conocer y aceptar las obligaciones contenidas en las presentes Bases Administrativas relativas a integridad y comportamiento ético.

En especial, el oferente se obliga a:

  1. No ofrecer, prometer, solicitar ni entregar pagos, regalos, beneficios, favores o cualquier otra ventaja indebida a autoridades, funcionarios públicos, integrantes de la Comisión Evaluadora, Inspectores Técnicos del Contrato o cualquier persona que participe directa o indirectamente en el procedimiento de contratación.

  2. No ejecutar prácticas que alteren o restrinjan la libre competencia, incluyendo acuerdos colusorios, coordinación de ofertas, intercambio indebido de información o cualquier otra conducta prohibida por la legislación vigente.

  3. Presentar información veraz, íntegra, completa y fidedigna durante todo el procedimiento de contratación y la ejecución del contrato.

  4. Cumplir permanentemente con la Ley N°19.886, su Reglamento, la Ley N°20.393 cuando resulte aplicable, y las demás normas sobre probidad, transparencia, libre competencia e integridad que regulen la contratación pública.

  1. Mantener vigente durante toda la ejecución del contrato el Programa de Integridad presentado como parte de su oferta, cuando éste haya sido exigido en las presentes Bases Administrativas.

  2. Adoptar las medidas necesarias para que sus representantes, trabajadores, asesores, dependientes y, cuando corresponda, subcontratistas, den cumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente artículo.

  3. Abstenerse de efectuar gestiones, presiones o comunicaciones destinadas a influir indebidamente en las decisiones de la Comisión Evaluadora, de la Unidad Técnica, del Inspector Técnico del Contrato, del Alcalde o de cualquier funcionario municipal, debiendo canalizar toda comunicación relacionada con el procedimiento exclusivamente a través de los mecanismos establecidos en las presentes Bases Administrativas y en el Sistema de Información de Compras Públicas.

  4. Informar oportunamente a la Municipalidad cualquier situación que pueda dar origen a un conflicto de interés, una inhabilidad sobreviniente o cualquier circunstancia que pueda afectar la transparencia, imparcialidad o legalidad del procedimiento o de la ejecución del contrato.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente artículo será considerado por la Municipalidad de acuerdo con su naturaleza, gravedad y efectos, pudiendo dar lugar, según corresponda y previa tramitación del procedimiento respectivo, a la declaración de inadmisibilidad de la oferta cuando el incumplimiento se produzca durante el procedimiento de licitación; a la aplicación de las multas o sanciones contractuales establecidas en las presentes Bases; al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato; al término anticipado del contrato; y a las demás acciones administrativas, civiles o penales que resulten procedentes conforme a la legislación vigente.



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.