Licitación ID: 48-60-LR24
Asesoría ITO Const. Eje Movilidad Independencia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenida Dorsal y Calle Juncal”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Asesoría ITO Const. Eje Movilidad Independencia
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenida Dorsal y Calle Juncal”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-10-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-09-2024 12:35:04
Fecha inicio de preguntas: 06-09-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 17-09-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-09-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-10-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-10-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-01-2025 16:38:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 27-12-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Presentación de Ofertas Las entidades oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- Antecedentes Administrativos Las entidades oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles, actualizadas y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, las entidades oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En el caso del literal c) y d), si el documento exigido no se adjunta al momento de ofertar, no se solicitará mediante foro de aclaración de ofertas y deberá ser entregado por la entidad oferente adjudicado de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases. a) Todas las entidades oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. b) Aquellas entidades oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, y el Decreto Ley N° 211 de 1973. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. c) Adjuntar certificado de Inscripción Vigente en el Registro de Consultores MINVU en el rubro Estudios de Administración, en la especialidad de Obras, sub especialidad de Inspección Técnica de Obras y/o Estudios de Proyectos, en la especialidad de Otros Estudios, sub especialidad de Cubicaciones, Estudios de Costos o Presupuestos, en 1ª, 2ª y 3ª Categoría. d) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), podrá adjuntarse al momento de ofertar, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, sin perjuicio de la obligación de constituirse mediante escritura pública, como requisito para contratar, en caso que la UTP resulte adjudicada; según lo dispuesto en el punto 6, literal e) de las presentes bases administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4, N°5, y la letra e), descripción de la metodología de trabajo, constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. Los documentos que se adjunten para acreditar la información contenida en el Anexo N°3 y Anexo N°4, los títulos profesionales del equipo de trabajo y d.1) constituyen requisitos obligatorios, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3 “Experiencia del oferente”, en asesorías a la inspección de obras de vialidad, pavimentación o aguas lluvias, de al menos 1 año (12 meses). a.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el oferente deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificados emitidos por el mandante, contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite la experiencia señalada en el anexo. Se excluyen declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el oferente, resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto a “Aceptada”, cuando se trate de órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Público. Dicha experiencia será en la ejecución y término de contratos ya sea con entidades públicas o privadas en asesorías a la inspección técnica de obras de vialidad, pavimentación o aguas lluvias, con un mínimo de 1 año (12 meses) a acreditar. Estos certificados de ejecución y término de contratos de asesorías deben ser emitidos por las Empresas mandantes (En el caso de instituciones públicas: por la Jefatura del Área Técnica y ministro de fe de dicha institución, según corresponda; y en entidades privadas por el representante legal de la empresa de los contratos de proyectos) especificando fechas de inicio y término, en original o copia fiel de la original. No se aceptarán las declaraciones juradas simples o notariales emitidas por la misma oferente. a.2) Cualquiera sea el documento que el oferente presente, deberá indicar el servicio prestado y corresponder al área de experiencia solicitada, además de indicar la fecha de inicio y término de los trabajos o bien la duración de los mismos, de lo contrario no será considerado para la evaluación. a.3) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. a.4) Solo se evaluará lo señalado en el anexo. a.5) En caso que exista discrepancia entre los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válida aquella que figure en el documento de acreditación de la experiencia. a.6) Solo se considerarán trabajos terminados hasta antes de la fecha de presentación de la oferta y no en ejecución. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, Experiencia del Equipo Profesional en el apoyo a la inspección técnica de obras de vialidad, pavimentación o aguas lluvias. Los documentos que respalden la experiencia señalada en el anexo N°4, deberán considerar lo que, a continuación, se señale, de lo contrario no se considerarán para efectos de la evaluación: 1. Nombre del profesional. 2. Servicio prestado y corresponder a lo solicitado. 3. Debe indicar claramente el tiempo de duración de los servicios prestados. 4. Solo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. 5. En caso de que el oferente de esta licitación, sea quien emite los certificados que acreditan la experiencia del profesional, éste deberá consignar en dicho certificado la información solicitada en los puntos 1,2 y 3 precedente, y además, adjuntar el o los documentos de respaldo que acrediten que como empresa realizó los servicios señalados y que existía una relación contractual con el profesional en el periodo en que fueron realizados dichos trabajos, de lo contrario no se considerará como válida para efectos de la evaluación. 6. Solo se evaluará lo señalado en el anexo. 7. En caso que exista discrepancia entre los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válida, aquella que figure en el documento de acreditación de la experiencia. c) Adjuntar título o certificado de título original, o copia de éstos, de todos los profesionales solicitados en el punto 4 de las Bases Técnicas, los que deberán ser emitidos por alguna universidad o instituto profesional, acreditado por el Estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. La experiencia exigida se medirá desde la fecha de titulación. Asimismo, deberá adjuntar los antecedentes que acrediten la formación de especialización exigida (de proceder) para cada uno de los integrantes del equipo profesional. En caso de que la entidad oferente no cumpla con el número mínimo de profesionales exigido, la oferta se declarará fuera de bases. d) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5: “Programa de Integridad”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. d.1) La información contenida en este anexo deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente deberá adjuntar, bien sea, un Certificado o cualquier otro método que acredite que cuenta con el programa de integridad, el cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora; o cualquier otro antecedente que dé cuenta de que la empresa cuenta con un “Programa de Integridad”. e) Adjuntar la descripción de la metodología de trabajo que empleará la asesoría para cumplir las tareas solicitadas, conteniendo un enfoque conceptual con el detalle de las tareas a realizar y la participación del Plan de Trabajo en diagrama Gantt, con plantel de profesionales ofrecido, indicando las tareas y actividades a realizar. f) Completar apartado en Anexo N°3 “Propuestas de Mejoras” en el proceso de asesoría las cuales deben ser presentadas como anexo a la propuesta de la entidad oferente. Este antecedente deberá ser presentado solo al momento de ofertar, y no se podrá solicitar mediante foro de aclaración de ofertas. Su no presentación implicará puntaje cero en el criterio del punto 10.3.1.4. Propuesta de Mejoras. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes Económicos La entidad oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total Neto, del servicio requerido de acuerdo con las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos, sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. La entidad oferente deberá señalar claramente, en el campo especificaciones del proveedor, al momento de ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Público. Si el valor Neto del proyecto estará: Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que entidad oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, “Formulario Oferta Económica”. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. . Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total NETO, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°6 por la entidad oferente. El oferente deberá señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible para la presente contratación serán declaradas fuera de bases al momento de la evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio u Oferta Economica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 40%
2 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 10%
3 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DTPM BIP: 30413094-0
Monto Total Estimado: 350000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 540 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Felipe de la Vega Morales
e-mail de responsable de contrato: fdelavega@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013645-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Ver punto 8. de las bases administrativas de licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 05-01-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente y, en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, ubicada en Serrano 45, piso zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenida Dorsal y Calle Juncal. ID48-60-LR24
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y siempre que se haya suscrito el respectivo contrato. A los oferentes, cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía, antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 21-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, ubicada en Serrano 45, piso zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenida Dorsal y Calle Juncal. ID48-60-LR24
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
10. Otras Cláusulas

10. Otras Cláusulas

10.1.   Validez de las Ofertas

La entidad oferente, por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La entidad oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta y todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres Profesionales funcionarios de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, que se designarán por Orden de Servicio de ese Subdirector de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, RUT y cargo de sus integrantes y referir al funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases.

