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A.- BASES ADMINISTRATIVAS |
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A.- BASES ADMINISTRATIVAS
1. PRODUCTOS/SERVICIOS REQUERIDOS:
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1
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Servicios de fabricación de equipos de laboratorio
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36 Mes
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Cod: 73171605
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40-022-178-052-00//Arriendo de equipo de identificación microbiana, según eett adjuntas
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- CARACTERISTICAS DE LA LICITACION
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Nombre de la licitación
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“ARRIENDO DE EQUIPAMIENTO DE IDENTIFICACIÓN MICROBIANA”
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Descripción
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El HGGB requiere contar con el servicio de “Arriendo de Equipamiento de Identificación Microbiana por Espectrometría de Masas”, solicitado por Laboratorio Clínico, en solicitud de compra SCOM N°15573.
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Tipo de licitación
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Pública-Licitación igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LR).
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Vigencia
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Será por 36 meses, a contar de la total tramitación de la Resolución Aprobatoria de Contrato a través de www.mercadopublico.cl.
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Tipo de convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Contrato
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El contrato se formalizará con la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato entre las partes, documento que será publicado en el portal Mercado Público y permitirá enviar la orden de compra.
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Toma de razón por Contraloría
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No requiere Toma de Razón por Contraloría
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Publicidad de ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
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- ORGANISMO DEMANDANTE:
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Razón social
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HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION
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Unidad de compra
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Hospital HGGB Abastecimiento General
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R.U.T.
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61.602.189-3
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Dirección
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San Martin 1436
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Comuna
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Concepción
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Región en que se genera la licitación
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Región del Biobío
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- CALENDARIO DE LICITACIÓN.
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Fecha inicio de preguntas
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A partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas.
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Fecha final de preguntas
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4 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 17:00hrs.
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Fecha de publicación de respuestas
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8 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación, a las 17:01 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de la oferta
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20 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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20 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:01 hrs.
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Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas
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30 días corridos, a partir de la fecha de apertura
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Fecha de Adjudicación
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60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas a las 17:00hrs.
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El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.
De acuerdo a lo indicado en artículo 46 del reglamento 661 de la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
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- FECHA DE SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO QUE SE ENTIENDE PARTE DEL CALENDARIO
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Fecha suscripción contrato
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Un plazo máximo de 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación, el contrato se formalizará con la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato entre las partes, documento que será publicado en el portal Mercado Público y permitirá enviar la orden de compra.
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- ETAPAS Y PLAZOS.
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Convocatoria a Propuesta
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Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal
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Entrega de antecedentes para postulación
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Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
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Recepción de consultas
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Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en las bases administrativas.
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Respuesta a Consultas
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La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto
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Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación
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Recepción Física de las Propuestas
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Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal
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Apertura de las Propuestas
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La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación conjuntamente con la verificación de la entrega de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Fecha de adjudicación
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Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte del Director del Hospital Guillermo Grant Benavente, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
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De Los Plazos De La Presente Licitación
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Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.
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- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
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7.1. Documentos administrativos, formales, obligatorios y excluyentes
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Documentos Administrativos
El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta:
- Formulario Nº1A Declaración jurada sin conflicto de intereses.
- Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses en algunos organismos.
- Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo. (*)
- Formulario Nº3 Declaración jurada de socios.
- Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores.
- Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores (*)
- Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad.
- Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.
- Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio: contiene Información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas)
- Formulario Nº8 Identificación del Oferente
- Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones
- Formulario Nº10 Clausula de proveedores de bienes y servicios
- Formulario N°11 Declaración para uniones temporales de proveedores (Sólo si corresponde)
- Formulario N°12 Declaración jurada difusión de pacto de integridad (Será obligatorio, adjuntarlo sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con difusión de pacto de integridad, ya que es relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
(*) Cuando corresponda
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información.
- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
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7.2. Documentos Técnicos
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El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente:
a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4.
b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.
c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados).
d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el producto (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).
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7.3. Documentos Económicos
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a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio o producto que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según establece el Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases.
c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la prestación de servicios licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7.
d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal. Lo anteriormente expuesto, es sin perjuicio de la facultad del Hospital regulada en el punto 26 de las presentes bases, respecto a la posibilidad de solicitar que se salven errores producidos al ofertar.
f) Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado, se declararán inadmisibles.
g) El oferente adjudicado no podrá rechazar o condicionar los pedidos de despacho por pago pendiente.
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- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES
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8.1. PERSONA NATURAL
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Requisitos para ofertar:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
8.1.
8.1.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
8.1.2. Requisitos para ser contratado:
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo cual deberá ser acreditado a través de los formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, de las presentes bases administrativas.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
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8.2. PERSONA JURÍDICA
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8.2.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
(Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
8.2.2. Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a lo dispuesto en el art. 35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A)
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6)
- Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados en los puntos d), e) y f) emitidos por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo.
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8.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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8.3.1. Requisitos UTP al momento de ofertar:
- Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
- Completar Formulario N°10
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.1 y 8.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
8.3.2. Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1A, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. Cuando se trate de UTP, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 182 y 183 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, según lo dispuesto en el artículo 180 de reglamento de compras públicas.
- La UTP Deberá materializarse por escritura pública, en donde los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.2. y 8.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6).
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto a las disposiciones del art.35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1A).
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
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- Criterios de evaluación
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Ítem
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Observaciones
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Puntaje
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1. Precio
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A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE OFERTA ECONOMICA.
Fórmula= (precio mínimo ofertado/precio oferta) x 100 x 45%
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45%
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2. Especificaciones técnicas deseables
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CARACTERISTICAS DESEABLES:
Es deseable contar con póliza de seguro de equipos electrónicos. La cobertura debe ser contra daño o perdida como consecuencia de “accidente imprevisto y repentino” cuyo origen sea por una falla humana o natural.
Cada característica tiene un máximo de 2 puntos (1 por cada equipo).
Para aquel oferente que oferte mayor cantidad de requisitos técnicos deseables se le asignará el mayor puntaje, el resto se clasificará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Deben completar recuadro en formulario N° 7.
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50%
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- Entrega Documentos Formales
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• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 100 puntos.
• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 30 puntos.
• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases, en un plazo superior a 48 horas de cerrado el proceso de presentación de antecedentes o no presenta los antecedentes solicitados= 1 punto.
Fórmula= puntaje obtenido x ponderación
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3%
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- Difusión programas de integridad y ética empresarial
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Este criterio se evaluado en base al formulario N°12”Difusión programas de integridad y ética empresarial”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal.
El Puntaje será asignado en base a:
- Se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 2 puntos
- No se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 0 puntos.
*Sobre el respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y/o aplicación de capacitaciones a los mismos. Además, adjuntar formulario N°12 firmado.
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2%
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
A) Post Evaluación
Una vez terminada la evaluación técnico económica y conocidos todos los puntajes, se realizará una post evaluación según comportamiento contractual con el Hospital Guillermo Grant Benavente los últimos 10 años contados desde la fecha de cierre de ofertas, independiente de la unidad o sección donde se haya realizado.
Para ello se solicitará a la unidad de multas del Hospital un informe sobre las multas cursadas los últimos 10 años contadas desde la fecha de cierre de ofertas a los oferentes evaluados según la siguiente tabla.
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1 multa cursada
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descuento de 5 puntos del total
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2 a 3 multas cursadas
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descuento de 7 puntos del total
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más de 3 multas cursadas
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descuento de 10 puntos del total
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Se entenderá por multa cursada, aquella que efectivamente fue sancionada y aprobada por Resolución de Director de Hospital al momento de cierre de presentación de ofertas.
- Montos y Duración del Contrato
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Estimación en base a
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Precio Referencial
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Fuente de financiamiento
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Presupuesto HGGB
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Contrato con Renovación
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NO
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Monto total estimado
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$75.000.000.-
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Observaciones
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Monto referencial es por el total IVA incluido, no excediendo las 5.000 UTM. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima en un 30% más del precio referencial, no excediendo las 1.000 UTM.
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Tiempo del Contrato
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Vigencia será 36 meses, a contar de la total tramitación de la Resolución Aprobatoria de Contrato a través del portal www.mercadopublico.cl.
