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BASES ADMINISTRATIVAS |
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A.- BASES ADMINISTRATIVAS
- PRODUCTO/SERVICIO REQUERIDO:
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1
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Monitores de parámetros de sangre de perfusión o accesorios o productos relacionados
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2 Unidad
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Cod: 42294705
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30-020-070-974-00//MONITORES MULTIPARÁMETROS, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
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- CARACTERISTICAS DE LA LICITACION
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Nombre de la licitación
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Adquisición de Equipos Monitores Multiparámetros
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Descripción
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El HGGB requiere efectuar licitación pública para la adquisición de compra de "Equipos Monitores Multiparámetros”, para habilitar cupos de la UTI Médica en el sector Capilla del primer piso del edificio Monoblock producto de la ejecución del Proyecto Quemados, se requiere reponer 2 monitores multiparámetros que actualmente se encuentran en servicio técnico a la espera de su reparación. Dichos monitores tienen fecha de instalación 2015, por lo tanto cuentan con vida útil cumplida, mediante solicitud de compra N° S-COM-16186.
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Tipo de licitación
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Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
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Vigencia
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Será inmediata, una vez enviada la orden de compra a través del portal del www.mercadopublico.cl.
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Tipo de convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Etapas del proceso de apertura
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Una Etapa
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Contrato
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No requerirá suscripción de contrato
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Toma de razón por Contraloría
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NO requiere Toma de Razón por Contraloría
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Publicidad de ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
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- ORGANISMO DEMANDANTE:
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Razón social
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HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCION
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Unidad de compra
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Hospital HGGB Abastecimiento General
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R.U.T.
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61.602.189-3
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Dirección
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San Martin 1436 Abastecimiento General
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Comuna
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Concepción
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Región en que se genera la licitación
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Región del Biobío
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- CALENDARIO DE LICITACIÓN
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Fecha inicio de preguntas
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A partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas.
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Fecha final de preguntas
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2 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 17:00hrs.
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Fecha de publicación de respuestas
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3 días corridos o día hábil siguiente, a partir de la fecha de publicación, a las 17:01 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de la oferta
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5 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:00 horas
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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5 días corridos, a partir de la fecha de publicación, a las 15:01 hrs.
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Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas
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20 días corridos, a partir de la fecha de apertura
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Fecha de Adjudicación
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60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas a las 17:00hrs.
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El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Por tanto, en estos casos, las fechas que se registren en el calendario de la ficha electrónica se adecuarán a lo señalado, según corresponda.
De acuerdo a lo indicado en artículo 46 del reglamento 661 de la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que indica “Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM”, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección con una antelación de a lo menos veinte días corridos anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
No obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta cinco días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas.
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- OTRAS FECHAS QUE SE ENTIENDEN PARTE DEL CALENDARIO
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Fecha suscripción contrato
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Contrato será formalizado con el envió de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl.
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- ETAPAS Y PLAZOS
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Convocatoria a Propuesta
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Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
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Entrega de antecedentes para postulación
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Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
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Recepción de consultas
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Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
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Respuesta a Consultas
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La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
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Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
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Recepción Física de las Propuestas
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Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del HGGB, ubicada en calle San Martin 1436, CONCEPCION hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
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Apertura de las Propuestas
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La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
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Fecha de adjudicación
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Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
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De Los Plazos De La Presente Licitación
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Todos los plazos de las presentes Bases Administrativas se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se indique que son días hábiles.
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- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
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7.1. Documentos administrativos, formales y obligatorios
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Documentos Administrativos
El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta:
- Formulario Nº1ª Declaración jurada sin conflicto de intereses.
- Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses en algunos organismos.
- Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo.
- Formulario Nº3 Declaración jurada de socios.
- Formulario Nº4ª Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores.
- Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores
- Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad.
- Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.
- Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica (Obligatorio y Excluyente: contiene Información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
- Formulario Nº8 Identificación del Oferente
- Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones
- Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios
- Formulario N°12 Declaración jurada difusión de programas de integridad y ética empresarial (Obligatorio, sólo si informa en formulario N°7 que cuenta con de programas de integridad y ética empresarial, información relevante para cálculo de puntaje en evaluación de las ofertas).
Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
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7.2. Documentos Técnicos
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El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente:
a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4.
b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.
c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados según corresponda).
d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación).
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7.3. Documentos Económicos
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a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases.
c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7.
d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.
e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal.
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- REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
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8.1. PERSONA NATURAL
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8.1.1. Requisitos para ofertar:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
• Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
• Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
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8.1.2. Requisitos para ser contratado:
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886, lo cual deberá ser acreditado a través de los formularios N°1ª, N°2, N°3 y N°6, de las presentes bases administrativas.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
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8.2. PERSONA JURÍDICA
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8.2.1. Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
(Acreditar en formulario N°2).
