Licitación ID: 4366-14-LE25
CONSULTORÍA DISEÑO DE INGENIERÍA PAV. QUILLÓN
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLON
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Servicios temporales de ingeniería 1 Unidad
Cod: 80111614
Contratación de “CONSULTORÍA DISEÑO DE INGENIERÍA PAVIMENTO Y AGUAS LLUVIAS, DIVERSAS CALLES DE QUILLÓN” aprobados por SERVIU, según instructivo del llamado 35° de Pavimentación Participativa.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORÍA DISEÑO DE INGENIERÍA PAV. QUILLÓN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación de “CONSULTORÍA DISEÑO DE INGENIERÍA PAVIMENTO Y AGUAS LLUVIAS, DIVERSAS CALLES DE QUILLÓN” aprobados por SERVIU, según instructivo del llamado 35° de Pavimentación Participativa.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLAN
R.U.T.:
69.141.400-0
Dirección:
18 De Septiembre 250
Comuna:
Quillón
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-07-2025 15:05:00
Fecha de Publicación: 04-07-2025 12:46:33
Fecha inicio de preguntas: 05-07-2025 15:30:00
Fecha final de preguntas: 07-07-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-07-2025 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-07-2025 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 28-07-2025 10:22:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.1.-
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.2.-
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.3.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de Ejecución Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Letra b).- 30%
2 Cumplimiento de los Requisitos Formales Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Letra e).- 5%
3 Valor de la Oferta Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Letra c).- 30%
4 Experiencia del Oferente Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Letra a).- 30%
5 Programa de Integridad Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17, Letra d).- 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: I. Municipalidad de Quillón
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La Unidad Técnica, podrá adjudicar el servicio cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Andrea Núñez Benítez
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores2@quillon.cl
Nombre de responsable de contrato: Ricardo Neira Arias
e-mail de responsable de contrato: directorsecplan@quillon.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2206600-640
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quillón
Fecha de vencimiento: 08-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N° 15, 15.1.-
Glosa: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N° 15, 15.1.-
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N° 15, 15.1.-
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
3.1.- Modalidad de Contratación Propuesta Pública a suma Alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, ni indemnizaciones de ningún tipo, según calendario de Licitación contenido en portal mercado público. 3.2.- Reglamentación Las normas aplicables a las presentes bases administrativas serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575; Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Obra Nº19.886, Decreto Supremo Nº661, aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695, aclaraciones, consultas, Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas. El Marco Regulatorio, será el siguiente: a) Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886. b) Ley N°21.634, que Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado. c) Decreto Supremo N° 661 del año 2024, que aprueba Nuevo Reglamento de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el decreto supremo Nº 250, de 2004, del ministerio de hacienda. d) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº18.695. e) Ley de Bases de Procedimientos Administrativos Nº19.880. f) Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575 g) Ley N° 20.730 y su reglamento de fecha 08.03.2014, la Ley del Lobby. h) El D.S.Nº458/75 de V.U., “Ley General de Urbanismo y Construcción”, y su Ordenanza, con todas sus modificaciones posteriores. i) Ley Nº 16.744, especialmente en lo referido al Artículo 66 bis, sobre gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios. j) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores. k) Ley N°20.123 y reglamento que regula el trabajo y en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios l) Decreto Supremo N°40 que aprueba reglamento sobre prevención de riesgos profesionales. m) Ley Nº18.695 “Orgánica Constitucional de Municipalidades”. n) Ley N°19.300 de Medio Ambiente y sus Reglamentos. o) D.F.L. Nº458/75 Ley General de Urbanismo y Construcciones. p) D.F.L. Nº 411/48 Reglamento sobre Conservación, Reposición de Pavimentos y trabajos por cuenta de