Licitación ID: 548847-1-LE26
Sala Cuna y Jardín Infantil IPS Tarapacá 2026
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Fecha de Cierre: 25-05-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Unidad
Cod: 91111901
Licitación Pública para la contratación del servicio de Sala Cuna y Jardín Infantil para hijos e hijas de funcionarios y funcionarias del Instituto de Previsión Social de la región de Tarapacá  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Sala Cuna y Jardín Infantil IPS Tarapacá 2026
Estado:
Publicada
Descripción:
Licitación Pública para la contratación del servicio de Sala Cuna y Jardín Infantil para hijos e hijas de funcionarios y funcionarias del Instituto de Previsión Social de la región de Tarapacá
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Tarapacá Nº 568 2° Piso
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 14-05-2026 15:22:48
Fecha inicio de preguntas: 15-05-2026 8:00:00
Fecha final de preguntas: 19-05-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-05-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2026 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6.1 Contenido de las ofertas Se aceptará la presentación de una sola oferta por proponente. No obstante, si un mismo oferente presenta más de una propuesta, todas serán evaluadas conforme a los criterios establecidos en estas bases. Únicamente la oferta que obtenga el mayor puntaje entre ellas será considerada para la evaluación junto con las propuestas de los demás oferentes, declarándose inadmisibles las restantes. De acuerdo con el artículo 48 del Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes no podrán presentar ofertas de forma individual y a través de una unión temporal de proveedores. En este caso, ambas ofertas serán declaradas inadmisibles. Asimismo, y conforme al artículo 9° de la Ley N°19.886, se declarará inadmisibles una o más ofertas que se presenten de forma simultánea por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, el IPS considerará, para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente para sus intereses, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás. Los proponentes deberán ofertar por el total de los requerimientos señalados en las presentes bases de licitación. En consecuencia, corresponderá a los y/o las oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su evaluación. Todos los proponentes deberán adjuntar los antecedentes que se singularizan a continuación, en soporte electrónico y a través del portal www.mercadopublico.cl Respecto de la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar y de Ausencia de Conflictos de Interés se encuentran disponibles para llenado en el portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo antes expuesto y respecto de los requisitos para ofertar y contratar con la Administración del Estado y de Ausencia de Conflictos de Interés, detallados en el numeral “De las y los participantes” de estas Bases Administrativas, los oferentes deberán hacer su declaración en el Portal y adjuntar la documentación que acredite si es persona natural o jurídica, en el caso de este último, constitución y personería. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar la Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar y contratar, por cada uno de las y los proveedores que integran la unión temporal, Anexo N°1. Esta deberá suscribirse, por el oferente que ingrese la oferta y que sea el representante de la Unión Temporal de proveedores, de forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, y los restantes proveedores que conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°1 y adjuntarlo al portal mercado público. Las ofertas deberán mantenerse vigentes, al menos, durante 180 días corridos, contados desde la fecha de Apertura Electrónica de los antecedentes del proceso de licitación indicada en el Calendario de Eventos.
Documentos Técnicos
1.- 6.1.1 La Oferta Técnica Es la que detalla las características del servicio ofertado, conforme a lo requerido en las Bases Técnicas. Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio, considerando los alcances de su oferta en la secuencia señalada en la Pauta de Evaluación Técnica e incorporando antecedentes de respaldo. La Oferta Técnica del Oferente, además deberá ser acompañada por los anexos que al efecto se individualizan, a través de los cuales el o la oferente declarará los aspectos técnicos más relevantes de esta licitación, Anexo N° 4. Déjese establecido que la oferta debe ser presentada por quién tiene poder suficiente para ello. En caso de Unión Temporal de Proveedores, la oferta debe ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes, designado para estos efectos, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal. La Unión Temporal será considerada como “Oferente” y sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante el Instituto y de todas las obligaciones que se generen con el IPS.
 
