Licitación ID: 4850-1-LE25
Servicio de Producción Seminario
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Organizaciones de eventos culturales 1 Unidad
Cod: 93141701
PRODUCCIÓN DE SEMINARIO Y EXPOSICIÓN MUSEOGRÁFICA: MISTRAL A 80 AÑOS DEL NOBEL. MIRADA ACTUAL DE SU LEGADO, EN EL MUSEO GABRIELA MISTRAL DE VICUÑA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Producción Seminario
Estado:
Adjudicada
Descripción:
PRODUCCIÓN DE SEMINARIO Y EXPOSICIÓN MUSEOGRÁFICA: MISTRAL A 80 AÑOS DEL NOBEL. MIRADA ACTUAL DE SU LEGADO, EN EL MUSEO GABRIELA MISTRAL DE VICUÑA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUSEO GABRIELA MISTRAL DE VICUÑA
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
Gabriela Mistral N° 759
Comuna:
Vicuña
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-03-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 12-03-2025 12:36:11
Fecha inicio de preguntas: 12-03-2025 14:00:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-03-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-03-2025 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-03-2025 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 08-04-2025 10:56:44
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Ver bases adjuntas
Documentos Técnicos
1.- Ver bases adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- Ver bases adjuntas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presencia Regional del Oferente Las ofertas presentadas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente pauta de evaluación en lo que se refiere a la presencia del oferente en la región. 5%
2 Experiencia de los Oferentes El oferente deberá demostrar su experiencia en servicios de similares características a los solicitados en la presente licitación. Para esta evaluación el oferente deberá completar en ANEXO 6 listado de las instituciones y/o empresas a las cuales ha prestado servicios, e incluir las fechas en que se prestaron con el nombre, cargo y número de contacto. Esta información deberá ser respaldada a través de documentos que acrediten dicha experiencia, tales como: contratos, órdenes de compra o cualquier otro documento que acredite la realización del trabajo. Solo se solicitarán documentos que acrediten experiencia en los casos que hayan sido mencionadas en el anexo que corresponda. 20%
3 Precio Se evaluará con la máxima ponderación a quien tenga el menor precio del servicio requerido. El proponente deberá entregar información clara y explícita respecto del valor del servicio solicitado. Para la Oferta económica, se requiere completar (ANEXO 5) La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: POE: (30%) x (OEB/OEE) Donde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación 30%
4 Cumplimiento de los requisitos ver bases 4%
5 Objetivos y metodología de la propuesta El oferente deberá presentar objetivos para la propuesta acordes a las actividades a realizar, que sean medibles y acorde a los productos solicitados. Además, se debe detallar una metodología de trabajo que permita cumplir con los objetivos propuestos. 25%
6 Carta Gantt Se debe adjuntar Carta Gantt completa y específica, considerando cada una de las partidas y sus tiempos de ejecución, todos estos ítems deben ser en concordancia con las bases técnicas. 10%
7 Pacto de Integridad El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen Nº E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Este pacto contiene compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa. Los oferentes deberán declarar si cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y por ende conocidos por el personal, esto es: Estar disponible en el sitio web de la compañí 2%
8 Sustentabilidad Se debe considerar el uso y compra de productos fungibles locales, con proveedores regionales, que considere un bajo impacto ambiental por traslados, salvo en el caso de que los productos no se encuentren en la región o que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas. 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 10000000
Justificación del monto estimado La oferta económica propuesta por quien oferte no puede exceder el presupuesto máximo disponible de 10.000.000.- diez millones de pesos IVA incluido. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marcela Contreras Rojas
e-mail de responsable de pago: marcela.contreras@museoschile.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Enrique Gutiérrez Fonfach
e-mail de responsable de contrato: enrique.gutierrez@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2562553-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en objetivos y metodología. Si no se desempata con lo anterior, 2. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en experiencia del ofertante y equipo. Si no se desempata con lo anterior, 3. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en presentación Carta Gantt
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación, museo.vicuna@museoschile.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes Laborales emitido por la Inspección del Trabajo, con vigencia a la fecha del contrato
De acuerdo con el artículo 4° de la ley N°19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código 8 Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, la parte Adjudicataria será considerada inhábil para contratar, pudiendo el Serpat hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a readjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Conforme al artículo 56° del Reglamento de la ley N° 19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes Asimismo, de acuerdo al artículo 56 inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.
