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PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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La presente licitación publica tiene como presupuesto máximo disponible $ 1.925.000.- (un millón novecientos veinticinco mil pesos) impuesto incluido.
Los oferentes deberán sujetar sus ofertas al presupuesto total disponible para la presente contratación, considerando todos los gastos asociados a la prestación requerida.
Se rechazarán, sin derecho a ser evaluadas, aquellas ofertas cuyo valor supere el presupuesto total disponible.
Los oferentes deberán considerar todos los gastos asociados a la prestación requerida. Se rechazarán, sin derecho a ser evaluadas, aquellas ofertas cuyo valor supere el presupuesto máximo disponible.
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OFERTAS TEMERARIAS |
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La I. municipalidad de Negrete, depto. De salud podrá declarar inadmisible una o mas ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de otras propuestas o de los precios de mercado.
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GARANTIAS |
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Los oferentes no deberán presentar Garantías (Seriedad de la oferta y cumplimiento de contrato) de acuerdo a lo señalado en el art. 52, del Decreto N° 661 de fecha 12 de diciembre de 2024, que aprueba reglamento de la Ley N° 19.886 de base sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
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OFERTA |
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a. Presentación de ofertas: Los oferentes podrán ser personas naturales o jurídicas.
b. Aceptación de bases: El solo hecho de presentar una propuesta mediante el Portal de Mercado Público por los oferentes, implicará que éstos conocen y aceptan todas las condiciones estipuladas en las bases administrativas, técnicas y anexos.
c. Vigencia de las ofertas: Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 60 días corridos, a contar del acto de apertura de estas. Si dentro de este plazo, no se efectúa la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia.
d. Antecedentes para incluir en la oferta:
ANEXO N.º 1: IDENTIFICACION DEL PROPONENTE.
ANEXO N° 2: DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR YSUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE NEGRETE Y ACEPTACIÓN DE BASES.
ANEXO N° 3: DECLARACIÓN SIMPLE “PLAZOS DE ENTREGA SERVICIO Y RESULTADOS”
ANEXO N° 4: UBICACIÓN GEOGRAFICA CENTRO RADIOLOGICO O CLINICA.
ANEXO Nº5: OFERTA ECONÓMICA.
ANEXO N°6: OFERTA TÉCNICA.
El Oferente debe ingresar su oferta técnica al portal www.mercadopúblico.cl en pdf o Word, que señale claramente el servicio ofertado y las acciones tendientes al adecuado cumplimiento de estos, en el marco de las bases. Además, indicar RRHH, tecnológicos y de infraestructura con el cual prestara el servicio.
Resolución Sanitaria que autoriza al Laboratorio y equipos médicos, requisito excluyente.
Registro de Superintendencia de Salud, para la condición de especialidad de los profesionales (médicos y tecnólogos)
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SOLICITUD DE ACLARACION Y ANTECEDENTES OMITIDOS |
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Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N.º 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que permite solicitar a los oferentes la subsanación de errores u omisiones formales, siempre que ello no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
Dicha solicitud será informada al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, y el oferente no presentare la respuesta o los antecedentes requeridos dentro del plazo señalado, la oferta será evaluada sin dicha documentación.
Los oferentes dispondrán de un plazo de 48 horas para dar respuesta a las solicitudes de la Municipalidad.
Asimismo, podrá permitirse la presentación de certificaciones o antecedentes que el oferente haya omitido incorporar al momento de presentar su oferta, siempre que dichos documentos hayan sido emitidos con anterioridad al vencimiento del plazo de presentación o correspondan a situaciones inmutables entre dicho vencimiento y el proceso de evaluación, asignándoseles el puntaje mínimo según los criterios de evaluación establecidos.
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APERTURA |
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La Municipalidad de Negrete realizará la apertura de las ofertas en una etapa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de la Ley N°19.886. En consecuencia, en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
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COMISION EVALUADORA |
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Corresponderá a la Comisión Evaluadora: la evaluación técnica y económica de las ofertas que se presenten.
