Licitación ID: 4291-95-LR25
CONSTRUCCIÓN UNIDAD DIÁLISIS HCUA BIP 40055869-0
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 263
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DE DIÁLISIS HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, C. BIP 40055869-0  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN UNIDAD DIÁLISIS HCUA BIP 40055869-0
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Universidad de Antofagasta requiere contratar la ejecución de obra para construir la Unidad de Diálisis del Hospital Clínico. El objetivo es contar con infraestructura sanitaria especializada que atienda las necesidades de pacientes en la provincia, cumpliendo estándares técnicos y normativos para asegurar servicios de salud de calidad en un entorno universitario.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Universidad de Antofagasta
R.U.T.:
70.791.800-4
Dirección:
AVDA. ANGAMOS 601
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-10-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 12-09-2025 11:44:21
Fecha inicio de preguntas: 12-09-2025 13:00:00
Fecha final de preguntas: 29-09-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-10-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-10-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-10-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 11-11-2025 13:36:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
Visita a Terreno 23-09-2025 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario N°1: Identificación del Oferente Persona Natural o Jurídica. Formulario N°1-A: Identificación del Oferente Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según sea el caso de acuerdo con el punto 5.1 de las presentes bases. Formulario N°2: Declaración Jurada de Aceptación de Antecedentes de la Licitación Formulario N°3: Declaración Programa de Integridad.
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°4: Experiencia del oferente en Obras de Salud Se deberá completar el listado de obras de infraestructura en salud públicas y privadas, las que pueden ser obras nuevas, ampliaciones, conservaciones, rehabilitaciones superiores a 500 m². Para la acreditación se debe adjuntar los certificados extendidos por la DOM u organismos públicos y privados mandantes, donde figure claramente el oferente y los m² de la obra. Todos los certificados deben estar firmados debidamente por el director o representante legal de la institución o empresa. El certificado que no especifique los tipos de obras o m², se considerará con 0 puntos en la evaluación de la experiencia, indicada en el punto 24 b.1 de las presentes bases. Formulario N°5: Experiencia del oferente en Otras Obras. Se deberá completar el listado de obras de infraestructura, las que pueden ser obras nuevas, ampliaciones, conservaciones, rehabilitaciones superiores a 500 m². Para la acreditación se debe adjuntar los certificados extendidos por la DOM u organismos públicos y privados mandantes, donde figure claramente el oferente y los m² de la obra. Todos los certificados deben estar firmados debidamente por el director o representante legal de la institución o empresa. El certificado que no especifique los tipos de obras o m², se considerará con 0 puntos en la evaluación de la experiencia, indicada en el punto 24 b.2 de las presentes bases. Formulario N°6: Experiencia Jefe de Obra. Profesional Ingeniero en Construcción o Ingeniero Civil, con 2 años de experiencia mínima en obras civiles. Se deberá adjuntar copia de título profesional, curriculum vitae y certificados emitidos por el mandante para acreditar experiencia. Para el caso que no se presente la acreditación de la experiencia del profesional, se le asignará 0 puntos en la evaluación indicada en el punto 24 b.3 de las presentes bases Formulario N°7: Cumplimiento Perfil de Profesionales Solicitados. Se deberá completar la información con los profesionales solicitados en el punto 7 de las Bases Técnicas. Junto al formulario deberá adjuntar el Curriculum Vitae y Certificado de Título de cada profesional solicitado. Se señala que, si no se presenta el equipo completo de profesionales solicitado en el punto 7 de las Bases Técnicas, la oferta será declara inadmisible. En el caso de UTP deberá presentar el anexo por cada uno de los integrantes Formulario N°10: Programa de Trabajo. El plazo de ejecución será el propuesto por el oferente quien propondrá un programa de trabajo o carta Gantt que se ajuste o disminuya los plazos establecidos por la Universidad. Dicho plazo de ejecución no podrá ser superior a 120 días corridos, ni menor a 150 días corridos.
