Licitación ID: 5513-5-LE26
DISEÑOS DE SISTEMAS DE SANEAMIENTO BÁSICO
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Fecha de Cierre: 25-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Consultores hidráulicos 1 Global
Cod: 83101505
SERVICIO DE DISEÑOS DE SISTEMAS PARTICULARES DE SANEAMIENTO BÁSICO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DISEÑOS DE SISTEMAS DE SANEAMIENTO BÁSICO
Estado:
Publicada
Descripción:
Contratar la prestación de servicios profesionales especializados para la formulación, desarrollo técnico, tramitación administrativa y gestión integral de aprobación de proyectos de Sistemas Particulares de Saneamiento Básico Agua Potable y Disposición de Aguas Servidas. Estos proyectos están destinados a 16 productoresas de alimentos referentes ubicados en la Provincia del Tamarugal, totalizando 21 diseños sanitarios a tramitar en el marco del programa
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SEREMI I Región
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Playa blanca 2328
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-06-2026 18:47:37
Fecha inicio de preguntas: 15-06-2026 21:56:00
Fecha final de preguntas: 22-06-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-06-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-06-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-06-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-07-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.1. Antecedentes Legales. Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto: a) Persona Jurídica i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa. iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia. iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos). v. Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones). b) Persona Natural i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante. ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII. iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).   c) Personas Jurídicas Régimen simplificado: Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa iii. Certificado de Estatuto Actualizado. iv. Certificado de Vigencia. v. Certificado de Anotaciones. vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones). Los oferentes que oferten deben encontrarse hábiles en el sistema de información y podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información o ser prestados formalmente en las oficinas de la SEREMI en los términos y condiciones que establezca el Servicio. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de Unión Temporal de Proveedores ésta podrá estar integrada por dos o más proveedores, personas naturales o jurídicas, según la normativa vigente, la que establece en el art. 180 del Reglamento de la ley de compras, lo siguiente: a) La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. b) Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d) Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. a) Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 5 dispuesto para ello, en el que consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.   Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y, en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen. Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”. Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado”: Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta. Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 5, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar. Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas. Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: -El Anexo N° 5 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.   - Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato. Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato. Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
Documentos Técnicos
1.- Quienes oferten debe suscribir la Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1 y 3. Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Subcriterios: Metodología de elaboración y presentación de los Sistemas Particulares de Saneamiento Básico, tanto de aguas servidas como de agua potable. (50%) Carta Gantt (50%) 35%
2 Precio El criterio “Precio” tendrá por objeto evaluar la oferta económica presentada por los oferentes en su Anexo N° 3, considerando el valor total ofertado para la ejecución del contrato, conforme a lo establecido en las presentes bases. 30%
3 Plazo de Entrega Este criterio evaluará el tiempo total de ejecución ofertado por el proponente para el cumplimiento integral de los servicios licitados. Este criterio se evaluará según lo informado en el Anexo N° 3. 12%
4 Política de Inclusión Laboral y/o Género Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género), según se indica en el cuadro que más adelante se presenta. 3%
5 Experiencia de quien oferta Este criterio se evaluará tomando como base la cantidad de contratos de similar naturaleza y envergadura a la licitada dentro de los últimos 5 años, de acuerdo con lo informado en el Anexo N° 2 10%
6 Desarrollo local Este criterio de evaluación tiene como finalidad incentivar la participación de proveedores/as locales de la Región de Tarapacá, que aporten con el desarrollo local, descentralización, con la reactivación económica y que su logística permita comunicación ágil con mandante y principalmente conocimiento de la realidad Regional. Este criterio se evaluará con la información disponible en su ficha de proveedor. 5%
7 Cumplimiento Requisitos Formales Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de su oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso. Los requisitos formales son aquellos solicitados en las bases de licitación que dan cumplimiento a la correcta presentación de la oferta, lo que corresponde a:   • Presentación de Anexos Técnicos según formatos. • Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos. • Anexos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita. 2%
8 Programa de Integridad 3% Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro (ANEXO N°6), lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: EXTRAPRESUPUESTARIO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 150 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Héctor Rojas
e-mail de responsable de pago: hector.rojas@minagri.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La subcontratación se prohíbe en atención al carácter altamente especializada del servicio y la necesidad personal ante el MINSAL.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien sea adjudicadoa, facultará a la SEREMI de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación calificación de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.
Bases Administrativas
.

I.- BASES ADMINISTRATIVAS

 

  1. LICITANTE:

Razón Social                                                : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.

Unidad de Compra                            : SEREMI I Región

RUT                                                    : 61.301.000-9.

Dirección                                            : Playa Blanca N° 2328.

Comuna                                             : Iquique.

Región                                                : Tarapacá.

  1. ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:

Nombre                                              : Héctor Rojas Contreras

Cargo                                                 : Encargado Administrativo

E-mail                                                 : hector.rojas@minagri.gob.cl.

Tipo de Adquisición                            : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM (LE)

Tipo de Convocatoria                         : Abierta.

Tipo de Adjudicación                          : Simple.

Moneda                                              : Peso.

Etapas                                                : Una Etapa.

Publicidad de las Ofertas                  : La Seremi de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.


  1.  SERVICIOS SOLICITADOS

3.1 Nombre de la Adquisición: Servicio de elaboración de Diseños de Sistemas Particulares de Saneamiento Básico, tanto aguas servidas como agua potable, en el marco del programa: Capacitación, formalización e instalación de sistema de aseguramiento de la inocuidad" Código BIP: 40062085-0, de la SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá.

3.2 Objetivo de la Contratación: Contratar la prestación de servicios profesionales especializados para la formulación, desarrollo técnico, tramitación administrativa y gestión integral de aprobación de proyectos de Sistemas Particulares de Saneamiento Básico (Agua Potable y Disposición de Aguas Servidas). Estos proyectos están destinados a 16 productores/as de alimentos referentes ubicados en la Provincia del Tamarugal, totalizando 21 diseños sanitarios a tramitar en el marco del programa.