particulares Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza y Leyes Locales de la Municipalidad. q) Normativa Aplicable vigente. r) Manual de Vialidad Urbana, Recomendaciones para el Diseño de Elementos de Infraestructura Vial Urbana s) Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad de MOP. t) Manual MINVU de Accesibilidad Garantizada en el Espacio Público. u) Técnicas alternativas para soluciones de aguas lluvias en sectores urbanos del MINVU. En general, todos los reglamentos, normas, ordenanzas generales y locales, que rigen la elaboración del tipo de diseño a realizar, la previsión social, el contrato de trabajadores y los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de una consultoría de este tipo, todos los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte del proponente o consultor, según corresponda. 3.3.- Orden de Prelación. Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de Prelación de la Documentación (en orden de mayor a menor importancia), será: Prelación Administrativa 1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas) Decretadas. 2) Bases Administrativas Especiales, Decretadas. 3) Formularios. 4) Contrato. Prelación Técnica 1) Respuestas y aclaraciones de las propuestas (en caso de haberlas) Decretadas. 2) Bases Técnicas de la obra. 3) Contrato. 4) Propuesta del oferente. La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del contratista por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
4. DE LA PARTICIPACIÓN
Podrán participar en esta licitación, los consultores y/o profesionales competentes, en el rubro del área de la construcción, de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcción, Ley N°19.300 de Medio Ambiente y sus Reglamentos. D.F.L. N.º 411/48 Reglamento sobre Conservación, Reposición de Pavimentos y trabajos por cuenta de particulares. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza y Leyes Locales de la Municipalidad. Que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que al momento de postular se encuentren habilitados e inscritos en el registro de proveedores del estado, para efectuar los trabajos correspondientes a su categoría, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, quienes deberán tener la calidad de habilitados en el registro de la Ley de Compras Públicas (Chile proveedores) al momento de su adjudicación. Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en caso de ser adjudicados y a la firma del contrato, deberán presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común, de acuerdo a lo solicitado en el punto N°13 Presentación de las Ofertas letra i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP) de las presentes bases administrativas. La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual. Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661. Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 13.1. Según lo definido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sólo se encuentran habilitados para ejecutar obras de construcción, reconstrucción, alteración, modificación y reparaciones de edificios y la urbanización de ciudades, los profesionales competentes como personas naturales y aquellas sociedades que actúen, a través de un profesional competente. Por ello, en los casos de personas naturales, estos deben tener la calidad de Profesional Competente del área de la construcción, es decir, poseer el siguiente título: Ingeniero civil. Los registros de consultores, debe acreditar inscripción en el Registro Nacional de Consultores (RENAC-vigente), mediante un certificado actualizado. Este documento no podrá tener una fecha de emisión superior a 30 días corridos antes de la fecha de apertura económica de la propuesta, siendo estos de carácter obligatorio, y el no contar con ellos la municipalidad dejará automáticamente fuera de bases al oferente.  Registro Consultores MOP  Registro Consultores MINVU
DE LOS PLAZOS
El plazo para la ejecución del servicio en todos sus detalles será propuesto por el oferente; sin embargo, este no podrá superar los 80 días corridos, a contar de la fecha consignada en el contrato. Cabe precisar que las obligaciones contraídas por la empresa a cargo de los estudios en virtud del contrato, los plazos estarán sujetos a los procesos indicados en las presentes Bases administrativas y especiales. El plazo ofertado se entenderá en días corridos, sin deducción de lluvias, feriados ni festivos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito calificado por la ley vigente.
VISITA A TERRENO
Este llamado a licitación, NO contempla visita a terreno. Sin embargo, en el portal www.mercadopublico.cl, se publicará un documento en formato .KMZ e imagen referencial del sector, junto a un video o fotos con los alcances del proyecto.
CONSULTAS
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes BAE.