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°8: Carta de Oferta y Plazo de Ejecución. en donde se debe indicar el valor total y plazo de ejecución de la obra, el cual debe considerar el valor neto en pesos, sin incluir impuestos y debe coincidir con lo indicado en su oferta en el portal Mercado Público. En caso de incongruencia entre los dos valores, prevalecerá el valor indicado en el presente formulario, independiente de las aclaraciones que se puedan solicitar a través del portal. Formulario N°9: Itemizado. Presupuesto detallado el que debe ser presentado en Formato Excel, con valores en pesos chilenos, indicando las cantidades de obras y los precios unitarios de cada una de las partidas de la obra de acuerdo con el itemizado entregado por la Universidad, y en relación con las Especificaciones Técnicas adjuntas a la Licitación, el cual no podrá ser modificado por el oferente. La oferta deberá considerar máximo 2 decimales. En este formulario no podrán omitirse, refundirse y/o agregar partidas fuera de las indicadas, ni cambiarse las unidades de cubicación señaladas, debiendo cotizarse todas y cada una de las partidas en él contenidas, ni efectuar modificaciones de ningún tipo, salvo autorización escrita a la Universidad informada a través del sistema de información, dentro del periodo de respuestas considerado en el cronograma de licitación. El oferente deberá indicar en dicho formulario las cubicaciones que calcule para los diferentes ítems que en él se detallan, sin alterar las unidades señaladas. En el evento de considerar que la unidad de cubicación indicada no corresponde, el oferente deberá consultar a la Universidad a través del sistema de información, no pudiendo alterarse las unidades sin autorización expresa de la Universidad. De proceder la autorización, ésta será comunicada a través del portal, dentro del periodo de respuestas considerado en el cronograma de licitación. Si el oferente considerara que en el formulario no se ha indicado alguna partida, se deberá consultar oportunamente a la Universidad a través del foro electrónico, la forma de incluirla en el presupuesto, si procediere. En ese caso, la Universidad deberá corregir el formulario y publicarlo en el portal dentro del periodo de respuestas considerado en el cronograma de la licitación. En consideración que las especialidades las debe desarrollar el oferente, todas las características técnicas de alguna especialidad no descrita en las Especificaciones Técnicas y que permita el desarrollo funcional y cumplimiento normativo vigente, deberá ser señala y considerada dentro del valor de la propuesta. Los precios unitarios, así como las cubicaciones que calcule el oferente para los diferentes ítems, son de su exclusiva responsabilidad. Formulario N°11: Desglose de Gastos Generales se deberá completar, en concordancia con el valor establecido en el Formulario N°10, Itemizado. En el concepto de gastos generales se entenderán incluidos los siguientes conceptos: Leyes sociales, sueldos y otros gastos del personal administrativo que se indican en el presente documento. Consumos, tales como: luz, agua, teléfono, fuerza, útiles de escritorio, etc. Amortización de herramientas y maquinarias. Viáticos. Fletes de maquinarias y varios: repuestos, reparaciones, ensayos, hurtos o extravíos de materiales, herramientas y otros. Gastos parte proporcional oficina central. Gastos de Garantía. Gastos de Contrato. Póliza de Seguros. Cualquier otro gasto que por lo indicado en el presente documento correspondan al oferente. La base de cálculo de los gastos generales y de las utilidades será por separado cada uno sobre la aplicación del valor del costo directo Formulario N°12: Desglose de Precios Unitarios. Se debe indicar el análisis de precios unitarios, el cual deberá llevar detalladamente los materiales de cada ítem, así como también incluir mano de obra y leyes sociales. Los precios unitarios son de responsabilidad del oferente. Deberán incluir el valor de los materiales, equipos, herramientas y todo otro medio de trabajo; obra de mano e imposiciones; fletes y demás que procedieren. Los totales y subtotales deberán ser los resultados del producto de las cubicaciones por los precios unitarios, reservándose, la Universidad, el derecho de corregir los errores aritméticos, sin que ello implique cambio en el presupuesto. Este Formulario debe ser presentado a la firma del Contrato, individualmente para cada partida. Junto con los formularios solicitados los oferentes deben adjuntar los últimos 3 balances, contratos vigentes y capacidad bancaria, con la finalidad de acreditar la solvencia de cada empresa
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios EXPERIENCIA EN OBRAS DE SALUD (50%) EXPERIENCIA EN OTRAS OBRAS (30%) EXPERIENCIA DEL JEFE DE TERRENO (20%) 30%
3 PLAZO DE EJECUCIÓN Descripción Puntajes Menor de 120 días corridos Inadmisible Entre 120 y 130 días corridos 100 Entre 131 y 140 días corridos 70 Entre 141 y 150 días corridos 35 Mayor a 150 días corridos Inadmisible 20%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Descripción Puntajes Cuenta con programa de integridad o ética empresarial 100 No cuenta con programa de integridad o ética empresarial 0 5%
