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Resolución de Empates |
En el caso de un empate de puntaje entre postulantes y que éstos correspondan a las mayores puntuaciones obtenidas en la evaluación de licitación y por lo tanto seleccionables, el criterio de elegibilidad será el siguiente:
En caso de empate, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “precio”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje promediado entre los criterios de evaluación PRECIO y EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR.
De persistir el empate, se adjudicará a la empresa cuya oferta haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
Los factores que resuelvan el empate quedarán registrados en el respectivo Decreto de Adjudicación y serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas deberán ser dirigidas sólo al correo electrónico indicado en el punto 8.2 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS, “Contacto licitación”, de las presentes bases de Licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe en dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
La entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contando desde del requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de las ofertas, con todo lo requerido.
No se admitirá ni recepcionarán documentos ni aclaración que se haga llegar fuera de la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El proveedor deberá subir al portal www.mercadopublico.cl su programa de integridad y ética empresarial, para el cual se tendrá en consideración lo siguiente:
1) Definir su política de integridad y ética empresarial, los protocolos y canales de denuncias existentes.
2) Acreditar que el programa es conocido por todo su personal mediante algunos de estos mecanismos:
a. Declaración Jurada Simple con nómina firmada por los trabajadores.
b. Declaración Jurada Simple suscrita por el Representante del Sindicato de Trabajadores, si lo hubiere. Se podrá acreditar la difusión o conocimiento de los trabajadores a través de un correo masivo institucional enviado a las y los trabajadores que lleve adjunto el programa de integridad y ética empresarial, como también tenerlo disponible en la página de la institución.
El programa de integridad de la empresa debe regirse de acuerdo con lo indicado en la ley 20.393 que “Establece la Responsabilidad de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica”.
La oferta que no incluya el Programa de Integridad y Ética Empresarial, en los términos antes señalados y este no sea conocido por todo el personal, no obtendrá el puntaje del factor, de acuerdo con la pauta de evaluación.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
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DEL CONTRATO |
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Resuelta la adjudicación se formalizará el contrato con la sola aceptación de la Orden de Compra en el Portal.
Los derechos emanados a través de la orden de compra o contrato que se suscriba con el proveedor adjudicado no podrán ser cedidos bajo ninguna circunstancia, salvo lo establecido en el numeral 28 Bases de Licitación, y acuerdo a los artículos 14 de la Ley 19.886 y 74 de su Reglamento.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
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La Universidad de Antofagasta declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Universidad de Antofagasta licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
Luego de notificada la adjudicación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes bases.
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