Tabla: N°1: Profesionales y especialistas no profesionales competentes en el diseño de proyectos de las áreas de la Ingeniería Sanitaria que se indican, de competencia de la autoridad sanitaria.

Fuente: Adaptación de *marco jurídico de las siguientes normas y pronunciamientos de base mencionadas de forma posterior

*Marco jurídico de las siguientes normas y pronunciamientos de base mencionadas de forma posterior


  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:

×         Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.

×         Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.

×         Las consultas a las bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Seremi de Agricultura.

×         Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las bases por iniciativa de la Seremi de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.

×         Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Seremi de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.

×         La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.

  1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR

5.1.          Antecedentes Legales.

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)     Persona Jurídica

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

    ii.     Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

  iii.     Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.

  iv.     Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).

  1. Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

b)     Persona Natural

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.

    ii.     Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

     iii.  Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).


c)     Personas Jurídicas Régimen simplificado:

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.     Fotocopia simple de RUT de la Empresa

 iii.     Certificado de Estatuto Actualizado.

 iv.     Certificado de Vigencia.

   v.     Certificado de Anotaciones.

 vi.     Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

Los oferentes que oferten deben encontrarse hábiles en el sistema de información y podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.

Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información o ser prestados formalmente en las oficinas de la SEREMI en los términos y condiciones que establezca el Servicio.

 

d)     Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de Unión Temporal de Proveedores ésta podrá estar integrada por dos o más proveedores, personas naturales o jurídicas, según la normativa vigente, la que establece en el art. 180 del Reglamento de la ley de compras, lo siguiente:

 

a)     La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.

b)     Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c)     Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d)     Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.

a)     Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 5 dispuesto para ello, en el que consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.


Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y, en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.

Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado”:

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.

En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 5, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:

 -El Anexo N° 5 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.

- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.


- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.  

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.

Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.

5.2. Presentación de Anexos:

Quienes oferten debe suscribir la Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1 y 3.

Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. PACTO DE INTEGRIDAD

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

     1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo N°19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.


2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.

3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

 

4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.

Cronograma:

a)  Recepción de Ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

b)   Acto de Apertura Electrónica: a las 15:01 horas del décimo día corrido contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.

Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.


La apertura se realizará automáticamente según lo previsto en el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Compras.

c)  Preguntas sobre las Bases: éstas se podrán realizar hasta las 17:00 horas del sexto día corrido contados desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

d)  Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 17:00 horas del día hábil siguiente contado desde la fecha de cierre del periodo para hacer consultas.

e)  Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación: Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La SEREMI dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate. En caso de que las respuestas a las consultas traten de aclaraciones, rectificaciones o modificaciones a las bases, la Seremi aprobará dichas respuestas mediante el respectivo acto administrativo.

f)   Plazo de Evaluación: diez días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.

g)  Fecha máxima de Adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las 19:00 horas.

h)  Cambio en la fecha de Adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente determinado en el acto administrativo de adjudicación.

i)    Fecha de firma del contrato: La SEREMI, formalizará con quien haya sido adjudicado/a su respectivo contrato en el plazo máximo de los 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación.

j)    Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

k)  Modificaciones a las bases de licitación: La SEREMI podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

  1. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:

Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.


  1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

9.1. COMISIÓN EVALUADORA.

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por dos funcionarios/as públicos de la Seremi de Agricultura de la Región de Tarapacá y/o Subsecretaría de Agricultura y un prestador de servicios perteneciente al convenio, quien suscribirá al igual que los funcionarios públicos la declaración de ausencia de conflictos de interés y de confidencialidad en los términos previstos en las presentes bases de licitación

La Comisión Evaluadora, emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos mismos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las Bases de Licitación.

La SEREMI informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La Comisión Evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y artículo 54 del reglamento de la misma ley N° 19.886.

Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.

En el marco de la Ley N° 20.730 los funcionarios de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán sujetos pasivos de la mencionada Ley de Lobby.

Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La Comisión Evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.

De lo anterior, debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2       CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:


Criterio de Evaluación

Porcentaje

Oferta Técnica

35%

Plazo de Entrega

12%

Precio

30%

Experiencia de quien oferta

10%

Desarrollo local

5%

Política de Inclusión Laboral y/o Género

3%

Cumplimiento Requisitos Formales

2%

Programa de Integridad

3%

Total

100%

9.3    METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

  1. Oferta Técnica (35%):

En el caso de la Oferta Técnica, el puntaje se calculará asignando puntaje a cada subcriterio, los cuales se ponderarán conforme a los porcentajes establecidos dentro del criterio técnico. El resultado obtenido se multiplicará por el 35%, correspondiente a la ponderación de dicho criterio respecto del puntaje total.

La Oferta Técnica tendrá una ponderación de 35% del puntaje total de la evaluación.

Dicho puntaje se asignará considerando los subcriterios que se indican a continuación, cada uno con una ponderación de 50% dentro del criterio técnico, equivalente a 35% del puntaje total de la evaluación, según lo siguiente:

Criterio

Subcriterio

Escala

Puntos

Oferta Técnica (35%)

Metodología de elaboración y presentación de los Sistemas Particulares de Saneamiento Básico, tanto de aguas servidas como de agua potable. (50%)

La descripción de la metodología es detallada, se ajusta a los requerimientos establecidos en las bases técnicas e incorpora elementos que agregan valor a la consecución del objetivo final de la contratación, lo que debe ser indicado expresamente en la propuesta técnica.

100

La descripción de la metodología es detallada y ajusta a los requerimientos establecidos en las bases técnicas, sin valor agregado.

80

La descripción de la metodología es poco clara, o no se ajusta completamente a los requerimientos establecidos en las bases, pudiendo evaluarse con un cumplimiento parcial

      50

Carta Gantt (50%)

La Carta Gantt es coherente junto con el cumplimiento de objetivos y actividades programadas establecidos en las bases técnicas de la licitación.

100

La Carta Gantt está incompleta o no da cuenta clara del cumplimiento de los objetivos y actividades programadas establecidos en las bases técnicas de la licitación.

80

La Carta Gantt es inconsistente o no da cuenta del cumplimiento de los objetivos y actividades programadas, establecidos en las bases técnicas de la licitación.