5 Cumplimiento de los requisitos Presentación de Documentos Puntajes Requisitos Formales Cumple con todos los requisitos formales contemplados en las presentes bases al momento de presentar la oferta. 100 No cumple con todos los requisitos formales contemplados en las presentes Bases al momento de presentar la oferta. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: C. BIP 40055869-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 150 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Mirian Gonzalez
e-mail de responsable de pago: mirian.gonzalez.puca@uantof.cl
Nombre de responsable de contrato: Samuel Cardoso Tello
e-mail de responsable de contrato: ADMINISTRACION.CONTRATOS@uantof.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2513743-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad de Antofagasta
Fecha de vencimiento: 11-02-2026
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Garantía Bancaria, Vale vista, Póliza de Seguro o Certificado de Fianza o cualquier otro documento, con carácter de irrevocables pagaderos a la Vista de fácil y rápido cobro. Si la Garantía se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá entregarse antes de la firma del respectivo contrato. En caso de que el documento emitido sea Vale Vista, este deberá señalar la glosa de la respectiva licitación pública al reverso del documento, siendo responsabilidad del oferente dar cumplimiento a lo indicado.
Glosa: Para garantizar la Seriedad de la oferta de la Licitación Pública “CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DE DIÁLISIS HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, C. BIP 40055869-0”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta se devolverá a los oferentes participantes de conformidad a lo establecido en el artículo N°53 del Decreto N°661 del 2024, salvo al del oferente adjudicado, a quien se le devolverá dicho documento una vez que realice la entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Para los proveedores no adjudicados dicho documento se devolverá 15 días corridos posterior a la notificación de la Resolución de Adjudicación en el portal. Sin embargo, este plazo podrá extenderse considerando la facultad de adjudicar a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso en que este último desistiera de su adjudicación. Dicha devolución se realizará una vez solicitada por el oferente a la Vicerrectoría Económica de la Universidad de Antofagasta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Antofagasta
Fecha de vencimiento: 30-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: Garantía Bancaria, Vale vista, Póliza de Seguro o Certificado de Fianza o cualquier otro documento, con carácter de irrevocables pagaderos a la Vista de fácil y rápido cobro. Si la Garantía se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá entregarse antes de la firma del respectivo contrato.
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de Licitación Pública “CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DE DIÁLISIS HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, C. BIP 40055869-0”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del servicio se devolverá dentro de un plazo de 15 días hábiles posteriores al término del contrato, una vez que se encuentren recepcionados los bienes y/o servicios a que éste se refiera, a entera conformidad, de acuerdo con informe que deberá evacuar la Unidad Técnica o Unidad Solicitante en su caso.
    Otras Garantías
Beneficiario: Gobierno Regional de Antofagasta
Fecha de vencimiento: 06-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: Garantía Bancaria, Vale vista, Póliza de Seguro o Certificado de Fianza o cualquier otro documento, con carácter de irrevocables pagaderos a la Vista de fácil y rápido cobro. Si la Garantía se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá entregarse antes de la firma del respectivo contrato.
Glosa: Garantía de correcta ejecución de las obras de, “CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DE DIÁLISIS HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, C. BIP 40055869-0”. “ID__________ (indicado en el portal www.mercadopublico.cl)”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que la resolución que aprueba la liquidación se encuentre completamente tramitada. Lo anterior, sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil de 5 años a que hace referencia el artículo N°2.003, inciso N°3, del Código Civil, y lo que para tal efecto dispone la Ley General de Urbanismo y Construcción.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el caso de un empate de puntaje entre postulantes y que éstos correspondan a las mayores puntuaciones obtenidas en la evaluación de licitación y por lo tanto seleccionables, el criterio de elegibilidad será el siguiente:

  • En caso de empate, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”.
  • En caso de persistir el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”.
  • En caso de persistir el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega
  • En caso de persistir el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Pacto de Integridad”.
