Licitación ID: 4523-5-LP25
SERVICIOS DE ASEO Y OTROS PARA EL MEGM
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 44
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
SERVICIOS DE ASEO, DESRATIZACIÓN, SANITIZACIÓN Y MANTENCIONES MENORES” PARA EL MUSEO DE LA EDUCACIÓN GABRIELA MISTRAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE ASEO Y OTROS PARA EL MEGM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIOS DE ASEO, DESRATIZACIÓN, SANITIZACIÓN Y MANTENCIONES MENORES” PARA EL MUSEO DE LA EDUCACIÓN GABRIELA MISTRAL, UBICADO EN CALLE COMPAÑÍA DE JESÚS 3.150, COMUNA DE SANTIAGO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUSEO PEDAGÓGICO DE CHILE
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
Chacabuco N° 365
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-11-2025 19:46:00
Fecha de Publicación: 27-10-2025 14:09:00
Fecha inicio de preguntas: 27-10-2025 15:31:00
Fecha final de preguntas: 30-10-2025 15:31:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-11-2025 17:31:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-11-2025 10:47:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-11-2025 10:47:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2025 16:25:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA OBLIGATORIA A TERRENO, COMPAÑÍA 3150, COMUNA DE SANTIAGO 30-10-2025 16:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- II. BASES ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS: 1. Antecedentes básicos del organismo solicitante 1.1. Antecedentes administrativos La licitación tendrá el carácter de pública. El llamado, adjudicación, contratación y, en general, todos los procesos de comunicación, adquisición y contratación de esta licitación a que aluden las Bases, se hará a través del Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos del Estado Chileno, www.mercadopublico.cl. Las Bases son obligatorias para todas las personas oferentes y se entenderán aceptadas íntegramente por aquellas por el solo hecho de presentar sus ofertas. Ante cualquier eventual contradicción entre las presentes bases y la información publicada en la caratula de la licitación en el Portal Mercado Público que no haya sido aclarada en un sentido o en otro, deberá entenderse como válido lo señalado en las bases. Las oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas, así como del costo que signifique presentarlas. Será deseable que quienes actúen como proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de los Organismos Públicos, ChileProveedores, al momento de presentar sus ofertas. En todo caso, para celebrar el contrato definitivo a las personas adjudicadas se les exigirá acreditar la inscripción en ChileProveedores. En caso de que quien resulte adjudicado se haya presentado bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, cada proveedor o proveedora de dicha unión deberá inscribirse en ChileProveedores, previo a la celebración del contrato. En caso de que el servicio contratado sea de aquellos en que la ley permite la no celebración de un contrato escrito, quien oferta deberá acreditar la inscripción en Chileproveedores al momento de la adjudicación. El MUSEO DE LA EDUCACIÓN GABRIELA MISTRAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO actuará como Unidad Técnica a cargo para la presente licitación. Serán funciones de esta Unidad Técnica, entre otras, las siguientes: a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al Contratista o la Empresa las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos e informarle los plazos establecidos para subsanar estas observaciones, para el visto bueno y validación definitiva del pago respectivo. b) Colaborar y asistir al Contratista o Empresa en el ámbito de sus competencias. c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados, establecidos en el respectivo contrato. d) Autorizar por escrito, las adecuaciones del proyecto, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas y que no constituyen modificación del contrato. La comunicación entre la Unidad Técnica a cargo y el Contratista o la Empresa se hará por escrito o por correo electrónico. e) Solicitar la ejecución de los trabajos o servicios adicionales, según lo indicado en la cláusula de aumento y/o disminución de los servicios de las Bases administrativas. 1.2. Etapas y plazos El día de publicación del llamado constituirá el día cero del calendario de eventos establecido. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. De todas maneras, si esto ocurriese así, de acuerdo al calendario establecido a continuación, se entenderá que dicho plazo caerá en el primer día hábil siguiente al día señalado, conforme a lo aclarado en el portal. Las fechas en las que deberán verificarse las diversas etapas de la presente licitación se incluyen en el siguiente calendario general: ACTIVIDAD PLAZOS DESDE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES Publicación del llamado en www.mercadopublico.cl 0 día VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 3° DÍA Recepción de consultas y solicitud de aclaración 7° día Respuestas y/o aclaraciones 10° día Recepción de propuestas 20° día Apertura electrónica de propuestas 20° día Evaluación de las propuestas, legal, técnica y económica, hasta 24° día Adjudicación, hasta 25° día Entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y antecedentes señalados en el punto 5.4 de las presentes bases, hasta 4 días desde la adjudicación Firma del contrato, hasta 15 días desde la adjudicación 1.3. Visita a terreno obligatoria A efectos de que quienes participen como proponentes puedan establecer adecuadamente la oferta técnica y económica, se ha determinado una visita para el día y hora señalado en la carátula de la licitación del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, la persona encargada de la visita permitirá que oferentes que no hayan llegado a la hora fijada en el portal, se incorporen a la misma hasta quince minutos de iniciada. Posterior a dicho lapso, se tendrán por no presentados a la visita, circunstancia que quedará consignada en el acta. PARA OFERTAR, SERÁ CONDICIÓN OBLIGATORIA ASISTIR A LA VISITA DE TERRENO EN EL DÍA Y LA HORA FIJADA Y PUBLICADA EN EL PORTAL DE MERCADO PÚBLICO, así como suscribir, durante la visita, el Acta de Visita a Terreno, con indicación del nombre y número de RUT de la persona que asiste y el nombre y número de RUT de la persona que representa. De no cumplir con lo anterior, la oferta será inadmisible. En caso de que a la visita a terreno no se presenten oferentes o se presente solo uno, el SERPAT podrá disponer de una nueva y última visita a terreno, la cual será informada a través del portal www.mercadopublico.cl. 2. Oferente 2.1. Requisitos del Oferente Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases y encontrándose inscritas en el portal www.mercadopublico.cl, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Para las personas extranjeras, se observará lo dispuesto en el artículo 146 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. En caso de que se participe en la presente licitación mediante la modalidad de “Unión Temporal de Proveedores”, ésta deberá cumplir con todos los requisitos especiales establecidos en el artículo 180 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. 2.2. No podrán participar a) El oferente que tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, o personas unidas a ellos por lo vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ni aquellas sociedades de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni en una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni una sociedad abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 % o más del capital. b) Las personas naturales o jurídicas que, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595. c) El oferente afecto a la prohibición del artículo 10 de la Ley N°20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho. d) Oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N°211, de 1973, esto es, por participar en hechos, cometer actos o concurrir a convenciones que impiden, restringen o entorpecen la libre competencia o que tienden a producir dicho efectos, conforme con lo previsto en el artículo 3 letra a) del mismo cuerpo normativo. e) Oferente que le afecte las prohibiciones y/o inhabilidades establecidas en el artículo 35 quáter y 35 septies de la Ley N°21.634. Lo anterior se acreditará mediante las declaraciones juradas que se encuentran en los anexos (N° 2, N° 3, N° 7 y N° 9) del presente instrumento. 3. Modificaciones a las Bases Antes del cierre de recepción de las ofertas, el SERPAT, mediante resolución fundada y debidamente tramitada, podrá modificar las presentes bases, otorgando un plazo de adecuación, a objeto de que las personas oferentes puedan readecuar sus propuestas. 4. Consultas y aclaraciones 4.1. Recepción de consultas Las consultas se recibirán solamente a través de portal www.mercadopublico.cl desde el mismo día de publicada esta licitación, a través de la opción preguntas y respuestas. La fecha de cierre de preguntas será la señalada en el calendario general establecido en el punto 1.2., de las presentes bases. 4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones Las respuestas a las consultas y a la solicitud de aclaraciones se entregarán por el mismo medio, hasta la fecha y hora que se indica en el portal, las que formarán parte integrante de las bases de esta licitación. 