Todos los profesionales, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 octies, Capitulo VII, de la Ley Nº 19.886 incorporado por la Ley Nº 21.634.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora. Esto en razón de del artículo 35 quinquies y nonies de la Ley Nº 19.886 incorporado por la Ley Nº 21.634.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo y se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las mismas.

Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar fuera de bases al proveedor en evaluación y presentar a cobro la garantía de seriedad de la oferta.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Las entidades oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1. Oferta Técnica (OT) (50%)

 

La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación técnica, el criterio Experiencia de la entidad oferente (ponderado en 30%), Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico (ponderado en 40%), Metodología, Programa y Plan de trabajo (ponderado en 20%), Propuesta de Mejoras (ponderado en 8%), y Programa de Integridad del Proveedor (ponderado en 2%), a evaluarse en base a una escala de 0 a 100 puntos.

10.3.1.1. Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará la experiencia del oferente en asesorías a la inspección de obras de pavimentación, obras de vialidad o aguas lluvias en consideración a la información proporcionada a través del Anexo N°3 y que se encuentre debidamente acreditada, de acuerdo al punto 5.2.3 letras a.1) a la a.6).

ü Se asignarán cero (0) puntos, si el oferente no respalda experiencia o los certificados y/o documentos que acrediten sean una experiencia menor a 1 año en asesorías a la inspección de obras de pavimentación, obras de vialidad o aguas lluvias, en contratos con entidades públicas y/o privadas.

ü Se asignarán cuarenta (40) puntos, si el oferente respalda con documentos que acrediten una experiencia entre 1 año y 10 años en asesorías a la inspección de obras de pavimentación, obras de vialidad o aguas lluvias, en contratos con entidades públicas y/o privadas.

ü Se asignarán setenta (70) puntos, si el oferente respalda con documentos que acrediten la experiencia superior a 10 años e inferior o igual a 20 años en asesorías a la inspección de obras de pavimentación, obras de vialidad o aguas lluvias en contratos con entidades públicas y/o privadas.

ü Se asignarán cien (100) puntos, si el oferente respalda con documentos que acrediten la experiencia superior a 20 años en asesorías a la inspección de obras de pavimentación, obras de vialidad o aguas lluvias, en contratos con entidades públicas y/o privadas.

10.3.1.2     Experiencia del Equipo Profesional (B):

En este aspecto se requiere verificar la experiencia del equipo propuesto en apoyo a la inspección técnica de obras de pavimentación y/u obras viales, que se encuentre debidamente acreditada. La asignación se realizará de acuerdo con la siguiente tabla.

Cargo 1: Ingeniero civil en obras civiles/constructor civil/ingeniero constructor:

Administración, Inspección y/o Ejecución de Obras Viales y/o Urbanización, Sanitarias y Aguas Lluvias.

Puntuación

Experiencia Igual o superior a 10 años

Cuarenta (40) puntos

Experiencia Igual o Superior a 7 años y bajo 10 años

Veinticinco (25) puntos

Experiencia Igual o Superior 5 años y bajo 7 años

Diez (10) puntos

Experiencia Igual o Superior a 3 años y bajo 5 años

Cinco (5) puntos

Inferior a 3 años

Fuera de bases

Cargo 2.- Constructor Civil /Ingeniero Constructor.

Participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización, Sanitarias y Aguas Lluvias. Con curso PAC

Puntuación

Experiencia Igual o Superior a 5 años

Veinte (20) puntos

Experiencia Igual o Superior 4 años y bajo 5 años

Quince (15) puntos

Experiencia Igual o Superior 3 años y bajo 4 años

Diez (10) puntos

Experiencia Inferior a 3 años

Fuera de bases

Cargo 3.- Constructor Civil /Ingeniero Constructor.

Participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización

Puntuación

Experiencia Igual o Superior a 5 años

Veinte (20) puntos

Experiencia Igual o Superior 4 años y bajo 5 años

Quince (15) puntos

Experiencia Igual o Superior 3 años y bajo 4 años

Diez (10) puntos

Experiencia Igual o Superior 2 años y bajo 3 años

Cinco (5) puntos

Experiencia Igual o Superior 1 años y bajo 2 años

un (1) punto

Experiencia Inferior a 1 años

Fuera de bases

Cargo 4.- Geomensor

Participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización

Puntuación

Experiencia Igual o Superior a 10 años

Veinte (20) puntos

Experiencia Igual o Superior a 7 años y bajo 10 años

Quince (15) puntos

Experiencia Igual o Superior a 5 años y bajo 7 años

Diez (10) puntos

Experiencia Igual o Superior a 3 años y bajo 5 años

Cinco (5) puntos

Experiencia Inferior 3 años

Fuera de bases

El número de profesionales ofertados deberá ser igual a lo solicitado, de lo contrario su oferta quedará fuera de bases. En caso de ofertar uno o más integrantes adicionales a lo estipulado en el punto 4 de las Bases Técnicas, para efectos de evaluación, sólo serán considerados los primeros profesionales propuestos para cada cargo solicitado.

El o los profesionales que no acrediten, no informen o acrediten un título distinto al solicitado, no serán considerados para efectos de la evaluación. Si al final de la evaluación, el oferente no logra acreditar el mínimo de profesionales solicitados, su propuesta quedará fuera de bases.

Los puntajes obtenidos por cada integrante de las asesorías se sumarán, y a la propuesta que obtenga el mayor puntaje, se le asignarán cien (100) puntos; a la que obtenga el segundo mayor puntaje, se asignarán setenta (70) puntos; a la que obtenga el tercer mayor puntaje, se asignarán cincuenta (50) puntos; a la que obtenga el cuarto mayor puntaje, se asignarán treinta (30) puntos; a las demás propuestas se les asignará cero (0) puntos.