  • En caso de persistir el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
  • De persistir el empate, se adjudicará a la empresa cuya oferta haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl

Los factores que resuelvan el empate quedarán registrados en el respectivo Decreto de Adjudicación y serán ingresados al portal www.mercadopublico.cl con el fin de transparentar todo el proceso licitatorio.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas deberán ser dirigidas sólo al correo electrónico indicado en el punto 9.2 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS, “Contacto licitación”, de las presentes bases de Licitación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe en dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

La entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contando des del requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de las ofertas, con todo lo requerido. Para ello, la comisión evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración informando los antecedentes omitidos que faltan, otorgando un plazo fatal de 26 horas para que el o los oferentes envíen los antecedentes omitidos o realicen las aclaraciones solicitadas.

No se admitirá ni recepcionarán documentos ni aclaración que se haga llegar fuera de la plataforma www.mercadopublico.cl.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subproveedors, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONFIDENCIALIDAD
El contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes de la Universidad que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al contratista adjudicado, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de expiración de contrato. El contratista adjudicado solo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases. Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el dictamen N°19.735, de 2011).
MULTAS
Corresponderá a la Unidad Técnica cursar las multas que se señalen a continuación por actuaciones imputables al Contratista, las que se harán preferentemente efectivas en el estado de pago más próximo al incumplimiento, de las retenciones o garantía de fiel cumplimiento del contrato, si aquellas no fueren suficientes, en ese orden de prelación. El monto de las multas que se apliquen no podrá superar el 30% (treinta por ciento) del valor total del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°136, del reglamento N°661 de la ley 19.886. Multa por atraso en la entrega de la obra terminada En caso de atraso en la entrega de la obra una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose concedido ampliación de plazo o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con lo indicado en las Bases Técnicas. Las multas se calcularán de acuerdo con la siguiente fórmula: Valor Diario Multa=(0,2 ×(VTC))/DTO Donde: VTC: Valor Total del Contrato, incluyendo aumentos y disminuciones del contrato. DTO: Días corridos totales de ejecución de Obra pactados, más los aumentos de plazo concedidos. La multa se hará efectiva en el último estado de pago, descontándose de las retenciones y/o las garantías existentes. Durante el periodo de aplicación de multa, el Contratista deberá seguir cumpliendo íntegramente las obligaciones, exigencias y requerimientos considerados en el Contrato y los documentos que lo componen, como también, mantener vigentes las garantías contractuales en los términos descritos en el presente documento. Multa por atrasos en el programa de trabajo Se aplicará al Contratista una multa por cada día de atraso en el Programa de Trabajo aprobado por la Unidad Técnica. Estas multas se harán efectivas mensualmente y serán descontadas de los estados de pago, de las retenciones o las garantías que se encuentren en custodia, una vez que el acto administrativo que las aplica se encuentre totalmente tramitado. La multa por atraso se medirá por día, y procederá en los siguientes casos: Atraso en la ejecución de alguna partida imputable al Contratista; y/o Algún hecho acaecido y analizado por la Unidad Técnica, relacionado con las partidas y/o trabajos incluidos en la Carta Gantt del Programa de Trabajo, que afecte la normal ejecución de las obras y aumente el plazo de ejecución de obra programado. La medición se realizará mensualmente por la Unidad Técnica en base al Programa de Trabajo y será informada al Contratista por Libro de Obras. Valor Diario Multa=(0,1×(VTC))/DTO Donde: VTC: Valor Total del Contrato, sus aumentos y disminuciones del contrato. DTO: Días corridos totales de ejecución de obra pactados, más los aumentos de plazo, si los hubiere. Multa por atraso en el cumplimiento de instrucciones de la Unidad Técnica o ITO El Contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones de la Unidad Técnica, las que impartirá por escrito mediante el Libro de Obra. El incumplimiento será sancionado diariamente, en: 10 UF: Por cada día en que el Contratista no cumpla con la instrucción de la Unidad Técnica. Para todos los casos, la Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la resolución que aplica la multa. Sin perjuicio de la aplicación de la multa diaria, transcurridos 15 días corridos desde que la instrucción no fuere acatada por el Contratista, la Universidad quedará facultada para ponerle término anticipado al contrato, según lo dispuesto en el punto 26 de las presentes Bases. Multa cambios en los profesionales requeridos En caso de que el contratista realice cambios en los profesionales requeridos en el punto 7 de las Bases Técnicas, sin la correspondiente autorización de la Unidad Técnica o ITO. En este caso, se podrá aplicar una multa de 10 UTM, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Multa en la entrega de documentación Se aplicará una multa por cada día de atraso en la entrega de cualquier documento estipulado en las presentes Bases y Bases Técnicas, como Carpeta de Inicio, Carta Gantt fechada y sus actualizaciones, informes, y demás documentos exigidos durante el desarrollo del Contrato a requerimiento y necesidad de la ITO y la Unidad Técnica, se cobrará un monto de 10 UF, por cada documento no entregado.