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
8.2.2. Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1ª, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.
Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a lo dispuesto en el art. 35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1ª)
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6)
- Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados en los puntos d), e) y f) emitidos por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo.
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8.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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Requisitos UTP al momento de ofertar:
- Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
- Completar Formulario N°10
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta. (Acreditar en formulario N°2).
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.1 y 8.2.1, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl)
Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios N°1ª, N°2, N°3 y N°6, no haber incurrido en la causales de inhabilidades establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, de la ley 19.886, en el cual se establece que “Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- Todos los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl), entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. Cuando se trate de UTP, las causales de inhabilidad afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 182 y 183 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga, según lo dispuesto en el artículo 180 de reglamento de compras públicas.
- La UTP Deberá materializarse por escritura pública, en donde los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Todo ello, según lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras públicas y sus demás antecedentes.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos 8.1.2. y 8.2.2, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393 (Formulario N°6).
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto a las disposiciones del art.35 quáter de la ley 19.886 (formulario N°1ª).
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
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- Criterios de evaluación
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Ítem
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Observaciones
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Puntaje
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- Precio
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A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE OFERTA ECONOMICA.
Fórmula= (precio mínimo ofertado/precio oferta) x 100 x 60%
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60%
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- Plazo de Entrega
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MENOR PLAZO DE ENTREGA, MAYOR PUNTAJE:
El plazo de entrega será evaluado en días hábiles de la siguiente manera:
Puntaje=(Menor plazo entrega ofertado)/(plazo entrega Oferta)x100x20%.
- Ø El plazo comienza desde el envío de la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta la llegada del equipo a su distribución en Uti Médica.
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20%
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- Comportamiento Contractual Anterior
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A MEJOR COMPORTAMIENTO, MAYOR PUNTAJE
Fórmula: Puntaje obtenido x factor x 100 x 15%.
Nota comportamiento base en sistema www.mercadopublico.cl
(Últimos 24 meses)
Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor”. El puntaje se calificará según lo siguiente:
Nota 5 100 puntos
Nota de 4 a 4,99 50 puntos
Nota 3,99 o menos 0 puntos
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15%
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- Entrega Documentos Formales
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• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 100 puntos.
• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 30 puntos.
• Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases, en un plazo superior a 48 horas de cerrado el proceso de presentación de antecedentes o no presenta los antecedentes solicitados= 1 punto.
Fórmula= puntaje obtenido x ponderación
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3%
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- Difusión programas de integridad y ética empresarial
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Este criterio se evaluado en base al formulario N°12 “Difusión programas de integridad y ética empresarial”, el cual deberá ser firmado y difundido al personal.
El Puntaje será asignado en base a:
- Se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 2 puntos
- No se adjuntan respaldos de la difusión a los trabajadores= 0 puntos.
*Sobre el respaldo de la difusión: el proveedor deberá adjuntar documento firmado y/o correo electrónico masivo que corrobore la toma de conocimiento del personal y/o aplicación de capacitaciones a los mismos. Además, adjuntar formulario N°12 firmado.
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2%
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos en la respectiva línea será adjudicada, considerar que proceso es de adjudicación múltiple.
- Toda la información necesaria para la evaluación de las ofertas, debe ser resumida en el formulario N°7. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
- Montos y Duración del Contrato
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Estimación en base a
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PRESUPUESTO REFERENCIAL
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Fuente de financiamiento
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Presupuesto HGGB
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Contrato con Renovación
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NO
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Monto total estimado
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$41.240.000
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Observaciones
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Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 1.000 UTM
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Tiempo del Contrato
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Será vigencia inmediata, una vez enviada la orden de compra a través del portal del www.mercadopublico.cl.
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Plazos de pago
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El pago será mensual en un plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura y su recepción conforme.
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Opciones de pago
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Transferencia Electrónica
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Responsable de pago
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Loreto Rodríguez Neira
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e-mail de responsable de pago
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lrodriguezn@ssconcepcion.cl
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Responsable de contrato
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Karina Saavedra
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e-mail de responsable de contrato
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ksaavedra@ssconcepcion.cl
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Teléfono responsable de contrato
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56-41-2722504
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Prohibición de subcontratación
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No se permite subcontratación
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11. Documentos de Garantías.
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No se Solicitarán Documentos de Garantías.
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12. Generalidades
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Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
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13. De la Obligación de Confidencialidad
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
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14. Cláusula de Readjudicación
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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15. Resolución de Empates
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
a) Precio
b) Plazo de entrega
c) Comportamiento Contractual Anterior
d) Entrega documentos formales
e) Difusión pacto de integridad a trabajadores de la empresa
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionara la propuesta que ingreso primero en el portal mercado público, de acuerdo a lo indicado en el comprobante de ingreso de la oferta.