50

Se debe adjuntar información Requerida en Anexo N°1.

×         Carta Gantt

×         Metodología de trabajo

×         Cumplimiento de los objetivos planteados.

×         Detalle de productos a entregar

  1. Plazo de Entrega (12%):

Este criterio evaluará el tiempo total de ejecución ofertado por el proponente para el cumplimiento integral de los servicios licitados. Este criterio se evaluará según lo informado en el Anexo N° 3.

Para efectos administrativos, el cómputo de los días comenzará a correr formalmente a contar del día hábil siguiente a la notificación de la total tramitación de la Resolución Exenta que apruebe el contrato de prestación de servicios, acto administrativo que faculta la emisión y posterior aceptación de la respectiva Orden de Compra en el portal www.mercadopublico.cl.

El plazo propuesto deberá ser consignado por el oferente en el Anexo N°1 Técnico de Oferta, expresado obligatoriamente en días corridos. Se establece un límite máximo vinculante de 105 días corridos para la ejecución y entrega definitiva de las prestaciones. Toda propuesta que exceda este tope, o que omita la declaración expresa del plazo, será declarada inadmisible por la Comisión Evaluadora en el acto de apertura técnica, quedando marginada del proceso.

La asignación de puntaje para las ofertas técnicamente admisibles se calculará mediante la aplicación de la siguiente tabla de rangos:

Plazo Ofertado (Días Corridos)                              Puntaje

Hasta 80 días corridos (inclusive)                             100 puntos

Entre 81 y 90 días corridos                                       90 puntos

Entre 91 y 105 días corridos                                     55 puntos

  1. Precio (30%):

El criterio “Precio” tendrá por objeto evaluar la oferta económica presentada por los oferentes en su Anexo N° 3, considerando el valor total ofertado para la ejecución del contrato, conforme a lo establecido en las presentes bases.

Para efectos de su evaluación, se aplicará la siguiente metodología:

1. Determinación del precio evaluado

Se considerará como “precio evaluado” el monto total ofertado por cada proponente, expresado en moneda nacional, impuestos incluidos, conforme al formato establecido en el Anexo N° 3.

Asignación de puntaje

El puntaje del criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:


Donde:

  • : Puntaje obtenido por la oferta i
  • : Precio mínimo válido entre las ofertas admisibles
  • : Precio de la oferta evaluada
  • : Puntaje máximo asignado al criterio precio

Control de ofertas anormalmente bajas:

Con el objeto de resguardar la seriedad y viabilidad económica de las ofertas, en caso de presentarse o detectarse ofertas cuyo precio resulte significativamente inferior al promedio de las ofertas admisibles (60% o menos), la Comisión Evaluadora podrá requerir al oferente respectivo que justifique fundadamente su propuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

En caso de que las justificaciones no resulten suficientes para acreditar la viabilidad de la oferta, esta podrá ser desestimada mediante acto administrativo fundado.

 

Consideraciones adicionales:

  • Solo se evaluarán económicamente aquellas ofertas que hayan sido declaradas admisibles en la etapa de evaluación técnica.

  • En caso de empate en el puntaje del criterio precio, se aplicarán los mecanismos de desempate establecidos en las presentes bases.

  1. Experiencia de quien oferta (10%):

Este criterio se evaluará tomando como base la cantidad de contratos de similar naturaleza y envergadura a la licitada dentro de los últimos 5 años, de acuerdo con lo informado en el Anexo N° 2 y con lo siguiente:

CRITERIO DE EVALUACIÓN

SUBCRITERIO

FACTORES

PUNTAJE

Experiencia de quien oferta

Experiencia, a través de contratos de servicios relativos a similar naturaleza y envergadura a la licitada en los últimos 5 años, acreditados por el o los mandantes.

Se entenderá por servicios de similar naturaleza y envergadura, aquellos servicios prestados en el diseño de sistemas particulares de saneamiento básico de aguas servidas (fosas) o estanques de agua potable”, cuyos montos sean al menos similares o superiores al 70% del valor disponible para la presente contratación

Acredita 5 o más contratos de similar naturaleza a la licitada.

100

Acredita entre 2 y 4 contratos de similar naturaleza a la licitada.

70

Acredita 1 contrato de similar naturaleza a la licitada

30

Sin contratos en servicios de similar naturaleza y envergadura, no informa o no acredita debidamente los contratos que declara.

0

Las acreditaciones podrán realizarse mediante cualquiera de los siguientes documentos:


  1. Facturas que indiquen expresamente el servicio prestado
  2. Certificados de los mandantes que acrediten el servicio prestado, el monto y individualicen al proveedor o prestador del servicio.
  3. Órdenes de compra aceptadas y/o recibidas conforme, disponibles en el sistema de información, que se refieran expresamente al servicio contratado
  4. Contratos de servicios que individualicen claramente al prestador del servicio, el servicio contratado y el monto de este
  5. Resoluciones Sanitarias aprobadas de Proyectos, en que sea posible verificar expresamente al tramitador del servicio.

  1. (5%):

Desarrollo local

Este criterio de evaluación tiene como finalidad incentivar la participación de proveedores/as locales de la Región de Tarapacá, que aporten con el desarrollo local, descentralización, con la reactivación económica y que su logística permita comunicación ágil con mandante y principalmente conocimiento de la realidad Regional. Este criterio se evaluará con la información disponible en su ficha de proveedor.

El objetivo del criterio es asegurar la logística territorial del servicio, eventuales visitas a terreno y el impacto en la eficacia del servicio requerido, por ello se privilegiará el domicilio en la región:

CRITERIO

Puntaje

Quien oferta tiene domicilio en la Región de Tarapacá.

100

Quien oferta no tiene domicilio en la Región de Tarapacá.

80

Proveedor sin domicilio en Chile o su domicilio no se encuentra ingresado o actualizado en su ficha electrónica del proveedor en el sistema de información.

0

  1. Política de Inclusión Laboral y/o Género (3%):

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género), según se indica en el cuadro que más adelante se presenta.

Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:

  • Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
  • Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
    • Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión.