Documentos Económicos
1.- 6.1.2 La Oferta Económica Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio de los servicios ofertados. Debe presentarse electrónicamente, en archivo adjunto en el mismo portal www.mercadopublico.cl los contenidos establecidos en el Anexo N° 3 Oferta Económica, de acuerdo con el valor total resultante el Instituto evaluará la oferta económica de cada proponente, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional (CLP), en valor Neto, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto y corresponde al valor de la sumatoria del valor mensual del servicio de jornada completa de sala cuna mas el valor mensual del servicio de jornada completa de jardín infantil. Lo anterior, independiente de completar el Anexo N° 3 Oferta Económica contenido en las presentes Bases. En caso de discrepancias entre los valores señalados en el anexo de oferta económica y lo publicado en el Portal, prevalecerá para efectos de la evaluación, lo señalado por los y las oferentes en el Anexo N° 3 de Oferta Económica. El NO ingreso del Anexo N° 3 Oferta Económica a través del portal www.mercadopublico.cl hará inadmisible la oferta económica y con ello, la oferta en su totalidad. El monto estimado para la presente licitación es de $10.340.000.- (Diez millones trescientos cuarenta mil pesos) exento de impuesto.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Técnico. (CT) Los Oferentes, en su parte técnica, serán evaluados conforme a la siguiente Pauta de Evaluación, de acuerdo con los siguientes factores y ponderaciones N° FACTORES OFERTA TÉCNICA PORCENTAJE 1.1 Profesionales y/o personal de apoyo 20% 1.2 Programas adicionales o actividades recreativas y de esparcimiento 10% 1.3 Servicio de Primeros Auxilios y control médico 10% 1.4 Plan de emergencia frente a catástrofes 10% 1.5 Propuesta de servicios o productos adicionales y/o complementarios 10% 1.6 Estrategias de prevención y protocolos de actuación en caso de abuso sexual y maltrato infantil. 20% 1.7 Sistema de cámaras de vigilancia que permitan el monitoreo por parte de las/os apoderadas/os. 10% 1.8 Actividades específicas relacionadas al proceso de inclusión y no discriminación 10% 60%
2 Certificación Sello 40 Horas. (CS) En este criterio se evaluarán a las empresas de todo tamaño o rubro, que tengan implementada una jornada laboral ordinaria de 40 o menos horas semanales. Para acreditar tal condición, deberán presentar copia de la certificación Sello de las 40 Horas emitida por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente al cierre de la presentación de las ofertas.  Se evaluarán las ofertas que declaren en el Anexo N° 2, el cumplimiento o no de este criterio y que, además, presenten copia de la acreditación requerida de acuerdo con la siguiente tabla:   CERTIFICACIÓN SELLO PUNTAJE Declara y acredita poseer Certificación Sello 40 Horas vigente. 10 No declara, declara que no posee o no presenta toda la documentación requerida para la evaluación del criterio. 0 Además de completar el anexo correspondiente, el oferente deberá presentar copia de la certificación Sello de las 40 Horas emitida por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Para el caso de las Uniones Temporales, el 3%
3 Criterio Económico. (CE) El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas declaradas aptas, que cumplen las exigencias requeridas en las Bases de Licitación, cuál resulta económicamente más ventajosa para el Instituto, durante el período total del eventual contrato. Dado que es una licitación de adjudicación simple, el oferente deberá especificar claramente en el Anexo N° 3 su oferta. La oferta económica del oferente corresponderá al valor total de la sumatoria del valor mensual de la jornada completa del servicio de sala cuna mas el valor mensual de la jornada completa del servicio de jardín infantil. Se evaluarán los montos ofertados y se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje POEO = (OM / OO) * 10 Donde: POEO = Puntaje Oferta Económica Oferente. OM = Oferta Menor o más Económica. OO = Oferta del Oferente. Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar 30%
4 Cumplimiento de los Requisitos formales en la pres Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la presentación de las ofertas, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases. Lo anterior, se refiere en la forma y plazo dispuesto en el calendario de eventos. Ello, sin perjuicio de lo regulado en el numeral 7.4 de las presentes bases de licitación y, siempre que la omisión de uno o más de los antecedentes solicitados no tenga aparejado la declaración de inadmisibilidad. Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Presentación completa de los antecedentes exigidos en las presentes bases de licitación (artículo 56, del D.S. 661/2024 del Ministerio de Hacienda), en la fecha indicada en el calendario de eventos y en los formatos contemplados en las presentes Bases. (Refiérase a documentos que no se consideran como requisito de admisibilidad) 10 No presenta en tiempo y forma los antecedentes exigidos en las p 3%
5 Programa de Integridad y ética empresarial. (PIE) Se evaluará la existencia de políticas de integridad y ética dentro de la empresa, esto es, de regulación interna tendiente a prevenir conductas asociadas a la corrupción, conflicto de intereses, contribuciones políticas, de caridad, patrocinio, regalos, entre otros, promoviendo e implementando buenas prácticas de probidad y procesos de gestión de riesgos, los que deben ser efectivamente conocidos y aplicados por el personal. Para evaluar este criterio se deberá completar el Anexo N° 2, Declaración jurada simple Programa de Integridad y acreditar lo declarado adjuntando Copia de la documentación o certificación en que conste el programa de integridad, además, deberá adjuntar documento que acredite la difusión de éste a sus trabajadores, tales como copia de campañas vía correo electrónico, vía intranet, afiches, volantes, código de ética, u otro que dé cuenta con certeza de la difusión de la política entre los dependientes del oferente. PROGRAMA DE INTEGRIDAD PUNTAJE 1. El oferente ac 2%
