I.- BASES ADMINISTRATIVAS
- LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Comuna : Santiago
Región : Metropolitana de Santiago.
- ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre : Rody Rivera Cañulef
Cargo : Encargado Administrativo
E-mail : rody.rivera@minagri.gob.cl
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 100 y menor 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria : Abierta (LE)
Tipo de Adjudicación : Simple
Contrato : Prestación de servicios a 24 meses
Moneda : Pesos chilenos
Etapas : Una etapa
Publicidad de las Ofertas : La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Los Lagos dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
- SERVICIO SOLICITADO
3.1 Nombre de la Adquisición: Nombre de la Adquisición: Servicio de aseo y mantención de oficinas para las dependencias de la Seremi de Agricultura Región de Los Lagos.
3.2 Objetivo de la Contratación: Contar con un servicio de aseo integral, que permita mantener en perfecto estado de higiene, presentación y preservación de las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Los Lagos, ubicadas avenida décima región N° 480, piso 2, edificio anexo, en la ciudad de Puerto Montt.
- NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento aprobado por Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:
- Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
- Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la SEREMI de Agricultura.
- Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la SEREMI de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
- La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.
- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR
5.1 Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información www.mercadopublico.cl, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos.
- Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).
b) Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).
Quienes participen de la licitación estando en estado de “hábil” en el registro del sistema, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información y/o entregados a la Seremi a través de los canales que este informe.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
La UTP debe estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Se debe constituir exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
Debe materializarse, para estos efectos, por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Quienes conformen la UTP deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 7 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al momento de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el Art. N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.
Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.
Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.
Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
5.2 Presentación de Anexos
Todos quienes oferten deben encontrarse hábiles para contratar con el estado y haber suscrito la declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones), según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
- PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
- Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
Cronograma:
a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de quienes oferten.
Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.
c) Visita a terreno: se realizará el cuarto día corrido contado desde la publicación de las presentes bases de licitación a las 10:00 horas, contacto, Sr. Rody Rivera., o quien se designe para la función la Secretaria Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Los Lagos. La dirección es, Avenida Décima Región N° 480, segundo piso edificio anexo. La tolerancia para el cumplimiento del horario es de 5 minutos.
d) Preguntas sobre las bases: éstas se podrán realizar hasta las 17:00 horas del quinto día corrido contados desde la fecha de publicación de las bases de licitación. En caso de que las respuestas impliquen aclaraciones por conceptos no incluidos expresamente en las bases, sin que impliquen una modificación de las mismas, éstas se aprobaran junto con el acto administrativo que determine el resultado del proceso. En cuanto sea necesario modificar o complementar las bases de licitación, se procederá de acuerdo con lo señalado en la letra l) del presente numeral.
e) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 17:00 horas del segundo día hábil siguiente contado desde la fecha de cierre del periodo para hacer consultas.
f) Plazo estimado de evaluación: cinco días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.
g) Fecha máxima de adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el quinto día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de la presentación de oferta, a las 17:00 horas.
h) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los dos días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente determinado en el acto administrativo de adjudicación.
i) Fecha de firma del contrato: la contratación se formalizará con la suscripción del contrato en el plazo de diez días corridos contados desde la adjudicación.
j) Contabilización de los días: en caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
k) Modificaciones a las bases de licitación: La Seremi podrá modificar las presentes Bases de Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por quienes estén interesados en ofertar, durante el proceso de consultas de la licitación.
La modificación a las bases, serán aprobadas por acto administrativo de la autoridad competente. En caso de que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, se considerará un plazo prudencial para que los/as proveedores/as interesados/as puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
La Seremi podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
l) Vigencia de las ofertas: las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
- EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
8.1. Comisión evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región de Los Lagos.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8.2 de las Bases de Licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
La Seremi informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.
Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.
En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.
Queda prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.
De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
8.2. Criterios de evaluación
Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
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Criterio de Evaluación
|
Porcentaje
|
|
Oferta económica
|
30
|
|
Oferta técnica
|
50
|
- Experiencia de quien oferta
|
20
|
|
|
15
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- Políticas de sustentabilidad ambiental
|
10
|
- Inclusión laboral y/o de género
|
5
|
|
Condiciones de empleo y remuneraciones
|
10
|
|
Programa de Integridad
|
5
|
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
5
|
|
Total
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100
|
|
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8.3. Metodología de Cálculo
- Oferta económica (30%)
Se valorará el precio ofertado por los ítems señalados en el Anexo N° 1 valor que se entenderá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato. Este valor debe ser presentado como total (I.V.A. incluido) y expresado en pesos. Para el cálculo de este criterio se aplicará el promedio de precios del Anexo N°1, por cada ítem según lo siguiente:
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Ofertas económicas
|
Puntaje
|
Ponderación
|
|
Oferta de menor monto
|
100 puntos
|
30%
|
|
Segunda oferta con menor monto
|
80 puntos
|
|
Tercera oferta con menor monto
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60 Puntos
|
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Siguientes ofertas
|
40 puntos
|
- Oferta Técnica (50%):
La oferta técnica se evaluará a través de los siguientes subcriterios:
i) Experiencia de quien oferta (20%)
Se valorará la mayor cantidad de experiencias declaradas y acreditadas en la ejecución de servicios de similar o análoga naturaleza de la licitada, para ello quien oferte debe llenar el Anexo N° 4. La asignación del puntaje será de acuerdo con lo siguiente:
- Más de 10 experiencias : 100 puntos
- Entre 7 y 10 experiencias : 70 puntos
- Entre 3 y 6 experiencias : 30 puntos
- Menos de 3 experiencias : 10 puntos
- Sin experiencia o no acredita experiencia : 0 puntos
El puntaje obtenido se ponderará por el porcentaje del criterio de evaluación.
Sólo se validarán las experiencias que correspondan a la prestación de servicios de similar o análoga naturaleza de la licitada, como: prestación de servicios de construcciones menores en edificios públicos o privados, reparaciones de edificios, remodelaciones de edificios públicos o privados, mantenciones de edificaciones, etc.
La acreditación de las experiencias sólo podrá ser respaldada con la presentación de cualquiera de los dos siguientes documentos:
- Certificados de los mandantes que indiquen obligatoriamente lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación de quien oferta
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio
- Duración del servicio.
- Firma del mandante.
- Copia de contratos de prestación de servicios, en que se consigne al menos lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación de quien oferta
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio.
- Duración del servicio.
- Firma de las partes.
Para efectos de esta evaluación las facturas u órdenes de compra no serán documentos de acreditación de experiencia, pudiendo acompañarse como antecedente adicional o complementario a cualquiera de las certificaciones mencionadas en los numerales 1 y 2 precedentes. Se considerarán validas las experiencias de los últimos 10 años.
ii) Servicios adicionales (15%)
Se valorará la oferta que considere servicios adicionales sin costo para la Seremi, y que se refieran a actividades o labores periódicas o eventuales, de acuerdo con lo siguiente:
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Tipos de servicio adicionales
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Servicio de reciclaje de papelería y tóner.
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Limpieza y desmanchado de cortinas roller de todas las dependencias de la Seremi.
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Servicio de sanitización de todas las dependencias de la Seremi.
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Otro servicio adicional propuesto por el proveedor, solo se considerará para ser evaluado si indica el objetivo del servicio y la frecuencia.
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El subcriterio de servicios adicionales se calculará a partir de los datos que quien oferte declare expresamente en el Anexo N° 5.
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Subcriterio
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Factor
|
Puntaje
|
|
Servicios adicionales
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Quien oferta declara 3 servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
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100
|
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Quien oferta declara 2 servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
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70
|
|
Quien oferta declara 1 servicio adicional relevantes en la materia licitada.
|
50
|
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Quien oferta no declara servicios adicionales relevantes en la materia licitada o lo declarado no es relevante o no se ajusta a la materia licitada.
|
0
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iii) Políticas de sustentabilidad ambiental (10%)
Se valorará la oferta que cumpla con alguno de los siguientes factores relativos a las políticas de sustentabilidad ambiental, completar Anexo N° 6.
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FACTORES DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL
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CRITERIO DE CUMPLIMIENTO
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MEDIO DE VERIFICACIÓN
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Huella Chile
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Quien oferta cuantifica sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero
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Registro de inscripción en HuellaChile (Ministerio de Medio Ambiente)
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Certificación de producción limpia
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Quien oferta cuenta con programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada por sus productos y operaciones
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Certificado del Consejo Nacional de Producción Limpia
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Certificación de eficiencia energética
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Quien oferta identifica fuentes de energía utilizadas e implementa acciones de eficiencia energética.