RESPUESTAS A LAS CONSULTAS
Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente. Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas, Planos de arquitectura e ingeniería y Especificaciones Técnicas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes. De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados. La Municipalidad de Quillón, podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consultas realizadas por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, realizar aclaraciones, con el sentido de enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública. De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la o la fecha de aperturas de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el diseño de las modificaciones. Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública www.mercadopublico.cl.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf. No se aceptará otro tipo de formato. Por lo que, dado el caso la municipalidad dejará fuera de bases al proponente. La oferta se presentará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses. Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos (IVA). En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica e itemizado debe ser con impuesto incluido. 13.1 Archivo documentación Administrativa - Técnica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal. c) Fotocopia de Cedula de Identidad del Oferente y/o Representante Legal Persona Natural, letra d): d) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en Original o copia, y presentar fotocopia del título profesional o certificado de título que lo califica como profesional competente, de acuerdo a la ley de urbanismo y construcción. Persona Jurídica letra e), f), g), h): e) Copia del RUT de la empresa. f) Certificado de vigencia de la sociedad emitido por el conservador de bienes raíces correspondiente. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. g) Certificado de Poder Vigente del representante legal, emitido por el conservador de bienes raíces correspondiente. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. h) Copia de Escritura Pública de la sociedad, cuyo objeto tenga como giro principal el de construcción o afín (esencial). i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cuando corresponda. j) Documento que certifique la Inscripción vigente del Registro de Contratista, extendido con una antigüedad no superior a 30 días corridos de la fecha de la Apertura técnica, por el Registro correspondiente. k) Patente Municipal vigente, que indique rubro de acuerdo a lo señalado en el Punto Nº4 de las presentes Bases. l) Copia firmada por el oferente de foro de preguntas y respuestas de la licitación, expuesta en el portal www.mercadopublico.cl. m) Programa de Integridad, oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°17.letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES). n) Declaración jurada simple de los trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad según punto N°17.letra e) de las presentes Bases Administrativas Especiales (la no presentación del programa no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES). o) Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, emitido dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura técnica de la propuesta. 13.2 Archivo documentación técnica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 3 Nómina de diseños proyectos de pavimentación y aprobados por SERVIU, durante los últimos 4 años, ejecutadas por la empresa, no subcontratos, señalando: - Nombre de la Obra - Monto - Nombre Entidad Requirente - Número de contacto mandante - Fecha Aprobación - Documento Aprobación En tal sentido, se deberá acreditar, a través de certificados emitidos por las entidades mandantes (no se considerarán, órdenes de compra, recepciones, facturas, etc. por diseños realizadas), en los cuales se señale claramente monto del contrato y de preferencia la calificación obtenida. Además de acreditar la aprobación del SERVIU respectivo, a través del oficio o resolución de aprobación por SERVIU. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos documentos mencionados facultará a la municipalidad para desestimar dicha nómina. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos certificados, facultará a la municipalidad para desestimar el documento, de dicha nómina. b) Formulario Anexo 4 Plazo de Ejecución del servicio, días hábiles 13.3 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 5 Oferta, según formato, firmado por su representante legal. El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma del presupuesto detallado. Los oferentes deberán, además, indicar el valor neto de su oferta, a través del portal Mercado Publico. Aquel oferente cuya oferta en el portal de mercado público difiera de la oferta presentada en el Formulario Oferta (FORMATO Nº5), será el valor indicado en el portal, el valor que prime. Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos obligatorio especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos técnicos solicitado en el presente proceso, quedaran fuera de bases. Además, los errores u omisiones de tipo aritmético que pudiere contener la oferta que efectúe el oferente en el diseño de la propuesta, no alterarán la suma alzada indicada en ella. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
DE LAS GARANTÍAS
a) Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”. b) Las Garantías deberán ser tomadas por el oferente, a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0. Deberán entregarse con el nombre del proyecto. c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa: “CONSULTORÍA DISEÑO DE INGENIERÍA PAVIMENTO Y AGUAS LLUVIAS, DIVERSAS CALLES DE QUILLÓN” d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del contratista y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. f) No se aceptarán garantías tomadas por terceros. 15.1.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El proponente que se adjudique la oferta deberá presentar la garantía mencionada en las presentes Bases Administrativas Especiales, en un plazo de 9 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, por una que garantice el "Fiel Cumplimiento del Contrato", por un monto equivalente al 5% del valor total de la oferta con una vigencia del plazo contractual aumentado en 60 días. La que debe ser ingresada por oficina de partes antes de las 13:00 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción. La garantía deberá ser a la vista e irrevocable. Asimismo, podrá ser presentada electrónicamente, procurando lo indicado en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberá ser enviada a la casilla de correo electrónico de Oficina de partes de la municipalidad oficinadepartes@quillon.cl con copia a secretariasecplan@quillon.cl y apoyoabastecimiento@quillon.cl. En caso de existir aumento de plazo, la garantía del fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva boleta con al menos 05 días hábiles de anticipación a la expiración al plazo original. La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador del diseño. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad.