5. Antecedentes y presentación de los oferentes 5.1. Presentación de antecedentes del proponente para ofertar Las ofertas deberán ser presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. La sola presentación de las ofertas por parte de quien se interese en suministrar bienes muebles o de proveer el servicio, significa la aceptación de todas las cláusulas a considerar en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas. Las personas oferentes que participen de esta licitación, que se encuentren inscritas en el Registro de Proveedores y que, además, mantengan actualizados los antecedentes en conformidad a lo exigido en estas bases, podrán acreditar dichos antecedentes por esa vía. 5.2. Antecedentes legales para la presentación de ofertas A las proponentes que sean personas naturales o jurídicas que hayan decidido participar en la licitación, se les exigirá la presentación de cinco declaraciones juradas adjuntas (anexos N° 1, 2, 3, 7, y 9), más el anexo N° 8 y de la oferta económica (anexo N° 4), todos firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica. No requiere ser ante notario público. Además deberá adjuntar a su propuesta los anexos técnicos 5 y 6. Además, se requerirá la presentación de los siguientes antecedentes: a) Para personas naturales: - Fotocopia de la cédula de Identidad. - Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII o documento idóneo que así lo acredite. - Certificado de habilidad en el Registro de Proveedores. b) Para personas jurídicas: - Fotocopia del RUT de la persona jurídica. - Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal. - Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere. - Certificado de habilidad en el Registro de Proveedores. c) Unión Temporal de Proveedores: Las UTP deberán estar integradas por una o más empresas de menor tamaño, cuyo objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad, que se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. - Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. - Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. - Certificado de habilidad en el Registro de Proveedores de cada integrante de la unión temporal de proveedores. La no presentación de cualquiera de los anexos al tiempo de la apertura de las ofertas, implicará que la oferta será declarada inadmisible. Por su parte, en caso de no presentación de los restantes documentos requeridos en este punto, ya sea para las personas naturales, jurídicas o Unión Temporal de Proveedores, al momento de la apertura de las ofertas, podrá ser solicitada al respectivo oferente conforme lo indicado en el punto 5.3 de estas bases. Si ejercida esta facultad, el oferente no acompaña los documentos requeridos implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible. 5.3. Presentación de antecedentes después del cierre de la fecha de recepción de ofertas Conforme al artículo 40 inciso 1° del Reglamento de la Ley N° 19.886, el SERPAT podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes Asimismo, de acuerdo al artículo 40 inciso 2°, el SERPAT podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del SERPAT. 5.4. Presentación de antecedentes del adjudicatario para la celebración del contrato Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes Laborales emitido por la Inspección del Trabajo, con vigencia a la fecha del contrato. Además, en caso de tratarse de personas jurídicas, estas deberán presentar los siguientes documentos: a) Copia simple de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre de los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están investidos para representarla y obligarla. b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. De acuerdo a lo establecido en el artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886, ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el diez por ciento (10%) o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el párrafo anterior debe entenderse respecto del personal dependiente del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural o su directora Nacional, los cuales intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida anteriormente se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. En virtud de lo establecido en el artículo 180 letra d) del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886, las personas jurídicas y/o naturales que se adjudiquen un proceso licitatorio igual o superior a 1.000 UTM, y que hayan concurrido a través de una Unión Temporal de Proveedores, deberán, para efectos de la celebración del contrato, suscribir en Escritura Pública la formalización de ésta, incorporando todas las exigencias legales y reglamentarias señaladas en la norma recién indicada. Lo anterior, sin perjuicio de lo exigido en el numeral 5.2 de estas Bases Administrativas, referente a los antecedentes legales para la presentación de ofertas; esto implica la obligatoriedad de presentar, conjuntamente con la oferta, documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La adjudicación queda condicionada a que los documentos exigidos al tiempo del contrato sean entregados en la forma y con los requisitos exigidos en estas bases. De acuerdo con el artículo 4° de la Ley N°19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del/de la trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, la parte Adjudicataria será considerada inhábil para contratar, procediendo el SERPAT a readjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación. Asimismo, en caso de que la adjudicataria no concurra a suscribir el contrato o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para este efecto por el SERPAT, se entenderá que ésta no acepta la adjudicación. Además, el SERPAT podrá adjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación. 5.5. Recepción de las propuestas La fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas técnicas, económicas y de los antecedentes de la parte proponente, serán las señaladas en los antecedentes de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo señalado en el portal, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, quienes presenten una propuesta no la podrán retirar ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Las ofertas tendrán una vigencia de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas. 5.6. Posibilidad de presentar más de una oferta Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación. De exigirse garantía de seriedad de la oferta, cada una de las ofertas deberá tener asociada su propia garantía de seriedad. 5.7. Ingreso de la Oferta Económica en el portal Mercado Público La oferta económica deberá ser presentada a través del sitio web www.mercadopublico.cl y se deberán subir todos los antecedentes señalados en este numeral de las presentes Bases. Quienes oferten deberán constatar el envío de sus ofertas económicas través del portal www.mercadopublico.cl.Para ello deben verificar el despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual debe ser guardado por la parte proponente para su resguardo (no debe adjuntarse con los antecedentes). La única oferta económica válida será la presentada a través del portal, debidamente establecida en el Anexo N°4 de las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por medio distinto al establecido en estas bases, siendo declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el anexo señalado en planilla Excel. Así también, será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas. En caso de contradicción entre la oferta señalada en el sistema Mercado Público y la presentada en el Anexo N° 4, se considerará como válida la indicada en el Anexo N° 4. Las propuestas económicas y los antecedentes de quien oferte deben estar presentadas correctamente en tiempo y forma; de no ser así, quedarán excluidas de este proceso. El precio señalado en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto (sin IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el IVA, si correspondiere. Para efectos de la aplicación de la Ley N° 21.420, que Reduce o Elimina Exenciones Tributarias que indica, los proveedores que sean personas jurídicas y que oferten como sociedades de profesionales, se recomienda acompañar al tiempo de su oferta, el correspondiente “Certificado Declaración Jurada de Sociedad de Profesionales” que emite el Servicio de Impuestos Internos (SII), u otro documento del mismo emisor, con el objeto de tomar conocimiento de las eventuales exenciones al impuesto al valor agregado (IVA) que puedan beneficiar a cada oferente. Sin perjuicio de lo anterior, la parte oferente deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de ésta. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento establecidas en forma unilateral. Cualquier costo adicional debe ser indicado expresamente. En caso contrario, se asumirá que los costos son exclusivamente los referidos en la propuesta económica. Una vez adjudicada esta Licitación, la oferente no podrá invocar ninguna causa con el ánimo de aumentar el valor adjudicado. 5.8. Monto estimado de la licitación La oferta económica propuesta no puede exceder el presupuesto máximo disponible de $ 84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos) IVA incluido. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. 5.9. Ingreso de la Oferta Técnica en el portal Mercado Público La Oferta Técnica y sus correspondientes anexos deben ingresarse al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivos adjuntos, indicando detalladamente las características importantes y/o relevantes del servicio requerido, según el formato establecido en las Bases Técnicas. 5.10. Revocación o suspensión de la licitación En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el SERPAT podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 6. Apertura y evaluación de las ofertas presentadas 6.1. Comisión de Evaluación La evaluación será efectuada por la Comisión Evaluadora, la que se determinará e integrará, conforme al Manual del Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público del Serpat. Además, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la asesoría y opinión experta de las materias técnicas a revisar durante el proceso de evaluación. Las personas que integren la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con quienes presenten ofertas en esta licitación y deberán suscribir una declaración jurada, en la que declaren expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. En el evento que alguno de sus miembros tenga algún tipo de conflicto de interés respecto de uno o más oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en el proceso de evaluación. Tal situación será informada en el respectivo informe de la comisión evaluadora donde se señalará el reemplazo del funcionario inhabilitado, por un profesional que le suceda a su cargo, en la misma área de desempeño del miembro inhabilitado y que no presente conflicto de interés respecto de las propuestas presentadas ni de los oferentes. Declaración de Intereses y Patrimonio: El personal que participe en el proceso de compra y gestión de contratos (incluyendo honorarios) deberá realizar la DIP de la Ley 20.880, con actualización semestral. Se entenderá que son parte del personal que participa en el proceso de compra y ejecución contractual: - Personas responsables del área o unidad técnica requirente. - Miembros de las respectivas comisiones evaluadoras. - El personal responsable de la visación jurídica de los respectivos actos administrativos. - Personas que tengan facultad para autorizar la contratación. - Los administradores de los respectivos contratos. 