La entidad licitante solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a trasvés del Sistema de Información.
Asimismo, la unidad mandante permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, y deberán ser ingresadas en el foro inverso del portal, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo a presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para esto efectos se otorgará un plazo de 2 días hábiles para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, quien será sancionado en la calificación de su oferta, especialmente en el factor “Presentación formal de las Propuestas”.
Transcurrido el plazo otorgado por la entidad licitante sin que el participante subsane las omisiones señaladas, se rechazará sin más trámite su oferta.