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Certificado ISO 50001 vigente (o norma chilena equivalente), o Sello de eficiencia energética del Ministerio de Energía
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Subcriterio
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Factor
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Puntaje
|
|
Política de sustentabilidad ambiental
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Cumple al menos con una política de sustentabilidad ambiental de las mencionadas en el cuadro precedente.
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100
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No cumple o no cuenta con políticas de sustentabilidad ambiental según cuadro precedente.
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0
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iv) Condiciones de empleo y remuneraciones (10%)
Se valorará a quien cumpla con mejores condiciones de empleo y remuneraciones, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 2.
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Subcriterio
|
Factor
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Medio de verificación
|
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Condiciones de empleo y remuneraciones
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Quien oferta declara:
a) Nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, es igual o superior al 5% (indicar).
b) Reajusta las remuneraciones de sus trabajadores e indicar la modalidad de reajuste.
c) Duración de los contratos: El 70% del personal cuenta con contratos indefinidos.
d) Convenios con Cajas de Compensación o similares, debidamente acreditados con certificados vigentes.
e) Política de capacitación para quienes prestan los servicios a la empresa o persona, acompañar documente que dé cuenta que quien oferta cuenta con una política interna, ej. Manual de capacitación interno, Reglamento de capacitación interno, nómina de las últimas capacitaciones realizadas (año 2019-2023), al menos señalando al personal capacitado, nombre del curso, horas y asistencia.
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Quien oferta debe presentar una declaración jurada, para cada caso, que dé cuenta del cumplimiento de cada una las materias que se consultan en las letras a), b) y c).
Para las letras d) y e), la acreditación serán con los documentos que se indican en el factor.
Para todos los casos que los documentos a presentar impliquen la denominación o singularización de personas, debe omitirse o censurarse los datos personales.
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Cálculo del puntaje:
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Subcriterio
|
Factor
|
Puntaje
|
|
Condiciones de empleo y remuneraciones
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Declara y acredita cumplir con todos las materias indicadas para el subcriterio (a, b, c, d y e).
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100
|
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Declara y acredita cumplir con al menos cuatro de las materias indicadas para el subcriterio.
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80
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Declara y acredita cumplir con al menos tres de las materias indicadas para el subcriterio.
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60
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|
|
Declara y acredita cumplir con al menos dos de las materias indicadas para el subcriterio.
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30
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Declara y acredita cumplir con al menos una de las materias indicadas para el subcriterio.
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10
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Declara que no cumple con ninguna de las materias indicadas en el subcriterio o no presenta o no acompaña el respaldo de la acreditación conforme al medio de verificación exigido.
|
0
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v) Inclusión laboral y/o género (5%):
Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).
Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:
- Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
- Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
- Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.
El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 3:
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Factores de inclusión
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Materias y contenidos
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Medio de verificación
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Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**)
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Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.
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Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as, empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%). (**)
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Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.
3. Empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar certificado.
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Mujeres trabajadoras (**)
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1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.
2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.
3-Quien oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
4.-Quien oferte declara como Jefa de proyecto a una mujer.
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Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes vigente.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.
4. Propuesta técnica, presentación y/u organigrama del equipo de trabajo.
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*Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
**Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
En caso de que las acreditaciones se presenten con otros documentos que validen efectivamente el espíritu del criterio y den cuenta de una política de inclusión, la comisión podrá aceptarlas, fundando dicha aceptación
Cálculo del puntaje:
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Subcriterio
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Factores
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Puntaje
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Política de inclusión laboral
Política de inclusión de género
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Cuenta y acredita 3 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.
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100
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Cuenta y acredita 2 factores de Inclusión Laboral y/o género.
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80
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Cuenta y acredita 1 factor de Inclusión Laboral y/o género.
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50
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No cuenta o no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.
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0
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VI) Programa de Integridad (5%)
Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.
Con ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:
- Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
- Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).
Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.
Cuenta con programa de integridad 100 puntos
No cuenta con programa de integridad 0 puntos.
En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.
En caso de tratarse de una UTP, al menos uno de los integrantes de ésta debe contar con su programa de integridad debidamente difundido en su empresa.
VII) Cumplimiento de Requisitos formales (5%)
Corresponde al cumplimiento formal de la oferta, respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
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Servicio
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
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100
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.
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50
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
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50
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No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.
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0
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8.4. Puntaje mínimo de adjudicación
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a quien al menos obtenga un puntaje ponderado igual o superior a 65%, de lo contrario se entenderá que ninguno ha cumplido a cabalidad con las especificaciones del servicio requerido y, por lo tanto, declarará desierta la licitación.