Procedimiento para aplicación de multa
En el marco de la ejecución del presente contrato de obras, el procedimiento para la aplicación de multas será el siguiente: • Detección del incumplimiento: Cuando se verifique la ocurrencia de uno o más incumplimientos contractuales imputables al Contratista, el Administrador del Contrato designado por la Universidad de Antofagasta lo comunicará a éste mediante anotación en el Libro de Obra, dejando constancia del hecho que configura el incumplimiento y de la sanción que resulte procedente, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases. • Presentación de descargos: A contar de la fecha de la comunicación señalada en el número anterior, el Contratista dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar, por escrito, sus descargos ante el Administrador del Contrato, debiendo acompañar todos los antecedentes que respalden su posición. • Resolución en ausencia de descargos: Vencido el plazo sin que el Contratista hubiere presentado descargos, o si manifestare su conformidad con la sanción propuesta, la Universidad dictará una resolución fundada aplicando la multa correspondiente. • Resolución con descargos: Si el Contratista presenta descargos dentro del plazo establecido, la Universidad dispondrá de cinco (5) días hábiles contados desde su recepción para analizarlos y resolver su aceptación o rechazo, total o parcial. La decisión se formalizará mediante resolución fundada, en la que se detallará el contenido y características de la sanción, notificándose dicha resolución al Contratista mediante anotación en el Libro de Obra o por carta certificada. • Recurso de reposición: Notificada la resolución fundada mencionada en los numerales anteriores, el Contratista podrá interponer recurso de reposición dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, acompañando los antecedentes que justifiquen la eliminación, modificación o reemplazo de la sanción impuesta. La Universidad de Antofagasta dispondrá de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles para resolver el recurso. • Ejecución del cobro: La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto la sanción impugnada. En caso de que la sanción se confirme, total o parcialmente, su cobro se hará efectivo mediante descuentos en los pagos más próximos que la Universidad deba efectuar al Contratista. Si no existiere saldo pendiente, la multa deberá ser pagada dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al requerimiento que al efecto formule la Universidad, la que podrá exigir su pago por la vía judicial o extrajudicial, o compensar lo adeudado con cualquier otra obligación actual o futura a favor del contratista multado. • Límite máximo de multas: El monto total que el Contratista deba pagar por concepto de multas no podrá exceder el quince por ciento (15%) del valor total del contrato, incluidas sus eventuales ampliaciones.