 

10.3.1.3     Metodología, Programa y Plan de Trabajo (C):

La Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado, se evaluará en base a la comprensión de las tareas encomendadas en las bases técnicas, la programación de las actividades y su secuencia dentro del plan de trabajo. El puntaje obtenido en cada factor será acumulativo y distribuido de la siguiente forma:

1)        Comprensión de las tareas encomendadas: se asignarán cincuenta (50) puntos, si el oferente entrega Metodología de Trabajo que se adecúe a las funciones que la asesoría desarrollará en su labor fiscalizadora.

2)        Programación de las actividades y su secuencia dentro del plan de trabajo: se asignarán cincuenta (50) puntos adicionales, si en la Programación de Trabajo en diagrama Gantt, detalla actividades y los profesionales y estos son concordantes con la metodología y el desarrollo de las obras a inspeccionar.

10.3.1.4     Propuestas de Mejoras (D):

Se entenderá por propuesta de Mejoras cuando el oferente agrega algo adicional que aporte al buen desarrollo del contrato, como sistemas informáticos, equipos electrónicos, profesionales u otro elemento que no se encuentre solicitado por bases y que aporte a la calidad y eficiencia del proceso de inspección técnica de la obra.

1.- Se asignará cincuenta (50) puntos, si el oferente entrega una propuesta de Mejora a los requerimientos señalados por bases.

2.- Se asignará cien (100) puntos, si el oferente entrega 2 o más propuestas de Mejora a los requerimientos señalados por bases.

Se asignará cero (0) punto, si el oferente no entrega propuesta de Mejoras a los requerimientos señalados por bases.

10.3.1.5 Programa de Integridad (E):

En atención al dictamen de la Contraloría General de la República E370752N23 del 20 de julio del año 2023, se establece como criterio de evaluación, la presentación en la postulación de un Programa de Integridad conocido por el equipo de profesionales presentado en la oferta técnica. Dichos programas de integridad, conocido por las personas que trabajan en la empresa u organismo proveedor, consisten en herramientas cuyo objetivo es combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción de la empresa y los delitos asociados a la Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica (Ley Nº 20.393). Del mismo modo, busca promover e implementar prácticas de gestión ética (Transparency International; Chile Transparente, s.f). Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°5 que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra d) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 2%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.

Programa de Integridad conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0

10. 3.1.6 Cálculo Puntaje Total Oferta Técnica

Para el cálculo del puntaje total de la Oferta Técnica se aplicará la siguiente fórmula:

POT= ((A*0.30) + (B*0.40) + (C *0.20) + (D *0.08) + (E *0.02)

Donde:

ü POT= Puntaje Oferta Técnica

ü A= Experiencia del Oferente

ü B= Experiencia del Equipo Profesional

ü C= Metodología, Programa y Plan de Trabajo a desarrollar

ü D= Propuesta de Mejoras

ü E= Programa de Integridad

Los oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (P.O.T), inferior a 70 puntos, la oferta será considerada fuera de bases.

10.3.2 Precio (P): (40%)

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

10.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO) (10%)

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo noveno del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

10.3.4 Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = ((POT* 0.50) + (PP * 0.40) + (PCRFO * 0.10))

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT= Puntaje Oferta Técnica

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio experiencia del equipo propuesto. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

11.       Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

12.       Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

13.       Del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el o la adjudicatario(a) entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir por la entidad oferente adjudicada una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable a por la entidad oferente adjudicada como la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado su inscripción en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior, también será aplicable en caso que el adjudicado manifieste su intención expresa de desistirse del proceso.

13.1 Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

13.2 Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

13.3      Cobros Adicionales

SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento y/o cualquier otro monto adicional que recargue el precio de lo ofertado.

13.4. Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

13.5. Responsabilidad de la entidad Oferente Adjudicada

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.640/2023, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

La entidad oferente adjudicada deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que la entidad oferente adjudicada, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado, acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

13.6. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

13.7. Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes y/ o subcontratistas, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

13.8. De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando el servicio a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

13.9. Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la orden de compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

El servicio objeto de la presente licitación se pagará mediante 18 Estados de pago cursados cada 30 días corridos, contemplando un primer estado de pago de 30 millones y el diferencial dividido en 17 pagos iguales debidamente visados por el Encargado del respectivo contrato y/o por el Jefe del Departamento de Obras de Pavimentación.

Si al último estado de pago mensual se encontrara pendiente la recepción conforme por parte del Encargado del contrato del informe final del servicio de asesoría, se hará una retención al pago equivalente al 5% del monto total del contrato, la cual será devuelta al proveedor una vez recibido satisfactoriamente el informe señalado.

El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de Directorio de Transporte de Santiago, RUT: 61.959.700-1, Dirección: Agustinas 1382, comuna de Santiago, giro: Administración Pública; forma de pago: Crédito, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda. En caso que, el proveedor no tenga a su cargo trabajadores regidos por el Código del Trabajo deberá presentar una declaración simple que señale que no cuenta con trabajadores a su cargo.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Acta Recepción Conforme del servicio prestado emitida por el área que administra el contrato.

En caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, en la escritura pública de constitución se debe indicar a nombre de cuál de los miembros de esta debe emitirse la factura de pago, dado que en caso contrario se entenderá que es a nombre del representante legal de la unión temporal de proveedores.

La entrega de la factura se efectuará en las oficinas del Directorio de Transporte de Santiago, ubicadas en calle Agustinas 1382, oficina de partes. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos. Los pagos se harán mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y obras Viales de SERVIU Metropolitano, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la factura, debido a la aplicación de multas, sanciones, reembolsos o pagos que el SERVIU Metropolitano aplique o haga por cuenta del proveedor.