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16. Pacto de integridad
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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17. Modalidad de Pago
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El pago se efectuará contra factura a los 30 días corridos, previa recepción conforme del encargado de la Bodega de Inversión de Abastecimiento General.
La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.
El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato.
Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
- Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.
- Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.
Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
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18. Definiciones
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Director: Sr. Claudio Baeza Avello
Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII Región, Concepción.
Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente
Unidad Técnica: Abastecimiento General
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19. Unidad técnica
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, zócalo Oficina de Abastecimiento General.
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20. Documentos de la Licitación
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Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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21. De Los Proponentes
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Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”.
Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
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22. Ingreso de las Ofertas en el Portal
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Y en el caso de los procesos de compra fuera del Sistema de Información, deberán regirse según consta en el Artículo 115 del Decreto 661, que indica las Entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, en las siguientes circunstancias:
- Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los posibles proveedores no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos en conformidad a este reglamento, lo cual deberá ser justificado por la Entidad licitante en la misma resolución que aprueba el llamado a licitación.
- Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
- Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
- Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.
- Tratándose de las contrataciones de bienes y servicios, efectuadas a proveedores extranjeros en que, por razones de idioma, de sistema jurídico, de sistema económico o cultural, u otra de similar naturaleza, sea indispensable efectuar el procedimiento de contratación por fuera del Sistema de Información. En este caso se requerirá la dictación de un acto administrativo fundado.
- En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad licitante de manera física, de acuerdo con lo que establezcan en cada caso las Bases.
Sin perjuicio de lo señalado en este artículo, las Entidades deberán publicar en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.
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23. Modificación de los Documentos de la Licitación
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El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital Regional deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la toma de razón de la resolución que apruebe la modificación respectiva, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
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24. Validez de la Oferta
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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25. De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
- Jefe Abastecimiento General
- Ing. Civil Biomédica, Unidad de Estudio y Proyectos.
- Médico UTI Médica.
Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del Reglamento de la Ley 19.886, contenido en el D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda. Además, los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en donde manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación, según lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
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25.1 De La Precalificación De Las Ofertas Por Parte De La Comisión
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Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión.
Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
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25.2 Funciones De La Comisión
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a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional.
f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 61 del Reglamento 661 de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía, solicitando al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento.
i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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26. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.
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27. De la Adjudicación
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Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la o las oferta que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.
c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 del Reglamento.
El HGGB se reserva el derecho de:
- Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
- De adjudicar parcialmente o disminuir cantidades si de la evaluación y modificaciones presupuestarias que se estiman pertinentes.
- Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas.
- La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
- Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.
El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.
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28. Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 58 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 661).
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29. Aumentar o Disminuir Partidas
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Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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30. Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
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Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4ª o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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31. Del Factoring y Prohibición de Cesión
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El HGGB respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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32. Del incumplimiento y sus Sanciones
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El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
32.1. Faltas Leves y sus multas:
• El atraso en el plazo de entrega del equipo: que exista incumplimiento y atraso en el plazo de entrega propuesto por el proveedor, hasta máximo 24 horas, posterior a lo indicado en el formulario N° 7, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa equivalente al 3UTM del Monto Neto, por cada día hábil, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
32.2. Faltas Graves:
• Por despacho de producto no licitado: El ingreso de productos no licitados con cargo a OC de la licitación, se considerarán una falta grave; por lo que será sancionado con el 4UTM del Monto Neto, por cada día hábil, respecto al valor del insumo adjudicado y a las cantidades del producto despachado.
32.3. Faltas Gravísimas:
• Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 10UTM del Monto Neto de la orden de compra y por cada día hábil de retraso que exista en el reemplazo del producto entregado.
32.4. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa.
32.5. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
32.6. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
32.7. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
32.8. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 30% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento.
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33. Procedimiento para Aplicación de Sanciones
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En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere.
Tratándose de multa, además se informará su monto.
A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 8, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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34. Del Contrato y orden de compra
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No se generara contrato y se formalizara el proceso con el solo envió de la orden de compra.
Cuando la adjudicación sea Menor a 1.000 UTM, no se generara contrato y se formalizará el proceso con el solo envió de la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, la cual se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Público.
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35. Vigencia y renovación
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Vigencia: Tendrá una vigencia inmediata, a partir desde el envío de la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl. No obstante, al trascurrir un tiempo máximo de 48 horas, la “OC” se considerará como aceptada por parte del proveedor, independiente que en el portal www.mercadopublico.cl no cambie su estado.