DEL CONTRATO
Posterior a la publicación de la resolución de adjudicación, la Universidad hará el envío de contrato a la empresa adjudicada dentro de 10 días hábiles, el Contratista dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para firmar el Contrato, contados desde la fecha de recepción del contrato por parte del oferente adjudicado. Todos los gastos asociados a la suscripción del contrato serán de cargo del oferente. El contrato producirá efectos sólo una vez que esté totalmente tramitada y publicada la resolución que lo aprueba. Firmado el contrato por el adjudicatario, se dictará la resolución que lo apruebe, la cual surtirá plenos efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada y debidamente notificada a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Una vez notificada se procederá a hacer devolución a todos los proponentes que se hubiesen presentado a la licitación de la garantía de seriedad de la oferta, dentro de los 10 días siguientes desde la fecha en la que se encuentre notificada a través del Portal la citada Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral pertinente relativo a la garantía de seriedad de la oferta. Notificada la adjudicación en el portal, dentro de los 10 días corridos el contratista deberá entregar una carpeta de inicio de obra, esta carpeta deberá ser ingresada en formato papel y digital a la Unidad Técnica e ITO, donde se deberá incluir todos los antecedentes necesarios para el inicio de los trabajos encomendados. Posterior a la tramitación total de la Resolución que aprueba el contrato, se procederá al envío de la Orden de Compra, lo cual el proveedor tendrá un plazo de 24 horas para aceptarla, en el caso contrario, si no acepta la Orden de Compra, la Universidad tiene la facultad para dar por terminado el contrato. Tramitado totalmente el contrato y en un plazo no mayor a 10 días hábiles, la Universidad coordinará la entrega de terreno. Será responsabilidad del contratista, el pago de las Imposiciones legales y Previsionales propias de sus dependientes, así como los beneficios que otorguen las disposiciones vigentes. Debiendo certificarse con los documentos correspondientes, previo a los estados de pago. Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación en su contenido será resuelta por la Universidad, sin perjuicio de las atribuciones que tiene el Contratista de conformidad a lo estipulado en la Ley N°19.880 y N°19.886. La demora, en la iniciación de sus obligaciones, que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito, o justificado plenamente ante la Unidad Técnica., dará derecho a la Universidad para poner término anticipado administrativamente al contrato, sin forma de juicio, y para hacer efectiva la Garantía de “Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” del mismo
MODALIDAD DEL CONTRATO Y REAJUSTABILIDAD
El contrato será a suma alzada, en que las cantidades de obra se entienden inamovibles, lo que significa que el pago de las partidas se lleva a cabo sobre la base de las cantidades de obras estimadas para la correcta ejecución del contrato al momento de su celebración, aun cuando la cubicación final de lo efectivamente realizado sea diversa. En este último caso el contratista asumirá las diferencias en la cuantificación de las obras, y, por tanto, la contingencia de ganancia o pérdida que de ello derive.
SUBCONTRATO
El Contratista podrá subcontratar parcialmente las obras, sin perjuicio de su responsabilidad en el cumplimiento del contrato, en virtud de lo establecido en el artículo N°128 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que cause el Contratista, sus dependientes y subcontratistas, en conformidad a la ley. El Contratista deberá solicitar a la Unidad Técnica, la aprobación del subcontrato, para lo cual remitirá los antecedentes necesarios que justifiquen su decisión de subcontratar. El Contratista deberá proporcionar con una anticipación mínima de 15 días corridos a la Unidad Técnica, los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos para los subcontratos, entre los cuales se encuentran: • Individualización de la Empresa Subcontratista. • Certificados que acrediten la experiencia del profesional. • Profesional a cargo del subcontrato. • Certificado de título profesional del personal subcontratado. • Declaración de no tener inhabilidad para contratar con el Estado conforme lo establecido en el artículo 4 de la Ley N°19.886. • Certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o mediante otros documentos idóneos, el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores subcontratados. En el caso que el Contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, la Universidad podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto de que es responsable, en virtud de lo dispuesto en el artículo N°183-C del Código del Trabajo. En el caso de efectuarse dicha retención, la Universidad estará obligado a pagar con ella al trabajador o institución previsional acreedora. La Unidad Técnica podrá solicitar la sustitución de alguno de los subcontratistas en caso de que no cumpla con los requisitos exigidos como también si este no cumple con las competencias técnicas dada la naturaleza y complejidad de la obra. El Contratista mantendrá la responsabilidad de todas las obligaciones contraídas en virtud del contrato con la Universidad, asimismo será responsable de todas las obligaciones contraídas con los respectivos subcontratistas, trabajadores y terceros. En ningún caso, los subcontratistas podrán ejecutar trabajos y obras sin la autorización de la Unidad Técnica y, si así ocurriere, la Unidad Técnica paralizará los trabajos de dicho subcontrato. Esta paralización no dará origen a beneficio del Contratista a aumento de plazo o cobro adicional de ninguna naturaleza.
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato se extenderá por ciento cincuenta (150) días corridos, y entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado el decreto que lo autoriza. La Universidad de Antofagasta podrá extender el contrato por igual período, bajo las mismas condiciones técnicas y económicas, por una única vez. Dicha extensión deberá estar fundada en la continuidad del servicio, la disponibilidad presupuestaria, y el cumplimiento satisfactorio del proveedor. El valor total del contrato podrá alcanzar hasta el doble del monto original, situación que se informa desde el inicio a los oferentes, no constituyendo una modificación posterior del contrato. De igual modo, si estas modificaciones de plazo exceden el plazo garantizado por la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, esta deberá ser ampliada hasta que los plazos de la garantía queden debidamente cubiertos por este documento.