13.10. Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Se aplicarán multas en las siguientes situaciones:

a)     Por cada oportunidad en que el proveedor no dé cumplimiento a cualquiera de las instrucciones, órdenes u obligaciones impartidas por escrito por la ITO, se aplicará una multa diaria de 3%0 (tres por mil) sobre el monto del contrato, hasta que dicha observación se resuelva conforme.

b)     Una multa de 1 UF diaria por cada día de atraso en la entrega del (los) Informe(s) relacionado(s) con la inspección contenidos en el apartado 2.8 de las bases técnicas, detección de posibles errores u omisiones, avances físicos de las partidas del cuadro de precios compensados o detallados, de los avances físicos de las obras.

c)     Una multa de 5 UF en cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia del personal de la Asesoría, según sea pertinente, ya sea en las obras, reuniones, citaciones u otros eventos importantes a juicio de la ITO. En el caso de las reuniones, éstas podrán ser online, previo acuerdo entre las partes.

d)     En caso de incumplimiento en el servicio de información a la comunidad (el cual inicia desde la ejecución de las obras), se aplicará una multa diaria de 5 UF.

e)     En caso de cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases de Licitación, se aplicará una multa diaria de 3%0 (tres por mil) sobre el monto del contrato, hasta que dicha observación se resuelva, situación que será advertida por la ITO.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Jefe de la Sección Proyectos e Inspección Programa Pavimentos Participativos notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Jefe de la Sección Proyectos e Inspección Programa Pavimentos Participativos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso.

13.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Según lo señalado precedentemente se podrá modificar el contrato de igual forma, en las siguientes circunstancias:

a)    Cuando, a causa de la suspensión o modificación del plazo de ejecución de las obras, deba suspenderse o modificarse el plazo de duración del contrato de la obra del Proyecto de para la “inspección de las obras de construcción eje movilidad Independencia tramo 2.1 entre Avenida Dorsal y calle Juncal” l de acuerdo a lo establecido en los puntos 8 de las presentes bases administrativas.

b)   En caso que, atendida la naturaleza accesoria del contrato objeto de la presente licitación, se deba realizar cualquier modificación al contrato principal, que haga necesario ajustar alguna de las obligaciones establecidas en el contrato.

c)    En caso que, durante el desarrollo de la obra, la I.T.O., previo informe fundado, acredite la necesidad de modificar algún punto del contrato, con el fin específico de mantener su operatividad y de resguardar la correcta ejecución del servicio de A.I.T.O. contratado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

13.12. Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información” de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación” de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 5 % del monto total del contrato.

b.5)          No dar cumplimiento a lo establecido en las presentes bases administrativas, en relación con la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)     Según lo establecido en el punto N° 6 de las bases administrativas que señalan que en el caso de existir  falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, el SERVIU Metropolitano deberá hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento de contrato, en su caso, e incluso, de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores.

d)     En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas .

e)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

f)      En caso de disolución de la unión temporal de proveedores de corresponder al proveedor contratado.

g)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

h)     Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano con la decisión de terminar anticipadamente el contrato son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

13.13. Contraparte Técnica  

La I.T.O. ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio licitado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato. Sus principales funciones son las siguientes:

ü  Revisar y controlar el servicio en forma periódica, formulando las observaciones que resulten procedentes y, disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.

ü  Verificar el cumplimiento y correcta ejecución del servicio contratado.

ü  Formular los estados pagos, en los términos y plazos establecidos en el respectivo contrato.

ü  Citar a reuniones de coordinación.

ü  Elevar al Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, los cambios del equipo asesor, sea éste porque, a su juicio, algún integrante no cumple adecuadamente con su función o a petición de la Asesoría en caso de imprevisto o fuerza mayor, debidamente justificada.

  13.14. Del cambio de profesional

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho a disponer el cambio de algún profesional del equipo asesor, cuando los servicios prestados por estos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente.

Si durante la vigencia del contrato, el profesional tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado, la empresa podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que el profesional cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él que se haya adjudicado la propuesta, previa autorización por escrito del Supervisor de SERVIU Metropolitano.

Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto el proveedor deberá adoptar las medidas correspondientes para que el servicio se mantenga. Si lo considerase necesario, SERVIU Metropolitano puede exigir documentos anexos a los requeridos por las presentes bases. El cambio de profesional se puede realizar como máximo 3 veces, durante la vigencia del contrato, en caso que esta rotación de personal sea mayor a la mencionada, se aplicará la multa indicada en la letra 13.10 e) del punto de multas de las presentes bases de licitación.

13.14.1. Para Solicitar Cambio de Profesional por Motivo de Vacaciones

El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida a la contraparte técnica con al menos 20 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación.

13.14.2. Para Solicitar Cambio de Profesional por Renuncias/Licencias Médicas

El proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida a la contraparte técnica, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el profesional propuesto por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia.

14 Pacto de integridad.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d. El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley de Compras y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS

1.         Objetivos Generales

SERVIU Metropolitano requiere contratar los servicios de Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenidas Dorsal y Calle Juncal, para los efectos de dar continuidad al contrato de asesoría actualmente en desarrollo, de manera de asegurar el apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la ITO durante la ejecución de las obras relacionadas a este convenio.

En virtud de lo anterior, las labores de asesoría se ejercerán en forma permanente durante el desarrollo de las obras, para lo cual la Asesoría, deberá disponer de todos los equipos y elementos físicos de control, necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones en la totalidad de las obras enunciadas anteriormente, sin perjuicio, que alguna de ellas no sea contratada durante el presente año, situación que será informada a la Asesoría adjudicada y que en ningún caso modificará su oferta.

Asimismo, la Asesoría será la encargada de apoyar a los diferentes I.T.Os de cada una de las obras en las evaluaciones técnicas, replanteos, niveles topográficos, discusión y toma de decisiones, a fin de garantizar la seguridad y calidad de los trabajos que se ejecuten.

2.       Descripción del Servicio de Asesoría Técnica

A continuación, se describen las labores que deberán cumplir el equipo profesional y técnico destinado en la obra denominada Servicio de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 2.1, entre Avenidas Dorsal y Calle Juncal.

2.1.    Respecto de la Asesoría Técnica a la Inspección de Obras

Las actividades de la Asesoría deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de ingeniería básica y especializada, con los reglamentos vigentes, especificaciones técnicas generales de pavimentación, sin perjuicio del hecho que son de exclusiva competencia del SERVIU Metropolitano las facultades de fiscalización de las obras.

Los servicios que deberá prestar serán los necesarios para una adecuada asesoría para los contratos de ejecución de las obras individualizadas en el punto anterior, entendiéndose que toda la gestión de la Asesoría y los recursos asociados a ella servirán de apoyo integral a la gestión de las I.T.Os. del SERVIU Metropolitano y de sus representantes.

El personal destinado al trabajo en terreno por parte de la Asesoría, será personal con experiencia específica en el trabajo de Inspección de obras de pavimentación, debiendo en consecuencia:

-      Obtener información de terreno, verificar los avances de obra físicos, verificando niveles trazados y controles de calidad de cada etapa crítica constructiva, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de sus estados de pagos.