6.2. Criterios de adjudicación y su ponderación Las ofertas serán ponderadas con un 40% para los aspectos económicos, 30% para las mejores condiciones de empleo y remuneraciones; con un 25% para los aspectos técnicos y un 5% para el cumplimiento del Pacto de Integridad, adjudicándose la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios. 6.3. Evaluación de la oferta EL SERPAT podrá requerir aclaraciones a la parte oferente, cuyas ofertas exijan un análisis más detallado para la evaluación correspondiente, siempre que dicha solicitud se enmarque dentro de los términos establecidos en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886 y punto 5.3 de las presentes bases administrativas. Dichas aclaraciones formarán parte integrante de la respectiva oferta y deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl. 6.4. Evaluación de la oferta económica (40 %) La evaluación de la oferta económica se realizará según la siguiente fórmula: POE: (40%) x (OEB/OEE) Dónde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación Si los valores ofertados son desproporcionadamente superiores a los precios de mercado o el precio ofertado no resulta conveniente para el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, la oferta o la línea ofertada, según sea el caso, será declarada desierta por no ser de interés para la institución. 6.5. Condiciones de empleo y remuneración (30%) 6.5.1. Remuneración, 20%: Este ítem evaluará las condiciones laborales del/de la trabajador/a que prestará los servicios encomendados. Para ello, se deberá completar el Anexo N° 6. Para efectos de esta evaluación, sólo se considerará la remuneración ofertada respecto del o de la operario/a, que según se indica en las Bases Técnicas es una persona. Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: SOE = SE / SM x 20 Dónde: SOE: Sueldo líquido de oferta en evaluación SM: Sueldo líquido mayor SE: Sueldo líquido en evaluación El proveedor deberá calcular la remuneración de acuerdo al sueldo líquido mínimo legal de una jornada de 45 horas semanales, sin considerar bonos, asignaciones, gratificaciones y/o aguinaldos. De no cumplirse con este requisito, la oferta será declarada inadmisible, por no ser de interés de la institución. Se deja constancia que la remuneración debe ser reajustada anualmente, a lo menos, de acuerdo a la variación experimentada por el IPC del período anterior. Nota: El oferente que no adjunte el Anexo N° 6, la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la institución. 6.5.2. Mejores condiciones de empleo, 10%: Este criterio evaluará las mejores condiciones de empleo que oferte el o la proponente, los que consistirán en beneficios económicos no sujetos a condición, tales como bonos y asignaciones imponibles no tributables. Para ello se deberá completar el Anexo N° 6 indicando el beneficio y el monto asociado al trabajador/a. Los imponibles no tributables no están sujetos a impuestos, pero sí se consideran en el descuento previsional. Bonos y asignaciones:  Aguinaldo Fiestas Patrias: $  Aguinaldo Navidad: $ NOTA 1: Sólo se evaluarán los beneficios indicados anteriormente. Otros beneficios ofertados por proponente no serán para efectos de la evaluación. NOTA 2: Para efecto del pago de los bonos de aguinaldo de Navidad y Fiestas Patrias se debe realizar antes de la fecha de la fiesta. NOTA 3: En el anexo N° 6 se deberá indicar el monto correspondiente a CADA BENEFICIO Y POR TRABAJADOR. Para proceder a la evaluación se sumarán todos los valores ofertados de la totalidad de las personas empleadas de la siguiente manera: Aguinaldo Fiestas Patrias + Aguinaldo Navidad = Valor beneficio total de oferta en evaluación Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: VBTOE = VBTE / VBTM x10 Dónde: VBTOE: Valor beneficio total de oferta en evaluación. VBTM: Valor beneficio total mayor. VBTE: Valor beneficio total en evaluación. 6.6. Evaluación de la Oferta Técnica (25 %) La evaluación se llevará a cabo con base a la documentación presentada por cada oferente al momento de la entrega de sus ofertas. La evaluación de la oferta técnica se desagrega de la siguiente manera: 6.6.1. Experiencia del oferente (5%) 6.6.2. Metodología de trabajo y supervisión (5%) 6.6.3. Promoción de la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional (5%) 6.6.4. Criterio de Sustentabilidad (5%) 6.6.5. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (5%) 6.6.1. Experiencia del oferente (5%) El oferente deberá demostrar su experiencia cumpliendo funciones y/o servicios equivalentes a lo solicitado en la presente licitación en los últimos seis años. 6.6.1. Experiencia del oferente (5 %) Ponderación Trabajos afines a lo solicitado en seis o más instituciones, servicios y/o empresas. 5% Trabajos afines a lo solicitado entre cuatro y cinco instituciones, servicios y/o empresas. 4% Trabajos afines a lo solicitado, entre dos y tres instituciones, servicios y/o empresas. 3% Trabajos afines a lo solicitado, en una institución, servicio y/o empresa. 2% Sin experiencia, o no acredita. 0% Para esta evaluación el oferente deberá presentar un listado de las instituciones y/o empresas en las cuales haya prestado servicios e incluir las fechas en que se prestaron con el nombre y cargo. Esta información deberá ser respaldada a través de documentos que acrediten dicha experiencia, tales como: contratos, órdenes de compra, facturas o boletas de honorarios. Solo se solicitarán documentos que acrediten experiencia en los casos que hayan sido mencionadas en el Anexo N° 5. La presentación del Anexo N° 5 es obligatoria, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible. 6.6.2. Metodología de trabajo y supervisión (5%) Para la asignación de las ponderaciones descritas a continuación, se debe indicar la metodología a emplear de manera completa y precisa en la prestación de los servicios de acuerdo a cada uno de los ítems indicados en la siguiente tabla y según se indica en las Bases Técnicas. 6.6.2. Metodología de trabajo y supervisión (5%) Oferta técnica presenta: Ponderación Entrega de procedimientos detallados según bases técnicas. 1% Jornada del equipo de trabajo detallada. 1% Planificación de actividades (Carta Gantt). 1% Descripción de equipos, maquinarias, insumos de aseo, uniformes del personal (anexo N°6). 1% Descripción de funciones de los operadores. 1% Es importante mencionar para este criterio que, al momento de evaluar la o las ofertas presentadas, éstas obtendrán el porcentaje máximo por cada ítem sólo si cumple absolutamente lo solicitado, de lo contrario será evaluado con un 0%. (El máximo de ponderación [5%] se obtendrá de la sumatoria de cada uno de los ítems respectivos). La planificación de actividades debe contener el detalle de todas las labores a realizar, de manera clara, precisa y ésta debe presentarse en un formato que permita su correcta visualización y control. EN CASO DE NO PRESENTAR METODOLOGÍA Y SUPERVISIÓN, LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE POR NO SER DEL INTERÉS DE LA INSTITUCIÓN. 6.6.3. Promoción de la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional (5%) 6.6.3. Promoción de la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional (5%) Factor: Ponderación Cumplimiento de los criterios establecidos para considerar al oferente como “Empresa de menor tamaño liderada por mujeres”, de acuerdo a la definición establecida en estas bases y en el artículo 4° N° 15 del Reglamento de la Ley de Compras. 5% No cumple con los criterios establecidos para considerar al oferente como “Empresa de menor tamaño liderada por mujeres”, de acuerdo a la definición establecida en estas bases y en el artículo 4° N° 15 del Reglamento de la Ley de Compras. 0% 6.6.4. Criterio de Sustentabilidad (5%) 6.6.4. Criterio de Sustentabilidad (5%) Factor: Ponderación Aplica tres o más condiciones o criterios de sustentabilidad 5% Aplica una a dos condiciones o criterios de sustentabilidad 2% No Aplica Criterios de Sustentabilidad 0% Para esta evaluación se considerarán como criterios de sustentabilidad a aquellos proveedores que cuenten con certificación norma ISO 14001, cuenten con convenios de reciclaje, utilicen artefactos electrónicos con etiquetado de eficiencia energética, productos químicos con bajo impacto ambiental o biodegradables, cuenten con sellos ambientales, entre otros, de conformidad con lo que indiquen las/los oferentes en el anexo N° 6. 6.6.5. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (5%) 6.6.5. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (5%) Ponderación Oferta técnica y económica (3%) 3% Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requiere de aclaración posterior a su presentación. 3% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% Documentos legales (2%) 2% Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases), a solicitud del SERPAT, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0% La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del SERPAT, en el plazo establecido en el numeral 5.3., implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible. Oferta presentada será declarada inadmisible 6.7 Pacto de Integridad (5%) El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen N° E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Este pacto contiene compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa. Los oferentes deberán declarar si cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y, por ende, conocidos por el personal, esto es:  Estar disponible en el sitio web de la compañía, de acceso público, comprobable (Indicar URL para verificación).  Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los trabajadores e involucrados.  Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores e involucrados.  Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrados.  Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión. 6.7. Programa o Pacto de Integridad (5%) Ponderación Cuenta con Programa(s) o Pacto(s) de Integridad y acredita que éstos han sido difundidos, conocidos y cumplidos por su personal. 