Licitación ID: 552975-35-LE25
EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025 - Readjudicada en Id 552975-35-R125
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Línea N°1:Reparación y pintura de cielo 13 salas. Cambio de cielo modular.  

2
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Línea N°2:Reparación y pintura de cielo 8 salas de clases.  

3
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Línea N°3:Provisión e instalación eléctrica de 12 equipos de aire acondicionado. Instalación eléctrica sala de idiomas.  

4
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Línea N°4:Habilitación de oficinas.  

5
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
Línea N°5:División sala PIE.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025 - Readjudicada en Id 552975-35-R125
Estado:
Readjudicada
Descripción:
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública para contratar la “EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025”. La presente licitación tiene por objeto contratar la ejecución de obras de mejoramiento para 4 establecimientos educacionales dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-06-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 26-05-2025 17:09:00
Fecha inicio de preguntas: 26-05-2025 17:20:00
Fecha final de preguntas: 31-05-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-06-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-06-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-06-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 18-06-2025 17:39:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3
 
2.- ANEXO N°4
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación económica Según lo dispuesto en el artículo N°17. 85%
2 Experiencia del oferente. Según lo dispuesto en el artículo N°17. 10%
3 Comportamiento contractual. Según lo dispuesto en el artículo N°17. 3%
4 Programa de Integridad. Según lo dispuesto en el artículo N°17. 1%
5 Cumplimiento de requisitos formales. Según lo dispuesto en el artículo N°17. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Mariana Ortiz
e-mail de responsable de contrato: mortiz@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-27067000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO Y OBJETIVO La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública para contratar la “EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025”. La presente licitación tiene por objeto contratar la ejecución de obras de mejoramiento para 4 establecimientos educacionales dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia. La presente licitación se realizará por líneas de adjudicación, según el siguiente detalle: N° ESTABLECIMIENTO DETALLE 1 LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA Reparación y pintura de cielo 13 salas. Cambio de cielo modular. 2 COLEGIO MERCEDES MARÍN Reparación y pintura de cielo 8 salas de clases. 3 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Provisión e instalación eléctrica de 12 equipos de aire acondicionado. Instalación eléctrica sala de idiomas. 4 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Habilitación de oficinas. 5 LICEO N°7 División sala PIE. Serán aplicables a este proceso de licitación las “INSTRUCCIONES GENERALES QUE DEBERÁN SER CONSIDERADAS RESPECTO DE LAS CONDICIONES DE COMPETENCIA EN LAS BASES DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA MUNICIPAL”, ICG N°6-2024, las cuales se encontrarán a disposición de los interesados en el portal www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO N° 2 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio. NOMBRE DE LICITACIÓN “EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025” TIPO DE LICITACIÓN Licitación Pública entre 100 Y 1.000 UTM (LE) MONEDA Pesos Chilenos (CLP). MONTO TOTAL ESTIMADO $68.100.000 (Sesenta y ocho millones cien mil pesos,) impuestos incluidos. GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA No aplica. GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO No aplica. GARANTÍA POR CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. No aplica. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Orden de compra. La presente licitación se formalizará mediante una orden de compra, dado que corresponde a una licitación de simple y libre especificación, lo que implica que no se requiere un contrato complejo ni condiciones especiales para su ejecución. Las obras a realizar son menores, de simple ejecución, no presentan mayores complejidades técnicas y tienen un plazo de ejecución corto. DURACIÓN DEL CONTRATO Ejecución inmediata. DOCUMENTOS QUE RIGEN LA LICITACIÓN Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: I.- Bases Administrativas II.- Bases Económicas III.- Bases Técnicas IV.- Anexos: Documentos Administrativos: • Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente”. Documentos Económicos: • Anexo N°2 “Oferta Económica”. Documentos Técnicos: • Anexo N°3 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. • Anexo N°4 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas. • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores. • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN. • La Propuesta, con todos sus documentos anexos. • Orden de compra respectiva. Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia. Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario. ARTÍCULO N° 3 OBRAS A EJECUTAR N° ESTABLECIMIENTO DETALLE MONTO ESTIMADO IMPUESTOS INCLUIDOS 1 LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA Reparación y pintura de cielo 13 salas. Cambio de cielo modular. $15.200.000 2 COLEGIO MERCEDES MARÍN Reparación y pintura de cielo 8 salas de clases. $3.600.000 3 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Provisión e instalación eléctrica de 12 equipos de aire acondicionado. Instalación eléctrica sala de idiomas. $21.900.000 4 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Habilitación de oficinas. $18.900.000 5 LICEO N°7 División sala PIE. $8.500.000 ARTÍCULO N° 4 ETAPAS Y PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Etapa Plazo (Días Corridos) Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los días hábiles siguientes desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases. Inicio Período de Consultas Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl Cierre Período de Consultas Hasta el día 5 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas. Publicación de Respuestas Día 7 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59 horas. Si el séptimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Recepción de las Ofertas Hasta el día 15° desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 15:00 horas. Si el décimo quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Apertura Técnica de las ofertas. El día 15° desde publicadas las bases en el portal de Mercado Público, a las 15:01 horas. Apertura económica de las ofertas. El 3° desde el acto de apertura técnica de las ofertas a las 15:00 horas. Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 10 desde el acto de apertura económica de las ofertas. Adjudicación Hasta el día 30 desde el acto de apertura económica. Suscripción del Contrato De conformidad con los plazos establecidos en estas Bases Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si, con relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público. Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º del Decreto Nº661, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. ARTÍCULO N° 5 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. ARTÍCULO N° 6 ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN Se estimará, por el sólo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. ARTÍCULO N° 7 PARTICIPANTES Y REQUISITOS Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y habilitados en él para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos. En dicho registro se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras, que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. La oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 54° de la Ley N°21.634 de 2023, del Ministerio de Hacienda. Conforme con lo anterior y al artículo 154, del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, quedarán inhabilitados para suscribir contratos administrativos con la Corporación quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: a) Haber sido condenado por algunos de los delitos concursales establecidos en el Título Noveno del Libro Segundo del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario. b) Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a la Ley de Compras, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. c) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador, según establece la ley. d) Haber sido condenado por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad. e) Haber sido declarada inelegible para la adjudicación de contratos, elaboradas por las instituciones financieras multilaterales, tales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y el Banco Africano de Desarrollo. f) Haber informado, según lo requerido en el inciso tercero del artículo 16 de la Ley de Compras, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presenten de una forma que claramente induce a error para efectos de la evaluación de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin que el proveedor hubiere enmendado la información dentro del plazo de diez días desde notificado el hecho, según lo dispuesto en el citado artículo. g) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. h) Haber sido condenado a la inhabilitación para contratar con el Estado, en virtud del artículo 10 de la ley N° 20.393. i) Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación para contratar con el Estado, dispuesta en el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos. j) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a dos años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva sentencia. k) Registrar deudas previsionales o de salud por más de doce meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. l) Encontrarse sujeto a liquidación, por resolución judicial ejecutoriada, en virtud de la ley N° 20.720. m) Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada de la Dirección de Compras, de conformidad con lo establecido en los artículos 160 y 162 del presente reglamento. n) Haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la inhabilitación o prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por sentencia ejecutoriada. o) Las demás que determinen las leyes. ARTÍCULO N° 8 COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES 8.1 COMUNICACIONES Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. 8.2 CONSULTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. La Corporación emitirá las respectivas respuestas, aclaraciones y/o modificaciones a las Bases a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, las que formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Corporación podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. ARTÍCULO N° 9 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura de la oferta se realizará en dos etapas de apertura a través del Portal, existiendo una apertura de los “Antecedentes Administrativos” y “Oferta Técnica” y en una fecha posterior, se realizará la apertura de la “Oferta Económica”, únicamente a los oferentes que cumplan con los requerimientos técnicos y administrativos. La Comisión Evaluadora, emitirá un informe, el que contendrá la Evaluación de la Oferta Técnica y Antecedentes Administrativos y en un segundo informe, la Evaluación Económica, de acuerdo con lo señalado en el artículo 17°. Si algún oferente no cumpliese con lo establecido en las Bases y en particular con los requerimientos técnicos establecidas en éstas, no podrá continuar en el proceso de licitación. a) Medio de entrega de la oferta y contenido. La entrega de las ofertas deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información, y serán de carácter irrevocable, en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en las presentes Bases. No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases. En caso de presentarse más de una oferta por un mismo oferente, empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o empresas relacionadas entre sí, se considerará para efectos de la evaluación, solo la oferta más conveniente, y se declarará inadmisible la o las demás. Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes. Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste, lo cual estará determinado por lo siguiente: b.1) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital. b.2) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo. b.3) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases. b.4) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre. c) Verificación de los antecedentes. La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. ARTÍCULO N° 11 CONTENIDO DE LAS OFERTAS Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word o Excel) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal de Mercado Público, de acuerdo con lo siguiente: 11.1 Documentos Administrativos • Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente”. • Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda). 11.2 Documentos Económicos • Anexo N°2 “Oferta Económica”. Los oferentes deberán presentar su oferta económica, representada por el valor unitario y total de cada línea en pesos chilenos, en su valor neto más impuestos, según corresponda, sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, de forma obligatoria a través del Anexo N°2 adjunto. Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre los primeros. En este sentido, la entidad licitante pagará conforme a los valores unitarios netos indicados en este anexo. En caso de que se omita o no se presente debidamente el formulario solicitado en el presente punto, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°14 de las presentes bases y su oferta será declara inadmisible. 11.3 Documentos Técnicos • Anexo N°3 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia. Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, el Anexo N°3 declarando la experiencia del proveedor en función de lo requerido en las bases. Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en la ejecución de obras de construcción y/o reparación o ejecución de terminaciones para las líneas N°1, N°2, N°4 y N°5; para líneas N°3, se evaluará sólo experiencia en obras eléctricas; todas las obras ejecutadas a acreditar deben haber sido contratadas por un valor igual o superior a los $3.000.000.-, en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado Público, de acuerdo con la información entregada en Anexo N°3. Para acreditar dicha experiencia, el oferente podrá acompañar Órdenes de Compra en PDF (en estado aceptada a través de Mercado Público) o Certificado de Recepción conforme emitido en formato libre por el Mandante, debidamente firmado, indicando nombre, fecha de ejecución de las obras, descripción de la obra y monto del contrato que se recepciona. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en estas Bases de licitación. En caso de que se omita el formulario solicitado en el presente punto, podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°14 de las presentes bases, siempre y cuando se hayan acompañado los antecedentes o documentos de respaldo. Los antecedentes o documentos de respaldo podrán ser solicitados de conformidad al artículo N°14 de las presentes bases, siempre que se haya presentado el referido formulario al momento de presentar la oferta y se hayan singularizado debidamente los antecedentes en éste. En caso contrario, no podrán ser solicitados y su oferta se evaluará con 0 puntos. • Anexo N°4 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. Anexo N°4 donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, a la ejecución del servicio, adjuntando el documento asociado al programa de integridad y compliance. En caso de que se omita o no se presente debidamente el documento solicitado, podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°14 de las presentes bases. En caso de haber sido solicitado y no presentarse dentro del plazo otorgado su oferta se evaluará con 0 puntos. ARTÍCULO N° 12 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA No aplica para esta licitación. ARTÍCULO N° 13 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS Es requisito para participar en esta licitación y para la aceptación y validez de la oferta, cumplir con las exigencias establecidas en las Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases. Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes: 1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas es las bases. 2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS. 3. Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en las presentes bases y/o se encuentre afecto a un cobro adicional. 4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso. 5. Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en estas Bases. ARTÍCULO N° 14 ACLARACIONES A LAS OFERTAS La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración. ARTÍCULO N° 15 VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 12° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento. ARTÍCULO N° 16 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad. Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de ellos, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Intereses y de Confidencialidad, que será publicada en conjunto con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción. La Comisión Evaluadora deberá guardar confidencialidad en cuanto al contenido de las ofertas, del proceso de licitación, así como todos los antecedentes relacionados con dicho proceso y especialmente a actuar con absoluta reserva respecto a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente. En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 54 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación. 1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en las presentes Bases. 2. Revisar el cumplimiento de requisitos técnicos obligatorios indicados en las presentes Bases, lo cual determinará la admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas. 3. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. 4. Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas, considerando lo siguiente: a) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. b) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. c) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. d) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido. e) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 5. Solicitar modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en las presentes Bases, si corresponde. El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación para posteriormente ser publicado en el portal de Mercado Público. La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
III.- EVALUACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Para efectos de evaluar las Ofertas, la Comisión Evaluadora emitirá un primer informe en el que indicará las ofertas que han cumplido con los requerimientos de las Bases para proceder a la apertura de las Ofertas Económicas y posteriormente ésta hará entrega de un segundo informe que contendrá el análisis de las Ofertas Económicas presentadas y establecerá el orden de prelación de las mismas. La Comisión Evaluadora levantará un acta que contendrá la evaluación de las propuestas, su orden de prelación y demás informaciones relevantes. 17.1 Evaluación Técnica y Administrativa. A. La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1. Evaluación económica 85% 2.- Experiencia del oferente. 10% 3.- Comportamiento contractual. 3% 4.- Programa de Integridad. 1% 5.-Cumplimiento de requisitos formales. 1% 1.- Experiencia del proveedor (10%): Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en la de prestación de servicios de obras de construcción y/o reparación, ejecución de terminaciones para las líneas N°1, N°2, N°4 y N°5; para líneas N°3, se evaluará experiencia en obras eléctricas; todos los servicios sobre $3.000.000, ejecutados en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado Público, de acuerdo con la información entregada en Anexo N°3 Para acreditar dicha experiencia, el oferente podrá acompañar Órdenes de Compra en PDF (en estado aceptada a través de Mercado Público) o Certificado de Recepción conforme emitido en formato libre por el Mandante, debidamente firmado, indicando nombre, fecha de prestación del servicio, descripción del servicio y monto del contrato que se recepciona. Es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos antecedentes declarados en dicho Anexo N°3, debidamente respaldados. En el caso de informar Órdenes de Compra, la Corporación se encontrará facultada para revisar y validar el estado, periodo y el rubro, en el portal Mercado Público. En este sentido, si estas OC declaradas no cumplen con las condiciones establecidas precedentemente, no serán consideradas como parte de los antecedentes de la evaluación y no se les asignará puntaje. Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes: Servicios similares durante los últimos 3 años Monto superior a $3.000.000.- PUNTOS 21 o más Órdenes de Compra o certificados de recepción conforme 100 Entre 16 a 20 Órdenes de Compra o certificados de recepción conforme 80 Entre 11 a 15 Órdenes de Compra o certificados de recepción conforme 60 Entre 6 a 10 Órdenes de Compra o certificados de recepción conforme 40 Entre 1 a 5 Órdenes de Compra o certificados de recepción conforme 20 No acredita experiencia 0 La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación. 2.- Comportamiento contractual anterior (3%): Para la evaluación del criterio Comportamiento Contractual Anterior (CCA), se revisará la nota del comportamiento base en la Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público. Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes: DESCRIPCIÓN PUNTAJE Proveedor registra nota entre 4/5 100 Proveedor registra nota inferior a 4 0 En el caso de que el proveedor no registre nota del comportamiento base (Sin información) en su Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público, se asignarán 100 puntos. 3.- Programa de integridad (1%) Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio. Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 4.-Cumplimiento de requisitos formales (1%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50 La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma. 0 Segunda Etapa: Evaluación Económica. 5.- Evaluación Económica (85%): Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°2, indicando, en pesos chilenos, el precio ofertado para cada línea. Para efectos de la evaluación, se considerará el valor señalado en la fila “TOTAL COSTO EJECUCIÓN DE OBRA”, del anexo N°2, por cada una de las líneas. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje Criterio = (Menor Valor Ofertado “TOTAL COSTO EJECUCIÓN DE OBRAS IMPUESTOS INCLUIDOS” / Valor ofertado “TOTAL COSTO EJECUCIÓN DE OBRAS IMPUESTOS INCLUIDO” Evaluado) * 100. Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. B. Resolución de empates. Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. • En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. • En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Experiencia del proveedor”. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Comportamiento contractual anterior”. • En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Programa de integridad”. • En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN 18.1 ADJUDICACIÓN Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa para cada línea, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. En ningún caso se podrá adjudicar la misma línea a dos o más oferentes. La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso. 18.2 REVOCACIÓN Se revocará la licitación en el caso de que existan errores no subsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación. 18.3 DESERCIÓN Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos: 1. Si no se presentan ofertas. 2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 14º de estas Bases. 3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 4. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN: • Por no cumplir con las características técnicas requeridas; • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación. • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora. Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información. 18. 4 READJUDICACIÓN Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en el siguiente caso, el cual será aplicable según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en las bases. En tales casos la Corporación podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la Corporación. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
V.- CONTRATACIÓN
CONTRATO Resuelta la adjudicación de la licitación, y para el proceso de contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 20º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases. c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del subcontrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso. d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM e) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30. f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo. La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación. ARTÍCULO N° 20 GARANTÍAS REQUERIDAS No se requieren garantías para el presente proceso. ARTÍCULO N° 21 FOMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Indicar fundamento, objetiva especificación. ORDEN DE COMPRA La Corporación emitirá la orden de compra respectiva. Adicionalmente, el proveedor y el administrador del contrato respectiva recibirán copia de la Orden a través de un correo electrónico de la Corporación, emitido desde el Departamento de Compras Públicas, informándole de tal emisión. El adjudicatario deberá aceptar la Orden de Compra a través del Sistema (www.mercadopublico.cl) en un plazo de 72 horas, contadas desde la fecha y hora de la emisión. En caso de que la Orden de Compra no haya sido aceptada, la CORPORACIÓN podrá solicitar su rechazo, y se entenderá definitivamente rechazada transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. ARTÍCULO N° 22 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN La vigencia del contrato será desde la aceptación de la Orden de Compra por parte del Contratista, y se extenderá hasta 3 meses, posterior a la recepción provisoria de las obras, de acuerdo a la garantía técnica requerida en las presentes bases. ARTÍCULO N° 23 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del servicio contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial conforme con lo dispuesto en el artículo 128 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del servicio materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
CONDICIONES DE MULTA La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley. El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo 25° de estas Bases de Licitación. El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la CORPORACIÓN con la aplicación de multas a través de descuentos en los pagos de las facturas respectivas. Estas multas se fijarán en UTM. El valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente. El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla: CAUSALES DE MULTAS MONTO DE MULTA No cumplimiento de plazos de ejecución señalados en el Art. N°31, punto N°6. 2 UTM, por día de retraso en la ejecución de los trabajos, dentro de los primeros 2 días corridos finalizado el plazo de ejecución. 4 UTM, por día de retraso en la ejecución de los trabajos, a contar del día 3 corrido, finalizado el plazo de ejecución. Incumplimiento de Garantía Técnica requerida en las bases. 3 UTM por evento. No cumplimiento de medidas de seguridad 2 UTM, por vez que se detecte un incumplimiento en las medidas de seguridad del personal que ejecuta el servicio. No acatar instrucciones o solicitudes de la Unidad Técnica 2 UTM por evento, en que se detecte el no cumplimiento, dejando registro de esto en el Libro de Obras. Utilización de materiales que no cumplan con las condiciones ofertadas. 4 UTM por evento. En que se detecte el no cumplimiento., dejando registro de esto en el Libro de Obras, debiendo, de igual manera, restituir o rehacer. Daños de bienes muebles e inmuebles, incluyendo la reparación del daño y/o la restitución. 3 UTM por evento. No conservar el Libro de Obras actualizado. 1 UTM por evento, por cada vez en que se detecte que éste se encuentre desactualizado, de acuerdo con la verificación que realice la UT. A. Multas conforme a los requerimientos obligatorios establecidos por la normativa vigente: NORMA LEGAL INFRINGIDA Y SANCIONATORIA HECHO INFRACCIONAL (TIPIFICACIÓN) TIPO INFRACCIÓN Artículo 9 N° 3 del D.S. N° 76 de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No formular la empresa contratista o subcontratista un Programa de Trabajo de seguridad y salud laboral aprobado por el representante legal, que incorpore las directrices sobre la materia que le entregue la CORPORACIÓN (empresa principal). Moderado Artículo 9 N° 3 inciso 3° del D.S. N° 76 de 2007 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No contener el Programa de Trabajo de seguridad y salud laboral la aprobación del representante legal, las medidas para la eliminación de los peligros y riesgos laborales o su reducción al mínimo, con miras a prevenir las lesiones, enfermedades y muertes ocasionadas por el trabajo, los plazos en que las medidas se ejecutarán y sus responsables, las acciones de información y formación, los procedimientos de control de los riesgos, los planes de emergencia, la investigación de accidentes. Moderado Artículo 10 del D.S. N° 76 de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No mantener por escrito, ya sea en papel o formato electrónico, la información vinculada al Sistema de Gestión de la seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas o subcontratistas en la realización de la obra, la faena, servicios, según el siguiente detalle: 1. Política de SST. 2. Obligación de informar los riesgos y las medidas de Prevención (DS N°40, Artículo 21°) 3. Cursos realizados en la Mutualidad (ej: trabajo en altura mayor a 1,8 m) 4. Procedimientos de trabajos (ej: trabajo en altura mayor a 1,8 m). 