Completar Anexo N° 4:

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.

Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as, empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%). (**)

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;

2. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.

3. Empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar certificado.

Mujeres trabajadoras (**)

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.

3-Quien oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes vigente.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.

*Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

**Se entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

En caso de que las acreditaciones se presenten con otros documentos que validen efectivamente el espíritu del criterio y den cuenta de una política de inclusión, la comisión podrá aceptarlas, fundando dicha aceptación.


 

 

Cálculo del puntaje:

Subcriterio

Factores

Puntaje

Política de inclusión laboral y/o Género

Cuenta y acredita 2 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.

100

Cuenta y acredita 1 factores de Inclusión Laboral y/o género.

80

No cuenta o no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.

0

  1. Programa de Integridad (3%)

Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro (ANEXO N°6), lo que se traduce en que las personas que trabajan para el proveedor y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.

Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.

Con ese fin, el/la oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:

Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);

Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).

Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.

Cuenta con programa de integridad:             100 puntos

No cuenta con programa de integridad:            0 puntos.

Sólo para personas naturales:

En el caso de personas naturales que participen en el proceso, se les asignará el puntaje máximo en este criterio, siempre que acrediten el cumplimiento de estándares de integridad mediante la declaración jurada simple contenida en el Anexo N° 6, debidamente completada y firmada.

En caso de ofertar en UTP todos sus integrantes deben contar con “Programa de Integridad” en los términos descritos en el presente criterio de evaluación, a fin de obtener el máximo puntaje.

  1. Cumplimiento de Requisitos Formales (2%):

Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de su oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos solicitados en las bases de licitación que dan cumplimiento a la correcta presentación de la oferta, lo que corresponde a:


  • Presentación de Anexos Técnicos según formatos.
  • Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
  • Anexos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que esta ha sido realizada y siempre que se trate de materias de forma que no alteren ni modifiquen la naturaleza del llamado, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio y si el requerimiento fuera necesario para ser evaluado quien oferte quedará desestimado/a del proceso de evaluación.

Servicio

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

70

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecidos para ello.

0

9.4 MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES.

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Precio”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Oferta Técnica”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Plazo de Entrega”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el subcriterio “Experiencia de quien oferta”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Desarrollo local”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Política de Inclusión Laboral y/o Género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Programa de integridad”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación (calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales”.

  1. Si el empate persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.

9.5       PUNTAJE MÍNIMO DE ADJUDICACIÓN.

                                                                                                         

La presente licitación sólo podrá ser adjudicada si el puntaje ponderado es igual o superior a 60%, de lo contrario se entenderá que nadie ha cumplido a cabalidad con las especificaciones del servicio requerido y, por lo tanto, se declarará desierta la licitación, en los términos previstos en el artículo 9° de la ley de compras

10.  ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN.

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.

La SEREMI, dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas, a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

11. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN.

La Secretaría Regional exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta como archivos adjuntos.

Solamente en el período de evaluación y sólo en los casos que la SEREMI lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, cuestión que será solicitada a los/as proveedores/as mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “Foro Inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl.

Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

12. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

El oferente debe ingresar su oferta, a través de los Anexo Adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.


13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.

La Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) podrá declarar inadmisibles una o más ofertas presentadas, mediante acto administrativo debidamente fundado, cuando éstas no cumplan con los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación.

La revisión de admisibilidad se efectuará con posterioridad al acto de apertura electrónica de las ofertas, conforme a los antecedentes disponibles en el Sistema de Información, sin perjuicio de las facultades de la Comisión Evaluadora para solicitar aclaraciones o ejercer las instancias de subsanación de errores formales en los términos previstos en el reglamento.

En este contexto, serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que incurran en alguna de las siguientes causales:

  • Exceder el presupuesto máximo disponible por línea ofertada, en los casos en que dicho límite tenga carácter obligatorio conforme a las presentes bases.
  • Considerar un plazo de entrega superior al máximo establecido en las bases.
  • Omitir la presentación de antecedentes o anexos exigidos como obligatorios y cuya ausencia no sea susceptible de subsanación, por afectar la correcta evaluación de la oferta o implicar una alteración sustantiva de la misma.
  • No acompañar el certificado o documento vigente que acredite la inscripción del responsable ante el Ministerio de Salud (MINSAL), para el diseño de proyectos de ingeniería sanitaria, conforme a las profesiones autorizadas en la Tabla N°1 de las presentes bases.

La declaración de inadmisibilidad se formalizará en el respectivo informe de evaluación o acto administrativo que la apruebe, debiendo señalarse expresamente las razones que la justifican.

La inadmisibilidad de una oferta no dará derecho a indemnización alguna para el oferente afectado.

14. COSTOS.

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la SEREMI de Agricultura.

15. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.

Notificación: La SEREMI, informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien sea adjudicado/a, facultará a la SEREMI de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación (calificación) de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.


Declaración de Desierta: La SEREMI podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo N°9 de la ley 19.886.

Consultas: Quienes oferten que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas, a través del encargado de la presente licitación señalado en el numeral 2 de las Bases Administrativas, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas hábiles.

16. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN.

La SEREMI podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de consultas de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

Asimismo, podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.

17.CONTRATACIÓN.

La SEREMI suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique la licitación, previa acreditación de su estado de habilidad en el portal www.mercadopublico.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la SEREMI.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

No podrán contratar con la SEREMI quienes tengan:

  • Condenas por delitos de cohecho o financiamiento del terrorismo.
  • Condenas por lavado de activos.
  • Delitos concursales establecidos en el Código Penal y delitos establecidos en el Código Tributario.
  • Condenas por incumplimiento contractual derivado de culpa o falta de diligencia.
  • Registre condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
  • Registre deudas previsionales o de salud con sus trabajadores dependientes en los últimos dos años.
  • Tenga deudas tributarias por más de 500 UTM en el último año o entre 200 y 500 UTM en los últimos dos años.

Previa suscripción del contrato quien se adjudique debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios.