6 Inclusión de personas con discapacidad. (IPD) Para efectos de verificar este criterio se estará a lo dispuesto en la Ley N°21.015 y el oferente deberá adjuntar el o los documentos que acredites la inscripción del trabajador o prestador en el Registro Nacional de la Discapacidad o comprobante de haber iniciado el trámite, y el contrato de trabajo que acredite la relación laboral, con una vigencia de al menos 90 días anteriores al cierre de presentación de las ofertas, y copia de la comunicación electrónica del cumplimiento de la Ley 21.015 dirigida a la Dirección del Trabajo, además de completar y presentar el formato establecido en el Anexo N° 2. CRITERIO PUNTAJE Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita más del mínimo legal y/o no encontrándose obligado por la Ley Nº21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita uno o más. 10 Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita el mínimo le 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Institucional
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 10.1. Renovación del Contrato Debido a la indispensable necesidad del Instituto de contar permanentemente con los servicios materia de la presente licitación, y existiendo motivos fundados que acrediten la necesidad de renovar el contrato para satisfac
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jorge Cuevas Naveas
e-mail de responsable de pago: jorge.cuevas@chileatiende.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Instituto dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación de las propuestas, a menos que de acuerdo con los intereses se estime necesario declarar desierto el proceso concursal, en los siguientes casos: 1. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la entidad adjudicataria. 2. Si la entidad adjudicataria no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 3. Si la entidad adjudicataria se desiste de su oferta. 4. Si la entidad adjudicataria no se encuentra inscrita yo es inhábil para contratar con el Estado. 5. Además, en el caso de que la entidad adjudicataria sea una Unión Temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una causal de inhabilidad para contratar: • La unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de 2 dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. • En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. • Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, pudiendo la licitación ser re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el Instituto podrá también declarar desierto el proceso por Resolución fundada de la autoridad competente del IPS.
10.2. Modificación del Contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato tal como se dispone en el artículo 13 letra a) de la ley N°19.886 y el artículo 129 de su Reglamento, por motivos fundados y siempre que existan razones de interés público, esto es, siempre que la modificación permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen a la contratación. En ningún caso la modificación podrá alterar la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases, los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial, ni la naturaleza o el objeto de la contratación. Las modificaciones contractuales deberán respetar el equilibrio financiero del contrato, y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto del contrato. Las modificaciones contractuales serán solicitadas solo por quien administre el contrato, a través de un informe técnico que lo fundamente, y será autorizado si se cuenta con la disponibilidad financiera lo que se acreditará a través del correspondiente Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. La modificación, que formará parte integrante del contrato, deberá ser firmada por las partes y aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que la justifican, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Los pagos que por esta modificación de contrato se generen, podrán efectuarse a la entidad adjudicataria, sólo una vez que la resolución correspondiente se encuentre totalmente tramitada, oportunidad en la que se pagarán todos los servicios prestados hasta esa fecha, si procediere.
10.3. Prórroga del Contrato
Asimismo, se establece que, en virtud de la modificación contractual, las partes podrán, de común acuerdo, prorrogar la vigencia del contrato, cuando ello resulte necesario para un mejor cumplimiento de sus objetivos y sea indispensable para asegurar la continuidad operativa de la Institución, la que, en ningún caso podrá superar el plazo original del contrato ni superar, junto a las demás modificaciones contractuales el 30% del precio del contrato.
Reajustabilidad y variación del valor de los servicios por variación del IPC
En caso de renovación, el valor total del servicio será en el mismo porcentaje en que haya variado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en los doce meses anteriores o por el índice que lo reemplace. Este reajuste se hará efectivo al 13° mes de vigencia del contrato neto. El cálculo se realizará utilizando la calculadora IPC disponible en la página del Instituto Nacional de Estadísticas. El proveedor adjudicado deberá hacer efectivo el reajuste en el estado de pago del 13° mes de vigencia del contrato, adjuntando, además, un documento en el que conste la aplicación de las fórmulas precedentemente indicadas a los valores ofertados.
Pago del servicio
El valor correspondiente a la mensualidad se pagará por mes vencido, una vez que el servicio haya sido debidamente recepcionado en conformidad por el o la Administrador/a del Contrato. Lo anterior, respecto del niño o niña que efectivamente esté haciendo uso del servicio, y cuyo ingreso haya sido autorizado y formalizado conforme a las Bases Técnicas. Para estos efectos el adjudicatario deberá presentar un Estado de Pago al Administrador/a del Contrato, el cual deberá venir firmado y timbrado, acompañado de la nómina de los niños y las niñas asistentes del IPS, dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente al período mensual cuyo pago se solicita, con el cobro respectivo que deberá venir expresado en pesos. El proveedor adjudicado podrá solicitar el pago de los valores a cobrar por concepto de matrícula, una vez que se encuentre vigente el contrato. Respecto al pago de las mensualidades, este se efectuará cuando efectivamente se haga uso de los servicios, no importando el número de días de ese mes en que haya asistido los menores, es decir, basta que él o la menor asista un día en el mes para que se entienda que el adjudicatario ha cumplido con la prestación del servicio. En caso de inasistencia de él o la menor por el mes completo, se eximirá al instituto la obligación del pago de la mensualidad respectiva. Quien administre tendrá un plazo máximo de 02 días hábiles, para efectuar observaciones, transcurrido el cual, sin que ellas se hayan formulado, el/la adjudicatario/a presentará la factura correspondiente. Si quien administra el contrato las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato de la entidad adjudicataria, la que, sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago en lo que fuere pertinente. En caso de que este documento presentare diferencias u otros inconvenientes imputables a la entidad adjudicataria, el plazo mencionado se contará desde su reingreso debidamente corregido. Presentada la factura o boleta de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el Instituto la pagará en un plazo no superior a 30 días corridos. El adjudicatario deberá informar al administrador del contrato la emisión de las facturas en el portal del SII el día en que la emita y existirá prohibición de emitirla antes de aprobarse el respectivo estado de pago. Las correspondientes facturas, deberán emitirse a nombre del Instituto de Previsión Social, RUT N° 61.979.440-0. El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de los siguientes certificados: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y/o Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo o planillas de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta verificarse su total cumplimiento. En el caso de no contar con el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales F30-1, debe emitir una declaración jurada simple, declarando que no tiene saldos insolutos de remuneración ni imposiciones previsionales pendientes. El pago se realizará por transferencia electrónica, debiendo el proveedor hacer entrega, junto con la factura, de los siguientes datos: • Dirección del Adjudicatario • Teléfono de contacto • Correo electrónico de contacto • Cuenta corriente (asociada al RUT del proveedor o proveedora) • Banco • Tipo de cuenta El pago, del primer estado de pago, podrá efectuarse sólo una vez tramitada totalmente la Resolución que apruebe el contrato.
VIGENCIA, DURACIÓN E INICIO DE LA CONTRATACIÓN
El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la resolución que lo apruebe hasta el 31 de diciembre de 2026. No obstante, lo anterior y por razones de buen servicio o por necesidades de la institución, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de la total tramitación del acto administrativo aprobatorio, una vez suscrito el contrato; sin embargo, el pago por los servicios entregados solo se realizará una vez concluida la total tramitación de dicho acto. Para este efecto, quien administre el contrato levantará un acta, en la que deje constancia de la fecha exacta de inicio de la prestación de los servicios, la que deberá ser firmada por el Coordinador Técnico de la entidad adjudicataria dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato o su suscripción, según sea el caso. Si no se suscribe el acta de inicio de los servicios por la entidad adjudicataria, entre el 11° día hábil y 20° día hábil desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato o su suscripción, el IPS aplicará una multa de acuerdo con lo indicado en el numeral sobre multas. Pasado dicho plazo, el IPS podrá poner término anticipado al contrato. Si la entidad adjudicataria no da inicio al servicio en la fecha señalada en el Acta de Inicio del Servicio, se le aplicará una multa, de acuerdo con lo indicado en el numeral sobre Multas de las presentes bases. En caso de superar los 10 días hábiles para iniciar los servicios conforme a la fecha consignada en dicha Acta de Inicio de los servicios, se podrá dar curso al término anticipado del contrato y se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Queda expresamente establecido que, de aplicarse esta regla excepcional, todo el tiempo en que se prestaron los servicios con anterioridad a la total tramitación de la resolución aprobatoria, será imputado al de duración del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las actividades de coordinación y reuniones de trabajo, que podrá sostener el Instituto con la entidad adjudicataria, desde la notificación de la adjudicación. Con todo, el Instituto podrá poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases y/o de conformidad a la respectiva disponibilidad presupuestaria.
Resolución de Empates

7.1    Sobre Mecanismo de Resolución de Empate

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, la comisión evaluadora podrá proponer la adjudicación de la licitación de la especie, conforme al siguiente orden de prelación.

  1. Al oferente que obtenga mayor puntaje en la Oferta Técnica
  2. Al oferente que obtenga mayor puntaje en la Oferta Económica
  3. En caso de persistir, se podrá adjudicar al oferente que haya ingresado en primer lugar su oferta al portal de compra.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los y las oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl con un plazo máximo de respuesta de 02 días hábiles.

Las preguntas y respuestas deben ser canalizadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en el aplicativo permitido para ello (foro inverso); siendo responsabilidad de los oferentes estar atentos a la plataforma para atender las solicitudes en caso de corresponder.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
  1. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL ADJUDICATARIO

De existir obligaciones laborales y previsionales impagas los primeros Estados de Pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar mediante certificado emitido por la Dirección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.

Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales se exige respecto de cada uno individualmente considerados.

El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

 

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº19.886, de Compras Públicas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

7.1    Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación (art. 56 D.S. 661/2024 Ministerio de Hacienda)

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

a)      Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

b)      La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

c)      La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Instituto y que se soliciten y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Para tales efectos, los oferentes tendrán un plazo fatal de 02 días hábiles, el cual en todos los casos será establecido a través del sistema de información, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada como requisito formal de presentación de ofertas.

Todas las solicitudes y sus debidas respuestas deben ser canalizadas exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl en el apartado del foro inverso, siendo responsabilidad del oferente su revisión.

 

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.