|
1.-
La Oferta Económica deberá presentarse sólo a través del Portal
www.mercadopubico.cl y deberá incluir los siguientes anexos:
Anexo N°9, “Presupuesto Detallado”.
La contratación de la obra se hará por el sistema de Suma Alzada, sin reajustes de ningún tipo, se entiende que los valores serán exclusivamente aquellos indicados en el valor final de la Oferta Económica expresado en pesos chilenos
1. Presupuesto detallado por partidas deberá ser completado en
conformidad a lo solicitado en el respectivo formato entregado en estas Bases.
En este se debe consignar unidad, cantidad, precio unitario, subtotal, total costo directo, gastos generales y utilidades, subtotal neto, IVA y precio total de la propuesta con impuesto incluido. Los oferentes deberán indicar en la celda que
corresponde el costo directo, sus gastos generales y porcentaje de utilidad, como cantidades independientes y no como una suma única.
2. Será responsabilidad del oferente presentar el presupuesto totalmente
detallado de acuerdo con las especificaciones técnicas, tanto por partidas como por subpartidas, en estricto acuerdo al itemizado del formato. Para efectos de la
evaluación, se considerará el valor final de la oferta (IVA Incluido) de este Anexo, entendiéndose la contratación de esta obra a suma alzada.
3. La oferta económica, debe estar expresada con todos los impuestos
incluidos, y además debe considerar todos los servicios conexos, gastos de
transportes y fletes, entre otros. Todos los gastos adicionales, como los impuestos, que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como, gastos notariales de celebración del contrato, y/o cualquier otro que
se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las bases, ha contraído la oferente adjudicada, será de su exclusivo cargo y no tendrá derecho a reembolso alguno por ellos. La Universidad no cancelará dichos
conceptos por otra modalidad (por ejemplo, fletes por pagar) ni tampoco el oferente podrá incluirlo de manera distinta a la ya indicada.
4. Si el valor total ofertado del Contratista que resulte adjudicado se
considera inconsistente económicamente, es decir, sea menor al 50% del precio del promedio de las otras propuestas; o de los precios de mercado, cuando sea solo una oferta admisible, se aplicará lo señalado al Artículo 61 del D.S. N°661 de
2024 correspondiente al Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Procedimiento evaluación oferta temeraria:
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen
antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones
excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe,
junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al
proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
En el caso que a la contratación no tenga garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contrato, el proveedor deberá presentar una garantía del 5% del monto estimado o disponible de la contratación o 5% del monto adjudicado o 5% del monto que le sigue. Si hay una sola oferta 5% del valor de mercado.
5. El oferente será exclusivamente responsable de los errores aritméticos, omisiones u otros que contengan su oferta.
6. Para la evaluación económica, se considerará el valor total ingresado en el Anexo N°9 Presupuesto detallado y sin decimales, por lo tanto, si existiera alguna diferencia en los valores ofertados en algún otro documento, o lo ingresado en el comprobante de ingreso de oferta, se privilegiará el Anexo N°9
“Presupuesto Detallado”.
7. Por lo tanto, se declararán inadmisibles las ofertas cuando: Los valores presenten errores o cuando se agreguen ítems adicionales a lo solicitado; o si no presenta Anexo oferta económica; o presente anexo oferta económica sin valores y solo con firma o cuando supere el presupuesto disponible en los casos
que aplique.
Anexo N°10: Análisis de Precios Unitarios (APU).
Los oferentes deberán adjuntar un Análisis de Precios Unitarios de acuerdo con el anexo que se adjunta, considerando todas las partidas y actividades que se requieren en las bases de la licitación y especificaciones técnicas. En dicho
análisis se deberá considerar: 1) Materiales: Desglosar todos Materiales que componen o entran en la partida por unidad de obra de acuerdo a especificaciones técnicas,
a los cuales se le debe agregar un porcentaje de pérdida de aquellos materiales que tienen pérdidas; 2) Mano de Obra: Desglosar la Mano de Obra (albañiles, maestros trabajadores, ayudantes, jornales) que se ocuparán para ejecutar esa unidad de obra, agregar también una fila aparte, el porcentaje de Leyes Sociales como un porcentaje ( ....%). 3) Equipos: Detallar todos los equipos que realmente se van a utilizar (herramientas como kangos), maquinarias (como trompos), equipos (como compresores, niveles, taquímetros, andamios, etc.), solo para poder ejecutar la partida por unidad de obra, si se han incorporado herramientas se debe agregar el respectivo desgaste de herramientas no incluidas en la mano de obra. 4) Imprevistos: Se debe adicionar los Imprevistos como un % de la sumatoria de los ítems (1+2+3), considerando particularidades que llevan a imprevistos excepcionalmente (derivados de la ubicación, la zona en que la temperatura por frío o calor, lluvia se deben paralizar faenas, retrasos o errores comunes de los proveedores, etc.).