Posterior a la suscripción del contrato, quien se adjudique debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la SEREMI de Agricultura no tendrá participación alguna.


Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la SEREMI de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo quien preste el servicio acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la SEREMI de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.

Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la SEREMI, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la SEREMI de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

Antecedentes legales para ser contratado:

El proponente adjudicado debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas, www.chileproveedores.cl , en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.

A.-       Persona jurídica:

-   Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.

-   Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.

-   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.

-   Fotocopia simple de RUT de la Empresa.

B.-       Persona Natural:

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.

-    Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.


C.-       Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:

Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.

17.1. Vigencia del contrato

El contrato tendrá una vigencia máxima de 105 días corridos, contados desde la dictación del acto administrativo que lo apruebe, sin perjuicio de los plazos de entrega asociados a los hitos establecidos. Asimismo, la vigencia del contrato podrá ser modificada por motivos de fuerza mayor, bajo los términos y condiciones previstos en las presentes bases de licitación.

La obtención de las resoluciones estará sujeta a los plazos de la autoridad sanitaria. Así como el pago de la Cuota N°2, el que se realizará una vez que se obtenga la Resolución Sanitaria del diseño Sanitario. Las presentes bases contemplan, excepcionalmente la posibilidad de un aumento en el plazo de este hito, para aquellos casos debidamente justificados.

17.2. Multas:

El incumplimiento de las obligaciones motivo de la presente contratación será materia de aplicación de multas, de acuerdo con los siguiente:

Incumplimiento

Multa

1

No respetar los plazos para cualquiera de las entregas de informes, actividades o productos comprometidos.

UF 3 por cada día hábil de atraso, con un máximo de 15 días hábiles.

2

No otorgar respuesta ante observaciones planteadas formalmente a los informes de avance, según los plazos establecidos para las entregas de informes técnicos.

5 UF por evento. Hasta un máximo de 20 UF.

3

Rechazo con observaciones por más de dos veces de cualquier de los informes comprometidos.

5 UF por evento, hasta un máximo de 10 UF aplicable a cada hito (informe).

4

No dar respuesta a observaciones que realice la Seremi de Salud, en tiempo y forma solicitadas para la correcta tramitación de las Resoluciones Sanitarias.

3 UF por evento. Hasta un máximo de 20 UF.

El pago de las multas se realizará descontándose de los pagos futuros si existieran, en caso contrario se realizarán en los términos establecidos en el acto administrativo que las aplique.

En cualquiera de los casos, la sumatoria de las multas aplicadas no deberá exceder el tope máximo del 30% del total del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 136 del reglamento vigente de la Ley de Compras N° 19.886, o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en el periodo de vigencia del contrato. Cualquiera sea la situación, podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo estipulado en las presentes bases de licitación.


Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la Seremi lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras.

Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.

17.3. Supervisión y propiedad de los productos a contratar:

La SEREMI de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la misma SEREMI.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)     Supervisar y controlar la entrega y especificaciones de los servicios que por este acto se adquieren.

b)     Otorgar la recepción conforme y autorizar el pago, según se haya acordado en el presente instrumento.

c)     Autorizar adecuaciones menores relativas al servicio, que no impliquen modificar las prestaciones, y en general atender y resolver situaciones técnicas que se produzcan en el presente contrato.

d)     Informar al encargado/a administrativo/a regional, mediante memorándum sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos.

e)     Coordinar las reuniones que estime necesarias para dar debido seguimiento a la entrega.

La referida Contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por el adjudicatario, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con el adjudicatario o con determinados profesionales del equipo técnico de esta última. El adjudicatario deberá facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de la empresa.

17.4. Forma de Pago:

Los servicios se pagarán en dos cuotas, de acuerdo con lo siguiente:

  • Primera cuota (Etapa 1): Ingreso de proyectos totales en plataforma de postulación dispuesta por el Ministerio de Salud (MINSAL). Plazo de 60 días corridos contados desde el inicio del contrato.

  • Segunda cuota (Etapa 2): Resolución Sanitaria aprobatoria respecto de los proyectos ingresados en plataforma de postulación dispuesta por el Ministerio de Salud MINSAL.  EL plazo de esta etapa será de 45 días corridos, contados desde el cumplimiento del plazo de la primera etapa, y se entenderá cumplido con la presentación de las Resoluciones aprobatorias de los diseños sanitarios. Eventualmente ante situaciones debidamente justificadas, este plazo podrá ser ampliado en los términos previstos en las presentes bases.

Si quien oferta declara un plazo inferior al máximo previsto en las presentes bases la Seremi establecerá en el contrato la nueva proporcionalidad de días por cada hito de entrega afecto a pago.

 

17.5. Facturación:

 

Una vez recibido conforme los servicios por parte de la SEREMI de Agricultura Región de Tarapacá, a través de su contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. Las facturas deben ser emitidas de la siguiente forma:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Playa Blanca N° 2328, Iquique

Giro                             : Servicio Público

Detalle                                    : N° de cuota, hito y descripción de la cuota a pagar, incluyendo el código BIP del Programa.

El pago de cada cuota quedará expresamente vinculado al estricto cumplimiento de cada etapa, previa aprobación de la contraparte técnica.

La(s) factura(s) serán pagadas en el plazo máximo de 30 días corridos, contados desde su emisión y publicación en el SII.

El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

La SEREMI de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la SEREMI para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que el o los proveedores informen, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario, los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° cuenta corriente y correo electrónico para la notificación.


Quien se adjudique debe mantener su habilidad para contratar con el Estado durante toda la vigencia del contrato, como también actualizar sus datos en la plataforma electrónica: Domicilio, Representantes legales, datos de contacto.

a. Factoring:

En caso de que quien preste el servicio ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 127 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La SEREMI no se responsabilizará de los intereses que eventualmente cobrará el factoring.

Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

18.TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

La SEREMI podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-      Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

a)     La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.

b)     En caso de que las multas cursadas, en total, superen el 30% del valor total contratado o cuando se aplique más de tres multas durante la vigencia del contrato.

c)     Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

d)     La inejecución por parte de quien preste el servicio de una o más de las actividades previstas en las presentes bases, en términos que repercuta negativamente en la figura de la SEREMI.

e)     No presentar los informes en los plazos establecidos en el presente instrumento y cuyo retraso supere los 10 días hábiles.

f)       Cuando un informe sea observado por tercera vez.