-      Interpretar información de terreno, realizando los reportes y recomendaciones pertinentes a la ITO.

La información será registrada y reportada en formatos adecuados, indicando fecha, lugar y la evolución en el tiempo de los trabajos.

Será responsabilidad de la Asesoría efectuar en forma periódica el traspaso y mantenimiento a formato digital de toda la información asociada a la obra a lo largo de este contrato. Para ello deberá disponer de todos los elementos necesarios tales como computadores, impresora, scanner, cámaras fotográficas, etc. debiendo entregar al final del contrato, si la ITO lo requiera, dicha información en un dispositivo cuyo formato permita el adecuado almacenamiento y acceso a dicha información.

2.2.    Labores a Realizar por la Asesoría Técnica en Relación con el Contrato

Las actividades de la Asesoría, atendida la naturaleza de las obras, deberán ser asesorar e informar por el buen cumplimiento de todas las etapas constructivas de las obras contenidas en el contrato de construcción y verificar que éstas se desarrollen en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de la Ingeniería especializada, con las especificaciones correspondientes y con las normas de seguridad y de protección del medio ambiente, emitiendo una opinión fundada y comprometiéndose responsablemente en la elaboración de la documentación de respaldo que sea necesaria, para gestionar a través de la I.T.O. las autorizaciones, aprobaciones, modificaciones o cualquier acción que demande el contrato de construcción, de acuerdo a pautas que entregue la I.T.O. con el objeto de:

ü  Estudiar antecedentes relativos a las Obras.

ü  Llevar registro de las reuniones y otras comunicaciones para la aprobación de los proyectos de desvíos de tránsito y otras coordinaciones de Servicios y entidades estatales tales como Municipios, SEREMITT, UOCT, CONASET, Carabineros de Chile, etc. realizadas por las empresas contratistas.

ü  Estudiar en profundidad cada proyecto y su documentación correspondiente, para dominarlo íntegramente con el objeto de prevenir eventuales inconsistencias, llevando para ello un adecuado control del proyecto durante la ejecución de las obras, debiendo informar oportunamente a la I.T.O. del resultado de esta gestión.

ü  Asesorar a la I.T.O. en la revisión y/o desarrollo a nivel de detalle de Ingeniería los perfeccionamientos que sean necesarios a juicio del SERVIU Metropolitano, sin que esto signifique un costo adicional.

ü  Asesorar a SERVIU Metropolitano en la interpretación de las diversas cláusulas de los contratos celebrados con la empresa contratista y en apego a las Bases Generales Reglamentarias aprobado por D. S. Nº 236/02 (V. y U.) Bases Generales Reglamentarias de contratación de Obras, e informar sobre cualquier anomalía que se produzca y que altere la buena ejecución de las obras.

ü  La Asesoría deberá realizar un análisis crítico de las partidas en ejecución, proponiendo correcciones al proyecto cuando corresponda y evaluando las causas de eventuales problemas en plazo, calidad y/o rendimiento en las obras.

ü  La Asesoría deberá prestar a SERVIU Metropolitano servicios del más alto nivel de calidad y simultáneamente velar por el control preciso de los costos de la obra construida.

ü  Estudiar en profundidad todo lo referente a seguridad establecido en la Resolución N° 1860 de fecha 14.11.85 (Ministerio del Trabajo y Previsión Social), Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decretos N° 40/69 (Ministerio de Trabajo y Previsión Social) Sobre Prevención de Riesgos Profesionales y N° 54/69 (Min. Trabajo y Prev. Soc.) que aprueba el reglamento sobre Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

ü  Verificar el cumplimiento por parte de la empresa contratista de dichas disposiciones, respecto de su personal.

ü  Además, estudiar las disposiciones contractuales y todo lo referente a protección del medio ambiente.

ü  La Asesoría deberá prestar movilización permanente a la I.T.O. cuando sea requerida.

2.3.    Labores a Realizar por la Asesoría en Relación con la Construcción de las Obras

Asesorar a las I.T.Os. en el control del cumplimiento del Programa de Construcción, del calendario de ejecución de obras, así como evaluar permanentemente la calidad del trabajo en ejecución y verificar su conformidad con los términos del contrato, asesorando al SERVIU Metropolitano en el control de su cumplimiento durante la ejecución de las diferentes obras.

Además, deberá proporcionar a las I.T.Os. toda la información que requieran a través de todo el personal de la Asesoría destacado en las obras y/o en la oficina central.

Al inicio de su labor, la Asesoría deberá desarrollar un estudio de plazos, informando a la I.T.O. de aquellos hitos relevantes del contrato, tales como plazo máximo de protocolización de Resolución del contrato, fecha de inicio, fechas de entregas parciales si las hubiere, fecha de término, entregas de informes, fecha de evaluaciones parciales del contratista, plazo máximo de tramitación de modificaciones del contrato, etc. y todo aquel otro hecho relevante que sea necesario destacar y controlar.

Además, deberá asistir a la I.T.O. en la supervisión de las obras a ejecutarse en cada uno de los lugares de trabajo que corresponda; también la Asesoría deberá contemplar en su plan de actividades la programación de obras y turnos del Contratista, de modo que exista una permanente y adecuada presencia de la Asesoría, para la satisfactoria inspección de las obras, tanto diurna como nocturna, sábados, domingos y festivos, cuando la obra así lo exija y según requerimientos de la I.T.O.

Entre las responsabilidades de control de la Asesoría, se incluye controlar la perfecta y permanente información de todas las actividades de la faena, así como la calidad de las obras ejecutadas.

La Asesoría deberá informar por escrito cuando la ITO lo estime conveniente, sobre la validez del trabajo ejecutado por el encargado de autocontrol durante dicho periodo del contrato, realizando un análisis de los certificados de autocontrol emitidos hasta la fecha.

Además, deberá revisar e informar a la ITO, sobre la efectiva ejecución de las obras que se cobran y sus montos, para lo cual deberá llevar un control riguroso del Avance Real de la obra, detectando las diferencias con respecto a lo programado en cada ítem que compone la obra, también deberá realizar las proyecciones de la Caja Mensual. Por lo anterior se le exigirá un sistema de registro de cubicaciones por partida, que sea absolutamente confiable y oportuno, actualizado, con una frecuencia de anotación de los datos diarios o semanales, según el tipo de ítem que se esté controlando.

En las recepciones de obras participará asesorando a la I.T.O. y a la Comisión que recibirá las obras, en sus avances parciales y acumulados y en la calidad de las mismas, informando a la I.T.O. las observaciones y las respectivas recomendaciones que estime pertinente.