Renovación: No se contempla renovación.
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36. Del consumo
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El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal.
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37. De la recepción y despacho
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El proveedor deberá entregar los productos de la presente licitación en la Bodega de Inversión de Abastecimiento General, mediante acta de recepción, ubicada en san Martin 1436, Concepción, en zócalo subterráneo hospital. Además, documento es requerido para proceder con al pago del mismo y firmado por el servicio requirente, responsable del resguardo del cumplimiento de las especificaciones técnicas de la presente propuesta.
Considerar horario de bodega de inversión:
- El Horario de entrega es dentro de la jornada laboral de lunes a jueves desde las 08:00 a 16:00 hrs (exceptuando el horario de colación que es de 13:00 a 14:00hrs).
- El Horario de entrega es dentro de la jornada laboral de viernes desde las 08:00 a 15:00 hrs (exceptuando el horario de colación que es de 13:00 a 14:00hrs).
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38. De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
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De las modificaciones:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 129 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuera multado según lo dispuesto en el punto 32:
a) Desde Tres veces por Faltas Leves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
b) Desde Tres veces por Falta Grave; Por una Falta Gravísima. Habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
c) Desde una por Falta Gravísima; habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta grave.
- Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 5 días hábiles, al plazo de entrega ofertado por el proveedor en su oferta.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
- La esciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones
Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 30% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento.
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.
En virtud del Artículo 9 y 135 del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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39. De la Calidad
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|
Los productos deberán adecuarse a los requerimientos técnicos indicados en anexo adjunto a la licitación con el nombre “Especificaciones Técnicas”. El hospital rechazará sin derecho a indemnización los productos que no cumplan con ellas.
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40. Garantía del Producto
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La garantía mínima requerida se aplicará cuando se compra un producto nuevo que es defectuoso, le faltan piezas o partes, no es apto para el uso que fue destinado o que haya sido arreglado anteriormente, pero sus deficiencias persisten o presenta nuevas fallas, entre otras situaciones cuya responsabilidad no corresponda a quien la utilizo, sino al proveedor. Para lo cual, podrán invocarse una de las siguientes alternativas: Cambio del producto y/o reparación gratuita en los plazos establecidos en Ley del Consumidor N° 19.496.
Según modificación de Ley N° 21.398 a Ley del Consumidor N° 19.496 se establece como garantía mínima de productos un periodo de 6 meses, aquel periodo se contabilizará desde la recepción conforme del producto.
Para este convenio, se considerará 1 mes como 30 días corridos.
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41. Por falla de calidad
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Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por los servicios clínicos y/o unidades usuarios del producto, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado.
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B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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ADQUISICIÓN DE EQUIPOS MONITORES MULTIPARÁMETROS
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![]() |
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Formulario N°1 A Especificaciones Técnicas
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Depto. De Inversiones y Gestión de Proyectos
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Nombre equipo/equipamiento
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Monitor Multiparámetros
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Cantidad
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2
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Nombre proveedor
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Marca
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Modelo
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Garantía
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País de fabricación
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Ítem
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Características técnicas
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Tipo de característica (Obligatoria o deseable)
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Puntaje
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Cumple Si/No
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Indicar N° Página del catálogo, ficha técnica o manual, donde se comprueba el cumplimiento de la característica
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Observaciones
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1
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Características generales
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1.1
|
Monitor multiparámetros con pantalla táctil TFT-LCD color de al menos 15”
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Obligatoria
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1.2
|
Resolución de pantalla de al menos 1024 X 768
|
Obligatoria
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1.3
|
Pantalla debe tener al menos opción de 12 colores para identificar parámetros
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Obligatoria
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1.5
|
Debe tener la posibilidad de configurar al menos 14 teclas de acceso rápido en pantalla
|
Obligatoria
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1.6
|
Debe contar con modo de visualización que permita ver números grandes en pantalla
|
Obligatoria
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1.7
|
Debe permitir la visualización de al menos 15 curvas en pantalla
|
Obligatoria
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|
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|
|
|
1.8
|
Debe permitir conectarse a una central de monitoreo
|
Obligatoria
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|
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1.9
|
El monitor debe permitir la medición de al menos ECG, Respiración, SpO2, Presión No invasiva, Presión Invasiva, Temperatura, CO2, Gasto cardiaco, Gasto cardíaco no invasivo como parámetros básicos y BIS, TOF, EEG, Gases como parámetros opcionales, Respiración (impedancia).