5% Cuenta y presenta Programa(s) o Pacto(s) de Integridad, pero no demuestra que haya existido un proceso de difusión hacia las/los trabajadores y por tanto no logra acreditar el cumplimiento de los mismos. 2% No presenta Programas o Pactos de Integridad 0% 7. Mecanismos de resolución de empates En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en criterio Condiciones de empleo y remuneración. 2. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en la oferta técnica, si no se desempata con lo anterior. 3. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en la oferta económica, si no se desempata con lo anterior. 8. Adjudicación La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del SERPAT señalado en las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases. El SERPAT se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del SERPAT. Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. 8.1 En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el SERPAT informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación. 8.2 Consultas respecto del proceso de adjudicación La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la licitación, isabel.orellana@museoschile.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El SERPAT contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación. 8.3. Readjudicación El SERPAT podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c) Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. d) Si el adjudicatario registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se seguridad social con sus actuales trabajadores o con sus trabajadores contratados en los últimos dos años. e) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. f) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 9. Del contrato El contrato escrito será elaborado por el SERPAT de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquellas. En el contrato deberá quedar establecido que el proveedor/a será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el SERPAT no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. El contrato que el SERPAT suscriba con la parte oferente seleccionada, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Con todo lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 sexies de la Ley N° 19.886, los contratos celebrados con infracción de lo dispuesto en el capítulo VII DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA de la Ley N° 19.886, serán nulos. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia. 10. Plazo de vigencia del contrato El contrato tendrá vigencia de doce (12) meses, contados desde la fecha de suscripción del mismo. Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el SERPAT, se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato ante lo cual el proveedor deberá ampliar el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 11. Renovación del Contrato Dada la especial naturaleza de los servicios requeridos, que son servicios básicos y esenciales para el correcto funcionamiento del Museo de la Educación Gabriela Mistral de la Región Metropolitana de Santiago y la higiene y seguridad de sus funcionarias y funcionarios, mediante resolución fundada se podrá renovar por un período, de hasta 12 meses, siendo facultativo para el SERPAT la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según el análisis de gestión del contrato, evaluación del proveedor, valores de mercado y disponibilidad presupuestaria. De renovarse el contrato, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento. En este caso, el precio se reajustará de acuerdo al porcentaje de variación experimentado por el IPC del período de vigencia del contrato anterior, en base a la información dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadísticas, a la fecha de la resolución que aprueba la renovación del contrato, en los casos que corresponda. 12. Prohibición de cesión del Contrato En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 126 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. 13. Subcontratación El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial y/o total del contrato, para lo cual deberá señalar expresamente en su oferta, indicando quién será el subcontratado, señalando su importe, y entregando este a su vez, los anexos 1, 2 y 3 requeridos en las presentes bases. Los proveedores subcontratados deberán estar inscritos y ser hábiles, además de acreditar el cumplimiento de los requisitos que establezcan las bases. En caso de modificación del subcontratista, el contratista principal deberá notificar por escrito el cambio, con anterioridad a materializarlo, y acreditar que éste nuevo subcontratista cumple con los requisitos establecidos en las bases de licitación. Ello, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento de este permanecerá en el adjudicado. Tales relaciones laborales se regirán por lo establecido en la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. 14. Posibilidad de aumento o disminución de los servicios En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el SERPAT podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación al aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más el aumento del mismo, no podrá superar el monto del rango de la licitación. 15. Garantías 15.1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor/a, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N° 19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: boleta bancaria de garantía, vale vista, certificado de fianza, seguro de garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 121 inciso séptimo del D.S. N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la vista, irrevocable y a la orden del “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”, RUT. 60.905.000-4, con la siguiente glosa: “SERVICIOS DE ASEO, DESRATIZACIÓN, SANITIZACIÓN Y MANTENCIONES MENORES” PARA EL MUSEO DE LA EDUCACIÓN GABRIELA MISTRAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO. La Garantía de Fiel Y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos u otra moneda o unidades de fomento según corresponda y ser equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos. En conformidad con el inciso quinto del artículo 121 del D.S. N° 661, de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se entregue físicamente, se deberá entregar en calle Santa Lucía N° 360, piso 5, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en un sobre cerrado, caratulado de la siguiente forma: LICITACIÓN “SERVICIOS DE ASEO, DESRATIZACIÓN, SANITIZACIÓN Y MANTENCIONES MENORES”. Museo de la Educación Gabriela Mistral - DRM-SERPAT Calle Compañía de Jesús N° 3.150, comuna de Santiago IDENTIFICACIÓN OFERENTE: RUT OFERENTE: DIRECCIÓN OFERENTE: TELÉFONO OFERENTE: E-MAIL OFERENTE: En caso de que la proveedora no entregue la garantía de acuerdo a los plazos establecidos en el punto 1.2. de las Bases Administrativas, el SERPAT podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar a la segunda mejor evaluada. Así también, el SERPAT podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva garantía si el proveedor/a demora en la firma del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el punto 1.2., de las Bases Administrativas. En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de la misma será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. 15.2. Devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato. 16. Forma de pago El SERPAT, procederá a efectuar el pago, distribuidos en cuotas mensuales. Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibidos los servicios, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo. En cada estado de pago deberá acompañarse un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo (si correspondiere). Asimismo, para que proceda el pago, la Empresa deberá acompañar la planilla de remuneraciones de sus trabajadores. El documento tributario deberá ser extendido a nombre de: Razón Social: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. Rut: 60.905.000-4 Giro: Cultura Domicilio: Huérfanos 1515, Santiago. 17. Multas El SERPAT aplicará las siguientes multas: 1. 5 (cinco) UF diaria por cada día de atraso en el inicio de la ejecución del servicio solicitado, con un tope de 3 (tres) días. 2. 3 (tres) UF por cada dos notificaciones que se le haga a la empresa, los que serán informadas por correo electrónico, por no prestar un buen servicio de trabajo o no se sujete este a lo detallado en las Bases Técnicas de la Licitación, con un tope de 3 (tres) multas. 3. 1 (una) UF diaria por cada día de inasistencia de algún trabajador por más de dos días sin justificación, con un tope de 5 faltas durante la vigencia del contrato. 4. 1 (una) UF diaria cuando un trabajador contratado no cumpla con la normativa interna de higiene y seguridad del edificio con un tope de 5 UF. 5. 3 (tres) UF diaria cuando la empresa no entregue los materiales, máquinas o insumos necesarios según cotización adjunta, con un tope de 5 faltas. 6. 3 (tres) UF diarias cuando no se cumpla la cantidad de horas/hombre diarios establecidos en la oferta, con un tope de 2 días. 7. 1 (una) UF diaria por concurrencia de algún trabajador de la empresa sin su uniforme de trabajo, con un tope de 10 días. 8. 2 (dos) UF de multa cada vez que el adjudicatario realice, sin aviso oportuno y por escrito, un cambio de personal, con un tope de 5 (cinco) multas. Se entenderá que hay aviso oportuno si se realiza con 48 horas de anticipación del ingreso del nuevo personal. 9. 1 (una) UF de multa cada vez. 10. 5 (cinco) UF en el caso de que la Empresa no entregue la factura, en los diez días posteriores a la emisión de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales, para poder ejecutar el pago de los servicios, con un tope de 3 (tres) faltas. El valor de la multa se calculará de acuerdo al valor la UF de la fecha en que se emita el acto administrativo que la curse. La parte proveedora podrá reclamar, ante el SERPAT, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. El SERPAT resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente. Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el SERPAT aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el SERPAT podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el SERPAT podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 137 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral, permitirá al SERPAT dar curso al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al SERPAT, o bien ella solicita el retraso. 