Licitación ID: 4315-7-LE26
MOBILIARIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA LUIS E. CORREA R CUREPTO P.B
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUREPTO
Fecha de Cierre: 25-05-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mobiliario 1 Unidad
Cod: 56101532
MOBILIARIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA LUIS E. CORREA R CUREPTO /PROYECTO BICENTENARIO. ESPECIFICACIONES EN BAGE ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MOBILIARIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA LUIS E. CORREA R CUREPTO P.B
Estado:
Publicada
Descripción:
MOBILIARIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA LUIS E. CORREA R CUREPTO /PROYECTO BICENTENARIO. ESPECIFICACIONES EN DOCUMENTO ADJUNTO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPTO. EDUCACION
R.U.T.:
69.110.300-5
Dirección:
Plaza de Armas s/n
Comuna:
Curepto
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-05-2026 12:36:46
Fecha inicio de preguntas: 14-05-2026 13:15:00
Fecha final de preguntas: 19-05-2026 14:02:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-05-2026 14:03:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-05-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1: Identificación del Oferente
2.- Anexo 2: Declaración Jurada Simple Conflicto de Interés
3.- Anexo 5: Aceptación de Bases
Documentos Técnicos
1.- Anexo 6: Experiencia
 
2.- Anexo 4: Plazo de entrega
 
Documentos Económicos
1.- cotizar exento de IVA
2.- Anexo 3: Economico
3.- Anexo 3 letra "A" listado de mobiliario
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Se evaluara según se indica en punto 13 letra e) de las BAGE adjuntas 5%
2 Plazo de Entrega Se evaluara según se indica en punto 13 letra b) de las BAGE adjunta 30%
3 Experiencia de los Oferentes Se evaluara según se indica en punto 13 letra c) de las BAGE adjuntas 20%
4 Precio Se evaluara según se indica en punto 13 letra a) de las BAGE adjuntas 35%
5 Pacto de Integridad Se evaluara según se indica en punto 13 letra d) de las BAGE adjunta 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Proyecto Bicentenario
Monto Total Estimado: 18000000
Justificación del monto estimado Proyecto Bicentenario
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: MARICELA ANTONIETA ROJAS RAMIREZ
e-mail de responsable de pago: CONTABILIDAD.DAEM@CUREPTO.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de producirse situación de empate entre los oferentes, para elegir la mejor oferta se priorizará el menor precio total en la oferta Económica, de continuar el empate se priorizará el mayor puntaje en la oferta Plazo de Entrega, de perdurar el empate se priorizará el mayor puntaje en, de mantenerse el empate se priorizará el mayor puntaje a la Experiencia en el rubro,  de mantenerse el  empate se priorizara el mayor puntaje en   Pacto de Integridad y finalmente de mantenerse el empate se priorizara  el mayor puntaje en Cumplimiento de Requisitos.

En caso de continuar el empate entre dos o más oferentes, se resolverá con la primera oferta ingresada a la plataforma de Mercado Público según lo señalado por está, en virtud con el día y hora de ingreso de la oferta.



Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las respuestas a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las Bases, sin perjuicio de otras aclaraciones a las Bases Administrativas y sus antecedentes que la Unidad Técnica estime necesario hacer en la misma oportunidad. Se contestarán a través del portal www.mercadopublico.cl y será responsabilidad de los interesados revisar y/o consultar si se emitieron aclaraciones.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LA READJUDICACION
LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CUREPTO DEPTO. DE EDUCACION PODRA, EN EL CASO QUE EL PROVEEDOR ADJUDICADO SE REHUSE A LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS O NO CUMPLA CON LOS REQUESITOS ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES BASES, DESISTA DE SU OFERTA O SEA INHABIL PARA CONTRATAR DE ACUERDO CON LOS TERMINOS DE LA LEY N° 18.886 Y SU REGLAMENTO, SE ADJUDICARA AL SEGUNDO OFERENTE QUE LE SIGA EN EL PUNTAJE DE ACUERDO A LA EVALUACION DE LAS PROPUESTAS, Y ASI SUCESIVAMENTE.
DEL PRESUPESTO
Si las ofertas superan el precio del mercado o el informado como presupuesto disponible o referencial o no son ventajosos para el municipio, estas serán informadas a la unidad de finanzas para verificar disponibilidad de fondos adicionales, de no contar con el presupuesto adicional dicha oferta se declarara inadmisible, siendo rechazada en la apertura electrónica.
DE LAS MULTAS

1.    DE LAS MULTAS

La Encargada de Bodega e Inventario, o quien la subrogue, será responsable de evaluar y aplicar las multas y sanciones por incumplimiento en la entrega de los materiales solicitados en este “MOBILIARIO LICEO BICENTENARIO DE EXCELENCIA LUIS E. CORREA R. CUREPTO/ P.B:

Si el Oferente incumpliere cualquiera de los requerimientos y productos ofertados se le aplicaran las siguientes multas.

