Licitación ID: 548872-3-LE26
MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DRM E102RT9
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Fecha de Cierre: 18-06-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Reparación y pintura carrocerías 1 Unidad
Cod: 78180101
“SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL” E1/O2/RT9  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DRM E102RT9
Estado:
Publicada
Descripción:
El Instituto de Previsión Social IPS requiere contratar el “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANAN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL”, con el objeto de asegurar su correcto funcionamiento, disponibilidad operativa y condiciones de seguridad, permitiendo el adecuado cumplimiento de las funciones institucionales del servicio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IPS Region Area Metropolitana
R.U.T.:
61.979.440-0
Dirección:
Teatinos N°10
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-06-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 04-06-2026 10:55:19
Fecha inicio de preguntas: 05-06-2026 8:00:00
Fecha final de preguntas: 09-06-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-06-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-06-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-06-2026 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-07-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1. ANEXO N°2. ANEXO N°3. ANEXO N°4
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°5
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Certificación Sello 40 Horas (CS) 5%
2 Cumplimiento requisitos formales (CRF) 5%
3 Sello Empresa Mujer (SM) 5%
4 Programa de integridad y ética empresarial (PIE) 3%
5 Criterio Económico (CE) 30%
6 Iniciativas Sustentabilidad Ambiental (ISA) 2%
7 Criterio técnico (CT) 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: INSTITUCIONAL
Monto Total Estimado: 24000000
Justificación del monto estimado El Instituto de Previsión Social IPS requiere contratar el “SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL”, con el objeto de asegurar su correcto funcionamiento, disponibilidad
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GUSTAVO RODRIGUEZ
e-mail de responsable de pago: gustavo.rodriguez@chileatiende.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Instituto dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación de las propuestas, a menos que de acuerdo con los intereses se estime necesario declarar desierto el proceso concursal, en los siguientes casos: a. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la entidad adjudicataria. b. Si la entidad adjudicataria se desiste de su oferta. c. Si la entidad adjudicataria no se encuentra inscrito yo es inhábil para contratar con el Estado. d. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte del adjudicatario, establecido en estas bases de licitación. En todos los casos el Instituto podrá también declarar desierto el proceso por Resolución fundada de la autoridad competente del IPS.
SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS
La entidad adjudicataria podrá previa autorización expresa del Instituto, subcontratar servicios para asegurar la ejecución del servicio. Los servicios que podrá subcontratar no deben sobrepasar el 30% del valor del contrato. Sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en la entidad adjudicataria Los servicios que se podrán subcontratar son: • Trabajos eléctricos, electrónicos o diagnósticos específicos que, por su naturaleza técnica, requieran equipamiento especializado. La entidad adjudicataria deberá indicar en el Anexo N°7, el servicio que se va a subcontratar e individualizar al subcontratista respectivo. Luego, en el contrato, se incorporará la información indicada precedentemente. La o las entidades subcontratistas deben estar inscritas en el registro de proveedores del Estado y ser hábil/les para contratar con la administración del Estado. La información será verificada por el Instituto al momento de elaborar el contrato. El contratista principal deberá notificar por escrito al Instituto de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá acreditar que éste se encuentra inscrito y hábil en el Registro de Proveedores. Para formalizarlo, se deberá suscribir la correspondiente modificación contractual. En caso de subcontratación, el adjudicatario mantendrá la responsabilidad, tanto contractual como extracontractual, frente al Instituto y/o frente a terceros. Todo el personal y las actuaciones de los subcontratos serán considerados como de la entidad adjudicataria para efectos de estas bases y del contrato respectivo. Cualquier entidad oferente que presente subcontrataciones diferentes a alguna de las ya indicadas precedentemente, quedará fuera de bases y por lo tanto su oferta será declarada inadmisible.
CESIBILIDAD DEL CONTRATO
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de las presentes bases ni del contrato. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común, según estipula el artículo 127 del Reglamento de la Ley N°19.886 y sin perjuicio del artículo 126 de ese mismo cuerpo legal. La cesión de la o las facturas no liberará al adjudicatario de ninguna de las obligaciones que se establezcan en el contrato. Toda operación de factoring y/o cesión de crédito deberá ser informada al Instituto, a través del administrador contractual.
CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS, ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES
El adjudicatario será responsable de cumplir con todas las leyes, reglamentos, ordenanzas, permisos municipales y otras disposiciones vigentes en Chile, que sean necesarias y exigidas para la ejecución del servicio licitado.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL ADJUDICATARIO
De existir obligaciones laborales y previsionales impagas los primeros Estados de Pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar mediante certificado emitido por la Dirección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales se exige respecto de cada uno individualmente considerados. El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº19.886, de Compras Públicas.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad a lo señalado en estas bases de licitación.
Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación (art. 56 D.S. 661/2024 Ministerio de Hacienda)
Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes: a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Instituto y que se soliciten y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Para tales efectos, los oferentes tendrán un plazo fatal de 02 días hábiles, el cual en todos los casos será establecido a través del sistema de información, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada como requisito formal de presentación de ofertas. Todas las solicitudes y sus debidas respuestas deben ser canalizadas exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl en el apartado del foro inverso, siendo responsabilidad del oferente su revisión.
Sobre mecanismo de resolución de empate
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, la comisión evaluadora podrá proponer la adjudicación de la licitación de la especie, conforme al siguiente orden de prelación. 1. Al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio técnico. 2. Al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio económico. 3. En caso de persistir, se podrá adjudicar al oferente que haya ingresado en primer lugar su oferta al portal de compra.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.