|
Obligatoria
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|
|
|
|
|
1.10
|
El equipo debe contar con sistema de conectores inteligentes
|
Obligatoria
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|
|
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|
1.11
|
El módulo principal debe medir de forma simultánea los siguientes parámetros: ECG, FC, FP, Spo2, FR, 2 canales de Temperatura y 3 canales de presión invasiva. Sin módulos adicionales
|
Obligatoria
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|
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|
1.12
|
El equipo debe contar con al menos 72 horas de almacenamiento de datos gráficos y tabulares
|
Obligatoria
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|
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1.13
|
Debe tener Full Disclosure con al menos 72 horas y 5 curvas
|
Obligatoria
|
|
|
|
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|
1.14
|
En caso de que el equipo se apague, debe tener una capacidad de al menos 30 minutos, para almacenar la información sin que esta se pierda
|
Obligatoria
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|
|
1.15
|
El peso del equipo entre 6 Kg a 8 kg (considerando dichos valores)
|
Obligatoria
|
|
|
|
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1.16
|
Las dimensiones máximas del equipo deben ser de al menos 430 x 350 x 172 mm (Alto x Ancho x Profundidad)
|
Obligatoria
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|
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|
|
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1.17
|
Debe permitir una alimentación eléctrica de 100 – 240V, 50/60 Hz
|
Obligatoria
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|
|
|
|
|
1.18
|
El monitor debe incorporar una batería interna con capacidad de al menos 2 horas
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.19
|
Debe permitir la operación con un rango de temperatura mínimo de 5 a 40°C
|
Obligatoria
|
|
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|
|
|
1.20
|
Debe contar con alarmas para arritmias, parámetros fisiológicos y problemas técnicos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.21
|
Las alarmas deben diferenciarse por sonido y color
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.22
|
Debe permitir la configuración manual de limites superior e inferior, en las diferentes alarmas
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.23
|
Debe permitir pausar las alarmas por al menos 2 minutos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.24
|
La pantalla principal del monitor, debe tener comunicación con una unidad de entrada o un monitor de transporte
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.25
|
Monitor anclado a muro o tabiquería, se debe incluir sistema brazo soporte monitor con desmontaje rápido
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.26
|
Debe permitir la visualización de otros monitores conectados a la red, en la pantalla. Sin perder de vista al paciente principal
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.27
|
Configuración de alarmas preestablecidas para adultos, pediátricos y neonatales
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.28
|
Debe permitir la configuración manual de limites superior e inferior, en las diferentes alarmas
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.29
|
Debe permitir pausar las alarmas
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.30
|
Posibilidad de mostrar una derivación en cascada
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
1.31
|
Los dos (2) monitores multiparámetros deben ser compatibles con los monitores multiparámetros existentes marca NIHON KOHDEN, modelo BSM-6701K y la central de monitoreo marca NIHON KOHDEN, modelo CNS-9101K-16, se debe adjuntar certificado de fábrica que respalde el cumplimiento del presente punto.
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2
|
ECG
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.1
|
Debe permitir evaluar derivadas I, II, III (Usando cable de 3 puntas)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.2
|
Debe permitir evaluar derivadas I, II, III, aVR, aVL, aVF, 2 de V1 a V6
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.3
|
Debe permitir evaluar derivadas I, II, III, aVR, aVL, aVF, V1 a V6 (Usando cable de 10 puntas)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.4
|
Sensibilidad del ECG x1/8, x1/4, x1/2, x1, x2, x4 o Auto
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.5
|
Rango de frecuencia cardiaca 0, 15 a 300 bpm o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.6
|
Precisión de frecuencia cardiaca +-2 bpm
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.7
|
Respuesta en Modo Diagnóstico 0,05 a 150 Hz o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.8
|
Respuesta en Modo ST 0,05 a 18 Hz o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.9
|
Respuesta en Modo Monitor 0,3 a 40 Hz o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.10
|
Respuesta en Modo Filtro máximo 1 a 18 Hz o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.11
|
Detección del segmento QRS
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.12
|
Medición del Segmento ST
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.13
|
Análisis de arritmias
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.14
|
Software de análisis de arritmias
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.15
|
Capacidad de realizar examen ECG de 12 canales
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.16
|
Posibilidad de realizar medición de 18 derivaciones
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.17
|
El equipo debe tener protección contra desfibrilación
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.18
|
Debe detectar derivación desconectada
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.19
|
Detección de pulso del marcapasos 0,1 a 2 ms o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.20
|
2 Canales para análisis de arritmia
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.21
|
Medición del segmento QT corregido (QTc)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
2.22
|
Debe tener la posibilidad de medir gasto cardiaco continuo no invasivo
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3
|
Respiración
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.1
|
Método de medición por impedancia transtoracica
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.2
|
Rango de la frecuencia respiratoria 0 a 150 rpm o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.3
|
Precisión de la medición +-2 rpm
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.4
|
Debe contar con alarma de detección de Apnea
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.5
|
Alarma de apnea configurable en un rango de 5 a 40 segundos o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.6
|
Alarma de apnea configurable en escala de 5 segundos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.7
|
Debe contar con protección contra la desfibrilación