-      Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso la SEREMI activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.


-      Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

-      No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La SEREMI en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

-      Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.

En este caso, la SEREMI debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

19. ESTADOS DE PAGO E INFORMES DE AVANCE.

El contrato a celebrar motivo de la presente licitación contará con la siguiente estructura de entregas y pagos por los servicios contratados:

Numero Cuota

Entrega de los informes y/o avances

% de la cuota

Contenido de los Informes y de la entrega.

Cuota N°1

A los 60 días corridos desde el inicio del contrato. El que se formalizará a través del acuse de recibo mediante una notificación de correo electrónico.

60% del monto total del contrato.

1.Informe Técnico N° 1 debe contener:

-Carta Gantt, incluyendo programación de visitas, hitos, plazos y metodología de ejecución.

-Fichas técnicas, registros fotográficos georreferenciados y antecedentes de terreno

-Copia de carpeta con el proyecto de ingeniería de sistemas particulares de agua potable y disposición de aguas servidas, considerando memorias de cálculo, planos, especificaciones técnicas y cubicaciones, en conformidad con las exigencias establecidas en el D.S. N° 92/83 y el D.S. N° 735/08 del Ministerio de Salud.

-Listado resumido con el nombre, fecha de ingreso a la plataforma MINSAL y especificación del tipo de proyecto sanitario ingresado.

Cuota N°2

Cumplimiento total de la segunda etapa. (obtención de Resoluciones aprobatorias para diseños sanitarios).

40% del monto total del contrato

2.Informe Técnico N° 2 debe contener:

-Listado resumido con proyectos sanitarios aprobados, adjuntando una copia de la Resolución Sanitaria que aprueba.

Adjuntar:

×         Resoluciones Sanitarias aprobadas y sin observaciones. Expedientes técnicos completos.

×         Planos aprobados.

×         Memorias de cálculo definitivas.

×         Listado y cubicación de materiales.

×         Presupuesto referencial de obras.

×         Respaldo digital de toda la documentación.

Si quien oferta declara un plazo inferior al máximo previsto en las presentes bases la Seremi establecerá en el contrato la nueva proporcionalidad de días por cada hito de entrega afecto a pago.

i. Aprobación de Informes.

La aprobación del informe por parte de la Contraparte Técnica debe hacerse por escrito, vía física o correo electrónico. Una vez efectuada su revisión, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)     El Informe es Aprobado: En este caso la Contraparte Técnica del Contrato debe enviar por escrito o digital, la aprobación del informe correspondiente.

b)     El Informe presenta observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente. La Contraparte Técnica del Contrato debe enviar por escrito o digital la aprobación del informe correspondiente, indicando que las observaciones deben ser resueltas en el próximo informe, aprobándose por parte de la Contraparte Técnica.

c)     El Informe es observado o rechazado. En este caso quien preste el servicio tendrá 5 días hábiles para corregir los puntos observados.

Se entenderá por observación cualquier comentario de la Contraparte Técnica del contrato, respecto del no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente Contrato que, a su juicio, impida aprobar el informe y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien presta el servicio entregará las correcciones dentro de los plazos estipulados y serán aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste deberá enviar por escrito o en digital la aprobación del Informe y la fecha de recepción prevista para el siguiente.

  1. Quien presta el servicio entregará las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estimará que aún no se ajustan a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 5 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la Contraparte Técnica del Contrato la SEREMI está facultada para poner término unilateral al contrato, , además de proceder al cobro de las multas que procedan.

Tanto en la recepción de los informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos, los que deberán ser debidamente fundados por parte de quien presta el servicio.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere el presente punto, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día siguiente de recepción de la comunicación o carta respectiva en la oficina correspondiente.

20. SUBCONTRATACIÓN

Al tratarse de un servicio especializado que exige registro vigente ante el MINSAL, no se admitirá la subcontratación, en conformidad con el artículo 128, letra a), del D.S. N° 661 de 2024 de Hacienda. El adjudicatario deberá ejecutar la totalidad de las prestaciones directamente; su incumplimiento será causal de término anticipado según lo dispuesto en el numeral 18 de estas bases administrativas.

La subcontratación se prohíbe en atención al carácter altamente especializada del servicio y la necesidad personal ante el MINSAL.

21. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.

Ni quien preste el servicio ni la SEREMI serán responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.

Quien preste el servicio se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito, notificará, por escrito a la SEREMI, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la SEREMI mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.

22. CONFIDENCIALIDAD

Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, el adjudicatario guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la SEREMI.


Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la SEREMI al adjudicatario, sus asesores o empleados, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no la SEREMI, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores, empleados dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación con la SEREMI, tendrá carácter de confidencial.

La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba el adjudicatario de parte de la SEREMI.

Con todo, esta confidencialidad se referirá a:

  • No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la SEREMI.
  • Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.
  • No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la SEREMI lo autorice en forma previa y por escrito.
  • La SEREMI tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
  • Tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial mantenga ese carácter, evitando situaciones y actos que puedan producir un perjuicio para la SEREMI.

Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la SEREMI y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la SEREMI, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.

23. MODIFICACIÓN Y/O PRÓRROGA DEL CONTRATO

El plazo del contrato podrá prorrogarse por una sola vez, de manera excepcional y el mismo podrá modificarse, en ambos casos únicamente por razones fundadas de buen servicio, tales como la necesidad de asegurar la continuidad de las prestaciones, atrasos no imputables al proveedor o la ocurrencia de circunstancias sobrevinientes debidamente calificadas por la autoridad.

La prórroga no podrá alterar la naturaleza del objeto contratado ni las condiciones esenciales de la licitación, ni implicar una modificación sustancial del contrato.