5. Exámenes Ocupacionales 6. Permisos de trabajo y AST 7. Entrega de elementos de protección personal (registro escrito). 8. Programa de inspecciones 9. Programa Charla de 5 minutos. 10. Certificado de afiliación a Mutualidad. Moderado Artículo 32 del D.S. N° 76 de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No cumplir la empresa Contratista o Subcontratista, con las medidas de prevención indicadas por el Departamento de Prevención de Riesgos de la CORPORACIÓN. Grave Artículo 6 inciso 1° del D.S. N° 76 de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No realizar la empresa contratista o subcontratista junto con la empresa principal, las coordinaciones que fueren necesarias para dar cumplimiento a las normas en materias de seguridad y salud en el trabajo, según el siguiente detalle: 1. Reuniones semanales o en caso de que ocurra un accidente grave o fatal. 2. Entrega de Certificado de Tasa de Siniestralidad y Certificado de Accidentes. 3. Notificaciones diarias de accidentes del trabajo/enfermedades profesionales. 4. Listado diario de trabajadores presentes en la faena (nombre completo, rut, cargo, teléfono, email, nombre empleador). 5. Carpeta por trabajador, con antecedentes de seguridad y salud en el trabajo (ej: charlas, entrega de EPP, entrega de Reglamento Interno de Higiene & Seguridad, etc.) Grave Artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 y artículo 183-E inciso 1º del Código del Trabajo, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. No implementar la empresa contratista o subcontratistas, el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en la realización de la obra, faena o servicios, lo anterior cuando se constate que en su conjunto agrupan más de 50 trabajadores contratistas. Grave Al hecho infraccional clasificado como MODERADO, se le aplicará una multa de 2 UTM por vez en que se detecte el no cumplimiento, dejando registro de esto en Libro de Obras. Al hecho infraccional clasificado como GRAVE, se le aplicará una multa del 4 UTM por vez en que se detecte el no cumplimiento, dejando registro de esto en Libro de Obras. • Procedimiento de aplicación de multa Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en esta las presentes bases de licitación sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al proveedor, remitiendo copia de la resolución de la Secretaría General que comunica el inicio del procedimiento administrativo de aplicación de multa, la que deberá indicar en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en (Avenida Pedro de Valdivia N°963) o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada. Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento de Compras Públicas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución fundada, emitida por la Secretaría General, la que será notificada al contratista en forma personal, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato u orden de compra, o a través de correo electrónico. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Avenida Pedro de Valdivia N°963, comuna de Providencia, o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada. La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes. Con todo, la entidad contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud de la presente cláusula, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa. • Pago de las Multas El proveedor podrá pagar las multas directamente mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación (CDS) conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa, debiendo dejarse constancia de ello en el respectivo expediente administrativo, en el plazo de 10 días hábiles. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la CDS de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento (si es que existe dicha caución) para el pago de la multa adeudada. En caso de hacerse efectivo su cobro, el proveedor deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, en caso de ser física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Avenida Pedro de Valdivia N°963, Providencia, Santiago; en el caso de ser digital, esta deberá ser enviada al correo tesoreria@cdsprovidencia.cl con copia ctorres@cdsprovidencia.cl.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Si el proveedor se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación, si corresponde. c) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. d) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. e) Si los productos, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado. f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado de la contratación; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado de la contratación. g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123. h) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, sin previa autorización de la Corporación, de acuerdo con lo estipulado en las bases. i) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 129 del Decreto 661/2024. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Decreto 661/2024. j) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. k) Por caso fortuito o fuerza mayor. l) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. m) Si el proveedor adjudicado sobrepasa los topes máximos establecidos en el artículo N°24. Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el Administrador de Contrato de la Corporación, comunicará al proveedor que se está frente a una causal de término anticipado, de manera fundada y por correo electrónico, dándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles para pronunciarse, la notificación de termino anticipado, se entenderá realizada una vez transcurridos 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico. En el caso de que el proveedor presente respuesta contraviniendo los hechos y/o la cláusula que se considera vulnerada, deberá hacerlo por correo electrónico, el que deberá ser dirigido a la Unidad de Licitaciones. En tal caso, el Administrador de Contrato podrá acogerlos o rechazarlos. El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrando se notificara de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerara el que haya señalado al celebrar el contrato. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), k) y l), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento. En el caso de la resciliación, la propuesta de terminar el contrato por mutuo acuerdo se realizara por correo electrónico, que emanara del Administrador de Contrato de la Corporación, con la aquiescencia del Secretario General, de la Corporación, decisión que en todo caso se materializara mediante la expedición del pertinente acto administrativo, con todo, la propuesta de realizar el término anticipado por esta vía, incluirá a su vez una propuesta de liquidación del contrato, a fin de que el acto administrativo que apruebe el termino anticipado, a su vez, por economía procesal administrativa, aprueba la liquidación respectiva. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Corporación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, el incumplimiento, comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor. Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el termino anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo, señaladas en el artículo N°26 de las presentes bases de licitación. ARTÍCULO N° 26 LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO CONTRACTUAL La liquidación es el documento generado por la Corporación, en el que se determina el estado de cumplimiento de las obligaciones del contrato al finalizar el mismo, y por tanto se consignas todos los pagos cursados (sea uno o varios pagos), las garantías existentes en poder de la Corporación, los cobros de multas y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del proveedor. Este documento deberá ser confeccionado y tramitado por el Administrador del Contrato, dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde el término anticipado del contrato o término del plazo de la garantía técnica de las obras. La liquidación se notifica por correo electrónico, por parte del Administrador de contrato, y su aprobación se hará mediante resolución exenta emitida por la Corporación, sin perjuicio de que el proveedor pueda hacer valer, por su parte, los recursos que le otorgue el ordenamiento jurídico. El proveedor podrá realizar observaciones al documento de liquidación dentro del plazo de 5 (cinco) días corridos desde que es notificado de esta (entiéndase notificado a las 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico). Las observaciones podrán ser ingresadas por correo electrónico, las cuales podrán ser o no acogidas por la Corporación mediante su Administrador de Contrato. Una vez firmada la liquidación y el finiquito contractual, y al determinarse que la o las causales de término anticipado son imputables al proveedor, la Corporación podrá solicitar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. ARTÍCULO N° 27 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia. ARTÍCULO N° 28 MODIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN: AUMENTOS, DISMINUCIONES DE LA ADQUISICIÓN Y OBRAS EXTRAORDINARIOS. 28.1 AUMENTOS Y DISMINUCIONES. La Corporación podrá aumentar o disminuir el valor del contrato originalmente pactado, basado en el informe respectivo del Administrador del Contrato, el cual deberá contar previamente con el visto bueno de la Secretaría General. Los aumentos o disminuciones no podrán sobrepasar el 30% del monto total contratado. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, correspondiente. Para calcular el monto del aumento o disminución del valor del contrato, se considerarán los valores unitarios ofertados en el Anexo N°2 “Oferta Económica”, por cada una de las líneas adjudicadas. La Corporación podrá solicitar ampliaciones de partidas consideradas inicialmente, para lo cual se considerarán los mismos precios unitarios del presupuesto detallado en la propuesta inicial. La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. El Contratista se obliga a ejecutar, dentro del mismo plazo del contrato, aquellas obras que por su naturaleza sean imprescindibles para la correcta ejecución de las obras contratadas, y que no hayan sido detalladas en el itemizado, pero sí consideradas dentro de la oferta total, las cuales por ende no implican costo extra alguno para la Corporación. La sumatoria de todas estas modificaciones no podrá superar el 30% del monto total contratado originalmente. Para todas estas modificaciones, es decir, ampliaciones de obras y obras extraordinarias, el Contratista deberá presentar a al Administrador del Contrato un presupuesto detallado de dichas obras y el aumento de plazo, si procede, en un plazo máximo de dos días hábiles a contar de la anotación en el Libro de Obras; respetando siempre el mismo valor ofertado (en los casos que corresponda). El Administrador de Contrato revisará los antecedentes e informará la aprobación o denegación de estas modificaciones, mediante correo electrónico e indicación en el Libro de Obras; las modificaciones autorizadas por la Unidad Técnica sólo sean referente a aumentos de plazo, bastará con la correspondiente nota en el Libro de Obras, para los casos en que estas modificaciones involucren montos, deberán aprobarse con el respectivo acto administrativo que autoriza dichas ampliaciones y la orden de compra correspondiente. Para efectos de aumentos de plazo y/o modificaciones de obras, deberá realizarse la actualización y/o complementación de garantías correspondientes. Si no se cumplen estos requisitos, en cuanto a las formas y a los plazos, se entenderá que no constituyen una modificación al contrato ya firmado y por ende el Contratista asume costos y plazos asociados. Todo lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 129° del Decreto N°661/2024. 28.2 OBRAS EXTRAORDINARIAS Podrán ejecutarse obras extraordinarias no contempladas en las especificaciones técnicas ni incluidas en el presupuesto original, es decir, partidas adicionales distintas de las estipuladas inicialmente. Estas obras deberán ejecutarse con estricto apego a lo establecido en las bases administrativas, especificaciones técnicas, planos generales y de detalle, aclaraciones, respuestas a consultas, permisos otorgados por la Corporación y, en general, toda la documentación que forma parte del proceso de licitación. En ningún caso se autoriza la modificación o alteración unilateral de estos documentos. Por lo tanto, se prohíbe expresamente al contratista introducir cambios que no estén debidamente aprobados. Cualquier modificación realizada unilateralmente por el contratista será de su exclusiva responsabilidad y costo, incluyendo aquellos relacionados con la corrección de las obras para ajustarlas a los planos y especificaciones originales. Durante la ejecución del contrato, la Corporación podrá ordenar modificaciones que impliquen obras extraordinarias,, así como la sustitución de materiales, modelos, marcas o tipos por otros distintos a los contemplados en el presupuesto original del contratista. Estas modificaciones deberán ser registradas previamente en el Libro de Obras, indicando claramente los montos y plazos involucrados. Para toda modificación (ya sea ampliación de obras u obras extraordinarias), el contratista deberá presentar a al Administrador del Contrato un presupuesto detallado de los trabajos requeridos, junto con la solicitud de aumento de plazo, si corresponde. Este presupuesto deberá entregarse dentro de un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la anotación realizada en el Libro de Obras por parte del Administrador del Contrato. En todo caso, se deberá respetar el valor ofertado originalmente, cuando sea aplicable. Estas obras se formalizarán a través del respectivo acto administrativo que autoriza dichas ampliaciones y la orden de compra correspondiente ARTÍCULO N° 29 PRECIO DEL CONTRATO Y CONDICIONES DE PAGO 29.1 PRECIO DEL CONTRATO El precio total del contrato será el valor total ofertado por el Contratista en la fila “TOTAL COSTO EJECUCIÓN DE OBRA” impuestos incluidos, del formulario Anexo N°2 “Oferta Económica”, por cada línea de adjudicación. El Proveedor facturará por las obras efectivamente ejecutadas y recepcionados conforme por la CORPORACIÓN. La facturación será por cada línea, según se informe oportunamente por el Administrador del Contrato. 29.2 CONDICIONES DE PAGO La Corporación pagará, por cada línea de la Corporación por los servicios realizados por la empresa prestadora de servicio, junto con la entrega de los siguientes antecedentes: a) Registro fotográfico (Del tipo antes/después). b) Certificado F30, sin registros de multas, cuya fecha de vigencia debe contemplar la fecha de factura. c) Informe de certificación de las instalaciones eléctricas (firmado por un instalador autorizado), para el caso de la línea N°3. d) Libro de obras completo. La Unidad Técnica podrá solicitar cualquier otro antecedente técnico pertinente para el estado de pago final. Importante considerar que las obras deberán ser recepcionadas tanto por la unidad técnica como por el establecimiento, por lo tanto, este proceso se podrá realizar sólo a contar del día 07/07/2025, aunque haya finalizado el 100% de la obra. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 por cada uno de los establecimientos señalados en las presentes bases. En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en estas Bases.