1)     Atraso en la entrega
Se aplicará una multa equivalente al 1% del valor total del contrato por cada día corrido de atraso, con un tope máximo del 15% del valor del contrato.

2)    Incumplimiento de especificaciones técnicas
En caso de que el mobiliario no cumpla con las características exigidas: Se aplicará una multa del 5% del valor de los bienes observados. El proveedor deberá reemplazarlos en un plazo máximo de 5 días hábiles, sin costo adicional

3)     Entrega incompleta
Se aplicará una multa del 2% del valor de los bienes no entregados por cada día de atraso, hasta su total cumplimiento.

4)    Fallas durante el período de garantía
El mobiliario deberá contar con una garantía mínima de 12 meses.
Si el proveedor no responde dentro de 48 horas o no soluciona en un plazo de 5 días hábiles, se aplicará una multa del 3% del valor total del contrato por cada evento.

5)    Incumplimiento de servicio postventa
Se aplicará una multa de 0,3% del valor total del contrato por cada día de atraso en la atención de requerimientos técnicos.

6)    Tope de multas
El total acumulado de multas no podrá exceder el 20% del valor total del contrato. Alcanzado este límite, la entidad podrá poner término anticipado al contrato e informa
r de esto en el portal de mercado público
.



PROCEDIMIENTO Y APLICACION DE MULTAS

Detectada una situación que amerite Ia aplicación de multas por parte de Ia Entidad o del funcionario responsable, éste Ie notificará al adjudicatario, mediante el correo electrónico informado en el Anexo N° 1, indicando la infracción cometida, los hechos que Ia constituyen y el monto de Ia multa. A contar de Ia notificación de Ia comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos en relación al eventual incumplimiento, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, dichos descargos podrán ser enviados mediante el correo electrónico u oficio ingresada por la oficina de partes.

Vencido el plazo para la formulación de descargos, y, se hayan deducido estos o no, se dictará la resolución fundada que determine la aplicación de multa o término anticipado del contrato, la que será sancionada a través Decreto Alcaldicio y se notificará al oferente mediante envió por correo electrónico.

El acta que informa la multa o término anticipado del contrato y el descargo del proveedor será presentada por la Unidad Técnica al Alcalde quien, si lo considera debidamente justificado podrá aplicar, rebajar o eximir de las multas, y/o dar término anticipado del contrato correspondiente mediante resolución fundada, la que será notificada por la Unidad Técnica al oferente. Esta resolución podrá ser impugnada de acuerdo a la Ley N° 19.880.

Una vez transcurridos los plazos pertinentes para la interposición de los recursos quedará ejecutoriada la multa, y desde ese momento el oferente se encontrará obligado al pago de la misma.

Las multas que se apliquen al proveedor podrán ser compensada con el pago que a este corresponda, esta facultad podrá ser ejercida de oficio por parte del municipio o a solicitud del proveedor. También podrán ser pagadas en Tesorería Municipal y su comprobante deberá ser presentado junto al pago correspondiente.

1.    TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El Departamento de Administración de Educación Municipal de Curepto podrá poner término anticipado al Contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, según artículo 130, de Decreto N° 661, de la Ley de Compras Públicas N° 19.886

El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente mediante Decreto Alcaldicio por las siguientes causales:

a)       La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)       La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)        El incumplimiento reiterado (3 veces) de las obligaciones contraídas por el Proveedor, corresponde a falta grave, además de las indicadas en el numeral siguiente:

  • Incumplimiento de entrega de los productos, si el proveedor es sancionado 3 veces y reitera la falta, corresponde a una falta grave
  • ·   Que el producto no sea el ofertado, y reitera el proceder una vez ya multado

 

d)       El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)       La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de reglamento la Ley de Compras Públicas N° 19.886.

f)         Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g)       Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

Asimismo, en la causal contenida en la letra c) y d) en las presentes cláusulas, el adjudicatario no podrá hacer exigible indemnización alguna, al ser esta una situación enteramente independiente de la conducta, buena o mala gestión de la administración contratante o del contratista.

2.    INCUMPLIMIENTO GRAVE DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS

Se definirá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, si ocurriera cualquiera de las siguientes causales:

a)     La no disposición de un ítem ofertado sin que exista caso fortuito o de fuerza mayor que lo justifique (circunstancia que corresponderá calificar soberanamente a el Departamento de Educación Municipal de Curepto, previo informe emitido por la unidad técnica).

b)    Que la sumatoria de las multas superen el 20% del valor referencial neto indicado en el punto 3 de estas bases.


DEL DESPACHO
EL mobiliario deberá ser entregado en el Establecimiento Liceo Bicentenario de Excelencia Luis E. Correa Rojas, Curepto. ubicado en Lord Cochrane 8 de la misma comuna.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.