Dicha prórroga deberá formalizarse mediante acto administrativo fundado de la autoridad competente, previo acuerdo de las partes, y su vigencia no podrá exceder de 20 días corridos adicionales al plazo originalmente establecido, ni implicar un aumento de presupuesto superior al 30% del monto total adjudicado.

Su procedencia estará condicionada a la evaluación satisfactoria del desempeño del proveedor durante la ejecución del contrato.


Para contratos de rápida ejecución, la solicitud de prórroga deberá realizarse con una antelación mínima de 10 días hábiles al término del contrato, sin perjuicio de la facultad de la Administración de evaluarla en función de las necesidades del servicio.

El acto administrativo que apruebe la prórroga deberá publicarse en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, formando parte integrante del contrato.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 N° 1 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Bases Técnicas
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II.- BASES TÉCNICAS

 

 

“SERVICIO DE DISEÑOS DE SISTEMAS PARTICULARES DE SANEAMIENTO BÁSICO PARA LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA EN EL MARCO DEL PROGRAMA: CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD, CÓDIGO BIP: 40062085-0”

1. Antecedentes Generales

El Ministerio de Agricultura basa su acción en encaminar fundamentalmente, a obtener el aumento de la producción nacional, la conservación, protección y acrecentamiento de los recursos naturales renovables y el mejoramiento de las condiciones de nutrición del pueblo”, esto según el Decreto Ley N° 294 de 1960.

Su misión es “avanzar hacia un sector agroalimentario y forestal competitivo, sustentable, innovador y moderno, comprometido socialmente con el desarrollo regional y rural, en este contexto la SEREMI de Agricultura de la región de Tarapacá ha promovido el desarrollo del programa antes mencionado, basándose en antecedentes como: la informalidad, que es uno de los principales problemas revelados a nivel nacional en las distintas Comisiones Asesoras Regionales de Inocuidad y Calidad Alimentaria del país (CARs), las que son Presididas actualmente por Gobernador y Delegado Presidencial Regional. A nivel Regional y tomado como base la información entregada por algunos organismos públicos, en cuanto a los registros de formalización sanitaria que presentan sus usuarios, se puede advertir la existencia de un número importante de emprendimientos y productores alimenticios que no cumple con las normativas sanitarias, ni mucho menos aseguramiento de inocuidad basado en riesgo.

En base a esta problemática existente en la región respecto de la informalidad sanitaria, se hace difícil estimar el número de emprendimientos alimentarios que se encuentran hoy en día comercializando productos de manera informal, ya que no se encuentran dentro de ningún registro oficial. La aproximación posible es a través de los usuarios que son apoyados por entidades públicas en con distintos programas, principalmente INDAP, FOSIS, SERNATUR y CONADI, en los que un gran porcentaje carece de formalización e implementación de BPM.

Por tanto, se plantea la ejecución de un programa que apunta ampliar y mejorar las condiciones de los productores de alimentos rurales a los mercados locales, regionales, nacionales promoviendo productos tradicionales y diferenciados por asegurar la salud de los consumidores permitiendo cumplir un primer paso en el progreso de sus emprendimientos al acercarse a mercados de mejores oportunidades.

Dentro de las metas de este Programa, implica tramitar Resoluciones Sanitarias de Alimentos, a los productores referentes del Tamarugal. Para poder llevar a cabo este proceso es necesario contar con 2 prerrequisitos de saneamiento básico totalmente tramitados, estos son: Resoluciones Sanitarias aprobadas por Ministerio de Salud (MINSAL) (Aprobación del Diseño o proyecto y Aprobación de autorización de uso de este), cada uno de estos trámites tanto para aguas servidas como de agua potable). Y son estos prerrequisitos, los que imposibilitan a la gran mayoría de productores del Tamarugal, ya que se encuentran en su generalmente irregulares o no cuentan con dichos sistemas particulares de saneamiento, aprobados formalmente.

Entonces hacia el avance de promover la inocuidad y tramitar Resoluciones Sanitarias e Alimentos, nos vemos en la obligación de enfocarnos en la tramitación de los prerrequisitos antes mencionados. Mediante un profesional idóneo en la materia y registrado en el Ministerio de Salud (MINSAL).


1.1. Objetivos de la licitación

1.1.1.   Objetivo general

Contratar la prestación de servicios profesionales especializados para la formulación, desarrollo técnico, tramitación administrativa y gestión integral de aprobación de proyectos de Sistemas Particulares de Saneamiento Básico (Agua Potable y Disposición de Aguas Servidas). Estos proyectos están destinados a 16 productores/as de alimentos referentes ubicados en la Provincia del Tamarugal, totalizando 21 diseños sanitarios a tramitar en el marco del programa.

1.1.2. Objetivos específicos

×         Realizar el levantamiento técnico y diagnóstico en terreno de cada propiedad beneficiaria, mediante la recopilación de antecedentes topográficos, sanitarios y/o geotécnicos, incluyendo ensayos de infiltración de suelo (coeficiente de infiltración y/o ensayo de Porchet), con el propósito de determinar la factibilidad técnica y definir la solución de saneamiento básico más adecuada conforme a las condiciones geográficas, operacionales y normativas aplicables.

×         Desarrollar proyectos de ingeniería de sistemas particulares de agua potable y/o disposición de aguas servidas, de 16 referentes descritos en Tabla N° 2, considerando memorias de cálculo, planos, especificaciones técnicas y cubicaciones, en conformidad con las exigencias establecidas en el D.S. N° 92/83 y el D.S. N° 735/08 del Ministerio de Salud, asegurando su viabilidad técnica, sanitaria y constructiva.

×         Gestionar integralmente la tramitación y aprobación sanitaria de los proyectos ante la SEREMI de Salud, incluyendo el ingreso de antecedentes, seguimiento administrativo, respuesta y subsanación de observaciones emitidas por la autoridad sanitaria, hasta la obtención de las respectivas Resoluciones de Aprobación, incorporando además la entrega de listados de materiales, cantidades de obra y autorizaciones de uso requeridas para la posterior ejecución y evaluación económica de las soluciones proyectadas (el pago del trámite en MINSAL deberá ser cancelado por cada referente).