18. Confidencialidad El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. 19. Término anticipado del Contrato Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886 y en el artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En lo que concierne a la causal de la letra b) del artículo 13, y del numeral 7 del artículo 130, referidos, se considerará que existe INCUMPLIMIENTO GRAVE, en los siguientes casos: • Cuando el proveedor acumule un total de 5 multas por atraso en el inicio de la ejecución del servicio solicitado. • Cuando el proveedor acumule 5 multas por no prestar los servicios contratados o por dejar tareas inconclusas. • Cuando el proveedor acumule 5 multas por no hacer entrega de materiales de aseo o indumentaria. • Cuando el proveedor acumule un total de cinco multas por inasistencia injustificada de un operario, sin aviso previo ni reemplazo de un trabajador/a. • Cuando el proveedor no dé cumplimiento a la obligación de confidencialidad indicada en la cláusula anterior. • Cuando el proveedor no dé cumplimiento a las normas de higiene y seguridad. Asimismo, el SERPAT podrá poner término anticipadamente al contrato en los siguientes casos: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes b) Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural o extinción de la persona jurídica de la sociedad contratista. c) Imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato en conformidad con el artículo 13 de la ley. En el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se aplique las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras. d) Proveedor/a que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. e) Proveedor/a que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. f) Proveedor/a que incumple las obligaciones laborales y previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras. g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el SERPAT podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. La parte proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al SERPAT dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El SERPAT resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por el proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el SERPAT aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, pudiendo el SERPAT hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 137 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. En cualquiera de los casos señalados previamente, el SERPAT podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 20. Modificación de contrato por mutuo acuerdo de las partes Conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica dictamen N° 11.392, de 2019, de la Contraloría General de la República) y, además, si así se establecen en las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N° 4.858, de 2019, N° 7.958, de 2017, y N° 39.361 y N° 63.020, ambos de 2013, todos de la Contraloría General de la República). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de las y los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
Documentos Técnicos
1.- III. BASES TÉCNICAS 1. Generalidades La Dirección Regional Metropolitana de Santiago del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, requiere contratar los “Servicios de Aseo, Desratización, Sanitización y Mantenciones Menores”, para el edificio ubicado en calle Compañía de Jesús N° 3150, Santiago, donde se ubica el Museo de la Educación Gabriela Mistral. El Museo de la Educación Gabriela Mistral, dependiente de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, se emplaza en el ala poniente de la que fuera la antigua Escuela Normal Nº 1 de Niñas “Brígida Walker”, institución pionera en el país en la formación de profesoras primarias. Este inmueble, ubicado en Compañía de Jesús N° 3150, comuna de Santiago, fue declarado Monumento Histórico en 1981, por lo que está protegido por la Ley de Monumentos Nacionales. En cuanto a sus características arquitectónicas, se trata de una edificación sólida y espaciosa, con una planta de dos pisos en torno a dos patios de agrado (Los Tilos y Las Palmeras), rodeados por pasillos porticados con piso de Baldosas en el primer piso y de madera noble en el segundo. Utilizando como materiales ladrillo fiscal, hormigón y mortero de cal, fue construido por mandato del Estado chileno entre 1884 y 1886 y sus obras estuvieron a cargo del arquitecto francés Victor Henri Villeneuve, en ese entonces al servicio del gobierno. Inaugurado el 12 de septiembre de 1886 por el Presidente de la República Domingo Santa María, esta escuela es considerada hasta hoy un modelo de establecimiento formador de profesoras, tanto por su capacidad para albergar a 350 alumnas en régimen de internado, como por la amplitud de sus salas y laboratorios. En la actualidad, el museo funciona en el sector poniente del edificio y su superficie abarca, de oriente a poniente, desde la nave central, compuesta por el antiguo gimnasio (primer piso) y la Capilla (segundo piso) hasta la calle Chacabuco; y de norte a sur, desde la calle Compañía de Jesús (donde se encuentra ubicado el acceso principal) hasta el límite con la Escuela República de Panamá, emplazada hacia la calle Huérfanos. Esto corresponde a una superficie aproximada de 2.000 m2, más 500 m2 de patios y jardines. Ahora bien, en atención a la historia de este edificio y de la escuela que albergó por casi 90 años, el Museo, en tanto depositario de parte del patrimonio educacional chileno, considera a su sede como la primera y más importante pieza de su colección, razón por la que concentra una parte significativa de sus esfuerzos en mantener sus instalaciones en óptimas condiciones de seguridad, limpieza e infraestructura. Es por esto que requiere contratar servicios de limpieza y mantención de sus dependencias, según las características técnicas que se detallan a continuación. 2. Estudio de la propuesta La/el contratista deberá revisar las bases administrativas y técnicas, previo a la visita a terreno de manera de aclarar todas sus dudas al momento en que ésta se verifique. 3. Servicio de aseo Museo de la Educación Gabriela Mistral 3.1. Áreas que incluyen los servicios Primer Piso: limpieza de antejardín Chacabuco, Patio de Los Tilos, oficina Biblioteca Patrimonial, oficina dirección, oficina administración, pasillo administración, Sala Cuenta Cuentos, caja escala poniente, caja escala sur, acceso y hall Compañía, oficina ex normalistas, sector gimnasio (ex área Bibliometro), mesón de recepción hall Compañía, pasillos, Salón Auditorio y bodega material técnico, Salón de Lectura, pisos depósitos principal y auxiliar de la Biblioteca Patrimonial (área restringida en la que el personal de aseo sólo puede trabajar bajo la supervisión del equipo del museo), baños funcionarias/os, baño personas con movilidad reducida, bodega de materiales administración, cocina comedor, sector lavaplatos, baño dirección, oficina de seguridad, sala Galpón Chacabuco, bodega Galpón Chacabuco, acceso y rampla sector Chacabuco. Segundo piso: limpieza de salas de exhibición permanente y sala de exhibiciones temporales Eloísa Díaz, vidrios de vitrinas de exhibición por el lado exterior, baños de público, hall acceso baños de público, pisos Depósitos de Colecciones y Archivo Fotográfico (áreas restringidas en las que el personal de aseo sólo puede trabajar bajo la supervisión del equipo del museo), oficina y laboratorio húmedo del Depósito de Colecciones, pasillos y corredores, Salón y hall Capilla sala de exhibiciones temporales (pisos, puertas, paredes y bodega), área educativa (oficinas encargada de área, estudiantes en práctica y pasantes y bodega de materiales), hall de acceso área educativa y área Desarrollo Institucional, oficina de Desarrollo Institucional. 3.1.1. Servicio diario Forman parte del servicio diario todas aquellas acciones que la empresa debe realizar obligatoriamente todos los días en los que funcione el Museo (haya o no atención de público). Aseo, gestión de basura y manejo de desechos de servicios higiénicos: • Limpieza y desinfección en primer y segundo piso de artefactos (WC, estanques, urinarios, duchas y lavamanos), mudadores, duchas, espejos, paredes y pisos. • Vaciado de papeleros con retiro y reposición de bolsas plásticas. Estas acciones deben realizarse, a lo menos, 3 veces al día o más veces cuando circunstancias específicas así lo requieran, por ejemplo, cuando se realicen actividades con mayor afluencia de público o después de las 18:00 horas. Los baños se componen de los siguientes artefactos: 15 WC, 3 urinarios, 3 duchas, 9 lavamanos y 2 mudadores. • Reponer el faltante de papel higiénico, toalla de papel y jabón de manos, de manera de que, en todo momento, los baños cuenten con estos elementos. Aseo, gestión de basura y manejo de desechos de dependencias administrativas: • Limpieza y desempolvado de oficinas con sus respectivos pasillos de acceso, vaciado de papeleros y retiro de basura, aspirado de alfombras, cubrepisos y pisos, limpieza y mopeado de pisos, desempolvado y limpieza de mesones, escritorios, estantes, archivadores, libros, mesas, sillas y sillones, desempolvado de puertas y ventanas, abrillantado de pisos, limpieza de zócalos menores, desmanche de pisos y muros. • Lavado de vajilla dirección y sala de reuniones. • Limpieza de computadores, scanner, teléfonos, impresoras y fotocopiadoras en todas las oficinas. Aseo, gestión de basura y manejo de residuos orgánicos en espacios comunes y/o de circulación de público: • Ubicar los basureros (con sus respectivos desechos al interior) en los lugares habilitados para que sean retirados por las empresas de reciclaje o el personal recolector de basura de la Municipalidad de Santiago con, al menos, media hora de anticipación al horario de retiro de dichos elementos por parte del personal externo. • Limpieza y lavado de veredas Chacabuco y Compañía antes de las 08:00 de la mañana, de manera de cumplir adecuadamente con la Ordenanza Municipal (si estas actividades se realizan con posterioridad a dicho horario, la Municipalidad de Santiago puede cursar una multa de 10 UTM, la que, de producirse, deberá ser pagada en forma íntegra y en el plazo legal estipulado por la empresa de aseo). • Limpieza de escaleras (incluye pasamanos), Salón de Lectura (mobiliario, equipos y piso), Patio de Los Tilos (piso duro, asientos, bancas y fuente), corredores interiores, escalas, zócalos, accesos (Compañía y Chacabuco), Salón Auditorio (salón y bodega), Galpón Chacabuco (sala y bodega), baños personal, cocina comedor, sector lavaplatos, sala de seguridad y antejardín Chacabuco. • Limpieza de salas de exposición permanente (atmósferas 1, 2, 3 y 4) y salas de exhibiciones temporales (Eloísa Díaz y Capilla). • Barrido y recolección de hojas y otras materias orgánicas de patios y jardines. Una vez finalizado el acopio de material orgánico, el personal de la empresa de aseo lo debe depositar en la caja de compostaje, ubicada en el Jardín Compañía. 