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.8
|
Detección automática de los electrodos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.9
|
Sensibilidad de x1/16, x1/8, x1/4, x1/2, x1, x2 o x4
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
3.10
|
Velocidad de barrido 1,56 mm/s, 6,25 mm/s, 12,5 mm/s, 25 mm/s
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4
|
Saturación de Oxígeno
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.1
|
Método de la medición por absorción de luz de longitud de onda
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.2
|
Debe mostrar curva pletismografica en pantalla
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.3
|
Debe mostrar porcentaje de saturación en pantalla (de forma numérica)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.4
|
Rango de visualización de 0 a 100%
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.5
|
Precisión +-2% (en el rango 80-100%) y Precisión de +-3% (en el rango 70-80%)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.6
|
Frecuencia cardiaca 30 a 300 LPM o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.8
|
Precisión de +-2 LPM o menor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.9
|
Debe permitir la medición utilizando sensor digital o multisitio
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.10
|
El equipo debe tener variación en el tono de pulso, según la saturación del paciente
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.11
|
Equipo debe indicar el Índice de Perfusión en pantalla
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.12
|
Equipo debe contar con SQI en pantalla
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.13
|
Velocidad de barrido 6,25 mm/s, 12,5 mm/s, 25 mm/s, 50 mm/s
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.14
|
Sensibilidad de x1/8, x1/4, x1/2, x1, x2 , x4, x8 o AUTO
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
4.16
|
Los sensores Adulto-pediatricos deben contar con grado de proteccion contra particulas de agua, al menos IPX5
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5
|
Presión Arterial No Invasiva (PANI)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.1
|
Medición mediante método oscilometrico
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.2
|
Intervalo de medición de 0 a 300mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.3
|
Sistema de medición durante el desinflado (metodo descendente)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.4
|
Sistema de medicion durante el inflado (metodo ascendente)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.5
|
Precisión de +-3mmHg
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.6
|
Tiempo de inflado del manguito Menor a 11 segundos en Adultos/pediátricos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.7
|
Tiempo de inflado del manguito Menor a 5 segundos en neonatos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.8
|
Rango de Presión sistólica Adultos y pediátricos, 40 a 280mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.9
|
Rango de Presión diastólica Adultos y pediátricos, 10 a 235mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.10
|
Rango de Presión media Adultos y pediátricos, 10 a 280mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.11
|
Rango de Presión sistólica neonatos, 30 a 140mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.12
|
Rango de Presión diastólica neonatos, 10 a 110mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.13
|
Rango de Presión media neonatos, 10 a 140mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.14
|
Modos de medición Manual y periódico
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.15
|
Rango nominal de presión del manguito Adulto/Pediátrico 0-300 mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.16
|
Rango nominal de presión del manguito Neonatal 0-150 mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.17
|
Selección de rangos de medición en 1, 2, 2.5, 5, 10, 15, 30 minutos, 1, 2 y 4 horas
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.18
|
Que cuente con sistema de inflado inteligente, que permita reducir los tiempos de medición
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.19
|
Debe permitir la visualización de la presión Sistólica, Media y Diastólica
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.20
|
Valor máximo de presurización 300 mmHg en Adulto/Pediátrico
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.21
|
Valor máximo de presurizacion 150 mmHg en Neonatos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.22
|
El equipo desinfla el manguito automáticamente, cuando se desconecta la alimentación eléctrica (o batería)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.23
|
Debe contar con sistema que, frente a un cambio repentino en la hemodinamia del paciente, genere una medición de presión no invasiva automática
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
5.24
|
Debe tener la posibilidad de medir el tiempo de tránsito de la onda de pulso
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6
|
Presión Arterial Invasiva (PAI)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.1
|
El equipo debe contar con la posibilidad de conectar 2 líneas de presión invasiva
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.2
|
Medición y visualización de PPV (variación de la presión de pulso)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.3
|
Medición y visualización de SPV (variación de la presión sistolica)
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.4
|
Rango de medición -50 a 300 mmHg o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.5
|
Precisión de la medición +-1mmHg
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.6
|
Precisión de la calibración a cero +- 1 mmHg
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.7
|
Rango de calibración a cero +-200mmHg
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.8
|
Permite calibración de cero individual o todos a cero
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.9
|
Actualización del ciclo cada 3 segundos o cuando se genere una alarma
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.10
|
El equipo debe contar con variación de sonido para la medición de presión sistolica
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.11
|
Sonido variable para frecuencia cardiaca entre los 20 y 120 mmHg
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.12
|
Debe contar con al menos 24 etiquetas o más para la rotulación de la PI en pantalla
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.13
|
Cable troncal de PI, debe contar con memoria, que mantenga su rótulo, aun cuando sea cambiado de puerto
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.14
|
El equipo debe reconocer automáticamente el parámetro a partir del conector
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.15
|
El equipo debe detectar la rotura del cable o la desconexión de este
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
6.16
|
El monitor debe tener la capacidad de ampliar la cantidad de canales de presión invasiva