BASES TÉCNICAS
ARTÍCULO N° 30 OBRAS REQUERIDAS La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere del servicio "EJECUCIÓN OBRAS DE INVIERNO 2025” de acuerdo con el siguiente detalle: N° ESTABLECIMIENTO DETALLE MONTO ESTIMADO IMPUESTOS INCLUIDOS 1 LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA Reparación y pintura de cielo 13 salas. Cambio de cielo modular. $15.200.000 2 COLEGIO MERCEDES MARÍN Reparación y pintura de cielo 8 salad de clases. $3.600.000 3 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Provisión e instalación eléctrica de 12 equipos de aire acondicionado. Instalación eléctrica sala de idiomas. $21.900.000 4 LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT Habilitación de oficinas. $18.900.000 5 LICEO N°7 División sala PIE. $8.500.000 Cualquier omisión, error o doble interpretación que pueda existir en la redacción de las especificaciones, en los planos y documentos complementarios, se resolverá considerando el arte del buen construir y funcionamiento adecuado de las partidas que deben constituir parte del proyecto; todo esto, con el objeto de asegurar una correcta ejecución y terminaciones en todas las partidas incluidas en el proyecto. Todas las obras deben ejecutarse respetando la legislación y reglamentación vigente; en especial: • Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC); • Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC); • Reglamentos para instalaciones y obras de pavimentación de los servicios correspondientes; • Ordenanzas municipales que correspondan a nivel local. 1. TIPO DE CONTRATACIÓN La presente licitación tiene como objetivo realizar una contratación a suma alzada por línea adjudicada, basado en los antecedentes que forman parte de la presente licitación. Por ende, el oferente deberá considerar todos aquellos gastos asociados y necesarios para la correcta ejecución de las obras. Todas las cubicaciones entregadas son referenciales, por lo que cada oferente es responsable de revisar y validad las mismas al momento de realizar su oferta. ARTÍCULO N° 31 EJECUCIÓN DEL SERVICIO 1. MATERIALES. El proveedor adjudicado deberá proveer de todo el material, herramienta y/o equipo, que sea necesario para la ejecución del servicio licitado. Estos deberán encontrarse en perfectas condiciones. El contratista será responsable de la calidad de los materiales, de los errores de diseño cuando corresponda, de los vicios y de los prejuicios que con ella se ocasionen a terceros, todo de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2003 y siguientes del Código Civil. 2. PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO. El proveedor adjudicado deberá contar con personal con experiencia en obras para la ejecución de los trabajos, validado por la Unidad Técnica, quien podrá solicitar el cambio del personal si este no cuenta con la expertiz en el rubro. También deberá individualizar (mediante el envío por correo electrónico y la designación en libro de obras), del profesional interlocutor para todos los efectos, el cual mediará y se comunicará con la Unidad Técnica y el Establecimiento, frente a observaciones, resolución de problemas, coordinación de trabajos, etc. 3. EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD El proveedor adjudicado, deberá velar por el cumplimiento de las normativas atingentes en cuanto a la seguridad de sus trabajadores, en cuanto a la utilización de los Elementos de Protección Personal (EPP) que sean necesarios. Todo EPP, deberá ser entregado por el proveedor adjudicado. El proveedor adjudicado deberá tener el cuidado correspondiente para trabajar en altura, cuando corresponda, tendrá que considerar de andamios o maquinaria que permita trabajar en altura, al ser andamios deberán ser instalados y manipulados de acuerdo a las normas de seguridad pertinentes y vigentes, debidamente controladas por un experto y mantener el uso de los elementos de seguridad personal para trabajo en altura (cuerda de vida, arnés de seguridad, cascos, guantes, etc.). Todo trabajador deberá contar con los accesorios de seguridad necesarias según establece la norma chilena, esto es; casco de seguridad, zapatos de seguridad, chaleco reflectante, protector solar con protector U.V., arnés de seguridad para trabajos en altura, etc. Cada una de las medidas de seguridad serán revisadas por el Experto en Prevención de Riesgos de UT. Cualquier falta a dichas medidas será causal de paralización de obra por parte del Inspector, previa advertencias. Será de responsabilidad del contratista mantener todas las normas de seguridad correspondientes a este tipo de trabajo, incluyéndose las indicaciones especiales de mandante sobre el particular. Se deberán mantener las normas de seguridad correspondientes referidas en este caso a las guías técnicas preparadas por el DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD de la MUTUAL DE SEGURIDAD y/o de la ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD, para este tipo de trabajo, en lo que respecta a inspecciones previas y detenidas del sector antes de iniciar cada faena; informar a transeúntes, trabajadores o público acerca de eventuales peligros, mediante letreros, afiches etc.; atenerse a normas vigentes sobre excavaciones, andamios, plataformas adecuadas, pasarelas con pasamanos, vías de acceso y evacuación, etc.; además de indicaciones especiales del mandante sobre el particular. 4. LIBRO DE OBRA Conforme con lo establecido en el Título 1, Capítulo 2, art. 1.2.7 y capítulo 3, art. 1.3.2. N°10, del Decreto N°47 de 1992, MINVU, OGUC, deberá existir un Libro de Obras Foliado y triplicado como mínimo, el que deberá estar permanentemente en la obra durante su ejecución, bajo la custodia y responsabilidad del contratista, en el cual se dejará constancia de: - Órdenes del ITO o Administrador de Contrato, que dentro de los términos del contrato se impartan al contratista. - Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos. - Las observaciones que pudieran estampar los proyectistas o UT. - Las observaciones que haga el mandante. - Las instrucciones al personal de la obra les deberán ser comunicadas por el responsable técnico de esta, o quien lo reemplace ante una eventual ausencia. - Cualquier situación que amerite dejar constancia tanto por parte del proveedor adjudicado como por el personal designado en el establecimiento. Listado de documentos necesarios en formato físico en la obra, estos se solicitarán al momento de iniciar la obra: DOCUMENTOS LEGALES Y OBLIGATORIOS N.º DETALLE DE DOCUMENTOS OBLIGATORIOS EN OBRA Si/No/Na 0.- 1 Archivador lomo ancho con separador de 6 aletas (documentos del ítem 1 al 7) 1.- Copia de reglamento interno para archivo de empresa. (actualizado con las ultimas leyes). 2.- Carta reglamento interno recepcionado por el Seremi de Salud. (actualizado) 3.- Carta reglamento interno recepcionado por la Dirección del Trabajo. (actualizado) 4.- Certificado de siniestralidad emitido por organismo al cual estén afiliado. (ACHS, IPS, IST, MUTUAL, ETC). 5.- Certificado de adherencia a alguna mutualidad (ACHS, IPS, IST, MUTUAL, ETC). 6.- Contacto departamento de recursos humanos (número telefónico, nombre, mail). 7.- F-30 Antecedentes Laborales (mensual). Esta documentación debe estar físicamente antes del ingreso a Corporación de Desarrollo Social de Providencia 0.- ESTA DOCUMENTACION SE IRÁ ARCHIVANDO EN LA MEDIDA QUE INGRESE PERSONAL 1.- LIBRO ASISTENCIA (sumatoria de horas semanalmente y firmadas semanalmente por el trabajador). 2.- Copia contrato de trabajo. 3.- Certificado de antecedentes 4.- Copia cedula de identidad del trabajador. 5.- Charla inducción Obligación de Informar (ODI) Especifica a la especialidad firmada por el trabajador. 6.- Entrega reglamento interno firmado por el trabajador. 7.- Entrega de elementos de protección personal (EPP) firmado y actualizado. 8.- Trabajadores de maquinaria pesada (copia de la licencia correspondiente, examen si corresponde) 9.- Matriz de riesgos de los trabajos 10.- Procedimiento de trabajo con difusión a los trabajadores Esta documentación debe estar físicamente antes del ingreso a la Corporación de Desarrollo Social de Providencia 0.- ESTA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ESTAR FISICAMENTE EN LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA EN LOS TIEMPOS SEÑALADOS 1.- F30-1 Antecedentes Laborales (mensual). Antes del 20 de cada mes 2.- Copia liquidaciones de sueldo (mensual firmadas) fin de mes 3.- Planillas canceladas de afp, salud, fonasa, isapres, ips, afc. (Los 10 de cada mes) 4.- Finiquitos o traslados si corresponde, cada vez que cesen sus labores en esta obra. Se informa, además, que el no cumplimiento de esta documentación en la Corporación de Desarrollo Social de Providencia será motivo para retener y no dar VºBº al pago de la factura correspondiente. TRABAJOS EN SOLDADURA (SI APLICA) 1.- Certificado soldador calificado TRABAJOS EN ALTURA (SI APLICA) 1.- Examen de altura vigente IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA MANDANTE Razón Social: CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA R.U.T: 69070301-7 Dirección: Representante Legal: Fono: Giro: IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA CONTRATISTA Razón Social: R.U.T: Dirección: Representante Legal: G Fono: Giro: IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO DE TRABAJO Nombre: Dirección: Fono: Administrador de fundo: Administrativo de Personal: Horario de Trabajo: 5. JORNADA LABORAL Estas obras se ejecutarán durante el período de recesión de invierno, por lo que se ejecutarán sin estudiantes, considerando inicio de los trabajos a contar del lunes 23/06/2025; de lunes a sábado (días corridos) en horario de 9.00 a 18.00 hrs y sábado de 9.00 a 14.00 hrs. Para la ejecución de trabajos el sábado deberá realizar la notificación con al menos 24hr. De anticipación a UT. 6. PLAZOS DE EJECUCIÓN. El oferente deberá, considerar como plazo máximo de ejecución de obras 11 días corridos para los establecimientos: - Liceo N°7. - Liceo Carmela Carvajal. - Liceo Arturo Alessandri. El proponente deberá considerar que los días 27,28 y 29 de junio no podrá ejecutar trabajos por primarias Presidenciales. Para el Liceo Mercedes Marín, el plazo máximo de ejecución de obras será de 14 días corridos. El proveedor deberá considerar que todas las líneas deberán ejecutarse, en forma paralela dentro del mismo plazo establecido, esto es a contar del lunes 23/06 hasta el día domingo 06/07. Si un proveedor se adjudica más de una línea, la ejecución de las obras deberá ser de manera simultánea, cumpliendo con los plazos señalados, desde la entrega de terreno. 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El proveedor contratado deberá tener, por parte de él o por medio de un contrato con un tercero, una Resolución Sanitaria de Relleno Sanitario o Vertedero legalmente autorizado, donde se realizará la disposición final de los escombros, como también, una Resolución Sanitaria de vehículo que realizará el transporte de residuos no peligrosos a Relleno sanitario o Vertedero legalmente autorizado, los cuales podrán ser solicitados por la UT en cualquier momento, mientras dure la contratación. 8. GARANTÍA TÉCNICA DE LAS OBRAS. Para el presente proceso licitatorio se le solicita al proveedor adjudicado, cumplir de manera obligatoria con una garantía técnica de las obras, durante un periodo de tres meses, desde recepcionado conforme la ejecución de los trabajos licitados. La garantía deberá cubrir daños o desperfectos generados productos del servicio prestado por el proveedor. Esta garantía, no representará ningún costo adicional para la Corporación. 9. RECEPCIONES DEL SERVICIO. Una vez terminada la ejecución de las obras en cada establecimiento por separado, se levantará un acta, la cual debe ser firmada por el establecimiento, proveedor y Unidad Técnica, la cual indicará si existen o no observaciones a lo ejecutado, a la fecha de término contractual, en esta acta se incluirá el detalle de los trabajos ejecutados identificados por edificio, área, etc. 10. RECEPCIÓN PROVISORIA. Una vez transcurrido el plazo de la obra, y en el caso de no existir observaciones a las partidas ejecutadas, la Unidad técnica y el proveedor procederá a firmar el Acta de recepción provisoria sin observaciones. En el caso de existir observaciones, la Unidad Técnica podrá entregar un plazo adicional para subsanar las observaciones detectadas, lo cual deberá consignarse en el Libro de Obras; en el caso de no dar cumplimento a dicho plazo, la Unidad Técnica podrá iniciar el proceso de aplicación de multas correspondientes. En el caso en que, al momento de realizar la Recepción Provisoria de las Obras, y según revisión de la Unidad Técnica, no procediera cursar esta recepción, el Contratista deberá finalizar las obras a la brevedad, procediendo la Corporación a la aplicación de multas y/o garantías por atraso en la entrega si corresponde. El contratista deberá entregar cada uno de los trabajos ejecutados en condiciones óptimas para su funcionamiento antes de efectuarse el Acta de Recepción Conforme. Se entiende por condiciones óptimas, aquello que dice relación con el adecuado funcionamiento de las instalaciones intervenidas, aseo general, retiro de escombros, etc. Esta Acta debe ser firmada por el establecimiento, por lo que sólo podrá ser emitida a contar del día 07/07/2025. A la recepción provisoria de los trabajos, el contratista deberá reintegrar el Libro de Obra; de la misma manera, si se hubiera producido modificaciones en los planos de Arquitectura, e instalaciones entregadas por la Corporación, los actualizará a lo realmente ejecutado, entregando los planos AS-Built, en archivo magnético. 11. RECEPCIÓN FINAL. Para dar curso a la Recepción Final de las Obras (finalizado el período de garantía pertinente), se procederá de igual manera que la Recepción Provisoria. Esta última recepción tiene por objeto que el mandante verifique todas las posibles fallas o errores constructivos que no era posible visualizar al momento de la recepción provisoria, pero que transcurrido un plazo prudente y razonable pudiesen aparecer. Con esta recepción se da por finalizado el período de garantía vigente y el contratista podrá solicitar la devolución de las garantías vigentes asociadas a este período. 12. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO. 1. Deberá tener personal calificado y/o con experiencia pertinente a las obras a ejecutar; la UT podrá solicitar el cambio de personal en caso de detectar falta de experiencia en deterioro de la correcta ejecución de las obras contratadas. 2. Deberá contar con un instalador eléctrico certificado ante la SEC (línea N°3 Liceo Carmela Carvajal). 3. Será responsable de todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros. 4. Asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios que producto de sus faenas, pueda ocasionar a la propia obra, o a las instalaciones existentes del establecimiento, incluyendo los daños y perjuicios producto de incendio. 5. Deberá cumplir con las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N° 16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo. 6. Será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del contrato, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, de manera tal que la Corporación, no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico con ese personal. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación tendrá la facultad de exigir al contratista documentación que acredite contratos y pagos al día de su personal. 7. Asume toda la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de los trabajos, obligándose a rehacer sin costo para la Corporación cualquier falla que a juicio de la Institución pudiera apreciarse. 8. Realizar la vigilancia y cuidado de la obra durante su ejecución y hasta el momento de la recepción provisoria sin observaciones. 9. Debe realizar los trabajos dentro del recinto de la obra, en el horario y bajo las disposiciones que la UT le indique, y ajustados a los principios de legalidad, ética, moral y buenas costumbres, respecto para los funcionarios del servicio. 10. Deberá designar al inicio del contrato, a la persona encargada de la gestión y comunicación de la ejecución del contrato y la UT, quien deberá estar disponible para cualquier requerimiento, cuando así lo requiera la UT. Esta designación la realizará mediante correo electrónico a la UT, indicando nombre completo, correo electrónico y numero de contacto (celular). 11. Tramitación de permisos y otros documentos que se requieran para la ejecución de los trabajos, a su costo, debiendo informarlo por escrito a la UT. 12. Deberá exhibir en todo momento una credencial que lo identifique como servicio externo, al igual que los trabajadores que ingresen a cada establecimiento/centro. 13. Previo al inicio de los trabajos, deberá entregar una nómina completa del personal que en ella laborará, indicando el nombre, apellido y cédula de identidad de cada trabajador a la dirección del establecimiento. 14. Realizar registro diario de asistencia, del personal que ingresa a la obra, registro perteneciente al establecimiento. 15. Debe conservar la limpieza, garantizar, reponer y reparar todo deterioro ocasionado por su acción en el proceso de instalación, reparación y/o mantención de los trabajos y servicios solicitados. En caso de que deba reparar algún deterioro, la UT condicionar la recepción conforme de los trabajos, una vez que se efectúe la finalización satisfactoria de la reparación requerida. 16. El proveedor adjudicado deberá realizar capacitaciones en el manejo y uso de los equipos instalados en el centro correspondiente, según los requerimientos de la UT y en las fechas que esta señale (cuando corresponda). 17. Mantener la documentación solicitada y en orden, en obra disponible en todo momento. 13. CUMPLIMIENTOS LABORALES. Deberá cumplir con las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N° 16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo. Conforme a lo dispuesto en el art. 183-C del código del trabajo, el contratista deberá presentar junto con el estado de pago correspondiente, a la UT, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por otros documentos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto a los trabajadores del contratista, por ejemplo: Boletín de la Dirección del Trabajo que se obtiene de su página web. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a la Corporación de ser informada y de retención consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. Será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del contrato, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, de manera tal que la Corporación, no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico con ese personal. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación tendrá la facultad de exigir al contratista documentación que acredite contratos y pagos al día de su personal. ARTÍCULO N° 32 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. GENERALIDADES El proveedor adjudicado deberá ejecutar las obras detalladas en las presentes especificaciones técnicas y de acuerdo con lo establecido en bases de licitación. En todos los Planos las cotas prevalecen sobre el dibujo. Cualquier duda en la interpretación de los Planos y/o Especificaciones Técnicas, serán resueltas por la unidad técnica (UT). Ante cualquier discrepancia que pudiera producirse entre los planos de Arquitectura e Instalaciones, o con las presentes Especificaciones Técnicas, como así mismo ante duda acerca de la interpretación de estas, la constructora deberá consultar a la unidad técnica. Así mismo, cualquier sustitución de especificaciones o cambio en los planos, deberá ser expresamente autorizado por el mandante. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros e instalaciones provisorias quedando el terreno y la obra limpia y despejada. CONTROL DE CALIDAD Todos los trabajos efectuados bajo estas Especificaciones Técnicas serán controlados en forma rigurosa por la UT. Esta podrá rechazar todo trabajo que no sea ejecutado de acuerdo con los procedimientos y exigencias establecidas en estas especificaciones, normas e instrucciones señaladas. LÍNEA N°1: LICEO ARTURO ALESSANDRI: REPARACIÓN Y PINTURA DE CIELO 13 SALAS Y CAMBIO DE CIELO MODULAR. OBJETIVOS DE LA OBRA La obra considera intervenciones en los siguientes recintos/áreas: • Reparación y pintura cielos salas de clases. • Retiro de palmetas cielo modular oficinas, sala múltiple, PIE. • Limpieza y desinfección de oficinas, sala múltiple, PIE. • Cambio de cielo modular sala PIE, oficinas, sala múltiple. 1. REPARACIÓN DE CIELOS 1.1 RASPADO Y REPARACIÓN DE MARTELINA Se deberá considerar el retiro de clavos, tornillos, corchetes, scotch y cualquier adhesivo que exista en la superficie a pintar. La eliminación de todas las capas de pinturas flojas o descascaradas ya sea con lija, discos abrasivos, viruta de acero o espátula. Se deberá eliminar todos los restos de polvillo con un trapo húmedo. Se deberá considerar la aplicación de esmalte sintético mate sobre las manchas de humedad hasta cubrirlas totalmente. No se aplicará pintura sobre superficies que previamente no hayan sido inspeccionadas, y los trabajos previos realizados a entera satisfacción de la UT. Deberán efectuarse reparaciones en los sectores con tabiques o revestimiento de yeso cartón que se encuentren afectados y en los cielorrasos, tanto aplicados como armados (especialmente los afectados en zonas húmedas). Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie serán corregidos antes de pintar, y los trabajos se retocarán una vez concluidos. No se admitirá el empleo de pintura espesa para tapar poros, grietas u otros defectos. No se aplicarán pinturas sobre superficies interior o superficialmente húmedas, y todas aquellas deberán estar libres de condensación, polvo, hollín, grasa, aceite, alquitrán, etc., antes de la aplicación de cada capa. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. La superficie por pintar, en muchos sectores, ha sido afectada por ingreso de humedad, por lo que se deberá reparar el enlucido de yeso o revoque si fuera necesario. 2. PINTURA DE CIELOS (MARTELINA) Se consulta Martelina de Sipa color blanco, grano grueso colocado con rodillo en todas las superficies dañadas en cielos interiores de salas de clases. Los colores serán determinados por la U.T. La calidad de las pinturas deberá corresponder a esmaltes al agua SIPA. Esto deberá cumplir con las máximas exigencias de durabilidad y aspecto, tanto en materiales como en su ejecución posterior. Las especificaciones de colores y calidad de ejecución estarán sujetas a las indicaciones de la UT debiendo efectuarse muestras previas para su aprobación. Las pinturas deben ser compatibles con los materiales de las bases. No se harán mezclas de pinturas no indicadas por el fabricante. Los envases deben tener identificación de fábrica con indicación clara de su contenido, proporción de mezcla y el diluyente a usar. Las superficies por pintar deben estar perfectamente limpias y totalmente secas. No se efectuarán trabajos de pinturas habiendo condiciones climáticas de humedad y temperatura adversas. No se efectuarán trabajos de pinturas sobre superficies que se encuentren a temperaturas mayores de 35ºC. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. Se aplicarán las manos necesarias para el perfecto acabado de las superficies; en todos los casos se aplicarán dos manos como mínimo. No se aceptarán imperfecciones ni manchas sobre elementos ajenos a la superficie a pintar. Las pinturas deben aplicarse sin que estén colocadas tapas ni guarniciones de artefactos eléctricos cerrajerías, quincallerías, etc. Se deberán considerar además todos los remates de pinturas necesarias que no se hayan indicados expresamente en los ítems correspondientes, ya sea de revestimientos en general o de carpinterías especiales, con óleo, esmalte, barniz o látex según indicación de la UT. 3. CAMBIO DE CIELO MODULAR 3.1 RETIRO DE CIELO Se deberá realizar el retiro de placas de cielo modular ubicados en oficinas, sala multiuso, y pie. El retiro de escombro deberá ser en bolsas de plástico gruesas, desde las oficinas a intervenir hasta lugar habilitado por el establecimiento de acopio. 3.2 CIELO MODULAR. Provisión e instalación Placa de fibra mineral con acabado fisurado de 12mm de espesor 1213x603 borde recto. Esta nueva placa de fibra mineral deberá ser instaladas en la perfilería existente. (Las medidas deberán ser corroboradas en terreno antes de su compra) 4. SANITIZACION. Se deberá realizar la limpieza total de los sectores intervenidos, para ello se deberá trabajar con todos los EPP necesarios. (mascarillas con filtro de carbón, overol tipo tyvek, guantes de látex, etc.) Puesto que en los sectores a intervenir se a detectado la presencia de roedores y fecas de ratón. Para esto se deberá realizar una desinfección profunda de los sectores intervenidos. Esta desinfección y sanitización se deberá realizar con productos apropiados para estos sectores ya que en estos sectores alberga al estudiantado, profesores y a personal de oficina. Se deberá entregar certificado de seremi que acredite la sanitización. 5. RETIRO DE ESCOMBROS Y ASEO 5.1 ESCOMBROS Corresponde que, una vez ejecutados los trabajos y cada una de las partidas, se realizará retiro, de todos los escombros, artefactos y/ó materiales sobrantes. Se debe procurar dejar en perfectas condiciones la zona de acopio de escombros, esto considera, reparaciones por posibles daños causados por los mismos escombros y la limpieza final de esta zona de acopio. NOTA: Los escombros se llevarán a botaderos autorizados en sacos. 5.2 ASEO Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Se debe poner especial énfasis en las faenas de demolición y lijado. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros, materiales y herramientas, quedando el terreno y la obra LIMPIA Y DESPEJADA. NOTA: Se debe considerar la limpieza final de todos los recintos existentes que sean utilizados durante el período de construcción. LÍNEA N°2: COLEGIO MERCEDES MARIN: REPARACIÓN Y PINTURA DE CIELO SALAS DE CLASES OBJETIVOS DE LA OBRA La obra considera intervenciones en los siguientes recintos/áreas: • Reparación y pintura cielos 8 salas de clases. 1. REPARACIÓN DE CIELOS 1.1 RASPADO Y PREPARACIÓN Se deberá considerar el retiro de clavos, tornillos, corchetes, scotch y cualquier adhesivo que exista en la superficie a pintar. La eliminación de todas las capas de pinturas flojas o descascaradas ya sea con lija, discos abrasivos, viruta de acero o espátula. Se deberá eliminar todos los restos de polvillo con un trapo húmedo. Se deberá considerar la aplicación de esmalte sintético mate sobre las manchas de humedad hasta cubrirlas totalmente. No se aplicará pintura sobre superficies que previamente no hayan sido inspeccionadas, y los trabajos previos realizados a entera satisfacción de la UT. Deberán efectuarse reparaciones en los sectores con tabiques o revestimiento de yeso cartón que se encuentren afectados y en los cielorrasos, tanto aplicados como armados (especialmente los afectados en zonas húmedas). Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie serán corregidos antes de pintar, y los trabajos se retocarán una vez concluidos. No se admitirá el empleo de pintura espesa para tapar poros, grietas u otros defectos. No se aplicarán pinturas sobre superficies interior o superficialmente húmedas, y todas aquellas deberán estar libres de condensación, polvo, hollín, grasa, aceite, alquitrán, etc., antes de la aplicación de cada capa. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. La superficie por pintar, en muchos sectores, ha sido afectada por ingreso de humedad, por lo que se deberá reparar el enlucido de yeso o revoque si fuera necesario. 1.2 PINTURA CIELO Los colores serán determinados por la U.T. La calidad de las pinturas deberá corresponder a esmaltes al agua SIPA. Esto deberá cumplir con las máximas exigencias de durabilidad y aspecto, tanto en materiales como en su ejecución posterior. Las especificaciones de colores y calidad de ejecución estarán sujetas a las indicaciones de la UT debiendo efectuarse muestras previas para su aprobación. Las pinturas deben ser compatibles con los materiales de las bases. No se harán mezclas de pinturas no indicadas por el fabricante. Los envases deben tener identificación de fábrica con indicación clara de su contenido, proporción de mezcla y el diluyente a usar. Las superficies por pintar deben estar perfectamente limpias y totalmente secas. No se efectuarán trabajos de pinturas habiendo condiciones climáticas de humedad y temperatura adversas. No se efectuarán trabajos de pinturas sobre superficies que se encuentren a temperaturas mayores de 35ºC. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. Se aplicarán las manos necesarias para el perfecto acabado de las superficies; en todos los casos se aplicarán dos manos como mínimo. No se aceptarán imperfecciones ni manchas sobre elementos ajenos a la superficie a pintar. Las pinturas deben aplicarse sin que estén colocadas tapas ni guarniciones de artefactos eléctricos cerrajerías, quincallerías, etc. Se deberán considerar además todos los remates de pinturas necesarias que no se hayan indicados expresamente en los ítems correspondientes, ya sea de revestimientos en general o de carpinterías especiales, con óleo, esmalte, barniz o látex según indicación de la UT. 2. RETIRO DE ESCOMBROS Y ASEO 2.1 ESCOMBROS Corresponde que, una vez ejecutados los trabajos y cada una de las partidas, se realizará retiro, de todos los escombros, artefactos y/ó materiales sobrantes. Se debe procurar dejar en perfectas condiciones la zona de acopio de escombros, esto considera, reparaciones por posibles daños causados por los mismos escombros y la limpieza final de esta zona de acopio. NOTA: Los escombros se llevarán a botaderos autorizados en sacos. 2.2 ASEO Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Se debe poner especial énfasis en las faenas de demolición y lijado. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros, materiales y herramientas, quedando el terreno y la obra LIMPIA Y DESPEJADA. NOTA: Se debe considerar la limpieza final de todos los recintos existentes que sean utilizados durante el período de construcción. LÍNEA N°3: LICEO CARMELA CARVAJAL: PROVISIÓN E INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE 12 EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO; INSTALACIÓN ELÉCTRICA SALA DE IDIOMAS. OBJETIVOS DE LA OBRA La obra considera intervenciones en los siguientes recintos/áreas: • Provisión e instalación de tablero eléctrico y aires acondicionado en salas de clases. • Provisión e instalación de circuitos eléctricos en sala IB LETREROS DE SEGURIDAD: Considerar señaléticas de seguridad proporcionadas por mutualidad correspondiente a las labores a ejecutar. NORMATIVAS Y REGLAMENTOS Todos los aspectos que estas especificaciones no consultan expresamente y que tienen relación directa con las obras por realizar, serán ejecutados de acuerdo con lo dispuesto en la última edición y/o modificaciones de las Normas y procedimientos más modernos que se aplican en esta área y que a su vez garantizan una racional y eficaz utilización de las instalaciones. Estas Normas se detallan a continuación: • SEC: Superintendencia de Electricidad y Combustibles. • IEC : International Electrotechnical Commission. • IEE : Institute of Electrical and Electronics Engineers. • NEC : National Electrical Code. • ANSI : American National Standards Institute. • NFPA : National Fire Protection Association. • NSEG 5 E.N. 55 : Instalaciones de corrientes fuertes • Decreto 327 : Ley de servicios Eléctricos • Normas de Prevención de Riesgos • Pliegos Técnicos Con Vigencia desde 12 de Julio del 2021 RIC-Nº1 : Empalmes RIC-Nº2 : Tableros Eléctricos RIC-Nº3 : Alimentadores y Demanda de una Instalación RIC-Nº4 : Conductores y Canalizaciones RIC-Nº5 : Medidas de Protección Contra Tensiones Peligrosas RIC-Nº6 : Puesta a Tierra RIC-Nº7 : Instalaciones de Equipos Si los equipos y materiales ofrecidos por el proveedor son diseñados, construidos y probados con otros requerimientos que aquellos especificados en las normas de las instituciones antes mencionadas, se deberá suministrar la adecuada documentación a fin de permitir al Cliente, determinar la conveniencia de los equipos y materiales propuestos para la aplicación deseada. Cualquier omisión en las normas o en esta especificación no libera al proveedor de la responsabilidad que se rija por última normativa vigente, o decreto que disponga autoridad pertinente, debiendo informar los cambios, y los costos asociados a estos cambios. Cualquier conflicto entre normas, códigos y la especificación técnica o documentos de la orden de compra o contrato correspondiente, deberá ser remitido al Cliente para aclaración por escrito, antes del comienzo de la compra de equipos y materiales, como de la ejecución de la obra. Sin embargo, la decisión del Cliente no liberará al Contratista de sus responsabilidades por el suministro de componentes y materiales requeridos para la construcción de las instalaciones requeridas. 1. PROVISIÓN E INSTALACIÓN ELÉCTRICA EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO. 1.1 EQUIPOS 24.000 BTU PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE UNIDADES ACONDICIONADORAS DE AIRE TIPO SPLIT MURO SISTEMA INVERTER MARCA ANWO 24.000 BTU. Considera la provisión e instalación de 12 equipo de aire acondicionado en Salas de clases, de acuerdo con ubicación entregada en planimetría complementaria. Equipo Split Muro con Sistema Inverter marca ANWO 24.000 BTU, producción frío y calefacción para uso verano e invierno, ecológico R410A-220 Volts certificación eficiencia eléctrica clase A. Los trabajos deben considerar alimentación eléctrica desde tablero con circuito independiente. Cada equipo deberá contar con alimentador independiente, enchufe 16 amp., instalación deberá cumplir con Nch n°4/2003. Unidad exterior deberá ser instalado en muro o cubierta del establecimiento soportados por escuadras metálicas. Al estar instalado en muro deberá considerar una altura adecuada, lejos del alcance de los niños (+ 1,80 mt); al estar instalado en cubierta deberá incluir bomba de condensado según requerimiento del equipo. 1.2 CIRCUITOS ELÉCTRICOS 1.2.1 CIRCUITO AIRES ACONDICIONADOS Se debe considerar 01 circuito de fuerza independiente en cada uno de los recintos donde se instalan equipos de aire acondicionado. Se empleará disyuntores marca Legran, Bticino, General Electric, y no menor calidad. Circuitos de fuerza protegidos por diferencial capacidad de ruptura máxima 25 A x 30 mA. Debe contar con barra de distribución de Fase, Neutro y Tierra independiente. Todos los conductores utilizados dentro del tablero deben contar con terminales. Cada uno de los circuitos y disyuntores deben estar debidamente rotulados en la contra tapa del tablero. Se debe incorporar en tapa del tablero diagrama unilineal de la instalación. Se debe considerar circuito independiente de enchufes. Debe considerar nueva canalización eléctrica en todos los recintos que consideran enchufes según distribución en planimetría. 1.2.2 DE FUERZA SIMPLE Se consultan centros de enchufes en recintos indicados en planos; marca Bticino triple o similar técnico o superior. Las tomas para estos enchufes se realizarán desde una caja de derivación de enchufes y los conductores que se utilizarán serán del tipo EVA libre de halógeno en 2,5mm. Enchufe Simple 2P+T 10/16A Nobile Blanco AF2180E1B, similar o superior. 1.3 CANALIZACIONES 1.3.1 DUCTO EMT DE 25 Y 32 MM TIRA DE 3M Para el Ducto de EMT este deberá ser de las dimensiones de acuerdo con planos, cuadros de cargas, deberá permitir realización de curvas en terreno mediante curvadoras de acuerdo con el diámetro del ducto que se utilice. 1.3.2 COPLA EMT DE 20MM Todas las coplas de diferentes tamaños deberán ser en medidas milimétricas no se aceptará el uso de medias en pulgadas, debiendo asegurar una correcta fijación entre ductos 1.3.3 TERMINAL EMT DE 20MM Todas las salidas de cajas de diferentes tamaños deberán ser en medidas milimétricas no se aceptará el uso de medias en pulgadas, debiendo asegurar una correcta fijación entre ducto y caja A01 1.3.4 ABRAZADERA EMT TIPO OMEGA 20MM Se utilizarán abrazaderas tipo omega con tornillo de fijación a muro, no se permite el uso de abrazaderas plásticas. 1.3.5 CAJA PREGALVANIZADA UNIVERSAL A-01 100X65X65MM Se considera la instalación de cajas galvanizada herméticas con empaquetadura de goma de dimensiones indicadas en proyecto eléctrico para instalación en exterior. 1.3.6 EMPALME A TABLERO ELÉCTRICO Deberá considerar empalme de tablero eléctrico existente a tablero nuevo en 4°piso. 1.4 CONDUCTORES ELÉCTRICOS Se deben considerar todos los alimentadores indicados en los cuadros de alimentadores. Los conductores para utilizar serán de acuerdo con lo siguiente: • Alimentadores Principales: Conductores Monopolares Multiflex Tipo RZ1-k Libre de Halógenos • En interior: Conductores Monopolares H07Z1 90° C. Libre de Halógeno Los colores aceptados de conductores serán Fases Solo para conductores mayores a 6mm2: R: Azul o Negro Marcado en los extremos con Color Azul S: Negro T: Rojo o Negro Marcado en los extremos con Color Rojo N: Blanco o Negro Marcado en los extremos con Color Blanco TP: Verde Todos los conductores deberán regirse de acuerdo con el código de colores indicado en las normas SEC RIC Nº4. Cuando los alimentadores, sean de un mismo color (negro), deberán marcarse las fases en los extremos con huinchas de colores plásticas de vinilo. Los alimentadores generales deberán identificarse claramente en toda su extensión, utilizando para ello cinturones de Nylon con paleta de identificación inscritos con lápiz indeleble. No se aceptarán en ningún caso, uniones en los alimentadores. Los largos y recorridos indicados en los cuadros de alimentadores y plantas son informativos de acuerdo con el trazado del proyecto, cualquier cambio en obra que implique variación (aumento) de los largos deberá ser evaluado por el ingeniero en obra a fin de no exceder los voltajes máximos de pérdida permitidos. Para efectos de cotización los proponentes serán responsables de realizar sus propias cubicaciones. La sección mínima para la distribución para enchufes de fuerza la sección mínima será de 2,5 mm². La cantidad de conductores por circuito se indican en cada cuadro de carga respectivo. No se alambrará hasta que la obra gruesa se encuentre totalmente terminada. En todas las conexiones entre conductores hasta 10 mm² se soldarán con estaño, con Huincha de Goma y Plástica. No se aceptarán uniones en los circuitos de distribución, con secciones superiores a 10 mm². Todos los circuitos deben quedar debidamente identificados, tanto en las cajas de distribución como en la llegada a tableros. Los conductores por utilizar deberán cumplir con las características técnicas certificadas ante S.E.C. 1.4.1 CABLE EVA 6mm Conductor Alimentador RZ1-K 6mm² , libre de halógeno X4. 1.4.2 CONDUCTOR H07Z1 ROJO Conductor H07Z1 2,5mm², Rojo 1.4.3 CONDUCTOR H07Z1 BLANCO Conductor H07Z1 2,5mm², Blanco. 1.4.4 CONDUCTOR H07Z1 VERDE Conductor H07Z1 2,5mm², Verde. 1.5 TDF Y AC TABLERO ELÉCTRICO El contratista deberá proveer proyecto eléctrico de la totalidad de la obra. Este proyecto deberá venir respaldado por la firma de un instalador eléctrico autorizado por SEC. Su instalación y cantidades de equipos se adaptará a las presentes especificaciones. Se considerará instalación de sistema monofásico. Comprende el suministro y el montaje de todos los elementos desde el Tablero de Distribución y el más remoto de los consumos eléctricos instalados definidos en esta especificación. Se contempla suministro, instalación y montaje de lo siguiente: - Tablero de Distribución. - Canalización deberá ser con tubería EMT rígida de 32mm y 25mm. - Conductores eléctricos libres de halógeno. - Circuito enchufe de fuerza para aire acondicionado. - Se empleará disyuntores marca Legran, Bticino, General Electric, y no menor calidad. - Circuitos de fuerza protegidos por diferencial capacidad de ruptura máxima 25 A x 30 m A. Debe contar con barra de distribución de Fase, Neutro y Tierra independiente. - Todos los conductores utilizados dentro del tablero deben contar con terminales. - Cada uno de los circuitos y disyuntores deben estar debidamente rotulados en la contra tapa del tablero. - Se debe incorporar en tapa del tablero diagrama unilineal de la instalación. - Tierra de protección y servicio. Deberá considerar entregar la certificación de las instalaciones intervenidas, mediante la firma de informe de entrega por parte de un profesional certificado por la SEC. 1.5.1 TABLERO METÁLICO DE 800X600X250MM Tablero metálico de dimensiones estimadas de acuerdo con plano, contratista deberá redimensionar de acuerdo con la marca de protecciones a utilizar y requerimientos normativos. 1.5.2 BORNERAS LIBRES DE MANTENCIÓN 0,2 - 4MM² GRIS para la salida a cada circuito desde 0,2 a 4mm2 se considera la instalación de bornes libres de mantención de secciones indicadas en cuadros de cargas de proyecto. 1.5.3 PROTECTOR DIFERENCIAL 2X25A 30MA Se consideran protector diferencial normal para servicios normales, para ver capacidades y tipo ver diagramas unilineales del proyecto 2x25A 30mA 1.5.4 DISYUNTOR MONOFÁSICO DE 2X16A 6KA CURVA C Se deberá considerar que el disyuntor opere sobre F + N, de acuerdo con las capacidades de corriente nominal y cortocircuito, curva de operación de acuerdo con diagramas unilineales del proyecto 2x16A 6kA Curva C 1.5.5 BARRA REPARTIDORA TETRAPOLAR 63A, 16KA Para corrientes inferiores a 63A se deberá considerar cajas repartidoras, para conocer nivel de Cortocircuito a soportar ver diagrama unilineal del proyecto. 1.5.6 DISYUNTOR TETRAPOLAR DE 4X40A 10KA CURA C Se deberá considerar que el disyuntor opere sobre 3F+N, de acuerdo con las capacidades de corriente nominal y cortocircuito, curva de operación de acuerdo con diagramas unilineales del proyecto 4x40A 10kA Curva C 1.5.7 FUSIBLES 2A Se considera fusibles de 32x18mm de 2A de capacidad, 220Volts. 1.5.8 PORTAFUSIBLES MONOFÁSICO Se instalan portafusibles para instrumentos de medidas, para luces pilotos se consideran que sean monofásico de nivel mínimo de tensión de 220Volts. 1.5.9 LUCES PILOTO Luces piloto led de 220V de color rojo, verde, azul, amarillo de acuerdo con planos. 2. INSTALACIONES ELÉCTRICAS SALA DE IDIOMA 2.1 CONEXIÓN DE TABLERO Se deberá considerar dos arranques eléctricos nuevos desde tablero eléctrico ubicado en pasillo tercer piso, para la instalación de nuevos puntos eléctricos en sala IB. También se debe considerar la reubicación de puntos eléctricos ubicados en el interior de la sala de clases. Estos puntos estarán ubicados según planimetría adjunta. Las instalaciones deberán ser en tubería EMT de 32mm con sus respectivas coplas y soportes. 2.2 RECONEXIÓN DE INSTALACIÓN SALA Los trabajos deben considerar alimentación eléctrica desde tablero principal trifásico, Esta conexión desde el tablero trifásico debera ser en tubería EMT de 32mm hasta tablero de alimentación en pasillo cuarto piso. Cambiando desde el tablero del cuarto piso a salas de clases a tubería EMT de 25mm para conexión de enchufes a salas. cada equipo deberá contar con alimentador independiente de 16 amp más diferencial, enchufe 16 amp., instalación deberá cumplir con Nch n°4/2003. 2.3 ENCHUFES DOBLES Se consultan centros de enchufes marca Bticino doble o similar técnico o superior. Las tomas para estos enchufes se realizarán desde una caja de derivación de enchufes y los conductores que se utilizarán serán del tipo EVA libre de halógeno en 2,5mm. Blanco AF2113E3B, similar o superior, la ubicación se indica en planimetría complementaria. 2.4 CONDUCTOR ROJO Conductor H07Z1 2,5mm², Rojo. Libre de halógeno 2.5. CONDUCTOR BLANCO Conductor H07Z1 2,5mm², Blanco. Libre de halógeno 2.6. CONDUCTOR VERDE Conductor H07Z1 2,5mm², Verde. Libre de halógeno 2.7. DUCTO EMT DE 32 MM TIRA DE 3M Para el Ducto de EMT este deberá ser de las dimensiones de acuerdo con planos, cuadros de cargas, deberá permitir realización de curvas en terreno mediante curvadoras de acuerdo con el diámetro del ducto que se utilice. 