8.5. Mecanismo para dirimir Empates
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje en el criterio de evaluación “oferta económica”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “oferta técnica”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “Condiciones de empleo y remuneraciones”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “Servicios adicionales”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “experiencia de quien oferta”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “políticas de sustentabilidad ambiental”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “Inclusión laboral y/o género”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “programa de integridad”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
10. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
- ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La Seremi dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La Seremi exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.
Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.
La Seremi no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Seremi para rechazar las ofertas.
- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.
- COSTOS
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la Seremi.
- INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La Secretaría Regional se reserva el derecho a declarar inadmisibles y, en consecuencia, para rechazar una o más de las ofertas presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el acto de apertura de la licitación, las ofertas que:
- No presenten el Anexo N° 1, “oferta económica”
- No asistan a la visita a terreno de carácter obligatoria.
- No presentar Anexo N° 7 (en formato simple) si correspondiera, para casos de postulación de UTP y/o no postular electrónicamente como UTP, si ese fuera el caso.
Con todo, la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos, respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que debe ser declarado fundadamente en el acta de evaluación de ofertas.
- DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.
Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.
Notificación: la Seremi informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, pierde la habilidad en el registro de proveedores, la Seremi dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique facultará a la Seremi de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de Desierta: la Seremi podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.
Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La Seremi podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de consultas de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
La Seremi podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
16. CONTRATO
La Seremi suscribirá el respectivo contrato con el oferente adjudicado para la contratación en cuestión, previa acreditación de su inscripción en el portal www.chileproveedores.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la Seremi.
La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios. Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la Seremi de Agricultura no tendrá participación alguna.
Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Seremi de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la SEREMI de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.
Si el oferente seleccionado no firmare el contrato por causa imputable a él en el plazo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la SEREMI, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la SEREMI de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.
i. Antecedentes legales para ser contratado:
El proponente adjudicado debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas, www.chileproveedores.cl, en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.
A.- Persona jurídica:
- Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.
- Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
B.- Persona Natural:
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.
- Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
C.- Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:
- Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.
16.1 INICIO DEL SERVICIO Y PLAZO DEL CONTRATO
El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá por 24 meses.
16.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tratándose de un servicio habitual que considera eventualmente la contratación de personal para la prestación de servicios, personal al que debe resguardarse el pago de sus leyes sociales, se ha determinado que aun cuando la licitación es inferior a 1.000 UTM se requerirá, al momento de la firma del contrato de una garantía a fin de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.
Tal como se indica en el párrafo precedente la garantía de cumplimiento del contrato debe asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 17.322, y permanecerá vigente hasta sesenta días hábiles después de recibidos los servicios.
Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.
La garantía debe ser emitida por un monto equivalente al 5% del monto total neto del contrato, expresado en pesos chilenos, y extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, RUT: 61.301.000-9, con fecha de vencimiento igual a la fecha de término del contrato más 60 días hábiles.
La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación de servicios de construcciones menores, mantención, remodelaciones y reparación de edificaciones e instalaciones para las dependencias de la SEREMI de Agricultura de la Región de Los Lagos”.
En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.
La garantía podrá ser cobrada a favor de la SEREMI de Agricultura cuando quien preste el servicio incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:
I. Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 5% del valor del contrato.
- Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas
- Si el adjudicatario acumula 10 días sin atender el llamado de emergencias, sin justificación o causa de fuerza mayor.
- Si quien presta el servicio supera los 7 días hábiles sin asistir a visita de mantención preventiva coordinada entre las partes sin justificación o causa de fuerza mayor.
- Si quien presta el servicio incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.
En caso de incumplimiento del Proveedor/a de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, la Seremi estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Seremi pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del Proveedor.
La garantía de fiel cumplimiento será devuelta una vez cumplida su vigencia, en un plazo que no superará los 10 días hábiles.
16.3 INCUMPLIMIENTOS Y MULTAS:
i. Tipos de Incumplimientos:
El incumplimiento de las obligaciones motivo de la contratación, será materia de aplicación de multas, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Incumplimiento
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Multa
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1. Inasistencia diaria de todo el personal, sin ser reemplazado. Se entenderá por inasistencia la falta o ausencia del personal mayor al 50% del tiempo previsto para su jornada.