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Plazos de pago
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El pago será dentro del plazo de 30 días, contados desde la aceptación de la factura. Desde la recepción conforme de la Bodega de Servicio de Abastecimiento General.
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Opciones de pago
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Transferencia Electrónica
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Responsable de pago
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Loreto Rodríguez Neira
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e-mail de responsable de pago
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lrodriguezn@ssconcepcion.cl
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Responsable de contrato
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Karina Saavedra
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e-mail del responsable de contrato
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ksaavedra@ssconcepcion.cl
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Teléfono responsable de contrato
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56-41-2722504
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De la subcontratación
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Se Prohíbe la subcontratación
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- Garantías
11.1. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Documento de Garantía o Vale Vista.
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3.
Monto: 5% del total del valor neto adjudicado en pesos chilenos
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de un Documento bancario o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor del 5% del total del valor neto adjudicado en pesos chilenos o su equivalente en UF, con vigencia mínima que exceda en 120 días al plazo establecido para el término del convenio; quedando exentos de presentar boleta los proveedores que no superen las 1000 UTM del total adjudicado neto. Para lo cual, se entenderá por contrato la orden de compra. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Gmo Grant Benavente, ubicada en San Martín Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 15 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el punto 39 N°1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de las Bases Administrativas de la propuesta.
La fecha indicada de vencimiento en el portal es estimativa. Documento deberá ser en pesos. El Servicio podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
En el caso de aplicarse un cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento, debido a un incumplimiento establecido en punto N° 32 “Sanciones y Multas” de las bases administrativas, el proveedor deberá realizar la entrega en un plazo máximo de 15 días corridos de un nuevo documento para garantizar el fiel cumplimiento.
GLOSA QUE DEBE CONTENER EL DOCUMENTO: DOCUMENTO DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ID 4375-61-LP25 “ARRIENDO DE EQUIPAMIENTO DE IDENTIFICACIÓN MICROBIANA”.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. Esta será devuelta una vez finalizada la duración establecida en las bases.
11.2 ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA: Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” para garantía de seriedad de la oferta o vía correo electrónico para Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
11.3. CAUSALES DE COBRO:
• Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. El Hospital Regional contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica.
• Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
• El Hospital hará efectiva el total de la garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.39, N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el Pto 32 de las presentes bases administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
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12. Generalidades
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Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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13. De la Obligación de Confidencialidad
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
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14. Cláusula de Readjudicación
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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15. Resolución de Empates
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
- Precio
- Especificaciones Técnicas Deseables.
- Entrega Documentos Formales
- Difusión pacto de integridad a trabajadores
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el Portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el “comprobante de ingreso de oferta”.
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16. Pacto de integridad
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
7.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.
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17. Modalidad de Pago
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El pago se realizara contra factura a los 30 días, previa recepción conforme de Bodega de Servicios de Abastecimiento General, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura, (según Ley N° 21.722).
El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional de Laboratorio Clínico, responsable del resguardo del cumplimiento de las Bases Técnicas de la presente propuesta.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.
Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.
El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato.
Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema.
Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.
2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.
Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
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18. Definiciones
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• Director: Sr. Claudio Baeza Avello
• Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región.
• Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente.
• Unidad Técnica: Laboratorio Clínico del HGGB.
• Unidad Administrativa: Abastecimiento General del HGGB.
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19. Unidad técnica
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica será el laboratorio clínico del HGGB que se ubica en el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, ubicado en San Martín N°1436.
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20. Documentos de la Licitación
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Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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21. De Los Proponentes
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Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación.
El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
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22. Ingreso de las Ofertas en el Portal
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de los procesos de compra fuera del Sistema de Información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, en las siguientes circunstancias:
- Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la Entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
- Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
- Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
- Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.
- Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o cultural, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo fundado.
- En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.
Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.
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23. Modificación de los Documentos de la Licitación
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El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital Regional deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la resolución que apruebe la modificación respectiva, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
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24. Validez de la Oferta
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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25. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
i. Jefe Abastecimiento General
ii. Jefe Unidad de Laboratorio Clínico del HGGB
iii. Referente Técnico Laboratorio.
Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda. Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
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25.1 De La Precalificación De Las Ofertas Por Parte De La Comisión
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Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
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25.2 Funciones De La Comisión
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a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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26. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
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27. De la Adjudicación
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Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital Regional declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital Regional dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.
El HGGB se reserva el derecho de:
1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
2. De adjudicar parcialmente o disminuir cantidades si de la evaluación y modificaciones presupuestarias que se estiman pertinentes.
3. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas.
4. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
5. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.
El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.
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28. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del Sistema de Compras Públicas, conforme al artículo 58 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 661).
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29. Aumentar o Disminuir Partidas
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Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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30. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
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Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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31. Del Factoring y Prohibición de Cesión
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El Hospital Regional respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
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32. Sanciones y Multas
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El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación, salvo que se trate de algún caso fortuito o de fuerza mayor:
32.1. Faltas Leves y sus multas:
- Retraso en la Reparación o Reemplazo del Equipo: El atraso en la reparación o reemplazo del equipo por cada día hábil, en relación al plazo establecido en la presente licitación (24 horas), salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 2 UTM hasta un tope de 5 días hábiles.
Este plazo comenzará a correr desde 96 horas de realizada una comunicación escrita enviada por el Hospital al correo que indica el oferente.
32.2. Faltas Graves:
- Por no entrega oportuna de insumos para procesar muestras.
Se aplicará una multa equivalente $100.000, por cada día por la no entrega oportuna de los insumos necesarios para procesar muestras. Entrega de insumos diferentes a los ofertados, se considerarán como no entregados.
Esta multa podrá ser acumulativa hasta 10 días corridos en una misma oportunidad o 30 días en un año o 50 días durante la duración del contrato, excedidos los plazos indicados se dará por terminado el contrato.
32.3. Faltas Gravísimas:
- Por incumplimiento en los Mantenimientos Preventivos del Equipo: El atraso en los mantenimientos preventivos, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente a $ 500.000 (quinientos mil pesos) por cada 7 días corridos de atraso en la ejecución del mismo, esa multa se aplicara cada 7 días con un tope máximo del valor de 1 arriendo. Cumplido ese plazo en una vez corrida será causal de término de contrato.
Además, será causa de término de contrato cuando complete:
- Valores en multa de 2 meses de arriendo en un plazo de mes calendario.
- Valores de multa de 3 veces durante la duración del contrato.
32.4. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa.
32.5. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
32.6. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
32.7. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 30% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento.
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33. Procedimiento para Aplicación de Sanciones
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En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere.
Tratándose de multa, además se informará su monto.
A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 8, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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34. Del Contrato
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El contrato que se suscriba tendrá una vigencia de 36 meses, a contar de la total tramitación de la Resolución Aprobatoria de Contrato a través del portal www.mercadopublico.cl.
Una vez publicada la resolución de adjudicación y posterior a la recepción de la boleta de garantía, se suscribirá contrato correspondiente que incluirá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Hospital, y será suscrito por éste y el representante Legal de la Entidad Adjudicataria el cual será enviado al proveedor para su revisión y firma. La Recepción de esta documentación dentro de los plazos establecidos implica la posibilidad del envío de la Orden de compra sin mayores problemas de desabastecimiento para la institución.
Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución Adjudicatoria.
En el caso de aquellos contratos de monto superior a 1.000 UTM, la suscripción del contrato el contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario y la tramitación será realizada en una notaría de la ciudad de Concepción. En consecuencia, el HGGB no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato, a su protocolización y a los actos que de él se deriven.
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35. De la orden de compra
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Cuando la adjudicación sea superior a 1.000 UTM, el contrato se formalizara a contar de la total tramitación de la Resolución Aprobatoria de Contrato a través del portal www.mercadopublico.cl. El cual permitirá generar de manera mensual las órdenes de compra, la cual se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
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36. Vigencia y renovación.
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El suministro tendrá una vigencia de 36 meses, a contar de la total tramitación de la Resolución Aprobatoria de Contrato a través del portal www.mercadopublico.cl.
Renovación: No se contempla renovación.
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37. Del consumo
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El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.