2.8. COPLA EMT DE 20MM Todas las coplas de diferentes tamaños deberán ser en medidas milimétricas no se aceptará el uso de medias en pulgadas, debiendo asegurar una correcta fijación entre ductos 2.9. CODOS EMT Deberá considerar codos de EMT en 20 mm, 90°. 2.10. TERMINAL EMT DE 20MM Todas las salidas de cajas de diferentes tamaños deberán ser en medidas milimétricas no se aceptará el uso de medias en pulgadas, debiendo asegurar una correcta fijación entre ducto y caja A01 2.11. ABRAZADERA EMT TIPO OMEGA 20MM Se utilizarán abrazaderas tipo omega con tornillo de fijación a muro, no se permite el uso de abrazaderas plásticas. 2.12. CAJA PREGALVANIZADA UNIVERSAL A-01 100X65X65MM Se considera la instalación de cajas galvanizada herméticas con empaquetadura de goma de dimensiones indicadas en proyecto eléctrico para instalación en exterior. 3. RETIRO DE ESCOMBROS Y ASEO 3.1. ESCOMBROS Corresponde que, una vez ejecutados los trabajos y cada una de las partidas, se realizará retiro, de todos los escombros, artefactos y/ó materiales sobrantes. Se debe procurar dejar en perfectas condiciones la zona de acopio de escombros, esto considera, reparaciones por posibles daños causados por los mismos escombros y la limpieza final de esta zona de acopio. NOTA: Los escombros se llevarán a botaderos autorizados en sacos. 3.2. ASEO Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Se debe poner especial énfasis en las faenas de demolición y lijado. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros, materiales y herramientas, quedando el terreno y la obra LIMPIA Y DESPEJADA. NOTA: Se debe considerar la limpieza final de todos los recintos existentes que sean utilizados durante el período de construcción. 4. ASEO Y ENTREGA Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros e instalaciones provisorias quedando el terreno y la obra limpia y despejada. LÍNEA N°4: LICEO CARMELA CARVAJAL: HABILITACIÓN OFICINAS. OBJETIVOS DE LA OBRA La obra considera intervenciones en los siguientes recintos/áreas: • Retiro de tabiquería vidriada. • Tabiquerías enfermería. • Instalaciones eléctricas enfermería. • Piso enfermería. • Gasfitería y desagües en enfermería. • Oficina administración. • Muebles atención apoderados. 1. RETIRO DE TABIQUERÍA VIDRIADA Toda extracción de elementos será cargo del contratista, así como velar por la extracción, demolición y retiro de los elementos que resulten obstáculo para la correcta ejecución de la obra. Se solicita que todo el material de desarme que pueda ser reutilizado, quede acopiado en un sector del terreno, clasificado según tipo de materialidad (puertas, ventanas, artefactos, vigas, etc.), previa aprobación e instrucciones de la Unidad Técnica. Todo el escombro debe ser retirado por la empresa constructora a cargo de las obras, y llevados a botadero autorizado. Todo el manejo de residuos y/o materiales clasificados como peligrosos debe ser informado a la Unidad Técnica y debe ser llevado a botadero autorizado certificando su ingreso. Al ser una demolición, se deberá tener especial cuidado en no dañar elementos contiguos a las demoliciones o desarmes, incluyendo instalaciones eléctricas en cielos y muros, que serán reutilizados. Deberá considerar la demolición y retiro de todos los elementos señalados en planimetría complementaria. 2. TABIQUERÍAS 2.1. TABIQUERIA DIVISORIA AMBAS CARAS Tabiques interiores y exteriores sistema constructivo Vulcometal Se ejecutarán en estricto acuerdo a los planos de arquitectura, en cuanto a espesores, alturas, dimensión de vanos y elementos estructurales. Serán realizados en sistema constructivo Vulcometal o Metalcom. Los detalles de perfilería estructural, se recomienda modulación 40 cm o 60 cm. Se sugiere utilizar perfiles cuyas dimensiones mínimas sean respecto de montantes 0,60*0,38*0,05 y en canales 0,61*0,38*0,05. CARAS INTERIORES: En las caras interiores de los muros el revestimiento será plancha de yeso cartón Standard de 15 mm de espesor fijadas cada 20 cm a la perfilería del tabique, las que rematarán con unión invisible, empastadas y preparadas para recibir pintura. REVESTIMIENTO ZONAS HUMEDAS: En zonas húmedas se utilizará como recubrimiento planchas de yeso cartón RH de 15 mm de espesor fijadas cada 20 cm a la perfilería del tabique, las que rematarán con unión invisible, preparadas para recibir pintura. o AISLACIÓN MUROS Y TABIQUES En todos los muros y tabiques se colocará aislación de lana mineral papel 1 cara, FISITERM de 50 mm. Como alternativa se aceptará Rollo Lana De Vidrio 50mm. 2.2. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PUERTA Se consideran puertas nuevas de madera maciza lisa indicados en plano. Puerta interior abatible, de tablero, de una hoja de 210x90x4,5 cm, con bastidor, refuerzos y paneles de madera maciza de pino Oregón, para pintar en obra. QUINCALLERÍA: Cerraduras embutidas marca Scanavini cerradura de Pomo 4180 o superior, según detalle en planimetría adjunta. 2.3. PINTURA Y PREPARACIÓN Se deberá considerar el retiro de clavos, tornillos, corchetes, scotch y cualquier adhesivo que exista en la superficie a pintar. La eliminación de todas las capas de pinturas flojas o descascaradas ya sea con lija, viruta de acero o espátula. Se deberá eliminar todos los restos de polvillo con un trapo húmedo. Se deberá considerar la aplicación de esmalte sintético mate sobre las manchas de humedad hasta cubrirlas totalmente. No se aplicará pintura sobre superficies que previamente no hayan sido inspeccionadas, y los trabajos previos realizados a entera satisfacción de la UT. Deberán efectuarse reparaciones en los sectores con tabiques o revestimiento de yeso cartón que se encuentren afectados y en los cielorrasos, tanto aplicados como armados (especialmente los afectados en zonas húmedas). Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie serán corregidos antes de pintar, y los trabajos se retocarán una vez concluidos. No se admitirá el empleo de pintura espesa para tapar poros, grietas u otros defectos. No se aplicarán pinturas sobre superficies interior o superficialmente húmedas, y todas aquellas deberán estar libres de condensación, polvo, hollín, grasa, aceite, alquitrán, etc., antes de la aplicación de cada capa. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. La superficie por pintar, en muchos sectores, ha sido afectada por ingreso de humedad, por lo que se deberá reparar el enlucido de yeso o revoque si fuera necesario. PINTURA MUROS Los colores serán determinados por la U.T. En conjunto con el establecimiento. La calidad de las pinturas deberá corresponder a esmaltes al agua SIPA o superior. Esto deberá cumplir con las máximas exigencias de durabilidad y aspecto, tanto en materiales como en su ejecución posterior. Las especificaciones de colores y calidad de ejecución estarán sujetas a las indicaciones de la UT debiendo efectuarse muestras previas para su aprobación. Las pinturas deben ser compatibles con los materiales de las bases. No se harán mezclas de pinturas no indicadas por el fabricante. Los envases deben tener identificación de fábrica con indicación clara de su contenido, proporción de mezcla y el diluyente a usar. Las superficies por pintar deben estar perfectamente limpias y totalmente secas. No se efectuarán trabajos de pinturas habiendo condiciones climáticas de humedad y temperatura adversas. No se efectuarán trabajos de pinturas sobre superficies que se encuentren a temperaturas mayores de 35ºC. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. Se aplicarán las manos necesarias para el perfecto acabado de las superficies; en todos los casos se aplicarán dos manos como mínimo. No se aceptarán imperfecciones ni manchas sobre elementos ajenos a la superficie a pintar. Las pinturas deben aplicarse sin que estén colocadas tapas ni guarniciones de artefactos eléctricos cerrajerías, quincallerías, etc. Se deberán considerar además todos los remates de pinturas necesarias que no se hayan indicados expresamente en los ítems correspondientes, ya sea de revestimientos en general o de carpinterías especiales, con óleo, esmalte, barniz o látex según indicación de la UT. 2.4. CORNISAS Y GUARDAPOLVO Se considera terminación con guardapolvo y cornisas en encuentros de muro-piso y muro cielo, quedando el perímetro interior y exterior de la enfermería con todas sus terminaciones. 2.5. AISLANTE TERMOACUSTICO En todos los muros y tabiques se colocará aislación de lana mineral papel 1 cara, FISITERM de 50 mm. Como alternativa se aceptará Rollo Lana De Vidrio 50mm. 2.6. TABIQUERIA PVC TERMOPANEL El vidrio interior y exterior de las ventanas perimetrales debe ser de seguridad o antivandálico tipo Blindex con lamina de seguridad 3M como mínimo de 4 micras. El vidrio de 6 mm de espesor como mínimo. No se aceptarán elementos sueltos o desperfectos. La composición de los perfiles de PVC debe estar libre de plomo, esto debe ser respaldado mediante certificados entregados por proveedor de ventanas. Estos perfiles serán cerrados de color roble, en caso de cambio de color se consultará con el establecimiento o con la UT. Marco de puerta: - Sistemas de herrajes con múltiples puntos de cierre - Perfiles de bordes biselados - Doble cámara interior, 58 mm de profundidad. - La puerta deberá ser de 1 metro de ancho como mínimo. Se consideran afianzadas a los rasgos mediante tornillos de acero galvanizado y tarugos plásticos. En los bordes de unión de la ventana con el rasgo se considera la colocación de un cordón de silicona Wacker o Sika en color similar al PVC, tanto por dentro como por fuera y teniendo la precaución de cortar los puentes térmicos. Se deberán incluir burletes de goma, felpas y todos los elementos para una correcta ejecución de la partida. La instalación de los tabiques deberá ser de piso a viga con sus respectivos sellos de silicona teniendo la precaución de cortar los puentes térmicos. 2.7. TABIQUERIA BODEGA DIRECCIÓN (CAJA FUERTE) Se deberá realizar tabiquería en el interior de la bodega dirección, esta tabiquería deberá estar compuesta por montantes de vulcometal o Metalcom. Los detalles de perfilería estructural, se recomienda modulación 40 cm o 60 cm. Se sugiere utilizar perfiles cuyas dimensiones mínimas sean respecto de montantes 0,60*0,38*0,05 y en canales 0,61*0,38*0,05. El revestimiento deberá ser de pacas de terciado en 09mm lijado y pintado. Para pintado se deberá reparar cualquier imperfección que se encuentre en ellas. Se deberá aplicar pintura base, para posterior aplicar esmalte al agua. *color será definido por el establecimiento o en su defecto por UT. 2.8. PUERTA DE SEGURIDAD (CAJA FUERTE) Provisión e instalación de puerta de seguridad de Acero 95x200 cm 6 Paneles Blanco. Con un espesor de 4.5 cm. debe contar mínimo con 4 pivotes de sujeción aparte de la cerradura. *Esta puerta debe contar con cerradura 3. INSTALACIONES ELÉCTRICAS 3.1. SEPARACIÓN DE CIRCUITO ELÉCTRICO CON INTERRUPTOR Se deberá realizar la separación de circuitos de luminarias en el sector de atención de apoderados, dejando un circuito de luminarias para enfermería y otro para atención de apoderados, cada uno con interruptor independiente. 3.2. CONEXIÓN DE CIRCUITO ELÉCTRICO A TABLERO Se deberá hacer una reconexión de circuitos de luminarias y enchufes de fuerza y computación para nueva ubicación de enfermería. Esta instalación deberá contar con protecciones en el tablero termo polares según corresponda. El contratista deberá proveer proyecto eléctrico de la totalidad de la obra. Este proyecto deberá venir respaldado por la firma de un instalador eléctrico autorizado por SEC. Su instalación y cantidades de equipos se considerará instalación de sistema monofásico. Comprende el suministro y el montaje de todos los elementos desde el Tablero de Distribución y el más remoto de los consumos eléctricos instalados definidos en esta especificación. Se contempla suministro, instalación y montaje de lo siguiente: - instalación desde tablero de Distribución. - Alumbrado interior de enfermería. - Canalización deberá ser con tubería EMT rígida de 25mm donde corresponda. - Conductores eléctricos libres de halógeno. - Circuito enchufe de fuerza. - Circuito enchufes de computación. - Circuito de iluminación enfermería. - Artefactos eléctricos. 3.3. LUMINARIA PANEL LED Se debe considerar la modificación de circuito de interruptores para la instalación de luminarias nuevas en enfermería, Panel LED sobrepuesto, marca Philips 60x60 led panel 6500k, superior o similares características. 3.4. INSTALACIÓN DE ENCHUFES DE COMPUTACIÓN Se deberá considerar instalación de enchufes de computación. deberán ser centros de enchufes marca Bticino triple o similar técnico o superior. Las tomas para estos enchufes se realizarán desde una caja de derivación de enchufes y los conductores que se utilizarán serán del tipo EVA libre de halógeno en 2,5mm. Blanco AF2113E3B, similar o superior, la ubicación se indica en planimetría complementaria. 3.5. INSTALACIÓN DE ENCHUFES DE FUERZA Se consultan centros de enchufes en desde tablero eléctrico más cercano, para nuevos circuitos eléctricos de computación y de fuerza. Los enchufes de fuerza deberán ser de 16amp marca Bticino triple o similar técnico o superior. Las tomas para estos enchufes se realizarán desde una caja de derivación de enchufes y los conductores que se utilizarán serán del tipo EVA libre de halógeno en 2,5mm. 4. PAVIMENTO ENFERMERÍA 4.1. RETIRO DE PISO FLOTANTE Se deberá hacer el retiro de piso flotante del sector donde se ubicará la nueva enfermería, para realizar la nivelación de piso. 4.2. NIVELACIÓN DE PISO Posterior al retiro de piso flotante se debera realizar nivelación autonivelante saco 25kg Weberfloorde, de calidad igual o superior. para posterior instalación de piso vinílico. 4.3. PROVISIÓN E INSTALACIÓN PISO VINILICO Se debe considerar la instalación de piso vinílico en rollo con retorno de 15 cm redondeado. En sala fraccionamiento según términos de referencia el piso se debe considerar sobre radier perfectamente nivelado y afinado se instalará piso VINILICO HOMOGÉNEO DIRECCIONAL 2 MM DE ESPESOR, hasta 3.2 mm de espesor, ETERTSOL o de superior calidad. No se permitirán retapes por imperfecciones en losas y/o radieres, por lo tanto, no se permitirán cambios de niveles en los pavimentos. Los colores y diseños serán indicados por la unidad técnica, La instalación se debe realizar de acuerdo con las indicaciones del fabricante. 4.4. CUBREJUNTA PAVIMENTO Provisión e instalación de cubrejunta en acceso a enfermería. Esta cubrejunta debera ser de aluminio fijada con tornillos y tarugos. El modelo de cubrejunta según terminación de piso final. 4.5. TRATAMIENTO SELLADO DE PISO Se considera como terminación final en toda la superficie de pavimento nuevo, sellado acrílico a aplicar según indicaciones de fabricante. 