El Municipio adjudicará la propuesta sobre las ofertas presentadas satisfactoriamente, considerando los informes técnicos y económicos que elaborará la Comisión de Evaluación designada para estos efectos. La adjudicación se efectuará por Decreto Alcaldicio, que respaldará la resolución que se subirá al Portal www.mercadopublico.cl.
La presente Licitación podrá ser adjudicada a Un solo oferente por todos los productos/servicios licitados. En ningún caso se podrá adjudicar un mismo producto/servicio a dos o más oferentes.
En el caso que el Mandante considere conveniente para los intereses del Municipio, podrá rechazar una o más ofertas sin que los proponentes puedan pretender indemnización alguna por este hecho.
El Municipio declarará desierta una Propuesta cuando concurra alguna de las siguientes causales:
ü No se presenten proponentes.
ü La o las Ofertas recibidas son calificadas fundadamente como inadmisibles.
ü Los productos/servicios ofertados no cumplen con lo solicitado por el Municipio.
El Municipio podrá disponer la Readjudicación de la Propuesta en el caso de que el Proveedor Adjudicado:
ü Desista de la Adjudicación.
ü Los bienes ofertados no cumplen con lo solicitado por el Municipio.
ü El oferente no acepte la orden de compra en el plazo máximo de tres días contados desde la emisión de la correspondiente Orden de Compra.
Bajo este concepto la Municipalidad podrá adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente.