ARTÍCULO N°35 RESOLUCIÓN DE EMPATE: En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Oferta económica”.
2º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Evaluación técnica”.
3º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Experiencia del oferente”.
4º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Cumplimiento de requisitos administrativos”.
5º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Programa de integridad”.
En el eventual caso que persista el empate resultará adjudicada la oferta que haya sido ingresada primero al portal www.mercadopublico.cl..