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38. Recepción
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El Servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General, mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por profesional del Laboratorio Clínico, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
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39. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
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De las modificaciones:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el Hospital Regional, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1) Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
a) Desde Tres veces por Faltas Leves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
b) Desde Tres veces por Falta Grave; Por una Falta Gravísima. habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
c) Desde una por Falta Gravísima; habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta grave.
2) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
3) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
7) Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 30% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7 detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.
En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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40. De la Calidad
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Los Servicios y/o productos deberán adecuarse a los requerimientos técnicos indicados en anexo adjunto a la licitación con el nombre “Especificaciones Técnicas”. El hospital rechazará sin derecho a indemnización los productos que no cumplan con ellas.
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41. Por falla de calidad
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Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por el servicio clínico usuario del producto, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado. Por otro lado, cualquier falla del producto que se produzca antes o durante su uso y que no permita utilizarlo ni llevar a cabo el procedimiento, deberá ser informado oportunamente por el servicio clínico de acuerdo a protocolos del Hospital sobre incidentes de esta naturaleza.
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42. De las mantenciones preventivas.
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- El Oferente debe acreditar servicio Técnico para los equipos y equipamiento ofertados con tiempo de respuesta menos a 24 horas en terreno. Para ello deberá hacer entrega de un certificado, firmado por el representante legal de la empresa, donde indique que cuenta con servicio técnico, cuál será su medio de contacto, y ubicación del mismo.
- Si se retira una pieza del equipo o el equipo completo del hospital para la realización de la mantención fuera de éste, el proveedor deberá entregar en su reemplazo, las piezas del equipo que este retirando o un equipo con las mismas características en un tiempo máximo de 48 horas corridas desde el suceso. Equipo en back-up o de reemplazo debe llegar y ser instalado directamente en las dependencias del servicio o unidad requirente, junto a informe técnico que indique el mantenimiento vigente del equipo o partes del mismo y que éstos se encuentran operativos y listos para su uso. Una vez instalados y comprobado su buen funcionamiento, el servicio visara su correcta instalación.
- El adjudicatario debe comprometer tiempos de respuesta en su Plan de Contingencia, en caso de falla que afecte o coloque en riesgo los tiempos de respuesta o a la capacidad operativa del Laboratorio.
- El oferente debe presentar un Plan de Mantenimiento preventivo y correctivo para el equipamiento. Para el preventivo debe considerar las mantenciones establecidas por el fabricante, garantizando el correcto funcionamiento de los equipos, cabe señalar que todos los costos involucrados en las mantenciones serán a cargo del Adjudicatario. El horario para las mantenciones preventivas deberá ser coordinadas con el servicio clínico respectivo.
- El adjudicatario debe gestionar, implementar y costear la instalación de los equipos, así como su mantenimiento preventivo y correctivo debidamente documentada de acuerdo con proveedor, sin ningún costo para el HGGB.
- El adjudicatario se compromete a reemplazar los repuestos y elementos necesarios para mantener el equipo en forma operativa, además de mantener en stock los insumos necesarios para la operación del equipo durante el período que dure el contrato, sin costo adicional para el hospital, cualquiera sea la complejidad eventual de falla y/o repuesto requerido.
- Toda mantención preventiva y/o reparativa deberá generar un informe escrito firmado tanto por el usuario como por el técnico de la empresa (nombre completo y firma), el que deberá ser entregado al jefe del servicio respectivo y al departamento de Equipos Médicos con un plazo máximo de 24 horas desde terminada la mantención con medidas preventivas y correctivas y recomendaciones al jefe del servicio clínico. Además, deberá completar una pauta mínima de mantenimiento preventivo asociada al equipo, la cual será facilitada por el Depto. de Equipos Médicos. Una vez entregado el informe correctamente se considerará el mantenimiento preventivo realizado.
- Debe presentar certificado firmado por el Representante Legal o Persona Natural que acredite que los Equipos son de última generación, es decir, presentando una fabricación dentro de los últimos 8 años.
- Al finalizar la entrega de la totalidad de los equipos, las partes deberán firmar un Acta de Conformidad u hoja de servicio de instalación, que deberán proporcionar las Empresas adjudicadas entregando una copia de estas al Depto. de Abastecimiento y Depto. de Equipos Médicos.
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