2. Características

El servicio debe contemplar la elaboración de antecedentes técnicos, memorias de cálculo, especificaciones técnicas, planos, estudios complementarios y demás documentación requerida por la autoridad competente, así como la subsanación de observaciones que pudiesen generarse durante el proceso de revisión, hasta la obtención definitiva de las respectivas Resoluciones Sanitarias aprobadas y libres de observaciones.

2.1. Metodología

ETAPA 1.

 

2.1.1. Planificación y coordinación inicial (Carta Gantt)

El oferente deberá efectuar una reunión de inicio con la contraparte técnica y equipo del programa, una vez firmado el contrato de servicio, con el objeto de:

×         Revisar el alcance del servicio y carta Gantt de ejecución.

×         Validar nómina de beneficiarios y ubicación de los predios.

×         Definir mecanismos de coordinación, comunicación y entrega de información.

×         Establecer formatos de presentación y control documental.


2.1.2. Levantamiento técnico en terreno y diagnóstico

El oferente deberá realizar visitas técnicas individuales a cada predio beneficiario, efectuando un diagnóstico de las condiciones existentes en materia sanitaria, considerando, a lo menos:

×         Levantamiento de información topográfica y sanitaria básica.

×         Verificación de condiciones de acceso y emplazamiento.

×         Identificación de fuentes de abastecimiento de agua.

×         Determinación de factibilidad técnica de soluciones sanitarias.

×         Ejecución de ensayos de infiltración de suelo, mediante coeficiente de infiltración y/o Ensayo de Porchet, según corresponda.

ETAPA 2.

 

2.1.3. Desarrollo de proyectos de ingeniería

Con base en los antecedentes levantados, el oferente deberá elaborar los 21 proyectos de ingeniería sanitaria requeridos para cada solución, considerando:

Sistemas de Agua Potable

×         Diseño de captación, almacenamiento y distribución.

×         Diseño de estanques y redes.

×         Memorias de cálculo hidráulico.

×         Especificaciones técnicas.

×         Planos constructivos.

Sistemas de Aguas Servidas

×         Diseño de fosas sépticas.

×         Sistemas de infiltración y drenaje.

×         Soluciones complementarias según condiciones del terreno.

×         Memorias de cálculo sanitarias.

×         Planos y detalles constructivos.

Todos los proyectos deberán ajustarse estrictamente a la normativa vigente, especialmente al:

×         D.S. N° 92/83 del Ministerio de Salud.

×         D.S. N° 735/08 del Ministerio de Salud.

×         Normativa sanitaria y técnica aplicable.

2.1.4. Tramitación ante la SEREMI de Salud

El oferente será responsable de realizar la tramitación completa de los proyectos ante la SEREMI de Salud correspondiente, incluyendo:

×         Preparación y presentación de expedientes.

×         Ingreso formal de antecedentes.

×         Seguimiento del proceso administrativo.

×         Coordinación con revisores técnicos.

×         Respuesta y subsanación de observaciones emitidas por la autoridad sanitaria.

Las observaciones formuladas por la SEREMI de Salud deberán ser corregidas íntegramente por el mismo profesional responsable del proyecto, sin costo adicional para el mandante, hasta obtener la aprobación definitiva en el plazo total del servicio, es decir no podrá exceder los 105 días totales. *


2.1.5. Obtención de Resoluciones Sanitarias y entrega final

La oferente concluirá con la entrega formal que deberán adjuntarse en informe N°2 de:

×         Resoluciones Sanitarias aprobadas y sin observaciones.

×         Expedientes técnicos completos.

×         Planos aprobados.

×         Memorias de cálculo definitivas.

×         Listado y cubicación de materiales.

×         Presupuesto referencial de obras.

×         Respaldo digital de toda la documentación.

El oferente deberá mantener trazabilidad completa del estado de cada proyecto hasta su aprobación definitiva, en base al listado de los 16 productores/as referentes del programa. Según se detalla en Tabla N°2.

TABLA N°2: Listado de ubicación y diseño requerido por Referente:

Localidad, Comuna

Alimento que procesa

Diseño

SSPP

1

Pintados, Pozo Almonte

Arándanos frescos

Diseño fosa

1

2

La Tirana, Pozo Almonte

Lechuga hidropónicas

Diseño fosa

1

3

Pica

Pulpas

Diseño agua

1

4

La Tirana

Miel y subproductos

Diseño agua

1

5

La Huayca

Queso de cabra

Diseño agua y fosa

2

6

Pica

Conservas/Mermeladas/Encurtidos

Diseño fosa

1

7

La Tirana

miel, otros derivados de la miel comestibles

Diseño fosa

1

8

Pica

Deshidratado de fruta

Diseño fosa y agua

2

9

Pica

Pulpas de fruta, helados artesanales

Diseño fosa

1

10

Chiapa, Huara

Mermelada y otros productos gastronómicos de tumbo

Diseño fosa

1

11

Pica

Alfajores, granola de quinua, panes

Diseño fosa y agua

2

12

Pica

Pulpas de fruta

Diseño fosa

2

13

Pica

Miel

Diseño fosa y agua

2

14

Tarapacá, Huara

Mermeladas de morrón

Diseño fosa

1

15

La Tirana

                  (Foodtruck)

Diseño fosa

1

16

Pica

Pulpa

Diseño fosa

1

TOTAL

21

 


 

 

3.ENTREGA:

El plazo para la entrega de total tanto del ingreso como de la Resolución aprobatoria, incluida subsanar observaciones no podrá superar los 105 días corridos contados desde el inicio del contrato. Sin perjuicio del plazo de entrega previsto, para casos excepcionalmente fundados el oferente podrá solicitar ampliación de plazo para la Etapa 2, considerando que los plazos de entrega de Resoluciones aprobatorias dependen exclusivamente del Ministerio de Salud.

4.PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE:

El presupuesto máximo disponible considera un monto total de $18.000.000 (Dieciocho millones de pesos), valor con impuestos incluidos, sin reajuste.

En caso de que las ofertas superen el presupuesto máximo disponible serán declaradas inadmisibles.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.