La Comisión Evaluadora está compuesta por:
a) Sra. María Angelica Navarrete Ruiz, directora DAS categoría B nivel 8 quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado por el Sr. Cristoffer Ramírez Diaz, Jefe de Finanzas, categoría B nivel 10.
b) Srta. Sandra Palma Poblete, matrona, Categoría B nivel 1 quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado por Sr. María Teresa Martínez Venegas, matrona, Categoría B nivel 3.
c) Sra. Valeria Quintero Vejar, directora (s) Cesfam Yanequen, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado por Srta. Susan Martínez Parra, trabajadora social categoría B nivel 9.
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RECHAZO E INADMISIBILIDAD DE OFERTAS |
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Serán rechazadas aquellas ofertas que no acompañen los siguientes documentos:
Anexo N° 5“Oferta Económica”.
Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que excedan el presupuesto máximo disponible para la presente licitación.
Si el oferente no hubiese presentado la información o documentación requerida dentro del plazo convocado al efecto a través del sistema de información, su propuesta será rechazada sin derecho a evaluación.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA TECNICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONOMICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “DISPONIBILIDAD DE ENTREGA DEL SERVICIO”.
Finalmente, si, pese a lo anterior, aún persiste el mismo, se preferirá la primera oferta ingresada en el portal Mercado Público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal.
Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 58 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
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AUMENTO PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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Se podrá realizar un aumento del contrato siempre y cuando se cumpla con los siguientes factores:
Que exista mutuo acuerdo de las partes.
Que exista disponibilidad presupuestaria.
Que la modificación no sea mayor al 30% del valor contratado.
Cabe señalar que en el caso que el Servicio de Salud destine más recursos a este programa o bien producto de esta licitación queden saldos a favor, se realizara una ampliación de las cantidades de servicios solicitados a través de una orden de compra asociada al proceso licitatorio.
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CONTRATO |
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El contrato será por medio de la emisión, envío y aceptación de la orden de compra, La contratación será en pesos, sin reajustes, ni intereses, impuestos incluidos.
a. OPERATORIA DEL CONTRATO
Los pacientes serán derivados del Cesfam Yanequen Negrete mediante una Interconsulta emitida por Matrona del Depto. Salud indicando claramente la actividad a realizar.
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DEL PAGO |
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El pago se efectuará a más tardar 30 días una vez presentada la factura con toda la documentación, previa emisión de orden de compra respectiva. Para el pago se deberá acompañar los siguientes documentos:
Factura.
Orden de compra.
Decreto adjudica licitación pública.
Acta que aprueba el acta de recepción conforme de los servicios.
Saldo convenio
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MULTAS |
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EL Proveedor adjudicado podrá ser sancionado con una multa de hasta el 1% del valor total del suministro, por cada día de incumplimiento en el plazo de entrega, multa aplicada que será descontada en el pago de la factura emitida, posterior a la orden de compra, dejando las constancias de rigor en el acto administrativo respectivo. No se aceptarán notas de crédito. Se aceptará el pago de la multa aplicada ingresando los recursos en tesorería municipal.
De sobrepasar el retraso en la entrega, se deberá realizar una nota de reclamo por incumplimiento al proveedor, pudiendo acumular un total de 5 notas de reclamo, donde será el mandante, en conjunto con la unidad técnica, quienes evaluaran la continuidad o no del suministro.
A su vez el proveedor adjudicado, podrá realizar apelaciones solo por una vez, haciendo presente sus descargos, señalando las razones y motivos por el retraso en la entrega de los productos, señalando la justificación respectiva, adjuntando los antecedentes fidedignos que este estime conveniente, cuyos documentos serán revisados por el jefe o encargado de la unidad, quien evaluará si procede o no la justificación entregada como medio de prueba por el proveedor, debiendo informar por escrito la decisión tomada al mandante. -
La aplicación de Multa será por resolución o decreto, el cual se pronunciará sobre los descargos, si es que los hubiese.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
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LIQUIDACION CONTRACTUAL |
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La liquidación deberá ser formulada por el Municipio una vez que los servicios hayan sido prestados y aprobados por el ITS del contrato.
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