Pacto de integridad
El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen Nº E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Este pacto contiene compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa. Los oferentes deberán declarar si cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y por ende conocidos por el personal, esto es: Estar disponible en el sitio web de la compañía, de acceso público, comprobable. (Indicar URL para verificación). Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los trabajadores e involucrados. Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores e involucrados. Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrados. Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión.
Plazo de vigencia del Contrato
El contrato tendrá vigencia de 10 meses a contar de la fecha de emisión de la orden de compra. Durante el proceso de revisión de las entregas periódicas establecidas en el contrato, el plazo se suspenderá mientras dure la revisión de los productos.
Posibilidad de aumento o disminución de los servicios
En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el Serpat podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación con el aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más el aumento de este, no podrá superar el monto del rango de la licitación
Forma de pago
El Serpat procederá a efectuar el pago en 3 estados de pagos, que se realizará de la siguiente manera: Según estado de avance, de acuerdo a la entrega de informes de avance, que den cuenta de las siguientes etapas: Entrega 1: 15 de abril Contratación y coordinación de charlas magistrales y curador, compra de pasajes de traslado para conferencistas y curador, creación de bases para exponente, lanzamiento de bases, selección de expositores. Entrega 2: 30 de junio Coordinación y ejecución de seminario, selección de obras para exposición, desarrollo de texto curatorial y registro fotográfico de obras seleccionadas para exposición. Entrega 3: 30 de agosto. Creación de bases para concurso de obra, realización de concurso y selección de obras ganadoras, compra de 3 plintos, diseño e impresión de cédulas y texto curatorial, compra de materiales de montaje, compra de pasaje de curador, reserva de servicio de alojamiento y alimentación de curador, reserva de servicio de traslado de obras de obras seleccionadas y contratación de servicio de coctel para inauguración. Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibido conforme los bienes o productos, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo y/o de la persona responsable de coordinar el proyecto. En cada estado de pago deberá acompañarse un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo (si correspondiere). El documento tributario deberá ser extendido a nombre de: Razón Social : Servicio Nacional del Patrimonio Cultural RUT : 60.905.000-4 Giro : Cultura Domicilio : Gabriela Mistral #759, Vicuña
Multas
El Serpat aplicará una multa equivalente a 3 UF por cada día corrido de atraso en la ejecución de las actividades de acuerdo al cronograma propuesto, y 1 UF por entrega de productos de baja calidad, con un tope de 10 días corridos. El valor de la multa se calculará de acuerdo al valor la UF de la fecha en que se emita el acto administrativo que la curse. La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente. Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 130 del D.S. N°661 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso. Con todo podrá cuando, por caso fortuito o fuerza mayor, este impedido el proveedor de cumplir con sus obligaciones, y siempre que no se 16 haya previsto en las bases o contrato, ajustar plazos, modificar los bienes o servicios, siempre que se justifique el interés público.
Confidencialidad
El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables
Término anticipado del Contrato
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 130 del Reglamento de la Ley N°19.886. En lo que concierne a la al artículo 135, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: ● Cuando el proveedor tenga un atraso de más de 10 días corridos en la ejecución de las actividades de acuerdo al cronograma propuesto. ● Cuando el proveedor realice las actividades con materiales o productos de baja calidad. Asimismo, el Serpat podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes b) Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural o extinción de la persona jurídica de la sociedad contratista. c) Imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato en conformidad con el artículo 13 de la ley. En el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se aplique las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras. d) Proveedor/a que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. e) Proveedor/a que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. f) Proveedor/a que incumple las obligaciones laborales y previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras. g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. La parte Proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por el Proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 135l D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley N°19.886.
Modificación de contrato por mutuo acuerdo de las partes
Conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
Propiedad intelectual
El material al que se tenga acceso en virtud de la presente licitación es de exclusiva propiedad del Serpat y su reproducción para cualquier fin está estrictamente prohibida, así como también cualquier uso que se desee dar, distinto a los servicios materia de esta licitación. Tanto el trabajo elaborado como el producto final del mismo serán de propiedad del Serpat, la cual tendrá los exclusivos derechos de propiedad intelectual sobre éste, reconociendo desde ya el proveedor, que en ella radica todos los derechos patrimoniales exclusivos que señala la Ley Nº17.336, sobre Propiedad Intelectual.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.