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30 UF por cada día hábil de inasistencia, con un tope máximo de 3 días hábiles, plazo en el que se hará efectivo el cobro de la garantía y se procederá al término anticipado del contrato.
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2. Retrasos reiterados del personal en la hora de ingreso, sin justificación.
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1 UF por personal que retrasa su hora de ingreso sin justificación. La multa se cobrará si al cierre de cada mes se han generado más de 15 retrasos.
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3. No proporcionar al personal materiales y equipos de aseo de acuerdo con lo indicado en su oferta, sanción por evento.
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2 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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4. No realizar alguna de las labores previstas en el contrato en la forma y frecuencia que se indique.
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5 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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5. No proporcionar al personal uniformes completo, zapatos de seguridad (de acuerdo con lo señalado en las bases técnicas), según sea a la naturaleza de sus funciones, sanción por evento.
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5 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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6. Extravío de especies y/o destrucción, comprobándose la responsabilidad de quien presta el servicio, además de la restitución inmediata del bien.
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5 UF por evento, con un tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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7. No informar oportunamente la subcontratación del servicio, esto es, con al menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de formalizarse la subcontratación.
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5 UF por cada día hábil en que no se informe de la subcontratación para la aprobación de la contraparte técnica.
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8. No acatar el manual de conducta de funcionarios/as dispuesto por la Seremi, si lo hubiere.
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2 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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9.- No dar respuesta a requerimientos administrativos en un plazo máximo de 3 días hábiles.
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Solicitud de facturación, registro de e pago de leyes sociales, justificación de ausencia del persona, etc.
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Las multas se descontarán de los estados de pago pendientes y en caso de no existir estados de pagos por liquidar, la Seremi notificará la forma en que se procederá al cobro de la multa, mediante el respectivo acto administrativo, pudiendo incluso descontarse de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si así procediere y ésta estuviera vigente.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán notificados en el Sistema de Información de Compras.
ii. Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento la Seremi lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente al contratante, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.
Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.
La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.
16.4 FACTURACIÓN:
Una vez recibido conforme los servicios mensuales por parte de la SEREMI de Agricultura de la región de Los Lagos, quien preste el servicio debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la que hará referencia a los presupuestos aprobados. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Avda. Décima región 480 piso 2
Glosa : Mes del servicio prestado, referencia a la orden de compra.
Giro : Servicio Público
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
Quien preste el servicio debe acompañar además de la factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus trabajadores. Formulario F-30-1 o certificado de PreviRed, en cualquiera de los casos debe corresponder al pago del mes de servicio que se está cobrando.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra, y en la forma de pago indicar la opción crédito. Adicionalmente quien preste el servicio debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.
La Seremi de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la Ley 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Seremi para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.)
Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que usted informe, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° Cuenta Corriente y correo electrónico para la notificación:
16.4.1 Factoring
En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el/la proveedor/a.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Tratándose de cesión electrónica el/la proveedor/a debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
16.5 METODOLOGÍA DE TRABAJO
El medio de comunicación formal con quien preste el servicio será a través del Encargado Administrativo de la Seremi de Agricultura de la región de Los Lagos y su contraparte técnica, mediante los canales que tenga a disposición, ya sea correo electrónico o teléfono.
Todos los costos y presupuestos al Anexo N° 1, en caso de que algún valor presente variación, quien preste el servicio podrá fundamentar aquello, y será la Seremi, aplicando sus procedimientos internos, quien estimará la pertenencia de dicha contratación.
En caso de existir algún requerimiento distinto o especial de trabajo de la misma naturaleza del contrato, que no se encuentre registrado en las presentes bases, la Seremi, a través de su contraparte técnica, podrá solicitar un presupuesto por dicha solicitud; el que podrá ser aprobado o rechazado. En caso de ser aprobado, la Seremi procederá con su procedimiento interno de aprobación de solicitudes de compra y emitirá la respectiva orden de compra a través del sistema de información, entendiéndose aquello como un servicio conexo al contrato de prestación de servicios vigente, contratándose mediante otro procedimiento de compra.
Asimismo, es necesario señalar que quien preste el servicio no tendrá exclusividad para la realización de los trabajos o servicios adicionales o complementarios a la naturaleza que se licita, pudiendo la Seremi cotizar con el u otros proveedores/as del rubro, a fin de contratar la alternativa más ventajosa.