3.1.2. Servicio semanal La empresa tendrá la obligación de realizar, al menos una vez por semana, las acciones que a continuación se detallan: • Desinfección de oficinas según requerimientos específicos. • Limpieza de vidrios de puertas y ventanas de oficinas • Desempolvado de puertas y ventanas • Limpieza de puertas, manillas e interruptores. • Encerado de pisos de oficinas y pasillos, según corresponda. • Limpieza de vidrios de las vitrinas de exhibición (sólo por el exterior). • Limpieza de objetos ornamentales y de uso frecuente (esculturas patio, lámparas, plintos, placas de metal, extintores, etc.). • Limpieza de muros en corredores y oficinas (hasta la altura que alcance una extensión para desempolvarlos). • Limpieza de paredes, muebles, artefactos y electrodomésticos de cocina comedor, lavaplatos y sala de seguridad. • Limpieza de alfombras antideslizantes. • Aspirado de sillas de salas, salones y oficinas. • Aspirado de cortinas. • Limpieza de pisos de depósitos de colecciones: Biblioteca Patrimonial (principal y auxiliar), Material y Mobiliario Escolar y Archivo Fotográfico. 3.1.3. Servicio mensual La empresa tendrá la obligación de realizar, al menos una vez al mes, las acciones que a continuación se detallan: • Lavado profundo y desmanche de alfombras y/o cubrepisos. • Aseo profundo de oficinas y espacios comunes, moviendo muebles, escritorios, máquinas y electrodomésticos, de manera de asegurar una adecuada limpieza y evitar que especies como insectos, ácaros, arañas o roedores propaguen infecciones y/o construyan colonias o nidos. • Limpieza y lavado de cierre perimetral. • Limpieza de vidrios de ventanas exteriores (éstas abren hacia dentro del edificio, por lo que no es necesario trabajo en altura). • Limpieza de canales y desagües del primer piso (retiro de hojas, ramas, basura, desechos, etc.). • Sanitización de baños, cocina comedor y sector lavaplatos. La fecha y el horario en el que se realicen estos servicios será definido por la administración del museo, de acuerdo a una programación que se le entregará a la empresa con la debida anticipación. • Desratización, desinsectación y fumigación de las diferentes áreas del museo (a excepción de los depósitos de colecciones y de los sectores de exhibición donde haya objetos patrimoniales sensibles a los productos utilizados). La fecha y el horario en el que se realicen estos servicios será definido por la administración del museo, de acuerdo a una programación que se le entregará a la empresa con la debida anticipación. • Corte de césped en Patio de los Tilos, Jardín Compañía, Huerta-Escuela y Jardín Chacabuco. 3.1.4. Servicio semestral La empresa tendrá la obligación de realizar, al menos una vez cada seis meses, en fecha y horario a convenir con la administración del museo, las acciones que a continuación se detallan: • Limpieza de techos, canaletas, bajadas de aguas lluvias y desagües (retiro de hojas, ramas, basura, desechos, etc.). La/el oferente deberá proveer a su personal de todos los implementos de seguridad para trabajos en altura superior a 180 cm. • Poda de árboles y plantas. 4. Obligaciones de la empresa 4.1. Perfil del personal El perfil mínimo para el personal requerido para la ejecución de los trabajos, es el siguiente: • Aseador/a: - Escolaridad, enseñanza básica completa, debidamente documentada o acreditada. - Experiencia 2 años mínimos en trabajos similares, lo que debe ser acreditado mediante presentación de currículum de cada aseador/a, en el evento de no adjuntar currículum con el mínimo de dos años de experiencia solicitada, la oferta será declarada inadmisible. - Antecedentes personales intachables. • Aseador/a supervisor/a: - Escolaridad, enseñanza media, debidamente documentada o acreditada. - Experiencia 2 años mínimos en trabajos similares, lo que debe ser acreditado mediante presentación de currículum, en el evento de no adjuntar currículum con el mínimo de dos años de experiencia solicitada, la oferta será declarada inadmisible. - Antecedentes personales intachables. La empresa que oferte deberá adjuntar, por cada trabajador/a, los certificados de antecedentes y certificado de escolaridad básica y/o media; asimismo, deberá presentar el currículum, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible por no ser de interés para la institución. 4.2. Presentación y equipamiento del personal La empresa adjudicada deberá proporcionar a su personal (permanente, de reemplazo y ocasional) uniformes (dos por temporada) y calzado acorde con la actividad que desempeña, entregándole, además, todos los elementos de seguridad y de trabajo que requiera para el buen cumplimiento de su labor y de la normativa de seguridad laboral vigente. Deberá, por tanto, indicar detalladamente en su propuesta la forma, frecuencia y cantidad de equipamiento que entregará a sus trabajadoras y trabajadores. Entre los elementos y acciones que la empresa debe considerar obligatoriamente, destacan los siguientes: • Uniforme con logotipo de la empresa (dos por temporada). • Elementos de protección personal, acorde a las actividades a desarrollar y a los estándares de seguridad vigentes. • Zapatos adecuados para la correcta ejecución de los trabajos requeridos. • Equipamiento de seguridad, tanto para trabajos en altura como para cualquier otro que amerite su uso. • Capacitación, según la normativa vigente, en seguridad laboral, prevención de riesgos y enfermedades profesionales 4.3. De las exigencias que debe cumplir el personal del servicio de aseo • Al llegar al Servicio, deben cambiarse de ropa, en el lugar provisto por el mandante. • Usar uniforme completo y correcto manteniéndolo limpio, cambiándolo cuando sea necesario. • Mantener limpieza corporal efectiva. • No fumar en los lugares de trabajo. • Hablar en voz baja, evitando discusiones con sus compañeros de trabajo. • Está prohibido el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas a los edificios a que se refieren las presentes Bases. • El personal del Contratista deberá acatar las normas internas de seguridad del recinto. • Está estrictamente prohibido al personal del contratista ingresar radios o cualquier otro medio de reproducción audio-visual y su utilización en horarios de trabajo. • El personal del contratista no puede hacer uso de sus teléfonos celulares personales durante el desempeño del servicio, a no ser que se trate de una emergencia (lo que debe ser informado a la contraparte del museo) o que se encuentre en su horario de colación. • Tampoco puede hacer uso de teléfonos, fotocopiadoras, computadores o cualquier otro equipamiento que se encuentre en cada recinto. • Queda prohibido salir de los recintos en mantención durante los horarios indicados para el servicio, salvo petición expresa, como así también permanecer en ellos fuera de las horas de trabajo. • Queda prohibido realizar reuniones con su personal, fuera de la jornada de trabajo, sin previa autorización de la Unidad Administrativa. • Queda prohibido realizar actividades ajenas a sus labores de aseo tales como: trámites, compras, preparación de alimentos, entre otros. • Queda estrictamente prohibido realizar actividades comerciales de cualquier naturaleza dentro de la institución. • La empresa y el personal provisto deberán mantener estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso; sea esta relativa a las colecciones, la infraestructura, las instalaciones, los sistemas, etc. • El personal de la empresa contratista deberá ejecutar las actividades encomendadas de acuerdo con las instrucciones que le indique la Unidad Administrativa o quien ella delegue. 4.4. Precauciones del personal para ejecutar tareas • Está estrictamente prohibido al personal del Contratista intervenir en la manipulación y/o funcionamiento de cualquier equipo de las oficinas, como computadores, teléfonos, aire acondicionado y de todos aquellos otros equipos que se encuentren en ellas. • El personal destinado a la limpieza de baños y W.C. deberá utilizar obligatoriamente guantes de goma. Su NO utilización será sancionada conforme a lo indicado en el punto de multas en las bases administrativas. • En el aseo de escritorios, estantes y edificio, el personal deberá cuidar de no alterar la disposición original de los documentos que encuentre sobre ellos, evitando cambiarlos de lugar, sin que esto justifique un aseo poco profundo. • Informar a la Unidad Administrativa del MANDANTE, de todo artefacto, equipo, muebles u otros, que se encuentren dañados y que haya sido detectado durante la ejecución de su trabajo. • Será causal de desvinculación, ser sorprendido apropiándose de objetos o pertenencias ajenas que se encuentren en los diferentes lugares de intervención. • La empresa deberá proteger las instalaciones, infraestructura, equipamientos y otros que se ubiquen en los sectores de trabajo, de manera tal de evitar los riesgos de daños o perjuicios del patrimonio fiscal. 5. Equipamiento de trabajo Elementos básicos mínimos como los que debe contar la empresa contratista para la ejecución de las diferentes tareas: • Carros para transporte de materiales e insumos y accesorios (baldes, escobillones, insumos, etc.) para aseo. • Letreros amarillos para aviso de trabajos, en cantidad suficiente para cubrir grandes espacios. • Mopas (cambio quincenal) • Escobas y escobillones (cambio mensual) o según desgaste. • Mopa avión. • Aspiradoras. • Abrillantadoras. • Los útiles de aseo serán específicos para cada lugar a intervenir, de tal forma que se evite la contaminación cruzada. • El mantenimiento y reparación de los equipos deberá ser ejecutado por personal técnico especializado a costo de la empresa. 