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Resolución de Empates |
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Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Servicio de Salud Arauco adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “PLAZO DE ENTREGA”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “GARANTIA POST VENTA”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación CALIDAD TECNICA. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación PROGRAMA INTEGRIDAD
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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El Hospital Contulmo adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases y, podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en estas.
Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital Contulmo; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Contulmo.
Esta licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en el punto 15 de las presentes Bases.
Para este efecto el Hospital Contulmo emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que el Hospital Contulmo publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el hospital Contulmo informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El Proveedor adjudicado o contratista no deberá tener demandas por incumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad, por parte de sus trabajadores.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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De conformidad a lo establecido en el Decreto 661 artículo 56 de la Ley N° 19.886 que aprueba bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, donde la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando estas rectificaciones no les confieran a éstos, una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, que pudiera importar una violación al principio de igualdad, ni alterar las bases de esta licitación, o la esencia de la oferta. Asimismo, podrá solicitar que los oferentes presenten certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar su propuesta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar su oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El plazo para dar cumplimiento a lo requerido no podrá ser superior a las 48 horas, las cuales se contarán desde que se envíe al oferente una comunicación en tal sentido mediante el portal www.mercadopublico.cl. De dicha solicitud se deberá informar a los demás oferentes, a través del sistema de información.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a consultar con la entidad pública convocante, de todo error, duda, ambigüedad u omisión, que identifique en las bases, y a no sacar ventaja de la misma en la formulación de su oferta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- El oferente y/o contratista acepta la prohibición de subcontratar el viene o servicio adjudicado y/o contratado, salvo autorización expresa del Hospital de Contulmo.
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DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS FUNCIOANARIOS PUBLICOS |
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Deberes y Prohibiciones de los funcionarios Públicos, Encargados de la Administración de la Licitación.
a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del hospital cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
f. Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley disponga.
g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
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TRABAJADORES QUE EJECUTEN LOS SERVICIOS |
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Trabajadores que ejecuten los servicios.
Los trabajadores que elaboren los servicios de producción de los bienes licitados serán dependientes exclusivos de él o los adjudicatarios, correspondiendo a éstos cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, el Hospital de Contulmo no tiene ningún vínculo laboral, ni de ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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PROCEDIMIENTO PAGO DE MULTAS |
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Procedimiento para el pago de multas
a. Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una resolución dictada por el director del hospital de Contulmo, la que será notificada al afectado mediante su publicación en el portal Mercado Publico. Respecto de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que establece Bases de procedimientos administrativos, en las formas y plazos legales. La Resolución que resuelva los recursos interpuestos, deberá notificarse al interesado, así como al Departamento de Finanzas para su distribución.
b. Luego de notificada la multa, el proveedor deberá pagar la multa directamente en la cuenta del Hospital de Contulmo, el ingreso del monto deberá efectuarse dentro de treinta (30) días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que aplica la multa correspondiente, notificación que se efectuará mediante Resolución Fundada. Los medios de pago dispuestos para el pago son los siguientes:
Dinero en efectivo o con cheque nominativo o cruzado, a nombre del Hospital de Contulmo acompañado de la Resolución que aplica la multa.
Depósito o transferencia electrónica a la cuenta del Hospital de Contulmo (la cuenta será informada en la resolución que aplica la multa), para lo cual el proveedor deberá enviar una copia del comprobante al correo electrónico damian.ibanez@hospitalcontulmo.cl y carla.leal@hospitalcontulmo.cl , acompañado de una copia de la resolución que aplica la multa.
c. Una vez recibido el pago de la multa, la unidad de finanzas informará a la unidad de abastecimiento para su respectivo registro en la carpeta del proceso de licitación.
d. En caso que la multa figure pendiente de pago en los plazos establecidos, no se dará curso al pago de ninguna factura.
e. Si el proveedor no paga la multa en el plazo indicado, el Departamento de finanzas estará facultado, para proceder a descontar el monto de la multa de las facturas más próximas a vencer asociadas al contrato respectivo. Esta acción estará condicionada a que el hospital no se encuentra en la situación prevista en el artículo 13 ter, inciso 5, de la Ley N° 19.886 relativo a la existencia de deudas pendientes con el proveedor. Si, dentro de los 5 días hábiles siguientes, no se cuenta con facturas disponibles para compensar, deberá notificar a la Unidad de Abastecimiento.
f. Notificada la Unidad de Abastecimiento, del no pago de la multa y no tener facturas disponibles, solicitará a tesorería hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, luego de lo cual los fondos serán transferidos al Hospital (si corresponde) y si existe diferencia a favor del proveedor esta le será devuelta, si procede. (esto solo en caso de existir dicha garantía)
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