La Delegación, podrá pedir a los oferentes, después de la presentación de las propuestas, las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión y acreditación de los antecedentes presentados, siempre y cuando no se vulnere el principio de igualdad de los participantes. Las aclaraciones que formulen los oferentes pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato respectivo.