6. Materiales e insumos • Todos los materiales o insumos serán proporcionados por la/el contratista. Estos deberán ser de primera calidad; todos los artículos deberán ser marcas conocidas, provenientes de fábricas legalmente autorizadas para expender sus productos. • Antes de llegar a la bodega el contratante debe enviar una lista de los productos por correo a la administradora del contrato. El ingreso de los insumos deben ser en envases originales, rotulados, sin señales de haber sido abiertos, donde se indique el tipo de producto, el uso, aplicación, origen de acuerdo a la normativa vigente y las fichas técnicas correspondientes. • El mandante, mediante un supervisor designado por el mismo, fiscalizará el cumplimiento de dicha exigencia, mediante la solicitud de una copia de guía de despacho o factura y comprobar en terreno, la calidad de los mismos. • Por último, el mandante se reserva el derecho de exigir el uso de materiales con características específicas, si los utilizados por el contratista no satisfacen la calidad del servicio. 7. Movilización y fletes: Serán de cargo de la empresa todos los gastos ocasionados por el transporte o flete de los materiales o elementos de seguridad u otros que se originen a raíz de las obligaciones impuestas en el contrato. 8. Dotación: La empresa que se adjudique los servicios deberá asegurar, de acuerdo a la periodicidad de las tareas a realizar, la siguiente dotación: Servicio diario: es necesario contar con una dotación permanente de 3 personas como mínimo. Si alguna de ellas no se presentara a trabajar (por razones de licencia médica, ausentismo laboral, imprevistos de último momento, malas prácticas, etc.), la empresa deberá designar un/a reemplazante de manera inmediata por el tiempo que dure la inasistencia o, si la situación así lo amerita, reemplazarla definitivamente por otro/a trabajador/a debidamente calificado/a para ejecutar las acciones encomendadas. En este último caso, se le otorgará un plazo máximo de 5 días hábiles para reponer la dotación titular, en el bien entendido de que, mientras se realiza dicha gestión, habrá alguien de la empresa subrogando las funciones de quien se encuentre ausente. Servicio mensual: para asegurar el cumplimiento de los trabajos que se deben ejecutar mensualmente, la empresa deberá destinar, al menos una vez al mes, 3 personas adicionales, debidamente calificadas, para cumplir funciones específicas de: • Aseo, desinfección y limpieza de desagües. • Sanitización, desratización, desinsectación y fumigación de dependencias. • Jardinería en patios, jardines y Huerta-Escuela, lo que incluye, entre otras acciones, corte de césped, poda de plantas y arbustos, desmalezado y retiro de residuos orgánicos según corresponda por temporalidad, época del año y tipo de cultivo. Servicio semestral: para mantener adecuadamente la edificación y evitar goteras, filtraciones u otros daños similares que deterioren el edificio, la empresa deberá destinar, al menos una vez cada seis meses: • 2 personas, debidamente calificadas, para cumplir funciones específicas de limpieza de techumbres, canaletas, bajadas de aguas lluvias y desagües (retiro de hojas, ramas, basura, desechos, etc.) y otras acciones relativas a este tipo de mantenimiento. • Una persona, debidamente calificada, para podar los árboles del recinto, según corresponda por temporalidad, época del año y tipo de especie. 9. Horarios: El Museo de la Educación Gabriela Mistral desarrolla sus actividades de lunes a sábado, en los siguientes horarios: • Lunes a viernes: de 09:00 a 18:00 horas. • Sábado y días festivos: de 10:00 a 16:00 horas. No obstante, dada la naturaleza de su misión, sus actividades se pueden extender, eventualmente, hasta las 22:00 horas, incluso hasta la medianoche, si forma parte de actividades organizadas por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio u organizaciones externas -como el Circuito Cultura Santiago Poniente o Yungay 2030- o si realiza, dentro de su programación, Jornadas de Puertas Abiertas en función de fechas específicas, por ejemplo el Día de la Profesora y el Profesor. De igual modo, eventualmente, puede atender público los días domingo, como ocurre, por ejemplo, con ocasión del Día del Patrimonio Cultural (último domingo del mes de mayo). Es por esto que, ocasionalmente y con al menos una semana de anticipación, se le solicitará a la empresa asignar una o dos personas de turno (dependiendo de la afluencia de público que se espere) para cubrir las necesidades de limpieza de servicios higiénicos y espacios de circulación durante el desarrollo de dichas actividades. La empresa debe considerar el retiro seguro de su personal una vez finalizada cada jornada extraordinaria. Es importante destacar que el museo sólo cesa sus actividades de atención de público los feriados irrenunciables (1 de enero, 1 de mayo, Fiestas Patrias y 25 de diciembre), por lo que se requiere contar con personal permanente de la empresa de aseo de lunes a sábado, incluidos los días feriados. En atención a lo anterior, la empresa deberá realizar modificaciones respecto de los servicios contratados en razón de eventos, celebraciones y conmemoraciones relacionadas con las funciones propias del museo, a saber: Domingos del Patrimonio (al menos 2 al año), Día Mundial del Libro y la Lectura, Museos de Medianoche, Museos en Verano, inauguración de exposiciones y realización de charlas, seminarios y talleres, entre otros. 10. Consideraciones generales: • El personal que desempeñe los trabajos en el edificio deberá contar con contrato de trabajo y estar asegurado en una mutual autorizada ante accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744). La empresa deberá estar dispuesta a certificar dicha afiliación y protección especial a sus trabajadores. • Documentos para entregar a la unidad técnica (carpeta): - Certificado de afiliación a organismo administrador. - Contrato de trabajo. - Certificado de antecedentes. - Entrega de equipo de protección personal. - Entrega de uniformes. • Libro de asistencia. • Libro de observaciones foliado y triplicado. • En el caso de que el personal de la empresa deba hacer uso de colación por la jornada de trabajo que desempeñe, podrá utilizar las instalaciones que el museo designe para estos fines, pero no pudiendo cocinar en ellas. • Respecto del uso de servicios higiénicos, el Museo les designará un baño. Además de contar con un lugar para cambiarse ropa, guardar sus pertenencias y tomar la colación. • La empresa y su personal deberán acatar las instrucciones de seguridad emitidas por la Unidad Administrativa o a quien se destine para tales efectos. El Museo o el Servicio no tendrá relación directa con el personal dispuesto para los trabajos materia de esta licitación. Toda relación entre el mandante y la empresa será realizada a través del Supervisor nominado por la empresa y las autoridades nominadas del Servicio. Las comunicaciones serán escritas a través de cartas, libros de obras, minutas, actas y correo electrónico. • El contratista será responsable por los daños y pérdidas que pudiese ocasionar el personal que sea dispuesto para prestar los servicios contratados; sean estos relativos a las colecciones, las instalaciones, el mobiliario, el equipamiento y/o la infraestructura. • El adjudicatario y el personal provisto deberá mantener estricta confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso; sea esta relativa a las colecciones, la infraestructura, las instalaciones, los sistemas, etc. • Así también estará estrictamente prohibido, a la empresa y al personal provisto, reproducir por cualquier medio, información a la que tengan acceso. • La empresa deberá estar dispuesta a realizar limpieza de desechos orgánicos (fecas de palomas, por ejemplo) utilizando productos especiales aprobados por el Instituto de Salud Pública. • La empresa deberá proveer de insumos y materiales de limpieza biodegradables, aprobados por la autoridad sanitaria competente, que no representen daños a las personas ni a los bienes, de reconocido prestigio y calidad, especializados en limpieza industrial. Para estos efectos, la empresa deberá indicar al momento de su oferta los insumos a utilizar, acompañando sus respectivas fichas técnicas. • La aplicación de productos astringentes, abrasivos u otros que pudiesen eventualmente dañar el edificio patrimonial, deberá ser consultada con antelación a la encargada del contrato. Para todo lo que dice relación con temas administrativos, de legislación laboral y materias relativas al cumplimiento de las bases de licitación (pagos, inasistencias, atrasos, descuentos, multas, registro de control horario, permisos, uniformes, etc.), la empresa se relacionará directamente con la jefa administrativa de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (o con quien se designe para dicha función). Para efectos operativos (entrega de espacio para cambio de ropa y resguardo de pertenencias, turnos, información relativa a la programación del museo y sus eventuales modificaciones, supervisión de faenas, instrucciones específicas de limpieza o de utilización de materiales, uso de espacios comunes, etc.), la empresa se relacionará directamente con la responsable administrativa del Museo (o quien ella designe en su representación). Para tal fin, deberá designar un/a trabajador/a o supervisor/a, quien se encargará de la coordinación diaria de los trabajos en terreno y será el enlace con la administración del museo. 11. Servicios complementarios Al ofertar servicios complementarios se debe establecer el procedimiento de ejecución de los trabajos que se detallan a continuación: N° Servicios Complementarios Unidad de Medida 1 Servicios eléctricos menores (cambio de enchufes, interruptores, luminarias, entre otros.) Valor mano de obra por hora 2 Gasfitería General (destape de baños, cambio de sifones, gomas, llaves etc.) Valor mano de obra por hora 3 Servicio de limpieza de techumbre en altura (detallar los servicios a realizar). Valor global por toda la instalación 4 Servicio de pintado interior y exterior (detallar las superficies incluidas). Valor mano de obra por m² 5 Jardinería (detallar los servicios a realizar) Valor global por toda la instalación El SERPAT se reserva el derecho de contratar los servicios complementarios con la persona adjudicada o con una distinta según lo estime pertinente. El/la proveedora deberá ajustar la propuesta de los servicios complementarios a la normativa vigente y deberá contar con todos los eventuales certificados y autorizaciones que la ley exige.
 