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7
|
Temperatura
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.1
|
Debe contar con al menos 2 canales de temperatura
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.2
|
Rango de medición 0 a 45°C o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.3
|
Precisión de +-0,1°C entre los 25 y 45°C o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.4
|
Precisión de +-0,2°C entre los 0 y 25°C o rango mayor
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.5
|
Debe permitir uso con sensor de temperatura de piel
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.6
|
Debe permitir uso con sensor de temperatura esofagico o rectal
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.7
|
El equipo debe reconocer automáticamente el parámetro a partir del conector
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.8
|
El equipo debe detectar la rotura del cable o la desconexión de este
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
7.9
|
Tiempo de respuesta menor a 150 segundos
|
Obligatoria
|
|
|
|
|
|
8
|
Capnografia
|
Obligatoria
|
|
|
|
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8.1
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Debe permitir uso de capnografia Mainstream
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Obligatoria
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8.2
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Rango de medición 0-150 mmHg o rango mayor
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Obligatoria
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8.3
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Precisión de la medición +-2mmHg
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Obligatoria
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8.4
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El sensor debe tener un peso máximo de 10gr
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Obligatoria
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8.5
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Tiempo de calentamiento máximo de 10 segundos
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Obligatoria
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8.6
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Visualización de curva de CO2 en pantalla
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Obligatoria
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8.7
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Visualización de FR en pantalla
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Obligatoria
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8.8
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Precisión de la medición +-2mmHg
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Obligatoria
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8.9
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Permite uso en pacientes Adultos, Pediátricos y Neonatales
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Obligatoria
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8.10
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Debe permitir el análisis en pacientes intubados
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Obligatoria
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8.11
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Debe permitir el análisis en pacientes no intubados
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Obligatoria
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8.12
|
El equipo debe reconocer automáticamente el parámetro a partir del conector
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Obligatoria
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8.13
|
El equipo debe detectar la rotura del cable o la desconexión de este
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Obligatoria
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8.14
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El sensor de capnografía debe tener protección contra agua IP67 o mejor
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Obligatoria
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9
|
Batería
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Obligatoria
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9.1
|
Batería
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Obligatoria
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9.2
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Duración de la batería al menos 1 hora
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Obligatoria
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9.3
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Tiempo de carga con monitor apagado 2 Horas o menor
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Obligatoria
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9.4
|
Indicador de estado de batería en pantalla
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Obligatoria
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10
|
Opcionales
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Obligatoria
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10.1
|
Debe tener la posibilidad de incorporar Gasto Cardiaco NO invasivo
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Obligatoria
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10.2
|
Debe tener la posibilidad de incorporar Gasto Cardiaco por termodilucion
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Obligatoria
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10.3
|
Debe tener la posibilidad de conectar un módulo BIS
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Obligatoria
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10.4
|
Debe tener la posibilidad de conectar un módulo EEG 8 canales
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Deseable
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10.5
|
Registradora térmica
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Obligatoria
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11
|
Unidad de Entrada: Monitor de Transporte
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Obligatoria
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11.1
|
Debe comunicarse con el monitor de cabecera y permitir almacenar información del paciente
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Obligatoria
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11.2
|
Monitor Multiparámetros con pantalla TFT color de al menos 5,7"
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Obligatoria
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11.3
|
Resolución de pantalla de al menos 640 x 480
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Obligatoria
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11.4
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El monitor debe permitir la medición de ECG, Respiración, SpO2, Presión No invasiva, Presión Invasiva, Temperatura, CO2, Gasto cardiaco, BIS.
