Licitación ID: 4328-26-LE26
SERVICIO DE INSUMOS DE ALIMENTO COMUNA ÑIQUÉN
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE NIQUEN
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 25
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Concesionarios de casino de comida 1 Unidad
Cod: 90101604
En la página dos, objetivos del servicio, para el personal municipal, en casos excepcionales, como representación institucional, situaciones de emergencia decretada, jornadas fuera del horario normal de trabajo, beneficiarios de algún programa municipal,  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE INSUMOS DE ALIMENTO COMUNA ÑIQUÉN
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Ilustre Municipalidad de Ñiquén requiere contratar el servicio de insumos de alimento destinados al personal municipal, beneficiarios definidos por la institución, autoridades de la Región de Ñuble o del país, dirigentes comunales y otras personas que la Municipalidad determine, con el propósito de garantizar una alimentación adecuada, equilibrada y de calidad durante la jornada laboral. Este servicio busca contribuir al bienestar de los usuarios, asegurando condiciones óptimas de nutrición, higiene y oportunidad en la entrega de los alimentos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
I.Municipalidad de Ñiquen
R.U.T.:
69.140.600-8
Dirección:
Estado 188
Comuna:
Ñiquén
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-07-2026 15:32:00
Fecha de Publicación: 17-07-2026 9:51:10
Fecha inicio de preguntas: 17-07-2026 15:21:00
Fecha final de preguntas: 21-07-2026 15:21:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-07-2026 13:21:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-07-2026 15:33:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-07-2026 15:33:00
Fecha de Adjudicación: 10-08-2026 17:33:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- NUMERAL 4.4.1 DE LAS BASES GENERALES DE SERVICIOS
Documentos Técnicos
1.- NUMERAL 4.4.2 DE LAS BASES GENERALES DE SERVICIOS
 
Documentos Económicos
1.- NUMERAL 4.4.3 DE LAS BASES GENERALES DE SERVICIOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE PRESENTACION DE OFER NUMERAL 12.5 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 3%
2 DOMICILIO (D) NUMERAL 12.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 15%
3 OFERTA ECONOMICA NUMERAL 12.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 60%
4 PROGRAMA INTEGRIDAD NUMERAL 12.4 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 2%
5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE NUMERAL 12.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ilustre Municipalidad de Ñiquén
Contrato con Renovación: NO
Observaciones impuesto incluido
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rodrigo Riquelme Zuñiga
e-mail de responsable de pago: rodrigo.riquelme@muniniquen.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate, el hecho de existir igualdad de puntaje final entre dos o más propuestas, una vez evaluadas todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.


 Cuando dos o más ofertas compartan idéntico puntaje máximo final, la Municipalidad de Ñiquén deberá proponer la adjudicación en base a los siguientes criterios, ordenados según prioridad:

  1. A la oferta más económica. Si el empate persiste,
  2. A la oferta con mayor puntaje en criterio experiencia del oferente. Si el empate persiste,
  3. A la oferta que presente mejor criterio domicilio. Si el empate persiste,
  4. A la oferta con mayor puntaje en criterio programas de integridad y/o compliance. Si el empate persiste,
  5. A la oferta con mayor puntaje en cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta
  6. A la oferta ingresada en primer lugar en el portal de mercado público.

Discrepancia
en caso de discrepancia entre lo establecido en bases y lo dicho en la ficha digital, prima lo establecido en bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.