Documentos Económicos
1.- 5.8. Monto estimado de la licitación La oferta económica propuesta no puede exceder el presupuesto máximo disponible de $ 84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos) IVA incluido. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Condiciones de empleo y remuneración Remuneración, 20%: . Mejores condiciones de empleo, 10%: 30%
2 cumplimiento del Pacto de Integridad Pacto de integridad 5%
3 Precio POE: (40%) x (OEB/OEE) 40%
4 Aspectos Técnicos 6.6.1. Experiencia del oferente (5%) 6.6.2. Metodología de trabajo y supervisión (5%) 6.6.3. Promoción de la igualdad de género o los liderazgos de mujeres dentro de su estructura organizacional (5%) 6.6.4. Criterio de Sustentabilidad (5%) 6.6.5. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (5%) 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22-08-001
Monto Total Estimado: 84000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 11. Renovación del Contrato Dada la especial naturaleza de los servicios requeridos, que son servicios básicos y esenciales para el correcto funcionamiento del Museo de la Educación Gabriela Mistral de la Región Metropolitana de Santiago
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rodrigo Ramirez
e-mail de responsable de pago: rodrigo.ramirez@patrimoniocultural.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Gabriel Díaz Morales
e-mail de responsable de contrato: gabriel.diaz@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29978193-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - RUT 60.905.000-4
Fecha de vencimiento: 17-02-2027
Monto: 5 %
Descripción: En los casos en que se entregue físicamente, se deberá entregar en calle Santa Lucía N° 360, piso 5, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en un sobre cerrado, caratulado de la siguiente forma: LICITACIÓN “SERVICIOS DE ASEO, DESRATIZACIÓN, SANITIZACIÓN Y MANTENCIONES MENORES”. Museo de la Educación Gabriela Mistral - DRM-SERPAT Calle Compañía de Jesús N° 3.150, comuna de Santiago IDENTIFICACIÓN OFERENTE: RUT OFERENTE: DIRECCIÓN OFERENTE: TELÉFONO OFERENTE: E-MAIL OFERENTE:
Glosa: La Garantía de Fiel Y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos u otra moneda o unidades de fomento según corresponda y ser equivalente al cinco por ciento (5%) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos.
Forma y oportunidad de restitución: El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Mecanismos de resolución de empates

En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:

  1. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en criterio Condiciones de empleo y remuneración.
  2. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en la oferta técnica, si no se desempata con lo anterior.
  3. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en la oferta económica, si no se desempata con lo anterior.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la licitación, isabel.orellana@museoschile.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El SERPAT contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación.

Pacto de integridad

El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen N° E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Este pacto contiene compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa.

Los oferentes deberán declarar si cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y, por ende, conocidos por el personal, esto es:

  • Estar disponible en el sitio web de la compañía, de acceso público, comprobable (Indicar URL para verificación).
  • Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los trabajadores e involucrados.
  • Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores e involucrados.
  • Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrados.
  • Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión.

6.7. Programa o Pacto de Integridad (5%)

Ponderación

Cuenta con Programa(s) o Pacto(s) de Integridad y acredita que éstos han sido difundidos, conocidos y cumplidos por su personal.

5%

Cuenta y presenta Programa(s) o Pacto(s) de Integridad, pero no demuestra que haya existido un proceso de difusión hacia las/los trabajadores y por tanto no logra acreditar el cumplimiento de los mismos.

2%

No presenta Programas o Pactos de Integridad

0%

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.