Anexo N°11: Desglose Gastos Generales.
En concordancia con el valor establecido en el Anexo N° 9: Presupuesto Detallado, el oferente deberá informar los gastos Generales considerados para la realización de la presente obra.
En el concepto de gastos generales se entenderán incluidos los siguientes
conceptos:
i. Leyes sociales, sueldos, y otros gastos del personal administrativo que se indican en las Bases.
ii. Consumos, tales como: luz, agua, teléfono, fuerza, útiles de escritorio,
etc.- Amortización de herramientas y maquinarias.
iii. Servicios y gastos asociados a la seguridad de la obra.
iv. Viáticos.
v. Fletes de maquinarias y varios: repuestos, reparaciones, ensayos, hurtos o extravíos de materiales, herramientas y otros.
vi. Gastos parte proporcional oficina central.
vii. Gastos de Garantía.
viii. Gastos de Contrato.
ix. Póliza de Seguros.
x. Gastos asociados a verificaciones de funcionamiento y recepción de
especialidades del edificio y su totalidad, se incluyen costos de
tramitaciones, certificados, inspecciones, pruebas, puestas en servicio, mantenciones, planos as built, etc.
xi. Provisión y montaje de todos los equipos y equipamientos
individualizados en el itemizado y parte del funcionamiento del edificio.
Anexo 12: Capacidad económica
Los oferentes deberán acreditar su capacidad económica adjuntando al Anexo
N°12 los certificados solicitados en alguna de las siguientes opciones:
Opción N°1.- Certificados de Inscripción Vigente en los Registros Nacionales de Contratistas MOP - Registro de Contratista de Obras Mayores, Categoría PRIMERA
o SEGUNDA del Registro 6 O.C Obras de Arquitectura - o MINVU - Categoría
PRIMERA o SEGUNDA del Registro A2 - Edificios que no constituyen viviendas.-
. El oferente debe completar el Anexo N°12: Capacidad económica y adjuntar certificado de respaldo.
Opción N°2.- Cálculo de Capacidad Económica, cuya información debe ser concordante con los Estados Financieros y Balance General NIIF, al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
Para este caso, la metodología de cálculo de la capacidad económica del oferente
será la siguiente:
𝑪𝑬 = 𝑷 − 𝑨𝑵𝑰 − 𝑹𝑺𝑹 + 𝑫𝑱
Dónde:
CE = Capacidad Económica.
P = Patrimonio Financiero.
ANI = Activos de No Inversión, activos que no representen inversiones reales (desglosados).
RSR = Reservas Susceptibles de Retiro.
DJ = Declaración Jurada de No Retiros o Dividendos.
El Cálculo de Capacidad Económica deberá expresar el monto final calculado, tanto en pesos como en U.T.M. (Unidad Tributaria Mensual). El valor de la U.T.M.
debe corresponder al mes de diciembre del año de presentación de los Estados Financieros, los cuales deben corresponder a diciembre del año inmediatamente anterior a la presentación de la propuesta. Cabe señalar que, la acreditación de
capacidad económica no contempla montos negativos.
Si los Estados Financieros presentados son consolidados, el Cálculo de Capacidad Económica debe contemplar sólo información financiera atribuible a la
controladora (Estados financieros individuales).
Adicionalmente, los oferentes que acrediten su capacidad económica con la Opción N°2 deberán entregar el respaldo del cálculo de la capacidad económica al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, adjuntando los siguientes
documentos:
ANTECEDENTES FINANCIEROS DEL CONTRATISTA
• Balance General de Ocho Columnas con información concordante con los
Estados Financieros en IFRS.
• Estado de Situación Financiera.
• Estado de Resultados del Periodo.
• Notas Explicativas a los Estados Financieros.
• Estado de Cambios en el Patrimonio
• Estado de Flujo de Efectivo.
• Declaración Jurada de No Retiro (o Distribución de Dividendos).
• Certificado de Deuda Fiscal de la Tesorería General de la República.
ANTECEDENTES TRIBUTARIOS: CERTIFICADO DECLARACIÓN DE RENTA Y BALANCE TRIBUTARIO
• Balance tributario.
• Certificado de Declaración de Renta debidamente firmado y Formulario N° 22.
• Hoja conciliación Utilidad Tributaria y Utilidad Financiera.
Se declararán inadmisibles las ofertas que:
- Presenten Anexo Capacidad Económica sin información y sin firma.
- Presenten Anexo detallando la capacidad económica ofertada, pero no adjunta los respaldos para acreditarla.
- Presenten Anexo Capacidad Económica solo con firma, pero este no detalla documentos adjuntos para acreditarla.
- No presenten Anexo Capacidad Económica, aun cuando presente sus
antecedentes de respaldos.
|
|
|
|