Asesorar íntegramente a la I.T.O. en la implementación y evaluación de los cambios y modificaciones que puedan sufrir los proyectos debido a las condiciones reales del terreno, consideradas o no en el proyecto original, y en la definición y/o ubicación de todas aquellas obras que por su naturaleza deben terminar de definirse en terreno durante su ejecución. Para el logro satisfactorio de tales modificaciones deberá coordinarse con los profesionales especialistas, proyectistas y demás entes involucrados, correspondiendo a la I.T.O., de ser necesario, oficializar estas modificaciones (en planos o documentos oficiales, dentro los periodos y plazos según normativas reglamentarias).

De igual forma deberá generar una base de datos, tanto con los documentos ya señalados, como los generados por la I.T.O.

También deberá llevar un respaldo digital de toda la información concerniente al Contrato.

Finalmente deberá colaborar en la revisión de las multas, analizando los certificados de laboratorio de acuerdo al plan de ensayes de los contratos respectivos.

2.4.     Control de Cumplimiento de Normas de Seguridad

A fin de cautelar la seguridad de los usuarios en relación a los Art. 99 y 102 de la Ley de Tránsito N° 18290/84 del Ministerio de Justicia y el cumplimiento de la Res. E-1826/83 de Vialidad del MOP, el cual Determina Normas Técnicas para la Señalización, Control y Regulación del Tránsito en Vías donde se Realicen Trabajos, el Decreto N° 90/2002 (publicado en D.O. el 20/01/2003) del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que aprueba el nuevo texto y anexos del capítulo quinto del “Manual de señalización de tránsito”, la Asesoría a la ITO deberá supervisar permanentemente el estado y suficiencia de la señalización de obras, comunicando oportunamente a la ITO sobre el cumplimiento correspondiente.

Verificar el cumplimiento por parte de la Empresa Contratista y sus Subcontratos declarados, respecto de su personal de las disposiciones establecidas en la Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y Decretos N° 40/69 (Sobre Prevención de Riesgos Profesionales) y N° 54/69 (Constitución y Funcionamiento de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad), todas del Min. del Trabajo y Previsión Social, comunicándolo oportunamente a la ITO correspondiente.

2.5.     Control de Disposiciones Ambientales

La Asesoría deberá controlar el cumplimiento de las especificaciones ambientales, en que se indican consideraciones especiales que deberá cumplir la empresa contratista, en lo que se refiere a manejo y transporte de materiales contaminantes y peligrosos, empréstitos o botaderos, protección de recursos naturales (vegetación y fauna), restos históricos o arqueológicos, planes y programas de participación ciudadana, plantas de producción de materiales, taludes de corte y terraplenes, suspensión temporal de los trabajos por periodos prolongados, transporte durante la faena de construcción, desvíos, cuidados de recursos de agua, terminaciones, aseo y presentación final de la obra, sanciones, etc.

La Asesoría deberá supervisar el cumplimiento de lo indicado en las Bases del contrato de construcción en lo que se refiere a impacto ambiental e informar cada vez que sea necesario al respecto.

2.6.    Plan de Aseguramiento de la Calidad (PAC)

La Asesoría deberá revisar en profundidad el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por la empresa contratista, informando a la ITO las recomendaciones y correcciones que deban implementarse para una óptima aplicación. Posteriormente deberá controlar su estricto cumplimiento por parte del contratista, y controlar aquellos aspectos que no sean cumplidos a cabalidad, así como controlar las correcciones al proceso constructivo que ello implique.

 2.7.    Mantenimiento de Archivos Actualizados

La Asesoría deberá mantener archivos actualizados en obra de todos los documentos relacionados con su labor ya sean originales o duplicado, y que permitan responder en forma rápida e inmediata consultas en el momento que éstas se requieran.

Toda la información que tenga relación con la calidad de la obra, así como también la correspondencia al respecto (por vía de ejemplo, y sin ser excluyente: certificados de ensayes de granulometría, Proctor, CBR, densidades, resistencias, etc.), tanto del Autocontrol, como los propios de la Asesoría deberán mantenerse en obra, en archivos ordenados,  los que una vez finalizada la labor de la Asesoría deberán quedar en poder del SERVIU Metropolitano cuando se haya completado toda la información disponible hasta la fecha de liquidación del contrato de Asesoría. Esta información deberá entregarse en uno o los volúmenes necesarios empastados junto con el Informe Final. Asimismo, deberá entregar entonces un completo informe de todos los controles que aún quedan pendientes.

2.8.     Entrega de Informes

2.8.1.  Informe Mensual

Se deberá entregar un Informe mensual, que cubra periodos de 30 días, que contenga el resumen del período, indicando toda la información relevante de la obra. En este informe se justificará el programa de cajas entregado durante el inicio del período.

Además, se debe incluir en informe el porcentaje de avance de las obras y grado de cumplimiento del programa, los problemas que se han presentado y las soluciones planteadas, indicando todas aquellas modificaciones del proyecto que pudiesen significar una modificación de contrato, relación de estados de pago de la o las empresas contratistas y Asesoría.

En el primer informe, además se deberá entregar:

ü  Minuta Descriptiva del Proyecto, en lo concerniente tanto a las obras como a la Asesoría.

ü  Informar detalladamente sobre el seguimiento de la Ley 20.123 de Subcontratación y DS 594, condiciones de higiene mínimas que se deben tener presente en las instalaciones de faena adjuntando fotografía que demuestre el cabal cumplimiento de éste.

ü  Como Anexo al informe deberá incluir un juego fotográfico con al menos 40 fotos de 10 x 15 cm, dimensiones mínimas, en donde se muestre el estado de avance de la obra, con su correspondiente respaldo digital.

Los informes deberán ser entregados impresos y en formato digital a la I.T.O., sin perjuicio de lo solicitado particularmente por esta, junto con el estado de pago del período informado, y su estructuración, será concordada con la I.T.O.

2.8.2.  Informe Final

La Asesoría deberá confeccionar y entregar un informe final que resuma todos los antecedentes del contrato, así como las labores efectuadas por la Asesoría, sin perjuicio de continuar las labores del contrato hasta la fecha de término de éste, entregando un informe adicional en caso de ser necesario, situación que será evaluada por el Director de cada una de las obras.

Deberá detallar, al menos:

ü  Minuta ejecutiva resumen de las obras y de los hechos más relevantes ocurridos en su ejecución (máx. 2 páginas).

ü  Modificaciones de Contrato (disminuciones, aumentos y obras extraordinarias).

ü  Cubicaciones Finales.