FORO INVERSO
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que éste presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso. Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, a excepción de los antecedentes indicados en los puntos 13.2, b), y 13.3 letra a) los que a falta de su presentación dejarán al proponente, FUERA DE BASES. Mientras que, la falta u omisión de antecedentes en el punto 13.2, a),13.1, letra m) y n), será materia de evaluación, acorde a lo indicado en el Punto N°17. de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Conjuntamente con la aplicación de los criterios descritos en los párrafos precedentes, el mandante, a través de la comisión nombrada por Decreto Alcaldicio, queda facultada para analizar y comprobar otros antecedentes del oferente que permitan determinar que el servicio de esta licitación, será ejecutada correctamente.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, luego de la evaluación económica, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Experiencia del contratista, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Valor de la oferta, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Tiempo de Ejecución. Serán causales de eliminación inmediata, para no formar parte de las ofertas propuestas al señor alcalde, los siguientes aspectos (se considerarán los antecedentes con una antigüedad de cinco años): a) Verificación de anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada. Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta. La comisión emitirá un acta de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
ADJUDICACIÓN
Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar a los proponentes cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública. La adjudicación, no podrá superar los 10 días hábiles, contados desde la apertura económica de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl. 19.1. DE LA READJUDICACIÓN La Municipalidad podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación, en caso de que el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente admisible evaluado. Lo anterior, se efectuará por resolución fundada y podrá realizarse también en aquellos casos de término anticipado de contrato, sin perjuicio de las facultades generales de la Municipalidad para llamar a un nuevo proceso licitatorio según las reglas legales y reglamentarias aplicables.
DEL CONTRATO
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la contratación del diseño, se deberá suscribir el contrato con la Unidad Técnica, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha del acto administrativo que aprueba la adjudicación. De no poder cumplirse dicho plazo será facultad del municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal. Si el oferente no suscribe el contrato o no acompaña el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá a adjudicar el servicio a otro de los oferentes o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad. 20.1. DE LA ORDEN DE COMPRA Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedara supeditado en su validez, el hecho dentro de un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el consultor.
ENTREGA DEL SERVICIO
Cada Diseño se entregará en dos (2) etapas: Etapa (A) Y Etapa (B), elaborados conforme a lo señalado a los presentes Términos de Referencia, informes y estudios complementarios. El Plazo de Entrega lo fijara el proponente en su Oferta Técnica, desglosándolo en plazo para entrega de la Etapa (A) Y Etapa(B), además del plazo de correcciones que deba hacer el Consultor a las observaciones formuladas por la Unidad Técnica (Municipalidad), SERVIU, etc. La etapa A se contempla su plazo desde 65 días corridos de acepta la orden de compra hasta el ingreso de la etapa A en Serviu Ñuble (P.P.P),el consultor deberá ingresar un expediente con los antecedentes del proyecto y comprobante de ingreso en SERVIU de acuerdo a establecido en los términos de referencia de forma digital al correo de oficina de partes y con copia profesionalsecplan@quillon.cl y directorseplan@quillon.cl de SECPLAN, congelándose o paralizándose en dicho momento los plazos, hasta la revisión. La etapa B se contempla desde la devolución del primer ingreso observaciones, hasta oficio de aprobación en SERVIU (último reingreso), el cual tendrá un plazo máximo de 15 días corridos. Si no hay observaciones y se recibe la aprobación técnica de Serviu se dará el visto bueno de la unidad mandante el cual será informado por correo electrónico al consultor. El plazo total no podrá ser superior a 80 (Ochenta) días corridos, contados desde el día siguiente de la firma de Contrato, no considerándose los días que Unidad Técnica (Municipalidad), SERVIU y los demás servicios se demore en revisar cada etapa del proyecto.