EL CONTRATO SUSCRITO PODRÁ MODIFICARSE O TERMINARSE ANTICIPADAMENTE POR LAS SIGUIENTES CAUSALES:
El contrato de construcción de obra que la Universidad celebre con el Contratista quedará resuelto de pleno derecho, y facultará a aquél para declarar, administrativamente, el término anticipado del mismo, en los siguientes casos: 1. Si el contratista fuere declarado en quiebra, quedare en estado de insolvencia o mantuviere uno o más documentos comerciales impagos por más de 60 días. 2. Si el contratista, o su representante, no concurriere dentro del plazo a la entrega del terreno. 3. Si el contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo de tres días de recepcionado el terreno, o los interrumpiere o paralizare por igual lapso. Para estos efectos, se entenderá que existe paralización no sólo cuando existe inactividad absoluta, sino también cuando no se mantuviere en la faena o faenas, el número de trabajadores y la cantidad de materiales requeridos para la correcta y oportuna ejecución y terminación de la obra. 4. Si el Contratista, o sus dependientes, no acatare las órdenes o instrucciones que se les impartan por la Inspección Técnica de la Obra o la Unidad Técnica. 5. Si el avance de la obra se atrasare en más de un 30% respecto de lo establecido en el programa de trabajo vigente, aprobado por la Unidad Técnica. 6. Si la obra no contare con los profesionales presentado por el contratista, durante un lapso superior a tres días, o cinco días acumulados durante el período de construcción. 7. Si, previo peritaje técnico que contratará la Universidad con cargo al contratista, se comprobaren errores graves que comprometan la seguridad de la obra y que no sean reparados oportunamente por éste, a satisfacción de la Unidad Técnica. 8. Si el contratista fuera persona natural y falleciera y la Inspección Técnica demostrara la falta de competencia de sus sucesores para continuar las obras. 9. Si se disolviera la sociedad o consorcio contratista. 10. Si la suma de multas supere el 15% del total del monto contratado. 11. Si se produjere cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del contratista. El término del contrato en forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al contratista, obligándose a la Universidad a pagar solo por la obra efectivamente recepcionada, autorizada y no pagada. Si se verificare cualquiera de las situaciones que alude a los párrafos anteriores, la Universidad procederá a poner término anticipado al contrato, dictando la resolución correspondiente, previo aviso al contratista dado, por escrito, con 15 días de antelación. La resolución respectiva ordenará hacer efectivas las garantías, conservará las retenciones efectuadas y dispondrá tomar posesión de la obra con todos los materiales que se encuentren en ella. En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el contratista. Una vez que el contratista reciba la comunicación en que se le notifique la terminación anticipada del contrato, dejará de tener injerencia en la obra y no podrá retirar ninguna especie, accesorio o material, sin la autorización escrita de la Unidad Técnica. En el contrato se estipulará que, frente al incumplimiento de las obligaciones del contratista, si los perjuicios ocasionados por aquél son superiores al monto de las garantías entregadas y a las retenciones efectuadas conforme a lo dispuesto en las presentes Bases, la Universidad se reserva las acciones legales para perseguir, judicial o extrajudicialmente, el pago de los perjuicios ocasionados, considerando capital, intereses y costas; y el mayor precio que le signifique la terminación de la obra.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez efectuada la recepción definitiva, se procederá a la liquidación del contrato, para cuyo efecto se dictará acto formal. Una vez cumplida esta formalidad, se devolverá al contratista las garantías pendientes. Ni la recepción definitiva, cancelación o la Liquidación del Contrato, obstarán a la plena eficacia de la garantía legal de cinco años a que se refiere el artículo N°2003 N°3 del Código Civil.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, ni total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que en una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
REQUISITOS PARA CONTRATAR