ü  Balance Final del Contrato.

ü  Curvas de Avance Físico y Financiero desarrolladas durante la ejecución de las obras.

ü  Dificultades de la Ejecución de Obras.

ü  Informe de Observaciones Técnicas de la Obra.

ü  Revisión y chequeo de todos los Certificados de Control de Calidad de acuerdo al Itemizado y Especificaciones Técnicas.

ü  Análisis, Reporte y Resumen de multas aplicadas al Contrato.

ü  Evaluación de la aplicación del plan de Aseguramiento de la Calidad.

ü  Evaluación de la aplicación del plan de Seguridad.

ü  Toda otra información requerida por la ITO.

Además, si de los informes solicitados se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dar término anticipado al contrato, haciendo efectiva a su favor la garantía y retenciones.

2.9.     Servicio de Información a la Comunidad

La Asesoría será responsable de implementar un servicio de información a la comunidad, de modo de dar solución a los conflictos, consultas y sugerencias que puedan establecer los futuros usuarios de las obras.

Deberá mantener un registro de los reclamos recibidos, su seguimiento y respuesta.

Dicho servicio deberá entregarse durante todo el plazo de vigencia del contrato y extenderse durante 60 días adicionales a la entrega del Informe Final (establecido en el Punto 2.8.2).

De ser necesario y en caso de ser requerido por la ITO, deberá coordinar, las reuniones con las juntas de vecinos (dejando acta que incluya registro fotográfico y nómina de asistentes con su respectiva firma), con convocatoria ampliada a la comunidad, disponer de un número telefónico para respuesta a estas consultas y la elaboración de encuestas de medición de satisfacción y evaluación de la aceptación y conformidad de la ejecución de las obras.

2.10.   Otras Labores a Realizar por la Asesoría Técnica

El personal de la Asesoría, deberá conocer e interpretar especialmente lo dispuesto en las Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización D. S. N° 236 de 2002 (V. y U.), Bases y todos los antecedentes que digan relación con el Contrato de Obra y Asesoría.

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de disponer la remoción de los profesionales señalados si, de los informes que solicite la I.T.O., se infiere el desconocimiento de los antecedentes ya señalados.

3.         Documentación Obligatoria

La Asesoría deberá mantener comunicaciones con la I.T.O. relativas al contrato de asesoría, obras ejecutadas en cada especialidad, durante todas las jornadas de las faenas, incluyendo aquellas jornadas especiales, y los aspectos relevantes que presentaron en ella, dejando constancia de las reuniones efectuadas, los acuerdos, etc. Esta comunicación deberá ser por escrito correo electrónico.

4.         Requerimientos Específicos

La Asesoría deberá considerar tres (3) vehículos de movilización para el normal y adecuado desempeño de la Asesoría, debiendo indicarla en la Metodología de Trabajo, cuantos vehículos dispondrá la asesoría, donde la Inspección Técnica de Obras determinará en el caso de ser necesario un móvil para la movilización de esta y la Asesoría. Estos deberán ser camionetas doble cabina o SUV, año de fabricación 2020 en adelante, tracción simple y no menos de cuatro puertas, con aire acondicionado. Cada uno con chofer y estacionamiento cercano al Serviu Metropolitano, que dispondrá la Asesoría. En el interior de la camioneta se deberá contar con 2 conos de tránsito para poder realizar las inspecciones con seguridad.

Será una exigencia que la camioneta esté permanentemente limpia y en buenas condiciones en general.

El(los) chofer(es) deberá(n) contar con teléfono celular exclusivo para el desempeño de las labores. La movilización deberá incluir todos sus gastos de operación y mantención, durante todo el período de vigencia.

La vigencia de la movilización será por 540 días corridos por lo cual deberá estar disponible el móvil en horario inhábil, sábado o Domingo, si por razones de la obra se requiere, en el caso que el chofer designado no pudiese, se deberá buscar un sustituto que permita entregar el servicio. Lo anterior no le dará derecho a la empresa de formular cobro por horas o labores extraordinarias.

En el caso que el servicio de movilización se vea afectado por restricción vehicular u otro motivo de fuerza mayor, se deberá considerar un reemplazo que permita mantener el servicio continuo.

La entrada en vigencia del servicio de movilización será solicitada por la subdirección de pavimentación con una semana de anticipación al inicio del servicio y podrá ser desfasada hasta en 30 días corridos desde el inicio de la asesoría.

La Asesoría deberá contar con los especialistas y equipos de trabajo que se requieran y que como mínimo serán los que se indican en el siguiente cuadro:

Cantidad

Perfil

Características de Ponderación Mínima

1

(Cargo 1) Ingeniero Civil o Constructor Civil o Ingeniero Constructor.

Con mínimo tres (3) años de experiencia, desde la fecha de titulación, en Administración, Inspección y/o Ejecución de Obras Viales y/o Urbanización, Sanitarias y Aguas Lluvias. Con a lo menos 2 años de experiencia en Corredores de Transporte Publico. Tiempo Completo.

1

(Cargo 2 Constructor Civil, Ingeniero Constructor, 

Con mínimo tres (3) años de experiencia, desde la fecha de titulación, los cuales deberá contar con participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización, Sanitarias y Aguas Lluvias. Con curso PAC. Tiempo Completo.

1

(Cargo 3) Constructor Civil, Ingeniero Constructor, 

Con un (1) año de experiencia, desde la fecha de titulación los cuales deberá contar con participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización. Con conocimientos avanzados de Microsoft Project.

1

(Cargo 4) Ingeniero Geomensor o Ingeniero en Ejecución en Geomensura.

Con mínimo tres (3) años de experiencia, desde fecha de titulación, los cuales deberá contar con participación, en ejecución y/o inspección de Obras Viales y/o Urbanización, Sanitarias y Aguas Lluvias. Tiempo completo.

Quien deberá, además de sus labores de terreno, preparar informes por escrito del análisis topográfico de la obra.

Para el desempeño de sus labores, deberá contar con los siguientes implementos mínimos de trabajo:

Un Alarife por Geomensor o Topógrafo, tiempo completo.

Nivel, con certificación de precisión proporcionada por un servicio técnico calificado y cuya precisión deberá certificarse, como mínimo, cada dos meses durante transcurso de la obra.

Estación total, que deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos para el Nivel.

           Termómetro Digital.

Radio Transmisor, min. 5 km alcance Y 8 hr. Duración de batería recargable.

Miras y Jalones.

Huincha de medir y Odómetro.

Elementos para trabajo de gabinete, impresora, scanner, calculadora, croquis, implementos para dibujo, etc.