16.6 SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR
La Seremi de Agricultura ejercerá la supervisión integral del desarrollo del servicio contratado, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una Contraparte Técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la misma Seremi, pudiendo este asesorarse en todo momento por otros profesionales del mismo Servicio o externos, de acuerdo con las materias técnicas a tratar.
Entre las funciones que tendrá la Contraparte Técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
a) Supervisar y controlar la entrega de los servicios contratados.
b) Revisión de las pólizas y confirmación del cumplimiento de las mismas.
c) Informar al Encargado/a Administrativo/a mediante memorándum sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.
d) Otorgar su opinión técnica en caso de solicitarse ajustes o modificaciones a la contratación.
e) Llevar el control de los aspectos técnicos y administrativos que se deriven de la prestación del servicio.
f) Hacer seguimiento a los trabajos en curso, manteniendo constante comunicación con quien preste el servicio y velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las presentes bases y el contrato.
g) Revisar y autorizar los presupuestos que se entregue por parte de quien preste el servicio, verificando la pertinencia, evaluando los valores y revisando si son parte del Itemizado.
h) Dar recepción conforme a los trabajos.
La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien deberá facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.
La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de él.
16.7 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Seremi podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:
a) La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.
b) Aplicación de más de tres (3) multas durante la vigencia del contrato de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.1 N° II, de las presentes bases de licitación.
c) No informar inmediatamente sobre la disolución de la Unión Temporal de Proveedores o el retiro de uno o más integrantes durante la vigencia del contrato. (aplica para las UTP). Salvo autorización previa de la Seremi, no se podrá incorporar nuevos integrantes a la UTP una vez adjudicado el contrato
- Unilateralmente, si quien presta el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores.
- Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien presta el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Unilateralmente, si quien presta el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Unilateralmente, si quien presta el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Seremi en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
- Unilateralmente, si la modificación de la Unión Temporal de Proveedores afecta el cumplimiento adecuado de las obligaciones asumidas, o si se transgrede la solidaridad comprometida entre los integrantes.
- Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la Ley de Compras.
En este caso, la Seremi debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.
17. SUBCONTRATACIÓN
Quien preste el servicio podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% durante toda la vigencia del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Seremi, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subcontratación podrá referirse a tareas específicas tales como: servicios profesionales de ingenieros, eléctricos o calculistas, o servicios de mayor especificación para la reparaciones de máquinas o implementos de mayor complejidad, cuando así pudieran ser requeridos por la Seremi. La Seremi se pronunciará en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
18. OTRAS OBLIGACIONES DE QUIEN PRESTE EL SERVICIO
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, quien preste el servicio tendrá las siguientes obligaciones:
- No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
- Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
- Quien preste el servicio debe tomar las medidas necesarias para que su personal de cumplimiento cabal a la normativa, directrices y/o instrucciones que dispongan las autoridades fiscalizadoras y sanitarias de Gobierno, tales como Carabineros de Chile, u otro organismo especializado.
- Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
- Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias de la Seremi, que sean imputables a quien preste el servicio.
- Quien preste el servicio será responsable de la entrega de la indumentaria y elementos de protección requeridos para cada tipo de actividad asociada al servicio que se presta, cumpliendo así con la protección a sus funcionarios. (ejemplo, mascarillas para prevención de contagios, mascarillas para evitar contaminación con elementos tóxicos, zapatos de seguridad, etc.).
- De igual modo, quien preste el servicio debe garantizar el cuidado de las personas, bienes, materiales, equipos e instalaciones de su responsabilidad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
- Presentar un manual de conducta de los funcionarios, señalando en el mismo, las buenas prácticas que deben realizarse dentro de la ejecución del servicio. En caso de carecer de él, la Seremi proveerá de una guía práctica de conductas para los operarios y supervisores.
El no acatamiento reiterado de dicho manual o de guía de conductas será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
- Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
- Dar cumplimiento a las instrucciones otorgadas por la Seremi para efectos de la realización de las tareas.
- Las demás que le encomienden las presentes bases.
19. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Ni quien preste el servicio ni la Seremi serán responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
Si quien preste el servicio se ve afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Seremi, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Seremi de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.
20. MODIFICACIÓN, PRÓRROGA Y/O SERVICIOS CONEXOS
El contrato podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 90 días corridos adicionales a la vigencia original y, no podrá superar el 20% del monto total del contrato.
La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.
Del mismo modo, la Subsecretaría podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique.
Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.
Todo lo anterior en los términos previstos en el N° 1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886