Para la firma del contrato el proveedor adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos: • Certificado de inscripción el registro de proveedores de mercado público. • Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. • Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. • Formulario N°12: Desglose análisis de precios unitario. El adjudicatario deberá detallar el análisis de precios unitarios de cada una de las partidas del presupuesto. El análisis de precios unitarios deberá llevar detalladamente los materiales de cada ítem, así como también incluir mano de obra y leyes sociales. Los precios unitarios son de responsabilidad del oferente. Deberán incluir el valor de los materiales, equipos, herramientas y todo otro medio de trabajo; obra de mano e imposiciones; fletes y demás que procedieren. Los totales y subtotales deberán ser los resultados del producto de las cubicaciones por los precios unitarios, reservándose, la Universidad el derecho de corregir los errores aritméticos, sin que ello implique cambio en el presupuesto. • Formulario N°11: Programa de Trabajo Tipo Carta Gantt. En este formulario el adjudicatario detallará y considerará todas las partidas, indicando la ruta crítica, fecha de inicio y término de cada partida o etapas de la obra, incluyendo el porcentaje de avance mensual en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido, el cual se expresa en días corridos y con el presupuesto detallado. Esta Carta Gantt deberá ser confirmada o complementada, dentro de un plazo no mayor a 10 días corridos, posteriores a la firma del Acta de Entrega de Terreno y deberá permitir la evaluación diaria, semanal, quincenal y mensual de los avances programados y reales, tanto en el aspecto físico como financiero del contrato (cada ítem debe venir desarrollado con sus recursos y rendimiento de materiales, maquinarias y mano de obra). La Carta Gantt deberá ser presentada en formato MS Project o su equivalente técnico, en físico y digital. En el caso de que el adjudicado decida utilizar un equivalente técnico al MS Project, deberá proveer a su cargo de las licencias y software que sean necesarias para asegurar a la Universidad la correcta revisión y evaluación periódica del Programa de Trabajo. El Programa de Trabajo aprobado será uno de los requisitos que deberá cumplir el Contratista para que se apruebe el primer estado de pago por parte de la U.T. • Presentación del equipo técnico: Los antecedentes de los profesionales solicitados, serán presentados para revisión del Inspector Técnico designado, previo al inicio de la entrega de terreno de la obra. Para los profesionales a tiempo parcial de la obra, se deberá entregar su programa de asistencia semanal y mensual respectivamente. • Todos los profesionales señalados deberán tener la permanencia obligatoria en obra indicada en el punto 7 de las Bases Técnicas, durante la total ejecución del proyecto, incluyendo aumentos de plazo, si los hubiese. • Identificación del Contratista. El contratista deberá acompañar los siguientes documentos vigentes (30 días hábiles contados desde la fecha en que se comunique la total tramitación del acto administrativo que aprueba la adjudicación), y legalizados ante notario, según corresponda: En caso de Sociedades • Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio, a menos que dichos antecedentes se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores. • Inscripción con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda. • Certificado de vigencia del poder del representante legal. Esto no es aplicable a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.). En caso de personas jurídicas constituidas bajo la ley N°20.659 • Certificado de Vigencia • Certificado de Estatuto actualizado. • Certificado de Anotaciones. En caso de fundaciones o corporaciones (Incluidas las Asociaciones, conforme a la Ley N°20.500) • Acta de asamblea constituyente y estatutos, y sus modificaciones si las hubiere, que conste en escritura pública o privada suscrita ante notario, Oficial del Registro Civil o funcionario municipal autorizado por el alcalde correspondiente. • Certificado de inscripción, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de la asociación o fundación respectiva, en que conste la composición de los órganos de dirección y administración de esta. • Certificado de vigencia, otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de la asociación o fundación registrada. • Decreto que otorga la personalidad jurídica. • Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica. • Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. No se exigirá la presentación de los antecedentes señalados precedentemente en el caso que estos se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores de la Dirección de Contratación y Compras Públicas. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá acompañarse copia del instrumento que formaliza la UTP de acuerdo con lo prescrito en el artículo 180 del Decreto N°661, de 2024 del Ministerio de Hacienda o el instrumento de constitución de la sociedad formada en caso de que la Unión optara por éste, en conformidad a lo previsto en el acuerdo de participación conjunta. La no entrega de la documentación señalada en lo numerales anteriores, facultará a la Universidad a dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar al proveedor que le sigue en puntaje en conformidad a lo establecido en el artículo N°58 inciso final del Reglamento de Compras Públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.