SUPERVISIÓN
Para efecto de este contrato, la contraparte técnica dependerá de la Secretaría Comunal de Planificación, la que será responsable de supervisar técnica y administrativamente la prestación del estudio y cumplimiento de contrato. Lo anterior de acuerdo a lo definido en la reglamentación que la rige. La Contraparte Técnica cursará y visará los estados de pago según se indica en el punto. 24 de las presentes BAE, de acuerdo a las etapas pre fijadas en las Bases Administrativas. La contra parte técnica, no podrá autorizar cambios en el diseño, limitando su función a informar a la autoridad competente de la Municipalidad, respecto al grado de cumplimiento por parte de la empresa ejecutora del diseño.
ESTADOS DE PAGOS
El pago se efectuará en un estado de pago, contra factura y/o boleta respectiva a 30 días, el pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el oferente será el responsable de enviar adjunta al documento de cobro el número de Cuenta Corriente y Banco al que corresponde, dicho documento debe ser ingresado en la oficina de partes de la I. Municipalidad de Quillón Ubicado en Calle 18 de septiembre # 250, en horario de 09:00 a 13:00 hrs. El diseño se hará conforme a lo señalado a los presentes Términos de Referencia. El Plazo de Entrega lo fijara el proponente en su Oferta Técnica, desglosándolo en plazo para entrega del estudio. Se contempla que todos los proyectos de inicien en paralelo, desde la fecha de firma de contrato. La etapa A se contempla su plazo desde 65 días corridos de acepta la orden de compra hasta el ingreso de la etapa A en Serviu Ñuble (P.P.P), de forma digital al correo de oficina de partes y con copia profesionalsecplan@quillon.cl y directorseplan@quillon.cl de SECPLAN, congelándose o paralizándose en dicho momento los plazos, hasta la revisión. La etapa B se contempla desde la devolución del primer ingreso observaciones, hasta oficio de aprobación en SERVIU (último reingreso), el cual tendrá un plazo máximo de 15 días corridos. El primer estado de pago de cada Diseño se cursará una vez que la Etapa A respectiva se encuentre terminada e ingresada a SERVIU, según lo requerido en los Términos de Referencia. El primer estado de pago del Diseño será de un 35% del valor del Diseño contratado. El segundo y último estado de pago del Diseño se cursará una vez que la Etapa B respectiva se encuentre terminada y aprobada por la Unidad Técnica y SERVIU, según lo requerido en los Términos de Referencia. El último estado de pago de cada proyecto será de un 65% del valor de cada Diseño contratado. Una vez validado el ingreso del diseño previo informe favorable por la unidad técnica mandante, se procederá a solicitar:  La emisión de la Factura correspondiente, que deberá ser ingresada por oficina de partes municipal.  La factura será emitida a nombre de la I. Municipalidad de Quillón, Rut 69.141.40-0 considerando incluir en su glosa, estado de pago del estudio, nombre: “Consultoría Diseño De Ingeniería Pavimento Y Aguas Lluvias, Diversas Calles De Quillón” Acta de Cumplimiento de la Etapa, suscrita por la unidad técnica mandante, que indique conformidad a la entrega de los antecedentes de la etapa por parte del consultor. En el caso del último estado de pago, éste se deberá presentar posterior a la recepción del diseño, adjuntando el Acta de Recepción del Diseño, conforme a lo señalado a los presentes Términos de Referencia. Los estados de pago serán considerados como un abono parcial que efectúa el Mandan-te durante el curso de los trabajos, y sólo tendrá el carácter de un anticipo concedido al consultor a cuenta del valor del estudio; en ningún caso se estimará este anticipo como la aceptación de la cantidad y calidad del estudio ejecutado por el Consultor, al cual corresponde dicho abono. El consultor tendrá la posibilidad de factorizar la factura correspondiente a los estados de pago, siempre y cuando hubieren sido autorizados por la unidad mandante, posterior a su visación y se dé cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del decreto N°661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886: “Factoring. Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes.” Para efectuar la operación de Factoring, el consultor o proveedor deberá solicitar autorización por escrito a la Municipalidad, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes Municipal, dirigida a la unidad mandante, Administrador Municipal y la DAF, con a lo menos 30 días de anticipación a la ejecución de la operación. El Sr. Administrador Municipal dará la autorización a la operación de Factoring previo informe favorable emitido por el ITE respectivo, certificando que se practicó debida notificación al municipio y que no existen obligaciones ni multas pendientes. La empresa consultora, en caso de requerir una operación de factorización deberá notificar a la Empresa de Factoring respectiva, acompañando copia del contrato, de las presentes BAE, así como la autorización emitida por el Sr. Administrador Municipal. “Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.” OBSERVACIÓN: La municipalidad pagará las facturas debidamente cursadas en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de ingreso por Oficina de partes de la municipalidad.
DE LAS MODIFICACIONES
Toda modificación de contrato, o situaciones no previstas, eventualidades que podrían requerir una modificación del diseño, deberá ser autorizada Unidad técnica de la Secretaría Comunal de Planificación, así mismo los aumentos o disminución no podrán exceder en un 30%, sobre la base del monto contratado. Todo aumento o modificación del diseño requerirá un estricto cumplimiento de las bases y demás antecedentes de la propuesta No se aceptarán ampliaciones de plazo, a menos que ellas se funden en causas ajenas al consultor, quien deberá solicitar a la Unidad Técnica el aumento de plazo, mediante carta fundada y con medios probatorios, antes del término del plazo de ejecución del diseño.
DE LAS MULTAS
La consultoría deberá estar completamente ejecutada en todos sus detalles dentro del plazo ofertado por el contratista, contados desde la fecha consignada en el acta de entrega de terreno. En caso de no cumplir con lo establecido en las BAE la Municipalidad queda facultada para aplicar multas: TIPO CAUSAL MONTO Grave -No cumplir con los requisitos, condiciones o especificaciones establecidas en las Presentes BAE. -Por atraso en la entrega de las etapas del diseño, respecto al plazo ofertado para cada una de ellas. -No acatar órdenes sobre el diseño u otros aspectos del contrato, imparta por escrito la unidad mandante (*) -Tras la aplicación de 3 multas de carácter leve. -No cumplir con mantener vigentes documentos de garantías respectivos, además del Termino Anticipado de Contrato. 5 UTM por evento Leve - No dar cumplimiento a lo normado en el punto N°23, respecto del proceso de Factoring. 1 UTM por día (*) Dichas órdenes deberán ser cumplidas, o apeladas, por el contratista, en un plazo máximo de 5 días. (**) Si fuese así se exigirá la reposición en igual capacidad, cantidad y materialidad de los activos dañados con la finalidad de restablecer y/o mejorar las condiciones iníciales de entrega del diseño, además se aplicará multa estipulada en tabla precedente. Para todos los efectos se considerará como día de término de la obra, el día anterior (sin multa) de la Recepción de la Carta informativa con este contexto por la Oficina de Partes de la Unidad Técnica. Será el ITE, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad del diseño según día de inicio requerido. Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato. En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato. Procedimiento de multas: 1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega de la obra, del ITO y/o quien le subrogue o designen. 2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación. 3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITO. 4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico. 5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.