|
Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, este se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. Si aún persistiere el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual anterior”. De continuar el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programa de Integridad y Ética Empresarial”. Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. NOTA: De existir un empate en los criterios anteriormente establecidos, se adjudicará la propuesta que
haya ingresado primero su oferta en el portal de mercado público.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En virtud de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886, una vez adjudicada la licitación se verificarán los antecedentes laborales del adjudicatario mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del trabajo. De contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, con trabajadores contratados en los últimos dos años o con trabajadores subcontratados, los primeros estados de pago serán destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista, o subcontratista en caso que lo hubiere, acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El contratista deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones, por parte del contratista o subcontratista, dará derecho a poner término anticipado el respectivo contrato,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que este último no podrá participar.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Se permitirá la presentación de documentación administrativa para que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de Información.
Además, la Entidad Licitante podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su oferta. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas corridas, contados desde la notificación del requerimiento de la Dirección, para responder a lo solicitado
o para acompañar los antecedentes requeridos, vía Sistema.
No se solicitará en ningún caso, documentación técnica o económica, ya que en este caso se rechazará al momento de efectuar la apertura electrónica.
La Entidad Licitante no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo y/o enviados por un medio distinto a la plataformawww.mercadopublico.cl
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
|
|
|
|