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Obligatoria
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11.5
|
Debe tener Full Disclosure con al menos 72 horas y 4 curvas
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Obligatoria
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11.6
|
El equipo debe contar con una memoria de 24 horas, cuando se utiliza en modo Transporte
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Obligatoria
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11.7
|
El monitor debe incorporar una batería interna con capacidad de al menos 5 horas
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Obligatoria
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11.8
|
Debe tener memoria interna para almacenar datos durante el transporte del paciente
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Obligatoria
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11.9
|
El peso máximo del equipo debe ser de 1,6 Kg
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Obligatoria
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11.10
|
Las dimensiones del equipo deben ser de máximo 150 x 195 x 95 mm
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Obligatoria
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11.11
|
Debe permitir la operación con un rango de temperatura mínimo de 10 a 40°C o rango mayor
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Obligatoria
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11.12
|
Debe contar con alarmas para arritmias, parámetros fisiológicos y problemas técnicos
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Obligatoria
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12
|
Gasto Cardíaco
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Obligatoria
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12.1
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Debe tener la posibilidad de medir Gasto cardíaco por cateter swan ganz a lo menos dos equipos
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Obligatoria
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12.2
|
Debe tener la posibilidad de medir la Gasto cardíaco no invasivo solo en dos equipos
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Obligatoria
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12.3
|
Debe tener la posibilidad de medir Gasto cardíaco con tecnología PICCO al menos 1 equipo
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Obligatoria
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13
|
Módulo EEG y accesorios
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Obligatoria
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13.1
|
Debe permitir la medición de al menos 6 canales de EEG
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Obligatoria
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13.2
|
Debe permitir la medición de al menos 8 canales de EEG
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Deseable
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14
|
Incluir para cada monitor:
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Obligatoria
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14.1
|
Pack Baterías (para monitor de cabecera y monitor de transporte)
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Obligatoria
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14.2
|
Kit Accesorios ECG
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Deseable
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14.3
|
Sensor de Temperatura
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Obligatoria
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14.4
|
Sensor de SPO2 pinza
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Deseable
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14.5
|
Sensor de SPO2 multisitio
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Obligatoria
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14.6
|
Brazalete PANI ADULTO PEQUEÑO
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Deseable
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14.7
|
Brazalete PANI ADULTO GRANDE
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Obligatoria
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14.8
|
Cable conexión para PI
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Deseable
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14.9
|
Gancho de transporte para monitor de transporte
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Obligatoria
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14.10
|
Soporte compatible con las actuales columnas
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Deseable
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14.11
|
Accesorios para medición de gasto cardiaco con Swan Ganz (conector, cable, etc)
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Obligatoria
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14.12
|
Accesorio para ETCO2 (sensor, adaptador, ect)
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Deseable
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14.13
|
Todos los accesorios necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos, aunque no sean detallados en el presente documento
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Obligatoria
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15
|
Certificaciones y normativas
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15.1
|
Adjuntar en propuesta certificado vigente CE y/o FDA
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Obligatoria
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15.2
|
Certificación IEC 60601-1
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Obligatoria
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15.3
|
Certificación ISO 9001
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Obligatoria
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15.4
|
Certificación ISO 13485
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Obligatoria
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15.5
|
Certificación ISO 14001
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Obligatoria
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15.6
|
Equipo con clase I
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Obligatoria
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15.7
|
Equipo con certificación IPx1
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Obligatoria
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15.8
|
Certificado de Representación de la marca
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Obligatoria
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15.9
|
Certificado de Servicio Técnico Propio
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Obligatoria
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15.10
|
Certificado de Capacitación y puesta en marcha
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Obligatoria
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15.11
|
Certificado de Garantía
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Obligatoria
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15.12
|
Certificado de Mantenimiento Preventivo
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Obligatoria
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15.13
|
Adjuntar certificado que indique el periodo de provisión de repuestos y servicios de mantenimiento en el mercado, a los cuales se compromete el fabricante y su representante en Chile.
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Obligatoria
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16
|
Postventa
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16.1
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Proveedor adjudicado debe entregar Guía de despacho visible en los bultos entregados en bodega, indicando la siguiente información: Identificador proveedor, cantidad de equipo/equipamiento, modelo, n° serie, n° lote, fecha de expiración (cuando aplique) y valor unitario.
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Obligatoria
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16.2
|
Garantía mínima de 24 meses, indicar cantidad de meses ofertados
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Obligatoria
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16.3
|
Mantenciones preventivas 2 anuales mínimo
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Obligatoria
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16.4
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Capacitación a la totalidad de los usuarios clínicos que se requiera para asegurar el desempeño correcto de los equipos, de acuerdo a turnos existentes. Nivel Usuario (presencial)
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Obligatoria
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16.5
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Capacitación a usuarios y personal de mantenimiento y otros funcionarios que se requiera para soporte primario de equipos
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Obligatoria
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Además, cada oferta debe cumplir con todas las especificaciones técnicas de cada rango para que sea considerada en la etapa de evaluación, de lo contrario, quedará en estado Oferta Inadmisible.
Especificaciones Técnicas Adicionales:
Los artículos deberán ser despachados y recepcionados por Bodega de Inversión de Abastecimiento General del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en san Martín N° 1436.
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