Todos los equipos deberán ser de última tecnología estar a completa disposición en las dependencias de la obra para su utilización inmediata, durante todo el periodo de la Asesoría.

Además, deberá contar con un vehículo exclusivo para su traslado y el de los equipos por toda la extensión de las obras.

Al equipo profesional y Técnico de la Asesoría se le exigirá dedicación exclusiva y permanente en oficina y la obra definida por el encargado del contrato, en horario similar al de la Empresa Constructora que ejecute las obras, incluyendo horarios inhábil,  sábados y/o domingos si las necesidades de estas obras a juicio de la I.T.O. así lo requieran, lo que no dará derecho a la Asesoría a formular cobro por horas o labores extraordinarias a este SERVIU Metropolitano, lo anterior no excluye de ningún modo a la Asesoría de sus obligaciones laborales de acuerdo a las Leyes vigentes.

Cada profesional deberá contar con un computador portátil con sistema operativo Windows 11, que cuente con al menos los programas Word, Excel y AutoCAD 2023 o superior adicionalmente para el cargo 2 deberá contar con Microsoft Project.

Para asegurar la adecuada y expedita comunicación con los inspectores del Serviu deberán contar con un celular Smartphone con plan ilimitado de minutos y con un mínimo de 20 GB de datos.   

Para el desarrollo de las labores contratadas, el personal profesional perteneciente a la Asesoría deberá contar desde el inicio del contrato, con todo el equipo de seguridad vial para la inspección técnica de obras, el cual incluirá al menos los siguientes implementos:

ü  Cuatro (4) chalecos reflectantes tipo geólogo con malla color azul.

ü  Cuatro (4) Cascos de seguridad, color blanco, tipo North con arnés o similar.

ü  Cuatro (4) pares de zapatos o bototos de Seguridad térmico, cuero Nobuck waterproof, forro completo en split gamuzado, fuelle forrado y acolchado, tobillera acolchada, aislante térmico tecnología Thinsulate, refuerzo de TPU en talón, sobrepuntera de caucho, pasacordones y ganchos plásticos, aislante eléctrico, plantilla interior intercambiable, entreplanta de EVA ultra confortable, planta de caucho resistente a hidrocarburos, punta de acero templado, certificación Norma Chilena Oficial.

ü  Pizarra Digital interactiva que cumpla con la siguiente especificación: Pantalla, tamaño 55”, tipo de panel, New Edge, 60 Hz; Resolución, 3.840 x 2.160; Tamaño pixel (Hx V) 0.372 x 0.372 (mm); Brillo 350 cd/m² (220 cd/m² con cristal); Relación de Contraste 4,000 : 1 ; Ángulo de visualización (H/V), 178/178; Tiempo de respuesta, 8 ms; Rango de Color, 72 %; Frecuencia de escaneo horizontal, Frecuencia de escaneo horizontal 30 ~ 81 kHz; Frecuencia de pixel máxima, 594 MHz; Frecuencia de escaneo vertical, 48 ~ 75 Hz. Conectividad 2 Entradas HDMI, 1 USB; Salida de video, Minijack estéreo; entrada RS232, Entrada RJ45, wifi y bluetooth. Tecnología TouchInGlass™

ü  Una (1) impresora láser a color, con una velocidad de impresión de hasta 25 ppm, una resolución de hasta 600 X2400 dpi, con una memoria de 256 MB y conectividad inalámbrica, que incluya 4 juegos de tonner de cada uno de los colores.

ü  Tres (3) dispositivo portátil con Procesador Intel Core i51135 G7 de 11 ª generación, con pantalla de 13” PixelSense Flow con resolución 2880 x 1920(267 ppi), frecuencia de actualización de hasta 120 hz, con función multitáctil de 10 puntos, memoria de 16 GB ram (LPDDR4 x); debe contar con sensores (acelerómetro, giroscopio Magnetómetro y sensor de colores ambiente), con almacenamiento de 256 GB; tarjeta gráfica Intel Iris X. Además, deberá contar con 2 puertos USB-C con usb4. 0/ Thunderbolt 4 y peso inferior a 891 g.

ü  Un (1) Plotter Multifuncional que cuente como mínimo un tamaño de impresión: 36 inch (910 mm), tamaño de scanner: (36 inch (910 mm), resolución de escaneo 600 ppp, resolución: hasta 2400 x 1200, cantidad de cartuchos: 4 cartuchos de hasta 300 ML + 1 cabezal, memoria RAM de 1GB, conexión: gigabit ethernet (1000Base-T Wi–Fi, conectividad estándar USB. Además, de deberá incluir todos los consumibles para el desarrollo de las actividades, tales como: papel bond para ploteo, tintas para plotter color negro, tintas de cada color para ploteo, juego de cabezales y considerar las mantenciones y repuestos necesarios para su correcto funcionamiento.

ü  Cámara web para video conferencias con tecnología capaz de ajustar automáticamente la posición y el zoom de la cámara para localizar y encuadrar a la gente en la sala, con un campo visual: Diagonal: 120°, Horizontal: 113°, Vertical:  80,7° y una cobertura total de sala (campo visual + panorámica e inclinación): 163° de anchura x 110° de altura 3 preajustes de posición de cámara, con un desempeño de video de a lo menos HD 720p (hasta 1280x720 pixeles a 30 fps), micrófono integrado con 3 elementos de formación de haces y una respuesta de frecuencia de micrófono: 90Hz – 16 kHz, bocina con volumen ajustable a 95 dB SPL a 0,5 metros de pico y una sensibilidad de bocina de 86,5+/- 3dB SPL a 0,5 metros y una distorsión: 200 Hz – 300Hz menor a 3%, 3000 Hz – 10KHz menor a 1%.

ü  Escáner HP HD Pro de 42 pulgadas (1067 mm) (G6H51B) o similar.

El SERVIU Metropolitano no se hará responsable por el deterioro, mala manipulación, robo o hurto de los equipos indicados en los puntos anteriores, siendo responsabilidad de la Asesoría su seguro y garantía por todo el período de vigencia del contrato. Su plazo de reposición, en caso de cualquiera de los eventos mencionados, será el plazo que establezca la I.T.O.

No deberá considerar en su oferta el costo de instalaciones de oficina, por lo que ocupará las oficinas dispuestas para ello por él de las obras dentro de su Instalación de Faena (de acuerdo al punto 3.4 de las Bases Técnicas vigentes para los Contratos de Obras y al título IV Art. 57 del D.S. N° 236/2002 (V. y U.)).


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.