5. GASFITERÍA Y ALCANTARILLADO ENFERMERIA 5.1. RECONEXION DE GASFITERIA Y ALCANTARILLADO Se deberá realizar la reconexión de ductos de alcantarillado y agua potable desde la enfermería antigua hasta las nuevas instalaciones. 5.2. LAVAMANOS CON PEDESTAL Debe considerar la provisión e instalación de lavamanos con pedestal Magnet wasser de calidad igual o superior. 5.3. LLAVES MONOMANDO + ACCESORIO Debe considerar la provisión e instalación de llave monomando lavamanos Fas Galia (mclga) Color Cromo de calidad igual o superior. Más accesorios (desagües, sifón) 5.4. DUCHA LAVAOJO LABORATORIO BIOLOGÍA Se debera hacer instalación de fitting de gasfitería (Una TEE de ½ a soldar más terminal de ½ HE a soldar), para realizar instalación de ducha lavaojos. 6. OFICINA ADMINISTRACION 6.1. PINTURA Y REPARACIÓN DE MUROS Se deberá considerar el retiro de clavos, tornillos, corchetes, scotch y cualquier adhesivo que exista en la superficie a pintar. La eliminación de todas las capas de pinturas flojas o descascaradas ya sea con lija, viruta de acero o espátula. Se deberá eliminar todos los restos de polvillo con un trapo húmedo. Se deberá considerar la aplicación de esmalte sintético mate sobre las manchas de humedad hasta cubrirlas totalmente. No se aplicará pintura sobre superficies que previamente no hayan sido inspeccionadas, y los trabajos previos realizados a entera satisfacción de la UT. Deberán efectuarse reparaciones en los sectores con tabiques o revestimiento de yeso cartón que se encuentren afectados y en los cielorrasos, tanto aplicados como armados (especialmente los afectados en zonas húmedas). Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie serán corregidos antes de pintar, y los trabajos se retocarán una vez concluidos. No se admitirá el empleo de pintura espesa para tapar poros, grietas u otros defectos. No se aplicarán pinturas sobre superficies interior o superficialmente húmedas, y todas aquellas deberán estar libres de condensación, polvo, hollín, grasa, aceite, alquitrán, etc., antes de la aplicación de cada capa. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. La superficie por pintar, en muchos sectores, ha sido afectada por ingreso de humedad, por lo que se deberá reparar el enlucido de yeso o revoque si fuera necesario. PINTURA MUROS Los colores serán determinados por la U.T. En conjunto con el establecimiento. La calidad de las pinturas deberá corresponder a esmaltes al agua SIPA o superior. Esto deberá cumplir con las máximas exigencias de durabilidad y aspecto, tanto en materiales como en su ejecución posterior. Las especificaciones de colores y calidad de ejecución estarán sujetas a las indicaciones de la UT debiendo efectuarse muestras previas para su aprobación. Las pinturas deben ser compatibles con los materiales de las bases. No se harán mezclas de pinturas no indicadas por el fabricante. Los envases deben tener identificación de fábrica con indicación clara de su contenido, proporción de mezcla y el diluyente a usar. Las superficies por pintar deben estar perfectamente limpias y totalmente secas. No se efectuarán trabajos de pinturas habiendo condiciones climáticas de humedad y temperatura adversas. No se efectuarán trabajos de pinturas sobre superficies que se encuentren a temperaturas mayores de 35ºC. Antes de pintar se efectuarán todos los trabajos de preparación de superficies y se aplicarán los aparejos, imprimaciones y empastes adecuados al tipo de material de la base y de la pintura. Se aplicarán las manos necesarias para el perfecto acabado de las superficies; en todos los casos se aplicarán dos manos como mínimo. No se aceptarán imperfecciones ni manchas sobre elementos ajenos a la superficie a pintar. Las pinturas deben aplicarse sin que estén colocadas tapas ni guarniciones de artefactos eléctricos cerrajerías, quincallerías, etc. Se deberán considerar además todos los remates de pinturas necesarias que no se hayan indicados expresamente en los ítems correspondientes, ya sea de revestimientos en general o de carpinterías especiales, con óleo, esmalte, barniz o látex según indicación de la UT. 6.2. ELIMINACIÓN DE GASFITERÍA Y ALCANTARILLADO Se deberá hacer reparación en el lugar donde se retiraron las cañerías de CU para la instalación de nuevo lavamanos en enfermería. También se deberá realizar la reparación de excavación para nuevo desagüe de lavamanos en enfermería. 7. MOBILIARIO A MEDIDA 7.1. ATENCIÓN DE APODERADOS 7.1.1. MUEBLE BASE Se debe considerar como mueble base melamina gris de 18mm, en su parte trasera deberá ser de melamina gris de 18mm. En todas sus caras deberá contar con tapacantos de PVC de 0.4mm en todas sus puertas y mueble en sí. 7.1.2. CUBIERTA MUEBLE BASE La cubierta deberá ser postformada de 25mm de espesor que contenga un núcleo de MDF con una capa de laminado en su superficie color peral, con un fondo de 0.60cm y un largo de 1.20mts. 7.1.3. PASACABLES Las cubiertas deberán contar con pasacables plásticos en tono similar o compatible con color de cubierta, en cada una de sus estaciones de trabajo, ejecutados con los cuidados pertinentes en las terminaciones. Se deberá considerar tirador punta de acero inoxidable satinada de 128mm. 7.1.4. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CIRCUITO ELÉCTRICO EN EMT Se consultan centros de enchufes para nueva ubicación de circuitos eléctricos. Los enchufes deberán ser marca Bticino triple o similar técnico o superior. Las tomas para estos enchufes se realizarán desde una caja de derivación de enchufes y los conductores que se utilizarán serán del tipo EVA libre de halógeno en 2,5mm. 7.1.5. MODIFICACIÓN Y TRASLADO DE DIVISIONES DE TRABAJO Se deberá realizar el traslado y modificación de divisiones en estaciones de trabajo. La ubicación se detalla en planimetría adjunta. 7.2. CENTRO DE PADRES 7.2.1. MUEBLE BASE Se debe considerar como mueble base melamina gris de 18mm, en su parte trasera deberá ser de melamina gris de 18mm. En todas sus caras deberá contar con tapacantos de PVC de 0.4mm en todas sus puertas y mueble en sí. 7.2.2. CUBIERTA MUEBLE BASE La cubierta deberá ser postformada de 25mm de espesor que contenga un núcleo de MDF con una capa de laminado en su superficie color peral, con un fondo de 0.60cm y un largo de 1.20mts. 7.2.3. PASACABLES Las cubiertas deberán contar con pasacables plásticos en tono similar o compatible con color de cubierta, en cada una de sus estaciones de trabajo, ejecutados con los cuidados pertinentes en las terminaciones. 7.2.4. SILLA ERGONOMÉTRICA Provisión de silla ergonométrica para escritorio oficina IB. Debera soportar máximo 180 kilos, con apoyabrazos ajustables en altura y cabecero y soporte Lumbar. 7.2.5. CAJONERAS Cajoneras móviles 40x40x68 cm confeccionadas a medida. Confección con melamina color gris y cubierta color peral de 24mm con tres cajones, dos de 15 cm y uno de 30 cm. Considera correderas telescópicas, tirador punta de acero inoxidable satinada de 128mm, cerradura con dos copias de llaves, tapacantos pvc rígido tono peral y ruedas de soporte 15k c/u. 7.3. OFICINA IB 7.3.1. MUEBLE BASE Se debe considerar como mueble base melamina gris de 18mm, en su parte trasera deberá ser de melamina gris de 18mm. En todas sus caras deberá contar con tapacantos de PVC de 0.4mm en todas sus puertas y mueble en sí. 7.3.2. CUBIERTA MUEBLE BASE La cubierta deberá ser postformada de 25mm de espesor que contenga un núcleo de MDF con una capa de laminado en su superficie color peral, con un fondo de 0.60cm y un largo de 1.20mts. Las cubiertas deberán contar con pasacables en cada una de sus estaciones de trabajo. Se deberá considerar tirador punta de acero inoxidable satinada de 128mm. 7.3.3. PASACABLES Las cubiertas deberán contar con pasacables plásticos en tono similar o compatible con color de cubierta, en cada una de sus estaciones de trabajo, ejecutados con los cuidados pertinentes en las terminaciones. 7.3.4. SILLA ERGONOMETRICA Provisión de silla ergonométrica para escritorio oficina IB. Deberá soportar máximo 180 kilos, con apoyabrazos ajustables en altura y cabecero y soporte Lumbar. 7.3.5. CAJONERAS Cajoneras móviles 40x40x68 cm confeccionadas a medida. Confección con melamina color gris y cubierta color peral de 24mm con tres cajones, dos de 15 cm y uno de 30 cm. Considera correderas telescópicas, tirador punta de acero inoxidable satinada de 128mm, cerradura con dos copias de llaves, tapacantos pvc rígido tono peral y ruedas de soporte 15k c/u. 8. RETIRO DE ESCOMBROS Y ASEO 8.1. ESCOMBROS Corresponde que, una vez ejecutados los trabajos y cada una de las partidas, se realizará retiro, de todos los escombros, artefactos y/ó materiales sobrantes. Se debe procurar dejar en perfectas condiciones la zona de acopio de escombros, esto considera, reparaciones por posibles daños causados por los mismos escombros y la limpieza final de esta zona de acopio. NOTA: Los escombros se llevarán a botaderos autorizados en sacos. 8.2. ASEO Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Se debe poner especial énfasis en las faenas de demolición y lijado. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros, materiales y herramientas, quedando el terreno y la obra LIMPIA Y DESPEJADA. NOTA: Se debe considerar la limpieza final de todos los recintos existentes que sean utilizados durante el período de construcción. LÍNEA N°5: LICEO N°7: DIVISIÓN SALA PIE. OBJETIVOS DE LA OBRA La obra considera intervenciones en los siguientes recintos/áreas: • División en sala PIE 1. MOVIMIENTO DE MOBILIARIO Y DESPEJE DEL ÁREA Se deberán considerar el despeje del área donde se ejecutarán los trabajos y retiro de todos los elementos que entorpezcan el perfecto desarrollo de las faenas a ejecutar. La ejecución de las faenas no debe interferir con las actividades propias del establecimiento educacional, por lo tanto, para que lo anterior se cumpla, se tomarán las medidas pertinentes. Posterior al retiro o desplazamiento de mobiliario o despeje de otro objeto, esto considerar volver a la misma ubicación de origen, en el mismo estado que se encontró, previa verificación con la UT y el establecimiento. 2. TABIQUERIA PVC TERMOPANEL 2.1. TERMPANEL CON PUERTA El vidrio interior y exterior de las ventanas perimetrales debe ser de seguridad o antivandálico tipo Blindex con lamina de seguridad 3M como mínimo de 4 micras. El vidrio de 6 mm de espesor como mínimo. No se aceptarán elementos sueltos o desperfectos. La composición de los perfiles de PVC debe estar libre de plomo, esto debe ser respaldado mediante certificados entregados por proveedor de ventanas. Estos perfiles serán cerrados de color roble, en caso de cambio de color se consultará con el establecimiento o con la UT. Marco de puerta: - Sistemas de herrajes con múltiples puntos de cierre - Perfiles de bordes biselados - Doble cámara interior, 58 mm de profundidad. - La puerta debera ser de 1 metro de ancho como mínimo. Se consideran afianzadas a los rasgos mediante tornillos de acero galvanizado y tarugos plásticos. En los bordes de unión de la ventana con el rasgo se considera la colocación de un cordón de silicona Wacker o Sika en color similar al PVC, tanto por dentro como por fuera y teniendo la precaución de cortar los puentes térmicos. Se deberán incluir burletes de goma, felpas y todos los elementos para una correcta ejecución de la partida. La instalación de los tabiques deberá ser de piso a viga con sus respectivos sellos de silicona teniendo la precaución de cortar los puentes térmicos. 2.2. EMPAVONADO En vidrios se colocará film empavonado de poliéster adhesivo, blanco mate, para control visual. Marca de Referencia: Frost Matte de SUN-GARD, similar o superior 2.3. LÁMINA DE SEGURIDAD Provisión e instalación de láminas de Seguridad. fabricadas en poliéster ultra resistente y durables, diseñadas para protección en ventanas. Cada lámina debera contar con Datos de Ensayos, Test de Laboratorio y de Rendimientos. Estas laminas deberán ser de 4 micras en adelante y deberán ser certificadas. 3. TERMINACIONES 3.1. REMATES Y PINTURA Se deberá considerar realizar los remates de pintura correspondientes, después de la instalación del termopanel en el área de la instalación. 4. RETIRO DE ESCOMBROS Y ASEO 4.1. ESCOMBROS Corresponde que, una vez ejecutados los trabajos y cada una de las partidas, se realizará retiro, de todos los escombros, artefactos y/ó materiales sobrantes. Se debe procurar dejar en perfectas condiciones la zona de acopio de escombros, esto considera, reparaciones por posibles daños causados por los mismos escombros y la limpieza final de esta zona de acopio. NOTA: Los escombros se llevarán a botaderos autorizados en sacos. 4.2. ASEO Será de cargo del contratista el mantener el constante aseo de obra, protegiendo mobiliario y equipos del polvo, suciedad y manchas. Se debe poner especial énfasis en las faenas de demolición y lijado. Será de cargo del contratista el despeje de basura, escombro, despuntes, etc. Que hubiere antes, durante y al finalizar las obras consideradas y necesarias para la correcta ejecución del proyecto. Todo material sobrante como excedente de demoliciones, etc. Se extraerá de la obra hacia un botadero autorizado. Asimismo, será obligatorio la mantención y entrega de la obra en perfecto estado de limpieza. Al término de la obra se retirarán todos los escombros, materiales y herramientas, quedando el terreno y la obra LIMPIA Y DESPEJADA. NOTA: Se debe considerar la limpieza final de todos los recintos existentes que sean utilizados durante el período de construcción. ARTÍCULO N° 33 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA. El Administrador del Contrato de la CORPORACIÓN será el Departamento de Arquitectura y Mantención o quién este designe, quien realizará a lo menos las siguientes funciones velando por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, correspondiéndole: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones. b) Fiscalizar que la ejecución del servicio/ adquisición del producto se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios, tramitando el pago oportuno de los servicios entregados y recibidos conformes, en la forma y plazos establecidos en el pliego de condiciones. c) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante memo al Departamento de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. d) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas. e) Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones. f) Conocer los documentos que rigen la licitación y el posterior contrato. g) Impartir instrucciones al proveedor o su representante para la correcta ejecución del contrato. h) Impulsar los procesos de cobro de multas, sanciones, o término anticipado de contrato que correspondan de acuerdo con lo señalado en las bases. Asimismo, el contratista/adjudicado deberá designar un supervisor a cargo de dicho contrato, el cual será el interlocutor válido frente a la Contraparte Técnica/Administrador de Contrato en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución y control de los servicios contratados y de entrega de documentación y procedimientos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.